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Documento BOE-A-2023-11632

Resolución de 8 de mayo de 2023, de la Secretaría General de Administración Digital, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Entidad Pública Empresarial Red.es, para el impulso de la apertura y reutilización de la información del sector público.

Publicado en:
«BOE» núm. 116, de 16 de mayo de 2023, páginas 68111 a 68113 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Referencia:
BOE-A-2023-11632

TEXTO ORIGINAL

La Secretaría General de Administración Digital, por delegación de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, y la Entidad Pública Red.es han suscrito el 5 de mayo de 2023, la adenda al convenio entre la Administración General del Estado y la Entidad Pública Empresarial Red.es para el impulso de la apertura y reutilización de la información del sector público.

Para general conocimiento y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la publicación de la referida adenda al convenio, como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 8 de mayo de 2023.–El Secretario General de Administración Digital, Juan Jesús Torres Carbonell.

ANEJO
Adenda al convenio entre la Administración General del Estado y la Entidad Pública Empresarial Red.es para el impulso de la apertura y reutilización de la información del sector público (C003/19-ED AD1)

En Madrid, a 5 de mayo de 2023.

REUNIDOS

De una parte, doña Carme Artigas Brugal, Secretaria de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, en representación del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, en el ejercicio de las competencias que le confieren los artículos 61 y 62.2 de la Ley 40/2015, de 2 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como en virtud del Real Decreto 53/2020, de 14 de enero por el que se dispone su nombramiento, actuando en el marco del artículo 8 del Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 62 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra, don Alberto Martínez Lacambra, Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P. en nombre y representación de dicha Entidad Pública Empresarial en virtud de las facultades delegadas a su favor por el Consejo de Administración de Red.es, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.1 a) del Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Red.es

Todas las partes se reconocen la capacidad jurídica necesaria para suscribir la presente adenda al convenio, y en su virtud,

EXPONEN

I

Que el 20 de marzo de 2019, la Secretaría de Estado de Función Pública dependiente del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, la Secretaría de Estado para el Avance Digital dependiente del Ministerio de Economía y Empresa, y Red.es suscribieron el convenio para el impulso de la apertura y reutilización de la información del sector público, que entró en vigor una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal y publicado en el «Boletín Oficial del Estado» (según lo recogido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015), el 6 de mayo de 2019.

II

Que, en virtud de lo dispuesto en la cláusula sexta del convenio, su plazo de vigencia se extiende hasta el 6 de mayo de 2023, pudiendo prorrogarse por acuerdo de las partes 4 años ((según lo recogido por el artículo 49 h) de la Ley 40/2015).

III

Que las competencias para el mencionado convenio de la Secretaría de Estado de Función Pública y de la Secretaría de Estado para el Avance Digital recaen ahora en la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, en virtud de lo dispuesto en el artículo 8 del Real Decreto 403/2020, de 25 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

IV

Que, dicho convenio recoge que las partes firmantes realizarán de manera conjunta acciones para impulsar la apertura de información y la reutilización de la información del sector público, con especial atención al Sector Publico Estatal, y en coordinación con el resto de administraciones autonómicas y locales en España, promoviendo la creación de nuevos productos y servicios, en colaboración con el sector privado y la sociedad civil, y en beneficio de la sociedad.

V

Que, de conformidad con lo previsto en la cláusula Quinta del mismo, las partes coinciden en la necesidad de prorrogar la vigencia del convenio en cuatro años adicionales, hasta el 6 de mayo de 2027, disponiendo así del plazo necesario para la efectiva ejecución de los trabajos previstos.

VI

Que la prórroga del convenio no tiene impacto económico.

En virtud de cuanto queda expuesto, las partes manifiestan su voluntad de colaboración suscribiendo la presente adenda al convenio, de acuerdo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.  Prórroga de la vigencia del convenio.

Las partes acuerdan prorrogar la vigencia del convenio en cuatro años adicionales, hasta 6 de mayo de 2027, de conformidad con el artículo 49 h) de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Segunda. Denominación del convenio.

Se modifica la denominación del convenio según se expone a continuación:

«Convenio entre la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial y la Entidad pública empresarial Red.es para el impulso de la apertura y reutilización de la información del sector público»

Tercera. Eficacia del presente acuerdo.

De conformidad con la disposición final 2.1 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, que modifica el apartado 8 del artículo 48, así como el apartado dos de la Disposición Adicional Séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la presente adenda resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será publicada en el plazo de 10 días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

En todo lo no novado expresamente por la presente adenda, seguirá en vigor lo dispuesto en el convenio.

Y en prueba de cuanto antecede, las partes suscriben la presente adenda al convenio, en Madrid a 5 de mayo de 2023.–Por la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, Carme Artigas Brugal.–Por la Entidad Pública Empresarial Red.es, Alberto Martínez Lacambra.

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