Con fecha 9 de mayo de 2023 fue suscrita, previa la tramitación correspondiente, la Adenda al Convenio entre la Autoridad Portuaria de A Coruña y la Fundación para a Promoción Tecnolóxica e Industrial da Coruña e da súa Área de Influencia para la implementación de una Oficina de Promoción Tecnológico-Industrial. Habiéndose, por lo tanto, perfeccionado el consentimiento de las partes, conforme a lo señalado tanto en el apartado 8.º del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, en la Nota Jurídica de 9 de marzo de 2017 del Organismo Público de Puertos del Estado con referencia P/2017/5737, como en la Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2017, por el que se aprueban las instrucciones para la tramitación de convenios, esta Presidencia ha resuelto:
Acordar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la citada Adenda al Convenio, adjunta a la presente Resolución.
A Coruña, 15 de mayo de 2023.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de A Coruña, Martín Fernández Prado.
A Coruña, 9 de mayo de 2023.
REUNIDOS
De una parte, la Autoridad Portuaria de A Coruña (en adelante, la Autoridad Portuaria) y en su nombre y representación su Presidente, don Martín Fernández Prado, nombrado por Orden de la Consellería do Mar de la Comunidad Autónoma de Galicia, del 20 de noviembre de 2020 publicada en el «Boletín Oficial del Estado» del 3 de diciembre de 2020 (Orden TMA/1141/2020), y en el ejercicio de las competencias que le confieren el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
De otra parte, don Antonio Couceiro Méndez, en calidad de presidente de la Fundación para a Promoción Tecnolóxica e Industrial da Coruña e da súa Área de Influencia (en adelante la Fundación) con NIF G67972794, nombrado en virtud de la reunión de su patronato, celebrada en fecha 19 de enero de 2022, según figura en la escritura pública de la misma fecha, otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Galicia, don Víctor José Peón Rama, en nombre y representación de ésta, en el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 18 de los estatutos de la fundación, con domicilio social en la rúa Alameda, número 30, 1.º 15003, A Coruña.
EXPONEN
1. Que con fecha 10 de enero de 2023 se formalizó el convenio entre la Autoridad Portuaria y la Fundación, para la creación y puesta en marcha de una Oficina de Promoción Industrial, cuyo objetivo consiste en abordar de manera proactiva la promoción y atracción de inversiones hacia el Área y reforzar el sector industrial como pieza clave para el desarrollo de una economía moderna y generación de empleo en la provincia.
2. Que dicho convenio prevé en su cláusula quinta una vigencia de cuatro años desde su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
3. Que en su cláusula cuarta se contempla que la aportación económica para la realización de las actuaciones objeto de este convenio que transferirá la Autoridad Portuaria a la Fundación asciende a un total de 127.000 euros para toda su vigencia, distribuidos en anualidades de 30.000 euros, excepto la correspondiente a 2022, que ascendía a 37.000 euros, de acuerdo con la siguiente distribución:
Ejercicio presupuestario |
Aportación económica – Euros |
---|---|
2022 | 37.000 |
2023 | 30.000 |
2024 | 30.000 |
2025 | 30.000 |
No obstante, dado que el convenio no fue suscrito finalmente en 2022, sino que se procedió a su firma el 10 de enero de 2023, es preciso reajustar las anualidades contempladas en el texto del convenio, de tal manera que su distribución pasa a ser la siguiente:
Ejercicio presupuestario |
Aportación económica – Euros |
---|---|
2023 | 37.000 |
2024 | 30.000 |
2025 | 30.000 |
2026 | 30.000 |
De la cantidad total a aportar durante el 2023: treinta mil euros (30.000 euros) se aportarían para gastos de funcionamiento de la Oficina de Promoción Tecnológica-Industrial correspondientes a la presente anualidad y otros siete mil euros (7.000 euros) para gastos de constitución y puesta en marcha de la referida Oficina, con cargo al presupuesto habilitado al efecto. En ningún caso los fondos aportados por la Autoridad Portuaria tendrán la consideración de patrimonio de la Fundación, debiendo ser destinados directamente a la consecución de los fines objeto del presente convenio. La actividad objeto de este convenio se podrá financiar con otras cantidades que se puedan conceder por otras entidades, así como con fondos propios y con ingresos derivados de su actividad.
4. Que en la cláusula sexta de dicho convenio se contempla expresamente la posibilidad de que pueda ser modificado «de mutuo acuerdo, previo acuerdo unánime de las partes, mediante la suscripción de las oportunas Adendas al mismo».
Es por ello que ambas partes, de común acuerdo, al amparo de lo dispuesto en la cláusula sexta del convenio, han estimado oportuno formalizar esta modificación por medio de la presente Adenda, que se incorporará como parte inseparable del texto del convenio.
En consecuencia, la Autoridad Portuaria y la Fundación suscriben la presente Adenda al convenio, contando con los informes jurídicos preceptivos
ACUERDAN
Las partes, por acuerdo de la Comisión de Seguimiento del Convenio, han acordado reajustar las anualidades contempladas en el texto del convenio en su cláusula cuarta, de tal manera que
Donde dice:
«Ejercicio presupuestario Aportación económica
–
Euros
2022 37.000 2023 30.000 2024 30.000 2025 30.000
De la cantidad total a aportar durante el 2022: treinta mil euros (30.000 euros) se aportarían para gastos de funcionamiento de la Oficina de Promoción Tecnológica-Industrial correspondientes a la presente anualidad y otros siete mil euros (7.000 euros) para gastos de constitución y puesta en marcha de la referida Oficina, con cargo al presupuesto habilitado al efecto. En ningún caso los fondos aportados por la Autoridad Portuaria tendrán la consideración de patrimonio de la Fundación, debiendo ser destinados directamente a la consecución de los fines objeto del presente convenio. La actividad objeto de este convenio se podrá financiar con otras cantidades que se puedan conceder por otras entidades, así como con fondos propios y con ingresos derivados de su actividad.»
Debe decir:
«Ejercicio presupuestario Aportación económica
–
Euros
2023 37.000 2024 30.000 2025 30.000 2026 30.000
De la cantidad total a aportar durante el 2023: treinta mil euros (30.000 euros) se aportarían para gastos de funcionamiento de la Oficina de Promoción Tecnológica-Industrial correspondientes a la presente anualidad y otros siete mil euros (7.000 euros) para gastos de constitución y puesta en marcha de la referida Oficina, con cargo al presupuesto habilitado al efecto. En ningún caso los fondos aportados por la Autoridad Portuaria tendrán la consideración de patrimonio de la Fundación, debiendo ser destinados directamente a la consecución de los fines objeto del presente convenio. La actividad objeto de este convenio se podrá financiar con otras cantidades que se puedan conceder por otras entidades, así como con fondos propios y con ingresos derivados de su actividad.»
La presente Adenda se perfecciona desde el momento de su firma por las partes, y será eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal. Asimismo, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización.
Y, en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman la presente Adenda.–Por la Autoridad Portuaria de A Coruña, El Presidente, Martín Fernández Prado.–Por la Fundación para a Promoción Tecnolóxica e Industrial da Coruña e da súa Área de Influencia, el Presidente, Antonio Couceiro Méndez.
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