Contido non dispoñible en galego
Vista la instancia del Notario de Torrejón de Ardoz, don Carlos Molinuevo Gil de Vergara, en la que al amparo del artículo 57 del Reglamento Notarial, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, solicita se le conceda la jubilación, poniendo fin a la prolongación de su permanencia en el servicio activo acordada a solicitud del notario por Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 3 de febrero de 2023.
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 7.1.h) del Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero, ha acordado la jubilación forzosa del mencionado notario, atendido a lo previsto en el apartado 1 del artículo primero de la Ley 29/1983, y dejar sin efecto la mencionada Resolución de 3 de febrero de 2023.
Madrid, 26 de septiembre de 2024.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, María Ester Pérez Jerez.
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