El Departamento de Educación, Cultura y Deporte, de la Comunidad Autónoma de Aragón, por Orden ECD/25/2022, de 2 de febrero, («Boletín Oficial de Aragón» del 9), publicada mediante Resolución de 8 de febrero de 2022 en el «Boletín Oficial del Estado» del 11, convocó procedimiento selectivo de ingreso y acceso al Cuerpo de Maestros, así como procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por el funcionariado del mencionado Cuerpo.
Concluidas todas las fases del citado procedimiento selectivo, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón, por Orden ECD/926/2024, de 5 de agosto, («Boletín Oficial de Aragón» del 19), aprueba el expediente y declara aptas en la fase de prácticas y aprobadas en el mismo, respecto a determinadas aspirantes que, por tener concedido el aplazamiento en la fase de prácticas, u otras causas, no habían sido evaluadas con el resto de los seleccionados, y asimismo habían sido nombradas como funcionarias en prácticas por Orden ECD/1175/2022, de 2 de agosto, del citado Departamento («Boletín Oficial de Aragón» del 16).
De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Vista la propuesta del Departamento de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón,
Este Ministerio ha dispuesto:
Nombrar funcionarias de carrera del Cuerpo de Maestros, a las aspirantes, seleccionadas en los procedimientos selectivos convocados por Orden ECD/25/2022, de 2 de febrero, que aparecen relacionadas en el anexo a esta orden, con indicación del Documento Nacional de Identidad, Número de Registro Personal, especialidad y puntuación que les corresponde.
Las nombradas a través de la presente orden se considerarán ingresadas como funcionarias de carrera del Cuerpo de Maestros, con efectos de 1 de septiembre de 2024.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 3 de diciembre de 2024.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, P. D. (Orden EFP/43/2021, de 21 de enero), el Subsecretario de Educación, Formación Profesional y Deportes, Santiago Antonio Roura Gómez.
NRP | Apellidos y nombre | DNI/NIE | Turno | Puntuación |
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CUERPO: 0597 MAESTROS | ||||
ESPECIALIDAD: 31 EDUCACIÓN INFANTIL | ||||
***8578*24 A0597 | FERRER MARTÍN, ISABEL. | ***8578** | 01 | 9,6484 |
***4857*68 A0597 | HEREZA PUÉRTOLAS, MARÍA CRUZ. | ***4857** | 01 | 7,5470 |
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