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Documento BOE-A-2023-620

Resolución de 30 de diciembre de 2022, del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Generalitat de Catalunya, para el mantenimiento del Centro Español para los Cuidados en Salud Basados en la Evidencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 8, de 10 de enero de 2023, páginas 4155 a 4156 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2023-620

TEXTO ORIGINAL

El Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., y la Administración de la Generalitat de Catalunya, a través de la Consejería de Salud, han suscrito, con fecha de 29 de diciembre de 2022, una adenda de prórroga del convenio para el mantenimiento del Centro Español para los Cuidados en Salud Basados en la Evidencia, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado ocho del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 30 de diciembre de 2022.–El Director del Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., Cristóbal Belda Iniesta.

ANEXO
Adenda de prórroga del Convenio entre la Administración de la Generalitat de Catalunya, a través de la Consejería de Salud, y el Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., para el mantenimiento del Centro Español para los Cuidados en Salud Basados en la Evidencia

Madrid, fecha de la última firma electrónica.

REUNIDOS

De una parte, el honorable señor Manel Balcells i Díaz, como titular de la Consejería de Salud de la Generalitat de Catalunya, nombrado por Decreto 189/2022, de 10 de octubre (DOGC núm. 8769A, de 10 de octubre) con domicilio a efectos del presente en Barcelona, Travessera de les Corts, 131-159, Pabellón Ave Maria, con NIF. S-08110001-G, que interviene en representación de la Administración de la Generalitat de Catalunya, a través del Departamento de Salud, de conformidad con el Acuerdo del Gobierno de la Generalitat de Catalunya por el cual se aprueba la suscripción de una adenda de prórroga del convenio entre la Administración de la Generalitat de Catalunya, a través de la Consejería de Salud, y el Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., para el mantenimiento del Centro Español para los Cuidados en Salud Basados en la Evidencia (CECBE).

Y, de otra parte, don Cristóbal Belda Iniesta, como Director el Instituto de Salud Carlos III, O.A., M.P., (en adelante, ISCIII), CIF: Q-2827015-E, organismo público de investigación adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación, nombrado por Real Decreto 732/2021, de 3 de agosto (BOE núm. 185, de 4 de agosto), actuando en nombre y representación del mencionado Instituto, con domicilio en la calle Sinesio Delgado, número 6, Madrid, y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 11 del Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba su Estatuto.

Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen recíprocamente legitimidad y capacidad jurídica suficiente para la formalización de esta adenda en los términos que en ella se contienen y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero.

El Centro Español para los Cuidados de Salud Basados en la Evidencia (en adelante, CECBE), es un proyecto de investigación convenido con la Universidad de Adelaida y liderado por el Instituto de Salud Carlos III cuyo objeto es promocionar y apoyar las prácticas clínicas en enfermería basadas en la evidencia y desarrollar una estrategia de fomento y coordinación de la investigación en enfermería a nivel nacional.

Segundo.

Que las partes firmaron el 18 de diciembre de 2019 el Convenio entre la Administración de la Generalitat de Catalunya, a través de la Consejería de Salud y el ISCIII para el mantenimiento del CECBE, registrado en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal el 19 de diciembre de 2019, y publicado en el BOE el 17 de enero de 2020.

Tercero.

La cláusula séptima del convenio establece la vigencia del mismo, y señala que «[…] finalizará el 31 de diciembre del año 2022, pudiendo ser prorrogable por cuatro años adicionales, por acuerdo expreso de las partes».

Con base en lo anterior, ambas partes han convenido la formalización de la presente Adenda de acuerdo con las siguientes cláusulas

CLÁUSULAS

Primera.

Se acuerda prorrogar en cuatro años el periodo de vigencia del Convenio, alcanzando su vigencia el 31 de diciembre del año 2026.

Segunda.

En todo lo no previsto en el presente documento seguirán plenamente vigentes y aplicables todas las demás cláusulas y disposiciones del convenio, siendo las mismas igualmente de aplicación en cuanto fuere necesario al presente documento.

Tercera.

La presente adenda se perfecciona el día de su firma y surtirá efectos desde su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, se firma la presente adenda en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–El Consejero de Salud de la Generalitat de Catalunya, Manel Balcells i Díaz.–El Director del Instituto de Salud Carlos III, Cristóbal Belda Iniesta.

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