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Documento BOE-A-2023-10686

Resolución 1A0/38184/2023, de 29 de marzo, del Centro Criptológico Nacional, por la que se acredita al laboratorio SGS Brightsight Barcelona, SL, como laboratorio de evaluación de la seguridad de las tecnologías de la información.

Publicado en:
«BOE» núm. 105, de 3 de mayo de 2023, páginas 61537 a 61538 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2023-10686

TEXTO ORIGINAL

Recibida en el Centro Criptológico Nacional la solicitud presentada por SGS Brightsight Barcelona, SL (Unipersonal), con domicilio social en Plaça de Xavier Cugat, 2, Edificio A, Planta 2B, 08174 Sant Cugat del Vallès, Barcelona, España, para la acreditación del laboratorio SGS Brightsight Barcelona, SL (Unipersonal) como laboratorio de evaluación de la seguridad de las tecnologías de la información, conforme a las normas «Metodología de Evaluación para la Certificación Nacional Esencial de Seguridad (LINCE)», y «Common Methodology for Information Technology Security Evaluation/Common Criteria for Information Technology Security Evaluation», tras realizar una cambio de razón social de la empresa Brightsight Barcelona, SL, que ya contaba con las acreditaciones oportunas y que se encontraba en proceso de ampliación de alcance hasta el nivel EAL3 + ALC_FLR.2.

Visto el correspondiente «Certificado de Acreditación L 355» junto con su «Anexo Técnico L 355» en vigor emitidos por la entidad de acreditación de Países Bajos «RaaD Voor Accreditatie (Rva)» donde se acredita al laboratorio ubicado en Plaça de Xavier Cugat, 2, Edificio A, Planta 2B, 08174 Sant Cugat del Vallès (Barcelona) para la realización de ensayos de evaluación de la seguridad de productos IT bajo la norma «Common Methodology for Information Technology Security Evaluation/Common Criteria for Information Technology Security Evaluation» conforme a la norma de referencia UNE-EN ISO/IEC 17025:2017 y con alcance suficiente para los niveles de garantía solicitados.

Visto el correspondiente justificante emitido por ENAC, donde en virtud del Acuerdo Multilateral de Reconocimiento Mutuo establecido en EA (European Cooperation for Accreditation) confía en las acreditaciones concedidas por RvA y por tanto considerará que los certificados emitidos por las entidades de certificación acreditadas por la misma, dentro de su alcance de acreditación, aportan el mismo nivel de confianza que los emitidos por las entidades de certificación acreditadas por ENAC.

Visto el correspondiente «Certificado de Acreditación 1380/LE2516» junto con su «Anexo Técnico número 1380/LE2516» en vigor emitidos por la Entidad Nacional de Acreditación, donde se acredita al laboratorio SGS Brightsight Barcelona, SL (Unipersonal) cuyas instalaciones se encuentran ubicadas en Plaça de Xavier Cugat, 2, Edificio A, Planta 2B, 08174 Sant Cugat del Vallès (Barcelona) para la realización de ensayos de «Evaluación de productos IT mediante la metodología LINCE» conforme a la norma de referencia UNE-EN ISO/IEC 17025:2017.

Visto el correspondiente informe de auditoría del Centro Criptológico Nacional, de código INF-4051 que determina el cumplimiento por parte de Brightsight Barcelona, SL (Unipersonal) de los requisitos para la acreditación como laboratorio de evaluación de la seguridad de las tecnologías de la información exigidos por el Reglamento de Evaluación y Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la Información establecido por dicho Centro Criptológico Nacional.

De acuerdo con las facultades que me confiere la Ley 11/2002, reguladora del Centro Nacional de Inteligencia, al amparo de lo dispuesto en el artículo 1 y artículo 2, párrafo 2, letra c, del Real Decreto 421/2004, de 12 de marzo, por el que se regula el Centro Criptológico Nacional, al objeto de resolver la solicitud de certificación mencionada, dispongo:

Primero.

Acreditar como laboratorio de evaluación de la seguridad de las tecnologías de la información a SGS Brightsight Barcelona, SL (Unipersonal), como empresa que ha cambiado su razón social respecto a Brightsight Barcelona, SL.

Segundo.

Que adicionalmente, el laboratorio SGS Brightsight Barcelona, SL (Unipersonal) mantiene la acreditación previa del laboratorio Brightsight Barcelona, SL, bajo la norma «Metodología de Evaluación para la Certificación Nacional Esencial de Seguridad (LINCE)» y amplia su alcance de acreditación para evaluar bajo la norma «Common Methodology for Information Technology Security Evaluation/Common Criteria for Information Technology Security Evaluation» hasta el siguiente nivel de garantía: EAL3 + ALC_FLR.2.

Tercero.

Esta acreditación, su alcance y vigencia, y el uso de la condición de laboratorio acreditado, quedan sujetos a lo establecido en el Reglamento de Evaluación y Certificación de la Seguridad de las Tecnologías de la Información.

Cuarto.

Que las instalaciones acreditadas son las que se encuentran en las siguiente dirección:

– Plaça de Xavier Cugat, 2, Edificio A, Planta 2B, 08174 Sant Cugat del Vallès, Barcelona, España.

Y más en concreto, las zonas indicadas en sus respectivos planes de protección.

Quinto.

Que como consecuencia del cambio de razón social de la empresa Brightsight Barcelona, SL, por la empresa SGS Brightsight Barcelona, SL (Unipersonal), la primera, pierde la acreditación como laboratorio acreditado dentro del ENECSTI.

Sexto.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 29 de marzo de 2023.–La Secretaria de Estado Directora del Centro Criptológico Nacional, Esperanza Casteleiro Llamazares.

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