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Documento BOE-A-2023-12198

Resolución de 19 de mayo de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la primera Adenda al Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Salamanca y la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Salamanca, para la administración y participación en gastos de inmuebles de uso compartido en Salamanca destinado a la Dirección Provincial, y en Béjar destinado a la Oficina Integral de la Seguridad Social.

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 24 de mayo de 2023, páginas 71438 a 71440 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Referencia:
BOE-A-2023-12198

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 9 de mayo de 2023 se ha suscrito la primera Adenda al Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Salamanca y la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Salamanca para la administración y participación en gastos de inmuebles de uso compartido en Salamanca destinado a Dirección Provincial y en Béjar destinado a Oficina Integral de la Seguridad Social y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 19 de mayo de 2023.–La Secretaria General Técnica, P. S. (Resolución de 13 de enero de 2023), la Subdirectora General De Coordinación Jurídica, Reyes Zatarain del Valle.

ANEXO
Primera Adenda modificativa al Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Salamanca y la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Salamanca para la administración y participación en gastos de inmuebles de uso compartido en Salamanca destinado a Dirección Provincial y en Béjar destinado a Oficina Integral de la Seguridad Social

Doña Cristina Prieto Revuelta, en su condición de directora provincial de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Salamanca, nombrada por Orden ESS/2846/2012, de 26 de diciembre, del Ministerio de Empleo y Seguridad Social (BOE 3 de enero de 2013) en virtud de las competencias que le confiere la Resolución de 23 de julio de 2020.

Igualmente, en su condición de directora provincial de la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Salamanca, en virtud de las competencias que le confiere la Resolución de 29 de septiembre de 2022.

Interviene como tal y en la representación que ostenta se reconoce la capacidad legal necesaria para suscribir la primera Adenda al Convenio entre la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Salamanca y la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Salamanca para la administración y participación en gastos de inmuebles de uso compartido en Salamanca destinado a Dirección Provincial y en Béjar destinado a Oficina Integral de la Seguridad Social, y

EXPONE

I. Que las partes suscribieron el 2 de septiembre de 2020 un convenio para establecer los criterios de gestión, administración y participación en la financiación de los gastos comunes, no susceptibles de individualización, derivados de los contratos de obras, servicios, suministros y otros gastos que sean necesarios en el funcionamiento de los siguientes inmuebles:

Número 1. Edificio sede conjunta de las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social y del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Salamanca, ubicado en el paseo de Canalejas, 129, de Salamanca. Número de IBID: 37/0042. 

Número 2. Oficina Integral de la Seguridad Social de Béjar, ubicada en crta. Salamanca, 24, de Béjar. Número IBID 37/0041.

II. Que en la cláusula décima del convenio se establece que el mismo puede ser objeto de modificación por acuerdo unánime de las partes.

III. Que es voluntad de las partes modificar el convenio al objeto de añadir un nuevo inmueble de uso compartido entre las partes, denominado Centro de Salud y Especialidades Médicas, sito en avda. Agustín de Foxá, 1, de la localidad de Ciudad Rodrigo, con número de inventario en IBID 37/0011.

En consecuencia, las partes, de común acuerdo, deciden suscribir la presente modificación al convenio (en lo sucesivo, la modificación) que se regirá mediante las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Carácter de la modificación.

Las partes declaran el carácter modificativo parcial y no extintivo de la presente modificación en relación con el convenio, quedando subsistente en todo lo no previsto expresamente en este documento lo dispuesto en el convenio, el cual las partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.

Segunda. Objeto.

La presente modificación tiene por objeto añadir un nuevo inmueble de uso compartido por las partes y establecer los criterios de gestión, administración y participación en la financiación de los gastos comunes, no susceptibles de individualización, derivados de los contratos de obras, servicios, suministros y otros gastos que sean necesarios en el funcionamiento de dicho inmueble que es utilizado por las partes de este convenio y que se relaciona en el anexo II.

Estos gastos se concretan en todos aquellos necesarios para la limpieza, mantenimiento, vigilancia, suministro eléctrico, suministro de agua y para cargas tributarias y permisos municipales de todo el inmueble, que se consideran comunes al no ser susceptibles de individualización dentro del mismo. También se incluyen en esta modificación todos aquellos gastos, distintos de los anteriormente enumerados, relativos al inmueble compartido, que tampoco sean susceptibles de individualización entre las partes.

Las obligaciones y compromisos económicos asumidos por cada una de las partes y su distribución temporal se realizarán según se indica en el anexo II.

La estimación del gasto por ejercicios del inmueble es:

Para el ejercicio 2023 se prevé un gasto de 36.300 euros.

Para el ejercicio 2024 se prevé un gasto de 64.395 euros.

Tercera. Anexo II.

Se añade un nuevo anexo al final del convenio.

Cuarta. Entrada en vigor.

Lo acordado bajo la presente modificación estará vigente durante la duración del convenio. La adenda se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las partes y resultará eficaz una vez inscrita en el Registro electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Y para que conste a los efectos oportunos, las partes, representadas en la directora provincial de ambas entidades, firma la presente modificación a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente documento.–Por la Tesorería General de la Seguridad Social, el Director General (Res. de 23 de julio de 2020, BOE de 4 de agosto de 2020), P. D., la Directora Provincial, Cristina Prieto Revuelta.–Por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Directora General (Res. de 29 de septiembre de 2022, BOE de 1 de octubre de 2022), P. D., la Directora Provincial, Cristina Prieto Revuelta.

ANEXO II

Número de IBID: 37/001.

Denominación del inmueble: Centro Salud y Especialidades Médicas.

Ubicación: Avda. Agustín de Foxá, 1, de la localidad de Ciudad Rodrigo (Salamanca).

Entidades ocupantes del inmueble y, en su caso, título de ocupación: Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social y Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, ambas de Salamanca.

La distribución de superficie entre las entidades ocupantes, según Resolución de la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social de 29 de noviembre de 2022 es la siguiente en metros cuadrados:

Años 2023-2024

 
Plantas Superficie total Tesorería General de la Seguridad Social Instituto Nacional de la Seguridad Social Zona común
Parcela (m2). 2.563 2.188 375  
Planta SM (m2). 930 930    
Planta 00 (m2). 930 776 154  
 Totales 01 (m2). 930 930    
% para distribución de gastos Tesorería General de la Seguridad Instituto Nacional de la Seguridad Social
100 % 90,12 % 9,88 %

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