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Documento BOE-A-2023-25916

Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 21 de diciembre de 2023, páginas 168840 a 168864 (25 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Sanidad
Referencia:
BOE-A-2023-25916

TEXTO ORIGINAL

Con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración pública y en cumplimiento de lo dispuesto el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 12 de julio) por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2023, esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre en el Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.

Conforme al artículo 20. Tres. 3 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 («Boletín Oficial del Estado» de 24 de diciembre), se convocan las plazas de la Oferta de Empleo Público del año 2023 y las plazas no cubiertas de las Ofertas de Empleo Público de los años 2021 y 2022 aprobadas por Real Decreto 636/2021, de 27 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 28 de julio) y Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo («Boletín Oficial del Estado» de 25 de mayo), respectivamente.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de enero de 2021), por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado y en los organismos públicos vinculados o dependientes de ella.

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 22 de julio) por las que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso a cuerpos o escalas de la Administración General del Estado y por el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, y se desarrollarán de acuerdo con las siguientes:

Bases específicas

La presente convocatoria se publicará, entre otros, en el Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es) y en la web del Ministerio de Sanidad (https://www.sanidad.gob.es).

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 107 plazas del Cuerpo de Farmacéuticos Titulares, código 1209, por el sistema general de acceso libre. De estas plazas, dos plazas no cubiertas corresponden al Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, treinta y siete plazas no cubiertas al Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, y sesenta y ocho plazas comprendidas en el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio.

Del total de las plazas convocadas por el sistema general de acceso libre, se reservarán ocho para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. De estas plazas, dos plazas no cubiertas que corresponden al Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, tres plazas no cubiertas del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, y tres plazas del Real Decreto 625/2023, de 11 de julio. La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en la solicitud de participación de la convocatoria.

En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otras personas aspirantes del sistema de acceso general, esta será incluida por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.

De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, así como en el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, por los que se aprueban las ofertas de empleo público para los años 2021, 2022 y 2023, respectivamente, las plazas reservadas para las personas con discapacidad que queden desiertas no se podrán acumular al turno general.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo para el ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Farmacéuticos Titulares se realizará mediante el sistema de oposición con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombradas personal funcionario en prácticas por la autoridad convocante.

Concluido el proceso selectivo, las personas aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos serán nombradas personal funcionario de carrera mediante resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública. Los nombramientos y la asignación de destino inicial se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».

3. Desarrollo del proceso selectivo

3.1 El orden de actuación de las personas opositoras se iniciará alfabéticamente por aquellas cuyo primer apellido comience por la letra «W», de conformidad con lo previsto en la Resolución de 27 de julio de 2023, de la Secretaría de Estado de Función Pública («Boletín Oficial del Estado» de 29 de julio).

3.2 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará una resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobadas las listas de personas admitidas y excluidas. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en los lugares previstos en la base específica 10, se indicará la relación de personas aspirantes excluidas, los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas completas de personas aspirantes admitidas y excluidas, así como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio del proceso selectivo.

3.3 Una vez comenzado el mencionado proceso, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo, conforme al artículo 21 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. Estos anuncios se efectuarán en los lugares previstos en la base específica 10, así como por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación.

Las fechas de realización de alguno de los ejercicios, o sus lecturas, así como el curso selectivo, podrán ser coincidentes con las fechas de celebración de ejercicios y cursos selectivos de otros procesos de selección. Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único quedando decaídos en su derecho quienes no comparezcan a realizarlo, sin perjuicio de lo dispuesto en la base específica 9.

3.4 Según lo establecido en el Real 625/2023, de 11 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público del año 2023, el primer ejercicio de la fase de oposición tendrá que celebrarse en el plazo máximo de tres meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales, conforme al artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado. La previsión sobre la duración máxima de este proceso selectivo es de nueve meses. A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos durante el mes de agosto, y a fin de garantizar el correcto desarrollo de aquello, se declara inhábil dicho mes, a efectos del cómputo de plazos en las pruebas selectivas de la presente convocatoria, así como en los recursos administrativos que puedan interponerse frente a los actos y resoluciones dictados durante el curso de estos procesos.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal calificador deberá publicar un cronograma orientativo con las fechas de realización de las pruebas relativas a este proceso selectivo.

4. Programas

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II de esta convocatoria.

5. Tribunal

5.1 El tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III de esta convocatoria. Para aquellos ejercicios que requieran su inmediata corrección, la composición diaria del tribunal podrá ser de tres miembros, designados por el presidente. Las competencias serán las necesarias para su adecuado funcionamiento, incluyendo la calificación de los ejercicios. Se publicará un breve currículum profesional de las personas que forman parte de los tribunales en el Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es) y en la web del Ministerio de Sanidad (https://www.sanidad.gob.es).

5.2 El tribunal velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española.

5.3 El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y en las demás disposiciones vigentes.

5.4 Si en cualquier momento del procedimiento el tribunal tuviera conocimiento de que alguna persona aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer su exclusión al órgano convocante o, en su caso, poner en su conocimiento la posible concurrencia de esta circunstancia, para que, previas las comprobaciones necesarias, se resuelva al respecto.

5.5 El tribunal adoptará las medidas oportunas que permitan a las personas aspirantes con discapacidad que así lo hubieran indicado en la solicitud de participación en el proceso selectivo poder participar en las fases del mencionado proceso en igualdad de condiciones con el resto de participantes, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad.

5.6 El Tribunal calificador podrá adoptar las medidas, instrucciones o resoluciones necesarias para descentralizar al máximo la realización de las pruebas selectivas o de algunas de sus fases, pudiendo establecer el procedimiento a seguir en el uso de los medios electrónicos, incluidos los audiovisuales, de forma que el proceso se haga accesible mediante la territorialización, según la lista de personas admitidas.

5.7 Corresponderá al tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de las fases, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

5.8 El tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia.

En las actas de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio y actuará de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio, el Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, el Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, y en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio. En el caso de que el tribunal acuerde parámetros para la calificación de un ejercicio, en desarrollo de los criterios de valoración previstos en esta convocatoria, aquellos se difundirán con anterioridad a la realización del ejercicio. Igualmente, en las actas del tribunal deberá quedar constancia del desglose de las puntuaciones otorgadas y de su cálculo, de acuerdo con los criterios establecidos para cada uno de los ejercicios en esta convocatoria.

El tribunal calificador podrá establecer baremos de evaluación diferenciados entre el sistema de acceso general y el sistema de acceso reservado a personas con discapacidad, garantizándose el carácter individual de los mismos.

El tribunal no podrá proponer el acceso a la condición de personal funcionario a un número superior de personas aprobadas al de plazas convocadas.

5.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Sanidad, paseo del Prado, 18-20, dirección de correo electrónico farmaceuticostitulares2023@sanidad.gob.es.

6. Requisitos de las personas aspirantes

Además de los requisitos enumerados en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, las personas aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de licenciado o graduado en Farmacia, según lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho de la Unión Europea.

Las personas candidatas deberán poseer los requisitos exigidos en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera los requisitos exigidos.

7. Acceso de personas con discapacidad

7.1 Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento podrán participar por el sistema de acceso general o bien por el cupo de reserva de personas con discapacidad, debiendo indicarlo en el formulario de solicitud de participación en el proceso selectivo, conforme al anexo V.

7.2 Con independencia del sistema de acceso por el que se presenten, las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, incluyendo el curso selectivo, podrán requerir en el formulario de solicitud de participación en dicho proceso las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios oportunos de las pruebas del proceso selectivo, o del mencionado curso.

Las personas interesadas deberán indicar expresamente en el formulario de participación las adaptaciones de tiempo y/o medios que soliciten para cada uno de los ejercicios del proceso selectivo. Para que el tribunal calificador pueda valorar la procedencia o no de la adaptación solicitada, las personas interesadas deberán anexar necesariamente copia del dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad en el que quede acreditado de forma fehaciente la/s deficiencia/s permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, sin que sea válido, a estos efectos, ningún otro documento. Para poder realizar la correspondiente valoración será requisito imprescindible la aportación del dictamen técnico facultativo en el plazo de presentación de solicitudes.

7.3 El tribunal adoptará las medidas oportunas que permitan a las personas aspirantes con discapacidad que así lo hubieran indicado en la solicitud poder participar en las pruebas del proceso selectivo y en el curso selectivo en igualdad de condiciones con el resto de participantes, conforme con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, y aplicará las adaptaciones de tiempos previstas en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

7.4 A las personas aspirantes que participen por turno de discapacidad, que superen uno o más ejercicios con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima del ejercicio correspondiente, podrán solicitar la conservación de las calificaciones en la convocatoria inmediata siguiente, como indica el punto 4 del anexo I de esta convocatoria.

8. Solicitudes

8.1 La solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

8.2 Las solicitudes de participación se presentarán únicamente por vía electrónica, de acuerdo con la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

8.3 Para participar en estas pruebas selectivas se deberá cumplimentar y presentar electrónicamente la solicitud de admisión conforme a la base específica 8.8. La no presentación de esta en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante. Los sistemas de identificación y firma admitidos para realizar la inscripción serán los que determine el servicio Inscripción a Pruebas Selectivas (IPS).

8.4 Las personas aspirantes que, de acuerdo con lo dispuesto en el punto 6 del apartado Decimocuarto de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes, estén exentos del pago de la tasa o tengan derecho a la reducción de esta, deberán acompañar a la solicitud la documentación acreditativa indicada en la base específica 8.8.1. No será necesario presentar esta documentación si la persona interesada consiente en la solicitud el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos.

8.5 En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

8.6 Si una incidencia técnica debidamente acreditada imposibilitara el funcionamiento ordinario de los sistemas, el órgano convocante podrá acordar la ampliación del plazo de presentación de solicitudes o la cumplimentación y presentación sustitutoria.

8.7 De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, a continuación, se recoge la información básica al respecto:

− Responsable: Ministerio de Sanidad. Subsecretaría. Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios. Paseo del Prado núm. 18-20, 28071 (Madrid). Correo: subsecretaria@sanidad.gob.es.

− Delegado de Protección de Datos: delegadoprotecciondatos@sanidad.gob.es.

− Finalidad: Gestión de procesos selectivos de personal funcionario.

− Legitimación: Artículo 8 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

− Destinatarios: Los datos de identidad de las personas aspirantes (nombre, apellidos y los dígitos del documento nacional de identidad, número de identidad de extranjero, o documento equivalente que correspondan según la Orientación para la aplicación provisional de la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018) serán publicados en la página web del Ministerio de Sanidad (https://www.sanidad.gob.es) y en el Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es).

− Derechos: las personas interesadas tienen derecho de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento y de oposición mediante los procedimientos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

8.8 Cumplimentación de solicitudes.

La inscripción se cumplimentará y se presentará por vía electrónica en el modelo oficial 790 de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen, según las siguientes instrucciones:

– Las personas interesadas realizarán su inscripción on-line a través de la aplicación de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias).

– Para ello, las personas aspirantes deberán seleccionar el cuerpo y la forma de acceso que corresponda y pulsarán el botón «Inscribirse». A continuación, en la opción «Realice su inscripción online» deberá pulsar el botón «Acceder a Cl@ve» y seguir las instrucciones que se le indiquen en la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades. Es imprescindible disponer de certificado electrónico o estar registrado en el sistema cl@ve para identificarse y realizar la inscripción.

La presentación electrónica permitirá lo siguiente:

– La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790, conforme a las instrucciones del anexo V de esta convocatoria.

– Anexar, en su caso, documentos escaneados a su solicitud.

– El pago electrónico de tasas.

– El registro electrónico de la solicitud.

– La modificación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de inscripción.

– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo otorgado a estos efectos, permitiendo completar o modificar los datos subsanables que fueran erróneos, y/o anexar a través de IPS la documentación que se quiera para legitimar la subsanación.

Para confirmar que la inscripción ha sido correctamente registrada, las personas aspirantes deberán descargar el justificante de registro de su solicitud de admisión. En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberán dirigirse al teléfono 060 o rellenar el formulario de consultas/incidencias de IPS, disponible en la siguiente dirección: https://centrodeservicios.redsara.es/ayuda/consulta/IPS.

– El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 2 de abril), por la que se establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos. La constancia de pago correcto de las tasas estará avalada por el número de referencia completo (NRC) emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria que figurará en el justificante de registro.

– Cumplimentados todos los datos solicitados, pulsará el botón de «Firma y enviar inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran el justificante de registro de la inscripción y, en su caso, del pago en la pestaña «Mis inscripciones».

– Cuando se haya producido una incidencia técnica debidamente acreditada que haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas y, en este caso, el órgano de selección haya acordado la cumplimentación y presentación sustitutoria en papel, las personas aspirantes que curse su solicitud en el extranjero podrán presentarlas en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o, cuando se disponga de una cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a la cuenta corriente código IBAN ES06-0182-2370-4902-0020-3962 (código BIC BBVAESMM) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Hacienda y Función Pública. Derechos de examen». Este sistema de pago sólo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero y desde cuentas bancarias abiertas en entidades extranjeras, no siendo admitida esta modalidad de pago en ningún otro caso.

– En el caso de exención del pago de la tasa o reducción de esta, si no se ha otorgado la conformidad al órgano gestor para la verificación de datos en la plataforma de intermediación deberá anexarse escaneada la documentación justificativa relacionada en la base específica 8.8.1.

Durante el plazo de subsanación de solicitudes, cuando la causa de exclusión estuviera relacionada con la exención de pago de la tasa conforme con lo indicado en la base específica 8.8.1, se deberá anexar necesariamente a través de IPS la documentación requerida que legitime la subsanación de la misma.

8.8.1 Exención del pago de tasas.

Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento. La condición de discapacidad se verificará por el órgano gestor mediante consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección https://administracion.gob.es/PAG/PID.

Si la persona interesada se ha opuesto en la solicitud al tratamiento de los datos para su verificación por la Administración de los datos expresados en la solicitud alegando una causa para ello, deberá presentar anexa a la solicitud el certificado acreditativo de su condición de discapacidad.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria. Para el disfrute de la exención se deberán cumplir los dos requisitos siguientes:

1. Que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado una oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

Estos extremos se verificarán, en todo caso y salvo que conste oposición expresa de la persona interesada, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

En caso de no dar el consentimiento expreso al órgano gestor para el acceso, la persona aspirante deberá presentar anexo a la solicitud la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados anteriormente.

2. Que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional en vigor a la fecha de publicación de esta convocatoria.

En cuanto a la acreditación de las rentas, se verificará por el órgano gestor mediante consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos de los datos obrantes en la Agencia Estatal de Administración Tributaria conforme a las rentas que resulten de la declaración presentada, con independencia de que se haya optado por la tributación conjunta o individual, siempre que la persona interesada haya autorizado expresamente la consulta de sus datos en esta Agencia Estatal en la correspondiente casilla de la solicitud.

En caso de no constar el consentimiento expreso al órgano gestor para el acceso, la persona aspirante deberá presentar anexo a la solicitud certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al año 2022 y, en su caso, del certificado del nivel de renta del mismo ejercicio.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» de 19 de noviembre), de protección de la Familia Numerosa. De esta forma, tendrán derecho a una exención del 100 por cien de la tasa los miembros de familias de categoría especial y a una bonificación del 50 por ciento los miembros de las familias de la categoría general.

La condición de familia numerosa se verificará por el órgano gestor mediante consulta a la Plataforma de Intermediación de Datos. Si la persona interesada se ha opuesto en la solicitud al tratamiento de los datos para su verificación por la Administración alegando causa para ello, deberá presentar anexa a la solicitud el correspondiente título de familia numerosa actualizado.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

8.8.2 Documentación adicional.

Las personas aspirantes que se encuentren en los siguientes supuestos deberán presentar la siguiente documentación adicional:

a) Las personas aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones o ajustes razonables de tiempos y medios para la realización de los ejercicios y pruebas del proceso selectivo, incluyendo el curso selectivo, deberán anexar necesariamente el dictamen técnico facultativo, como se indica en la base específica 7.2.

b) Las personas aspirantes incluidos en los párrafos a), b) y c) de la base décima 1.2 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, deberán acompañar a su solicitud los documentos que acrediten las condiciones que aleguen sobre su nacionalidad.

c) Aquellas personas aspirantes que tengan la condición de personal funcionario español en organismos internacionales presentarán los certificados y documentos previstos en la base decimotercera de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.

9. Embarazo de riesgo o parto

Si a causa de una situación debidamente acreditada de embarazo de riesgo o parto alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas. La realización de estas pruebas no podrá conllevar una demora que menoscabe el derecho del resto de las demás personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal calificador. En todo caso, la realización de las citadas pruebas o curso selectivo tendrá lugar antes de la publicación de la lista de personas que han superado el proceso selectivo.

10. Relaciones con el ciudadano

A lo largo del proceso selectivo, conforme a lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, toda información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo del proceso selectivo se publicará en las páginas web del Punto de Acceso General (https://administracion.gob.es) y del Ministerio de Sanidad (https://www.sanidad.gob.es).

En todo caso, sólo tendrán efectos jurídicos las comunicaciones remitidas por los medios de notificación y publicidad previstos en estas bases.

11. Selección de personal funcionario interino

11.1 Con objeto de reducir los plazos de incorporación de personal funcionario interino y hacer efectiva la aplicación de los principios de mérito y capacidad en la selección de ese personal, a la finalización del mismo, el tribunal calificador de este proceso selectivo elaborará una relación de posibles personas candidatas para el nombramiento como personal funcionario interino, con la duración, características y funcionamiento que establezca el órgano convocante, y previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, de conformidad con lo establecido en el artículo 3.20 del Real Decreto 625/2023, de 11 de julio, y el apartado vigésimo de la Orden HFP/ 688/2017, de 20 de julio.

11.2 Para poder formar parte de la relación, deberán poseer todos los requisitos que se exijan en la correspondiente convocatoria.

11.3 La validez de la relación será de 24 meses desde su publicación, salvo que antes de su caducidad se publiquen unas nuevas que las sustituyan.

12. Norma final

A estas pruebas selectivas les será de aplicación el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en lo que no se oponga a la anterior norma, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el resto de la normativa vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición ante la Subsecretaría de Sanidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. En el caso de interponer un recurso de reposición, no se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta.

Madrid, 13 de diciembre de 2023.–La Subsecretaria de Sanidad, Ana María Sánchez Hernández.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

Acceso libre

1. Fase de oposición.

La oposición estará formada por los siguientes ejercicios, todos ellos de carácter eliminatorio:

Primer ejercicio. Consistirá en la contestación por escrito, en un tiempo máximo de 150 minutos, de un cuestionario de 120 preguntas, más diez de reserva, con cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, preparado por el tribunal calificador, que versará sobre el contenido de todo el temario de la oposición. Como mínimo el 25 por ciento de las preguntas deberán referirse a temas de la parte primera del programa.

En este ejercicio se valorará un máximo de 120 preguntas, que se puntuarán de la forma siguiente:

– Cada contestación correcta valdrá un punto.

– Se restará 0,25 puntos por cada una de las respuestas incorrectas.

– Se dejarán de valorar las preguntas no respondidas.

– De las operaciones anteriores se obtendrá la valoración de cada participante en el ejercicio.

Este ejercicio se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para acceder al siguiente ejercicio, para lo cual el tribunal calificador adaptará la puntuación del ejercicio a una calificación de cero a diez puntos.

Las personas aspirantes que alcancen al menos la mitad de la puntuación máxima superarán el ejercicio y, en caso de que de este modo no superasen el ejercicio al menos tres aspirantes por plaza ofertada, se considerará como puntuación mínima del ejercicio la que corresponda hasta que el mismo sea superado por el triple de aspirantes que plazas se convocan en la presente convocatoria, siempre que dichos aspirantes hayan obtenido al menos el 35 por ciento de la puntuación teórica máxima (3,5 puntos).

Las plantillas correctoras de este ejercicio se harán púbicas en el plazo máximo de dos días hábiles a contar desde el día siguiente a la celebración del mismo.

Segundo ejercicio. Consistirá en la evaluación del conocimiento escrito del idioma inglés de las personas candidatas.

Para la evaluación de estos conocimientos se deberá optar por una de las dos modalidades excluyentes: una presencial y, otra, sustitutiva de la anterior, mediante la presentación de alguno de los títulos de inglés recogidos en el anexo IV. Para ello, las personas aspirantes deberán indicar en la casilla «27 C» del modelo 790 la opción de evaluación del conocimiento de idioma a la que se acogen, «PRESENCIAL» o «TITULACIÓN», conforme a las instrucciones del anexo V. El título deberá anexarse durante el plazo de presentación de solicitudes.

Independientemente de la modalidad a la que se acojan las personas candidatas, la calificación máxima de este ejercicio será de 10 puntos. Será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para tener acceso al siguiente ejercicio. Esta calificación vendrá determinada por la capacidad de la persona aspirante para entender el idioma inglés y para expresarse en él con suficiente fluidez.

a) Modalidad presencial.

Consistirá en la traducción de dos textos propuestos por el tribunal: uno en inglés para su traducción al castellano y otro en castellano para su traducción al inglés. Para la realización del ejercicio las personas aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de una hora.

Este ejercicio se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos para acceder al siguiente ejercicio. Cuando el nivel demostrado en las pruebas sea inferior a B2 no supondrán la superación del ejercicio.

El tribunal podrá estar asistido por especialistas en idioma inglés.

b) Modalidad acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación.

Alternativamente a la modalidad anterior, las personas opositoras que así lo deseen podrán acreditar su conocimiento de inglés presentando alguno de los títulos que se incluyen en el Anexo IV, siempre y cuando se haya obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización de presentación de instancias.

La calificación, coincidiendo con las calificaciones de la modalidad presencial, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y de acuerdo con el anexo IV, se establecerá siguiendo el siguiente baremo:

– Una puntuación de 10 puntos a un nivel C2, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos en el anexo IV.

– Una puntuación de 7,5 puntos a un nivel C1, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos en el anexo IV.

– Una puntuación de 5 puntos a un nivel B2, demostrado mediante algunos de los títulos recogidos en el anexo IV.

– Los títulos de niveles inferiores a B2 no supondrán la superación del ejercicio.

Previamente a la celebración del ejercicio el tribunal habrá de estudiar la documentación presentada por las personas aspirantes con el fin de corroborar la idoneidad de los títulos presentados. De esta manera, el tribunal podrá convocar, para que se presenten por la modalidad presencial, a aquellas personas aspirantes que no reúnan los requisitos para la modalidad de acreditación del conocimiento de inglés mediante titulación.

El tribunal cotejará la autenticidad de la documentación aportada, ante la existencia de dudas derivadas de la calidad de la copia, pudiendo requerir la documentación original acreditativa de la titulación en cualquier momento del proceso selectivo. Si no se presentara dicha documentación o de la documentación presentada se dedujera que no se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido, se perderá el acceso al siguiente ejercicio.

Tercer ejercicio. Consistirá en el desarrollo por escrito, en un tiempo máximo de tres horas, de un tema elegido por la persona aspirante de entre dos sacados al azar de la segunda parte del programa, y de dos temas de entre cuatro extraídos al azar de la tercera parte del programa. Cada persona opositora procederá a la lectura pública de su ejercicio. Finalizada la exposición, el tribunal podrá formular preguntas sobre el contenido de los temas que haya desarrollado la persona opositora durante un tiempo máximo de quince minutos. Se valorarán los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como la forma de presentación y exposición.

Este ejercicio se calificará de cero a veinte puntos, siendo necesario obtener un mínimo de diez puntos para superarlo.

Cuarto ejercicio. Consistirá en la resolución por escrito, durante un tiempo máximo de dos horas, de un supuesto práctico propuesto por el tribunal sobre las materias contenidas en el programa. Cada persona opositora procederá a la lectura pública de su ejercicio. Finalizada la exposición, el tribunal podrá formular preguntas sobre el contenido del mismo durante un tiempo máximo de quince minutos. En esta prueba se valorará el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada.

Este ejercicio se calificará de cero a veinte puntos, siendo necesario obtener un mínimo de diez puntos para superarlo.

El tribunal podrá contar con asesores especialistas para la valoración de todos o alguno de los ejercicios de la oposición.

En los supuestos de llamamiento único decaerán en su derecho las personas opositoras que no comparezcan a realizarlos, salvo los casos de fuerza mayor, justificados con anterioridad a la realización de los ejercicios, los cuales serán apreciados por el tribunal, que podrá disponer, en tal circunstancia, la realización de una convocatoria extraordinaria.

Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el tribunal deberá calificar los ejercicios de las personas aspirantes de acuerdo con los criterios de corrección y los baremos de puntuación establecidos en este anexo y deberá publicar con anterioridad a la realización de la prueba los criterios de corrección, valoración y superación de aquella que no estén expresamente establecidos en las bases de la convocatoria.

La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios primero, segundo, tercero y cuarto.

No podrá superar esta fase un número mayor de aspirantes que el de plazas convocadas. En caso de empate de puntuación, se dirimirá el desempate por los puntos obtenidos en el tercer ejercicio, el cuarto, el segundo y el primer ejercicio de la fase de oposición.

Las personas aspirantes que tengan la condición de personal funcionario de organismos internacionales estarán exentas de la realización de aquellos ejercicios que la Comisión Permanente de Homologación considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen en el organismo internacional correspondiente.

Finalizada la fase de oposición, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» la relación de personas aspirantes que la hayan superado por orden de puntuación. Dichas personas aportarán ante la Administración, dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde esta publicación, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

2. Curso selectivo

El curso selectivo tendrá un carácter teórico-práctico destinado a adquirir conocimientos y habilidades en materia de administración, reglamentación, evaluación y gestión de medicamentos y productos sanitarios y consistirá en un periodo formativo de duración de un mes, a celebrar en las sedes del Ministerio de Sanidad y en las áreas funcionales y dependencias provinciales de Sanidad y Política Social de las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno. La asistencia al curso selectivo será obligatoria.

El curso selectivo deberá contemplar formación en materia de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y en materia de violencia de género, tal y como recoge el artículo 61 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020 («Boletín Oficial del Estado» de 1 de enero de 2021), por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado y en los organismos públicos vinculados o dependientes de ella.

La Subsecretaría del Ministerio de Sanidad designará a la persona directora del curso selectivo. Al final de dicho curso, la persona directora del curso emitirá informe para cada una de las personas aspirantes en el que se valorará su rendimiento considerando la asistencia y adquisición de conocimientos, teniendo en cuenta el informe de las unidades donde hayan realizado la parte práctica. Ese informe se elevará al órgano convocante declarando a las personas aspirantes «aptas» o «no aptas». Las personas aspirantes que no obtengan la calificación de «aptas» perderán el derecho a su nombramiento como personal funcionario de carrera.

En caso de no poder realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, se podrá efectuar con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. La coincidencia de dos cursos selectivos en el tiempo no será considerada causa de fuerza mayor, por lo que se deberá optar por realizar un curso selectivo u otro. En los casos debidamente justificados, el órgano responsable del curso selectivo valorará la posibilidad de autorizar las adaptaciones necesarias y, en particular, en las circunstancias especialmente protegidas del III Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado.

3. Calificación final

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntaciones obtenidas en la fase de oposición por aquellas personas aspirantes calificadas «aptas» en el curso selectivo.

4. Conservación de calificaciones y exenciones de ejercicios

En caso de no superar el proceso selectivo, las personas aspirantes del turno general que superaran el primer ejercicio con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima, podrán solicitar la conservación de dicha calificación en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando los ejercicios sean análogos en el contenido del temario, en la naturaleza de los mismos y en la forma de calificación, salvo actualización normativa.

Asimismo, las personas aspirantes del turno de discapacidad que superaran uno o más ejercicios con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima del ejercicio correspondiente, podrán solicitar la conservación de dicha calificación en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando los ejercicios sean análogos en el contenido del temario, en la naturaleza de los mismos y en la forma de calificación, salvo actualización normativa.

No obstante, todas las personas aspirantes que opten por realizar el ejercicio de que se trate, quedará sin efecto el resultado obtenido en la convocatoria inmediata anterior.

Para hacer uso de este derecho, deberán indicarlo en la solicitud de participación de la convocatoria inmediata siguiente, conforme a las instrucciones del anexo V.

ANEXO II
Programa

Parte primera

Tema 1. La Constitución española de 1978: estructura, principios constitucionales y valores superiores. Los derechos y deberes fundamentales y su especial protección. La reforma constitucional.

Tema 2. La Corona: funciones, sucesión y regencia. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo. El Consejo de Estado.

Tema 3. Las Cortes Generales: composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado. El Gobierno: Composición, designación y funciones. La Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.

Tema 4. Las Comunidades Autónomas. Sistema constitucional de distribución competencial entre la Administración General del Estado y las comunidades autónomas. Configuración constitucional de la sanidad: competencias sanitarias del Estado y de las comunidades autónomas. Los conflictos de competencias. La Administración local: entidades que la integran.

Tema 5. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (I). Principios de actuación y funcionamiento del sector público. Órganos administrativos, competencia, delegación, avocación y suplencia. Órganos colegiados de la Administración General del Estado.

Tema 6. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (II). Principios de la potestad sancionadora. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas. Funcionamiento electrónico del sector público. Los convenios.

Tema 7. La Administración General del Estado. Órganos superiores y órganos directivos. Los ministerios y su estructura interna. Organización territorial de la Administración General del Estado. Delegaciones y subdelegaciones del Gobierno. El sector público institucional.

Tema 8. Las relaciones interadministrativas: principios generales, relaciones de cooperación. Conferencias de presidentes y conferencias sectoriales. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Tema 9. Las fuentes del Derecho Administrativo. La Constitución. Los tratados internacionales. La ley. El Real Decreto-ley y el Real Decreto Legislativo. El Reglamento. La potestad reglamentaria. Participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas. Planificación normativa.

Tema 10. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común (I). Concepto de interesado. La actividad de las Administraciones públicas: derechos y deberes de los ciudadanos. El acto administrativo: concepto, clases y requisitos. Motivación, notificación y publicación. Nulidad y anulabilidad de los actos. Disposiciones administrativas generales: jerarquía y competencia. Publicidad e inderogabilidad. Revisión de los actos en vía administrativa.

Tema 11. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común (II). iniciación y ordenación del procedimiento, instrucción, finalización. El silencio administrativo. Ejecución.

Tema 12. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Los contratos en el sector público: concepto, tipos, principios, características y elementos. Adjudicación y ejecución.

Tema 13. Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El ciclo presupuestario. La legislación de estabilidad presupuestaria y los presupuestos del Estado. Elaboración, discusión y aprobación del presupuesto. Modificaciones presupuestarias.

Tema 14. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones públicas. El Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración pública. Incompatibilidades. Los profesionales del Sistema Nacional de Salud: Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.

Tema 15. Políticas de igualdad, protección y no discriminación en la Administración General del Estado. Igualdad de género. Políticas contra la violencia de género. Políticas de integración de las personas con discapacidad. Igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI. Normativa vigente.

Tema 16. La Unión Europea: antecedentes, objetivos y naturaleza jurídica. Los tratados originarios y modificativos. Las instituciones de la Unión Europea. El Consejo Europeo, el Parlamento Europeo, la Comisión Europea, el Tribunal de Justicia y el Tribunal de Cuentas. El Derecho Comunitario: fuentes. Relaciones entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. Las cuatro libertades de la Unión Europea.

Tema 17. Los organismos internacionales. La ONU y sus oficinas especializadas. La Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible. La Organización Mundial de la Salud. Estructura y funciones. Oficinas Regionales y centros colaboradores. La Organización Panamericana de la Salud. El Consejo de Europa. La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. El G-20.

Tema 18. El Ministerio de Sanidad. Estructura y competencias. La Secretaría de Estado de Sanidad y las direcciones generales adscritas: estructura y funciones. El Ministerio de Consumo. Estructura y competencias. La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición: estructura y funciones. La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios: estructura y funciones.

Tema 19. La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. El Sistema Nacional de Salud. La ordenación de las prestaciones sanitarias. Los niveles asistenciales: asistencia primaria y asistencia especializada. Coordinación general sanitaria. El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

Tema 20. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. Titulares del derecho a la protección a la salud y a la atención sanitaria. Catálogo de prestaciones. Cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud. Centros, servicios y unidades de referencia. Sistema de información sanitaria del Sistema Nacional de Salud.

Tema 21. Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública. La vigilancia en salud pública. Promoción de la salud. Sanidad exterior y salud nacional. Real Decreto 1418/1986, de 13 de junio, sobre funciones del Ministerio de Sanidad y Consumo en materia de sanidad exterior.

Tema 22. Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.

Tema 23. Ley 17/2011, de 5 de julio, de Seguridad Alimentaria y Nutrición. Ley 28/2015, de 30 de julio, para la defensa de la calidad alimentaria.

Tema 24. Competencias de la Administración General del Estado en materia de farmacia. La legislación sobre productos farmacéuticos. El Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. Legislación complementaria.

Tema 25. La protección de los consumidores en la Unión Europea: políticas de protección. Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias. Competencias de las administraciones públicas en materia de consumo. El derecho de los consumidores a la información.

Tema 26. Economía de la salud. Evaluación económica de políticas sanitarias: coste-eficacia y coste-efectividad. Medidas de eficiencia en el Sistema Nacional de Salud. La I+D+i como motor económico del país. La investigación en salud.

Parte segunda

Tema 1. La Agencia Europea de Medicamentos. Base jurídica, estructura y funciones. Coordinación con las autoridades de los Estados miembros. Bases de datos de la Agencia Europea de Medicamentos. Comités y grupos de trabajo de la Comisión Europea relacionados con medicamentos.

Tema 2. La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA). Base jurídica, estructura y funciones. Coordinación con las autoridades de los Estados miembros. Bases de datos de la EFSA.

Tema 3. La Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA). Base jurídica, estructura y funciones. Coordinación con las autoridades de los Estados miembros. Bases de datos de la ECHA. Comités y grupos de trabajo de la Comisión Europea relacionados con sustancias químicas y sus mezclas.

Tema 4. El Consejo de Europa: implicación en la evaluación y control de medicamentos, productos sanitarios y cosméticos. La Farmacopea Europea. Laboratorios oficiales de Control de Medicamentos (OMCL). El convenio sobre falsificación de productos médicos. El convenio de Bioética.

Tema 5. Asistencia sanitaria transfronteriza. Directiva 2011/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo y Real Decreto 81/2014, de 7 de febrero, por el que se establecen normas para garantizar la asistencia sanitaria transfronteriza, y por el que se modifica el Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación.

Tema 6. Derecho internacional humanitario. Convenios de Ginebra y protocolos adicionales. Otros convenios y protocolos específicos del derecho de los conflictos armados en relación al personal sanitario. Convenciones sobre la prohibición del desarrollo, la producción, el almacenamiento y destrucción de armas bacteriológicas (biológicas), toxínicas y químicas.

Tema 7. Los Acuerdos de Reconocimiento Mutuo de la Unión Europea y países terceros en materia de medicamentos y productos sanitarios. La Conferencia Internacional de Armonización (ICH). El Foro Internacional de Reguladores de Productos Sanitarios (IMDRF). El Programa de Cooperación de Inspección Farmacéutica (PIC/S).

Tema 8. Evolución del enfoque legislativo de los productos sanitarios en la Unión Europea: de las directivas a los reglamentos. Estructuras de la gobernanza de la legislación europea: órganos de la Comisión Europea, comités y grupos de trabajo. Los organismos notificados. Los organismos de normalización.

Tema 9. La regulación de los productos sanitarios, productos sanitarios implantables activos y productos sanitarios para diagnóstico in vitro en la Unión Europea y en España. Directivas y reglamentos comunitarios. Aplicación de las medidas comunitarias en España. Aspectos adicionales contemplados en la regulación española. Competencias de las administraciones públicas.

Tema 10. La regulación de los productos cosméticos en la Unión Europea y España. Reglamento comunitario sobre productos cosméticos. Aspectos adicionales contemplados en la regulación española. Competencias de las Administraciones públicas. Reglamentación española de los productos de cuidado personal.

Tema 11. La reglamentación de los biocidas en la Unión Europea. Modelo legislativo. Medidas comunitarias y nacionales. Tipos de productos y descripción. Autorización de comercialización. Principios comunes para la evaluación del riesgo. Requisitos de los Establecimientos de fabricación, almacenamiento y comercialización y de los Servicios de aplicación.

Tema 12. El enfoque legislativo de las sustancias químicas y sus mezclas en la Unión Europea. Reglamento REACH. Clasificación, etiquetado y envasado (CLP). Normativa relativa al consentimiento fundamentado previo (PIC). Evaluación del riesgo para la salud humana de los plaguicidas. Sistemas de vigilancia química.

Tema 13. Los procedimientos para la autorización y registro de medicamentos en la Unión Europea y en España. Procedimiento centralizado. Procedimiento descentralizado y reconocimiento mutuo. Procedimiento nacional. El Comité de Medicamentos de Uso Humano. Estructura y funciones.

Tema 14. Autorización de medicamentos: Las condiciones de autorización de los medicamentos respecto a su información. Ficha técnica, etiquetado y prospecto.

Tema 15. La autorización de medicamentos genéricos. La autorización de medicamentos con condiciones especiales respecto a su prescripción y dispensación. Real Decreto 1015/2009, de 19 de junio, por el que se regula la disponibilidad de medicamentos en situaciones especiales.

Tema 16. Los medicamentos veterinarios. Rasgos diferenciales en la reglamentación europea y española respecto de los medicamentos de uso humano. Límites máximos de residuos. Regulación europea y de la OMS/FAO.

Tema 17. Las fórmulas magistrales y preparados oficinales. El Formulario Nacional. Real Decreto 175/2001, de 23 de febrero, por el que se aprueban las normas de correcta elaboración y control de calidad de fórmulas magistrales y preparados oficinales.

Tema 18. Los medicamentos hemoderivados. Los medicamentos inmunológicos. Los medicamentos radiofármacos. Los medicamentos huérfanos. Normativa y aspectos diferenciales.

Tema 19. La patente de los medicamentos. El certificado complementario de protección de los medicamentos. Las marcas comerciales. Medicamentos genéricos. La denominación de los medicamentos. Las denominaciones oficiales nacionales y las denominaciones comunes internacionales. Sistemas de clasificación y codificación de los medicamentos.

Tema 20. Farmacovigilancia: Conceptos, objetivos y bases legales. Buenas Prácticas de Farmacovigilancia. Control de calidad: inspecciones.

Tema 21. La distribución de medicamentos en la Unión Europea y su regulación en España. Normativa aplicable. Buenas prácticas de distribución de medicamentos. Distribución paralela.

Tema 22. Medicamentos e internet: regulación de la venta de medicamentos a distancia. Venta ilegal de medicamentos a través de internet. Venta de productos sanitarios a través de internet.

Tema 23. Prestación farmacéutica en el Sistema Nacional de Salud. Prestación de productos sanitarios. Prestación de efectos y accesorios.

Tema 24. Procedimiento de financiación y precio de los medicamentos, incluidos medicamentos genéricos. Revisiones de precio. Criterios fármaco-económicos y acuerdos de sostenibilidad.

Tema 25. Precios de referencia y agrupaciones homogéneas. Sistemas de información en la Dirección General de Cartera Común de Servicios del SNS y Farmacia: Nomenclátor, Alcántara, Consumo Hospitalario.

Tema 26. La prescripción y dispensación de los medicamentos y los productos sanitarios en el Sistema Nacional de Salud. Receta médica y órdenes de dispensación. Prescripción y sustitución de medicamentos en España. Prescripción de productos sanitarios a medida.

Tema 27. Laboratorios farmacéuticos y fabricantes, importadores y distribuidores de principios activos. Real Decreto 824/2010, de 25 de junio, por el que se regulan los laboratorios farmacéuticos, los fabricantes de principios activos de uso farmacéutico y el comercio exterior de medicamentos y medicamentos en investigación.

Tema 28. Normas de correcta fabricación de medicamentos de la Unión Europea. Parte I: Requisitos básicos para medicamentos. Directrices sobre prácticas correctas de distribución de medicamentos para uso humano.

Tema 29. Normas de correcta fabricación de medicamentos de la Unión Europea. Parte II: Requisitos básicos para sustancias activas usadas como materiales de partida. Directrices sobre prácticas correctas de distribución de principios activos para medicamentos de uso humano.

Tema 30. Seguimiento de la calidad del medicamento comercializado, toma de muestras y análisis. Actuaciones ante defectos de calidad.

Tema 31. La lucha frente a los medicamentos falsificados en la Unión Europea y en España. Directiva para la prevención de la entrada de medicamentos falsificados en la cadena de suministro legal. El Reglamento Delegado 2016/161 sobre dispositivos de seguridad y normativa adicional aplicable. Estrategia frente a los medicamentos falsificados de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

Tema 32. Los servicios periféricos de inspección farmacéutica: organización y funciones. Comercio exterior de medicamentos, principios activos empleados en la fabricación de medicamentos, productos sanitarios, cosméticos y productos de cuidado personal.

Tema 33. Intervención y control de estupefacientes y psicótropos. Convención Única de 1961 sobre estupefacientes y Convenio de 1971 sobre sustancias psicotrópicas. Regulación nacional. La prescripción y dispensación de estupefacientes y psicótropos. El Plan Nacional sobre Drogas.

Tema 34. Métodos recomendados por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUDD) para el muestreo, identificación y análisis de drogas procedentes del tráfico ilícito. Actuaciones periciales en el análisis de sustancias procedentes de tráfico ilícito. Recepción, muestreo, custodia y destrucción de alijos. Análisis cualitativos y cuantitativos.

Tema 35. La legislación alimentaria. Especial referencia a la Unión Europea. Principales disposiciones comunitarias en materia de seguridad e higiene alimentaria. El registro sanitario de empresas y alimentos.

Tema 36. Contaminantes bióticos y abióticos en los productos alimenticios. Residuos de plaguicidas en alimentos. Bases científicas de contenidos máximos. Disposiciones aplicables. Zoonosis de transmisión alimentaria e intoxicaciones alimentarias.

Tema 37. Información alimentaria suministrada al consumidor: Reglamento (UE) número 1169/2011. Información nutricional.

Tema 38. Alergias e intolerancias alimentarias. Etiquetado precautorio de alérgenos. Disposiciones aplicables.

Tema 39. Declaraciones nutricionales y de propiedades saludables de los alimentos. Reglamento (CE) número 1924/2006. Procedimiento de autorización. Disposiciones aplicables.

Tema 40. Norma ISO 9001:2015 Sistemas de gestión de calidad. La certificación de los sistemas de gestión de calidad. Organismos internacionales y nacionales.

Tema 41. Cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud. Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización. Contenido, características y procedimiento para su actualización. Usos tutelados y Estudios de monitorización de técnicas, tecnologías y procedimientos. Red Española de Agencias de Evaluación de Tecnologías Sanitarias y Prestaciones del Sistema Nacional de Salud.

Parte tercera

Tema 1. La estadística. La variabilidad en las ciencias biológicas. Conceptos de población y muestra. Tipos y métodos de muestreo. La probabilidad. Distribución normal, binomial y de Poisson.

Tema 2. Estadística descriptiva. Variables continuas y discretas. Distribución de frecuencias. Medidas de centralización y de dispersión. Estadística analítica. La inferencia estadística. El contraste de hipótesis y el valor de «p». La correlación lineal. La regresión lineal.

Tema 3. La epidemiología como disciplina científica. Aspectos conceptuales. Usos de la epidemiología. Fuentes de información demográfica. Censos. Movimiento natural de la población. Modelos de población.

Tema 4. Clasificación y tipos de estudios epidemiológicos. Longitudinales/transversales. Descriptivos /analíticos. Prospectivos /retrospectivos. Observacionales /experimentales. Individuales /ecológicos. Metaanálisis.

Tema 5. Evaluación de pruebas diagnósticas. Concepto de sensibilidad, especificidad y valor predictivo. Cribado poblacional. Medicina basada en la evidencia.

Tema 6. Metodología epidemiológica aplicada a la gestión y administración sanitaria. Epidemiología en la evaluación: Eficacia, efectividad y eficiencia.

Tema 7. La clasificación de los productos sanitarios y los productos sanitarios para diagnóstico in vitro. Diferencias entre las directivas y los reglamentos: reglas y criterios. Las fronteras entre productos sanitarios, medicamentos y otros productos. Directrices europeas sobre clasificación y fronteras.

Tema 8. Las investigaciones clínicas de los productos sanitarios en la Unión Europea. Diferencias entre directivas y reglamentos. Directrices europeas sobre investigaciones clínicas en productos sanitarios. Reglamentación española. Competencias de las Administraciones públicas.

Tema 9. El Sistema de Vigilancia de Productos Sanitarios en la Unión Europea. Diferencias entre directivas y reglamentos. Su aplicación y funcionamiento en España. Redes de alerta de productos sanitarios de ámbito nacional, europeo e internacional. Directrices europeas sobre vigilancia.

Tema 10. Las garantías de información de los productos sanitarios: etiquetado, instrucciones de utilización, manual de usuario. Etiquetado electrónico. Terminología, nomenclatura y símbolos utilizados en productos sanitarios. Normas de referencia internacionales. La publicidad y promoción de los productos sanitarios en España. Demostraciones, exhibiciones y venta. Competencias de las Administraciones públicas.

Tema 11. Análisis y gestión de riesgos en productos sanitarios. Requisitos exigidos por las directivas europeas y diferencias con los reglamentos. Normas específicas y técnicas para el análisis de riesgos en productos sanitarios, en productos sanitarios implantables activos y en productos sanitarios para diagnóstico in vitro.

Tema 12. Los sistemas de garantía de calidad aplicados a los productos sanitarios. Combinaciones de procedimientos de evaluación de la conformidad. Diferencias entre las directivas y los reglamentos. Normas de referencia.

Tema 13. Requisitos generales de seguridad y funcionamiento de los productos sanitarios: seguridad biológica, seguridad eléctrica, compatibilidad electromagnética, infección y contaminación microbiana.

Tema 14. Desarrollo y fabricación de productos cosméticos. Los sistemas de garantía de calidad aplicados a los productos cosméticos. Normas de correcta fabricación de productos cosméticos.

Tema 15. Seguridad de los cosméticos y de los productos de cuidado personal. Informe de Seguridad. Ensayos de seguridad. Criterios de evaluación del riesgo. Estabilidad y contaminación microbiológica. Estudios de eficacia en cosméticos y productos de cuidado personal. Protección medioambiental. Residuos.

Tema 16. Efectos no deseados de productos cosméticos. Criterios de evaluación de la causalidad. El Sistema europeo para la notificación de efectos no deseados de cosméticos. Sistema Español de Cosmetovigilancia.

Tema 17. Las garantías de información de los productos cosméticos: Etiquetado e instrucciones de utilización. Nomenclatura de ingredientes cosméticos. Símbolos utilizados en el etiquetado de cosméticos. Reglamentación sobre criterios de las reivindicaciones de productos cosméticos y su aplicación.

Tema 18. Buenas prácticas de laboratorio. Estudios no clínicos de seguridad. Inspección y certificación. Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE): aceptación mutua de datos experimentales.

Tema 19. Biodisponibilidad y bioequivalencia. Criterios biofarmacéuticos aplicables durante el desarrollo, producción y control de calidad de medicamentos. Clasificación biofarmacéutica. Métodos de control.

Tema 20. Desarrollo y producción de medicamentos: estudios de preformulación y desarrollo farmacéutico. Selección de la tecnología de fabricación. Especificaciones: definición y criterios de selección. Principios de calidad por diseño.

Tema 21. Producción y control de calidad de materias primas de uso farmacéutico. Criterios de selección de especificaciones. Farmacopeas. Otras normas de referencia. Métodos de control.

Tema 22. Criterios de pureza aplicables durante el diseño y control de calidad de los medicamentos y sus materias primas. Clasificación de impurezas. Métodos de control. Validación de métodos analíticos. Nomenclatura. Metodología. Evaluación de calidad de los ensayos. Normas de referencia.

Tema 23. Estudios de estabilidad de medicamentos. Tipos. Diseño de protocolos. Estudios con muestreo reducido. Plazos de validez y condiciones de conservación. Criterios de validación de métodos. Normativa de referencia.

Tema 24. Medicamentos de origen biológico y biotecnológico. Criterios de calidad, producción y control. Medicamentos biosimilares. Medicamentos de terapia avanzada. Legislación vigente.

Tema 25. Seguridad viral de medicamentos de uso humano. Bases científicas. Aspectos regulatorios. Encefalopatías espongiformes transmisibles y medicamentos de uso humano. Normativa aplicable.

Tema 26. Medicamentos de liberación modificada. Clasificación. Desarrollo. Especificaciones. Control de calidad. Nuevos sistemas de liberación de medicamentos. Interés terapéutico. Tecnologías utilizadas. Vectorización de fármacos. Normativa de referencia.

Tema 27. Medicamentos para inhalación. Desarrollo y tecnologías de elaboración. Validación del proceso de producción. Especificaciones. Métodos de control.

Tema 28. Tecnologías aplicadas a la obtención de formas sólidas. Desarrollo. Validación del proceso de producción. Especificaciones. Métodos de control.

Tema 29. Desarrollo y fabricación de medicamentos parenterales y oftálmicos. Selección de procesos de esterilización. Validación. Liberación paramétrica. Normas de referencia. Especificaciones. Métodos de control de calidad. Otras formas líquidas.

Tema 30. Tecnologías aplicadas a la obtención de formas semisólidas. Sistemas transdérmicos y de implantación. Desarrollo. Tecnologías de elaboración Especificaciones. Métodos de control.

Tema 31. El envase primario y materiales de acondicionamiento. Control de calidad. Normativa de referencia.

Tema 32. Mecanismos generales de acción de los medicamentos. Bases moleculares de la interacción fármaco-receptor. Agonistas, antagonistas y agonistas inversos. Regulación fisiológica de los receptores.

Tema 33. Farmacocinética. Evolución temporal de los medicamentos en el organismo: LADME. Definición de los parámetros farmacocinéticos básicos.

Tema 34. Farmacocinética tras administración a dosis única y dosis repetidas. Equilibrio estacionario. Características de la administración por las vías oral, parenteral y transdérmica. Farmacogenética y su relevancia en terapéutica. Polimorfismo genético. Metabolizadores rápidos y lentos. Farmacocinética poblacional.

Tema 35. Estudios preclínicos de medicamentos. Estudios de farmacología y farmacocinética. Estudios de toxicología. Toxicidad a dosis única y repetida. Estudios de genotoxicidad, carcinogenicidad y toxicidad en la reproducción.

Tema 36. Los ensayos clínicos con medicamentos: normativa vigente. Las Normas de Buena Práctica Clínica. Comités Éticos. Control de calidad: inspecciones. Aspectos metodológicos, desarrollo y evaluación de ensayos clínicos.

Tema 37. Farmacovigilancia: identificación y evaluación de riesgos. Programas de notificación de sospechas de reacciones adversas. Informes periódicos de seguridad. Plan de gestión de riesgos. Medidas de minimización de riesgos.

Tema 38. Toxicidad de fármacos y envenenamiento. Farmacocinética versus tóxico-cinética. Prevención de la intoxicación. Principios del tratamiento ante una intoxicación.

Tema 39. Efectos del etanol en los sistemas fisiológicos. Efectos teratogénicos. Usos clínicos. Interacciones con otros medicamentos. Farmacoterapia del trastorno por consumo de alcohol.

Tema 40. Medicamentos que actúan sobre el sistema nervioso autónomo. Bloqueantes adrenérgicos y colinérgicos. Bloqueantes neuromusculares. Utilización terapéutica.

Tema 41. Medicamentos que actúan sobre el sistema nervioso central. Hipnóticos. Ansiolíticos y sedantes. Estimulantes y psicotomiméticos. Antidepresivos y antipsicóticos. Utilización terapéutica.

Tema 42. Tratamiento farmacológico de las enfermedades neurodegenerativas y de las demencias. Farmacología de los anticonvulsivantes y terapéutica de las epilepsias.

Tema 43. Agentes analgésicos opiáceos. Anestésicos locales. Anestésicos generales.

Tema 44. Utilización clínica y farmacológica de los medicamentos analgésicos, antipiréticos y antiinflamatorios. Clasificación química, efectos farmacodinámicos y tóxicos. Principales indicaciones clínicas. Terapéutica de la artritis reumatoidea.

Tema 45. Medicamentos antiarrítmicos y antianginosos. Utilización terapéutica. Terapéutica de la insuficiencia cardíaca.

Tema 46. Medicamentos antihipertensivos (I). Diuréticos, bloqueantes alfa y beta adrenérgicos, bloqueantes de los canales de calcio. Inhibidores de la enzima conversora de angiotensina, antagonistas de los receptores de angiotensina II, inhibidores de la renina. Utilización terapéutica.

Tema 47. Farmacología clínica de antiácidos y antiulcerosos. Medicamentos reguladores de la motilidad gastrointestinal. Utilización terapéutica.

Tema 48. Medicamentos que actúan sobre el aparato respiratorio. Medicamentos para el tratamiento del asma y la enfermedad pulmonar obstructiva crónica. Utilización terapéutica. Gases medicinales.

Tema 49. Hormonas sexuales. Andrógenos, estrógenos, gestágenos. Anticonceptivos hormonales. Medicamentos que modifican la motilidad uterina, utilización terapéutica. Terapia hormonal sustitutiva.

Tema 50. Alteraciones del metabolismo de la glucosa. lnsulinas: Tipos, efectos, toxicidad y pautas de utilización. Farmacología clínica de los antidiabéticos orales. Alteraciones del metabolismo de los lípidos: Hipolipemiantes.

Tema 51. Antibióticos beta-lactámicos. Penicilinas, cefalosporinas y carbapenemes. Utilización terapéutica.

Tema 52. Quinolonas, aminoglucósidos, glicopéptidos, y macrólidos. Utilización terapéutica.

Tema 53. Tetraciclinas, lincosamidas, nitroimidazoles, sulfonamidas y oxazolidinonas. Utilización terapéutica.

Tema 54. Medicamentos antifúngicos. Utilización terapéutica. Medicamentos antiparasitarios. Utilización terapéutica.

Tema 55. Clasificación y mecanismo de acción de los fármacos antivirales. Usos terapéuticos. Fármacos antirretrovirales y manejo de la infección por VIH.

Tema 56. Tratamiento antineoplásico. Terapia dirigida contra el ADN. Bases fundamentales y toxicidad. Agentes alquilantes y platinos, antibióticos antitumorales e inhibidores de topoisomerasas, antimetabolitos y agentes antimitóticos. Terapia hormonal, terapia dirigida contra dianas moleculares. Inmunoterapia.

Tema 57. Anticoagulantes, trombolíticos y antiagregantes plaquetarios, Tratamiento farmacológico de los trastornos hemorrágicos. Factores de coagulación. Utilización terapéutica.

Tema 58. Inmunosupresores y moduladores de la inmunidad. Farmacología del rechazo de trasplantes. Uso terapéutico de interferones. Modalidades y perspectivas.

Tema 59. Tipos y utilización de vacunas de uso humano. Tipos y utilización terapéutica de inmunoglobulinas. El calendario de Vacunación.

Tema 60. Terapia génica, terapia celular e ingeniería de tejidos. Bases científicas.

Tema 61. El agua y la salud. Criterios sanitarios de la calidad del agua destinada a consumo humano. Calificación de una muestra de agua de consumo. Criterios sanitarios de agua en instalaciones hídricas y aguas de baño. Aguas residuales. Criterios. Medidas de protección de la salud frente a eventos vinculados al agua. Aguas de bebida envasadas.

Tema 62. Alimentos y piensos modificados genéticamente. Reglamento (CE) número 1829/2003. Etiquetado. Reglamento (CE) número 1830/2003. Disposiciones aplicables.

Tema 63. Nuevos alimentos. Reglamento (UE) 2283/2015 y Reglamentos Delegados. Disposiciones aplicables.

Tema 64. Complementos alimenticios. Disposiciones aplicables.

Tema 65. Alimentos dietéticos/alimentos para grupos específicos de población. Disposiciones aplicables.

Tema 66. Alimentos enriquecidos. Reglamento (CE) número 1925/2006 y sus modificaciones. Disposiciones aplicables.

Tema 67. Ingredientes tecnológicos en los alimentos: aditivos, coadyuvantes, enzimas y aromas. Materiales en contacto con alimentos. Implicaciones en seguridad alimentaria. Disposiciones aplicables.

Tema 68. Prevención y control del tabaquismo en España.

ANEXO III
Tribunal calificador

Tribunal titular

Presidente: Don David Cano Gómez. Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.

Secretaria: Doña Ana Cristina Beck Román. Cuerpo de Veterinarios Titulares.

Vocales:

Doña Raquel García Navarro. Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.

Don Carlos Peralta Gallego. Escala de Médicos Inspectores del Cuerpo de Inspección Sanitaria de la Administración de la Seguridad Social.

Doña Rebeca de la Rosa Rodríguez. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos. Especialidad Sanidad y Consumo.

Tribunal suplente

Presidenta: Doña Mercedes Martínez Vallejo. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo.

Secretaria: Doña Elisa Álvarez Delgado. Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.

Vocales:

Doña Irene Grau Segura. Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.

Don Roberto Carro Vázquez. Escala Técnica de Gestión de Organismos Autónomos, especialidad Sanidad y Consumo.

Don José Manuel Valenzuela Mendoza. Cuerpo de Farmacéuticos Titulares.

ANEXO IV

Para la modalidad acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación se tendrán en cuenta exclusivamente las titulaciones que se listan a continuación, con las puntuaciones correspondientes, conforme al baremo establecido en las bases y siguiendo el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:

– Escuela Oficial de Idiomas:

• Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B2: B2.

• Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C1: C1.

• Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C2: C2.

– Asociación de Centros de Lenguas en la Enseñanza Superior:

• CertAcles B2: B2.

• CertAcles C1: C1.

• CertAcles C2: C2.

– Certificados de Cambridge University:

• First Certificate of English: B2.

• Advanced: C1.

• Proficiency: C2.

• Linguaskill B2: B2.

• Linguaskill C1: C1.

• IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 5,5-6,5: B2.

• IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 7-8: C1.

• IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 8,5-9: C2.

– Education Testing Service (ETS):

• TOEFL Ibt. Calificación total 72-94: B2.

• TOEFL Ibt. Calificación total 95-120: C1.

• TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» entre 1095 y 1344, B2.

• TOEIC (Test of English for International Communication), Calificación total en «listening and Reading» y «speaking and writing» más o igual de 1345, C1.

– APTIS (four skills), certificación del British Council:

• Overall CEFR Grade B2, B2.

• Overall CEFR Grade C, C1.

• Aptis advanced: overall CEFR B2, B2.

• Aptis advanced: overall CEFR C1, C1.

– Capman Testing Solutions 360 LPT (Language Proficiency Test) Four Skills:

• Certificado C1, C1.

• Certificado B2, B2.

– Oxford Test of English B: Certificado B2, B2.

– Certificat de Compétences en Langues de l’Enseignement Sup’erieur (CLES), Inglés:

• CLES 2, B2.

• CLES 3, C1.

– The European Language Certificates (TELC):

• TELC B2, B2.

• TELC C1, C1.

– University of Michigan (Cambridge Michigan Language Assessments):

• Certificate of Competency in English (ECCE), B2.

• Certificate of Proficiency in English (ECPE), C2.

– Trinity College de Londres:

• Integrated Skills in English II, B2.

• Integrated Skills in English III, C1.

• Integrated Skills in English IV, C2.

– London Test of English (LTE):

• Nivel 3, B2.

• Nivel 4, C1.

• Nivel 5, C2.

– Pearson Test of English:

• General, Level 3, B2.

• General, Level 4, C1.

• General, Level 5, C2.

• Edexcel certificate in ESOL International, Level 1, B2.

• Edexcel certificate in ESOL International, Level 2, C1.

• Edexcel certificate in ESOL International, Level 3, C2.

– Learning Resource Network:

• Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 1, B2.

• Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 2, C1.

• Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 3, C2.

• IELCA General CEF B2, B2.

• IELCA General CEF C1, C1.

• IELCA General CEF C2, C2.

– Anglia ESOL Examinations General:

• Advanced, B2.

• AcCEPT/Proficiency, C1.

• Masters, C2.

– LanguageCert International ESOL:

• Communicator B2, B2.

• Expert C1, C1.

• Mastery C2, C2.

ANEXO V
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Las solicitudes de admisión a pruebas selectivas en la Administración pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) se cumplimentarán de acuerdo con las siguientes instrucciones y las que figuran en la base específica 8.8 de esta convocatoria:

En el recuadro de «Ministerio» se especificará «Sanidad».

En el recuadro de «Centro Gestor» se indicará «Subsecretaría de Sanidad».

En el recuadro 15 «Cuerpo o Escala» se consignará «Cuerpo de Farmacéuticos Titulares», código 1209.

En el recuadro 17 «Forma de acceso» se consignará la letra «L» para las personas aspirantes del sistema general de acceso libre.

En el recuadro 18 «Ministerio/Órgano/Entidad convocante» se consignará «Sanidad».

En el recuadro 19 se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20 «Provincia de examen» se consignará «Madrid».

En el recuadro 21 «Grado de discapacidad» las personas aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado.

En el recuadro 22 «Reserva» las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo señalando la opción «Sí, general».

En el recuadro 23 «Adaptación que se solicita (opcional)» las personas aspirantes con discapacidad podrán expresar las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas selectivas, incluyendo el curso selectivo. Para ello, se deberá anexar necesariamente el dictamen técnico facultativo actualizado.

En el recuadro 24, en caso de familia numerosa o discapacidad, se deberá indicar la Comunidad Autónoma en la que se reconoce esta condición.

En el recuadro 25 «Número Título Familia Numerosa», se deberá indicar el número del título de familia numerosa en las Comunidades Autónomas que así lo requieran.

En el recuadro 26 «Títulos académicos oficiales» se consignará «Licenciatura o grado en Farmacia».

En el recuadro 27 «Datos a consignar según las bases de la convocatoria»:

– En la casilla «Datos A»: Las personas candidatas que acceden por el turno libre que deseen que se les conserve la nota del primer ejercicio de la convocatoria inmediatamente anterior consignarán «conservación de nota del primer ejercicio».

– En la casilla «Datos B»: Las personas candidatas que acceden por el turno de reserva por discapacidad a que se refiere la base 7 de la presente convocatoria, consignarán «conservación de nota» si desean que se les conserve la nota de todos o alguno de los ejercicios de la convocatoria inmediatamente anterior indicando qué ejercicio.

– En la casilla «Datos C»: Las personas aspirantes deberán consignar la opción de la prueba de idioma, indicando «PRESENCIAL» o «TITULACIÓN». En caso de optar por «TITULACIÓN» deberá anexar obligatoriamente el título de inglés a valorar.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 31,10 euros, y de 15,55 euros para las familias numerosas de categoría general. Estarán exentas del pago de esta tasa las personas afectadas por el apartado decimocuarto de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.

La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Sanidad (Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios).

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 13/12/2023
  • Fecha de publicación: 21/12/2023
  • Convocatoria. 107 plazas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE APRUEBA la relación provisional de personas admitidas y excluidas y se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio del proceso selectivo, por Resolución de 15 de febrero de 2024 (Ref. BOE-A-2024-3218).
  • SE MODIFICA la composición del Tribunal calificador, por Resolución de 15 de enero de 2024 (Ref. BOE-A-2024-1223).

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