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Documento BOE-A-2023-20386

Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica la Adenda al Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para el desarrollo del proyecto "Espacio de observación de Inteligencia Artificial (IA) en español" consistente en la elaboración de un índice que mida la distancia del nivel de desarrollo entre la IA en español y el inglés.

Publicado en:
«BOE» núm. 234, de 30 de septiembre de 2023, páginas 131793 a 131800 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática
Referencia:
BOE-A-2023-20386

TEXTO ORIGINAL

El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P. y el Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia han suscrito un convenio para el desarrollo del proyecto «Espacio de observación de Inteligencia Artificial (IA) en español» consistente en la elaboración de un índice que mida la distancia del nivel de desarrollo entre la IA en español y el inglés.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anejo a la presente resolución.

Madrid, 25 de septiembre de 2023.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Alberto Herrera Rodríguez.

ANEJO
Adenda al Convenio entre la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P. y la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) para el desarrollo del proyecto «Espacio de observación de Inteligencia Artificial (IA) en español» consistente en la elaboración de un índice que mida la distancia del nivel de desarrollo entre la IA en español y el inglés

25 de julio de 2023.

REUNIDOS

De una parte, don Alberto Martínez Lacambra, Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P. (en adelante Red.es), con domicilio en la plaza de Manuel Gómez Moreno, s/n, 28020, Madrid y NIF Q2891006-E, nombrado por el Consejo de Administración en su sesión extraordinaria de 31 de mayo de 2021 y facultado para este acto en virtud de las facultades delegadas a su favor de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.1.k) del Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de Red.es.

Y, de otra parte, don Ricardo Mairal Usón, Rector de Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), en virtud del nombramiento efectuado por el del Real Decreto 1005/2022, de 29 de noviembre de 2022 (BOE de 30 de noviembre) y haciendo uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99 de sus Estatutos de la Universidad, aprobados por Real Decreto 1239/2011 de 8 de septiembre de 2011 (BOE de 22 de septiembre) modificados por el Real Decreto 968/2021 de 8 de noviembre de 2021 (BOE número 288, de 2 de diciembre).

Las partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir la presente adenda y en su virtud;

EXPONEN

Primero.

Que el 21 de enero de 2022 quedo inscrito en el REOICO el Convenio de colaboración entre la Entidad Pública Empresarial Red.es y la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), para el desarrollo del proyecto «Espacio de Observación de Inteligencia Artificial (IA) en español» consistente en la elaboración de un índice que mida la distancia del nivel de desarrollo entre la IA en español y el inglés, (C-039/21-OT).

Mediante ese convenio, se preveía crear un espacio de observación que analice y mida la distancia y nivel de desarrollo entre la IA en español y la IA en inglés (como idioma hegemónico digital de referencia), así como elaborar un índice que establezca cuantitativa y cualitativamente la diferencia entre las tecnologías del lenguaje en español e inglés en cuanto a estado del arte, las soluciones de mercado, el nivel de adopción de las tecnologías y la experiencia de usuario. Para cada uno de estos aspectos resulta de interés la producción anual de un informe con conclusiones cuantitativas y cualitativas. Como beneficio colateral del proyecto, también se preveía la creación de las infraestructuras necesarias para elaborar ese índice que proporcionan, además, el primero de los instrumentos esenciales para empezar a acortar esa brecha. Estas infraestructuras incluyen (1) el desarrollo de corpus/datos bilingües y metodologías para la evaluación comparada de modelos de lenguaje pre-entrenados para ambos idiomas, y también para la evaluación comparada de sistemas entre inglés y español para las tareas de mayor aplicación práctica en la actualidad; (2) el desarrollo de una plataforma que facilite la evaluación comparativa entre sistemas del estado del arte; y (3) el desarrollo y mantenimiento de un portal informativo con información cuantitativa y cualitativa sobre el estado del arte comparado en las aplicaciones más relevantes de las tecnologías del lenguaje.

Segundo.

Que para el desarrollo de las actuaciones previstas en el convenio, las partes comprometían en su cláusula tercera un presupuesto máximo de un millón seiscientos sesenta y cinco mil setecientos setenta y seis euros (1.665.776 euros), en que la UNED asumía un importe máximo de 366.300 euros y Red.es un importe de hasta 1.299.476 euros, con la siguiente distribución de anualidades:

Anualidad

Año 1

Año 2

Año 3

Red.es 564.790 393.204 341.482
UNED 149.820 108.240 108.240

En el ámbito de un panorama tan cambiante como el de la Inteligencia Artificial, resulta de interés permitir que la comisión de seguimiento pueda acordar el trasvase de los remanentes sin ejecutar de una anualidad a la siguiente.

Tercero.

Que en la cláusula novena se establece que el convenio tiene una vigencia de tres años a contar desde la fecha de la publicación en el registro electrónico estatal de órganos e instrumentos de cooperación (REOICO). El convenio fue publicado en el REOICO con fecha 21 de enero de 2022.

Cuarto.

Que con fecha de 31 de diciembre de 2021 entró en vigor el Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo generando un periodo de indefinición en las universidades públicas sobre los procedimientos para realizar contratos en el marco de actividades de investigación y transferencia, lo que retrasó la contratación de personal adicional en la UNED para la realización de las tareas contempladas en el convenio. Además, es un periodo especialmente complicado para contratar expertos en Inteligencia Artificial, ya que hay una demanda mucho mayor que la oferta de personal cualificado. Estos dos factores (especialmente el primero) hicieron que el comienzo de la ejecución de las actuaciones se iniciara con un retraso de dos meses, lo que hace necesario ampliar la vigencia del convenio, hasta el 20 de marzo de 2025.

Quinto.

Que la cláusula tercera establece que «la UNED presentará anualmente, en el seno de la Comisión de Seguimiento, una certificación con la justificación de ingresos y gastos derivados de la ejecución del proyecto total en cada ejercicio económico. Esta certificación se realizará sobre la base de las facturas abonadas, notas de cargo y demás documentos probatorios que constituyen el soporte documental de los gastos incurridos por la UNED. Todo el soporte documental de los gastos incurridos, así como el desglose de estos se acompañará a la certificación para su valoración y aprobación por la Comisión de Seguimiento.»

Debido a las circunstancias expuestas en el expositivo anterior, se considera oportuno precisar que la primera anualidad del convenio debe incluir las actuaciones ejecutadas hasta marzo de 2023. De tal forma que el calendario de ejecución quedaría configurado de la siguiente forma:

Anualidad Año 1 Año 2 Año 3
Fecha de ejecución. Marzo 2023. Marzo 2024. Marzo 2025.
Sexto.

Que por las razones expuestas anteriormente se considera necesario modificar el Plan de Actuaciones y cronograma recogido como anexo al convenio para adecuarlo a las modificaciones previstas en la presente adenda.

Séptimo.

Que en la cláusula novena se establece que el convenio podrá modificarse por mutuo acuerdo de las partes cuando resulte necesario para la mejor realización de su objeto siguiendo los mismos trámites establecidos para su suscripción.

En virtud de lo señalado anteriormente, las partes acuerdan subscribir la presente adenda al convenio con sujeción a las siguientes;

CLÁUSULAS

Primera.

Se modifica la cláusula cuarta del convenio para incluir un nuevo apartado de competencias de la Comisión de Seguimiento, quedando redactada la cláusula en los siguientes términos:

«Para la supervisión y seguimiento de este convenio se constituye una Comisión Técnica de Seguimiento, Vigilancia y Control Paritaria (en adelante la “comisión”) que estará compuesta por cuatro (4) miembros, dos por parte de la UNED y dos por parte del Red.es. Los miembros de esta comisión podrán ser sustituidos por las personas que estos designen. La sustitución, con carácter definitivo o temporal, de cualquiera de los miembros de la Comisión de Seguimiento, será anunciada en la convocatoria de la reunión correspondiente, y quedará debidamente reflejada en el acta de esta. La presidencia de la comisión corresponderá al representante de Red.es, y corresponderá a Red.es designar un secretario que actuará con voz, pero sin voto. A la Comisión de Seguimiento podrán incorporarse, con voz, pero sin voto, los/las asesores/asesoras que cada una de las partes designe, si lo estima oportuno, entre su personal. La comisión se reunirá necesariamente en sesión constitutiva en un plazo no superior a dos meses desde la entrada en vigor del convenio. Asimismo, la comisión se reunirá, tantas veces como lo solicite cualquiera de sus miembros. Las reuniones de la comisión se podrán realizar tanto en modalidad presencial como no presencial, haciendo uso de medios telemáticos tales como audio/videoconferencia o correo electrónico.

Esta comisión tendrá a su cargo el seguimiento y la valoración de las acciones derivadas del mismo, así como la resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse.

La comisión se encargará, asimismo, de analizar y supervisar el grado de ejecución de los gastos realizados en la ejecución del convenio, que a tal fin le serán presentados, comprobando que se cumple con lo establecido en el objeto del convenio.

En particular, la Comisión de Seguimiento realizará las siguientes actuaciones:

1. Evaluar los documentos elaborados y presentados por la UNED:

– Memoria Técnica del proyecto.

– Memoria Económica.

2. Proponer mejoras a los documentos anteriores, para su implementación por la UNED, hasta llegar a un nivel de calidad adecuado y, en su caso, proceder a la aprobación de cada documento.

3. La evaluación del logro de objetivos.

4. La revisión y aprobación de una memoria anual de actuaciones.

5. Acordar que las cantidades no ejecutadas en una anualidad puedan ser ejecutadas en la anualidad siguiente con el límite de la última anualidad prevista en el convenio.

Adicionalmente a las funciones previstas en el convenio, la Comisión de Seguimiento resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que se deriven del mismo. Asimismo, podrá proponer la tramitación de adendas al convenio, con mejoras y modificaciones de las actuaciones previstas en el mismo; dichas adendas deberán tramitarse conforme a lo previsto en la cláusula novena.

Cualquier propuesta que se acuerde en este sentido deberá reflejarse por escrito en un acuerdo de Comisión de Seguimiento que se someterá a la firma de todos sus miembros.

La Comisión establecerá sus normas internas de funcionamiento dentro del marco dispuesto en el artículo 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y estará sujeta a los dispuesto en el artículo 54 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en lo que se refiere a la designación de sus miembros.

Para lo no previsto expresamente, el régimen y funcionamiento de esta comisión se regirá por lo dispuesto en el presente documento y en el capítulo II, sección 3, del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo que se refiere al funcionamiento de los órganos colegiados, o en la ley que la sustituya.

Los acuerdos serán adoptados por mayoría de votos, contando a la Presidencia de la Comisión de Seguimiento con voto de calidad para resolver en caso de empate.

Se incorporará una batería de indicadores de seguimiento e impacto. La evolución anual de estos indicadores, así como el detalle de los proyectos desarrollados cada año, se presentarán en la Comisión de Seguimiento del convenio para su aprobación por sus miembros. La Comisión de Seguimiento podrá solicitar en cualquier momento información acerca del progreso de los indicadores, así como proponer otros indicadores que considere relevantes para medir las actuaciones previstas en el convenio.»

Segunda.

Se modifica la cláusula novena que quedará redactada de la siguiente forma:

«El convenio tiene una vigencia de tres (3) años y dos (2) meses a contar desde la fecha de la publicación en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO).

De conformidad con el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio se perfecciona con el consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrito en el REOICO. Adicionalmente debe publicarse en el “Boletín Oficial del Estado” (BOE).

El convenio podrá modificarse por mutuo acuerdo cuando resulte necesario para la mejor realización de su objeto siguiendo los mismos trámites establecidos para su suscripción.»

Tercera.

Se modifica el penúltimo párrafo de la cláusula tercera, que quedará redactado de la siguiente forma:

«La UNED presentará, conforme al calendario que se recoge a continuación, en el seno de la Comisión de Seguimiento, una certificación con la justificación de ingresos y gastos derivados de la ejecución del proyecto total en cada ejercicio económico. Esta certificación se realizará sobre la base de las facturas abonadas, notas de cargo y demás documentos probatorios que constituyen el soporte documental de los gastos incurridos por la UNED. Todo el soporte documental de los gastos incurridos, así como el desglose de estos se acompañará a la certificación para su valoración y aprobación por la Comisión de Seguimiento.

Anualidad Año 1 Año 2 Año 3
Fecha de ejecución. Marzo 2023. Marzo 2024. Marzo 2025.»
Cuarta.

Se modifica el Plan de actuaciones y cronograma recogido como anexo al convenio que quedará redactado conforme al anexo de la presente adenda.

Quinta.

De conformidad con la disposición final 2.1 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, que modifica el apartado dos de la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la presente adenda resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.

En todo lo no novado expresamente por la presente adenda, seguirá en vigor lo dispuesto en el convenio.

Y en prueba de cuanto antecede, las partes suscriben la presente adenda, en la fecha 25 de julio de 2023.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., Alberto Martínez Lacambra.–El Rector de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, Ricardo Mairal Usón.

«ANEXO
Plan de actuaciones

En este anexo se detallan las actividades planificadas, organizadas por ámbitos. Dentro de cada plan anual, la distribución de fondos entre las distintas actividades es de carácter orientativo, y puede ser objeto de modificaciones por parte de la Comisión de Seguimiento, así como la distribución entre anualidades y la proporción de gastos que asume cada entidad, tal y como se recoge en la cláusula primera de esta adenda. 

Plan de actuaciones y cronograma del primer año de trabajo

Ámbito  Actividad  Inicio  Fin  Aportación Red.es  Aportación UNED 
Ámbito 0: Coordinación, agregación y diseminación de resultados. 0.1 Coordinación UNED – Red.es: Identificación del grupo de seguimiento, reuniones periódicas de seguimiento y toma de decisiones.  M1  M15  35.838  26.823 
0.2 Diseño y cálculo de la métrica agregada para calcular el gap inglés/español. M6  M15 
0.3 Acciones de comunicación y diseminación en eventos científicos. M8  M15 
Ámbito 1: Estado del Arte comparado español/inglés. 1.1 Versión 1 de datasets adaptados y leaderboard de comparación de modelos de lenguaje preentrenados para el español (SuperGLUE español/inglés). La versión 1 incluirá un mínimo de tres tareas.  M1  M15  222.111  72.996 
1.2 Versión 1 del portal de estado del arte del Procesamiento del Lenguaje Natural en español. Incluirá el estado del arte para quince tareas relevantes.  M1  M15 
1.3 Versión 1 de la aplicación web EvaLL 2.0. El trabajo del primer año incluirá la especificación de funcionalidades, el diseño y la implementación del flujo de trabajo para que el usuario pueda evaluar proporcionando el gold standard (anotación manual de referencia) y la salida de su sistema.  M3 M15 
Ámbito 2: Soluciones de Mercado. 2.1 Análisis anual de los dispositivos de consumo más relevantes que utilizan tecnologías de Procesamiento del Lenguaje Natural, sus funcionalidades y características comparadas entre el inglés y el español.  M8 M12  56.540 
2.2 Versión 1 del informe comparado inglés/español de soluciones de mercado.  M12 M14 
Ámbito 3: Nivel de Adopción. 3.1 Análisis anual de presentación de resultados y powerpoint corporativos para empresas en sectores seleccionados del impacto declarado por la implantación de soluciones de IA, y listado identificativo de iniciativas de PLN y cuantificación del impacto de las mismas.  M8  M12  71.660 
3.2 Versión 1 del análisis de matriz RICE del impacto comparado inglés/español de la tecnología en el negocio, y estimación de los ahorros generados.  M12  M13 
Ámbito 4: Experiencia de Usuario. 4.1 Análisis anual de conversaciones de redes sociales sobre distintos servicios de PLN en inglés y en español.  M8  M12  48.640 
4.2 Versión 1 del informe sobre experiencia de usuario comparada inglés/español en función del análisis de las conversaciones en redes sociales.  M11 M12 

Plan de actuaciones y cronograma del segundo año de trabajo

Ámbito  Actividad  Inicio  Fin  Aportación Red.es  Aportación UNED 
Ámbito 0: Coordinación, agregación y diseminación de resultados. 0.1 Coordinación UNED – Red.es: reuniones periódicas de seguimiento y toma de decisiones.  M13  M24  53.880  34.320 
0.2 Cálculo de la métrica agregada para calcular el gap inglés/español. M18 M24 
0.3 Acciones de comunicación y diseminación en eventos científicos . M20  M24 
Ámbito 1: Estado del Arte comparado español/inglés. 1.1 Versión 2 de datasets adaptados y leaderboard de comparación de modelos de lenguaje preentrenados para el español (SuperGLUE español/inglés). Esta versión incluirá un mínimo de siete tareas e incluirá alguna evaluación de sistemas generativos en modalidad zero-shot. M13  M24  297.019  73.920 
1.2 Versión 2 del portal de estado del arte del Procesamiento del Lenguaje Natural en español. Incluirá la actualización de las tareas incluidas en la versión 1 y potencialmente la incorporación de nuevas tareas en función del estado del arte y el mercado en ese momento.  M13  M24 
1.4 Versión 2 de la aplicación web EvaLL 2.0. Esta segunda versión incorporará el diseño e implementación del repositorio de benchmarks y del flujo de evaluación con respecto a benchmarks.  M19  M24 
Ámbito 2: Soluciones de Mercado. 2.1 Análisis anual de los dispositivos de consumo más relevantes que utilizan tecnologías de Procesamiento del Lenguaje Natural, sus funcionalidades y características comparadas entre el inglés y el español.  M18  M22  35.124 
2.2 Versión 2 del informe comparado inglés/español de soluciones de mercado.  M22  M23 
Ámbito 3: Nivel de Adopción. 3.1 Análisis anual de presentación de resultados y powerpoint corporativos para empresas en sectores seleccionados del impacto declarado por la implantación de soluciones de IA, y listado identificativo de iniciativas de PLN y cuantificación del impacto de las mismas.  M18  M22  42.996 
3.2 Versión 2 del análisis de matriz RICE del impacto comparado inglés/español de la tecnología en el negocio, y estimación de los ahorros generados.  M22  M23 
Ámbito 4: Experiencia de Usuario. 4.1 Análisis anual de conversaciones de redes sociales sobre distintos servicios de PLN en inglés y en español.  M18  M22  29.184 
4.2 Versión 2 del informe sobre experiencia de usuario comparada inglés/español en función del análisis de las conversaciones en redes sociales.  M22  M23 

Plan de actuaciones y cronograma del tercer año de trabajo

Ámbito  Actividad  Inicio  Fin  Aportación Red.es  Aportación UNED 
Ámbito 0: Coordinación, agregación y diseminación de resultados. 0.1 Coordinación UNED – Red.es: reuniones periódicas de seguimiento y toma de decisiones.  M25  M36  41.886  34.320 
0.2 Cálculo de la métrica agregada para calcular el gap inglés/español. M30  M36 
0.3 Acciones de comunicación y diseminación en eventos científicos. M32  M36 
Ámbito 1: Estado del Arte comparado español/inglés. 1.1 Versión 3 de datasets adaptados y leaderboard de comparación de modelos de lenguaje preentrenados para el español (SuperGLUE español/inglés). Esta versión incluirá un mínimo de nueve tareas, e incluirá alguna evaluación de sistemas generativos en modalidad zero-shot.  M25  M36  299.013  73.920 
1.2 Versión 3 del portal de estado del arte del Procesamiento del Lenguaje Natural en español. Incluirá la actualización de las tareas incluidas en la versión 2 y potencialmente la incorporación de nuevas tareas en función del estado del arte y el mercado en ese momento.  M25  M36 
1.4 Versión 3 de la aplicación web EvaLL 2.0. Esta versión incorporará el flujo de trabajo para la gestión de la evaluación de sistemas en challenges de Procesamiento del Lenguaje Natural.  M31  M36 
Ámbito 2: Soluciones de Mercado. 2.1 Análisis anual de los dispositivos de consumo más relevantes que utilizan tecnologías de Procesamiento del Lenguaje Natural, sus funcionalidades y características comparadas entre el inglés y el español.  M30  M34  22.274 
2.2 Versión 3 del informe comparado inglés/español de soluciones de mercado.  M34  M35 
Ámbito 3: Nivel de Adopción. 3.1 Análisis anual de presentación de resultados y powerpoint corporativos para empresas en sectores seleccionados del impacto declarado por la implantación de soluciones de IA, y listado identificativo de iniciativas de PLN y cuantificación del impacto de las mismas.  M30  M34  25.798 
3.2 Versión 1 del análisis de matriz RICE del impacto comparado inglés/español de la tecnología en el negocio, y estimación de los ahorros generados.  M34  M35 
Ámbito 4: Experiencia de Usuario. 4.1 Análisis anual de conversaciones de redes sociales sobre distintos servicios de PLN en inglés y en español.  M30  M34  17.510  0 »
4.2 Versión 3 del informe sobre experiencia de usuario comparada inglés/español en función del análisis de las conversaciones en redes sociales.  M34  M35 

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