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Documento BOE-A-2023-24955

Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de Las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio Andaluz de Salud, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.

Publicado en:
«BOE» núm. 292, de 7 de diciembre de 2023, páginas 162539 a 162563 (25 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
Referencia:
BOE-A-2023-24955

TEXTO ORIGINAL

La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Secretario General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, el Gerente de la Mutualidad General Judicial y el Director Gerente del Servicio Andaluz de Salud han suscrito una adenda al convenio para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades, firmado el 4 de mayo de 2020.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anejo a la presente resolución.

Madrid, 30 de noviembre de 2023.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEJO
Adenda de prórroga y cuarta de modificación al Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio Andaluz de Salud para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades

2 de noviembre de 2023.

REUNIDOS

De una parte, doña Myriam Pallarés Cortón, Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), nombrada por Real Decreto 190/2020, de 29 de enero, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y actuando en nombre y representación de MUFACE, en uso de las facultades que le confiere el artículo 11.2.k) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de MUFACE.

Don José Javier Rodrigo de Azpiazu, Secretario General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS), nombrado por Resolución 430/38216/2022, de 31 de mayo, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y actuando en nombre y representación de ISFAS, en uso de las facultades que le confiere el artículo 18 del Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre.

Y don José Juan Tomás Porter, Gerente de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), nombrado por Acuerdo del Subsecretario de Justicia de fecha 29 de junio de 2021, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y actuando en nombre y representación de MUGEJU, en uso de las facultades que le confiere el artículo 12 del Real Decreto 96/2019, de 1 de marzo, de reordenación y actualización de la estructura orgánica de la Mutualidad General Judicial.

De otra, don Diego A. Vargas Ortega, Director Gerente del Servicio Andaluz de Salud, nombrado por Decreto 181/2022, de 9 de agosto (BOJA núm. 155, de 12 de agosto), y cuya representación ostenta de conformidad con el artículo 69 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, y en ejercicio de las funciones que le atribuye el artículo 12.1.g) del Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo.

Reconociéndose las partes plena capacidad jurídica de actuar en la representación legal que ostentan para suscribir la presente adenda de prórroga y modificación y, a tal fin,

EXPONEN

Primero.

El Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio Andaluz de Salud para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades (en adelante, convenio) fue suscrito el 4 de mayo de 2020 y publicado en el BOE n. 182 de 2 de julio de 2020. Este convenio extiende su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023, pudiendo prorrogarse por acuerdo unánime de las partes por un periodo de cuatro años adicionales antes de la fecha en que finalice su vigencia.

Al amparo de lo previsto en la cláusula octava del convenio, y manteniéndose las mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción, todas las partes entienden que debe prorrogarse el mismo para los cuatro años siguientes.

Segundo.

El convenio mencionado en el expositorio primero contiene cuatro anexos numerados como I, II, III y IV.

En los anexos I y II se relacionan los municipios de hasta 20.000 habitantes, desglosados en función del contenido de los servicios sanitarios a dispensar de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula segunda del convenio. Por su parte, en los anexos III y IV, se detalla el coste mensual para el 2020 calculado por el número de mutualistas y beneficiarios residentes en cada tipo de municipio y por grupo, a fecha de 1 de mayo del 2019, de acuerdo con lo dispuesto en la cláusula cuarta del convenio, y desglosado por cada Mutualidad y a su vez por entidades concertadas de adscripción.

Tercero.

La cláusula novena del convenio establece que, los anexos I y II podrán ser actualizados anualmente y que los anexos III y IV serán actualizados con el número de personas adscritas y la contraprestación económica mensual correspondiente a los anexos I y II, cuantificándose por cada Mutualidad para 2021 en función del respectivo colectivo a 1 de mayo de 2020, procediéndose de forma análoga para los años de prórroga que las partes puedan acordar conforme a la cláusula octava.

Para los años 2021 y 2022 ya fueron actualizados los anexos I y II y para los años 2021, 2022 y 2023 los anexos III y IV mediante adendas de modificación. Para el año 2024 procede actualizar los anexos I, II, III y IV.

Cuarto.

Por su parte, la cláusula décima permite la modificación del contenido del convenio por mutuo acuerdo de las partes.

Por lo expuesto anteriormente, las partes suscriben la presente Adenda de prórroga y modificación, con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Prórroga del convenio.

Las partes acuerdan prorrogar desde el 1 de enero de 2024, y una vez cumplido el requisito para la eficacia de la Adenda contemplado en la cláusula cuarta, el Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio Andaluz de Salud para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades. Su vigencia se extiende hasta el 31 de diciembre de 2027.

Segunda. Modificación de los anexos.

Se modifican para 2024 los anexos I, II, III y IV del convenio publicado en el BOE de 2 de julio de 2020 entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio Andaluz de Salud para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades. El resto del convenio permanecerá con el mismo contenido.

Tercera. anexos.

Los anexos I, II, III y IV actualizados para 2024 son los que se anexan a este documento.

Para el año 2024, se excluye del convenio la localidad de Huércal-Overa situada en la provincia de Almería, por haber pasado a tener más de 20.000 habitantes. En esta misma provincia, se pasa del anexo I al anexo II la localidad de Mojácar.

Cuarta. Validez y eficacia.

La presente Adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes, y adquirirá eficacia el 1 de enero de 2024, una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal de conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 y en la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público Estatal. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Y, en prueba de conformidad con el contenido de la presente Adenda, las partes la firman electrónicamente, en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes, entendiéndose que el día de su firma es aquel en que la misma sea suscrita por el último de los firmantes.–La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, Myriam Pallarés Cortón.–El Secretario General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, José Javier Rodrigo de Azpiazu.–El Gerente de la Mutualidad General Judicial, José Juan Tomás Porter.–El Director Gerente del Servicio Andaluz de Salud, Diego Agustín Vargas Ortega.

ANEXO I
Listado de municipios

Almería

Municipios Zona básica de salud
Abla. Río Nacimiento.
Abrucena. Río Nacimiento.
Albanchez. Albox.
Alboloduy. Alto Andarax.
Alcolea. Berja.
Alcontar. Serón.
Alcudia de Monteagud. Tabernas.
Alhabia. Alto Andarax.
Alhama de Almería. Alto Andarax.
Alicun. Alto Andarax.
Almocita. Alto Andarax.
Alsodux. Alto Andarax.
Antas. Vera.
Arboleas. Albox.
Armuña Almanzora. Serón.
Bacares. Serón.
Balanegra. Berja.
Bayarcal. Berja.
Bayarque. Serón.
Bedar. Vera.
Beires. Alto Andarax.
Benahadux. Bajo Andarax.
Benitagla. Tabernas.
Benizalon. Sorbas.
Bentarique. Alto Andarax.
Berja. Berja.
Canjayar. Alto Andarax.
Cantoria. Albox.
Castro de Filabres. Tabernas.
Chercos. Mármol.
Chirivel. Los Vélez.
Cobdar. Albox.
Dalias. Berja.
Enix. Roquetas de Mar.
Felix. Roquetas de Mar.
Fines. Mármol.
Fiñana. Río Nacimiento.
Fondon. Berja.
Gador. Bajo Andarax.
Garrucha. Vera.
Gergal. Río Nacimiento.
Huecija. Alto Andarax.
Illar. Alto Andarax.
Instincion. Alto Andarax.
Laroya. Mármol.
Laujar de Andarax. Berja.
Lijar. Mármol.
Lubrin. Sorbas.
Lucainena de Las Torres. Sorbas.
Lucar. Serón.
Macael. Mármol.
Maria. Los Vélez.
Mojonera (La). Vícar.
Nacimiento. Río Nacimiento.
Ohanes. Alto Andarax.
Olula de Castro. Río Nacimiento.
Olula del Río. Mármol.
Oria. Albox.
Padules. Alto Andarax.
Partaloa. Albox.
Paterna del Río. Berja.
Pechina. Bajo Andarax.
Pulpí. Huércal-Overa.
Purchena. Mármol.
Ragol. Alto Andarax.
Rioja. Bajo Andarax.
Santa Cruz de Marchena. Alto Andarax.
Santa Fe de Mondujar. Bajo Andarax.
Senes. Tabernas.
Serón. Serón.
Sierro. Mármol.
Somontin. Mármol.
Sorbas. Sorbas.
Sufli. Mármol.
Tabernas. Tabernas.
Taberno. Huercal-Overa.
Tahal. Tabernas.
Terque. Alto Andarax.
Tres Villas (Las). Río Nacimiento.
Turrillas. Tabernas.
Uleila del Campo. Sorbas.
Urracal. Mármol.
Velefique. Tabernas.
Vélez-Blanco. Los Vélez.
Vélez-Rubio. Los Vélez.
Zurgena. Huercal Overa.

Cádiz

Municipios Zona básica de salud
Alcalá de Los Gazules. Medina Sidonia.
Alcalá del Valle. Alcalá del Valle.
Algar. Arcos de La Frontera.
Algodonales. Olvera.
Benalup. Medina Sidonia.
Benaocaz. Ubrique.
Bornos. Villamartín.
Bosque, El. Villamartín.
Castellar de La Frontera. Jimena de La Frontera.
Espera. Arcos de La Frontera.
Gastor, El. Olvera.
Grazalema. Ubrique.
Jimena de La Frontera. Jimena de la Frontera.
Olvera. Olvera.
Paterna de Rivera. Medina Sidonia.
Prado del Rey. Villamartín.
Puerto Serrano. Villamartín.
San Jose del Valle. Jerez.
San Martín del Tesorillo. Jimena de la Frontera.
Setenil de Las Bodegas. Alcalá del Valle.
Torrealhaquime. Olvera.
Trebujena. Sanlúcar de Barrameda.
Vejer de la Frontera. Vejer de la Frontera.
Villaluenga del Rosario. Ubrique.
Zahara de la Sierra. Olvera.

Córdoba

Municipios Zona básica de salud
Adamuz. Montoro.
Aguilar de la Frontera. Aguilar.
Alcaracejos. Pozoblanco.
Almedinilla. Priego de Córdoba.
Almodovar del Río. Posadas.
Añora. Pozoblanco.
Belalcazar. Hinojosa del Duque.
Belmez. Peñarroya-Pueblo Nuevo.
Benamejí. Benamejí.
Blazquez (Los). Peñarroya-Pueblo Nuevo.
Bujalance. Bujalance.
Cañete de Las Torres. Bujalance.
Carcabuey. Priego de Córdoba.
Cardeña. Villanueva de Córdoba.
Carlota (La).  
Carpio, El. Bujalance.
Castro del Río. Castro del Río.
Conquista. Villanueva de Córdoba.
Doña Mencía. Cabra.
Dos Torres. Pozoblanco.
Encinas Reales. Benamejí.
Espejo. Castro del Río.
Espiel. Peñarroya-Pueblo Nuevo.
Fernán Núñez.  
Fuente Carreteros.  
Fuente la Lancha. Pozoblanco.
Fuente Obejuna. Peñarroya-Pueblo Nuevo.
Fuente Palmera. Fuente Palmera.
Fuente Tojar. Priego de Córdoba.
Granjuela, La. Peñarroya-Pueblo Nuevo.
Guadalcazar. Posadas.
Guijarrosa, La.  
Guijo, El. Pozoblanco.
Hinojosa del Duque. Hinojosa del Duque.
Hornachuelos. Posadas.
Iznajar. Iznajar.
La Rambla. La Rambla.
Luque. Baena.
Montalban de Córdoba. La Rambla.
Montemayor. Fernan Nuñez.
Montoro. Montoro.
Monturque. Lucena.
Moriles. Lucena.
Nueva Carteya. Cabra.
Obejo. La Sierra.
Palenciana. Benamejí.
Pedro Abad. Montoro.
Pedroche. Pozoblanco.
Peñarroya-Pueblonuevo.  
Posadas.  
Rute. Rute.
San S. de Los Ballesteros. La Carlota.
Santa Eufemia. Pozoblanco.
Santaella. La Rambla.
Torrecampo. Pozoblanco.
Valenzuela. Bujalance.
Valsequillo. Peñarroya-Pueblo Nuevo.
Victoria, La. La Carlota.
Villa del Río. Montoro.
Villafranca de Córdoba. Bujalance.
Villaharta. La Sierra.
Villanueva de Córdoba. Villanueva de Córdoba.
Villanueva del Duque. Pozoblanco.
Villanueva del Rey. Peñarroya-Pueblo Nuevo.
Villaralto. Pozoblanco.
Villaviciosa de Córdoba. La Sierra.
Viso, El. Pozoblanco.
Zuheros. Baena.

Granada

Municipios Zona básica de salud
Agron. Churriana de la Vega.
Alamedilla. Pedro Martínez.
Albondon. Albuñol.
Albuñan. Guadix.
Albuñol. Albuñol.
Albuñuelas. Valle de Lecrin.
Aldeire. Marquesado.
Alfacar. Alfacar.
Algarinejo. Montefrío.
Alhama de Granada. Alhama de Granada.
Alhendin. Armilla.
Alicun de Ortega. Pedro Martínez.
Almegijar. Orgiva.
Alpujarra Sierra (Núcleos de población de Mecina Bombaron y Yegen). Cadiar.
Alquife. Marquesado.
Arenas del Rey. Alhama de Granada.
Beas de Granada. Granada.
Beas de Guadix. Purullena.
Benalua de Guadix. Purullena.
Benalua de Las Villas. Iznalloz.
Benamaurel. Benamaurel.
Berchules. Cadiar.
Bubion. Orgiva.
Busquistar. Orgiva.
Cacin. Alhama de Granada.
Cadiar. Cadiar.
Cajar. La Zubia.
Calahorra, La. Marquesado.
Calicasas. Albolote.
Campotejar. Iznalloz.
Caniles. Baza.
Cañar. Orgiva.
Capileira. Orgiva.
Carataunas. Orgiva.
Castaras. Cadiar.
Castillejar. Benamaurel.
Castril. Benamaurel.
Cenes de La Vega. Cenes de La Vega.
Chauchina. Santa Fe.
Chimeneas. Santa Fe.
Churriana de La Vega. Churriana de La Vega.
Cijuela. Santa Fe.
Cogollos de Guadix. Guadix.
Cogollos Vega. Alfacar.
Colomera. Albolote.
Cortes de Baza. Benamaurel.
Cortes y Graena. Purullena.
Cuevas del Campo. Baza.
Cullar. Baza.
Cullar Vega. Churriana de La Vega.
Darro. Purullena.
Dehesas de Guadix. Pedro Martínez.
Dehesas Viejas. Iznalloz.
Deifontes. Albolote.
Diezma. Purullena.
Dilar. Armilla.
Dólar. Marquesado.
Domingo Pérez.  
Dudar. Cenes de la Vega.
Durcal. Valle de Lecrin.
Escuzar. Churriana de La Vega.
Ferreira. Marquesado.
Fonelas. Purullena.
Fornes. Alhama de Granada.
Freila. Baza.
Galera. Huéscar.
Gobernador. Iznalloz.
Gojar. La Zubia.
Gor. Guadix.
Gorafe. Guadix.
Guadahortuna. Iznalloz.
Guajares, los (Núcleos de población de Guajar Alto, Guajar Faragüit y Guajar Fondon). Salobreña.
Gualchos (Castell de Ferro y Gualchos). Motril.
Güejar Sierra. Cenes de la Vega.
Güevejar. Alfacar.
Huelago. Pedro Martínez.
Hueneja. Marquesado.
Huéscar. Huéscar.
Huetor de Santillan. Granada.
Huetor Tajar. Huetor Tajar.
Illora. Illora.
Itrabo. Salobreña.
Iznalloz. Iznalloz.
Jata.  
Jayena. Alhama de Granada.
Jerez del Marquesado. Marquesado.
Jete. Almuñecar.
Jun. Granada.
Juviles. Cadiar.
Lachar. Santa Fe.
Lanjaron. Orgiva.
Lanteira. Marquesado.
Lecrin (Nucleos de Población de Talará, Acequias, Beznar, Chite, Mondujar, Murchas). Valle de Lecrin.
Lentegi. Almuñecar.
Lobras. Cadiar.
Lugros. Purullena.
Lujar. Motril.
Malaha, La. Churriana de La Vega.
Marchal. Purullena.
Moclin. Pinos Puente.
Molvizar. Salobreña.
Monachil. La Zubia.
Montefrío. Montefrío.
Montejicar. Iznalloz.
Montillana. Iznalloz.
Moraleda de Zafayona. Huetor-Tajar.
Morelabor (Núcleos de población de Moreda y Laborcillas). Pedro Martínez.
Murtas. Cadiar.
Nevada (Núcleos de población de Laroles, Mairena y Picena). Ugijar.
Nigüelas. Valle de Lecrin.
Nivar. Alfacar.
Ogijares. La Zubia.
Orce. Huéscar.
Orgiva. Orgiva.
Otivar. Almuñecar.
Otura. Armilla.
Padul. Valle de Lecrin.
Pampaneira. Orgiva.
Pedro Martínez. Pedro Martínez.
Peligros. Peligros.
Peza, La. Purullena.
Pinar, El (Núcleos de Población de Izbor, Pinos del Valle y Tablate). Valle de Lecrin.
Pinos Genil. Cenes de la Vega.
Pinos Puente. Pinos Puente.
Piñar. Iznalloz.
Policar. Purullena.
Polopos. Motril.
Portugos. Orgiva.
Puebla de don Fadrique. Huéscar.
Pulianas. Peligros.
Purullena. Purullena.
Quentar. Cenes de la Vega.
Rubite. Orgiva.
Salar. Huetor Tajar.
Santa Cruz del Comercio. Alhama de Granada.
Soportujar. Orgiva.
Sorvilan. Albuñol.
Taha, La (Núcleos Población de Ferreirola, Mecina Fondales y Pitres). Orgiva.
Torre-Cardela. Iznalloz.
Torrenueva Costa. Motril.
Torvizcon. Orgiva.
Trévelez. Orgiva.
Turon. Cadiar.
Ugijar. Ugijar.
Valle del Zalabi (Núcleos de Población de Alcudia de Guadix, Charches y Esfiliana). Guadix.
Valle, El (Núcleos de Población de Melegis, Restabal y Saleres). Valle de Lecrin.
Valor. Ugijar.
Vegas del Genil (Núcleos de Población de Ambroz, Belicena, Casas Bajas y Purchil). Churriana de la Vega.
Velez de Benaudalla. Motril.
Ventas de Huelma. Churriana de la Vega.
Villamena (Núcleos de Población de Conchar y Cozvijar). Valle de Lecrin.
Valderrubio. Pinos Puente.
Villanueva de las Torres. Pedro Martínez.
Villanueva Mesia. Huetor Tajar.
Viznar. Alfacar.
Zafarraya. Alhama de Granada.
Zagra. Loja.
Zujar. Baza.

Huelva

Municipios Zona básica de salud
Alajar. Aracena.
Almendro, El. Andevalo Occidental.
Almonaster la Real. Cortegana.
Alosno. Andevalo Occidental.
Aracena. Aracena.
Aroche. Cortegana.
Arroyomolinos de León. Santa Olalla del Cala.
Beas. Campiña Norte.
Berrocal. Minas de Riotinto.
Bonares. Condado Occidental.
Cabezas Rubias. Andevalo Occidental.
Cala. Santa Olalla del Cala.
Calañas. Calañas.
Campillo, El. Minas de Riotinto.
Campofrío. Minas de Riotinto.
Cañaveral de León. Cumbres Mayores.
Castaño del Robledo. Aracena.
Cerro de Andevalo, El. Calañas.
Chucena. Pilas (Sevilla).
Corteconcepcion. Aracena.
Cortelazor. Aracena.
Cumbres de Enmedio. Cumbres Mayores.
Cumbres de San Bartolome. Cumbres Mayores.
Cumbres Mayores. Cumbres Mayores.
Encinasola. Cumbres Mayores.
Escacena del Campo. La Palma del Condado.
Fuenteheridos. Aracena.
Galaroza. Aracena.
Granada del Río Tinto, La. Minas de Riotinto.
Granado, El. Andevalo Occidental.
Higuera de La Sierra. Aracena.
Hinojales. Cumbres Mayores.
Hinojos. Pilas (Sevilla).
Jabugo. Cortegana.
Linares de La Sierra. Aracena.
Lucena del Puerto. Campiña Norte.
Manzanilla. La Palma del Condado.
Marines, Los. Aracena.
Minas de Riotinto. Minas de Riotinto.
Nava, La. Cortegana.
Nerva. Minas de Riotinto.
Niebla. Condado Occidental.
Paterna del Campo. La Palma del Condado.
Paymogo. Andevalo Occidental.
Puebla de Guzmán. Andevalo Occidental.
Puerto Moral. Aracena.
Punta Umbria. Punta Umbria.
Rociana del Condado. Condado Occidental.
Rosal de La Frontera. Cortegana.
San Bartolome de la Torre. Gibraleón.
San Silvestre de Guzmán. Lepe.
Sanlúcar de Guadiana. Andevalo Occidental.
Santa Ana la Real. Aracena.
Santa Barbara de Casa. Andevalo Occidental.
Trigueros. Campiña Norte.
Valdelarco. Aracena.
Valverde del Camino. Valverde del Camino.
Villablanca. Lepe.
Villalba del Alcor. La Palma del Condado.
Villanueva de las Cruces. Andevalo Occidental.
Villanueva de los Castillejos. Andevalo Occidental.
Villarrasa. La Palma del Condado.
Zalamea la Real. Minas de Riotinto.
Zarza (La) – Perrunal. Calañas.
Zufre. Santaolalla del Cala.

Jaén

Municipios Zona básica de salud
Albanchez de Mágina. Mancha Real.
Aldeaquemada. La Carolina.
Arjona. Arjona.
Arjonilla. Arjona.
Arquillos. Linares.
Arroyo del Ojanco. Beas de Segura.
Baños de la Encina. Bailén.
Beas de Segura. Beas de Segura.
Bedmar y Garciez (Bedmar). Jodar.
Begijar. Baeza.
Belmez de la Moraleda. Huelma.
Benatae. Orcera.
Cabra del Santo Cristo. Huelma.
Cambil. Cambil.
Campillo de Arenas. Cambil.
Canena. Ubeda.
Carboneros. La Carolina.
Carcheles (Carchelejo-Carchel). Cambil.
Castellar. Santisteban del Puerto.
Castillo de Locubín. Alcalá la Real.
Cazalilla. Mengíbar.
Chiclana de Segura. Santisteban del Puerto.
Chilluevar. Cazorla.
Escañuela. Arjona.
Espeluy. Mengibar.
Frailes. Alcala la Real.
Fuensanta de Martos. Martos.
Fuerte del Rey. Jaén.
Genave. Orcera.
Guardia de Jaén (La). Jaén.
Guarromán. Linares.
Higuera de Calatrava. Porcuna.
Hinojares. Pozo Alcon.
Hornos. Orcera.
Huelma. Huelma.
Huesa. Peal de Becerro.
Ibros. Baeza.
Iruela (La). Cazorla.
Iznatoraf. Villanueva del Arzobispo.
Jabalquinto. Linares.
Jamilena. Torredelcampo.
Jimena. Mancha Real.
Lahiguera. Arjona.
Larva. Jodar.
Lopera. Porcuna.
Lupion. Baeza.
Montizon. Santisteban del Puerto.
Navas de San Juan. Santisteban del Puerto.
Noalejo. Cambil.
Orcera. Orcera.
Peal de Becerro. Peal de Becerro.
Pegalajar. Mancha Real.
Porcuna.  
Puente de Genave. Orcera.
Puerta de Segura (La). Orcera.
Quesada. Peal de Becerro.
Rus. Ubeda.
Sabiote. Torreperogil.
Santa Elena. La Carolina.
Santiago de Calatrava. Martos.
Santiago Pontones (Santiago de La Espada). Santiago Pontones.
Santisteban del Puerto. Santisteban del Puerto.
Santo Tome. Cazorla.
Segura de La Sierra. Orcera.
Siles. Orcera.
Sorihuela del Guadalimar. Santisteban del Puerto.
Torreblascopedro. Linares.
Torreperogil. Torreperogil.
Torres. Mancha Real.
Torres de Albanchez. Orcera.
Valdepenas de Jaén. Jaén.
Vilches. Linares.
Villanueva de la Reina. Andujar.
Villardompardo. Torredonjimeno.
Villares (Los). Jaén.
Villarrodrigo. Orcera.
Villatorres. Mengíbar.

Málaga

Municipios Zona básica de Salud
Alameda. Mollina.
Alcaucín. Viñuela.
Alfarnate. Colmenar.
Alfarnatejo. Colmenar.
Algatocin. Algatocin.
Almachar. Axarquia Oeste.
Almargen. Campillos.
Almogia. Málaga.
Alozaina. Alozaina.
Alpandeire. Ronda.
Archez. Algarrobo.
Archidona. Archidona.
Ardales. Alora.
Arenas. Velez-Málaga.
Arriate. Ronda.
Atajate. Algatocin.
Benadalid. Algatocin.
Benahavis. Marbella.
Benalauria. Algatocin.
Benamargosa. Axarquia Oeste.
Benamocarra. Axarquia Oeste.
Benaojan. Benaojan.
Benarraba. Algatocin.
Borge, El. Axarquia Oeste.
Burgo, El. Ronda.
Campillos. Campillos.
Canillas de Aceituno. Viñuela.
Canillas de Albaida. Algarrobo.
Cañete la Real. Campillos.
Carratraca. Alora.
Cartajima. Ronda.
Casabermeja. Colmenar.
Casarabonela. Alozaina.
Colmenar. Colmenar.
Comares. Axarquia Oeste.
Competa. Algarrobo.
Cortes de la Frontera. Benaojan.
Cuevas Bajas. Archidona.
Cuevas de San Marcos. Archidona.
Cuevas del Becerro. Ronda.
Cutar. Axarquia Oeste.
Farajan. Ronda.
Frigiliana. Nerja.
Fuente de Piedra. Mollina.
Gaucín. Algatocin.
Genalguacil. Algatocin.
Guaro. Coín.
Humilladero. Mollina.
Igualeja. Ronda.
Istan. Marbella.
Iznate. Axarquia Oeste.
Jimera de Libar. Benaojan.
Jubrique. Algatocin.
Juzcar. Ronda.
Macharavialla. Rincón de la Victoria.
Manilva. Estepona.
Moclinejo. Rincón de la Victoria.
Mollina. Mollina.
Monda. Coín.
Montejaque. Benaojan.
Ojén. Marbella.
Parauta. Ronda.
Periana. Viñuela.
Pizarra. Cartama.
Pujerra. Ronda.
Ríogordo. Colmenar.
Salares. Viñuela.
Sayalonga. Algarrobo.
Sedella. Viñuela.
Sierra de Yeguas. Campillos.
Teba. Campillos.
Tolox. Alozaina.
Torrox. Torrox.
Totalan. Pedregalejo-El Palo.
Valle de Abdalajis. Antequera.
Villanueva de Algaidas. Archidona.
Villanueva de la Concepción. Antequera.
Villanueva de Tapia. Archidona.
Villanueva del Rosarío. Antequera.
Villanueva del Trabuco. Archidona.
Viñuela. Viñuela.
Yunquera. Alozaina.

Sevilla

Municipios Zona básica de salud
Aguadulce. Osuna.
Alanis. Cazalla de la Sierra.
Albaida del Aljarafe. Olivares.
Alcolea del Río. Lora del Río.
Algamitas. El Saucejo.
Almaden de la Plata. Guillena.
Aznalcollar. Sanlúcar la Mayor.
Badolatosa. Estepa.
Benacazon. Sanlúcar la Mayor.
Bollullos de la Mitación. Sanlúcar la Mayor.
Brenes.  
Burguillos. Alcala del Río.
Campana (La). Lora del Río.
Cañada del Rosal. La Luisiana.
Carríon de los Cespedes. Pilas.
Casariche. Estepa.
Castilblanco de los Arroyos. Alcalá del Río.
Castilleja de Guzmán. Camas.
Castilleja del Campo. Sanlúcar la Mayor.
Castillo de las Guardas, El. Guillena.
Cazalla de la Sierra. Cazalla de la Sierra.
Constantina. Constantina.
Coripe. Montellano.
Coronil (El). Utrera.
Corrales, Los. El Saucejo.
Cuervo (El). Lebrija.
Fuentes de Andalucia. Luisiana, La.
Garrobo, El. Guillena.
Gerena. Guillena.
Gilena. Estepa.
Guadalcanal. Cazalla de la Sierra.
Herrera. Estepa.
Huévar. Pilas.
Isla Mayor. Coria del Río.
Lantejuela, La. Osuna.
Lora de Estepa. Estepa.
Luisiana, La. La Luisiana.
Madroño, El. Minas de Río Tinto (Huelva).
Marinaleda. Estepa.
Martín de la Jara. El Saucejo.
Molares, Los. Utrera.
Montellano. Montellano.
Navas de la Concepcion, Las. Constantina.
Palmar de Troya.  
Paradas. El Arahal.
Pedrera. Estepa.
Pedroso, El. Constantina.
Peñaflor. Palma del Río (Córdoba).
Pruna. Morón de la Frontera.
Puebla de Cazalla, La. Puebla de Cazalla.
Puebla de los Infantes, La. Lora del Río.
Real de la Jara, El. Guillena.
Roda de Andalucía (La). Estepa.
Ronquillo, El. Guillena.
Rubio, El. Osuna.
Salteras. Olivares.
San Nicolás del Puerto. Constantina.
Saucejo, El. El Saucejo.
Tocina. Cantillana.
Valencina de la Concepción. Camas.
Villamanrique de la Condesa. Pilas.
Villanueva de San Juan. El Saucejo.
Villanueva del Río y Minas. Cantillana.
Villaverde del Río. Brenes.
ANEXO II
Listado de municipios

Provincia: Almería

Municipios

Albox.

Carboneras.

Cuevas del Almanzora.

Gallardos (Los).

Huércal de Almería.

Mojácar.

Tíjola.

Turre.

Vera.

Viator.

Provincia: Cádiz

Municipios

Chipiona.

Medina-Sidonia.

Tarifa.

Ubrique.

Villamartín.

Provincia: Córdoba

Municipios

Baena.

Pozoblanco.

Provincia: Granada

Municipios

Albolote.

Atarfe.

Fuente Vaqueros.

Huétor Vega.

Salobreña.

Santa Fe.

Zubia (La).

Provincia: Huelva

Municipios

Bollullos Par del Condado.

Cortegana.

Gibraleón.

Palma del Condado (La).

Palos de La Frontera.

San Juan del Puerto.

Santa Olalla del Cala.

Provincia: Jaén

Municipios

Alcaudete.

Baeza.

Bailén.

Carolina (La).

Cazorla.

Jódar.

Mancha Real.

Mármolejo.

Mengíbar.

Pozo Alcón.

Torre del Campo.

Torredonjimeno.

Villacarrillo.

Villanueva del Arzobispo.

Provincia: Málaga

Municipios

Algarrobo.

Álora.

Casares.

Provincia: Sevilla

Municipios

Algaba, La.

Alcalá del Río.

Almensilla.

Arahal.

Aznalcázar.

Espartinas.

Estepa.

Gelves.

Gines.

Guillena.

Lora del Río.

Marchena.

Olivares.

Osuna.

Palomares del Río.

Pilas.

Puebla del Río.

Sanlúcar la Mayor.

Santiponce.

Umbrete.

Villanueva del Ariscal.

Viso del Alcor (El).

Cantillana.

Cabezas de San Juan.

ANEXO III
Personas de cada Mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios recogidos en el anexo I y cantidades económicas que deben abonarse mensualmente por cada uno de los colectivos (a 1 de mayo de 2023), a la Comunidad Autónoma de Andalucía

Precio por persona de MUFACE < 60 años: 15,68 euros/mes.

Precio por persona de MUFACE = > 60 y < 70 años: 17,41 euros/mes.

Precio por persona de MUFACE = > 70 años: 18,60 euros/mes.

Personas adscritas y cantidades económicas mensuales

Entidad MUFACE beneficiarios MUFACE importes
< 60 años ≥ 60 y < 70 años ≥ 70 años < 60 años ≥ 60 y < 70 años ≥ 70 años Total
Segurcaixa ADESLAS. 12.004 2.461 2.400 188.222,72 42.846,01 44.640,00 275.708,73
ASISA. 7.441 2.264 2.756 116.674,88 39.416,24 51.261,60 207.352,72
DKV Seguros.  3.591  500  361 56.306,88  8.705,00  6.714,60 71.726,48
MAPFRE.              
Nueva Mutua.              
SANITAS.              
 Total. 23.036 5.225 5.517 361.204,48 90.967,25 102.616,20 554.787,93

Precio por persona de ISFAS < 65 años: 15,68 euros/mes.

Precio por persona de ISFAS => 65 años: 18,60 euros/mes.

Precio por persona de MUGEJU: 15,68 euros/mes.

Personas adscritas y cantidades económicas mensuales

Entidad ISFAS MUGEJU ISFAS importes

MUGEJU

importe

< 65 años ≥ 65 años < 65 años ≥ 65 años Total
Segurcaixa ADESLAS. 7.039 1.783 393 110.371,52 33.163,80 143.535,32 6.162,24
ASISA. 3.980 1.512 263 62.406,40 28.123,20 90.529,60 4.123,84
DKV Seguros.     82       1.285,76
MAPFRE.     163       2.555,84
Nueva Mutua.     3       47,04
SANITAS.     187       2.932,16
 Total. 11.019 3.295 1.091 172.777,92 61.287,00 234.064,92 17.106,88
ANEXO IV
Personas de cada Mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios recogidos en el anexo II y cantidades económicas que deben abonarse mensualmente por cada uno de los colectivos (a 1 de mayo de 2023), a la Comunidad Autónoma de Andalucía

Precio por persona de MUFACE < 60 años: 1,35 euros/mes.

Precio por persona de MUFACE = > 60 y < 70 años: 1,49 euros/mes.

Precio por persona de MUFACE = > 70 años: 1,59 euros/mes.

Personas adscritas y cantidades económicas mensuales

Entidad MUFACE beneficiarios MUFACE importes
< 60 años ≥ 60 y < 70 años ≥ 70 años < 60 años ≥ 60 y < 70 años ≥ 70 años Total
Segurcaixa ADESLAS. 9.316 1.808 1.455 12.576,60 2.693,92 2.313,45 17.583,97
ASISA. 4.981 1.370 1.378 6.724,35 2.041,30 2.191,02 10.956,67
DKV Seguros.  2.696  380  231  3.639,60  566,20  367,29  4.573,09
MAPFRE.              
Nueva Mutua.              
SANITAS.              
 Total. 16.993 3.558 3.064 22.940,55 5.301,42 4.871,76 33.113,73

Precio por persona de ISFAS < 65 años: 1,35 euros/mes.

Precio por persona de ISFAS = > 65 años: 1,59 euros/mes.

Precio por persona de MUGEJU: 1,35 euros/mes.

Personas adscritas y cantidades económicas mensuales

Entidad ISFAS MUGEJU ISFAS importes

MUGEJU

importe

< 65 años ≥ 65 años < 65 años ≥ 65 años Total
Segurcaixa ADESLAS. 8.023 1.182 337 10.831,05 1.879,38 12.710,43 454,95
ASISA. 4.685 816 236 6.324,75 1.297,44 7.622,19 318,60
DKV Seguros.     56       75,60
MAPFRE.     152       205,20
Nueva Mutua.     1       1,35
SANITAS.     225       303,75
 Total. 12.708 1.998 1.007 17.155,80 3.176,82 20.332,62 1.359,45

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