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Documento BOE-A-2023-126

Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en el Servicio Público de Empleo Estatal.

Publicado en:
«BOE» núm. 3, de 4 de enero de 2023, páginas 884 a 922 (39 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-A-2023-126

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública y en el artículo 40.1 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, previa la aprobación de la Secretaría de Estado de Función Pública, dispongo convocar concurso general para cubrir las vacantes, dotadas presupuestariamente, que se relacionan en el anexo I de esta Resolución, con arreglo a las siguientes bases.

Estas Bases han sido negociadas en el ámbito de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado, de materias específicas para personal funcionario del artículo 34.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

El presente concurso deriva directamente del Acuerdo Administración Sindicatos de 11 de diciembre de 2019 sobre el desarrollo de los procesos de estabilización del empleo temporal en el ámbito de la Administración General del Estado. En el apartado Primero de este Acuerdo se establece la posibilidad de que las plazas vinculadas al proceso de estabilización sean convocadas en concurso de méritos de personal funcionario de carrera, siempre que estos se ciñan a ámbitos muy concretos, en los que concurran determinadas circunstancias, como que se trate de áreas funcionales cuyo personal haya estado sujeto a limitaciones en la movilidad mediante el sistema ordinario del concurso de méritos o donde existan plazas objeto de demanda por personal que ya ostenta la condición de funcionario de carrera.

El Acuerdo de 11 de diciembre de 2019 señala expresamente el ámbito del Servicio Público de Empleo Estatal por concurrir en él las circunstancias descritas y establece que dicho organismo llevará a cabo con carácter previo, un concurso de méritos dirigido. Dicho concurso valorará preferentemente el mérito de la antigüedad y estará dirigido al personal que se encuentra prestando servicios en el ámbito del Organismo. Las resultas que se generen como consecuencia de la celebración de este proceso de movilidad serán ofertadas en el proceso de estabilización salvaguardando el objetivo final de reducción de la temporalidad en el ámbito del Servicio Público de Empleo Estatal.

El presente concurso tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Directiva 2006/54/CE, de 5 de julio de 2006, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la Resolución de 29 de diciembre de 2020, de la Secretaría General de Función Pública, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020 por el que se aprueba III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella.

Bases

Primera. Participación.

1. De acuerdo con el artículo 20.1 c), penúltimo párrafo, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, que establece que excepcionalmente las Administraciones Públicas podrán autorizar la convocatoria de concursos de provisión de puestos de trabajo dirigidos a los funcionarios destinados en las áreas, sectores o departamentos que se determinen, podrán tomar parte en el presente concurso los funcionarios y funcionarias de carrera destinados en el Servicio Público de Empleo Estatal que se encuentren en servicio activo, en excedencia por cuidado de familiares o en situación de servicios especiales, en caso de que tengan derecho a reserva de puesto de trabajo en el mencionado Organismo Autónomo, siempre que reúnan las condiciones generales y requisitos determinados en la convocatoria para el puesto convocado en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

2. Los funcionarios y las funcionarias en servicio activo que se encuentren ocupando puestos en adscripción provisional, estarán obligados a participar en este concurso en el caso de que se convoque dicho puesto, solicitando, al menos, el puesto que ocupan en adscripción provisional, de acuerdo con lo establecidos en los artículos 62.2 y 72.2 del Reglamento aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Los funcionarios y las funcionarias. sin destino definitivo que, habiendo solicitado el puesto que ocupan provisionalmente no obtengan una de las plazas convocadas, podrán ser adscritos con carácter provisional a otros puestos vacantes en la misma localidad. En el caso de que no soliciten el puesto que ocupan en adscripción provisional, y este fuera adjudicado en el concurso, no existirá obligación de asignarles un puesto de trabajo en la misma localidad.

3. Los funcionarios que pertenezcan a dos o más Cuerpos o Escalas del mismo o distinto subgrupo sólo podrán participar en el concurso desde uno de ellos.

Segunda. Modelos y plazos de presentación de solicitudes.

1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso, dirigidas a la Subsecretaria de Trabajo y Economía Social, se ajustarán al modelo publicado como anexo III de esta Resolución y se presentarán, en el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro General del Servicio Público de Empleo Estatal (calle Condesa de Venadito n.º 9, 28027 Madrid) o en los registros a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una instancia sólo se atenderá a la presentada en último lugar, quedando anuladas las anteriores.

2. Se podrán solicitar los puestos que se incluyen en el anexo I de esta resolución, siempre que se reúnan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.

Los documentos que obligatoriamente se deberán presentar son los siguientes:

– Anexo II. Certificado de méritos.

– Anexo III y III bis. Solicitud de participación.

– Anexo V. Consentimiento para la consulta al Sistema Verificación Datos de Residencia (en caso de solicitar conciliación de la vida personal, familiar y laboral y no adjuntar a la solicitud certificado de empadronamiento).

3. Los funcionarios y funcionarias con alguna discapacidad reconocida podrán pedir la adaptación del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se deberá acompañarla un informe expedido por el órgano competente en la materia, que acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuido el puesto o puestos solicitados. La compatibilidad con el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta las adaptaciones que se pueden realizar en él.

4. En el supuesto de estar interesadas en las vacantes que se anuncien en un determinado concurso para un mismo municipio, dos personas que reúnan los requisitos exigidos, podrán condicionar todos o parte de los puestos que incluyen en sus solicitudes, por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambos obtengan destino en ese concurso en el mismo municipio, entendiéndose, en caso contrario, anulada la petición de los puestos condicionados efectuada por ambas, quedando vigente el resto de sus solicitudes.

Los funcionarios y funcionarias que se acojan a esta petición condicional deberán concretarlo en su solicitud y aportar copia de la petición de la otra persona solicitante.

No podrán solicitarse plazas condicionadas respecto a la localidad en la que ya se encuentre destinada con carácter definitivo alguna de las personas peticionarias.

Tercera. Baremo de valoración.

Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias. Sin perjuicio de lo anterior, el certificado de méritos podrá aportarse fuera del plazo de presentación de solicitudes, siempre que se aporte el justificante de su solicitud formulada en plazo.

La valoración de los puestos de trabajo que hayan sido reclasificados en su nivel de complemento de destino durante la tramitación de este concurso se realizará teniendo en cuenta las características del puesto a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, independientemente de la fecha de su reclasificación o de los posibles efectos retroactivos que se reconozcan en la misma.

La puntuación de cada uno de los méritos enunciados a continuación no podrá exceder en ningún caso del 40 por 100 de la puntuación máxima total ni ser inferior al 10 por 100 de la misma.

Los puestos se adjudicarán a las personas solicitantes que obtengan mayor puntuación total y teniendo en cuenta, en todo caso, el orden de prioridad establecido en las solicitudes.

La valoración de los méritos se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:

I. Méritos generales.

1. Valoración del grado personal consolidado.

El grado personal consolidado como personal funcionario de carrera, en el Cuerpo o Escala desde el que se participa, se valorará en sentido positivo en función de su posición en el intervalo del Cuerpo o Escala correspondiente hasta un máximo de 13 puntos de la siguiente forma:

– Por un grado personal superior al nivel del puesto al que se concursa: 13 puntos.

– Por un grado personal igual al nivel del puesto al que se concursa: 12 puntos.

– Por un grado personal inferior en uno o dos niveles al del puesto al que se concursa: 11 puntos

– Por un grado personal inferior en más de dos niveles al del puesto al que se concursa: 10 puntos.

En este apartado se valorará, en su caso, el grado reconocido como personal funcionario de carrera en otras Administraciones Públicas o en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos, en el Cuerpo o Escala desde el que participa el funcionario o funcionaria de carrera, cuando se halle dentro del intervalo de niveles establecido en el artículo 71.1 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, para el subgrupo de titulación en el que se encuentra clasificado el mismo.

En el supuesto de que el grado reconocido en el ámbito de otras Administraciones Públicas o en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos exceda del máximo establecido en la Administración General del Estado, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento mencionado en el punto anterior, para el subgrupo de titulación a que pertenezca el funcionario o la funcionaria de carrera, deberá valorársele el grado máximo correspondiente al intervalo de niveles asignado a su subgrupo de titulación en la Administración General del Estado.

El funcionario o la funcionaria de carrera que considere tener un grado personal consolidado, o que pueda ser consolidado durante el periodo de presentación de instancias, deberá recabar del órgano o unidad a que se refiere el apartado 1 de la Base Cuarta, que dicha circunstancia quede expresamente reflejada en el anexo correspondiente al certificado de méritos.

2. Valoración del trabajo desarrollado.

Por el desempeño de puestos de trabajo, como personal funcionario de carrera, en el Cuerpo o Escala desde el que se participa durante los últimos cinco años (60 meses) inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con los criterios señalados a continuación, se valorará hasta un máximo de 13 puntos, distribuidos de la siguiente forma:

– Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino igual o superior al del puesto al que se concursa: 0,217 puntos por mes trabajado.

– Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino inferior en uno o dos niveles al del puesto al que se concursa: 0,167 puntos por mes trabajado.

– Por el desempeño de puestos de trabajo de nivel de complemento de destino inferior en más de dos niveles al del puesto al que se concursa: 0,134 puntos por mes trabajado.

A efectos de la valoración del mérito trabajo desarrollado:

– El tiempo de permanencia en la situación administrativa de excedencia por cuidado de familiares regulado en el artículo 89.4 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se considerará como de prestación de servicios efectivos.

3. Cursos de formación y perfeccionamiento.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se valorarán hasta un máximo de 10 puntos, independientemente del grupo o subgrupo de adscripción del Cuerpo o Escala en el que se hayan impartido o recibido.

Los cursos susceptibles de valoración serán los impartidos o recibidos en el marco del Acuerdo de formación para el empleo de las Administraciones Públicas y centros oficiales de idiomas así como los que estén incluidos en los Planes o Programas de Formación Interna del Servicio Público de Empleo Estatal, no pudiéndose valorar los pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares.

Además, respecto de los cursos impartidos y recibidos, únicamente serán objeto de valoración cuando aparezcan reflejados en el certificado de méritos generales. En caso de que no figure la duración de los cursos y la fecha de realización no podrán ser objeto de valoración.

Los cursos deberán cumplir los siguientes requisitos:

– Que hayan sido superados o impartidos en los últimos diez años.

– Que su contenido esté directamente relacionado con las materias especificadas en el anexo I.

– Todos los cursos que sean iguales en denominación o contenido se valorarán como uno.

Cada curso solo podrá ser valorado una vez, independientemente del número de veces que se haya realizado o impartido.

No se podrá acumular la puntuación de un curso que haya sido recibido e impartido, en cuyo caso se otorgará la puntuación más alta que le pueda corresponder.

La puntuación máxima total es de 10 puntos que se aplicará de la siguiente forma:

Por cada curso recibido con una duración mínima acreditada de 15 horas, la puntuación será la especificada en el Anexo I de la convocatoria. Se otorgará una puntuación adicional de 0,25 puntos a los cursos con una duración superior a 25 horas.

Por la impartición de cursos de formación y perfeccionamiento con una duración mínima acreditada de 2 horas: 1,5 puntos.

Dada la naturaleza transversal de la formación en materia de igualdad entre mujeres y hombres, se otorgará para todos los puestos que se incluyen en la convocatoria, una valoración de 1 punto a los cursos de formación en esta materia, siempre que su duración sea de 15 o más horas.

Se valorará un número máximo de 4 cursos.

4. Antigüedad.

La antigüedad se valorará de la forma que se expresa a continuación, independientemente del grupo u subgrupo de adscripción del Cuerpo o Escala en el que se haya adquirido: 1 punto por cada año completo de servicio, hasta un máximo de 32 puntos.

Computarán a estos efectos los servicios prestados con anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario o funcionaria de carrera, siempre que los tuviera reconocidos al amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, y siempre que estén certificados en el Anexo correspondiente al certificado de méritos. La antigüedad que no conste en dicho anexo no se considerará a efectos de su valoración.

No se tendrán en cuenta los servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

5. Supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Para la valoración de estos méritos se atenderá a los siguientes criterios:

Los supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral solo serán objeto de valoración cuando el funcionario o funcionaria se encuentre en situación de servicio activo o en una situación que conlleve la reserva del puesto de trabajo o de localidad, en el Cuerpo o Escala desde el que participa, y lo haya indicado expresamente en la solicitud de participación.

Solamente se otorgará puntuación por este mérito en el caso de que el puesto solicitado sea de nivel igual o inferior al desempeñado por el funcionario o al que, en su caso, tenga reservado.

A efectos de valoración de los supuestos contemplados en este apartado no se otorgará puntuación en aquellos casos en los que la persona participante ocupe ya un puesto de trabajo con carácter provisional (adscripción provisional o comisión de servicios) en el municipio donde residan los menores o familiares objeto de cuidado, o de destino definitivo del cónyuge.

Será necesario que la persona participante resida en el mismo municipio en el que está ubicado su puesto de trabajo.

Los supuestos relativos a esta materia se valorarán, como máximo con 10 puntos, que supone el 10% del total de la puntuación de los méritos valorados en el concurso.

5.1 Destino previo del cónyuge funcionario de carrera o de la cónyuge funcionaria de carrera.

Cuando el cónyuge funcionario o la cónyuge funcionaria haya obtenido destino definitivo mediante convocatoria pública en el municipio donde radique el puesto o puestos de trabajo solicitados, siempre que se acceda desde municipio distinto, se valorará en sentido positivo en función de del tiempo de separación de los cónyuges, con un máximo de 5 puntos de la siguiente forma:

– Si han transcurrido 2 o más años desde la obtención del destino definitivo por el cónyuge funcionario o por la cónyuge funcionaria, se valorará con 5 puntos.

– Si han transcurrido menos de 2 años desde la obtención del destino definitivo por el cónyuge funcionario o por la cónyuge funcionaria, se valorará con 2 puntos.

En el caso de que el destino definitivo del cónyuge funcionario o de la cónyuge funcionaria se haya obtenido con anterioridad a la fecha del matrimonio, se computará desde la fecha de éste.

5.2 Cuidado de hijos e hijas o de familiares.

a) Cuidado de hijos e hijas, tanto cuando lo sean por naturaleza o por adopción o acogimiento permanente o preadoptivo, hasta que el hijo o la hija cumpla doce años, incluido, siempre que se acredite fehacientemente que el puesto o puestos solicitados permiten una mejor atención del menor, se valorará con una puntuación máxima de 5 puntos, de la siguiente forma:

La valoración de los tres supuestos siguientes es excluyente entre sí:

1. Se valorarán con 3 puntos aquellos casos en que la plaza por la que se opta esté ubicada en la misma provincia en la que reside el menor o menores objeto de cuidado, siempre y cuando el puesto desde el que se accede esté ubicado en distinta provincia.

2. Se valorarán con 2 puntos aquellos casos en que la plaza por la que se opta esté ubicada en el mismo municipio en el que reside el menor o menores objeto de cuidado, siempre y cuando el puesto desde el que se accede esté ubicado en distinto municipio de la misma provincia.

3. Se valorarán con un 1 punto, el resto de los supuestos no incluidos en los apartados anteriores cuando permita una mejor atención del menor o menores objeto de cuidado, comparada con la que permite el puesto de trabajo desde el que se accede.

Se otorgará una valoración adicional en los siguientes casos, siempre sin superar el límite máximo establecido para la valoración del cuidado de hijos e hijas, siendo los siguientes supuestos compatibles entre sí:

– Cuando el hijo o la hija menor objeto de cuidado cuente con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 50 %: 1 punto.

– Cuando se trate de una familia monoparental o se trate de una familia numerosa: 1 punto.

La valoración del supuesto de cuidado de hijos o hijas será incompatible con la otorgada por el cuidado de un familiar.

b) El cuidado de un familiar; Se valorará con un máximo de 5 puntos el cuidado de un familiar hasta el segundo grado inclusive de consanguinidad o afinidad que no pueda valerse por sí mismo, no desempeñe actividad retribuida y siempre que se acceda desde un municipio distinto y el puesto que se solicita esté ubicado en el mismo municipio en el que resida el familiar. Deberá acreditarse fehacientemente que el puesto o puestos que se solicitan permiten una mejor atención del familiar.

Se aplicará el siguiente baremo:

– Primer grado de consanguinidad o afinidad: 4 puntos.

– Segundo grado de consanguinidad o afinidad: 2 puntos.

Se otorgará una valoración adicional del 1 punto, cuando el familiar objeto de cuidado ostente un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 65%.

La valoración de este supuesto será incompatible con la otorgada por el cuidado de hijos e hijas.

II. Méritos específicos adecuados a las características del puesto.

Se valorarán, con hasta un máximo de 12 puntos, los méritos específicos para cada puesto de la convocatoria alcanzados como funcionario de carrera independientemente del grupo u subgrupo de adscripción del Cuerpo o Escala en el que se haya adquirido dicho mérito.

En este apartado se tendrán en cuenta los conocimientos profesionales, estudios, experiencia necesaria, titulación, en su caso, y demás condiciones que garanticen la adecuación para el desempeño del puesto de trabajo, adquiridos al servicio de cualquier Administración Pública.

A estos efectos, se valorarán como méritos específicos los conocimientos y/o experiencia adquiridos en el desarrollo de tareas o funciones propias de uno o varios puestos de trabajo únicamente cuando se hayan estado realizando durante seis meses o más.

En relación con los puestos ubicados en Comunidades Autónomas con lengua cooficial, se valorará, además de los méritos aludidos anteriormente, el conocimiento de dicha lengua cuando el contenido de los puestos se ajuste a lo establecido en el apartado Tercero de la Orden de 20 de julio de 1990 (BOE del 24) y este conocimiento figure recogido en el correspondiente Anexo. El conocimiento de la lengua cooficial de la Comunidad Autónoma se valorará, en su caso, hasta un máximo de 1 punto con arreglo al siguiente baremo:

– Nivel superior: 1 punto.

– Nivel medio: 0,50 puntos.

– Nivel bajo: 0,25 puntos.

Cuarta. Acreditación de méritos.

La certificación de los méritos de los funcionarios y funcionarias que pertenezcan a dos o más Cuerpos o Escalas del mismo o distinto subgrupo de adscripción deberá referirse a los requisitos y méritos correspondientes al Cuerpo o Escala desde el que participa.

Para la certificación de los méritos y funciones descritos en los apartados anteriores, se aplicará lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres, según el cual en las bases de los concursos para la provisión de puestos de trabajo se computará, a los efectos de valoración del trabajo desarrollado y de los correspondientes méritos, el tiempo que las personas candidatas hayan permanecido en las situaciones a que se refiere el artículo 56 de esta Ley Orgánica.

De acuerdo con el artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. No obstante, cuando la relevancia del documento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, se podrán solicitar copias auténticas de acuerdo con el artículo 27 de dicha ley.

1. Acreditación de los méritos generales y de la lengua cooficial.

Los méritos generales y el conocimiento de las lenguas cooficiales se acreditarán en el certificado de méritos, que recogerá aquellos méritos, requisitos y datos imprescindibles que en él se señalan y deberá ser expedido de acuerdo con los siguientes supuestos:

a) La Subdirección General competente en materia de personal de los Departamentos ministeriales, o el Órgano competente en los Organismos, si se trata de funcionarios y funcionarias destinados en servicios centrales.

b) Las Secretarías Generales de las Delegaciones, Subdelegaciones y Direcciones Insulares del Gobierno, cuando se trate de funcionarios y funcionarias destinados en los servicios periféricos de ámbito regional o provincial.

c) La Subdirección General de Personal Civil del Ministerio de Defensa cuando se trate de los funcionarios y de las funcionarias destinados en Madrid en ese Departamento Ministerial, y por los Delegados de Defensa cuando dichos funcionarios y funcionarias estén destinados en los servicios periféricos del Ministerio de Defensa.

d) El órgano competente en materia de personal de la Administración Pública que corresponda cuando se trate de los funcionarios y de las funcionarias que se encuentren en servicio en otras Administraciones Públicas.

e) La Unidad de personal que corresponda en función del puesto de reserva del funcionario o funcionaria, cuando se encuentren en situación administrativa distinta a la de activo con derecho a reserva de puesto de trabajo.

f) La Dirección General de la Función Pública, para funcionarios y funcionarias pertenecientes a Cuerpos o Escalas adscritos al Ministerio de Hacienda y Función Pública a través de la Secretaría de Estado de Función Pública, cuando se encuentren en situación administrativa distinta a la de activo sin derecho a reserva de puesto de trabajo, teniendo en cuenta que los servicios que se hayan prestado en otras Administraciones Públicas mientras el funcionario o funcionaria se encontrase en dicha situación administrativa serán acreditados por el órgano competente de la Administración Pública en la que se prestasen los servicios.

g) El Ministerio al que esté adscrito el cuerpo o escala, siempre que sea distinto al de la Secretaría de Estado de Función Pública, en el caso de funcionarios y funcionarias que se encuentren en situación administrativa distinta a la de activo sin derecho a reserva de puesto de trabajo.

h) La Unidad de personal de la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos S.A., en el caso de los funcionarios y funcionarias de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos que se encuentren en servicio activo destinados en esa Sociedad Estatal o que se encuentren en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa y que hayan ocupado su último destino en servicio activo en la misma.

i) La Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, en el caso de los funcionarios y funcionarias de Cuerpos y Escalas de Correos y Telégrafos en situación administrativa de excedencia voluntaria o forzosa, cuyo último destino en servicio activo fue en la Caja Postal de Ahorros.

En el certificado de méritos generales la persona responsable de la emisión del mismo deberá incluir todos los cursos que consten en el Registro Central de Personal, en la base de datos del Ministerio u Organismo o aquellos que en ese momento aporte la persona que solicita el certificado, siempre que cumplan los requisitos para su valoración en el concurso.

Asimismo, se deberá hacer constar en el certificado de méritos el conocimiento de las lenguas cooficiales, previa acreditación por parte de la persona que solicita el certificado, que deberá aportar a la Unidad que debe expedir el mismo, una copia del título, diploma o certificación expedido por centro público competente o por institución privada oficialmente homologada, expresivo del grado de conocimiento, de conformidad con los dispuesto en la Orden de 1990.

Acreditación de los supuestos relativos a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

La documentación a aportar, que deberá contener información actualizada que permita comprobar que a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes concurren las circunstancias alegadas, será la siguiente:

a) Los funcionarios y funcionarias que aleguen como supuesto a valorar el destino previo del cónyuge funcionario o funcionaria, deberán aportar la siguiente documentación:

– Copia del Libro de Familia o certificación actualizada del Registro Civil de inscripción matrimonial.

– Certificación de la Unidad de personal que acredite la relación de servicios del cónyuge, su localidad de destino, el puesto que desempeña y la forma y fecha en que lo obtuvo.

– Documentación acreditativa de que tanto el funcionario o funcionaria que alega este supuesto de conciliación como su cónyuge, se encuentran residiendo en el mismo municipio en el que están ubicados sus respectivos puestos de trabajo. No será válida para esta acreditación la exclusiva aportación del certificado de empadronamiento.

b) Los funcionarios y funcionarias que aleguen como supuesto objeto de valoración el cuidado de hijos e hijas deberán aportar la siguiente documentación:

– Copia del Libro de Familia o de la resolución administrativa o judicial de la adopción, acogimiento permanente o preadoptivo.

– Para los supuestos contemplados en el apartado I.5.2 a) de la Base Tercera, consentimiento fehaciente de la persona que concursa, en representación de su hijo o de su hija menor, para realizar la consulta al Sistema de Verificación de Datos de Residencia para que los datos de empadronamiento, exclusivamente en relación al hijo o la hija menor, sean recabados de oficio, mediante la cumplimentación del Anexo. No será necesaria aportar este consentimiento si el mismo ya se ha recabado en el modelo de solicitud de participación en el concurso.

Para la consulta de los datos mencionados en el párrafo anterior, será necesario consignar el DNI del menor, si lo tuviera, o su nombre y apellidos, así como fecha y lugar de nacimiento.

Si no prestara tal consentimiento o se produjeran otros supuestos que se detallan en la normativa reguladora (Real Decreto 523/2006, de 28 de abril, y la Orden PRE/4008/2006, de 27 de diciembre,) la persona solicitante deberá aportar el certificado de empadronamiento actualizado acreditativo del lugar de residencia de los menores.

– Asimismo, se habrá de aportar certificado de escolarización, emitido por el Centro escolar donde curse estudios el menor o la menor, cuando se encuentre dentro del tramo de edad obligatoria de escolarización.

– Para el supuesto contemplado en el apartado I.5.2 a) 3. de la Base Tercera, documentación acreditativa de que el puesto solicitado permite una mejor atención del menor o menores objeto de cuidado, comparada con la que permite el puesto de trabajo desde el que se accede.

– Documentación acreditativa de que el funcionario o funcionaria que alega este supuesto de conciliación se encuentra residiendo en el mismo municipio en el que está ubicado su puesto de trabajo. No será válida para esta acreditación la exclusiva aportación del certificado de empadronamiento.

– Cuando se alegue una discapacidad del hijo o de la hija menor de doce años a fin de obtener una puntuación adicional por este supuesto, deberá aportarse copia de la Resolución o documento acreditativo del grado de discapacidad expedido por la Administración Pública competente en la materia.

– Cuando se alegue la pertenencia a una familia numerosa o monoparental, a fin de obtener la puntuación adicional por esta circunstancia, deberá aportarse copia libro de familia o título de familia numerosa, así como certificado de empadronamiento de la unidad familiar.

c) Los funcionarios y las funcionarias que aleguen como mérito el cuidado de un familiar deberán aportar la siguiente documentación:

– Copia del Libro de Familia y/o de otros documentos públicos que acrediten la relación de consanguinidad o afinidad.

– Copia de la Resolución o documento acreditativo del grado de dependencia y/o discapacidad, expedido por la Administración Pública competente en la materia, en el que conste la necesidad de la asistencia de una tercera persona. En su defecto, certificado médico oficial actualizado en el que conste expresamente que la situación de dependencia por edad, accidente o discapacidad del familiar objeto de cuidado no le permite valerse por sí mismo y necesita de la asistencia de una tercera persona.

– Consentimiento fehaciente del familiar dependiente para realizar la consulta al Sistema de Verificación de Datos de Residencia para que sus datos de empadronamiento sean recabados de oficio, cumplimentando el Anexo V de esta convocatoria. Si no prestara tal consentimiento o se produjeran otros supuestos que se detallan en la normativa reguladora, la persona solicitante deberá aportar el certificado de empadronamiento actualizado del familiar dependiente.

– Certificado que acredite que el familiar objeto de cuidado no está de alta en ningún Régimen de la Seguridad Social por la realización de un trabajo por cuenta propia o ajena

– Declaración de la persona dependiente de que no desempeña actividad retribuida alguna.

– Documentación acreditativa de que el funcionario o funcionaria que alega este supuesto de conciliación se encuentra residiendo en el mismo municipio en el que está ubicado su puesto de trabajo. No será válida para esta acreditación la exclusiva aportación del certificado de empadronamiento.

Toda la documentación recogida en este apartado deberá ser aportada junto con la solicitud de participación en el plazo de los 15 días hábiles establecidos al efecto. La documentación presentada fuera de este plazo no será tenida en cuenta.

2. Acreditación de los Méritos específicos.

Los méritos específicos adecuados a las características del puesto serán acreditados mediante certificaciones que figuran como Anexo IV a esta Resolución, donde constarán los puestos desempeñados y los méritos acreditados por la persona participante, con expresión de fecha de inicio y fin, indicando día, mes y año. Los méritos que no consten en dicho anexo no se considerarán a efectos de su valoración. Estas certificaciones deberán ser expedidas por el Subdirector General o cargo asimilado del que dependan las personas participantes que estén destinados en los Servicios Centrales de los Departamentos Ministeriales y Organismos Autónomos, o por los Directores Provinciales o asimilados donde las personas participantes hubiesen prestado sus servicios. En caso necesario se utilizarán tantos anexos IV como se precisen. No serán tenidos en cuenta los méritos específicos distintos de los recogidos en la convocatoria como valorables ni los méritos que se avalen documentalmente en modelos distintos de los del anexo IV.

Quinta. Consideraciones sobre la Valoración de Méritos.

1. Los requisitos, méritos y cualesquiera otros datos alegados por las personas solicitantes, deberán estar referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

2. La valoración de los méritos se efectuará conforme a lo establecido en el artículo 44 del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. El resultado de su aplicación determinará el orden de prioridad de los concursantes para la adjudicación de las plazas.

3. En caso de empate en la puntuación se acudirá para dirimirlo a lo dispuesto en el artículo 44.4 del citado Reglamento.

4. La valoración de los méritos se referirá a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancias y se acreditarán documentalmente con la solicitud de participación.

5. La Comisión de Valoración en cualquier momento del proceso, podrá contrastar los datos alegados por los interesados con los existentes en el Registro Central de Personal y solicitar las aclaraciones y la documentación adicional que estime necesaria para comprobar los méritos, requisitos o datos alegados, realizar una ajustada valoración y, consecuentemente, modificar la puntuación otorgada.

En caso de discrepancia entre los datos aportados por la persona solicitante y los que constan en el Registro Central de Personal, prevalecerán los del Registro.

6. En el caso de que se requiera la adaptación, por razón de discapacidad, del puesto o puestos de trabajo solicitados, la Comisión de Valoración podrá recabar del interesado la información complementaria que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada. Previamente, la Presidencia de la Comisión de Valoración pedirá informe a los Centros directivos de los que dependan los puestos solicitados sobre la posibilidad de la adaptación. De darse este supuesto, la resolución del concurso, en los puestos afectados directa o indirectamente, se producirá una vez recibidos, analizados y evaluados por la Comisión de Valoración los informes pertinentes.

Sexta. Comisión de Valoración.

1. Los méritos serán valorados por una Comisión, cuya composición se ajustará al principio de composición equilibrada de mujeres y hombres, de acuerdo con la normativa vigente en materia de igualdad y que constará de los siguientes miembros:

– Presidencia: La persona titular de la Subdirección General de Recursos y Organización del Servicio Público de Empleo Estatal o persona en quien delegue.

– Secretaría: Una persona destinada en el Servicio Público de Empleo Estatal.

– Seis vocales representantes de la Administración designados por la Subsecretaria del Departamento.

Asimismo, tiene derecho a formar parte de la Comisión de Valoración un miembro en representación y a propuesta de cada una de las organizaciones sindicales más representativas y de las que cuenten con más del diez por ciento de representantes en el conjunto de las Administraciones Públicas o en el ámbito correspondiente.

El número de representantes de las organizaciones sindicales no podrá ser igual o superior al de los miembros designados a propuesta de la Administración.

En el caso de los representantes de las Organizaciones Sindicales, se designarán a propuesta de las mismas, advirtiéndose expresamente que, interesada la propuesta de designación por la Administración, si no se formula la propuesta de nombramiento en el plazo de diez días hábiles, se entenderá que dicha Organización Sindical ha decaído en su opción.

Los miembros titulares de la Comisión y los suplentes, que les sustituirán con voz y voto en caso de ausencia, deberán pertenecer a Cuerpos o Escalas de subgrupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados, a tenor de lo establecido en el artículo 46 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Se podrán incorporar a la Comisión de Valoración, cuando ésta lo considere oportuno, expertos en calidad de asesores, con voz pero sin voto, de acuerdo con el artículo 46 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 364/1995. Su designación recaerá en el Órgano convocante previa solicitud de la Comisión de Valoración.

2. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que hayan obtenido mayor puntuación, para cada puesto en la presente convocatoria.

3. Las puntuaciones otorgadas y la valoración final deberán reflejarse en el acta que se levantará al efecto.

Séptima. Procedimiento de Exclusión, Renuncias y Desistimientos a la participación en el concurso.

1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante a fin de proceder a su exclusión. En caso de que el órgano convocante tenga conocimiento de la toma posesión en el puesto obtenido con carácter definitivo, en distinta Secretaría de Estado o en su defecto Ministerio, según el artículo 20.1 f) de la Ley 30/1984 de 2 de agosto, podrá excluir a la persona de oficio, pese a que no se haya producido dicha comunicación, dando conocimiento de lo actuado al interesado.

2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo caso, antes de la constitución de la Comisión de Valoración del Concurso, el órgano convocante acordará la exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria, abriendo plazo de 5 días hábiles para las posibles subsanaciones por parte de las personas excluidas.

Al listado de exclusiones se le dará la publicidad suficiente que será, con carácter mínimo, su publicación en la página web del Servicio Público de Empleo Estatal (www.sepe.es).

3. Tanto la renuncia parcial a uno o varios puestos concretos de la solicitud como el desistimiento de la solicitud, que implica el desistimiento de la totalidad de los puestos solicitados, se admitirán hasta 2 días antes de la fecha de publicación de los listados provisionales de valoración de las solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con la debida antelación.

Octava. Publicidad de la Valoración de Méritos.

Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas, la Comisión de valoración publicará en la página web del Servicio Público de Empleo Estatal (www.sepe.es) los listados provisionales de valoración de los méritos para cada puesto. En dichos listados se establecerá un periodo de alegaciones de 5 días hábiles, a contar desde el día siguiente a su publicación.

Las puntuaciones provisionales se elevarán a definitivas automáticamente si no se hubieran presentado alegaciones.

Novena. Resolución del concurso.

1. La convocatoria se resolverá por Resolución de la Subsecretaría de Trabajo y Economía Social y estará vinculada a la resolución del proceso de estabilización y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», salvo que concurran las circunstancias expuestas en la base Segunda punto 3, en cuyo caso podrá procederse a la resolución parcial de los puestos no afectados directa o indirectamente por estas circunstancias.

2. En la Resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación expresa del puesto de trabajo, localidad, Órgano directivo y Departamento ministerial o Administración Pública de cese de los participantes a quienes se les adjudique destino, así como de su subgrupo de titulación. Se indicará la situación administrativa de procedencia cuando participen desde una situación distinta a la de servicio activo.

3. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de la funcionaria, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha publicación.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y licencias que, en su caso, estén disfrutando las personas interesadas, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.

No obstante, para los funcionarios y funcionarias que se encuentren en licencia por enfermedad, se llevará a efecto el cese y la toma de posesión en el nuevo destino sin que por ello finalice la licencia que tenga concedida.

Décima. Destinos adjudicados.

Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión de este concurso, se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública y la persona adjudicataria hubiese tomado posesión en el mismo, en cuyo caso deberá comunicarlo en el plazo de 3 días hábiles por escrito al órgano convocante. El diferimiento del cese, así como los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los interesados no supondrán una ampliación del plazo para la opción de destino prevista en este apartado, y en el artículo 49 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, debiéndose tener en cuenta a estos efectos los plazos establecidos en la Base Novena 3.

La adjudicación de un puesto de trabajo de la presente convocatoria a funcionario en situación distinta a la de servicio activo, supondrá su reingreso, sin perjuicio de la posibilidad prevista en el art. 23.2 del Reglamento aprobado por el Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Situaciones Administrativas de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

Aquellos participantes que desde el cierre del plazo de presentación de solicitudes del concurso hasta la resolución de adjudicación hayan sido nombrados o sean nombrados, por promoción interna, funcionarios de carrera de Cuerpos o Escalas pertenecientes al subgrupo inmediato superior al Cuerpo o Escala desde el que han concursado y hayan obtenido un puesto de doble adscripción a subgrupo en la resolución del presente concurso tomarán posesión del mismo desde el Cuerpo o Escala desde el que participan.

Undécima. Publicación de la resolución del concurso.

La publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado», con adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados.

En el caso de los puestos adjudicados los plazos establecidos para que los Ministerios y Organismos afectados efectúen las actuaciones administrativas procedentes comenzarán a contarse desde el día siguiente a su publicación.

Duodécima. Recursos.

Contra la presente Resolución, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano judicial competente de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.

Madrid, 23 de diciembre de 2022.–La Subsecretaria de Trabajo y Economía Social, Gemma del Rey Almansa.

ANEXO I
N.º puesto Denominación del puesto Observaciones Específico Nivel Grupo Cuerpo Localidad/unidad Provincia Plazas ADM
1 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 ALBACETE/DIRECCIÓN PROVINCIAL. ALBACETE. 1 AM
2 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 ALBACETE/DIRECCIÓN PROVINCIAL. ALBACETE. 1 AM
3 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 ALMERIA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. ALMERIA. 1 AM
4 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 ALMERIA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. ALMERIA. 1 AM
5 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 OVIEDO/DIRECCIÓN PROVINCIAL. ASTURIAS. 1 AM
6 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 OVIEDO/DIRECCIÓN PROVINCIAL. ASTURIAS. 1 AM
7 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 AVILA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. AVILA. 1 AM
8 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 AVILA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. AVILA. 1 AM
9 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 BADAJOZ/DIRECCIÓN PROVINCIAL. BADAJOZ. 1 AM
10 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 BADAJOZ/DIRECCIÓN PROVINCIAL. BADAJOZ. 1 AM
11 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 BURGOS/DIRECCIÓN PROVINCIAL. BURGOS. 1 AM
12 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 BURGOS/DIRECCIÓN PROVINCIAL. BURGOS. 1 AM
13 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 CACERES/DIRECCIÓN PROVINCIAL. CACERES. 1 AM
14 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 CACERES/DIRECCIÓN PROVINCIAL. CACERES. 1 AM
15 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 CADIZ/DIRECCIÓN PROVINCIAL. CADIZ. 1 AM
16 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 CADIZ/DIRECCIÓN PROVINCIAL. CADIZ. 1 AM
17 TECNICO/TECNICA MEDIO PRESTACIONES. (*) APC2 8493,80 20 A2 EX11 CADIZ/DIRECCIÓN PROVINCIAL. CADIZ. 1 AM
18 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 SANTANDER/DIRECCIÓN PROVINCIAL. CANTABRIA. 1 AM
19 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 SANTANDER/DIRECCIÓN PROVINCIAL. CANTABRIA. 1 AM
20 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 CEUTA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. CEUTA. 1 AM
21 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 CEUTA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. CEUTA. 1 AM
22 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 CIUDAD REAL/DIRECCIÓN PROVINCIAL. CIUDAD REAL. 1 AM
23 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 CIUDAD REAL/DIRECCIÓN PROVINCIAL. CIUDAD REAL. 1 AM
24 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 CORDOBA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. CORDOBA. 1 AM
25 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 CORDOBA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. CORDOBA. 1 AM
26 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 CUENCA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. CUENCA. 1 AM
27 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 CUENCA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. CUENCA. 1 AM
28 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 GRANADA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. GRANADA. 1 AM
29 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 GRANADA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. GRANADA. 1 AM
30 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 GUADALAJARA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. GUADALAJARA. 1 AM
31 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 GUADALAJARA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. GUADALAJARA. 1 AM
32 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 HUELVA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. HUELVA. 1 AM
33 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 HUELVA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. HUELVA. 1 AM
34 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 HUESCA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. HUESCA. 1 AM
35 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 HUESCA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. HUESCA. 1 AM
36 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 JAEN/DIRECCIÓN PROVINCIAL. JAEN. 1 AM
37 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 JAEN/DIRECCIÓN PROVINCIAL. JAEN. 1 AM
38 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 LOGROÑO/DIRECCIÓN PROVINCIAL. LA RIOJA. 1 AM
39 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 LOGROÑO/DIRECCIÓN PROVINCIAL. LA RIOJA. 1 AM
40 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 LAS PALMAS DE GRAN CANARIA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. LAS PALMAS. 1 AM
41 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 LAS PALMAS DE GRAN CANARIA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. LAS PALMAS. 1 AM
42 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 LEON/DIRECCIÓN PROVINCIAL. LEON. 1 AM
43 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 LEON/DIRECCIÓN PROVINCIAL. LEON. 1 AM
44 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 MADRID/DIRECCIÓN PROVINCIAL. MADRID. 1 AM
45 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 MADRID/DIRECCIÓN PROVINCIAL. MADRID. 1 AM
46 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 MADRID/DIRECCIÓN PROVINCIAL. MADRID. 1 AM
47 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 MALAGA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. MALAGA. 1 AM
48 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 MALAGA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. MALAGA. 1 AM
49 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 MELILLA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. MELILLA. 1 AM
50 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 MELILLA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. MELILLA. 1 AM
51 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 MURCIA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. MURCIA. 1 AM
52 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 MURCIA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. MURCIA. 1 AM
53 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 PALENCIA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. PALENCIA. 1 AM
54 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 PALENCIA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. PALENCIA. 1 AM
55 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 SALAMANCA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. SALAMANCA. 1 AM
56 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 SALAMANCA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. SALAMANCA. 1 AM
57 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 SANTA CRUZ DE TENERIFE/DIRECCIÓN PROVINCIAL. SANTA CRUZ DE TENERIFE. 1 AM
58 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 SANTA CRUZ DE TENERIFE/DIRECCIÓN PROVINCIAL. SANTA CRUZ DE TENERIFE. 1 AM
59 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 SEGOVIA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. SEGOVIA. 1 AM
60 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 SEGOVIA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. SEGOVIA. 1 AM
61 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 SEVILLA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. SEVILLA. 1 AM
62 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 SEVILLA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. SEVILLA. 1 AM
63 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 SEVILLA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. SEVILLA. 1 AM
64 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 SORIA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. SORIA. 1 AM
65 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 SORIA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. SORIA. 1 AM
66 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 TERUEL/DIRECCIÓN PROVINCIAL. TERUEL. 1 AM
67 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 TERUEL/DIRECCIÓN PROVINCIAL. TERUEL. 1 AM
68 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 TOLEDO/DIRECCIÓN PROVINCIAL. TOLEDO. 1 AM
69 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 TOLEDO/DIRECCIÓN PROVINCIAL. TOLEDO. 1 AM
70 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 VALLADOLID/DIRECCIÓN PROVINCIAL. VALLADOLID. 1 AM
71 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 VALLADOLID/DIRECCIÓN PROVINCIAL. VALLADOLID. 1 AM
72 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 ZAMORA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. ZAMORA. 1 AM
73 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 ZAMORA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. ZAMORA. 1 AM
74 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 ZARAGOZA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. ZARAGOZA. 1 AM
75 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 ZARAGOZA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. ZARAGOZA. 1 AM
Descripción de funciones

Méritos específicos

Punt. máx.

Cursos a valorar relacionados

Punt. máx.

- Interpretación y aplicación de la normativa administrativa.

1- Experiencia en interpretación y aplicación de la normativa administrativa. 4,00 1- Excel básico. 2,50
- Apoyo técnico en cualquier área de gestión. 2- Experiencia en apoyo técnico en cualquier área de gestión. 4,00 2- Word básico. 2,50
- Manejo de aplicaciones informáticas. 3- Experiencia en manejo de aplicaciones informáticas. 4,00 3- Igualdad de Género. 2,50
      4- Protección de datos y Transparencia. 2,50
      5- Reconocimiento de prestaciones contributivas. 2,50
      6- Reconocimiento de subsidios por desempleo. 2,50
      7- Protección de autónomos y colectivos especiales. 2,50
      8- Reglamentos comunitarios. 2,50
      9- Normativa laboral y de Seguridad Social aplicada a las prestaciones por desempleo. 2,50
      10- Elaboración de nóminas y seguimiento de las prestaciones por desempleo. 2,50
      11- Gestión de cobros indebidos y responsabilidad empresarial. 2,50
      12- Planes de acción y control de prestaciones. 2,50
      13- Manejo de las herramientas informáticas y Web SEPE. 2,50
      14- Prevención de riesgos psicosociales inteligencia emocional y gestión de conflictos. 2,50
      15- Normativa tributaria aplicada a las prestaciones por desempleo. 2,50
      16- El Procedimiento en la Administración Electrónica. 2,50
      17- Conceptos básicos de calidad. 2,50
N.º puesto Denominación del puesto Observaciones Específico Nivel Grupo Cuerpo Localidad/unidad Provincia Plazas ADM
76 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 A CORUÑA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. A CORUÑA 1 AM
77 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 A CORUÑA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. A CORUÑA 1 AM
78 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 ALICANTE/ALACANT/DIRECCIÓN PROVINCIAL. ALICANTE/ALACANT 1 AM
79 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 ALICANTE/ALACANT/DIRECCIÓN PROVINCIAL. ALICANTE/ALACANT 1 AM
80 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 VITORIA-GASTEIZ/DIRECCIÓN PROVINCIAL. ARABA/ALAVA 1 AM
81 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 VITORIA-GASTEIZ/DIRECCIÓN PROVINCIAL. ARABA/ALAVA 1 AM
82 TECNICO/TECNICA.   4656,82 20 A2 EX11 BARCELONA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. BARCELONA 1 AE
83 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 BARCELONA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. BARCELONA 1 AM
84 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 BARCELONA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. BARCELONA 1 AM
85 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 BARCELONA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. BARCELONA 1 AM
86 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 BILBAO/DIRECCIÓN PROVINCIAL. BIZKAIA 1 AM
87 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 BILBAO/DIRECCIÓN PROVINCIAL. BIZKAIA 1 AM
88 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 CASTELLON DE LA PLANA/CASTELLÓ DE LA PLA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. CASTELLON/CASTELLÓ 1 AM
89 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 CASTELLON DE LA PLANA/CASTELLÓ DE LA PLA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. CASTELLON/CASTELLÓ 1 AM
90 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 DONOSTIA-SAN SEBASTIAN/DIRECCIÓN PROVINCIAL. GIPUZKOA 1 AM
91 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 DONOSTIA-SAN SEBASTIAN/DIRECCIÓN PROVINCIAL. GIPUZKOA 1 AM
92 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 GIRONA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. GIRONA 1 AM
93 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 GIRONA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. GIRONA 1 AM
94 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 PALMA DE MALLORCA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. ILLES BALEARS 1 AM
95 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 PALMA DE MALLORCA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. ILLES BALEARS 1 AM
96 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 LLEIDA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. LLEIDA 1 AM
97 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 LLEIDA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. LLEIDA 1 AM
98 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 LUGO/DIRECCIÓN PROVINCIAL. LUGO 1 AM
99 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 LUGO/DIRECCIÓN PROVINCIAL. LUGO 1 AM
100 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 PAMPLONA/IRUÑA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. NAVARRA 1 AM
101 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 PAMPLONA/IRUÑA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. NAVARRA 1 AM
102 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 OURENSE/DIRECCIÓN PROVINCIAL. OURENSE 1 AM
103 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 OURENSE/DIRECCIÓN PROVINCIAL. OURENSE 1 AM
104 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 VIGO/DIRECCIÓN PROVINCIAL. PONTEVEDRA 1 AM
105 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 VIGO/DIRECCIÓN PROVINCIAL. PONTEVEDRA 1 AM
106 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 TARRAGONA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. TARRAGONA 1 AM
107 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 TARRAGONA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. TARRAGONA 1 AM
108 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 VALENCIA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. VALENCIA 1 AM
109 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 VALENCIA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. VALENCIA 1 AM
110 TECNICO/TECNICA.   4370,24 20 A2 EX11 VALENCIA/DIRECCIÓN PROVINCIAL. VALENCIA 1 AM
Descripción de funciones Méritos específicos Punt. máx. Cursos a valorar relacionados. Punt. máx.
- Interpretación y aplicación de la normativa administrativa. 1- Experiencia en interpretación y aplicación de la normativa administrativa. 4,00 1- Excel básico. 2,50
- Apoyo técnico en cualquier área de gestión. 2- Experiencia en apoyo técnico en cualquier área de gestión. 4,00 2- Word básico. 2,50
- Manejo de aplicaciones informáticas. 3- Experiencia en manejo de aplicaciones informáticas. 3,00 3- Igualdad de Género. 2,50
  4- Conocimiento de la lengua cooficial de la Comunidad Autónoma. 1,00 4- Protección de datos y Transparencia. 2,50
      5- Reconocimiento de prestaciones contributivas. 2,50
      6- Reconocimiento de subsidios por desempleo. 2,50
      7- Protección de autónomos y colectivos especiales. 2,50
      8- Reglamentos comunitarios. 2,50
      9- Normativa laboral y de Seguridad Social aplicada a las prestaciones por desempleo. 2,50
      10- Elaboración de nóminas y seguimiento de las prestaciones por desempleo. 2,50
      11- Gestión de cobros indebidos y responsabilidad empresarial. 2,50
      12- Planes de acción y control de prestaciones. 2,50
      13- Manejo de las herramientas informáticas y Web SEPE. 2,50
      14- Prevención de riesgos psicosociales inteligencia emocional y gestión de conflictos. 2,50
      15- Normativa tributaria aplicada a las prestaciones por desempleo. 2,50
      16- El Procedimiento en la Administración Electrónica. 2,50
      17- Conceptos básicos de calidad. 2,50
N.º puesto Denominación del puesto Observaciones Específico Nivel Grupo Cuerpo Localidad/unidad Provincia Plazas ADM
111 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 VILLARROBLEDO/O.P. SEPE VILLARROBLEDO. ALBACETE. 1 AM
112 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 ALMERIA/O.P. SEPE ALMERIA N.º 1 (ALTAMIRA). ALMERIA. 1 AM
113 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALMERIA/O.P. SEPE ALMERIA-RATEL. ALMERIA. 1 AM
114 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 EL EJIDO/O.P. SEPE EL EJIDO. ALMERIA. 1 AM
115 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 EL EJIDO/O.P. SEPE EL EJIDO. ALMERIA. 1 AM
116 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 HUERCAL-OVERA/O.P. SEPE HUERCAL-OVERA. ALMERIA. 1 AM
117 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ROQUETAS DE MAR/O.P. SEPE ROQUETAS DEL MAR. ALMERIA. 1 AM
118 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 FUENTE DE CANTOS/O.P. SEPE FUENTE DE CANTOS. BADAJOZ. 1 AM
119 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 GUAREÑA/O.P. SEPE GUAREÑA. BADAJOZ. 1 AM
120 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 JEREZ DE LOS CABALLEROS/O.P. SEPE JEREZ DE LOS CABALLEROS. BADAJOZ. 1 AM
121 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MERIDA/O.P. SEPE MERIDA N.º 1 (COMARCAL). BADAJOZ. 1 AM
122 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MERIDA/O.P. SEPE MERIDA N.º 2 (NUEVA CIUDAD). BADAJOZ. 1 AM
123 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 OLIVENZA/O.P. SEPE OLIVENZA. BADAJOZ. 1 AM
124 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 VILLAFRANCA DE LOS BARROS/O.P. SEPE VILLAFRANCA DE LOS BARROS. BADAJOZ. 1 AM
125 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 VILLAFRANCA DE LOS BARROS/O.P. SEPE VILLAFRANCA DE LOS BARROS. BADAJOZ. 1 AM
126 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 BURGOS/O.P. SEPE BURGOS N.º 2 (CALZADAS). BURGOS. 1 AM
127 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MIRANDA DE EBRO/O.P. SEPE MIRANDA DE EBRO. BURGOS. 1 AM
128 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 CACERES/O.P. SEPE CACERES N.º 1 (COMARCAL). CACERES. 1 AM
129 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 CACERES/O.P. SEPE CACERES N.º 1 (COMARCAL). CACERES. 1 AM
130 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 CADIZ/O.P. SEPE CADIZ N.º 1 (CENTRO HISTORICO). CADIZ. 1 AM
131 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 CADIZ/O.P. SEPE CADIZ N.º 2 (PORTUGAL). CADIZ. 1 AM
132 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 CADIZ/O.P. SEPE CADIZ N.º 2 (PORTUGAL). CADIZ. 1 AM
133 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALGECIRAS/O.P. SEPE ALGECIRAS. CADIZ. 1 AM
134 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALGECIRAS/O.P. SEPE ALGECIRAS. CADIZ. 1 AM
135 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALGECIRAS/O.P. SEPE ALGECIRAS. CADIZ. 1 AM
136 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 LA LINEA DE LA CONCEPCION/O.P. SEPE LA LINEA DE LA CONCEPCION. CADIZ. 1 AM
137 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 PUERTO SERRANO/O.P. SEPE PUERTO SERRANO. CADIZ. 1 AM
138 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 SANLUCAR DE BARRAMEDA/O.P. SEPE SANLUCAR DE BARRAMEDA. CADIZ. 1 AM
139 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 VILLAMARTIN/O.P. SEPE VILLAMARTIN. CADIZ. 1 AM
140 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 VILLAMARTIN/O.P. SEPE VILLAMARTIN. CADIZ. 1 AM
141 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 TORRELAVEGA/O.P. SEPE TORRELAVEGA. CANTABRIA. 1 AM
142 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 CEUTA/O.P. SEPE CEUTA. CEUTA. 1 AM
143 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 CEUTA/O.P. SEPE CEUTA. CEUTA. 1 AM
144 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 CIUDAD REAL/O.P. SEPE CIUDAD REAL. CIUDAD REAL. 1 AM
145 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 CIUDAD REAL/O.P. SEPE CIUDAD REAL-RATEL. CIUDAD REAL. 1 AM
146 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MANZANARES/O.P. SEPE MANZANARES. CIUDAD REAL. 1 AM
147 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 PUERTOLLANO/O.P. SEPE PUERTOLLANO. CIUDAD REAL. 1 AM
148 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 CORDOBA/O.P. SEPE CORDOBA N.º 1 (COLON). CORDOBA. 1 AM
149 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 CORDOBA/O.P. SEPE CORDOBA N.º 4 (OCCIDENTE). CORDOBA. 1 AM
150 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 BAENA/O.P. SEPE BAENA. CORDOBA. 1 AM
151 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 BUJALANCE/O.P. SEPE BUJALANCE. CORDOBA. 1 AM
152 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 PALMA DEL RIO/O.P. SEPE PALMA DEL RIO. CORDOBA. 1 AM
153 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 PALMA DEL RIO/O.P. SEPE PALMA DEL RIO. CORDOBA. 1 AM
154 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 PUENTE GENIL/O.P. SEPE PUENTE GENIL. CORDOBA. 1 AM
155 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 BELMONTE/O.P. SEPE BELMONTE. CUENCA. 1 AM
156 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 GRANADA/O.P. SEPE GRANADA-RATEL. GRANADA. 1 AM
157 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 BAZA/O.P. SEPE BAZA. GRANADA. 1 AM
158 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 GUADIX/O.P. SEPE GUADIX. GRANADA. 1 AM
159 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 IZNALLOZ/O.P. SEPE IZNALLOZ. GRANADA. 1 AM
160 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 LOJA/O.P. SEPE LOJA. GRANADA. 1 AM
161 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 LOJA/O.P. SEPE LOJA. GRANADA. 1 AM
162 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MOTRIL/O.P. SEPE MOTRIL. GRANADA. 1 AM
163 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 SANTA FE/O.P. SEPE SANTA FE. GRANADA. 1 AM
164 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 HUELVA/O.P. SEPE HUELVA N.º1 (LA ORDEN). HUELVA. 1 AM
165 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 HUELVA/O.P. SEPE HUELVA N.º1 (LA ORDEN). HUELVA. 1 AM
166 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 HUELVA/O.P. SEPE HUELVA N.º1 (LA ORDEN). HUELVA. 1 AM
167 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 HUELVA/O.P. SEPE HUELVA N.º1 (LA ORDEN). HUELVA. 1 AM
168 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 HUELVA/O.P. SEPE HUELVA N.º2 (MUÑOZ VARGAS). HUELVA. 1 AM
169 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALMONTE/O.P. SEPE ALMONTE. HUELVA. 1 AM
170 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ARACENA/O.P. SEPE ARACENA. HUELVA. 1 AM
171 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ISLA CRISTINA/O.P. SEPE ISLA CRISTINA. HUELVA. 1 AM
172 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 LA PALMA DEL CONDADO/O.P. SEPE LA PALMA DEL CONDADO. HUELVA. 1 AM
173 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 LEPE/O.P. SEPE LEPE. HUELVA. 1 AM
174 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 LEPE/O.P. SEPE LEPE. HUELVA. 1 AM
175 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 LEPE/O.P. SEPE LEPE. HUELVA. 1 AM
176 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MOGUER/O.P. SEPE MOGUER. HUELVA. 1 AM
177 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALCALA LA REAL/O.P. SEPE ALCALA LA REAL. JAEN. 1 AM
178 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ANDUJAR/O.P. SEPE ANDUJAR. JAEN. 1 AM
179 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 BAILEN/O.P. SEPE BAILEN. JAEN. 1 AM
180 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 LA CAROLINA/O.P. SEPE LA CAROLINA. JAEN. 1 AM
181 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 PORCUNA/O.P. SEPE PORCUNA. JAEN. 1 AM
182 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 SANTISTEBAN DEL PUERTO/O.P. SEPE SANTISTEBAN DEL PUERTO. JAEN. 1 AM
183 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 SANTISTEBAN DEL PUERTO/O.P. SEPE SANTISTEBAN DEL PUERTO. JAEN. 1 AM
184 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 VILLACARRILLO/O.P. SEPE VILLACARRILLO. JAEN. 1 AM
185 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 LOGROÑO/O.P. SEPE LOGROÑO. LA RIOJA. 1 AM
186 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 CALAHORRA/O.P. SEPE CALAHORRA. LA RIOJA. 1 AM
187 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 LAS PALMAS DE GRAN CANARIA/O.P. SEPE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA N.º3 (PRIMERO DE MAYO). LAS PALMAS. 1 AM
188 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 LAS PALMAS DE GRAN CANARIA/O.P. SEPE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA N.º4 (PUERTO DE LA LUZ). LAS PALMAS. 1 AM
189 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ARRECIFE/O.P. SEPE ARRECIFE. LAS PALMAS. 1 AM
190 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 GALDAR/O.P. SEPE GALDAR. LAS PALMAS. 1 AM
191 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 GRAN TARAJAL/O.P. SEPE GRAN TARAJAL. LAS PALMAS. 1 AM
192 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 PUERTO DEL ROSARIO/O.P. SEPE PUERTO DEL ROSARIO. LAS PALMAS. 1 AM
193 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 PUERTO DEL ROSARIO/O.P. SEPE PUERTO DEL ROSARIO. LAS PALMAS. 1 AM
194 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 SAN FERNANDO DE MASPALOMAS/O.P. SEPE SAN FERNANDO DE MASPALOMAS. LAS PALMAS. 1 AM
195 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 LEON/O.P. SEPE LEON N.º1 (CENTRO). LEON. 1 AM
196 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 MADRID/O.P. SEPE MADRID N.º3 (ARGÜELLES). MADRID. 1 AM
197 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MADRID/O.P. SEPE MADRID N.º4 (ATOCHA). MADRID. 1 AM
198 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MADRID/O.P. SEPE MADRID N.º5 (AZCA). MADRID. 1 AM
199 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MADRID/O.P. SEPE MADRID N.º10 (LEGAZPI). MADRID. 1 AM
200 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MADRID/O.P. SEPE MADRID N.º11 (MORATALAZ). MADRID. 1 AM
201 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MADRID/O.P. SEPE MADRID N.º12 (NUMANCIA). MADRID. 1 AM
202 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES. (**) M.G. 7300,44 20 A2 EX11 MADRID/O.P. SEPE MADRID-RATEL. MADRID. 1 AM
203 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MADRID/O.P. SEPE MADRID-RATEL. MADRID. 1 AM
204 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MADRID/O.P. SEPE MADRID-RATEL. MADRID. 1 AM
205 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 ALCOBENDAS/O.P. SEPE ALCOBENDAS. MADRID. 1 AM
206 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ARANJUEZ/O.P. SEPE ARANJUEZ. MADRID. 1 AM
207 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 COLLADO VILLALBA/O.P. SEPE COLLADO VILLALBA. MADRID. 1 AM
208 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 COLLADO VILLALBA/O.P. SEPE COLLADO VILLALBA. MADRID. 1 AM
209 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 FUENLABRADA/O.P. SEPE FUENLABRADA. MADRID. 1 AM
210 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 GETAFE/O.P. SEPE GETAFE N.º1 (CEFAT). MADRID. 1 AM
211 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MAJADAHONDA/O.P. SEPE MAJADAHONDA. MADRID. 1 AE
212 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 SAN SEBASTIAN DE LOS REYES/O.P. SEPE SAN SEBASTIAN DE LOS REYES. MADRID. 1 AM
213 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 TORREJON DE ARDOZ/O.P. SEPE TORREJON DE ARDOZ. MADRID. 1 AM
214 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MALAGA/O.P. SEPE MALAGA N.º1 (CAPUCHINOS). MALAGA. 1 AM
215 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MALAGA/O.P. SEPE MALAGA N.º2 (EL PALO). MALAGA. 1 AM
216 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MALAGA/O.P. SEPE MALAGA N.º2 (EL PALO). MALAGA. 1 AM
217 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MALAGA/O.P. SEPE MALAGA N.º3 (GAMARRA). MALAGA. 1 AM
218 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MALAGA/O.P. SEPE MALAGA N.º4 (LA PAZ). MALAGA. 1 AM
219 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MALAGA/O.P. SEPE MALAGA N.º4 (LA PAZ). MALAGA. 1 AM
220 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALORA/O.P. SEPE ALORA. MALAGA. 1 AM
221 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ARCHIDONA/O.P. SEPE ARCHIDONA. MALAGA. 1 AM
222 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 CAMPILLOS/O.P. SEPE CAMPILLOS. MALAGA. 1 AM
223 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ESTEPONA/O.P. SEPE ESTEPONA. MALAGA. 1 AM
224 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 NERJA/O.P. SEPE NERJA. MALAGA. 1 AM
225 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 TORREMOLINOS/O.P. SEPE TORREMOLINOS. MALAGA. 1 AM
226 TECNICO/TECNICA DE OFICINA EMPLEO Y PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 MELILLA/O.P. SEPE MELILLA. MELILLA. 1 AM
227 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 MELILLA/O.P. SEPE MELILLA. MELILLA. 1 AM
228 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MURCIA/O.P. SEPE MURCIA N.º1 (JORGE JUAN). MURCIA. 1 AM
229 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MURCIA/O.P. SEPE MURCIA N.º1 (JORGE JUAN). MURCIA. 1 AM
230 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MURCIA/O.P. SEPE MURCIA N.º2 (RONDA NORTE). MURCIA. 1 AM
231 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MURCIA/O.P. SEPE MURCIA N.º2 (RONDA NORTE). MURCIA. 1 AM
232 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MURCIA/O.P. SEPE MURCIA-RATEL. MURCIA. 1 AM
233 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALCANTARILLA/O.P. SEPE ALCANTARILLA. MURCIA. 1 AM
234 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 LORCA/O.P. SEPE LORCA. MURCIA. 1 AM
235 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MAZARRON/O.P. SEPE MAZARRON. MURCIA. 1 AM
236 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MOLINA DE SEGURA/O.P. SEPE MOLINA DE SEGURA. MURCIA. 1 AM
237 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 TORRE-PACHECO/O.P. SEPE TORRE PACHECO. MURCIA. 1 AM
238 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 TORRE-PACHECO/O.P. SEPE TORRE PACHECO. MURCIA. 1 AM
239 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 SALAMANCA/O.P. SEPE SALAMANCA N.º2 (SAN QUINTIN). SALAMANCA. 1 AM
240 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 SANTA CRUZ DE TENERIFE/O.P. SEPE SANTA CRUZ DE TENERIFE N.º1 (BARRANCO GRANDE). SANTA CRUZ DE TENERIFE. 1 AM
241 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 SANTA CRUZ DE TENERIFE/O.P. SEPE SANTA CRUZ DE TENERIFE N.º1 (BARRANCO GRANDE). SANTA CRUZ DE TENERIFE. 1 AM
242 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 GRANADILLA DE ABONA/O.P. SEPE GRANADILLA DE ABONA. SANTA CRUZ DE TENERIFE. 1 AM
243 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 GÜIMAR/O.P. SEPE GÜIMAR. SANTA CRUZ DE TENERIFE. 1 AM
244 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 LOS CRISTIANOS/O.P. SEPE LOS CRISTIANOS. SANTA CRUZ DE TENERIFE. 1 AM
245 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 LOS CRISTIANOS/O.P. SEPE LOS CRISTIANOS. SANTA CRUZ DE TENERIFE. 1 AM
246 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 LOS CRISTIANOS/O.P. SEPE LOS CRISTIANOS. SANTA CRUZ DE TENERIFE. 1 AM
247 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 SAN CRISTOBAL DE LA LAGUNA/O.P. SEPE SAN CRISTOBAL DE LA LAGUNA. SANTA CRUZ DE TENERIFE. 1 AM
248 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 SAN CRISTOBAL DE LA LAGUNA/O.P. SEPE SAN CRISTOBAL DE LA LAGUNA. SANTA CRUZ DE TENERIFE. 1 AM
249 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 SEVILLA/O.P. SEPE SEVILLA N.º1 (AMATE). SEVILLA. 1 AM
250 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 SEVILLA/O.P. SEPE SEVILLA N.º1 (AMATE). SEVILLA. 1 AM
251 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALCALA DE GUADAIRA/O.P. SEPE ALCALA DE GUADAIRA. SEVILLA. 1 AM
252 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALCALA DE GUADAIRA/O.P. SEPE ALCALA DE GUADAIRA. SEVILLA. 1 AM
253 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 CANTILLANA/O.P. SEPE CANTILLANA. SEVILLA. 1 AM
254 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 CARMONA/O.P. SEPE CARMONA. SEVILLA. 1 AM
255 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 DOS HERMANAS/O.P. SEPE DOS HERMANAS. SEVILLA. 1 AM
256 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 DOS HERMANAS/O.P. SEPE DOS HERMANAS. SEVILLA. 1 AM
257 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ECIJA/O.P. SEPE ECIJA. SEVILLA. 1 AM
258 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ESTEPA/O.P. SEPE ESTEPA. SEVILLA. 1 AM
259 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 LA RINCONADA/O.P. SEPE LA RINCONADA. SEVILLA. 1 AM
260 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 LA RINCONADA/O.P. SEPE LA RINCONADA. SEVILLA. 1 AM
261 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 LORA DEL RIO/O.P. SEPE LORA DEL RIO. SEVILLA. 1 AM
262 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 LORA DEL RIO/O.P. SEPE LORA DEL RIO. SEVILLA. 1 AM
263 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MORON DE LA FRONTERA/O.P. SEPE MORON DE LA FRONTERA. SEVILLA. 1 AM
264 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MORON DE LA FRONTERA/O.P. SEPE MORON DE LA FRONTERA. SEVILLA. 1 AM
265 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 PILAS/O.P. SEPE PILAS. SEVILLA. 1 AM
266 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 SANLUCAR LA MAYOR/O.P. SEPE SANLUCAR LA MAYOR. SEVILLA. 1 AM
267 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 SANLUCAR LA MAYOR/O.P. SEPE SANLUCAR LA MAYOR. SEVILLA. 1 AM
268 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 UTRERA/O.P. SEPE UTRERA. SEVILLA. 1 AM
269 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 SORIA/O.P. SEPE SORIA. SORIA. 1 AM
270 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 TOLEDO/O.P. SEPE TOLEDO. TOLEDO. 1 AM
271 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 TOLEDO/O.P. SEPE TOLEDO. TOLEDO. 1 AM
272 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ILLESCAS/O.P. SEPE ILLESCAS. TOLEDO. 1 AM
273 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 ILLESCAS/O.P. SEPE ILLESCAS. TOLEDO. 1 AM
274 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 TALAVERA DE LA REINA/O.P. SEPE TALAVERA DE LA REINA N.º1 (AMOR DIVINO). TOLEDO. 1 AM
275 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 VALLADOLID/O.P. SEPE VALLADOLID N.º3 (VILLABAÑEZ). VALLADOLID. 1 AM
276 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 VALLADOLID/O.P. SEPE VALLADOLID N.º3 (VILLABAÑEZ). VALLADOLID. 1 AM
277 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 ZAMORA/O.P. SEPE ZAMORA. ZAMORA. 1 AM
278 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 ZARAGOZA/O.P. SEPE ZARAGOZA N.º1 (CENTRO). ZARAGOZA. 1 AM
279 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 ZARAGOZA/O.P. SEPE ZARAGOZA N.º2 (COMPROMISO DE CASPE). ZARAGOZA. 1 AM
280 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 ZARAGOZA/O.P. SEPE ZARAGOZA N.º3 (PARQUE DE LA MEMORIA). ZARAGOZA. 1 AM
281 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 ZARAGOZA/O.P. SEPE ZARAGOZA N.º4 (RANILLAS). ZARAGOZA. 1 AM
282 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 ZARAGOZA/O.P. SEPE ZARAGOZA N.º5 (SANTANDER). ZARAGOZA. 1 AM
Descripción de funciones Méritos específicos Punt. máx. Cursos a valorar relacionados Punt. máx.
- Interpretación y aplicación de la normativa administrativa. 1- Experiencia en interpretación y aplicación de la normativa administrativa. 3,00 1- Excel básico. 2,50
- Apoyo técnico en cualquier área de gestión. 2- Experiencia en apoyo técnico en cualquier área de gestión. 3,00 2- Word básico. 2,50
- Manejo de aplicaciones informáticas. 3- Experiencia en manejo de aplicaciones informáticas. 3,00 3- Igualdad de Género. 2,50
- Atención al público. 4- Experiencia en atención al público. 3,00 4- Protección de datos y Transparencia. 2,50
      5- Reconocimiento de prestaciones contributivas. 2,50
      6- Reconocimiento de subsidios por desempleo. 2,50
      7- Prestaciones contributivas, subsidios y otras ayudas (Especialización). 2,50
      8- Protección de autónomos y colectivos especiales. 2,50
      9- Reglamentos comunitarios. 2,50
      10- Normativa laboral y de Seguridad Social aplicada a las prestaciones por desempleo. 2,50
      11- Lenguaje administrativo y elaboración de documentos e informes. 2,50
      12- Atención al público: presencial y telefónica. 2,50
      13- Manejo de las herramientas informáticas y Web SEPE. 2,50
      14- Prevención de riesgos psicosociales inteligencia emocional y gestión de conflictos. 2,50
      15- Normativa tributaria aplicada a las prestaciones por desempleo. 2,50
      16- El Procedimiento en la Administración Electrónica. 2,50
      17- Conceptos básicos de calidad. 2,50
N.º puesto Denominación del puesto Observaciones Específico Nivel Grupo Cuerpo Localidad/unidad Provincia Plazas ADM
283 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 BETANZOS/O.P. SEPE BETANZOS. A CORUÑA. 1 AM
284 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 FERROL/O.P. SEPE FERROL N.º 1 (CENTRO). A CORUÑA. 1 AM
285 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALICANTE/ALACANT/O.P. SEPE ALICANTE/ALACANT N.º 1 (ISABEL LA CATOLICA). ALICANTE/ALACANT. 1 AM
286 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALICANTE/ALACANT/O.P. SEPE ALICANTE/ALACANT N.º 1 (ISABEL LA CATOLICA). ALICANTE/ALACANT. 1 AM
287 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALICANTE/ALACANT/O.P. SEPE ALICANTE/ALACANT N.º 1 (ISABEL LA CATOLICA). ALICANTE/ALACANT. 1 AM
288 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALICANTE/ALACANT/O.P. SEPE ALICANTE/ALACANT N.º 1 (ISABEL LA CATOLICA). ALICANTE/ALACANT. 1 AM
289 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALICANTE/ALACANT/O.P. SEPE ALICANTE/ALACANT N.º 1 (ISABEL LA CATOLICA). ALICANTE/ALACANT. 1 AM
290 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALICANTE/ALACANT/O.P. SEPE ALICANTE/ALACANT N.º 1 (ISABEL LA CATOLICA). ALICANTE/ALACANT. 1 AM
291 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALICANTE/ALACANT/O.P. SEPE ALICANTE/ALACANT N.º 2 (LOS ANGELES). ALICANTE/ALACANT. 1 AM
292 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALICANTE/ALACANT/O.P. SEPE ALICANTE/ALACANT N.º 2 (LOS ANGELES). ALICANTE/ALACANT. 1 AM
293 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALICANTE/ALACANT/O.P. SEPE ALICANTE/ALACANT N.º 2 (LOS ANGELES). ALICANTE/ALACANT. 1 AM
294 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALICANTE/ALACANT/O.P. SEPE ALICANTE/ALACANT N.º 3 (SAN JUAN BOSCO). ALICANTE/ALACANT. 1 AM
295 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALICANTE/ALACANT/O.P. SEPE ALICANTE/ALACANT N.º 3 (SAN JUAN BOSCO). ALICANTE/ALACANT. 1 AM
296 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALICANTE/ALACANT/O.P. SEPE ALICANTE/ALACANT N.º 3 (SAN JUAN BOSCO). ALICANTE/ALACANT. 1 AM
297 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALICANTE/ALACANT/O.P. SEPE ALICANTE/ALACANT N.º 3 (SAN JUAN BOSCO). ALICANTE/ALACANT. 1 AM
298 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALICANTE/ALACANT/O.P. SEPE ALICANTE/ALACANT N.º 3 (SAN JUAN BOSCO). ALICANTE/ALACANT. 1 AM
299 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALICANTE/ALACANT/O.P. SEPE ALICANTE-RATEL. ALICANTE/ALACANT. 1 AM
300 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALICANTE/ALACANT/O.P. SEPE ALICANTE-RATEL. ALICANTE/ALACANT. 1 AM
301 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 TORREVIEJA/O.P. SEPE TORREVIEJA. ALICANTE/ALACANT. 1 AM
302 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 VITORIA-GASTEIZ/O.P. SEPE VITORIA-GASTEIZ N.º 1 (SALBURUA). ARABA/ALAVA. 1 AM
303 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 VITORIA-GASTEIZ/O.P. SEPE VITORIA-GASTEIZ N.º 2 (ZABALGANA). ARABA/ALAVA. 1 AM
304 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 VITORIA-GASTEIZ/O.P. SEPE VITORIA-GASTEIZ N.º 2 (ZABALGANA). ARABA/ALAVA. 1 AM
305 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 BARCELONA/O.P. SEPE BARCELONA N.º 1 (ARAGO). BARCELONA. 1 AM
306 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 BARCELONA/O.P. SEPE BARCELONA N.º 1 (ARAGO). BARCELONA. 1 AM
307 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 BARCELONA/O.P. SEPE BARCELONA N.º 2 (BARRI GOTIC). BARCELONA. 1 AM
308 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 BARCELONA/O.P. SEPE BARCELONA N.º 2 (BARRI GOTIC). BARCELONA. 1 AM
309 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 BARCELONA/O.P. SEPE BARCELONA N.º 2 (BARRI GOTIC). BARCELONA. 1 AM
310 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 BARCELONA/O.P. SEPE BARCELONA N.º 3 (DANTE). BARCELONA. 1 AM
311 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES. (**) M.G. 7300,44 20 A2 EX11 BARCELONA/O.P. SEPE BARCELONA N.º 5 (LESSEPS). BARCELONA. 1 AM
312 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 BARCELONA/O.P. SEPE BARCELONA N.º 6 (MALLORCA). BARCELONA. 1 AM
313 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 BARCELONA/O.P. SEPE BARCELONA N.º 7 (POBLENOU). BARCELONA. 1 AM
314 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 BARCELONA/O.P. SEPE BARCELONA N.º 9 (SEPULVEDA). BARCELONA. 1 AM
315 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 BADALONA/O.P. SEPE BADALONA N.º 1 (ARIBAU). BARCELONA. 1 AM
316 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES. (**) M.G. 7300,44 20 A2 EX11 GAVA/O.P. SEPE GAVA. BARCELONA. 1 AM
317 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 GRANOLLERS/O.P. SEPE GRANOLLERS N.º 1 (FRANQUESES). BARCELONA. 1 AM
318 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 GRANOLLERS/O.P. SEPE GRANOLLERS N.º 1 (FRANQUESES). BARCELONA. 1 AM
319 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 GRANOLLERS/O.P. SEPE GRANOLLERS N.º 2 (PERIFERIA). BARCELONA. 1 AM
320 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 L` HOSPITALET DE LLOBREGAT/O.P. SEPE HOSPITALET N.º 1 (COBALTO). BARCELONA. 1 AM
321 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 L` HOSPITALET DE LLOBREGAT/O.P. SEPE HOSPITALET N.º 2 (LA FARGA). BARCELONA. 1 AM
322 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MANRESA/O.P. SEPE MANRESA. BARCELONA. 1 AM
323 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MANRESA/O.P. SEPE MANRESA. BARCELONA. 1 AM
324 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MARTORELL/O.P. SEPE MARTORELL. BARCELONA. 1 AM
325 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MATARO/O.P. SEPE MATARO. BARCELONA. 1 AM
326 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MOLLET DEL VALLES/O.P. SEPE MOLLET DEL VALLES. BARCELONA. 1 AM
327 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 PREMIA DE MAR/O.P. SEPE PREMIA DEL MAR. BARCELONA. 1 AM
328 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 RUBI/O.P. SEPE RUBI. BARCELONA. 1 AM
329 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 SABADELL/O.P. SEPE SABADELL N.º 2 (SARDA). BARCELONA. 1 AM
330 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 SANT BOI DE LLOBREGAT/O.P. SEPE SANT BOI DE LLOBREGAT. BARCELONA. 1 AM
331 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 SANT BOI DE LLOBREGAT/O.P. SEPE SANT BOI DE LLOBREGAT. BARCELONA. 1 AM
332 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 TARRASA/TERRASSA/O.P. SEPE TERRASA. BARCELONA. 1 AM
333 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 TARRASA/TERRASSA/O.P. SEPE TERRASA. BARCELONA. 1 AM
334 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 VIC/O.P. SEPE VIC. BARCELONA. 1 AM
335 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 VIC/O.P. SEPE VIC. BARCELONA. 1 AM
336 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 VILAFRANCA DEL PENEDES/O.P. SEPE VILAFRANCA DEL PENEDES. BARCELONA. 1 AM
337 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 VILLANUEVA DEL CAMINO/VILANOVA DEL CAMI/O.P. SEPE VILANOVA DEL CAMI. BARCELONA. 1 AM
338 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 BILBAO/O.P. SEPE BILBAO N.º 2 (REKALDE). BIZKAIA. 1 AM
339 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 BILBAO/O.P. SEPE BILBAO N.º 2 (REKALDE). BIZKAIA. 1 AM
340 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 BILBAO/O.P. SEPE BILBAO N.º 3 (SAN INAZIO). BIZKAIA. 1 AM
341 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 BILBAO/O.P. SEPE BILBAO-RATEL. BIZKAIA. 1 AM
342 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 BILBAO/O.P. SEPE BILBAO-RATEL. BIZKAIA. 1 AM
343 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 BARAKALDO/O.P. SEPE BARAKALDO N.º 1 (BEURKO). BIZKAIA. 1 AM
344 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 BARAKALDO/O.P. SEPE BARAKALDO N.º 1 (BEURKO). BIZKAIA. 1 AM
345 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 BARAKALDO/O.P. SEPE BARAKALDO N.º 1 (BEURKO). BIZKAIA. 1 AM
346 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 GERNIKA-LUMO/O.P. SEPE GERNIKA-LUMO. BIZKAIA. 1 AM
347 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 IURRETA/O.P. SEPE IURRETA. BIZKAIA. 1 AM
348 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MUNGIA/O.P. SEPE MUNGIA. BIZKAIA. 1 AM
349 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 SANTURTZI/O.P. SEPE SANTURTZI. BIZKAIA. 1 AM
350 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 SESTAO/O.P. SEPE SESTAO. BIZKAIA. 1 AM
351 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 CASTELLON DE LA PLANA/CASTELLÓ DE LA PLA/O.P. SEPE CASTELLON N.º 2 (HISTORIADOR VICIANA). CASTELLON/CASTELLÓ. 1 AM
352 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 CASTELLON DE LA PLANA/CASTELLÓ DE LA PLA/O.P. SEPE CASTELLON N.º 2 (HISTORIADOR VICIANA). CASTELLON/CASTELLÓ. 1 AM
353 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ONDA/O.P. SEPE ONDA. CASTELLON/CASTELLÓ. 1 AM
354 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 VALL DE UXO/LA VALL D`UIXO/O.P. SEPE LA VALL D' UIXO. CASTELLON/CASTELLÓ. 1 AM
355 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 VALL DE UXO/LA VALL D`UIXO/O.P. SEPE LA VALL D' UIXO. CASTELLON/CASTELLÓ. 1 AM
356 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 VINAROS/O.P. SEPE VINAROS. CASTELLON/CASTELLÓ. 1 AM
357 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ARRASATE/MONDRAGON/O.P. SEPE ARRASATE/MONDRAGON. GIPUZKOA. 1 AM
358 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 BEASAIN/O.P. SEPE BEASAIN. GIPUZKOA. 1 AM
359 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 EIBAR/O.P. SEPE EIBAR. GIPUZKOA. 1 AM
360 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 IRUN/O.P. SEPE IRUN. GIPUZKOA. 1 AM
361 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 TOLOSA/O.P. SEPE TOLOSA. GIPUZKOA. 1 AM
362 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 GIRONA/O.P. SEPE GIRONA. GIRONA. 1 AM
363 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 GIRONA/O.P. SEPE GIRONA. GIRONA. 1 AM
364 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 BLANES/O.P. SEPE BLANES. GIRONA. 1 AM
365 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 LA BISBAL D`EMPORDA/O.P. SEPE LA BISBAL D`EMPORDA. GIRONA. 1 AM
366 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 PALAMOS/O.P. SEPE PALAMOS. GIRONA. 1 AM
367 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 SALT/O.P. SEPE SALT. GIRONA. 1 AM
368 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 PALMA DE MALLORCA/O.P. SEPE PALMA N.º1 (JORDI VILLALONGA). ILLES BALEARS. 1 AM
369 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 PALMA DE MALLORCA/O.P. SEPE PALMA N.º1 (JORDI VILLALONGA). ILLES BALEARS. 1 AM
370 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 PALMA DE MALLORCA/O.P. SEPE PALMA N.º2 (MATEU ENRIC LLADO). ILLES BALEARS. 1 AM
371 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 PALMA DE MALLORCA/O.P. SEPE PALMA N.º3 (MIGUEL MARQUES). ILLES BALEARS. 1 AM
372 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 PALMA DE MALLORCA/O.P. SEPE PALMA N.º3 (MIGUEL MARQUES). ILLES BALEARS. 1 AM
373 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 PALMA DE MALLORCA/O.P. SEPE PALMA N.º3 (MIGUEL MARQUES). ILLES BALEARS. 1 AM
374 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 PALMA DE MALLORCA/O.P. SEPE PALMA N.º3 (MIGUEL MARQUES). ILLES BALEARS. 1 AM
375 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 PALMA DE MALLORCA/O.P. SEPE PALMA-RATEL. ILLES BALEARS. 1 AM
376 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 ALCUDIA/O.P. SEPE ALCUDIA. ILLES BALEARS. 1 AM
377 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 CIUTADELLA DE MENORCA/O.P. SEPE CIUTADELLA DE MENORCA. ILLES BALEARS. 1 AM
378 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 INCA/O.P. SEPE INCA. ILLES BALEARS. 1 AM
379 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 LLEIDA/O.P. SEPE LLEIDA. LLEIDA. 1 AM
380 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 LLEIDA/O.P. SEPE LLEIDA. LLEIDA. 1 AM
381 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 LLEIDA/O.P. SEPE LLEIDA. LLEIDA. 1 AM
382 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 LLEIDA/O.P. SEPE LLEIDA. LLEIDA. 1 AM
383 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 BURLADA/BURLATA/O.P. SEPE BURLADA. NAVARRA. 1 AM
384 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 TUDELA/O.P. SEPE TUDELA. NAVARRA. 1 AM
385 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 PONTEVEDRA/O.P. SEPE PONTEVEDRA. PONTEVEDRA. 1 AM
386 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 CANGAS/O.P. SEPE CANGAS. PONTEVEDRA. 1 AM
387 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 PORRIÑO/O PORRIÑO/O.P. SEPE O PORRIÑO. PONTEVEDRA. 1 AM
388 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 REDONDELA/O.P. SEPE REDONDELA. PONTEVEDRA. 1 AM
389 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5639,48 20 A2 EX11 TARRAGONA/O.P. SEPE TARRAGONA N.º1 (CAMPCLAR). TARRAGONA. 1 AM
390 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 TARRAGONA/O.P. SEPE TARRAGONA N.º2 (CLARET). TARRAGONA. 1 AM
391 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 TARRAGONA/O.P. SEPE TARRAGONA-RATEL. TARRAGONA. 1 AM
392 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 TARRAGONA/O.P. SEPE TARRAGONA-RATEL. TARRAGONA. 1 AM
393 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 TARRAGONA/O.P. SEPE TARRAGONA-RATEL. TARRAGONA. 1 AM
394 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 REUS/O.P. SEPE REUS. TARRAGONA. 1 AM
395 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 REUS/O.P. SEPE REUS. TARRAGONA. 1 AM
396 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 VALLS/O.P. SEPE VALLS. TARRAGONA. 1 AM
397 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 VALENCIA/O.P. SEPE VALENCIA N.º5 (FELIPE RINALDI). VALENCIA. 1 AM
398 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 VALENCIA/O.P. SEPE VALENCIA N.º5 (FELIPE RINALDI). VALENCIA. 1 AM
399 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 CARCAIXENT/O.P. SEPE CARCAIXENT. VALENCIA. 1 AM
400 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 CATARROJA/O.P. SEPE CATARROJA. VALENCIA. 1 AM
401 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 LIRIA/LLIRIA/O.P. SEPE LLIRIA. VALENCIA. 1 AM
402 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 LIRIA/LLIRIA/O.P. SEPE LLIRIA. VALENCIA. 1 AM
403 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 MELIANA/O.P. SEPE MELIANA. VALENCIA. 1 AM
404 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 SILLA/O.P. SEPE SILLA. VALENCIA. 1 AM
405 TECNICO/TECNICA DE OFICINA PRESTACIONES.   5760,16 20 A2 EX11 TORRENT/O.P. SEPE TORRENT. VALENCIA. 1 AM

Descripción de funciones

Méritos específicos Punt. máx. Cursos a valorar relacionados Punt. máx.
- Interpretación y aplicación de la normativa administrativa. 1- Experiencia en interpretación y aplicación de la normativa administrativa. 3,00 1- Excel básico. 2,50
- Apoyo técnico en cualquier área de gestión. 2- Experiencia en apoyo técnico en cualquier área de gestión. 3,00 2- Word básico. 2,50
- Manejo de aplicaciones informáticas. 3- Experiencia en manejo de aplicaciones informáticas. 3,00 3- Igualdad de Género. 2,50
- Atención al público. 4- Experiencia en atención al público. 2,00 4- Protección de datos y Transparencia. 2,50
  5- Conocimiento de la lengua cooficial de la Comunidad Autónoma. 1,00 5- Reconocimiento de prestaciones contributivas. 2,50
      6- Reconocimiento de subsidios por desempleo. 2,50
      7- Prestaciones contributivas, subsidios y otras ayudas (Especialización). 2,50
      8- Protección de autónomos y colectivos especiales. 2,50
      9- Reglamentos comunitarios. 2,50
      10- Normativa laboral y de Seguridad Social aplicada a las prestaciones por desempleo. 2,50
      11- Lenguaje administrativo y elaboración de documentos e informes. 2,50
      12- Atención al público: presencial y telefónica. 2,50
      13- Manejo de las herramientas informáticas y Web SEPE. 2,50
      14- Prevención de riesgos psicosociales inteligencia emocional y gestión de conflictos. 2,50
      15- Normativa tributaria aplicada a las prestaciones por desempleo. 2,50
      16- El Procedimiento en la Administración Electrónica. 2,50
      17- Conceptos básicos de calidad. 2,50

(*) APC2: Jornada continuada mañana y tarde.

(**) M.G.: Los titulares de estos puestos deben desplazarse a centros de diversas localidades.

AE: Administración del Estado.

AM: Acuerdo Marco al que se han incorporado las Comunidades Autónomas de Castilla y León, Comunidad Valenciana, Galicia, La Rioja, Illes Balears, Murcia, Canarias, Cantabria y Madrid, así como las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.

ANEXO II
Ministerio de Trabajo y Economía Social

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Imagen: /datos/imagenes/disp/2023/3/126_12607109_2.png

ANEXO III
Ministerio de Trabajo y Economía Social

Imagen: /datos/imagenes/disp/2023/3/126_12607110_1.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/2023/3/126_12607110_2.png

ANEXO III BIS
Ministerio de Trabajo y Economía Social

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ANEXO IV
Ministerio de Trabajo y Economía Social

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ANEXO V
Consentimiento para la consulta al Sistema de Verificación de Datos de Residencia

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ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 23/12/2022
  • Fecha de publicación: 04/01/2023
  • Convocatoria. 405 plazas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PUBLICA la resolución, por Resolución de 29 de junio de 2023 (Ref. BOE-A-2023-15743).
  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 16 de enero de 2023 (Ref. BOE-A-2023-1890).

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