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Documento BOE-A-2023-5252

Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de marzo de 2023 y se convocan las correspondientes subastas.

Publicado en:
«BOE» núm. 49, de 27 de febrero de 2023, páginas 29667 a 29675 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2023-5252

TEXTO ORIGINAL

La Orden ETD/37/2023, de 17 de enero, por la que se dispone la creación de Deuda del Estado durante el año 2023 y enero de 2024, ha autorizado a la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional a emitir Deuda del Estado durante el año 2023 y el mes de enero de 2024 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones, señalando los instrumentos en que podrán materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado.

En la regulación aprobada se dispone la obligación de elaborar un calendario anual de subastas ordinarias, para su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y se establecen los procedimientos y normas de emisión, que básicamente son una prórroga de los vigentes en 2022. Dicho calendario se publicó por Resolución de 20 de enero de 2023 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, en la que se reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado para el año 2023 y el mes de enero de 2024.

Conforme al calendario anunciado, es necesario fijar las características de los Bonos y Obligaciones del Estado a poner en oferta el próximo día 2 de marzo y convocar las correspondientes subastas. A tal efecto, al objeto de atender la demanda de los inversores y siguiendo las recomendaciones de las entidades Creadores de Mercado, dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, se considera conveniente poner en oferta un nuevo tramo de las referencias de Bonos del Estado a tres años al 2,80 por 100, vencimiento 31 de mayo de 2026, Obligaciones del Estado a siete años al 0,80 por 100, vencimiento 30 de julio de 2029, Obligaciones del Estado a diez años al 3,15 por 100, vencimiento 30 de abril de 2033 y Obligaciones del Estado a quince años, indexadas al Índice de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 0,70 por 100, vencimiento el 30 de noviembre de 2033.

En razón de lo expuesto, y en uso de las autorizaciones contenidas en la citada Orden ETD/37/2023, esta Dirección General ha resuelto:

1. Disponer en el mes de marzo de 2023 las emisiones, denominadas en euros, de Bonos y Obligaciones del Estado que se indican en el apartado 2 siguiente y convocar las correspondientes subastas, que se celebrarán de acuerdo con lo previsto en la Orden ETD/37/2023, de 17 de enero, en la Resolución de 20 de enero de 2023 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente Resolución.

2. Características de los Bonos y Obligaciones del Estado que se emiten.

2.1 El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en la Resolución de 5 de enero de 2023, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, para la emisión de Bonos del Estado a tres años al 2,80 por 100, vencimiento 31 de mayo de 2026, en la Resolución de 25 de febrero de 2022, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, para la emisión de Obligaciones del Estado a siete años al 0,80 por 100, vencimiento 30 de julio de 2029 y en las Órdenes ETD/61/2023 y ETD/66/2023, de 25 y 26 de enero, respectivamente, por la que se dispone la emisión de Obligaciones del Estado a diez años al 3,15 por 100, vencimiento 30 de abril de 2033. En las Obligaciones del Estado a quince años, indexadas al Índice de Precios al Consumo armonizado ex-tabaco en la zona euro, al 0,70 por 100, con vencimiento el 30 de noviembre de 2033, el cupón real anual y las fechas de amortización y vencimiento de cupones serán los mismos que se establecieron en las Órdenes ECE/930/2018 y ECE/940/2018, de 11 y 12 de septiembre, respectivamente.

2.2 El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el 30 de julio de 2023 en las Obligaciones a siete años al 0,80 por 100 y el 30 de noviembre de 2033 en las Obligaciones a quince años al 0,70 por 100, indexadas a la inflación. En las Obligaciones a diez años al 3,15 por 100, el primer cupón a pagar será el 30 de abril de 2023, por un importe de 0,759452 por 100, según se estable en la Orden ETD/66/2023, de 26 de enero, y en los Bonos a tres años al 2,80 por 100, el primer cupón a pagar será el 31 de mayo de 2023, por un importe de 1,027945 por 100, según se establece en la Resolución de 5 de enero de 2023.

2.3 De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos segregables. No obstante, para el inicio de las operaciones de segregación y reconstitución en los Bonos a tres años al 2,80 por 100, en las Obligaciones a diez años al 3,15 por 100 y en las Obligaciones a quince años al 0,70 por 100, indexadas a la inflación, que se emiten, la autorización deberá aprobarse por la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional.

3. Las subastas tendrán lugar el próximo 2 de marzo de 2023, conforme al calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 20 de enero de 2023, y el precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará ex-cupón, y además, en el caso de las Obligaciones al 0,70 por 100, indexadas a la inflación, sin tener en consideración la aplicación del correspondiente índice multiplicador o coeficiente de indexación. A este respecto, el cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el artículo 14.2 de la Orden ETD/37/2023, de 17 de enero, es el 0,38 por 100 en los Bonos a tres años al 2,80 por 100, el 0,48 por 100 en las Obligaciones a siete años al 0,80 por 100, el 0,29 por 100 en las Obligaciones a diez años al 3,15 por 100 y el 0,19 por 100 en las Obligaciones a quince años al 0,70 por 100 indexadas a la inflación. Asimismo, el coeficiente de indexación o índice multiplicador correspondiente a la fecha de emisión, calculado según lo dispuesto en el punto 3.g. de la Orden ECE/930/2018, es el 1,17800.

4. Las segundas vueltas de las subastas convocadas mediante esta Resolución, a las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las subastas y las doce horas del día hábil anterior al de puesta en circulación de los valores y serán adjudicadas al precio marginal resultante de la fase de subasta, conforme a la normativa reguladora de estas entidades.

5. Los valores que se emitan en estas subastas se pondrán en circulación el día 7 de marzo de 2023, fecha de desembolso y adeudo en cuenta fijada para los titulares de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, S.A. Unipersonal, y se admitirán de oficio a negociación en AIAF Mercado de Renta Fija. Además, estos valores se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el apartado 2 anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.

6. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2 de la Orden ETD/37/2023, de 17 de enero.

Madrid, 24 de febrero de 2023.–El Director General del Tesoro y Política Financiera, P.D. de firma (Resolución de 5 de septiembre de 2022), la Subdirectora General de Gestión de la Deuda Pública, Mercedes Abascal Rojo.

ANEXO

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado a tres años al 2,80 %, vto. 31 de mayo de 2026

Subasta del día 2 de marzo

Precio ex-cupón

Rendimiento bruto*

Porcentaje

97,50 3,631
97,55 3,614
97,60 3,597
97,65 3,580
97,70 3,563
97,75 3,546
97,80 3,530
97,85 3,513
97,90 3,496
97,95 3,479
98,00 3,462
98,05 3,445
98,10 3,428
98,15 3,412
98,20 3,395
98,25 3,378
98,30 3,361
98,35 3,345
98,40 3,328
98,45 3,311
98,50 3,294
98,55 3,278
98,60 3,261
98,65 3,244
98,70 3,228
98,75 3,211
98,80 3,194
98,85 3,178
98,90 3,161
98,95 3,144
99,00 3,128
99,05 3,111
99,10 3,095
99,15 3,078
99,20 3,061
99,25 3,045
99,30 3,028
99,35 3,012
99,40 2,995
99,45 2,979
99,50 2,962
99,55 2,946
99,60 2,929
99,65 2,913
99,70 2,896
99,75 2,880
99,80 2,863
99,85 2,847
99,90 2,831
99,95 2,814
100,00 2,798
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a siete años al 0,80 %, vto. 30 de julio de 2029

Subasta del día 2 de marzo

Precio ex-cupón

Rendimiento bruto*

Porcentaje

84,75 3,502
84,80 3,492
84,85 3,482
84,90 3,473
84,95 3,463
85,00 3,453
85,05 3,443
85,10 3,434
85,15 3,424
85,20 3,414
85,25 3,405
85,30 3,395
85,35 3,385
85,40 3,375
85,45 3,366
85,50 3,356
85,55 3,346
85,60 3,337
85,65 3,327
85,70 3,317
85,75 3,308
85,80 3,298
85,85 3,289
85,90 3,279
85,95 3,269
86,00 3,260
86,05 3,250
86,10 3,241
86,15 3,231
86,20 3,221
86,25 3,212
86,30 3,202
86,35 3,193
86,40 3,183
86,45 3,174
86,50 3,164
86,55 3,154
86,60 3,145
86,65 3,135
86,70 3,126
86,75 3,116
86,80 3,107
86,85 3,097
86,90 3,088
86,95 3,078
87,00 3,069
87,05 3,059
87,10 3,050
87,15 3,041
87,20 3,031
87,25 3,022
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precio y rendimientos para las Obligaciones del Estado a diez años al 3,15 %, vto. 30 de abril de 2033

Subasta del día 2 de marzo

Precio ex-cupón

ex-inflación

Rendimiento bruto*

Porcentaje

95,75 3,658
95,80 3,652
95,85 3,646
95,90 3,640
95,95 3,634
96,00 3,628
96,05 3,621
96,10 3,615
96,15 3,609
96,20 3,603
96,25 3,597
96,30 3,591
96,35 3,585
96,40 3,579
96,45 3,573
96,50 3,567
96,55 3,560
96,60 3,554
96,65 3,548
96,70 3,542
96,75 3,536
96,80 3,530
96,85 3,524
96,90 3,518
96,95 3,512
97,00 3,506
97,05 3,500
97,10 3,494
97,15 3,488
97,20 3,482
97,25 3,476
97,30 3,470
97,35 3,464
97,40 3,458
97,45 3,452
97,50 3,446
97,55 3,440
97,60 3,434
97,65 3,428
97,70 3,422
97,75 3,416
97,80 3,410
97,85 3,404
97,90 3,398
97,95 3,392
98,00 3,386
98,05 3,380
98,10 3,374
98,15 3,368
98,20 3,362
98,25 3,356
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a quince años €i al 0,70 %, vto. 30 de noviembre de 2033

Subasta del día 2 de marzo

Precio ex-cupón

Rendimiento bruto*

Porcentaje

95,00 1,199
95,05 1,194
95,10 1,188
95,15 1,183
95,20 1,178
95,25 1,173
95,30 1,168
95,35 1,163
95,40 1,158
95,45 1,153
95,50 1,147
95,55 1,142
95,60 1,137
95,65 1,132
95,70 1,127
95,75 1,122
95,80 1,117
95,85 1,112
95,90 1,107
95,95 1,102
96,00 1,097
96,05 1,091
96,10 1,086
96,15 1,081
96,20 1,076
96,25 1,071
96,30 1,066
96,35 1,061
96,40 1,056
96,45 1,051
96,50 1,046
96,55 1,041
96,60 1,036
96,65 1,031
96,70 1,026
96,75 1,021
96,80 1,016
96,85 1,011
96,90 1,006
96,95 1,001
97,00 0,996
97,05 0,991
97,10 0,986
97,15 0,981
97,20 0,976
97,25 0,971
97,30 0,966
97,35 0,961
97,40 0,956
97,45 0,951
97,50 0,946
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 24/02/2023
  • Fecha de publicación: 27/02/2023
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 89 de 14 de abril de 2023 (Ref. BOE-A-2023-9203).

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