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Documento BOE-A-2023-21467

Resolución de 15 de septiembre de 2023, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se acuerda el vencimiento anticipado de los contratos de seguro que integran la cartera de Mutua Nacional de Ingenieros Técnicos de Previsión Social a Prima Fija, Mutualidad de Previsión Social, en liquidación.

Publicado en:
«BOE» núm. 248, de 17 de octubre de 2023, páginas 138725 a 138725 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2023-21467

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 14 de julio de 2023 se dictó la Orden ETD/885/2023 (BOE de 28 de julio) por la que se acordó la disolución administrativa de la entidad Mutua Nacional de Ingenieros Técnicos de Previsión Social a Prima Fija, Mutualidad de Previsión Social, y se encomendó su liquidación al Consorcio de Compensación de Seguros, conforme a lo previsto en el artículo 14.1.a) del texto refundido del Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre.

La citada entidad se encuentra autorizada para otorgar prestaciones aseguradoras de vida y accidentes. A la fecha de entrada en liquidación, la Mutua Nacional de Ingenieros Técnicos de Previsión Social a Prima Fija, Mutualidad de Previsión Social, mantiene en vigor las pólizas por contrato de seguro cuyo vencimiento natural está previsto a las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2023, ascendiendo el número de mutualistas a 31 de diciembre de 2022 a 6.444.

Asimismo, se da la circunstancia, de que la Mutua Nacional de Ingenieros Técnicos de Previsión Social a Prima Fija, Mutualidad de Previsión Social, en liquidación, no emite primas, al menos, desde el tercer trimestre de 2022 por causas no imputables a los tomadores de seguro sino derivadas de la paralización de sus órganos sociales, lo que ha motivado su disolución administrativa.

A la vista de los hechos y circunstancias concurrentes en la entidad, y atendiendo a la solicitud formulada por el Consorcio de Compensación de Seguros en fecha 28 de julio de 2023, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 178.2.d) de la Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, para evitar perjuicios a los acreedores por contrato de seguro he resuelto:

Acordar que los contratos de seguro que integran la cartera de la entidad Mutua Nacional de Ingenieros Técnicos de Previsión Social a Prima Fija, Mutualidad de Previsión Social, en liquidación, venzan anticipadamente con fecha de efecto las 00:00 horas del día 1 de noviembre de 2023.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, que podrá presentarse ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones o ante la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, siendo este órgano el competente para resolverlo, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 15 de septiembre de 2023.–El Director General de Seguros y Fondos de Pensiones, Sergio Álvarez Camiña.

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