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Documento BOE-A-2023-13459

Resolución de 1 de junio de 2023, de la Subsecretaría, por la que se aprueba la relación de personas admitidas y excluidas y se anuncia el plazo de presentación de la documentación acreditativa de la fase de concurso, del proceso selectivo para la estabilización del empleo temporal en el Cuerpo Superior de Inspectores de Finanzas del Estado, convocado por Resolución de 23 de diciembre de 2022.

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 6 de junio de 2023, páginas 80114 a 80116 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2023-13459

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Reglamento General de Ingreso de Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en la disposición decimoquinta de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado y, en relación con la Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la estabilización del empleo temporal en el Cuerpo Superior de Inspectores de Finanzas del Estado,

Esta Subsecretaría acuerda:

Primero.

Aprobar las listas de aspirantes admitidos y excluidos a las citadas pruebas. Dichas listas se expondrán en los Servicios Centrales del Ministerio de Hacienda y Función Pública y se publicarán en la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública: http://www.hacienda.gob.es, en el punto de acceso general (administracion.gob.es) y en el Portal Funciona.

Segundo.

Publicar en el «Boletín Oficial del Estado» la lista de aspirantes excluidos a estas pruebas que figuran como anexo a esta Resolución, con la expresión de las causas de exclusión.

Tercero.

Tanto los aspirantes excluidos como los omitidos, por no figurar en la lista de admitidos ni en la de excluidos, disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión, a través del servicio de Inscripción en Pruebas Selectivas (IPS) del Punto de Acceso General, https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias.

Concluido este plazo, se hará pública la lista definitiva de aspirantes admitidos, y en su caso, de excluidos, que se expondrá en los mismos Centros que se indican en el apartado primero de esta Resolución.

En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino que, además, sus nombres constan en la relación de admitidos.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso.

Cuarto.

La presentación de la documentación acreditativa de la fase de concurso deberá efectuarse entre el 19 de junio y el 19 de julio de 2023 (ambos incluidos). La no presentación de la documentación en plazo supondrá la no valoración del aspirante en la fase de concurso y, en consecuencia, la imposibilidad de continuar en el proceso selectivo.

La documentación acreditativa deberá ser presentada a través del Registro Electrónico General AGE (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do) o por cualquiera de las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Quinto.

Con independencia del momento de su expedición, la certificación de los méritos estará referida a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en la Convocatoria.

Los certificados de los méritos profesionales (Anexo V de la Resolución de Convocatoria) serán expedidos por los servicios de personal de los Ministerios u Organismos donde presten, o en su caso hayan prestado, sus servicios y en las que consten los méritos a valorar en la fase de concurso, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en la Convocatoria. La certificación se hará a través del Sistema Integrado de Gestión de Personal (SIGP), previa petición de las personas aspirantes y en la que consten los méritos a valorar en la fase de concurso. En aquellos supuestos en los que la solicitud electrónica no resulte posible, o si el organismo que debe expedir dicha certificación no se encuentra en el ámbito del SIGP, el certificado deberá ser cumplimentado por la máxima autoridad de gestión de recursos humanos o la persona en la que se tengan delegadas estas competencias.

Los méritos académicos y de cursos de formación se acreditarán documentalmente mediante la presentación de copia auténtica de los correspondientes títulos o diplomas.

La superación de ejercicios selectivos, se acreditará mediante certificación expedida por el órgano convocante del respectivo proceso selectivo alegado, en el que deberá especificar el proceso selectivo al que se refiere y los ejercicios superados. Este mérito estará siempre referido hasta la fecha de publicación de la Resolución de Convocatoria.

El Tribunal podrá contrastar los datos alegados por los interesados con los existentes en el Registro Central de Personal, así como solicitar las aclaraciones, o en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados, así como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada valoración.

Sexto.

En la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública (www.hacienda.gob.es), en el punto de acceso general (administracion.gob.es) y en el Portal Funciona, se publicará la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, disponiendo los aspirantes de un plazo de diez días, a contar desde el día siguiente de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado el referido plazo, el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.

Séptimo.

Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación en la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública (wwww.hacienda.gob.es), en el punto de acceso general (administracion.gob.es) y en el Portal Funciona, sin que, en ningún caso, puedan figurar en dicha relación un número de candidatos superior al total de plazas que se hubieran convocado.

Dicha relación será objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado», mediante Resolución de la Subsecretaría de Hacienda y Función Pública, disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días hábiles, desde la publicación oficial, para presentar la documentación acreditativa de otros requisitos exigidos en la convocatoria no valorables en el concurso.

Octavo.

Dentro del marco establecido por las bases y demás normas reguladoras de la presente convocatoria, se autoriza al Tribunal titular y suplente para su actuación simultánea.

Noveno.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Madrid, 1 de junio de 2023.–La Subsecretaria de Hacienda y Función Pública, Pilar Paneque Sosa.

ANEXO I
Listado provisional de aspirantes excluidos

Cuerpo Superior de Inspectores de Finanzas del Estado

DNI Apellidos y nombre Causa de exclusión
***9202** CABALLERO MUÑOZ, HECTOR. E1
***0209** DARIAS CASTILLA, ESTEBAN JESUS. D1
***0533** RODRIGUEZ ARENAS, DANIEL. B1
***5682** SERRANO HIDALGO, ANTONIO. B1

Códigos de exclusión: 

B1: No cumple la condición de persona con grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

D1: No cumple la condición de demandante de empleo durante, al menos, un mes antes de la fecha de la convocatoria y/o que no se hubiera rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiese negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

E1: No cumple con la condición de carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional, de acuerdo a los datos contenidos en la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/06/2023
  • Fecha de publicación: 06/06/2023
Referencias anteriores
  • APRUEBA la relación de personas admitidas y excluidas y se anuncia el plazo de presentación de la documentación acreditativa de la fase de concurso, del proceso selectivo convocado por Resolución de 23 de diciembre de 2022 (Ref. BOE-A-2022-22736).

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