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Documento BOE-A-2023-17628

Orden CUD/899/2023, de 21 de julio, por la que se otorga la garantía del Estado a veintiséis obras para su exhibición en el Museo Nacional de Escultura, en la exposición temporal "Tiempos modernos".

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 31 de julio de 2023, páginas 113412 a 113416 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2023-17628

TEXTO ORIGINAL

A petición de la Subdirección General de Museos Estatales.

De conformidad con la disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, el Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, por el que se desarrolla dicha disposición adicional sobre garantía del Estado para obras de interés cultural y la disposición adicional cuadragésima cuarta de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

Vistos los informes favorables de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, adoptado en su reunión plenaria del día 23 de mayo de 2023, de la Abogacía del Estado del Ministerio de Cultura y Deporte emitido con fecha del 4 de julio de 2023, y de la Subdirección General de la Oficina Presupuestaria con fecha 4 de julio de 2023, y una vez fiscalizado de conformidad por la Intervención Delegada en el Departamento.

De conformidad con la propuesta de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes formulada el 5 de julio de 2023, en cumplimiento del artículo 3 del Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, dispongo:

Primero. Otorgamiento de la garantía del Estado.

Otorgar la garantía del Estado a las obras que figuran en la solicitud de la institución y en el anexo de esta Orden con el alcance, efectos y límites que más adelante se expresan.

Segundo. Objeto.

1. El Estado se compromete a indemnizar por la destrucción, pérdida, sustracción o daño de las obras que figuran en el anexo de esta Orden, de acuerdo con el valor y las condiciones expresadas en la solicitud de la institución.

2. Cualquier alteración de las condiciones expresadas en la solicitud deberá ser comunicada con antelación suficiente al Ministerio de Cultura y Deporte por la institución solicitante, siendo necesaria la conformidad expresa del mismo para que la garantía surta efecto en relación con el término alterado.

Tercero. Cobertura de la garantía del Estado.

1. La garantía otorgada se circunscribe exclusivamente a las obras que figuran en la solicitud de la institución y en el anexo de esta Orden, a los efectos de su exhibición en las salas de exposiciones del Museo Nacional de Escultura, sito en calle Cadenas de San Gregorio, 1, en Valladolid, en la exposición temporal «Tiempos modernos», desde el 8 de noviembre de 2023 al 25 de febrero de 2024.

2. El valor económico total de las obras cubiertas por la garantía del Estado asciende a cuatro millones ochocientos noventa y siete mil euros (4.897.000 euros). A los efectos de esta Orden, se considerará que el valor individual de las obras es el que figura en la solicitud de garantía del Estado.

3. Las cantidades no cubiertas por la garantía del Estado, según lo dispuesto en el artículo 6.2 del Real Decreto 1680/1991, de 15 de noviembre, por el que se desarrolla la disposición adicional novena de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, sobre garantía del Estado para obras de interés cultural, deberán ser aseguradas por la institución solicitante de la garantía o los cedentes de las obras.

Cuarto. Periodo de cobertura y efectos.

1. El periodo máximo de cobertura de la garantía del Estado se iniciará el 8 de octubre de 2023, y surtirá efectos para cada una de las obras desde el momento de la recogida de las obras en su lugar de origen, hasta la devolución de las mismas en su lugar de origen o en otro designado por el cedente, con fecha límite de 25 de marzo de 2024.

2. En caso de ampliación de la exposición, la garantía del Estado podrá prorrogarse, a petición de la institución solicitante, previa conformidad del Ministerio de Cultura y Deporte, a través de la correspondiente Orden.

Quinto. Entrega y devolución de las obras.

1. Previamente al inicio de la garantía del Estado, personal técnico cualificado elaborará un informe exhaustivo sobre el estado de conservación. Obtenida la conformidad escrita del cedente y cesionario sobre dicho informe, se procederá por parte de ambos a la firma del acta correspondiente.

2. El acta de devolución se firmará en el momento de entrega de las obras al cedente en su lugar de origen o en el lugar por él designado. En el acta de devolución deberá constar la conformidad de cedente y cesionario acerca de las condiciones en que se encuentran las mismas.

Sexto. Obligaciones de la institución solicitante.

Sin perjuicio de las restantes obligaciones que figuran en esta Orden, la institución solicitante de la garantía deberá:

a) Enviar a la Subdirección General de Registros y Documentación del Patrimonio Histórico de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Cultura y Deporte un certificado extendido por su Director/a acreditando la finalización de la garantía otorgada, y cualquier circunstancia que afecte a la misma, en el plazo de cuarenta y ocho horas a partir de la devolución de las obras.

b) Adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad y conservación de las obras así como el estricto cumplimiento de lo dispuesto en esta Orden.

Séptimo. Incorporación del anexo.

Se incorpora a esta Orden, formando parte de la misma y de la solicitud de la garantía del Estado, el anexo que se cita en el apartado primero.

Octavo. Remisión electrónica de la garantía del Estado.

La Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes del Ministerio de Cultura y Deporte dará inmediata cuenta, por vía electrónica, del otorgamiento del compromiso del Estado y del contenido del mismo a las Cortes Generales y al Ministerio de Hacienda y Función Pública.

Madrid, 21 de julio de 2023.–El Ministro de Cultura y Deporte, P.D. (Orden CUL/990/2020, de 16 de octubre), el Secretario General de Cultura y Deporte, P.S. (Orden de 15 de junio de 2023), el Director General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, Isaac Sastre de Diego.

ANEXO
N.º Prestador Clase de bien
1 Diócesis de Astorga - Museo de los Caminos.

Taller de Bruselas.

Busto relicario de las once mil vírgenes.

Madera policromada.

52 x 37,5 x 19,5 cm.

N.º Inv: PG/16/620.

2 Diócesis de Salamanca.

Diego de Siloé.

Virgen con el Niño.

Madera policromada.

94 x 70 x 50 cm.

N.º Inv: -

3 Universidad de Salamanca.

Juan de Flandes.

Santa Apolonia y Santa María Magdalena.

S. XVI (1507 - 1508).

Óleo sobre tabla.

37 x 87 x 7 cm (con vitrina: 41,5 x 90 x 13,5 cm). Peso: aprox. 20 kg.

N.º Inv: 98055.

4 Museo Diocesano de Arte Sacro (Museo Tesoro de la Catedral de Cuenca).

Sin identificar / Escuela Toledana?

Cáliz del Obispo fray Alonso de Burgos.

Ca. 1485 - 1499.

Plata dorada con decoración repujada, cincelada y calada; esmaltes traslúcidos.

33 cm altura x 22 cm diámetro base x 11,2 cm diámetro copa.

N.º Inv: 5-29.

5 Diócesis de Ávila.

Vasco de la Zarza.

Santa Faz.

Ca. 1520.

Escultura en alabastro.

45 x 30 cm.

N.º Inv. -

6 Diócesis de Ávila.

Anónimo.

Santísima Trinidad.

1420 - 1450.

Escultura en alabastro.

47,5 x 31 x 7 cm.

N.º Inv. -

7 Diócesis de Ávila.

Anónimo.

Asunción de la Virgen.

1420 - 1450.

Escultura en alabastro.

47,5 x 31 x 7 cm.

N.º Inv. -

8 Diócesis de Ávila.

Talleres de Malinas.

Virgen sedente con Niño.

Finales del s. XV.

Madera de nogal, dorada y policromada.

22,5 x 20 x 9 cm.

N.º Inv. -

9 Diócesis de Ávila.

Seguidor de F. Vigarny.

Virgen de la silla, con Niño y San Juanito.

Ca. 1520.

Madera policromada.

137,6 x 80 x 58 cm.

N.º Inv. -

10 Excelentísimo Cabildo Metropolitano de Zaragoza.

Jorge Coci.

Processionale Sancturale Caesaraugustanum.

1502.

Pergamino y tinta, encuadernado en piel sobre tabla, con gofrado en oro.

23 x 17 x 4 cm (cerrado).

N.º Inv: 30-118.

11 Arzobispado de Zaragoza.

Gabriel Joly.

Adoración de los Reyes Magos.

1520 - 1525.

Madera dorada y policromada.

93 x 70 x 27 cm.

N.º Inv: IIC ARAGÓN 92157.

12 Arzobispado de Zaragoza.

Anónimo italiano.

Virgen de la Ternura.

Ca. 1500.

Alabastro policromado.

63,5 x 54 x 10 cmN.º Inv: IIC ARAGÓN 14154.

13 Bilbao Bizkaia Museoak. Museo Vasco de Bilbao.

Anónimo.

Lauda sepulcral de Pedro López de Vitoria y su mujer María Sánchez.

Finales s. XV.

Latón.

191,2 x 97 x 8 cm.

N.º Inv: AAAA/0010.

14 Institut de Cultura de Barcelona - Museu Frederic Marès.

Bartolomé Ordóñez.

Crucifixión.

1517 - 1520.

Talla madera policromada.

126 x 97 x 11 cm.

N.º Inv: MFM 1129.

15 Hermanas pobres de Santa Clara. Real Monasterio de Nuestra Señora de la Consolación de Calabazanos.

Maestro de Calabazanos.

Nuestra Señora de la Consolación.

S. XV.

Talla policromía estofado madera pan de oro y temple.

140 x 48 x 42 cm.

N.º Inv: escultura de bulto redondo 0299.

16 Colección particular.

Reyes Católicos y Maximiliano de Austria.

Capitulaciones matrimoniales para el matrimonio del príncipe don Juan y la archiduquesa doña Margarita de Austria.

1493 - 1496.

Cuaderno en vitela.

36 x 26 cm.

N.º Inv. Vitrina Alba.

17 Diócesis de Palencia.

Jan Provost.

Ecce Homo.

S. XVI.

Óleo sobre tabla.

68 x 58 cm.

N.º Inv: IIC-4-120-002-0027.

18 Diócesis de Palencia.

Escuela de Diego de Siloé y platero anónimo.

Portapaz con relieve de la Virgen y el Niño.

1563.

Cobre dorado y alabastro.

22 x 15,15 cm. Peso: 2 kg.

N.º Inv: IIC-4-120-002-0192.

19 Diócesis de Palencia.

Ortiz el Viejo.

Virgen de la Misericordia.

S. XVI.

Madera, pintura, pan de oro.

73,5 x 81 x 13 cm.

N.º Inv: IIC-4-010-001-0018-002.

20 Arzobispado de Mérida-Badajoz.

Desiderio da Settignano.

Madonna de Settignano.

1450 - 1464.

Alabastro.

56 x 39 cm.

N.º Inv: Sala 9, 7.4.06.

21 Ilustrísimo Cabildo de la Catedral de Segorbe.

Donatello, Donato di Niccolò di Betto Bardi.

Virgen de la Sapiencia.

Tercer cuarto del s. XV.

Mármol de Carrara, con restos de policromía y de dorado.

90 x 55 x 7 cm.

N.º Inv: MCS/0316.

22 Cabildo de la Catedral de Plasencia.

Papa Leon X.

Bula de nombramiento como obispo de Plasencia a Bernardino López de Carvajal.

Pergamino vitelado / Escritura humanística cancillereca.

153 x 460 mm - Caja: 14 x 7,5 cm.

N.º Inv. -

23 Institut de Cultura de Barcelona - Museu Monestir de Pedralbes.

Andrea della Robbia y taller.

Tríptico de la Epifanía / Santa Magdalena y San Onofre.

Ca. 1475 - 1500.

Terracota vidriada y dorada. Óleo sobre tabla.

81 x 72 x 19 (cerrado) / 81 x 138,5 x 21 cm (abierto).

N.º Inv. MMP 115.040.

24 Arzobispado de Burgos.

Jacob Van Cothem (atrib.).

San Julían, hospitalero.

Ca. 1510.

Talla. Policromias. Dorado.

92 x 53 x 34 cm

N.º Inv. IIC-09-059-002-0027-015.

25 Arzobispado de Burgos.

Anónimo.

Tríptico de la Natividad.

Ca. 1450.

Talla. Policromias. Dorado.

72 x 127 x 32 cm.

N.º Inv: IIC-09-059-902-002-0028-000.

26 Arzobispado de Burgos.

Anónimo.

Cristo, Varón de dolores.

Ca. 1500.

Talla. Policromias. Dorado.

133 x 90 x 70 cm (aprox.).

N.º Inv: IIC-09-059-001-2206-001.

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