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Documento BOE-A-2023-22651

Acuerdo de 2 de noviembre de 2023, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de puesto de trabajo en el Servicio de Personal y Oficina Judicial.

Publicado en:
«BOE» núm. 266, de 7 de noviembre de 2023, páginas 148089 a 148092 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2023-22651

TEXTO ORIGINAL

En la Secretaría General se encuentra vacante y dotada presupuestariamente la jefatura del servicio de Personal y Oficina Judicial.

Las características del puesto se describen en el anexo I.

La provisión de ese puesto se estima conveniente para atender correctamente las funciones y competencias atribuidas al citado órgano técnico y por ello la Comisión Permanente, en su reunión del día de la fecha, ha acordado convocar un concurso de méritos para su cobertura, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 621.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

El concurso se regirá por las siguientes normas:

Primera.

Podrán tomar parte en el mismo los jueces y juezas, magistrados/as, letrados/as de la Administración de Justicia, abogados/as del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios/as de las Administraciones Públicas del subgrupo A1, a que se refiere el artículo 76 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto-legislativo 5/2015, de 30 de octubre, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la suspensión.

Segunda.

Quienes deseen tomar parte en el concurso deberán elevar su solicitud, que se ajustará al modelo que obra en el anexo II de este Acuerdo, al Excelentísimo señor Presidente de este Consejo en que así lo manifiesten y a la que podrán acompañar una relación de los méritos y circunstancias que en ellos concurran, así como su justificación documental. Las instancias deberán presentarse dentro de los quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», de alguna de las siguientes maneras:

a) en el Registro General del propio Consejo,

b) en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en virtud de lo dispuesto en la disposición final séptima, disposición derogatoria única, apartado 2, último párrafo y disposición adicional quinta de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

c) en la sede electrónica del Consejo General del Poder Judicial https://registroelectronico.poderjudicial.es/tramites/TR0000000402 si se dispone del correspondiente certificado electrónico.

Tercera.

Con la solicitud se acompañará un currículum vitae, en el que se harán constar los méritos y circunstancias personales que se estimen oportunos y, en especial, los que se refieran a destinos servidos, títulos académicos, publicaciones, idiomas y experiencia que se posea en las especificaciones que se reseñan en el anexo I, acompañando los documentos justificativos correspondientes.

La documentación se presentará sin grapar y sin encuadernar con el fin de evitar el posible deterioro de los documentos en el momento de que sean preparados para la preceptiva digitalización. En caso contrario, y según recoge el acuerdo de la Comisión Permanente sobre creación del registro electrónico, los documentos podrán ser desagrupados antes de proceder a su digitalización, con independencia de que se presenten unidos mediante grapas, encuadernaciones o cualquier otro medio.

Cuarta.

Quieres presenten su candidatura al puesto podrán ser requeridos/as para que justifiquen los datos, circunstancias y méritos a que se refiere la norma anterior. Cualesquiera de entre ellos/as podrán, asimismo, ser citados/as para una entrevista personal.

Quinta.

A la vista de las instancias y documentación presentada, el Pleno del Consejo, apreciando conjuntamente los méritos alegados, nombrará a la persona seleccionada para cubrir el puesto convocado. Si el Pleno entendiera que los/as solicitantes no reúnen las condiciones de idoneidad o aptitud precisas para el cargo podrá declarar la convocatoria desierta.

Sexta.

La persona a la que se adjudique el puesto convocado, prestará sus funciones por un período de dos años, prorrogable por períodos anuales y con un máximo de prestación de servicios de diez años y será declarada en situación de servicios especiales en su Administración de origen, de conformidad con lo previsto en el artículo 621.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Los/as concursantes no nombrados/as dispondrán de un plazo de seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso de no efectuarlo.

Séptima.

Contra este Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación. Potestativamente, se podrá interponer recurso de reposición ante la Comisión Permanente, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación. En este último caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 2 de noviembre de 2023.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, P.S., el Vocal, Vicente Guilarte Gutiérrez.

ANEXO I

Denominación del puesto: Dirección del servicio de Personal y Oficina Judicial.

Órgano: Secretaría General.

Número de puestos convocados: 1.

Localización: Madrid.

Nivel de Complemento de Destino: 30.

Complemento específico: 62.544,44 euros anuales.

Adscripción: Jueces y juezas, magistrados/as, letrados/as de la Administración de Justicia, abogados/as del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y funcionarios/as de las administraciones públicas del subgrupo A1 a que se refiere el artículo 76 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobada por Real Decreto-legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

Características del puesto:

Principales funciones:

– Dirigir, impulsar y coordinar la actividad de las secciones que integran el servicio: Régimen Jurídico de jueces y magistrados, Calificación, Planta y Oficina Judicial, Apoyo a la Disciplinaria y Prevención de Riesgos Laborales en la Carrera Judicial.

– Cualquier otra función que le sea encomendada por la Secretaría General.

Méritos específicos:

– Magistrado/a con una antigüedad de más de 10 años en la Carrera Judicial.

– Amplios conocimientos de derecho orgánico judicial y de derecho administrativo, del estatuto de la carrera judicial, provisión de cargos y planta judicial.

– Conocimientos de organización administrativa, emisión de informes, estudios, consultas y dictámenes.

– Capacidad de dirección, organización, gestión y trabajo en equipo.

– Experiencia en la resolución de procedimientos administrativos y/o judiciales.

– Manejo de las nuevas tecnologías TIC: sistemas de gestión de procedimientos, sistemas de gestión gubernativa y bases de datos de acuerdos y de resoluciones.

– Facilidad de relación y comunicación con los miembros de la organización judicial e interesados.

ANEXO II
Solicitud de participación en el concurso para la provisión de un puesto de trabajo en el Consejo General del Poder Judicial

Acuerdo de la Comisión Permanente de 2 de noviembre de 2023 (BOE:....................)

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ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 02/11/2023
  • Fecha de publicación: 07/11/2023
  • Convocatoria. Subgrupo A1.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PUBLICA la resolución del concurso, por Acuerdo de 21 de diciembre de 2023 (Ref. BOE-A-2024-395).

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