Está Vd. en

Documento BOE-A-2023-7484

Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Dirección General del Agua, por la que se publica la Adenda de modificación del Convenio con la Comunidad de Regantes de la Margen Derecha del Río Alagón, por el que se encomienda la explotación, mantenimiento y conservación de las obras e instalaciones de la zona regable del Alagón, margen derecha.

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 22 de marzo de 2023, páginas 43161 a 43164 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-7484

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 28 de febrero de 2023, se firmó la «Adenda de modificación al Convenio entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Comunidad de Regantes de la Margen Derecha del Río Alagón, por el que se encomienda a ésta la explotación, mantenimiento y conservación de las obras e instalaciones de la zona regable del Alagón, margen derecha».

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 11.3.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta Dirección General del Agua, dispone su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de marzo de 2023.–El Director General del Agua, Teodoro Estrela Monreal.

ANEXO
Adenda de modificación al Convenio entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Comunidad de Regantes de la Margen Derecha del Río Alagón, por el que se encomienda a ésta la explotación, mantenimiento y conservación de las obras e instalaciones de la zona regable del Alagón, margen derecha

En Madrid, a la fecha de la firma electrónica.

REUNIDOS

De una parte, don Teodoro Estrela Monreal, Director General del Agua de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, nombrado por Real Decreto 126/2020, de 21 de enero, en nombre y representación del Estado, actuando por delegación de la Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en virtud de lo dispuesto en la Disposición General Primera de la Orden TED/533/2021, de 20 de mayo, de delegación de competencias en el Ministerio para la Transición Ecológica.

De otra parte, don Juan Manuel García Domínguez, Presidente de la Comunidad de Regantes de la Margen Derecha del Río Alagón, nombrado en su cargo por acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 31 de julio de 2019.

Las partes, en la calidad en que cada uno interviene, se reconocen recíprocamente la capacidad para el otorgamiento de esta adenda, a cuyo efecto

EXPONEN

Primero.

Que, con fecha 19 de junio de 2019, se firmó entre las partes el Convenio entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la Comunidad de Regantes de la Margen Derecha del Río Alagón, por el que se encomienda a ésta la explotación, mantenimiento y conservación de las obras e instalaciones de la Zona Regable del Alagón, Margen Derecha.

La duración del Convenio de encomienda de gestión se establecía por un período de setenta y cinco (75) años.

Segundo.

Que, habiéndose advertido que, en el referido Convenio de encomienda de gestión, concretamente en el anexo I del mismo, en el que se enumeran las infraestructuras titularidad del MITERD, que forman parte de la Zona Regable y cuya explotación asume de forma paulatina la Comunidad de Regantes, no aparece el azarbe IV-20. Y que, sin embargo, la referida infraestructura aparece en el Plan Coordinado de las Obras de la Zona Regable de Gabriel y Galán como titularidad del Ministerio de Obras Públicas, por lo que su gestión pertenece a este Organismo.

Tercero.

Que las partes manifiestan la necesidad de modificar el Convenio de encomienda de gestión suscrito con el fin de incluir la infraestructura «azarbe IV-20».

Cuarto.

Que la presente Adenda al Convenio de encomienda de gestión ha sido informada favorablemente por la Abogacía del Estado con fecha de 29 de agosto de 2022.

Quinto.

Es por ello por lo que las partes han decidido acordar la modificación del Convenio de encomienda de gestión firmado el 19 de junio de 2019, con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Modificación del anexo I del Convenio de encomienda de gestión, para incluir la infraestructura «azarbe IV-20».

El anexo I del Convenio entre la Comunidad de Regantes de la Margen Derecha del Río Alagón y el Organismo Autónomo Confederación Hidrográfica del Tajo quedaría tal y como se indica a continuación:

Las infraestructuras de la Zona Regable del Alagón, Margen Derecha, cuya titularidad pertenece a la MITERD son las siguientes:

Sector II.

Acequia II-17 y su camino de servicio.

Acequia II-31 y su camino de servicio.

Acequia II-33 y su camino de servicio.

Acequia II-53 y su camino de servicio.

Azarbe II-20.

Azarbe II-26.

Sector IV.

Acequia IV-3 y su camino de servicio.

Acequia IV-9 y su camino de servicio.

Azarbe IV-20-7.

Azarbe IV-20.

Sector VI.

Acequia VI-20 y su camino de servicio.

Acequia VI-20-8 y su camino de servicio.

Acequia VI-26 y su camino de servicio.

Acequia VI-32 y su camino de servicio.

Acequia VI-32-2 y su camino de servicio.

Acequia VI-32-2-4 y su camino de servicio.

Azarbe VI-27.

Azarbe VI-41.

Azarbe VI-43.

Azarbe VI-45.

Azarbe VI-47.

Sector VIII.

Acequia VIII-47 y su camino de servicio.

Sector X.

Acequia X-3 y su camino de servicio.

Acequia X-5 y su camino de servicio.

Acequia X-21 y su camino de servicio.

Azarbe X-14.

Azarbe X-26.

Azarbe X-26-1.

Sector XII.

Acequia XII-1 y su camino de servicio.

Acequia XII-31 y su camino de servicio.

Sector XIV.

Acequia XIV-5 y su camino de servicio.

Acequia XIV-9 y su camino de servicio.

Acequia XIV-11 y su camino de servicio.

Acequia XIV-33 y su camino de servicio.

Azarbe XIV-16.

Azarbe XIV-20-15.

Azarbe XIV-20-15-2.

Azarbe XIV-20.

Azarbe XIV-20-14.

Azarbe XIV-24.

Azarbe XIV-24-10.

Sector XVI.

Canal Secundario Primero.

Canal Secundario Segundo.

Estación elevadora Sector XVI.

Acequia XVI-A.

Acequia XVI-A-1-6.

Acequia XVI-B.

Acequia XVI-C.

Canal principal y su camino de servicio.

Segunda. Eficacia de la Adenda.

Esta Adenda será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.

Y para que conste a los efectos oportunos, y en prueba de su total conformidad y aceptación, ambas partes firman electrónicamente la presente Adenda.–Por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, el Director General del Agua, Teodoro Estrela Monreal.–Por la Comunidad de Regantes de la Margen Derecha del Río Alagón, el Presidente, Juan Manuel García Domínguez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid