El 22 de octubre de 2024 la Ilma. Sra. Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Girona remitió a la Inspección Fiscal escrito en el que informa que tras el último concurso de traslados de la Carrera Fiscal ha quedado vacante la delegación de Trata de Personas y Extranjería de la Fiscalía Provincial de Girona, por lo que, tras reestructuración de la sección referida, fórmula propuesta de nombramiento como Fiscal Delegada de Trata de Personas y Extranjería a doña Raquel Serna Panadero.
Hechos
Tras resolución de concurso de traslados por Orden PJC/578/2024, de 4 de junio, por la que se resuelve el concurso de traslados para la cobertura de plazas en el Ministerio Fiscal, y habiendo obtenido la fiscal designada plaza en otra Fiscalía, quedó vacante la delegación de Trata de Personas y Extranjería en la Fiscalía Provincial de Girona.
Con motivo de la necesidad de nombrar delegado de esta área especializada en la Fiscalía Provincial de Girona, la Fiscal Jefe abrió convocatoria entre los miembros de su plantilla, siendo la abogada fiscal doña Raquel Serna Panadero la única peticionaria.
Mediante escrito de fecha de 11 de noviembre de 2024, la Excma. Sra. Fiscal de Sala Coordinadora de Trata de Personas y Extranjería de la Fiscalía General del Estado informó que considera pertinente el nombramiento de doña Raquel Serna Panadero, informando en el mismo sentido el Consejo Fiscal (art. 3.4. Real Decreto 437/1983).
Fundamentos
El Reglamento del Ministerio Fiscal establece para la cobertura del cargo de Fiscal delegado especialista, tanto autonómicos como provinciales, que serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo, y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado (art. 62.2 RMF).
Con carácter previo, exige que se realice una convocatoria entre los Fiscales de la plantilla, señalando que para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los méritos alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la especialidad y tener experiencia práctica.
La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal (art. 62.2 RMF).
Asimismo, el nombramiento y cese debe publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» (art. 62.3 RMF).
Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta de la Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Girona está suficientemente motivada.
En consecuencia, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y de su reglamento y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:
1. Nombrar a doña Raquel Serna Panadero como Fiscal Delegada de Trata de Personas y Extranjería de la Fiscalía Provincial de Girona.
2. Notifíquese lo acordado a la Excma. Sra. Fiscal Jefe Inspectora, a la Excma. Sra. Fiscal de Sala Coordinadora de Trata de Personas y Extranjería, al Excmo. Sr. Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de Cataluña y a la Ilma. Sra. Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Girona, que trasladará copia del presente Decreto a la fiscal interesada, poniéndolo en conocimiento de todas/os los Fiscales de la plantilla.
3. Publíquese el nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado».
4. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (C/Fortuny n.º 4 Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el art.º 12, 1, b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma ley.
Madrid, 22 de noviembre de 2024.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.
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