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Documento BOE-A-2024-1037

Resolución de 10 de enero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "SPK Trujillo", de 135 MW de potencia instalada, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Cáceres».

Publicado en:
«BOE» núm. 17, de 19 de enero de 2024, páginas 7406 a 7434 (29 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2024-1037

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 1 de agosto de 2023 tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico “SPK Trujillo”, de 135 MW de potencia instalada, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Cáceres», promovido por SPK Falcón, SL (Solarpack), respecto del cual la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ostenta la condición de órgano sustantivo.

Alcance de la evaluación

La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por el promotor y se pronuncia sobre los impactos asociados al mismo analizados por el promotor, así como los efectos sobre los factores ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto. Se incluye asimismo en la evaluación el proceso de participación pública y consultas.

La evaluación ambiental no comprende aspectos relativos a seguridad de las instalaciones y dispositivos eléctricos, de seguridad y salud en el trabajo, de seguridad aérea, u otros que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos.

1. Descripción y localización del proyecto

El proyecto tiene por objeto la construcción de la planta solar fotovoltaica (PSF) «SPK Trujillo» de 178,118 MWp de potencia en paneles y 135 MWn de potencia entregada en el punto de conexión, la cual ocupará una superficie vallada de 427 ha. Para la evacuación de la energía, el proyecto contempla las siguientes infraestructuras:

– Subestación eléctrica trasformadora 30/220 kV (en adelante, SET SPK Trujillo), con un parque de 30 kV interior y una posición de línea-trasformador 30/220 kV.

– Línea eléctrica aéreo-subterránea de media tensión (en adelante, LASMT) de 30 kV y 1.709 m de longitud, de interconexión entre el centro de seccionamiento de la zona sur de la PSF y la SET SPK Trujillo. Dicha LASMT contará con dos tramos subterráneos de 496 m de longitud total y un tramo aéreo de 1.213 m de longitud con ocho apoyos.

– Línea eléctrica aéreo-subterránea de alta tensión (en adelante, LASAT) de 220 kV y 6.593 m de longitud, entre la SET SPK Trujillo y la subestación eléctrica (SE) La Solanilla. El tramo aéreo de la LASAT tiene 5.423 m de longitud con diecisiete apoyos, mientras que el tramo subterráneo es de 1.170 m.

El resto de las infraestructuras de evacuación de la energía existentes hasta la SE Trujillo 220 kV, propiedad de Red Eléctrica de España (REE), como es la ampliación de la SE La Solanilla y la línea eléctrica de 220 kV «SE La Solanilla-SE Trujillo 220 kV (REE)», no son objeto del presente proyecto.

Todas las actuaciones proyectadas se ubican en el término municipal (T.M.) de Trujillo (Cáceres).

2. Tramitación del procedimiento

Con carácter previo, esta unidad emitió resolución por la que se formulaba el alcance del EsIA de fecha 30 de julio de 2021 y remitió al promotor las contestaciones recibidas en el trámite de consultas realizado.

El anuncio del Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Extremadura por el que se somete a información pública el proyecto se publica en el «Boletín Oficial del Estado» de 1 de abril de 2023, en el «Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres» de 3 de abril de 2023, y en el diario «Hoy de Extremadura», de 4 de abril de 2023.

Con fecha 1 de agosto de 2023 se recibió, procedente del órgano sustantivo, el expediente de evaluación de impacto ambiental, con objeto de iniciar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria.

Durante el periodo de información pública no se recibe ninguna alegación. El anexo I presenta un cuadro resumen de las consultas efectuadas a las administraciones públicas afectadas y personas interesadas, indicando si se ha recibido contestación a las mismas.

3. Análisis técnico del expediente

3.1 Análisis de alternativas. Además de la alternativa 0 o de no realización del proyecto, la cual es descartada, entre otros aspectos, porque no contribuiría a conseguir los objetivos del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) 2021-2030, el EsIA, de acuerdo con una serie de criterios técnicos y ambientales, contempla las siguientes tres alternativas de ubicación para la PSF proyectada, en un entorno de 20 km alrededor de la SE Trujillo 220 kV (REE), la cual condiciona la ubicación de las mismas:

– Alternativa 1 (T.M. de Trujillo), de 155 MWp de potencia, una superficie ocupada de 338 ha y con una estructura fija para los paneles fotovoltaicos.

– Alternativa 2 (T.M. de Trujillo), de 170 MWp de potencia, una superficie ocupada de 427 ha y con una estructura fija para los paneles fotovoltaicos.

– Alternativa 3 (T.M. de Trujillo), de 170 MWp de potencia, una superficie ocupada de 254 ha y con una estructura mixta (fija y con seguidores) para los paneles fotovoltaicos.

Las tres alternativas se localizan sobre pastizales de porte herbáceo, zonas de matorral (retamas) y arbolado disperso (encinas). El promotor, de acuerdo con un análisis de criterios ambientales, técnicos y económicos, selecciona la Alternativa 3, ya que implica un impacto global más positivo que las otras alternativas al minimizar la superficie de suelo ocupada.

Para la LASMT, el EsIA plantea dos alternativas de trazado: Alternativa 1 (línea aérea de 2.613 m de longitud) y alternativa 2 (línea aérea-subterránea de 1.709 m de longitud). El promotor selecciona la alternativa 2 al suponer un menor impacto sobre el medio ambiente, principalmente sobre la Red Natura 2000, la fauna y el paisaje durante la fase de explotación.

Para la LASAT, el EsIA plantea, en coordinación con la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, tres alternativas de trazado: Alternativa 1 (línea aérea de 7.828 m de longitud), alternativa 2 (línea aérea de 7.337 m de longitud) y alternativa 3 (línea aérea-subterránea de 6.593 m de longitud). El promotor selecciona la alternativa 3 al suponer un menor impacto sobre el medio ambiente, principalmente por su menor longitud, porque afecta en menor medida a los espacios protegidos, a la fauna y al paisaje, y porque presenta un mayor paralelismo con otras líneas eléctricas existentes.

3.2 Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

3.2.1 Suelo, subsuelo y geodiversidad. Durante la fase de construcción, se podrán producir afecciones como consecuencia del movimiento de tierras para el acondicionamiento del terreno, la apertura de zanjas para cableado, cimentación de estructuras, apertura y acondicionamiento de viales y zonas auxiliares y la circulación de maquinaria pesada. Además, la presencia de maquinaria implica el riesgo inherente de vertidos accidentales que podrían provocar la contaminación del suelo.

Los módulos fotovoltaicos se anclarán al suelo mediante hincado directo de los perfiles al terreno o, en su caso, mediante un primer perforado del terreno y una posterior introducción de los perfiles, por lo que no se producirán alteraciones geomorfológicas. No obstante, según sea necesario y de acuerdo con las características geotécnicas del terreno, el promotor también contempla realizar un predilling o perforación con hormigonado (micropilote).

En fase de explotación, el principal impacto se debe a la ocupación permanente del suelo, la cual asciende a 254 ha. Se dispondrán cubetas de recogida bajo los transformadores con capacidad suficiente para albergar todo su aceite en caso de fuga. El promotor considera que la reducción de la actividad ganadera, la interrupción del arado del terreno y el desarrollo del sustrato herbáceo (pastos naturales) conllevará una mejora de la calidad del suelo.

Para la construcción de la PSF, los movimientos de tierras estarán compensados, estimándose un volumen aproximado de desmontes y de terraplén de 176.579 m3 y 175.884 m3, respectivamente. Los materiales externos necesarios para la obra civil (arena, hormigón, grava, zahorra, etc.), procederán de empresas y canteras legalizadas existentes en el entorno de la actuación. Todos los residuos generados, incluidos los residuos peligrosos, serán gestionados por gestores autorizados de acuerdo a la normativa vigente.

Para paliar los impactos señalados, el EsIA recoge una serie de medidas preventivas y correctoras con la naturaleza de buenas prácticas. Finalizadas las obras, las zonas afectadas ocupadas temporalmente e instalaciones auxiliares serán devueltas a su estado original y se procederá a la restauración ambiental y paisajística de los terrenos afectados por las mismas.

3.2.2 Hidrología. El proyecto se ubica en el ámbito de la demarcación hidrográfica del Tajo, situándose la PSF colindante con el río Magasca y el arroyo Casillas. Asimismo, las líneas eléctricas proyectadas cruzan el río Magasca y varios afluentes del mismo, entre los que destacan los arroyos de la Molinera y Bimbreras. La zona donde se localiza el proyecto no se corresponde con ninguna unidad hidrogeológica.

Durante las obras, las actuaciones proyectadas pueden alterar el régimen hídrico, así como suponer la pérdida de la calidad de las aguas debido al aumento de sólidos en suspensión por los movimientos de tierras y al vertido accidental de aceites y combustibles procedentes de la maquinaria y transporte de materiales, si bien, el promotor no prevé que el proyecto ejerza ninguna presión ambiental sobre el estado o calidad de las aguas existentes.

Los módulos fotovoltaicos se colocarán sobre estructuras metálicas hincadas al terreno y la PSF contará con un sistema de drenaje que dará continuidad a la escorrentía superficial del terreno, sin suponer una alteración significativa al relieve y drenaje natural del terreno durante la fase de explotación. De acuerdo con el EsIA, la probabilidad de vertidos en la fase de funcionamiento es mínima ya que los transformadores dispondrán de cubetas de recogida de aceite con capacidad suficiente para albergar todo el volumen de los mismos.

Para todas las infraestructuras proyectadas se respetará la zona de servidumbre (5 m) y, en caso de afectar a la zona de policía (100 m), se solicitará la pertinente autorización administrativa del organismo de cuenca.

El proyecto contempla el cruzamiento subterráneo de la LASMT en zona de dominio público hidráulico (DPH) del río Magasca, mediante perforación horizontal dirigida, sin apertura de zanja en el cauce, y respetando una profundidad mínima de 1 m entre la perforación y el lecho del cauce. Asimismo, se proyecta el cruzamiento aéreo de la LASAT en zona de DPH del río Magasca, contemplando la instalación de los apoyos fuera de la zona de policía de dicho cauce. El promotor indica que las mencionadas actuaciones contarán con la pertinente autorización administrativa del organismo de cuenca.

El promotor contempla medidas correctoras y preventivas de buenas prácticas para evitar afecciones a la hidrología. La limpieza de los paneles se realizará con agua, sin utilizar agentes abrasivos. El promotor no prevé la captación de agua procedente de las masas existentes y, en caso de ser necesaria, se solicitará la correspondiente autorización al organismo de cuenca. El suministro de agua se realizará a través de empresa autorizada. El proyecto tampoco contempla la realización de vertidos a masas de agua. Para las aguas residuales se dispondrá de un pozo o fosa séptica y serán retiradas por gestor autorizado.

La Confederación Hidrográfica del Tajo señala que el vallado perimetral de la PSF se encuentra en la zona de policía del río Magasca y del arroyo Casillas, no obstante, se trata de un cerramiento permeable por lo que no prevé afección a los cauces ni a terceros. Los módulos fotovoltaicos se disponen fuera de la zona inundable para la avenida de los 500 años de periodo de retorno. Las únicas afecciones al DPH se producen en los cruzamientos de líneas eléctricas con el río Magasca, si bien las distancias con respecto al lecho o lámina de la máxima crecida ordinaria son suficientes, respetándose los criterios y normativa establecidas al respecto. Dicha Confederación Hidrográfica estima despreciable la superficie ocupada en el cauce, dadas las dimensiones del conducto a instalar, la longitud de los cruzamientos en zona de DPH y la anchura de la zanja. Por último, el citado organismo propone el cumplimiento de una serie de condicionantes generales de protección de la hidrología y el DPH, los cuales se recogen en el condicionado de la presente resolución.

El promotor manifiesta que en el proyecto se tendrán en cuenta todos los condicionantes generales propuestos por la Confederación Hidrográfica del Tajo.

3.2.3 Aire, factores climáticos y cambio climático. Los impactos negativos por emisiones de partículas y contaminantes atmosféricos en la fase de construcción se palían con buenas prácticas.

Según los cálculos del promotor, la previsión de energía anual generada en la instalación es de 318.978 MWh/año, que permitirá reducir las emisiones del orden de aproximadamente 60.606 toneladas de CO2 equivalentes/año procedente de combustibles fósiles, con el consiguiente efecto positivo sobre el cambio climático durante al menos los 30 años en que se prevé su explotación.

3.2.4 Flora y vegetación y hábitats de interés comunitario (HIC). Las infraestructuras proyectadas se ubican principalmente sobre una extensa llanura esteparia de pastizal herbáceo no cultivado con numerosos ejemplares de retama amarilla, existiendo, de manera dispersa, algunos pies de encina de pequeño tamaño y ejemplares aislados de peral silvestre, higuera, eucalipto y sauce. La vegetación de ribera asociada al río Magasca y sus afluentes asociados se compone principalmente de sauces, zarzas y juncos.

Entre los principales HIC presentes en el ámbito de actuación, destacan el 3150 «Lagos eutróficos naturales con vegetación Magnopotamion o Hydrocharition», 5330 «Matorrales termomediterráneos y pre-estépicos», 6220* Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero-Brachypodietea», 6420 «Prados húmedos mediterráneos de hierbas altas del Molinion-Holoschoenion», 92A0 «Bosques galería de Salix alba y Populus alba» y 92D0 «Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (Nerio-Tamaricetea y Securinegion tinctoriae)», entre otros.

Durante la fase de obras, se producirá una afección negativa por el desbroce y eliminación de la vegetación natural, el cual, de acuerdo con el EsIA, se restringirá a aquellas zonas en las que se vaya a ejecutar alguna instalación (centros de transformación, zonas auxiliares de obras, viales, zanjas, apoyos, etc.) y en las que sea necesario nivelar el terreno. De acuerdo con el EsIA, la ejecución de la PSF podría afectar a dos ejemplares de encina (chaparros) de diámetro inferior a los 20 cm y a varios pies de eucalipto, por lo que, en caso de necesidad, se solicitaría la correspondiente autorización de poda o tala al órgano forestal competente de la Junta de Extremadura. Por otro lado, las líneas eléctricas proyectadas no afectan a ejemplares arbóreos, ya que tanto la ubicación de los apoyos como la altura de los mismos permite salvar el arbolado existente durante todo el trazado.

Dentro del vallado perimetral de la PSF se localizan teselas de los HIC 5330, 6220* y 92D0. Por otro lado, tanto la LASMT en todo su trazado (1.214 m en aéreo y 496 m soterrados) como la LASAT (4.856 m en aéreo y 289 m soterrados) discurren por los HIC 5330, 6220*,6420 y 92D0.

De acuerdo con el Estudio Fitosociológico, de diciembre de 2022, la excesiva carga ganadera de ganado bovino ha ocasionado unos daños muy severos a los HIC presentes, por lo que actualmente resultan, en muchos casos, difíciles de reconocer. Dicho estudio concluye lo siguiente:

– Las comunidades del HIC 3150 del río Magasca aparecen de manera muy dispersa en el tramo del río estudiado, ya que éste recibe las aguas de la estación depuradora de Trujillo, por lo que sólo son visibles y abundantes diversas especies de macrófitos nitrófilos. En una charca ganadera de La Aldehuela se ha podido reconocer una comunidad de lenteja de agua, especie incluida en el HIC 3150, pero la escasez de agua se traduce en un estado de conservación deficiente.

– El retamal del HIC 5330 es el hábitat más extendido en la zona de estudio, aunque su estado general es muy deficiente por diversidad, tendencia y estructura. La zona mejor conservada del arroyo La Torre presenta un estado aceptable de conservación.

– Los pastizales del HIC 6220* han sido sustituidos por comunidades nitrófilas, presentando este hábitat un estado de conservación muy desfavorable, con pequeños retazos muy alterados de majadal de tréboles y de vallicar en una zona marginal al norte de la zona de estudio. La finca La Cañada, dentro del área estudiada, presenta una zona occidental con vaguadas y arroyos estacionales potencialmente muy adecuada para vallicares del HIC 6220*.

– Los juncales del HIC 6420 aparecen muy empobrecidos y ramoneados debido al sobrepastoreo del ganado, cuando no aparecen ya sustituidos por densos zarzales.

– La sauceda del HIC 92A0 del arroyo La Torre aparece discontinua y con escasa diversidad, mientras que las comunidades del HIC 8220 «Pendientes rocosas silíceas con casmófitos» tienen una presencia testimonial por la ausencia de sustratos adecuados.

– Respecto a la flora protegida, durante el seguimiento realizado no se ha localizado ningún ejemplar de Marsilea batardae. Por otro lado, sí pudo localizarse Scrophularia sublyrata, muy rara, en los berrocales graníticos que aparecen al otro lado del río Magasca, frente a la zona de implantación de La Cañada. Asimismo, también se ha constatado la presencia de Narcissus triandrus en ambas orillas del río Magasca, en una única población, que seguramente se extienda más allá de los límites de la zona de estudio.

De acuerdo con el EsIA, las infraestructuras proyectadas no afectan a Montes de Utilidad Pública (MUP).

Durante la fase de explotación, no se prevé afección a la vegetación en la PSF, favoreciéndose el mantenimiento del estrato herbáceo mediante el adecuado aprovechamiento con ganado ovino. De acuerdo con el promotor, el cese de la aplicación de agroquímicos y la correcta gestión del ganado tendrán un efecto positivo sobre el suelo y la vegetación.

El promotor propone medidas preventivas y correctivas para paliar la afección sobre la vegetación, como la implantación de paneles fotovoltaicos respetando una distancia mínima de 8 m a los pies de encina existentes y otras especies forestales protegidas. Además, incluirá en el proyecto una serie de medidas compensatorias para corregir la afección a la vegetación y los HIC en el área de implantación, solicitadas por la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y descritas en el condicionado de la presente resolución.

La Dirección General de Política Forestal de la Junta de Extremadura indica que el proyecto podría suponer una leve afección al medio forestal debido a la presencia de pastizal natural y matorral de retamas en la zona de actuación, si bien, informa favorablemente del mismo, siempre y cuando se respete tanto el arbolado como el regenerado presente en la zona y se cumpla una serie de condiciones en materia forestal, las cuales se recogen en el condicionado de la presente resolución. El promotor responde que en el proyecto se tendrán en cuenta todos los condicionantes propuestos por la Dirección General de Política Forestal de la Junta de Extremadura.

3.2.5 Fauna. Las infraestructuras proyectadas se ubican dentro del Área Importante para las Aves (IBA) n.º 296 «Trujillo-Torrecillas de la Tiesa», y el ámbito de actuación es una zona de uso habitual (campeo, alimentación, etc.) de numerosas especies de aves esteparias (sisón común, cernícalo primilla, etc.), rapaces forestales (águila imperial ibérica, águila perdicera, etc.), aves rupícolas (cigüeña negra) y grulla común, especies amenazadas incluidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura (CREAE) (Decreto 37/2001, de 6 de marzo, y modificaciones posteriores). Además, el ámbito de estudio se ve afectado por los planes de recuperación, conservación y/o manejo del águila imperial ibérica, águila perdicera, cernícalo primilla, cigüeña negra y grulla común.

Durante la fase de construcción se puede producir afección a la fauna como consecuencia de la destrucción, fragmentación y alteración de hábitats. Asimismo, se puede producir la potencial destrucción de nidos y madrigueras, atropellos, desplazamientos y modificaciones de las pautas de comportamiento como consecuencia de los ruidos, presencia humana, movimiento de maquinaria y otras molestias de las obras.

Durante la fase de explotación, los principales impactos considerados son la pérdida de hábitat de las especies presentes por la ocupación de la PSF y el riesgo de colisión de la avifauna con las líneas eléctricas. El promotor considera que no existe el riesgo de electrocución para la avifauna debido a la distancia reglamentaria que separa los conductores y señala que el diseño de las líneas de evacuación con tramos soterrados y tramos aéreos paralelos a otras líneas existentes minimiza, en parte, el riesgo de colisión de la avifauna con las mismas.

Por otro lado, en la fase de explotación se podría producir un efecto barrera, principalmente sobre los mamíferos terrestres, por la presencia del vallado perimetral y de las propias instalaciones, así como el riesgo de colisión de la avifauna con el citado vallado. Por último, según el promotor, la adecuada gestión de la vegetación dentro de la planta con ganado ovino con baja carga ganadera y la eliminación de la actividad agrícola y del uso de fitosanitarios puede potenciar la biodiversidad del entorno del proyecto con respecto a la situación actual.

El EsIA incluye el «Estudio de ciclo anual de avifauna» (en adelante, estudio de avifauna), el cual abarca seguimientos de avifauna a lo largo de más de un ciclo anual completo (desde julio de 2020 a septiembre de 2021), y en el que se identifican y caracterizan las poblaciones existentes en una envolvente de 3 km en torno a las infraestructuras proyectadas.

En el ámbito de estudio destaca la presencia de las siguientes especies incluidas en el CREAE: Sisón común, milano real, cigüeña negra y águila imperial ibérica, en la categoría de «en peligro de extinción» (PE); elanio común, águila real, alimoche común, alcaraván común, búho chico, carraca y bisbita campestre, en la categoría de «vulnerable» (VU); buitre negro, aguilucho pálido, aguilucho cenizo, aguilucho lagunero occidental, cernícalo primilla, halcón peregrino, avutarda común, ganga ortega, ganga ibérica y canastera común, en la categoría de «sensible a la alteración de su hábitat» (SAH); y milano negro, águila calzada, águila culebrera, buitre leonado, ratonero común, cernícalo común, mochuelo común, gavilán común y grulla común, en la categoría «de interés especial» (IE). Muchas de las citadas especies han sido detectadas en los censos realizados y son consideradas como especies objetivo en el estudio de avifauna.

Durante el seguimiento de avifauna se han obtenido observaciones puntuales de aves esteparias como la avutarda común, ganga ibérica, ganga ortega y aguilucho cenizo, probablemente en paso hacia sus territorios existentes en la ZEPA «Magasca», ya que este espacio acoge a una importante comunidad de aves esteparias. Por su parte, el alcaraván común es la especie esteparia que ha sido avistada con mayor frecuencia en el área de estudio, principalmente en la época de reproducción, por lo que el promotor no descarta que la especie utilice el entorno de la PSF como zona de reproducción. El promotor concluye que el proyecto no supone un impacto significativo sobre las aves esteparias ya que, si bien el hábitat presente en el área de implantación puede considerarse como estepario y susceptible de ser utilizado por estas aves, tras el amplio estudio realizado, no se ha observado el uso, salvo esporádico, de estas especies.

El cernícalo primilla ha sido ampliamente avistado en el área de implantación y su entorno inmediato, no observándose nidificaciones en el área, por lo que es muy probable que se trate de ejemplares procedentes de la colonia existente en la ciudad de Trujillo que utilizan la zona de estudio como área de alimentación y campeo, por lo que dada su amplia distribución en la zona, dicha especie será tenida en cuenta durante la fase de construcción. El cernícalo común también es una especie presente en el entorno de la PSF, pudiendo existir la posibilidad de que alguno de los eucaliptos existentes pueda estar siendo utilizado para la nidificación de la especie.

En el entorno de la PSF también se ha detectado la presencia aguilucho lagunero occidental, el cual puede utilizar el río Magasca y las charcas existentes como zona de alimentación, sin que el promotor considere que el proyecto pueda afectar a dicha especie.

Durante el seguimiento de avifauna, se han observado ejemplares de aves rapaces de alto valor de conservación como el milano real, águila imperial ibérica, buitre negro, águila real y alimoche común, así como otras especies con menor grado de protección como el águila calzada, milano negro, águila culebrera, buitre leonado, gavilán común y ratonero común, sin que el promotor prevea que el proyecto puede suponer riesgo sobre las citadas especies. No obstante, dada la posible afección al área de campeo de especies necrófagas, el promotor propone la instalación de un punto de alimentación suplementaria (muladar) como medida compensatoria.

La zona de implantación es área de distribución del águila imperial ibérica, si bien, el promotor resalta que sólo se ha producido una observación de la especie (con dos ejemplares en vuelo) fuera del vallado perimetral de la PSF y cuatro observaciones (5 ejemplares) en el entorno de las líneas de evacuación, por lo que concluye que el área no es una zona habitual de campeo de la especie y no prevé que se vea afectada por el proyecto.

Las actuaciones proyectadas se localizan en un área de distribución de águila perdicera, especie SAH según el CREAE, no obstante, el promotor señala que no aparece inventariada en las bases de datos consultadas y no se han registrado ejemplares durante el estudio de ciclo anual de avifauna.

Del resultado del estudio de avifauna, el promotor indica que no se considera probable la existencia de nidos ni zonas de reproducción de milano real y águila calzada en las proximidades de la PSF ni su entorno, especies ampliamente detectadas en el área de actuación. Por otro lado, el mochuelo común utiliza como posadero los muros de piedra presentes en el entorno de la PSF, por lo que, dada la densidad detectada, así como el comportamiento observado y el hábitat propicio existente, el promotor concluye que es probable la especie utilice la zona de actuación como área de campeo.

En los muestreos realizados en el ámbito de actuación, destaca la presencia, en época reproductora, de cigüeña negra en el entorno del río Magasca. Según el promotor, no se han observado nidos de la especie en el área de implantación ni en su entorno, no obstante, al utilizar el río Magasca como zona habitual de alimentación, se procurará evitar la realización de obras en época de reproducción.

Entre los registros de aves invernantes, destacan los avistamientos puntuales de grulla común, tanto en la zona de implantación como a lo largo de las líneas de evacuación, principalmente en vuelo, por lo que el promotor concluye que la zona de estudio no es área de campeo de la especie, sino que de manera esporádica la utiliza como zona de paso a otras áreas óptimas para su alimentación, sin que las infraestructuras de la PSF (de poca altura) supongan obstáculo para el vuelo de dicha especie. Las observaciones en el entorno de las líneas de evacuación se corresponden con vuelos altos, si bien también se han detectado posadas en las líneas sin intención de iniciar el descenso, por tanto, dado su tamaño, carácter gregario y vuelos crepusculares, se hará uso de los balizamientos más disuasorios posibles en los tramos aéreos de las líneas proyectadas.

En los censos realizados se ha detectado la presencia de las siguientes especies de quirópteros catalogados «de interés especial» en el CREAE: murciélago común, murciélago de Cabrera, murciélago hortelano y murciélago rabudo. Respecto a los mamíferos inventariados, el EsIA señala se trata de especies generalistas que para reproducirse pueden seleccionar hábitats más concretos, pero que para la búsqueda de alimento exploran todos los hábitats disponibles en la zona de estudio.

El promotor propone medidas preventivas y correctoras para evitar la afección a la fauna y, a pesar de no prever impactos significativos, añade una serie de medidas compensatorias, algunas de las cuales son también solicitadas por el órgano competente en biodiversidad de la Junta de Extremadura. Entre las medidas de protección de la fauna previstas por el promotor se encuentran las siguientes:

– El proceso de desbroce al inicio de las obras será planificado minuciosamente a fin de reducir cualquier afección a la fauna. En este sentido, se realizará la revisión de los terrenos de forma previa al desbroce, especialmente los cultivos de secano, para detectar la posible presencia de nidos de especies esteparias.

– La LASAT discurre, en un 77 % de su trazado (tramo aéreo), paralela a una línea eléctrica existente de REE, lo que permitirá minimizar el riesgo de colisión de la avifauna.

– Los tramos aéreos de las líneas eléctricas contarán con las correspondientes medidas anticolisión y antielectrocución para reducir el riesgo sobre la avifauna de acuerdo con el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, como es, entre otras, la instalación de espirales de polipropileno salvapájaros, de 30 cm de diámetro y 1 m de longitud, de color preferentemente anaranjado, con una cadencia de 10 m a lo largo de toda la línea.

– El cerramiento perimetral de la PSF, de tipo cinegético, estará señalizado con placas de color blanco y acabado mate de 25 x 25 cm, instaladas cada tres vanos en la parte superior del cerramiento.

– Adecuada gestión de la actividad ganadera dentro de la PSF mediante pastoreo con ganado ovino con baja carga ganadera.

– Creación de núcleos de cría semiextensiva de reproducción de conejo.

– Cada año se realizarán acuerdos de custodia del territorio con los propietarios de fincas próximas al proyecto para colaborar con la Campaña Anual de Conservación de Aves Esteparias de Extremadura. Las medidas a ejecutar serán consensuadas anualmente con la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura.

– Instalación de cajas-nido para cernícalo común o lechuza (1 caja nido cada 10 ha de superficie ocupada en la PSF) y de 10 cajas-nido para carraca.

– Construcción de un primillar de 5 x 5 x 5 m de dimensiones mínimas.

– Instalación de un punto de alimentación conjunto para aves necrófagas (milano real, alimoche común y buitre negro).

La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura señala que el proyecto se ubica en una zona de pastizales ganaderos asociados al río Magasca, con un elevado sobrepastoreo que provoca daños a los HIC 6220* y 5330, impidiendo la regeneración del HIC 6310 «Dehesas perennifolias de Quercus spp.», con una zona de aves esteparias en su entorno, al sur de la implantación, aunque recientemente también se ha instalado un territorio de águila perdicera. Las aves esteparias se encuentran muy amenazadas por la acción humana, especialmente por la intensificación agraria, con el incremento de la carga ganadera, la sustitución del ganado ovino por vacuno y la pérdida de barbechos, además de por la presencia de infraestructuras y cambios de uso del suelo que suponen una fragmentación y pérdida de su hábitat y la disminución de su capacidad para reproducirse. Por todo ello, indica que el pastizal de la PSF deberá ser gestionado de forma extensiva, con ganado ovino, con la primavera libre de ganado (abril-mediados de junio).

Por otro lado, dicha Dirección General de la Junta de Extremadura señala que en la zona de actuación destaca la presencia de cernícalo primilla, con existencia de varias colonias en un radio de 3 km de la PSF, la cual se encuentra ubicada en una zona de campeo y alimentación de la especie, siendo su principal problema la falta de alimento por sobrepastoreo, por lo que se deberá generar una reserva de alimentación sin pastoreo en primavera. Asimismo, señala la presencia de sisón común se ha observado a 500 m de la zona sur de implantación.

Según la citada Dirección General de la Junta de Extremadura, en el ámbito del proyecto también destaca la cigüeña negra, cuya presencia se ha constatado en el entorno del río Magasca, ya que utiliza las zonas encharcadas del río para alimentarse durante el período reproductor y migratorio. Dichas zonas serán cruzadas por las líneas eléctricas de evacuación, las cuales pueden suponer una fragmentación para el hábitat de la cigüeña negra y para el de las aves esteparias, y una amenaza por el peligro de colisión y electrocución que suponen, por lo que deberán aplicarse medidas preventivas, correctoras y de compensación de los efectos residuales.

El proyecto se encuentra dentro de un área que pertenece al plan de conservación del hábitat del águila perdicera y al plan de recuperación del águila imperial ibérica, si bien, no hay datos sobre la presencia de esta última especie en el área del proyecto. En el río Magasca, a unos 1.000 m de la zona de implantación, se instaló una nueva pareja de águila perdicera en la primavera de 2022 por lo que, según dicha Dirección General, será necesario adoptar medidas con limitaciones espacio-temporales durante la fase de obras, para evitar molestias sobre la especie, así como realizar mejoras de hábitats en el territorio. En este sentido, no deberá instalarse ningún elemento en un radio de 750 m del nido de águila perdicera, y deberá planificarse la obra para no afectar temporalmente a la pareja existente, que deberá ser marcada antes del inicio de las obras, para conocer su afección.

Entre otras especies destacadas por la mencionada Dirección General destaca la grulla común, ya que el proyecto se encuentra dentro de una zona utilizada como área de alimentación. Además, en la zona de actuación puede darse la presencia de artópodos como Ceramida luisiae, especie asociada a los pastizales del río Magasca.

Tal y como se amplía en el siguiente apartado 3.2.6, la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura informa favorablemente el proyecto, siempre que se cumplan las medidas preventivas, correctoras y compensatorias/complementarias necesarias para minimizar la pérdida y fragmentación de hábitat de especies sensibles y para minimizar el riesgo de colisión y electrocución con las líneas de evacuación, las cuales se recogen en el condicionado de la presente resolución.

El promotor responde que se tendrán en cuenta todas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias/complementarias propuestas por la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura.

3.2.6 Espacios naturales protegidos y Red Natura 2000. Parte de las infraestructuras proyectadas, concretamente las líneas de evacuación, atraviesan la Zona Especial de Conservación (ZEC) ES4320018 «Río Almonte» y la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) ES0000356 «Riberos del Almonte», espacios incluidos en la Red Natura 2000 y en la Red de Áreas Protegidas de Extremadura, mientras que la PSF colinda con dichos espacios protegidos. Por otro lado, muy próximas a las infraestructuras previstas se localizan la ZEPA ES0000425 «Magasca», a 201 m, la ZEPA ES0000332 «Llanos de Trujillo», a 1,5 km, y la ZEPA ES0000402 «Colonias de Cernícalo Primilla de Trujillo», a más de 3 km.

El estudio de afección a la Red Natura 2000 (en adelante, estudio de Red Natura) indica que la PSF no se ubica dentro de los límites de ningún espacio incluido en la Red Natura 2000, situándose los más próximos, la ZEC «Río Almonte» y la ZEPA «Riberos del Almonte» (coincidentes con el río Magasca), a una distancia de 12 m de la PSF. La LASMT cruza de forma subterránea los citados espacios en una longitud de 246 m, mientras que la LASAT también presenta un cruce aéreo (219 m) y otro subterráneo (352 m) de ambos espacios. Según el EsIA, la PSF no presenta afección directa a los mencionados espacios protegidos.

Por otro lado, el estudio de Red Natura indica que tanto la ZEPA «Llanos de Trujillo» como la ZEPA «Colonias de Cernícalo Primilla de Trujillo» no resultarán afectadas en ningún caso por el proyecto debido a la distancia a la que se encuentran (más de 1,5 y 3 km, respectivamente). Dicho estudio considera que tampoco se producirá impacto directo sobre la ZEPA «Magasca», situada a aproximadamente 200 m de la PSF.

La Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura señala los principales valores naturales reconocidos en el Plan de Gestión de los espacios Red Natura 2000 y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad presentes en el área de actuación son las aves esteparias (sisón común y cernícalo primilla), aves rupícolas (cigüeña negra), aves forestales (águila imperial ibérica y águila perdicera), grulla común, el artrópodo Ceramida luisiae y los HIC 5330, 6220*, 6420 y 92D0.

Por otro lado, según la citada Dirección General de la Junta de Extremadura, en la ZEC «Río Almonte» existe una importante comunidad de peces y, aunque en su plan de gestión no viene reflejado ningún elemento clave, se deberán tomar medidas preventivas para evitar que el posible arrastre de materiales generados por las obras acabe en el río Magasca.

Finalmente, la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura informa favorablemente el proyecto, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan las medidas preventivas, correctoras y compensatorias/complementarias indicadas por la citada Dirección General, las cuales se recogen en el condicionado de la presente resolución.

El promotor responde que se tendrán en cuenta todas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias/complementarias propuestas por la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura.

FRV La Solanilla, SLU, informa que el proyecto puede afectar a los espacios de la Red Natura 2000 existentes en el entorno. El promotor responde que, a este respecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura informa favorablemente sobre el proyecto.

3.2.7 Paisaje. El principal impacto durante la fase de construcción se produce debido a la presencia de maquinaria de obra, los movimientos de tierra y la construcción de las infraestructuras previstas, el cual tendrá un carácter temporal. Durante la fase de explotación, la presencia de las instalaciones implicará una pérdida de la calidad visual del entorno, debido a que supondrán la aparición de elementos discordantes con el paisaje rural donde se localiza el proyecto, pudiendo existir un impacto acumulativo con otras PSF existentes en el entorno próximo. Por otro lado, el diseño soterrado de parte de las líneas eléctricas de evacuación proyectadas permite reducir el impacto visual de las mismas.

El proyecto se localiza en la unidad paisajística «Llanos y penillanuras», concretamente sobre la 24.01 «Berrocales de Trujillo». De acuerdo con el estudio de paisaje, la PSF únicamente será mínimamente visible desde las zonas más altas de Trujillo, como puede ser el Castillo de Trujillo o la zona más noroccidental de la localidad, si bien, el promotor afirma que dada la distancia a dicho núcleo urbano (3,4 km), las instalaciones de la PSF no serán nítidamente visibles. En cambio, dichas instalaciones sí serán visibles desde determinados puntos de la autovía A-58 y las carreteras CC-128 y N-521. Por otro lado, el promotor señala que las líneas eléctricas previstas presentan un impacto visual mínimo, entre otras razones porque el trazado aéreo de la LASAT discurre paralelo, en la mayor parte de su recorrido, a otras líneas de evacuación existentes. El estudio de paisaje concluye que el impacto visual del proyecto será compatible.

Para minimizar la afección paisajística, el promotor propone la implantación de pantallas vegetales con retama y lentisco en las zonas del perímetro de la PSF que presentan una mayor visibilidad por su proximidad a las carreteras existentes, el empleo de materiales y colores para adaptar las instalaciones al entorno, y la restauración ambiental de la zona afectada, integrándola, en la medida de lo posible, con el paisaje circundante.

3.2.8 Población y salud humana. Durante la fase de construcción se pueden producir molestias a la población, por el incremento de los niveles de ruido, emisiones de gases y partículas y disminución de la permeabilidad territorial durante las obras. El EsIA contempla la reposición de todos los bienes y servicios afectados por las obras y el mantenimiento de la permeabilidad territorial. Asimismo, el promotor prevé un impacto positivo en la economía local de la zona.

Respecto al posible impacto acústico, el EsIA señala que los niveles de ruidos generados tanto en la fase de construcción como en la fase de explotación no producirán un impacto significativo sobre la población, ya que cumplirán con los límites y con los objetivos de calidad establecidos en la legislación vigente. Por otro lado, el EsIA señala que las emisiones de campos electromagnéticos asociados a las infraestructuras proyectadas están muy por debajo de los niveles de referencia y que se cumplirá en todo momento la reglamentación vigente y las recomendaciones relativas a la exposición de la población a campos electromagnéticos.

La Dirección General de Salud Pública de la Junta de Extremadura no presenta alegaciones desde el punto de vista sanitario.

La Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio de la Junta de Extremadura, informa que no se no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial general (Plan Territorial), de ordenación territorial de desarrollo (Plan de Suelo Rústico, Plan Especial de Ordenación del Territorio) ni de intervención directa (Proyecto de Interés Regional), de acuerdo con la normativa sectorial vigente.

La Dirección General de Agricultura y Ganadería de la Junta de Extremadura informa que no hay inconvenientes derivados de la ejecución y puesta en marcha del proyecto en la ubicación propuesta, que afectaría a parcelas de uso agrícola de secano, principalmente pastos arbustivos y pastizales.

El Ayuntamiento de Trujillo emite informe urbanístico favorable ya que, en relación con la normativa urbanística municipal, el proyecto sería autorizable siempre que quede acreditada su compatibilidad con la conservación de las características ambientales, edafológicas o los valores singulares del suelo, mediante el informe del órgano competente. Por otro lado, señala que el proyecto puede afectar a caminos públicos, por lo que cualquier actuación deberá autorizarse expresamente por la administración titular, y se procederá a la reposición de los terrenos, elementos e infraestructuras existentes que puedan verse afectados por las obras. Por último, indica que, durante las obras, se prohíbe efectuar movimientos de tierra que alteren la morfología de la zona.

3.2.9 Bienes materiales, patrimonio cultural y vías pecuarias. Los posibles impactos sobre el patrimonio cultural se producirían, principalmente en la fase de construcción, debido a los movimientos de tierras asociados a las infraestructuras proyectadas. De acuerdo con el promotor, el resultado de las prospecciones arqueológicas superficiales realizadas ha sido negativo en cuanto a la presencia de elementos arqueológicos constatables en superficie. Por otro lado, en la primera prospección realizada se han documentado 4 elementos con interés etnográfico relacionados con infraestructuras agroganaderas (chozo, pozo, molino y estructura ganadera) sobre los cuales se prevé una afección directa. En la ampliación de la prospección realizada, se han identificado 3 elementos etnográficos que sufrirán una afección directa (2 cobertizos de aperos y pozo) y 8 que sufren afección indirecta (2 rediles/cercados, estructura poliovalada, casa ganadera, casa agrícola, 2 cobertizos ganaderos y puente).

El promotor contempla realizar un seguimiento arqueológico de las obras y respetará la zona de máxima concentración de los hallazgos inventariados. Asimismo, si durante la ejecución de las obras se hallaran restos arqueológicos, se paralizarán inmediatamente los trabajos que pudieran afectarles y se comunicará su descubrimiento al órgano autonómico competente.

La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura señala que, si bien los resultados de las prospecciones arqueológicas superficiales han sido negativos, dada la cercanía de la instalación prevista respecto a numerosos elementos de naturaleza arqueológica y la amplia superficie abarcada por la zona de estudio, con vistas a la protección del patrimonio arqueológico no detectado durante los trabajos previos y que pudiera verse afectado por el proceso de ejecución de las obras, se procederá al estricto cumplimiento de una serie de medidas de protección, las cuales se recogen en el condicionado de la presente resolución. El promotor señala que en el proyecto se tendrán en cuenta todos los aspectos incluidos en el informe de la citada Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura.

La Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Junta de Extremadura indica que el proyecto afecta al dominio de vías pecuarias, ya que la LASAT (tramo subterráneo) cruza el Cordel de Cáceres, por lo que se solicitará la correspondiente autorización a la citada Secretaria General, atendiendo a lo dispuesto en la legislación vigente, lo cual es aceptado por el promotor.

3.2.10 Sinergias. De acuerdo con el estudio de sinergias incluido en el EsIA, en el entorno de 7 km alrededor del proyecto existen tres plantas fotovoltaicas, entre las que destacan «La Magascona» de 20 MW y «La Solanila» de 49,9 MW, ésta última con la que la PSF SPK Trujillo comparte infraestructura de evacuación.

El estudio de sinergias indica que la presencia de otras PSF no supone un incremento de los efectos sobre las emisiones atmosféricas y acústicas, la hidrología, el suelo, la vegetación, los HIC, los espacios protegidos, las vías pecuarias y el medio socioeconómico, entre otros.

Respecto a la fauna, la presencia acumulada de otras PSF y sus líneas eléctricas de evacuación incrementan los impactos generados por este tipo de instalaciones, especialmente para la avifauna por el riesgo de colisión y electrocución con los tendidos eléctricos. El promotor considera que se producirá un impacto sinérgico moderado sobre la avifauna por el incremento del riesgo de colisión, si bien, el diseño de la LASAT, cuyo trazado discurre paralelo a una línea existente en aproximadamente un 77 % de su recorrido, y el hecho de compartir la línea de evacuación existente con la PSF «La Solanilla», permite disminuir dicho efecto sinérgico sobre la avifauna al reducir el riesgo de colisión y evitar una mayor fragmentación espacial del territorio.

La presencia de varias infraestructuras fotovoltaicas y sus líneas de evacuación suponen un impacto sinérgico moderado en relación al paisaje por la disminución de la calidad visual del entorno. De acuerdo con el promotor, la distancia entre las plantas existentes y el presente proyecto mitigará el impacto sinérgico en cuanto a la disminución de la calidad del paisaje. Por otro lado, afirma que, al aprovechar el corredor de líneas eléctricas ya existente y compartir un tramo de la infraestructura de evacuación existente, se reduce la fragmentación visual del territorio, mitigando el impacto sinérgico sobre el paisaje.

El estudio de sinergias concluye que los impactos ambientales sinérgicos de las diferentes PSF y sus infraestructuras de evacuación resultan compatibles.

3.3 Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto. El EsIA incluye un apartado de análisis de la vulnerabilidad ambiental del proyecto ante riegos de accidentes graves y catástrofes (en adelante, estudio de vulnerabilidad). Asimismo, el promotor aporta una adenda al citado estudio, de junio de 2023, a solicitud de la Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior de la Junta de Extremadura, donde se analizan los efectos derivados de la vulnerabilidad del proyecto frente a catástrofes naturales (fenómenos meteorológicos adversos como lluvias intensas, granizo y nieve, tormentas eléctricas, vientos y sequía; inundaciones y avenidas; incendios forestales; y riesgos geológicos como seísmos, movimientos de ladera, hundimientos y subsidencias, y actividad volcánica) y accidentes graves (incendios, explosiones, y vertidos o emisiones).

El estudio de vulnerabilidad concluye que la correcta aplicación de las medidas preventivas y correctoras durante todas las fases del proyecto, así como de las tareas de mantenimiento del mismo, reducen el riesgo de accidente y el riesgo de afección al entorno del proyecto, con lo que queda minimizada la vulnerabilidad de todos los elementos analizados ante la ocurrencia de catástrofes o accidentes.

La Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior de la Junta de Extremadura, en su informe de 2 de agosto de 2023, señala que, la vulnerabilidad del proyecto se considera baja tanto para las personas como respecto a catástrofes naturales, excepto para los fenómenos de lluvias torrenciales, granizo y nieve e incendios forestales, que es de carácter medio, siendo necesario cumplir de forma efectiva las medidas propuestas para mitigar los efectos adversos significativos en el momento exacto en que sean de aplicación.

En todo caso y al igual que los aspectos técnicos del proyecto, como el propio diseño del mismo, la vulnerabilidad del proyecto según el análisis realizado por el promotor es un factor más a considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del órgano sustantivo.

3.4 Programa de vigilancia ambiental. El programa de vigilancia ambiental (PVA) tiene como objetivo el seguimiento y control de los impactos previstos, garantizar el cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, así como identificar impactos ambientales no previstos y la adopción de medidas complementarias adicionales para la protección ambiental. En cada una de las fases de dicho programa, se realizará un seguimiento de la eficacia de las medidas adoptadas y sus criterios de aplicación, emitiendo los correspondientes informes de vigilancia. Los principales aspectos considerados en el PVA son los siguientes:

– Fase de construcción: Control de la calidad atmosférica y acústica; control de la geomorfología y protección del suelo; control de la calidad de las aguas; control de la gestión de residuos y vertidos; control de la protección de la vegetación y la fauna; control de la protección del patrimonio cultural; etc.

– Fase de explotación: Control de la calidad atmosférica y acústica; control de la protección del suelo; control de la calidad de las aguas; control de la gestión de residuos; control de las medidas de protección de la vegetación y la fauna; control de la restauración ambiental e integración paisajística etc. Además, el promotor contempla, entre otros, un seguimiento específico de las poblaciones de avifauna durante la vida útil de la PSF (con dos visitas anuales).

Fundamentos de Derecho

El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el j) del grupo 3 del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental (EsIA) y el resultado de la información pública.

En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental a la realización del proyecto «Parque solar fotovoltaico «SPK Trujillo», de 135 MW de potencia instalada, y para una parte de su infraestructura de evacuación, en la provincia de Cáceres» en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada y se exponen a continuación, en las que se debe desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales, lo cual no exime al promotor de la obligación de obtener todas las autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles.

Atendiendo a los antecedentes y fundamentos de derecho expuestos se resuelven las condiciones al proyecto y medidas preventivas, correctoras y compensatorias de los efectos adversos sobre el medio ambiente, que se establecen en los siguientes términos:

1. Condiciones al proyecto

1.1 Condiciones generales.

a) De forma previa a la autorización administrativa de construcción, el promotor deberá presentar el proyecto constructivo para conocimiento e informe favorable del órgano competente en medio ambiente de la Junta de Extremadura.

b) El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias contempladas en el EsIA y las aceptadas tras la información pública, en tanto no contradigan lo establecido en la presente resolución. Se prestará especial atención al cumplimiento de todas las condiciones indicadas por la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura. Antes de comenzar los trabajos, y a su finalización, se informará de ello al Agente de Medio Natural de la zona.

c) Con carácter general, el promotor habrá de respetar las buenas prácticas ambientales para la realización del proyecto, pudiendo servir de orientación los «Manuales de Buenas Prácticas Ambientales en las Familias Profesionales», que se encuentran publicados en la página web de este Ministerio, para cada una de las actuaciones previstas.

1.2 Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias para los impactos más significativos. A continuación, se indican aquellas medidas del EsIA que deben ser modificadas teniendo en cuenta las medidas adicionales establecidas en los informes recibidos en el procedimiento y que se consideran necesarias para garantizar la protección del medio ambiente, así como las que se desprenden del análisis técnico realizado por el órgano ambiental.

Se elaborará un único documento técnico (Plan de actuaciones para la mejora de la biodiversidad) que incluya tanto las medidas preventivas, correctoras y compensatorias previstas por el promotor, como las propuestas por la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y las recogidas en la presente resolución, el cual deberá entregarse a dicha Administración para su aprobación mediante la correspondiente emisión de informe favorable. El citado Plan de actuaciones para la mejora de la biodiversidad se presentará al órgano ambiental competente de la Junta de Extremadura como máximo en un plazo de treinta días antes de la fecha prevista para el inicio de los trabajos relacionados con la actuación proyectada. El citado documento incorporará el PVA. Todas las medidas previstas deberán estar detalladas y presupuestadas.

1.2.1 Suelo, subsuelo y geodiversidad.

a) El diseño y distribución de los paneles se adaptará al relieve original, evitándose la alteración de la morfología de la zona. Se reducirán al mínimo los movimientos de tierra, manteniendo siempre la condición agrícola del suelo, favoreciendo la presencia de pastizales en toda la PSF. Dichos movimientos de tierras serán exclusivamente para las cimentaciones, caminos, zanjas de cableado y para las líneas de evacuación subterránea. No se realizarán acondicionamientos del terreno para la instalación de los paneles ni decapados de la capa de tierra vegetal en áreas de implantación. Los paneles se instalarán, en la medida de lo posible, hincando las estructuras en el suelo, y en los casos en los que sea necesario usar hormigón se hará de forma localizada en los puntos de anclaje de las estructuras al suelo, evitándose, en todo caso, la realización de voladuras. La altura de colocación de los módulos solares debe adaptarse a la morfología del terreno y permitir el manejo de la vegetación con el ganado durante la fase de explotación.

b) Se aprovecharán los accesos y la red de viales existentes. Los movimientos de tierra y la anchura de las trazas deben ser las mínimas necesarias, puntuales y justificadas, afectando lo imprescindible a la vegetación natural. No se realizará la pavimentación de ninguno de los trazados a construir o a acondicionar.

c) El tránsito de vehículos y maquinaria estará restringido a las zonas de ocupación y alteración del suelo (viales existentes y previstos), evitando que discurran por las zonas de pastizal que deben permanecer inalteradas y, especialmente, por los cursos de agua, las vaguadas y las charcas. Para ello, durante la fase de obras se señalizarán convenientemente las zonas de protección vinculadas a éstas.

d) Los residuos de construcción y demolición que se generen tanto en la fase de construcción como de desmantelamiento de las instalaciones, se deberán separar adecuadamente y entregar a una planta de reciclaje autorizada para su tratamiento, de acuerdo con la normativa vigente. En relación con transformadores deberá tenerse presente la legislación vigente relativa a actividades potencialmente contaminantes del suelo.

e) Se deberán restituir, en un plazo máximo de seis meses desde la finalización de las obras, todos los terrenos afectados por las obras (especialmente zanjas o, en su caso, taludes), así como sus zonas e infraestructuras anexas. En relación con las plantaciones, al estar sujetas a épocas de plantación, condicionantes climáticos, etc., se ejecutarán en el primer periodo de plantación una vez finalizadas las obras. Se gestionará adecuadamente la tierra vegetal para su uso posterior en las tareas de restauración de las superficies alteradas, la cual deberá llevarse a cabo paralelamente durante la fase de construcción. Las labores de restitución estarán consensuadas con el órgano ambiental de la Junta de Extremadura.

1.2.2 Hidrología.

a) Las infraestructuras finalmente contempladas en el proyecto deberán cumplir lo dispuesto en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico y disponer de las correspondientes autorizaciones preceptivas de la Confederación Hidrográfica del Tajo. En su caso, el promotor presentará ante el organismo de cuenca la documentación preceptiva del diseño final del proyecto, conforme a lo dispuesto en la normativa reguladora en materia de aguas, previamente a la autorización del mismo.

b) Las actuaciones previstas deberán desarrollarse sin afectar negativamente a los cauces existentes en el ámbito de actuación, por lo que, de acuerdo la Confederación Hidrográfica del Tajo, se cumplirán los condicionantes generales establecidos por dicho organismo relativos a obras en instalaciones en DPH, actuaciones y limitaciones a los usos en las márgenes de los cauces y cruzamientos de líneas eléctricas aéreas y subterráneas sobre cauces, entre los que destacan los siguientes:

– Toda actuación que se realice en terrenos pertenecientes al DPH deberán contar con la preceptiva autorización de dicho organismo, conforme a lo establecido en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, siendo necesario aportar proyecto suscrito por técnico competente de las actuaciones a realizar, incluyendo una delimitación del DPH, referenciado tanto el estado actual como el proyectado, y un estudio de las avenidas extraordinarias previsibles con objeto de dimensionar adecuadamente las obras previstas.

– Los terrenos que lindan con los cauces están sujetos en toda su extensión longitudinal a una zona de servidumbre de 5 m de anchura para uso público y una zona de policía de 100 m de anchura, por lo que se condicionará el uso del suelo y las actividades que se desarrollen en dichas zonas. En todo caso, deberán respetarse en las márgenes lindantes con los cauces públicos las servidumbres de 5 m de anchura, según se establece en la normativa sectorial vigente. Toda actuación incluida en el artículo 9 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico que se realice en la zona de policía de cualquier cauce público, deberá contar con la preceptiva autorización previa de dicho organismo para su ejecución.

– En la zona de flujo preferente sólo podrán desarrollarse aquellas actividades no vulnerables frente a las avenidas y que no supongan una reducción significativa de la capacidad de desagüe de dicha zona.

– El cerramiento de la PSF se mantendrá diáfano, permeable al paso de la corriente y permitiendo el normal drenaje de las aguas de escorrentía hasta el cauce.

– Los cruzamientos de línea eléctrica aérea o subterránea sobre zona de DPH deberán cumplir las características establecidas por la Confederación Hidrográfica del Tajo y contar con la preceptiva autorización de dicho organismo.

– Se respetará cualquier limitación ambiental impuesta sobre los espacios protegidos afectados, prestando especial atención a la época de cría y nidificación de las especies vulnerables o sensibles que se presenten en los hábitats fluviales.

c) Las zonas de vaguada y los entornos de charcas quedarán excluidas de la instalación de paneles fotovoltaicos. La ejecución de la red de viales y de infraestructuras permanentes no puede suponer la alteración de la hidromorfología de las zonas de actuación. En las actuaciones proyectadas se tendrá en cuenta los HIC 3150 y 6420 vinculados a zonas de encharcamiento, extremando precauciones para evitar la afección sobre dichos hábitats, tanto en la fase de implantación como en la de explotación. Estas zonas deberán ser manejadas para que no se vea afectada su dinámica hidrológica. Tampoco deberá modificarse el drenaje natural ni escorrentías que mantienen las condiciones de humedad y nivel freático que posibilitan la existencia de charcas y vaguadas.

d) Debido a la presencia de una importante comunidad de peces en el río Magasca, se establecerán una serie de barreras de retención, instalando estructuras capaces de detener los sedimentos, con el fin de evitar que la escorrentía arrastre sólidos hacia los cauces existentes y se impida el aumento de la turbidez del agua y se deteriore su calidad.

e) Queda prohibido el vertido directo o indirecto de efluentes, aguas o productos residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento del DPH. Los edificios asociados contarán con sistemas de depuración o fosa séptica propios, debidamente dimensionados y gestionados. En el caso de que la limpieza de los paneles se realice con agua, no se utilizarán detergentes u otros aditivos en las aguas de lavado, debiendo emplear agua descalcificada sin químicos.

1.2.3 Flora y vegetación y hábitats de interés comunitario.

a) Antes del inicio de las obras, en el momento más adecuado para ello, se realizará una prospección del terreno con objeto de identificar la posible presencia de especies de flora amenazada y/o vegetación de interés, prestando especial importancia a vaguadas, charcas y cursos de agua que puedan ser afectados por los trabajos. En caso de detectarse, se informará al órgano ambiental de la Junta de Extremadura de forma que puedan establecerse las medidas de protección adecuadas.

En cualquier caso, se extremarán las medidas de precaución para evitar la afección a especies de flora protegida (Scrophularia sublyrata, Narcissus triandrus, etc.) existentes en las proximidades del ámbito de actuación.

b) Se señalizarán y jalonarán los hábitats y elementos de interés (cauces fluviales, vaguadas, charcas, rodales con vegetación natural de interés, etc.) que deban ser respetados durante toda la fase de construcción.

c) Se respetará la vegetación natural dentro de la PSF y únicamente se realizarán desbroces de vegetación, consistentes en una corta a baja altura, en las áreas de implantación, sin decapado de tierra vegetal. Se establecerán zonas de exclusión en torno al arbolado que se encuentre en buen estado fitosanitario (encinas, sauces, eucaliptos, etc.), manteniendo un diámetro de protección de los árboles de 8 m y como mínimo 1 m adicional a la proyección de la copa. Se procurará la conservación de las especies ruderales y matorral que crezcan en los espacios libres existentes en el interior del vallado de la PSF (sólo se desbrozarán plantas matorralizadas cuando supongan obstáculos a la implantación del proyecto) y se favorecerá el crecimiento de la vegetación herbácea espontánea bajo los módulos fotovoltaicos durante toda la vida útil de la instalación, evitando, en cualquier caso, un exceso de matorralización de los pastizales y herbazales.

d) Se establecerán las medidas necesarias para proteger la vegetación de la instalación y de las áreas circundantes de la deposición de partículas sólidas.

e) Se establecerán zonas de reserva en torno a los cauces próximos a las infraestructuras proyectadas, evitando cualquier tipo de obra o instalación que pudiera afectar a la vegetación de ribera. Siempre que sea posible, la envolvente de 20 m alrededor de la línea de máximo de llenado de todas las charcas incluidas dentro del recinto vallado de la PSF y en sus inmediaciones deberá estar libre de infraestructuras y módulos fotovoltaicos, con objeto de garantizar la conservación de sus posibles hábitats y facilitar el acceso de la fauna. En la medida de lo posible, se procurará que las citadas charcas dispongan de agua durante todo el año, se establecerán áreas de exclusión ganadera para potenciar poblaciones de anfibios e invertebrados acuáticos, se realizarán plantaciones de vegetación higrófila y se colocación de piedras como refugio.

f) El control de la vegetación natural durante la fase de explotación en el interior de la PSF, tanto bajo los paneles (la altura de los mismos deberá permitirlo) como en los espacios libres entre ellos, se realizará, preferentemente, mediante aprovechamiento a diente con ganado ovino con una carga ganadera ajustada, evitándose el sobrepastoreo y favoreciendo el mantenimiento y recuperación de los HIC. En su defecto, el control de la vegetación se podrá realizar mediante desbroce mecánico. Cualquiera de las dos acciones tendrá que realizarse fuera del periodo reproductor de las aves (del 1 de marzo al 30 de junio). En ningún caso el control de la vegetación consistirá en erradicar la cobertura vegetal y dejar el suelo desnudo. Asimismo, se prohíbe el uso de herbicidas para el control de la vegetación natural de la planta.

En las zonas inundables asociadas a los HIC 3150 y 6420, vaguadas, charcas, etc. se evitará el pastoreo mediante cercados de exclusión ganadera y/o el establecimiento de una carga ganadera máxima y de periodos para el aprovechamiento de los pastos, con objeto de preservar la vegetación asociada e incluso favorecer las condiciones favorables para la presencia de otras especies de interés. La carga ganadera máxima y la limitación espacial y temporal del pastoreo podrán ser modificadas de acuerdo con el régimen anual de precipitaciones y la evolución del desarrollo de los HIC siguiendo, en todo caso, las recomendaciones que establezca el órgano ambiental competente de la Junta de Extremadura.

g) Se tendrán en cuenta todos los condicionantes establecidos por el Servicio de Ordenación Forestal de la Dirección General de Política Forestal de la Junta de Extremadura, entre los que destacan los siguientes:

– Cualquier actuación contemplada en la obra que suponga la eliminación de la vegetación deberá cumplir lo estipulado en la legislación sectorial vigente. Las obras e instalaciones se ajustarán a los documentos y planos que figuran en el proyecto.

– Se realizará acta de replanteo con el Agente del Medio Natural, con quien se contactará antes de comenzar los trabajos, y se intentará reducir al mínimo el impacto sobre la vegetación de la zona de implantación de las infraestructuras proyectadas. Se respetará toda especie arbórea presente en la zona, incluido su regenerado en cualquier fase del proyecto, se cuidará todo lo posible el suelo para que no se vea afectado por la erosión y se evitará la degradación de los ecosistemas.

En cualquier caso, se considera incompatible la corta de árboles en los que haya nidos de especies incluidas en el anexo I de la Directiva Aves, por lo que este órgano ambiental del MITECO, dado que la presencia de vegetación arbórea es muy limitada en el área de actuación y puede presentar una función ecológica destacada para la fauna, recomienda no eliminar los ejemplares arbóreos presentes dentro de la PSF y su entorno inmediato (incluidos los eucaliptos), ya que como se desprende del estudio de avifauna puede albergar nidos de especies protegidas como el cernícalo común.

– Se procurará que el arbolado de zonas limítrofes a la zona de implantación de las instalaciones no se vea afectado. En caso de sufrir merma, se valorará en coordinación con el órgano forestal de la Junta de Extremadura, la plantación de un cierto número de ejemplares por cada pie afectado, y el compromiso de llevar a cabo el mantenimiento de las plantaciones y áreas forestadas durante un periodo de tiempo que garantice la supervivencia de los nuevos ejemplares.

– Se deberá contar con el permiso de la propiedad para ejecutar los trabajos en los montes de particulares.

– Todos los trabajos de limpieza y desbroce se realizarán de forma mecánica, evitándose el uso de herbicidas.

– La época y el procedimiento para la ejecución de la obra se ajustarán a las que le sean aplicables en función de los usos y aprovechamientos que puedan verse afectados, por lo indicado en la presente resolución, por la existencia de riesgo de peligro de incendios, o por autorizaciones de otra índole.

– En relación a la prevención de incendios forestales, durante la ejecución de los trabajos deberán adoptarse las medidas preventivas recogidas en la legislación vigente.

– El promotor será responsable de los daños y perjuicios que, por deficiencia en las obras, negligencia del personal a su servicio u otras circunstancias a él imputables, se ocasionen al entorno natural, personas o cosas, bien directa o indirectamente, quedando obligado consecuentemente a satisfacer las indemnizaciones correspondientes Al finalizar las obras se realizará una limpieza general de la zona de trabajos de todo tipo de materiales no biodegradables, que serán depositados en un vertedero autorizado para ello.

– Una vez finalizada la vida útil, en caso de no realizarse una reposición de la PSF, se procederá al desmantelamiento y retirada de todos los equipos. A continuación, se procederá a la restitución y restauración la totalidad de los terrenos afectados, dando a la parcela el mismo uso que previamente tenía.

h) Los HIC alterados por la ocupación temporal y/o permanente de las infraestructuras proyectadas deberán ser restaurados en las mismas superficies en las que se produjo la degradación, mediante la preparación o acondicionamiento del suelo (descompactación, extendido de la tierra vegetal y restitución morfológica del terreno) e implantación de vegetación con la misma composición específica, proporción de especies, densidad, etc., de tal modo que permita la progresión hacia la comunidad vegetal/hábitat preexistente. La restauración de la cobertura edáfica y la vegetación se realizarán tan pronto como sea posible para cada superficie, y se realizará de manera progresiva con el objeto de poder integrarla paisajísticamente Asimismo, en caso de no poder restaurar los HIC en las superficies afectadas, se podrá compensar mediante la mejorar del estado de conservación de otras áreas actualmente degradadas o con un bajo grado de conservación que contengan los citados HIC en el ámbito de la comunidad autónoma de Extremadura a través del enriquecimiento de especies propias del hábitat, incremento de densidad, etc. Las superficies y labores de restauración, recuperación y/o compensación de los HIC afectados por el proyecto se coordinarán con el órgano competente de la Junta de Extremadura.

1.2.4 Fauna.

a) Con anterioridad a la ejecución de las obras se realizará una prospección del terreno en las áreas afectadas por éstas (desbroces, movimientos de tierras, instalación de cerramientos, presencia de maquinaria, etc.) con el objeto de identificar la localización de ejemplares de fauna, nidos o refugios que pudieran ser destruidos. En caso de encontrarse hallazgos de especies amenazadas, serán comunicados al órgano ambiental de la Junta de Extremadura, a efectos de que puedan establecerse las oportunas medidas de protección.

b) Con carácter previo al inicio de los trabajos de construcción del proyecto, se consensuará y coordinará con el órgano ambiental de la Junta de Extremadura un calendario de obras que incluya parada biológica en la realización de los trabajos en las áreas más sensibles durante el periodo de reproductor de las especies amenazadas de la zona. En este sentido, no se iniciarán los trabajos de construcción entre los meses de abril y junio para evitar el periodo reproductor de la fauna, y en el entorno del nido de águila perdicera (750 m) no podrán realizarse actividades de ningún tipo entre el 15 de enero y el 1 de junio. Dicho calendario de obras podrá ser objeto de modificación por parte del órgano ambiental de la Junta de Extremadura.

c) Los trabajos de construcción se realizarán en horario diurno. En caso de que fueran necesarios trabajos nocturnos, se deberá solicitar autorización expresa al órgano ambiental de la Junta de Extremadura, limitándose a zonas muy concretas, y siempre que no puedan suponer afección a especies protegidas.

d) El diseño de la LASMT que interconecta las dos zonas de la PSF, tanto en el cruce sobre el río Magasca como a 150 m a cada lado del mismo, se proyectará en subterráneo o en aéreo con cable trenzado con balizas tipo aspas giratorias luminosas de luz ultravioleta (colocadas cada 7 m en el cable trenzado), con objeto de evitar el riesgo de colisiones de cigüeñas negras.

e) Se prestará atención a la mortalidad de fauna, especialmente de reptiles y anfibios, por atropello u otras actividades asociadas a la obra, para ello se limitará la velocidad de circulación a 20 km/h en toda el área de implantación del proyecto y se colocará cartelería de aviso de presencia de fauna en la calzada. Las zanjas y vaciados de tierra por debajo del nivel del suelo susceptible de atrapar fauna vertebrada contarán con sistemas de escape adecuados mediante elementos específicos o taludes de tierra.

f) En cuanto al establecimiento de medidas para evitar la colisión y electrocución de avifauna, se atenderá a lo establecido en la normativa sectorial vigente, incluido el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión y normativa regional de desarrollo, y se cumplirán todas las medidas propuestas por la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura al respecto. En caso de discrepancia entre las medidas anticolisión de las citadas normativas, se adoptarán las que implique una mayor protección para el medio ambiente, siempre en coordinación con el órgano ambiental de la Junta de Extremadura.

En este sentido, en la LASMT se instalarán espirales salvapájaros y aspas giratorias catadióptricas luminosas ultravioletas, de forma alternativa, 50 % de cada tipo de señal, colocadas cada 7 m al tresbolillo en los tres conductores, es decir, cada 21 m en el mismo conductor. En la LASAT se colocarán espirales salvapájaros y aspas giratorias catadióptricas luminosas ultravioletas, de forma alternativa, 50 % de cada tipo de señal, colocadas cada 7 m al tresbolillo en los dos cables de tierra, es decir, cada 14 m en el cable.

En el caso de que fuera necesario instalar elementos antiposada o antinidificación en las crucetas de los apoyos, éstos no serán de tipo aguja o paraguas.

En la LASMT, en los apoyos de alineación con cadena suspendida, la cadena de aislamiento será de 60 cm. Se deberá aislar el conductor central 1 m a cada lado del punto de enganche en las tres fases. En los apoyos de amarre, la cadena de aislamiento será de 1 m y se aislará 1 m de conductor adicionalmente en las tres fases (deberá existir un aislamiento de 2 m entre cruceta y conductor desnudo).

Las citadas medidas antielectrocucción y anticolisión de las líneas eléctricas deberán revisarse con periodicidad suficiente y mantenerse en buen estado durante toda la vida útil de las mismas, debiendo reponerse cuando por su deterioro no cumplan con su función disuasoria. En caso que se detecten impactos significativos sobre la avifauna amenazada, se establecerán medidas adicionales de protección como el soterramiento de los tramos más peligrosos de las líneas eléctricas y/o el incremento de las medidas anticolisión y antielectrocución como puede ser la disposición de salvapájaros en los conductores, instalación de balizas luminosas, etc., todo ello en coordinación con la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura.

g) Para minimizar y compensar la posible afección a la fauna se llevarán a cabo las medidas contempladas por el promotor tales como la instalación de cajas-nido, construcción de un primillar, creación de un muladar, establecimiento de acuerdos de custodia del territorio con los propietarios de fincas próximas al proyecto para colaborar con la Campaña Anual de Conservación de Aves Esteparias de Extremadura, etc. Dichas medidas, así como sus características y ubicación final se realizarán en coordinación con la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, analizando las necesidades de las especies presentes.

h) En caso de detectarse la presencia de especies exóticas invasoras, se comunicará al órgano ambiental autonómico y se procederá, en su caso, a su erradicación en la forma que dicho órgano determine.

i) Si se detectara la presencia de alguna especie amenazada incluida en el Catálogo Español de Especies Amenazadas y/o en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura que pudiera verse afectada por las actividades proyectadas, el promotor lo pondrá en conocimiento del órgano ambiental autonómico de forma inmediata, a fin de poder determinar, en su caso, las medidas complementarias necesarias, en coordinación con el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Junta de Extremadura.

1.2.5 Paisaje.

a) El proyecto de construcción incluirá un Programa de Restauración Ambiental y Paisajística, a escala y detalle apropiados, que comprenderá todas las actuaciones de restauración, compensación y apantallamiento integradas por el promotor en el proyecto, incluidas las indicadas en la presente resolución, concretando y cuantificando las superficies de trabajo, métodos de preparación del suelo, especies vegetales a utilizar, métodos de siembra o plantación y resto de prescripciones técnicas, así como el presupuesto y cronograma de todas las actuaciones, que deberá ser remitido, con carácter previo al inicio de los trabajos, al órgano ambiental de la Junta de Extremadura para su validación. Deberá asegurarse la viabilidad y supervivencia de todas las plantaciones y restauraciones, así como del apantallamiento vegetal a realizar durante toda la vida útil de la instalación, contemplando la reposición de marras y riegos de mantenimiento si fuera preciso.

b) Los paneles fotovoltaicos incluirán un acabado con un tratamiento químico antireflectante, que minimice o evite el reflejo de la luz, incluso en periodos nocturnos con luna llena, con el fin de evitar el efecto llamada sobre las aves acuáticas y minimizar el impacto visual de la PSF.

c) Con el objeto de adaptar las instalaciones al entorno, se elegirán los colores integradores para el acabado exterior de inversores/centros de transformación y edificios. Los postes y la alambrada del cerramiento de seguridad serán de acero galvanizado en mate, para que se integren más rápidamente, evitando tonos reflectantes o brillantes. Se recomienda cubrir de tierra las cimentaciones de hormigón en el momento de su ejecución.

d) Al objeto de minimizar la contaminación lumínica generada por el proyecto, se deberá adecuar la iluminación de todas las instalaciones para mantener las condiciones naturales y evitar la incidencia sobre las rutinas nocturnas y crepusculares de determinadas especies protegidas del entorno. Para ello se deberá detallar una propuesta de iluminación diseñada teniendo en cuenta los requerimientos del órgano ambiental competente de la Junta de Extremadura. En cualquier caso, no se instalará alumbrado exterior en la PSF, a excepción de la asociada a los edificios auxiliares. El alumbrado exterior deberá utilizar un régimen nocturno reducido a lo imprescindible e incorporar criterios de iluminación sostenible.

1.2.6 Población y salud humana.

a) Se procederá al aislamiento acústico de las edificaciones que alberguen equipos o aquellos que se ubiquen a la intemperie, con los medios de insonorización necesarios, todo ello con objeto de garantizar el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica de aplicación en las áreas de influencia de la actividad proyectada, según la normativa vigente.

b) Se priorizará la ubicación de las instalaciones con efectos electromagnéticos (tendidos eléctricos de alta tensión, transformadores, etc.) a más de 200 m de núcleos habitados o a más de 100 m de viviendas aisladas u otras edificaciones de uso sensible, procediendo al alejamiento de aquellos elementos que generen niveles de campos eléctricos o magnéticos que puedan provocar riesgos para la salud en las viviendas y edificios de usos sensibles afectados hasta garantizar niveles de exposición seguros. Asimismo, se aplicarán otras medidas alternativas de efectividad probada para reducir la exposición hasta niveles seguros.

c) Se procederá al mantenimiento de las distancias de seguridad y las especificaciones establecidas con las infraestructuras existentes, y a la reposición de todos los bienes y servicios afectados por las obras. Asimismo, se asegurará el nivel actual de permeabilidad transversal y longitudinal de los terrenos y caminos públicos afectados, teniendo en cuenta las necesidades de paso legalmente establecidas.

1.2.7 Bienes materiales, patrimonio cultural y vías pecuarias.

De acuerdo con la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura, se cumplirán las siguientes medidas de protección del patrimonio cultural:

a) Durante la fase de ejecución de las obras será obligatorio un control y seguimiento arqueológico, por parte de técnicos cualificados, de todos los movimientos de tierra en cotas bajo rasante natural en cada uno de los frentes de obra que conlleve la ejecución del proyecto de referencia. El control arqueológico será permanente y a pie de obra, y se hará extensivo a todas las obras de construcción, desbroces iniciales, instalaciones auxiliares, líneas eléctricas asociadas, destoconados, replantes, zonas de acopios, caminos de tránsito y todas aquellas otras actuaciones que derivadas de la obra generen los citados movimientos de tierra en cotas bajo rasante natural.

b) Si como consecuencia de estos trabajos se confirmara la existencia de restos arqueológicos que pudieran verse afectados por las actuaciones proyectadas, se procederá a la paralización inmediata de las obras en la zona de afección, se balizará el área para preservarla de tránsitos, se realizará una primera aproximación cronocultural de los restos y se definirá la extensión máxima del yacimiento en superficie. Estos datos se remitirán mediante informe técnico a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura con copia, en su caso, al órgano competente en función del ámbito de actuación de la actividad. Una vez recibido, se cursará visita de evaluación con carácter previo a la emisión de informe de necesidad de excavación completa de los hallazgos localizados, conforme a los criterios técnicos y metodológicos establecidos por dicha Dirección General.

c) Dada la imposibilidad técnica de renunciar a la superficie correspondiente al entorno de protección de los bienes de interés etnográfico detectados, correspondiente a un perímetro de protección con un radio de 100 m desde el extremo más exterior del bien, manifestada por el promotor, se procederá a la aplicación de los siguientes condicionantes técnicos y metodológicos:

– Se preservará la totalidad de los elementos etnográficos detectados en la primera prospección (chozo, pozo, molino y estructura ganadera) y en la ampliación de la misma (4 cobertizos de aperos, pozo, redil/cercado, redil/cercado con agua, estructura poliovalada, casa ganadera, casa agrícola y puente) junto a un entorno de protección con un radio de 25 m desde el límite más exterior de los mismos. Si aún con esta reducción mínima, siguen produciéndose interferencias técnicas a la hora de desarrollar el proyecto, se propone la autorización de una distancia inferior a los 25 m, la cual será establecida en coordinación con la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura, pero siempre con la garantía de salvaguarda de los citados elementos etnográficos.

– La totalidad de la zona que contenga este tipo de restos habrá de ser limpiada manualmente al objeto de caracterizar el contexto cultural de los hallazgos, recuperar las estructuras conservadas, conocer la funcionalidad de los distintos elementos y establecer tanto su marco cultural como cronológico.

– Finalizada la intervención, se realizará por la empresa adjudicataria la entrega del informe técnico exigido por la legislación arqueológica vigente.

d) En virtud de asegurar la transferencia social del conocimiento desprendido de las actuaciones previstas para mitigar cualquier impacto que el proyecto pudiese provocar sobre el patrimonio histórico y arqueológico, el promotor deberá asumir el desarrollo de las siguientes acciones destinadas a dar cumplimiento a dicho fin:

– Durante el transcurso de la intervención arqueológica, se facilitará la realización de visitas guiadas a los yacimientos arqueológicos que se hubieran intervenido con objeto de dar a conocer a todas aquellas personas interesadas, los hallazgos arqueológicos acontecidos durante el tiempo en el que se desarrolle la campaña de trabajos arqueológicos. La frecuencia y características de estas visitas guiadas, será objeto de consulta previa ante la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura.

– Tras la intervención arqueológica, y siempre que los resultados obtenidos presenten la suficiente relevancia e interés de científico y/o social, éstos, deberán ser expuestos en una publicación científico-técnica enmarcada dentro de una de las líneas editoriales que la citada Dirección General tiene habilitadas para la divulgación de los estudios arqueológicos en Extremadura. El diseño, normas de publicación, así como el número de ejemplares a publicar, deberá ser previamente acordado con dicha Dirección General.

– Tras la conclusión de las actividades arqueológicas, en consonancia con la finalidad de difusión, y teniendo en cuenta el interés de los resultados mencionados anteriormente, el promotor proveerá los contenidos y el montaje de una exposición temporal que muestre con carácter divulgativo los resultados e interpretación de los resultados obtenidos tras la ejecución del proyecto de intervención arqueológica. Esta exposición será planificada y presentada en los centros museísticos o espacios culturales que determine la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura.

Por otro lado, con respecto a los bienes materiales y a las vías pecuarias, se cumplirán, en su caso, las siguientes condiciones:

a) En relación con las vías pecuarias, para su ocupación temporal se solicitará autorización al órgano autonómico competente, de acuerdo con la legislación vigente.

b) El cerramiento de la PSF deberá respetar las distancias a los caminos públicos que indiquen los instrumentos de planeamiento municipal y las normas subsidiarias aplicables.

1.2.8 Medidas complementarias y/o compensatorias. Las siguientes medidas complementarias y/o compensatorias propuestas por la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, ampliadas por este órgano ambiental del MITECO, se integrarán en el Plan de actuaciones para la mejora de la biodiversidad y, para cada una de ellas, se deberá detallar su contenido, identificar las áreas seleccionadas para su aplicación, su cronograma de ejecución y su presupuesto. Las características y la ubicación de las siguientes medidas (vallados, núcleos de cría, comederos, cajas-nido, marcajes, palomar, etc.), serán consensuadas previamente con la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura.

a) El vallado perimetral de la PSF cumplirá lo dispuesto en el Decreto 226/2013, de 3 de diciembre, por el que se regulan las condiciones para la instalación, modificación y reposición de los cerramientos cinegéticos y no cinegéticos en la Comunidad Autónoma de Extremadura. El cerramiento será de malla ganadera, de 2 m de altura máxima y con una luz de 30 x 15 cm mínimo. Se instalará un cable de acero de 0,6 mm solidario al hilo inferior, que impida el acceso de jabalí a la PSF, ya que podría condicionar la productividad de las comunidades de especies que habitan en estos ecosistemas. El cerramiento no tendrá sistema de anclaje al suelo diferente de los postes, no tendrá elementos cortantes o punzantes, y contará con una placa metálica entre cada vano en la mitad superior de la valla de 20 x 20 cm para hacerla más visible para la avifauna.

Adicionalmente se instalará un cerramiento de exclusión ganadera a una distancia de 1,5-2,0 m del cerramiento perimetral de la PSF, creando un pasillo para la fauna. En este pasillo de 1,5-2,0 m de anchura que queda entre los dos cerramientos perimetrales, no se tocará la flora ni el suelo, esperando a que crezcan matorrales mediterráneos, sin necesidad de actuación, de modo que puedan ofrecer una pantalla vegetal para la PSF. Si no creciesen, se ayudará con plantaciones de especies autóctonas de la zona. En ambos vallados se abrirán gateras de 33 x 22 cm cada 100 m para permitir el paso de lince ibérico.

b) Se colocará una caja nido en cada uno de los nuevos apoyos de las líneas eléctricas a instalar y una caja nido (en postes de 4 m de altura) cada 10 ha de la PSF. Las cajas nido serán de corcho y cal y dispondrán de sistemas antidepredación de pollos. La mitad de las cajas nido a instalar, serán de tipo polivalente y la otra mitad para cernícalo primilla. Las cajas instaladas deberán ser mantenidas en correcto estado, debiéndose sustituir las que se deterioren.

c) Se instalará una unidad de comedero/bebedero (comedero 20 kg y bebedero de 200 l) por cada 10 ha de superficie de ocupación de la PSF. Cada unidad deberá estar protegida frente al ganado por un mallazo de obra de 15 x 30 x 1 cm, con un diámetro mínimo 2 m.

d) Se creará un núcleo de cría semiextensivo de conejo de monte para favorecer la disponibilidad de especies presa de aves rapaces. Se favorecerá la presencia estable de conejo de monte en las inmediaciones de la PSF para compensar la potencial pérdida de hábitat de alimentación de aves rapaces, mediante el establecimiento de áreas de manejo del conejo dirigidas a crear condiciones adecuadas para el establecimiento de sus poblaciones. Para ello se construirá y se mantendrá durante la vida útil de la planta, un núcleo de cría para reforzamiento de poblaciones de conejo de monte de una hectárea de superficie y características similares a las de los núcleos definidos en el Decreto 129/2016, de 2 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para el desarrollo sostenible en Áreas Protegidas, en zonas de reproducción de especies protegidas o en hábitat importante.

El entorno inmediato del núcleo incluirá treinta vivares artificiales y diez unidades de comederos/bebederos. Además, se acotarán o cerrarán al pastoreo zonas en áreas contiguas a las ocupadas por los vivares en las que se procederá a la realización de siembras que irán rotando anualmente. Los restos vegetales procedentes de desbroces y podas se utilizarán para la construcción de refugios y tarameros. La puesta en funcionamiento incluirá la repoblación inicial del núcleo con una población de treinta conejos y el mantenimiento permanente de todas las instalaciones, incluyendo el aporte de agua y alimento necesario para la asegurar la continuidad de la población en el núcleo y en las áreas contiguas en las que se realicen mejoras.

e) Se creará un núcleo de cría semiextensivo de liebre ibérica con el objetivo de favorecer la potencial pérdida de hábitat de alimentación de aves rapaces. Para ello se construirá y se mantendrá durante el periodo de vida útil de la PSF, un núcleo de cría para el reforzamiento de poblaciones de liebre ibérica de 3 hectáreas de superficie debidamente cercado para evitar la salida de las liebres y la entrada de depredadores terrestres. El núcleo contará con refugios, tarameros y bebederos suficientes para la cría de una población inicial reproductora de veinticinco-treinta liebres. La puesta en funcionamiento incluirá la repoblación inicial del núcleo, el mantenimiento permanente de todas las instalaciones (incluyendo el aporte de agua y alimento necesario para la asegurar la continuidad de una población reproductora en su interior) y en la ejecución de las mejoras necesarias en el entorno del mismo para permitir el mantenimiento de los individuos liberados (refugios, disponibilidad de agua y alimento, siembras, etc.).

f) Se construirá un núcleo para la suelta anual de 10 parejas de perdiz roja autóctona, consistente en la construcción de un cerramiento de malla electrosoldada de luz máxima 20 x 20 mm, el cual contará con un sistema estructural de hierro (tubo o ángulo 40 mm) que garantice la solidez de la estructura. El cerramiento estará anclado al suelo y enterrado un mínimo de 20 cm, para evitar la entrada de predadores a su interior. Las dimensiones del cerramiento serán de 10 x 3 x 1,2 m y contará con una unidad de comedero y bebedero en su interior (bidón 60 l de agua y 20 kg grano) y otra unidad en el exterior. La introducción de los ejemplares de perdiz se realizará en la segunda quincena del mes de diciembre y se realizará la suelta el 10 de enero, quedando siempre en el interior del recinto dos/tres ejemplares que actúen como reclamo para los recién soltados, los cuales se soltarán 1 mes después de haber realizado la suelta. El comedero y bebedero del exterior deberá mantenerse con comida y agua durante todo el año y debe ser protegido con un mallazo de obra de 15 x 15 cm de luz, anclado al suelo y dejando una superficie libre en su interior de 5 m2.

g) A lo largo de todo el perímetro de la PSF se instalarán tarameros de 1,5 m de diámetro, adaptados para la reproducción de la perdiz, los cuales se situarán cada 100 m en el interior del doble cerramiento perimetral.

h) En colaboración con la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura, se marcará los ejemplares de la pareja de águila perdicera, así como los pollos que nazcan, durante un período de 5 años, comenzando el año anterior al inicio de los trabajos.

i) Se patrocinará un estudio sobre la distribución del coleóptero melolontido Ceramida luisiae en el entorno del río Magasca, en un radio de 5 km de la PSF, para conocer su estatus de conservación.

j) En el entorno de la zona sur de la PSF, se establecerá una zona de reserva para cernícalo primilla y sisón de 25 ha, preferentemente colindante con la PSF, donde se llevará a cabo un plan de gestión del pastizal y de su aprovechamiento ganadero, que permita la presencia de refugio y alimento para ambas especies.

Dado que el proyecto limita con la ZEPA «Riberos del Almonte» y se sitúa muy próximo a la ZEPA «Magasca» (200 m) y a la ZEPA «Llanos de Trujillo» (1,5 km), espacios protegidos que albergan una importante comunidad de aves esteparias amenazadas, este órgano ambiental del MITECO considera que la PSF ocupará una importante superficie de pastizal herbáceo que no podrá ser utilizada por diversas especies de aves esteparias, por lo que la superficie de reserva destinada a la mejora del hábitat estepario deberá ampliarse para aproximarse, en la medida de lo posible, a la superficie neta finalmente ocupada por las infraestructuras proyectadas, criterio que se ha establecido en otras plantas fotovoltaicas próximas.

La superficie finalmente establecida como reserva, la identificación concreta de las parcelas objeto de los acuerdos de custodia y las medidas específicas a realizar en cada una de ellas se coordinará con el órgano ambiental de la Junta de Extremadura, teniendo en consideración los resultados de los seguimientos y censos de avifauna y las necesidades de las especies amenzadas presentes.

k) Se favorecerá la disponibilidad de alimento en las áreas de campeo y nidificación de rapaces amenazadas (águila imperial ibérica, águila perdicera, águila real y halcón peregrino).

l) Se construirá un palomar para favorecer la disponibilidad de alimento en las áreas de campeo y nidificación de rapaces amenazadas (águila imperial ibérica y águila perdicera). El palomar será de geometría circular (1,5 m de radio), hexagonal (3 m de diámetro) o rectangular (3 m x 2 m), con una altura mínima de 5 m en cualquiera de los casos. Los paramentos exteriores serán de bloques de cara vista a color (marrón y blanco para zonas esteparias, o verde y ocre para zonas de sierra, con posibilidad de encachado de piedra u otros materiales o colores según las características del entorno) con cimentación con zapata corrida de hormigón armado de 50-60 cm profundidad y mínimo 30 cm de ancho sobre solera de hormigón en masa de 15 cm de espesor. Formación de cubierta con estructura metálica y machihembrado cerámico y cubrición con teja cerámica árabe o mixta envejecida y tejas de ventilación. Se incluirá una puerta de acceso que facilite la realización de las labores de mantenimiento y que deberá contar con cerradura. Contará con, al menos, 20 huecos exteriores para acceso al palomar colocados a partir de 2 m de altura en todas sus caras y dispuestos cada 2 m de separación, de 11 x 20 cm de dimensiones, con vierteaguas de piedra cerámica con 10 cm de vuelo y con goterón. Los nidales interiores estarán repartidos en todas sus caras, una unidad por cada m2 a partir de 2 m de altura con unas dimensiones de 25 x 25 cm de marco y 20 cm de fondo ejecutados con fábrica de ladrillos, con un número mínimo de treinta unidades por palomar.

La gestión del palomar se llevará a cabo durante la vida útil de la planta, inicialmente con la introducción de palomas, el aporte de comida y agua, así como el tratamiento para enfermedades como la tricomoniasis.

m) Se presentará un plan de gestión del pastizal, para evitar el sobrepastoreo, que genere un barbecho con cubierta natural de pasto, sin ganado entre el 15 de marzo al 15 de junio.

n) Se presentará un plan de mantenimiento de la PSF, en el cual no se realizarán labores de mantenimiento programables en el período entre marzo y junio para evitar molestias a la biodiversidad durante el período reproductor.

1.3 Condiciones al programa de vigilancia ambiental. La vigilancia ambiental cubrirá todas las fases del proyecto, y deberá permitir verificar el cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias descritas y su efectividad, así como posibilitar un seguimiento adaptativo, identificando efectos no previstos para, en su caso, permitir adoptar las medidas adicionales necesarias. Los informes de seguimiento serán anuales y se remitirán tanto al órgano sustantivo como a la Dirección General de Sostenibilidad de la Junta de Extremadura que, en caso necesario, podrá incrementar motivadamente su frecuencia o duración. En virtud del análisis técnico realizado, el PVA previsto en el EsIA deberá completarse con los aspectos adicionales que se incorporan mediante esta resolución.

a) Durante la fase de funcionamiento, se realizarán mediciones reales tanto de los niveles de exposición a los campos eléctrico y magnético como de los niveles de ruido generados en las distintas infraestructuras proyectadas, con objeto de garantizar el cumplimiento de la legislación vigente. En caso de que se detecten niveles de inmisión acústica y/o de campos electromagnéticos que superen los valores admisibles según la normativa vigente, se establecerán las medidas complementarias para garantizar su cumplimiento.

b) Se realizará el seguimiento de la dinámica de las poblaciones de avifauna (presencia, abundancia y evolución) durante toda la vida útil del proyecto, centrado en las especies que utilizan tanto la superficie ocupada por la PSF como las líneas eléctricas y su entorno más inmediato (5 km alrededor de las infraestructuras proyectadas), con objeto de conocer si las citadas poblaciones sufren alteraciones y poder adoptar medidas de conservación. La frecuencia de visitas para el seguimiento de las poblaciones de avifauna se coordinará con el órgano ambiental de la Junta de Extremadura.

El PVA incluirá el seguimiento de la evolución de las poblaciones de especies cinegéticas, ocupación de cajas nido, primillar y palomar, del territorio de reproducción del águila perdicera, del muladar, de los servicios ecosistémicos que genera la PSF, del uso de las reservas por las especies de aves esteparias, etc., así como de las modificaciones necesarias para alcanzar un mejor estado de conservación de la biodiversidad en el PSF.

c) Se llevará a cabo el seguimiento de la mortalidad de la avifauna con las líneas eléctricas y el vallado perimetral de la PSF durante toda la vida útil del proyecto. Este seguimiento será mensual durante los cinco primeros años y con la periodicidad que determine el órgano ambiental de la Junta de Extremadura en función de los resultados obtenidos a partir del sexto año. El seguimiento se realizará con perro especializado en la detección de cadáveres en una banda media de 50 m a cada lado de todo el trazado aéreo de las líneas eléctricas y del vallado perimetral. De los resultados obtenidos podrán establecerse, en coordinación con el órgano ambiental de la Junta de Extremadura, medidas adicionales de señalización o cualquier otro tipo de medida que evite o minimice los posibles accidentes relacionados con las infraestructuras proyectadas, incluido el soterramiento de tramos de las líneas de evacuación.

Para el seguimiento de las poblaciones y afecciones sobre las especies de avifauna, se valorará positivamente que se cuente con la colaboración de algún organismo, empresa u entidad con experiencia reconocida en el estudio del comportamiento de las mismas y su conservación.

d) Durante la fase de explotación, se realizará un seguimiento del efecto barrera para el desplazamiento de la fauna, en el que se estudiará la perturbación sobre la movilidad de las poblaciones que introduce el proyecto por interrupción física de corredores migratorios y de líneas o rutas de conexión habituales y zonas de paso frecuente entre zonas de alimentación, reproducción, campeo, etc.

e) Se llevará a cabo un seguimiento de los efectos de la PSF sobre el microclima y la calidad microbiológica del suelo, la flora y los HIC. El seguimiento de las condiciones del suelo (parámetros físicos, químicos y biológicos) y de los HIC 3150, 5330, 6220*, 6420, 92A0 y 92D0 será anual durante los 10 primeros años de la fase de explotación y quinquenal durante el resto de vida útil de la planta, con objeto de conocer los efectos del proyecto sobre el suelo y la biodiversidad asociada y poder comparar la evolución de los mismos frente a terrenos contiguos no afectados por el proyecto. En este sentido, se determinarán parcelas testigo próximas a la zona de actuación de las mismas características respecto al uso del suelo actual ocupado por la PSF, que permitan hacer un estudio comparativo para evaluar el grado de modificación del hábitat asociado a este tipo de instalaciones y la evolución o los cambios en las comunidades florísticas y faunísticas.

f) Todas las actuaciones de seguimiento, restauración y compensación integradas por el promotor en el proyecto, incluidas las indicadas por la Junta de Extremadura y las recogidas en la presente resolución, formarán parte de un Plan de restauración y mejora de la biodiversidad que el promotor presentará con el proyecto de construcción de la PSF. El Plan, concretará y cuantificará, a escala y detalle apropiados, las superficies, localizaciones y descripciones de los trabajos, métodos a emplear, y resto de prescripciones técnicas, así como el presupuesto y cronograma de todas las actuaciones. Dicho Plan deberá ser remitido al órgano ambiental de la Junta de Extremadura para su validación.

g) Mediante el envío de los correspondientes informes del PVA, el promotor acreditará ante el órgano ambiental competente de la Junta de Extremadura el cumplimiento de las medidas de compensación propuestas. A raíz de los resultados obtenidos en el PVA, dicho órgano ambiental autonómico podrá exigir, con cargo al promotor, la adopción de medidas adicionales y/o complementarias de protección de la fauna, vegetación, HIC, paisaje, etc.

h) Para la fase de desmantelamiento de las PSF y su infraestructura de evacuación se elaborará un programa específico de acuerdo con el procedimiento de evaluación ambiental que corresponda en su momento, todo ello, conforme a las autorizaciones que resulten pertinentes de los organismos competentes.

2. Conclusión sobre evaluación de repercusiones sobre la Red Natura 2000

Como se ha justificado en el apartado 3.2.6 de la presente resolución y de acuerdo con el informe de la Dirección General de Sostenibilidad, órgano de la Junta de Extremadura competente para su gestión, si el proyecto se ejecuta en las condiciones indicadas en la presente resolución no se considera susceptible de afectar de forma apreciable a los espacios incluidos en la Red Natura 2000 existentes en el entorno de implantación del proyecto, entre los que destacan la ZEC «Río Almonte» y la ZEPA «Riberos del Almonte».

Cada una de las medidas establecidas en el estudio de impacto ambiental y en esta declaración deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, previamente a su aprobación.

Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de autorización del proyecto.

De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.

Madrid, 10 de enero de 2024.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

ANEXO I
Consultas a las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas, y contestaciones
Consultados* Contestaciones a consultas del órgano sustantivo sobre el proyecto y el EsIA
Confederación Hidrográfica Tajo. MITECO.
Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agencia Urbana (MITMA)(1).
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF). MITMA(1).
Subdirección General de Patrimonio. Ministerio de Defensa(1).
Dirección General de Sostenibilidad. Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad. Junta de Extremadura.
Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio. Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio. Junta de Extremadura.
Dirección General de Agricultura y Ganadería. Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio. Junta de Extremadura.
Dirección General de Política Forestal. Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio. Junta de Extremadura.
Secretaría General de Población y Desarrollo Rural. Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio. Junta de Extremadura.
Dirección General de Emergencias, Protección Civil e Interior. Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio. Junta de Extremadura.
Dirección General de Salud Pública. Servicio Extremeño de Salud. Consejería de Sanidad y Servicios Sociales. Junta de Extremadura.
Dirección General de Industria, Energía y Minas. Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad. Junta de Extremadura(1).
Dirección General de Planificación e Infraestructuras Hidráulicas. Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad. Junta de Extremadura.(1)
Dirección General de Movilidad e Infraestructuras Viarias. Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda. Junta de Extremadura(1).
Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural. Consejería de Cultura, Turismo y Deporte. Junta de Extremadura.
Diputación Provincial de Cáceres(1).
Ayuntamiento de Trujillo (Cáceres).
SEO/Birdlife. No
WWF/España. No
Ecologistas en Acción-CODA Extremadura. No
Red Eléctrica España, SAU. No
I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU(1).
FRV La Solanilla, SLU.

* La denominación actual de los consultados puede no ser la misma a la inicial debido a cambios realizados en su estructura de Gobierno.

(1) Informan sobre cuestiones sectoriales, sin incidencia ambiental.

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