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La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 24 de septiembre de 2024, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de las aportaciones percibidas por las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de los partidos políticos y de los gastos de programas y actividades de estas financiados con cargo a subvenciones públicas, ejercicio 2020, acuerda:
1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas en el Informe de fiscalización de las aportaciones percibidas por las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de los partidos políticos y de los gastos de programas y actividades de estas financiados con cargo a subvenciones públicas, ejercicio 2020.
2. Aprobar el Informe de fiscalización de las aportaciones percibidas por las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de los partidos políticos y de los gastos de programas y actividades de estas financiados con cargo a subvenciones públicas, ejercicio 2020, tomando nota de las deficiencias señaladas por el Tribunal de Cuentas, que limitan y afectan a su representatividad.
3. Instar al Gobierno a:
– Dar cumplimiento, a través del Ministerio de Interior, a las recomendaciones contenidas en el apartado III.1 del Informe de fiscalización y, en particular, a la relativa a actualizar el Registro de Partidos Políticos.
– Establecer un umbral de ingresos mínimos para que las fundaciones y demás entidades vinculadas o dependientes de los partidos políticos deban someterse obligatoriamente a auditoría externa, así como establecer una cuantía mínima para que las fundaciones y entidades vinculadas de los partidos políticos procedan a la notificación obligatoria al Tribunal de Cuentas.
– Establecer como requisito, en las convocatorias de subvenciones públicas dirigidas a fundaciones y entidades vinculadas de los partidos políticos, que las mismas estén inscritas en la sección específica del Registro de los Partidos Políticos.
4. Instar a las fundaciones y entidades vinculadas a:
– Considerar, cuando permanezcan inactivas y sin previsiones de retomar su actividad, la posibilidad de acordar su disolución y extinción, así como adecuar su actividad a la realización de sus fines fundacionales.
– Llevar a cabo un plan de ajuste de sus actividades económicas, con objeto de alcanzar una situación de reequilibrio patrimonial y elaborar un plan de saneamiento cuando presenten una situación patrimonial negativa.
– Ajustar, cuando presenten una situación patrimonial negativa, sus actividades económicas y elaborar un plan de saneamiento, con objeto de alcanzar el necesario equilibrio patrimonial.
5. Instar a los patronatos de aquellas fundaciones vinculadas o dependientes de los partidos políticos que han permanecido inactivas de forma continuada durante varios ejercicios consecutivos, y sin una previsión de retomar su actividad, a considerar la posibilidad de acordar su disolución y extinción, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Fundaciones.
Palacio del Congreso de los Diputados, a 24 de septiembre de 2024.–El Presidente de la Comisión, Juan Francisco Serrano Martínez.–El Secretario Primero de la Comisión, Salvador de Foronda Vaquero.
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