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Documento BOE-A-2023-2202

Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Spain Startup.

Publicado en:
«BOE» núm. 23, de 27 de enero de 2023, páginas 11758 a 11759 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2023-2202

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Spain Startup.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación citada fue constituida por doña María Benjumea Cabeza de Vaca, doña Isabela de Alcázar Benjumea y don Diego del Alcázar Benjumea según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Madrid don Álvaro Lucini Mateo, el 5 de octubre de 2022, con el número 1516 de protocolo y diligencia complementaria de la escritura de constitución, otorgada el 11 de octubre de 2022 ante el mismo notario.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Monte Esquinza, 28, piso 4.º D, distrito postal 28010 de Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada totalmente según se acredita con la certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

El fin de la fundación es analizar, promover, potenciar y dar visibilidad a ideas, inquietudes, oportunidades y propuestas innovadora que contribuyan al crecimiento de ecosistemas de emprendimiento adecuados para la transformación de la sociedad nacional e internacional, adaptándolas a las necesidades y los propósitos derivados de los nuevos tiempos, así como identificar y promover la capacitación innovadora y emprendedora de personas y organizaciones de cualquier ámbito para contribuir al crecimiento, desarrollo, evolución y transformación sostenible de la sociedad.

Quinto. Patronos.

Doña María Benjumea Cabeza de Vaca, doña Isabela de Alcázar Benjumea y don Diego del Alcázar Benjumea.

Cargos:

Presidenta: Doña María Benjumea Cabeza de Vaca.

Vicepresidente: Don Diego del Alcázar Benjumea.

Secretario no Patrono: Doña María Pilar Fernández Bozal.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de Fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de competencia estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de Fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 22 de noviembre de 2022.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del Registro de Fundaciones de competencia estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Spain Startup patronato y cargos dentro del mismo.

Madrid, 28 de noviembre de 2022.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago.

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