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Documento BOE-A-2023-10536

Resolución de 20 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto parque solar fotovoltaico "Campos del Condado IV" de 57,798 MWp/51 MWn, y su infraestructura de evacuación, en Beas y Trigueros (Huelva).

Publicado en:
«BOE» núm. 103, de 1 de mayo de 2023, páginas 60812 a 60839 (28 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2023-10536

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 11 de mayo de 2022, ha tenido entrada en esta Dirección General, solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto parque solar fotovoltaico «Campos del Condado IV» de 57,798 MWp/51 MWn, y su infraestructura de evacuación, en los TT. MM. de Beas y Trigueros (Huelva), promovido por Arena Power Solar 33, SLU, respecto del cual la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ostenta la condición de órgano sustantivo.

Alcance de la evaluación

La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por el promotor y se pronuncia sobre los impactos asociados al mismo analizados por el promotor, así como los efectos sobre los factores ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto, recogidos en el estudio de impacto ambiental (EsIA). Se incluye, asimismo, en la evaluación el proceso de participación pública y consultas.

La evaluación ambiental no comprende aspectos relativos a seguridad de las instalaciones y dispositivos eléctricos, de seguridad y salud en el trabajo, de seguridad aérea, u otros que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos.

1. Descripción y localización del proyecto

El proyecto tiene por objeto la construcción de la planta solar fotovoltaica (PSF) «Campos del Condado IV» de 57,798 MWp de potencia, la cual ocupará una superficie aproximada de 97,11 ha, así como la infraestructura de evacuación formada por un centro de seccionamiento y una línea aéreo/subterránea de 30 kV, de aproximadamente 7.863 m de longitud (7.367 m en aéreo con 40 apoyos y 496 m subterráneos), entre el centro de seccionamiento y la subestación eléctrica (SET) «Campos del Condado IV, V, VI 30/220 kV». Las instalaciones proyectadas, ubicadas en los términos municipales (TT. MM.) de Beas y Trigueros (Huelva), deberán ser modificadas de acuerdo al condicionado de la presente resolución.

La SET «Campos del Condado IV, V, VI 30/220 kV» y el resto de infraestructuras de evacuación hasta la SET «Palos 400 kV», propiedad de Red Eléctrica de España, SA (REE) no forman parte del presente procedimiento.

2. Tramitación del procedimiento

Los anuncios del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Sevilla y Huelva por los que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y de declaración de impacto ambiental del presente proyecto, se publican en el «Boletín Oficial del Estado» de 25 mayo de 2021, y de 11 de enero de 2022, y en el «Boletín Oficial de la Provincia de Huelva» de 25 mayo de 2021 y de 17 de enero de 2022.

Con fecha 11 de mayo de 2022, el órgano sustantivo remite el expediente de evaluación de impacto ambiental para inicio de la tramitación del procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria.

El 7 de junio de 2022, se remite requerimiento de subsanación formal del expediente, el cual es atendido 13 de julio de 2022 con la remisión de los informes preceptivos restantes.

Asimismo, el 7 de octubre de 2022, se solicita al promotor información adicional, que es aportada el 18 de enero de 2023, y, el 2 de febrero de 2023, a la Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos y a la Dirección General de Espacios Naturales Protegidos de la Junta de Andalucía, informes en virtud del artículo 40.5 de la Ley de evaluación ambiental, que se recibieron el 16 de marzo y 12 de abril de 2023, respectivamente.

Durante el periodo de información pública se recibe una alegación. El Anexo I presenta un cuadro resumen de las consultas efectuadas a las administraciones públicas afectadas y personas interesadas, indicando si se ha recibido contestación a las mismas.

3. Análisis técnico del expediente

3.1 Análisis de alternativas.

El EsIA contempla tres alternativas de ubicación de la PSF, además de la alternativa 0 o de no realización del proyecto, la cual es descartada ya que el promotor considera que el proyecto contribuye al incremento de fuentes de energía renovables que permiten disminuir el consumo de recursos naturales y la emisión de gases de efecto invernadero, frenar el cambio el climático y mejorar la economía local y regional. Las Alternativas 1 (140 ha) y 2 (165 ha) se ubican en el T. M. de Valverde del Camino, mientras que la Alternativa 3 (97 ha) se localiza en el T. M. de Beas. El promotor selecciona la Alternativa 3, ya que no afecta a la Red Natura 2000 ni a Montes de Utilidad Pública (MUP) y minimiza las afecciones ambientales en relación al relieve local, a la hidrología superficial, a la vegetación natural, a la flora y a los hábitats de interés comunitario (HIC), así como a la fauna del territorio.

Respecto a la línea eléctrica, el EsIA plantea dos alternativas de trazado dentro de los TT. MM. Beas y Trigueros. La Alternativa 1 se proyecta en aéreo con una longitud de 11.089 m y 63 apoyos, mientras que la Alternativa 2 tiene una longitud total de 8.135 m, con un tramo aéreo de 7.419 m y 42 apoyos y un tramo subterráneo de 716 m de longitud. El promotor selecciona la Alternativa 2 debido a su menor longitud y menor número de apoyos, además de poseer un tramo subterráneo, lo que supone, principalmente, una reducción del riesgo de colisión y electrocución de la avifauna con el tendido eléctrico y una reducción del impacto visual.

La línea eléctrica finalmente proyectada ha sufrido ligeras modificaciones (reducción de longitud y soterramiento del último tramo) durante la tramitación ambiental del proyecto, tal y como se define en el primer apartado de la presente resolución.

3.2 Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

3.2.1 Suelo, subsuelo, geodiversidad.

Durante la fase de construcción las principales afecciones serán consecuencia de los movimientos de tierra, compactación de los terrenos por el trasiego de maquinaria y ocupación temporal de las instalaciones, así como por el riesgo potencial de vertidos accidentales, sin que el promotor prevea una importante modificación de la morfología de la zona ni el aumento de los procesos erosivos, ya que las actuaciones previstas se localizan sobre un terreno con pendientes suavemente onduladas. En la fase de explotación, parte de las instalaciones proyectadas (anclajes de los seguidores, centros de transformación-inversión, viales, edificios, apoyos de las líneas eléctricas, etc.) ocuparán una superficie permanente del suelo.

Tal como indica el promotor, los movimientos de tierras y excavaciones a realizar, del orden de 16.139 m3, serán los mínimos indispensables para la ejecución de las instalaciones proyectadas. Los volúmenes de excavación serán utilizados en los rellenos previstos para minimizar los excedentes de tierras, los cuales serán adecuadamente gestionados, preferiblemente in situ, para el remodelado del terreno.

Las estructuras de los seguidores se anclarán mediante el hincado directo al terreno y, en aquellos casos en los que no sea posible, se utilizará el método de pre‐drilling, micropilotes o zapatas de hormigón aisladas.

Los materiales externos necesarios para la obra civil (áridos, hormigón, etc.) procederán de instalaciones legalizadas con planes de restauración aprobados. Todos los residuos generados, incluidos los residuos peligrosos, serán gestionados por gestores autorizados de acuerdo a la normativa vigente.

Como medidas de protección, se delimitarán las zonas ocupadas, limitando el movimiento de maquinaria y personal fuera de las zonas de ocupación; se utilizarán, en la medida de lo posible, los accesos existentes; se realizará la retirada, almacenamiento y reutilización de la capa superior de tierra vegetal; y se descompactarán los terrenos afectados por las obras. Por otro lado, se evitará cualquier tipo de vertido, procediéndose a la recogida inmediata en caso de vertidos accidentales (combustibles, etc.), y las operaciones de limpieza y mantenimiento de los vehículos y maquinaria se realizarán en los lugares adecuados a tal fin, sobre suelo impermeable y con un sistema de recogida de efluentes.

3.2.2 Hidrología.

El proyecto se ubica en el ámbito de la demarcación hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras, concretamente en la cuenca del río Tinto. Las actuaciones proyectadas pueden alterar el régimen hídrico debido a las compactaciones del terreno y a la presencia de los módulos fotovoltaicos, así como suponer la pérdida de la calidad de las aguas superficiales y subterráneas debido al aumento de sólidos en suspensión por los movimientos de tierras y al vertido accidental de aceites y combustibles procedentes de la maquinaria y transporte de materiales, si bien el promotor considera dichos impactos poco significativos ya que afectan a cauces menores de escasa entidad y carácter estacional.

La PSF contará con un sistema de drenaje que dará continuidad al drenaje natural del terreno, por lo que el promotor no prevé una alteración significativa de éste. El suministro de agua se realizará mediante camión cisterna. La recogida de aguas residuales se realizará en baños químicos o fosa séptica, las cuales serán retiradas por gestor autorizado.

El promotor contempla como medidas de protección de la hidrología, entre otras, respetar una distancia mínima de 10 m desde los cauces a los módulos fotovoltaicos; situar el parque de maquinaria y zonas auxiliares alejados de cursos de agua, charcas y balsas de riego; realizar el mantenimiento de la maquinaria en talleres autorizados o en zonas impermeabilizadas habilitadas a tal efecto, con sistemas de recogida de efluentes; evitar realizar cualquier tipo de vertido y la recogida inmediata de vertidos accidentales y su traslado a gestor autorizado; y proteger los cauces frente a la erosión y arrastre de partículas mediante barreras de retención de partículas (balas de paja), etc. Los transformadores dispondrán de foso y depósito impermeabilizado con capacidad para acoger el aceite contenido en ellos, el cual será gestionado por gestor autorizado.

La Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos de la Junta de Andalucía, en sus informes de 30 de junio de 2021 y 3 de febrero de 2022, solicita que el promotor aporte un estudio hidrológico hidráulico de todos los cauces pertenecientes al dominio público hidráulico (DPH) afectados por el proyecto, en el que se determine la superficie ocupada por la máxima crecida ordinaria en régimen natural, la zona de flujo preferente y los niveles y el área alcanzada por la lámina de agua asociada al periodo de retorno de 500 años. Por otro lado, propone una serie de medidas generales de protección del DPH y la hidrología.

El Servicio de Gestión de Dominio Público Hidráulico y Calidad de las Aguas de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca en Huelva, en su informe de 27 de julio de 2021, también propone una serie de medidas de protección de la hidrología.

El promotor responde que las consideraciones generales de los citados órganos con competencia en materia de aguas de la Junta de Andalucía serán incluidas y estudiadas dentro del proyecto de ejecución. Asimismo, aporta un estudio hidrológico-hidráulico, de mayo de 2022, el cual incluye un análisis de la inudabilidad de la zona de implantación de la PSF, concluyendo que, a la vista de los resultados obtenidos para las avenidas de los períodos de retorno de 5, 100 y 500 años, no se producirán afecciones sobre los elementos estructurales impermeables (cerramiento de la instalación), y por consiguiente en ninguno de los seguidores de la PSF ni en las instalaciones auxiliares. Por otro lado, ninguno de los seguidores se localiza dentro de las zonas de inundación con calados superiores a 50 cm para el periodo de retorno de 100 años. Dicho estudio-hidráulico concluye que las futuras instalaciones se encuentran fuera del DPH y de la zona de servidumbre de paso.

La Dirección General de Recursos Hídricos de la Junta de Andalucía, en su informe de 15 de marzo de 2023, informa que el citado estudio hidrológico-hidráulico ha sido supervisado favorablemente por dicha administración hidráulica con fecha 20 de junio de 2022.

3.2.3 Aire, factores climáticos, cambio climático.

Durante la fase de construcción, se puede producir un incremento temporal de polvo y de las emisiones atmosféricas y sonoras, provocado, en su mayor parte, por el movimiento de tierras y de la propia maquinaria. El promotor considera que dichos impactos no son significativos, debido a su carácter temporal, y propone una serie de medidas que permitan el cumplimiento de la normativa vigente.

Durante la fase de explotación, se puede producir un incremento de los niveles sonoros como consecuencia del funcionamiento de los inversores de la PSF. De acuerdo con el EsIA, y dada la ausencia de asentamientos rurales en el entorno del proyecto, salvo algunos cortijos y casas de labor, el promotor concluye que, en ninguna de las zonas habitadas, consideradas como receptores potenciales, se superarán los límites establecidos en la normativa vigente. Asimismo, durante la fase de explotación, tampoco prevé producir incremento significativo alguno sobre el ruido de fondo actual.

Durante la fase de explotación, la energía generada permitirá reducir la emisión de combustibles fósiles, con el consiguiente efecto positivo sobre el cambio climático.

La Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva, en su informe de 12 de noviembre de 2021, no detecta impactos ambientales de relevancia sobre la atmósfera, y señala que la PSF, en funcionamiento normal, no produce ruido, vibraciones, emisiones de partículas ni emisiones luminosas significativas.

3.2.4 Flora y vegetación y hábitats de interés comunitario (HIC).

El ámbito de actuación se localiza en una zona agrícola de olivar en regadío, en la que también existen campiñas y pastizales, destacando, en la zona oriental, masas de vegetación arbustiva, encinar disperso y pinares y eucaliptos de repoblación. La vegetación natural se corresponde con rodales o ejemplares aislados de encina, alcornoque, acebuche, coscoja, lentisco, palmito, etc., además de plantaciones de pino piñonero y eucalipto.

Entre los principales HIC presentes en el ámbito de actuación, destacan el 5330 «Matorrales termomediterráneos y pre‐estépicos», 6220* «Zonas subestépicas de gramíneas y anuales del Thero‐Brachypodietea», 6310 «Dehesas perennifolias de Quercus spp.», 6420 «Prados mediterráneos de hierbas altas y juncos (Molinion-Holoschoenion)» y 92D0 «Galerías y matorrales ribereños termomediterráneos (Nerio-Tamaricetea y Securinegion tinctoriae)».

Las afecciones sobre la vegetación en la fase de construcción vendrán motivadas fundamentalmente por la eliminación y degradación de la cubierta vegetal. De acuerdo con la información facilitada por el promotor, las infraestructuras proyectadas de la PSF se ubican sobre pastizal arvense (14,27 ha), pastizal arvense roturado (46,25 ha), campiña leñosa (35,08 ha), matorral/tomillar (362 m2), matorral/jara pringosa (9.110 m2), matorral/jara blanca (1.812 m2), acebuchal (34 m2), encinar (387 m2), eucaliptal (1.043 m2), juncal (3.006 m2), palmitos (1.454 m2) y enebral (230 m2), sin que el promotor prevea afectar realmente a la totalidad de las citadas superficies.

El promotor señala que se han redefinido los límites de los cerramientos de la PSF y se ha adecuado la distribución de las infraestructuras para minimizar las afecciones sobre el arbolado de especies forestales de interés (encinas y acebuches) y matorral (tomillar, jara blanca y jara pringosa). Además, se excluyen totalmente de los cerramientos las unidades de vegetación identificadas como charcas y tarays. De acuerdo con el documento «Inventario del arbolado implicado en el ámbito del proyecto con conexión a la red PSFV Campos del Condado IV», de agosto de 2022, dentro de la PSF el promotor prevé la eliminación de 7 ejemplares de encina y 1 de acebuche, al tratarse de árboles de porte menor o por estar afectado su estado fitosanitario de manera significativa.

La línea eléctrica discurre sobre zona de cultivos y pastos ganaderos (40 %) y sobre formaciones de vegetación natural mixta (60 %), formada principalmente por pastizales y matorrales, así como por algunas formaciones de quercíneas. De acuerdo con el promotor, en el trazado de la línea eléctrica se ha evitado afectar a zonas de matorral, pies dispersos de encinas y pinares de repoblación.

Las infraestructuras proyectadas de la PSF se ubican sobre los siguientes HIC: 5330 (11.284 m2), 6220* (142.758 m2) y 6420 (3.006 m2), sin que el promotor prevea afectar realmente a la totalidad de las citadas superficies. Por otro lado, la línea eléctrica discurre entre dos teselas del HIC 6220*, sin que el promotor prevea la afección directa a dicho HIC.

De acuerdo con el estudio de detalle de la vegetación existente, no se encontraron individuos de flora amenazada o de interés conservacionista. No obstante, en las proximidades de la PSF se puede localizar la especie siempreviva pelosa (Armeria velutina), incluida en el Listado Andaluz de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (LAESPE), si bien, el promotor señala que se trata de una especie propia de suelos arenosos con abundante materia orgánica, no presentes en el ámbito directamente afectado, por lo que resulta poco probable su presencia en la zona. Por otro lado, el EsIA indica que las instalaciones proyectadas no afectan de forma directa a MUP.

Durante la fase de explotación, no se prevé afección a la vegetación en la PSF, favoreciéndose el mantenimiento del estrato herbáceo mediante, preferentemente, el adecuado aprovechamiento con ganado ovino.

Para la protección de la vegetación, se contemplan, entre otras, las siguientes medidas:

– Previo al inicio de las obras, si fuera necesario, se realizará una prospección botánica, para identificar la posible presencia de especies catalogadas y, en su caso, delimitar y acordonar la zona para evitar su afección.

– Se minimizará la superficie afectada por los despejes y desbroces de vegetación a lo estrictamente necesario, evitando, en la medida de lo posible, afectar a las formaciones vegetales autóctonas y los hábitats protegidos. Se ajustará la distribución de las infraestructuras dentro de los cerramientos, de tal forma que, siempre que sea posible, se conservarán los linderos y las pequeñas teselas arbustivas y se minimizarán las afecciones sobre los ejemplares arbóreos dispersos y pequeños rodales de especies forestales arbóreas de interés (encinas, alcornoques, pinos piñoneros y acebuches), estableciendo un perímetro de protección alrededor de los mismos.

– No se realizarán decapados extensivos y masivos del suelo. Se minimizarán los movimientos de tierras y la creación de taludes a los estrictamente necesarios. Si fuera necesaria la creación de taludes, serán de altura inferior a 1,5 m y perfil 1V:3H, y se revegetarán con especies autóctonas de fácil enraizamiento para facilitar la estabilidad del terreno.

– Para compensar la pérdida de hábitat forestal se realizarán reforestaciones y/o densificaciones con especies arbóreas (encinas, alcornoques, acebuches y pinos piñoneros). De igual forma, se propone la plantación de 10 pies por cada ejemplar arbóreo retirado de las citadas especies de interés. Se desarrollará un plan de actuación para la ejecución y mantenimiento de las citadas actuaciones a lo largo de la vida útil del proyecto.

– Para mejorar y naturalizar las riberas y el entorno de las charcas y abrevaderos de uso pecuario del ámbito del proyecto, se propone la plantación de especies autóctonas arbóreas y arbustivas ripícolas, así como un plan de actuación para garantizar su éxito y mantenimiento durante la vida útil del proyecto.

– Se procederá a la implantación y mantenimiento de praderas de herbáceas en las zonas degradadas dentro de los cerramientos de la PSF mediante la siembra con especies herbáceas presentes en la zona y también algunas labiadas de suelos acidófilos que puedan ser atractivas para insectos polinizadores.

La Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva, en su informe de 12 de noviembre de 2021, señala que el proyecto se sitúa, en parte, sobre terrenos forestales, por lo que se deberán minimizar las afecciones sobre las especies forestales de interés existentes. Por otro lado, indica que las actuaciones proyectadas se ubican en las inmediaciones del embalse de Beas, por lo que se deberá prestar especial atención a no favorecer la aparición de fenómenos erosivos, con arrastre de materiales que incidirían directamente sobre la calidad de sus aguas. Finalmente, en relación a los terrenos forestales, concluye no se aprecia inconveniente en la materialización del proyecto siempre que cumplan las medidas protectoras y correctoras propuestas por el promotor y las condiciones en materia forestal establecidas por dicho organismo, las cuales se recogen en el apartado de condicionado de la presente resolución.

Por otro lado, la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva indica que el territorio a ocupar forma parte del HIC 6310 «Dehesas perennifolias de Quercus spp.», que aun no siendo considerado como prioritario debe promoverse su conservación, evitando el cambio a otros usos y promoviendo la regeneración natural.

3.2.5 Fauna.

En el ámbito de actuación se localizan algunas especies incluidas en el LAESPE y en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas (CAEA), de acuerdo con el Decreto 23/2012, de 14 de febrero, por el que se regula la conservación y el uso sostenible de la flora y la fauna silvestres y sus hábitats, entre las que destaca el sisón común (Tetrax tetrax), aguilucho cenizo (Cyrcus pygargus) y águila pescadora (Pandion haliaetus), en la categoría de «vulnerable» (VU), y elanio común (Elanus caeruleus) y búho real (Bubo bubo), especies LAESPE según el CAEA.

De acuerdo con el promotor, el proyecto no se ubica en el ámbito de planes de recuperación y conservación de avifauna delimitados por la Junta de Andalucía. Por otro lado, la línea eléctrica y la PSF se localizan a aproximadamente 2,3 y 5,6 km, respectivamente, del Área Importante para las Aves (IBA) número 260 «Condado-Campiña».

Durante la fase de construcción se puede producir afección a la fauna como consecuencia de la destrucción, fragmentación y alteración de hábitats. Asimismo, se puede producir la potencial destrucción de nidos y madrigueras, atropellos, desplazamientos y modificaciones de las pautas de comportamiento como consecuencia de los ruidos, mayor presencia humana, movimiento de maquinaria y otras molestias de las obras.

Durante la fase de explotación, los principales impactos considerados son la pérdida de hábitat de las especies presentes por la ocupación de la PSF y el riesgo de colisión de la avifauna con la línea eléctrica. El promotor no considera posible el riesgo de electrocución debido al diseño de la línea proyectada. Por otro lado, se puede producir un efecto barrera por el vallado perimetral, principalmente sobre la fauna terrestre, si bien, el promotor considera esa afección como compatible, dada la existencia de una adecuada permeabilidad en el territorio a través de los cauces existentes, los cuales quedan fuera del cerramiento de la PSF. El promotor tampoco considera significativo el impacto ocasionado por el posible el reflejo de los paneles solares sobre las aves, que podría alterar su rutina de movimientos y desplazamientos.

El EsIA incluye un estudio de avifauna, abarcando un ciclo anual completo (desde octubre de 2020 a octubre de 2021), en el que se identifican y caracterizan las poblaciones existentes en una envolvente de 1 km en torno a la PSF y de 500 m a la línea de evacuación. Las principales conclusiones del estudio de avifauna son las siguientes:

El ratonero común (Buteo buteo), águila culebrera (Circaetus gallicus), águila calzada (Hieraaetus pennatus) y milano negro (Milvus migrans), especies incluidas en el LAESPE, presentan carácter reproductor en los límites del ámbito de estudio, si bien, se encuentran fuera de los límites de la ocupación directa de la actuación proyectada, por lo que se interpreta compatible la viabilidad del proyecto con su preservación.

La presencia invernante de milano real (Milvus milvus), especie «en peligro de extinción» (PE) según el CAEA, en el territorio no es destacada, con un bajo número de efectivos en la zona. No existen dormideros ni zonas de concentración habituales en la zona de estudio, por lo que no se prevén afecciones directas a la especie, sólo indirectas por ocupación de zonas de campeo invernales.

La presencia de otras especies de relevancia conservacionista en el contexto regional y peninsular es escasa, con un número interesante de taxones que, sin embargo, mostraron usos del territorio anecdóticos, como es el caso del alimoche (Neophron percnopterus) y cigüeña negra (Ciconia nigra), (ambas PE), buitre negro (Aegypius monachus) (VU), y azor común (Accipiter gentilis) y gavilán común (Accipiter nisus), incluidas en el LAESPE. El promotor no prevé afecciones directas a dichas especies.

Las especies más sensibles al riesgo de electrocución con la línea eléctrica son las grandes rapaces y planeadoras como el buitre leonado (Gyps fulvus) y águila real (Aquila chrysaetos), especies incluidas en el LAESPE, y águila imperial ibérica (Aquila adalberti) (PE). Respecto al trazado de la línea eléctrica, el promotor identifica una zona sensible para la avifauna en el entorno del arroyo de las Monjas, por la presencia de nidos de rapaces (águila calzada, ratonero común y águila culebrera) o por ser zona frecuentada en sus desplazamientos o para su alimentación por especies sensibles (cigüeña negra).

La zona de estudio acoge una cierta diversidad de aves nocturnas, destacando la presencia reproductora de búho real y búho chico (Asio otus) (LAESPE), en todo caso compatible con el desarrollo de la PSF, al encontrarse en localizaciones desligadas de la afección directa del proyecto.

Se han detectado dos parejas de elanio común, una en el área de influencia de la PSF y otra en un espacio adehesado próximo a la línea de evacuación, sin que se hayan localizado los nidos. El promotor no prevé afecciones directas a la especie, aunque sí indirectas por la ocupación espacial de cazaderos, por lo que se establecerá un calendario de trabajos acorde con la preservación del período de cría de la especie en la zona, además del resto de medidas de protección de la avifauna previstas.

No se prevén afecciones directas ni indirectas sobre el sisón, debido a la inexistencia de algún núcleo poblacional en los límites o en el entorno del proyecto, habiéndose detectado sólo dos ejemplares en la finca de El Pintado. Según el promotor, la inexistencia de contactos bibliográficos supone el decrecimiento poblacional de la especie y la posible extinción local en los aledaños del proyecto.

El ámbito de estudio es zona de campeo del aguilucho cenizo, habiéndose realizado observaciones esporádicas durante los censos. Durante la época de cría, existe la querencia de una pareja en pastizales y siembras forrajeras al oeste de Peñote, apreciándose campeos abundantes de los adultos tanto al norte como al sur del Cordel de Portugal, lo que puede interpretarse como un asentamiento de cría en dichas zonas. El promotor prevé posibles afecciones directas a la especie, si bien la zona de querencia se emplaza fuera de los límites de ocupación, aunque próxima. Además, se prevén afecciones indirectas por la pérdida de zonas utilizadas por la especie para el campeo habitual, por lo que se deberán adoptar las oportunas medidas para la compatibilización del tendido eléctrico y la preservación de la avifauna, como la parada biológica y la salvaguarda y el rescate de pollos en los momentos de cosechado de los campos de cultivo.

La ocupación del proyecto provocará afecciones directas al alcaraván (Burhinus oedicnemus) (LAESPE), por la alteración de los espacios abiertos en los que nidifica y se reproduce la especie. El cernícalo primilla (Falco naumanni) (LAESPE) tiene presencia muy significativa en el ámbito geográfico comarcal, si bien no existen localizaciones de cría en el ámbito particular del proyecto. El tramo final de la línea de evacuación provocará la afección parcial de importantes cazaderos de cernícalo primilla. No obstante, un adecuado diseño de las ocupaciones definitivas de los seguidores, en los que se mantengan clareos de pastizales intercalados entre calles de placas y cerramientos, facilitaría compatibilizar el desarrollo del proyecto con la preservación de las citadas especies en la zona.

Pueden existir desplazamientos de aves acuáticas, como la espátula (Platalea leucorodia) (LAESPE) y el morito (Plegadis falcinellus) (LAESPE), entre humedales, charcas y balsas locales, lo que facilita la conexión entre poblaciones y la interconexión de territorios a escala regional, así como se ha detectado la presencia escasa de aguilucho lagunero occidental (Circus aeruginosus) (LAESPE), sin que se prevea directas o indirectas (por pérdida de hábitat) sobre estas especies, siempre que no se altere los pequeños humedales y charcas existentes en el territorio.

No se prevén afecciones directas ni indirectas sobre el águila pescadora debido a la lejanía de los enclaves de cría y alimentación situados en las marismas del Odiel y en el Estero de Domingo Rubio.

La presencia del martín pescador (Alcedo atthis) (LAESPE) está ligada exclusivamente a charcas y pequeños embalses locales durante el periodo post-reproductor, sin descartarse que no exista alguna pareja reproductora en dichos enclaves palustres. No se prevén afecciones directas a la especie, siempre que se preserven los enclaves palustres existentes en la zona del proyecto y sus inmediaciones.

Respecto a la grulla (Grus grus) (LAESPE), no se han identificado zonas de alimentación y/o concentración de dentro de la PSF ni áreas de concentración de ejemplares ligadas a los humedales y pequeños embalses locales.

Por otro lado, el ámbito del proyecto se encuentra en el Área Potencial de Conexión Expansión «Doñana‐Aljarafe con Sierra Morena» del lince ibérico (Lynx pardinus) (PE) dentro del Plan de Conservación y Recuperación del Lince ibérico. De acuerdo con el EsIA, no se han encontrado evidencias (prospección de huellas, letrinas, etc.) de movimientos de lince en las zonas implicadas directamente en el proyecto, en las cuales la presencia de conejo es escasa/media, no obstante, se trata de un territorio histórico donde es probable la existencia de zonas de paso y trasiego durante sus movimientos dispersivos por la zona. El promotor señala que las medidas de balizamiento de las áreas de actuación, el control de tráfico, la minimización de ruidos y de la velocidad de los vehículos, etc. podrán reducir notablemente el riesgo de afección y atropello a la fauna terrestre.

Entre las medidas preventivas, correctoras y compensatorias previstas por el promotor para la protección de la fauna, cuya ubicación y desarrollo se consensuará con los propietarios y la administración competente, se encuentran las siguientes:

– Se realizará una revisión previa a las labores de corta y desbroce de vegetación con objeto de verificar la ausencia de especies de fauna nidificantes antes de dichas acciones.

– Se establecerá un adecuado calendario de obras, evitando las actuaciones de mayor entidad y repercusión ambiental, como los desbroces, durante el período general de cría de los taxones del territorio, comprendido entre el 1 de marzo y 15 de julio. Durante las obras, las operaciones más ruidosas se realizarán en horario diurno.

– La línea eléctrica contará con las correspondientes medidas anticolisión y antielectrocución para reducir el riesgo sobre la avifauna, como es, entre otras, la instalación de dispositivos salvapájaros en el cable de tierra cada 5 m.

– Se procederá a la identificación y corrección de tramos peligrosos de tendidos eléctricos problemáticos existentes en el T. M. de Beas, en un mínimo de longitud equivalente a dos veces la longitud de la línea proyectada.

– El proyecto contempla la instalación de 15 nidales para aves nocturnas, 5 nidales para cernícalo vulgar, 3 primillares para favorecer la presencia de cernícalo primilla y 5 majanos de piedras para favorecer la presencia de mochuelo y otras especies de fauna; la creación de 3 nuevas charcas pecuarias en las inmediaciones de la PSF; y la construcción de dos colmenares en zonas cercanas al ámbito de estudio para favorecer la presencia de polinizadores.

– Para favorecer al cernícalo primilla se instalarán nidales artificiales en las edificaciones de labor de La Giralda y Papahigos y se favorecerán los pastos naturales en el interior y zonas aledañas de la PSF para el desarrollo de la fauna alimento de dicha especie objetivo.

– Para favorecer los hábitats esteparios, en una parcela de pastizales roturados situada al norte de la PSF, asociada a la Casa de Matallana, se procederá a la aplicación de medidas agroambientales tales como retrasos en la realización de roturaciones y cosechas forrajeras, evitando dichas acciones en el periodo del 1 de marzo al 15 de julio; cambios en el monocultivo forrajero con la introducción de barbechos y cultivos de leguminosas; fomento de la presencia de linderos y majanos; minimización de fitosanitarios; etc.

– Se procederá a la mejora de la calidad del hábitat palustre de dos pequeñas charcas abrevadero existentes en el entorno de la PSF, mediante la creación y fomento de orlas de vegetación palustre; diversificación del perfil lagunar; creación de plataformas de nidificación y dormideros para especies de avifauna de humedales; mantenimiento de una lámina de agua permanente, incluso en los momentos más desfavorables del año; etc.

– El vallado perimetral, de tipo cinegético, dispondrá de una apertura en su parte inferior de 20 cm para el paso de pequeños animales.

– Se procederá a la restauración ambiental de espacios degradados existentes en el T. M. de Beas (zonas de vertidos ilegales, antiguas áreas de préstamo, etc.), en una superficie total equivalente al 50 % de la superficie ocupada por las placas solares. En dichas zonas, previo acuerdo con las partes implicadas, se procederá a labores de limpieza, roturación, descompactación, implantación vegetal y de fomento del hábitat faunístico de especies cinegéticas locales mediante la construcción de majanos (1 majano por cada 10 ha ocupadas por la PSF) e instalación de nidales para rapaces nocturnas (1 nidal por cada 3 ha ocupadas por la PSF).

La Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva, en su informe de 11 de noviembre de 2021, concluye que el proyecto, en su diseño inicial, generaría una afección sobre la diversidad biológica existente en el ecosistema presente, alterando el hábitat actual. Dicha Delegación Territorial señala que específicamente se constata la importante presencia de especies de fauna catalogada y que de llevarse a efecto el proyecto originaría una afección significativa, así como la influencia en el hábitat que debe ser conservado o restituido en la medida de lo posible, por lo que propone una serie de medidas correctoras y compensatorias, las cuales se recogen en el condicionado de la presente resolución.

La Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva, en su informe de 25 de abril de 2022, indica que los mayores impactos negativos se producirán durante la fase de construcción sobre la fauna, principalmente la avifauna, los cuales se verán atenuados con la aplicación de las medidas protectoras y correctoras planteadas, debiendo efectuarse un plan de actuación que contemple la limitación de trabajos ante la presencia de fauna en época de reproducción y crianza, así como la necesidad de dejar inalteradas zonas de refugio (islas). Durante la fase de explotación, a medida que se vaya colonizando la zona de implantación de la PSF con vegetación espontánea, se evidenciará una mejora de la biodiversidad, con el cumplimiento de las medidas propuestas.

La citada Delegación Territorial indica que la actuación proyectada no compromete ninguna especie de flora o fauna, en todo caso podrían aparecer algunas nuevas y se produciría una paulatina modificación parcial del hábitat, hacia uno de mayor biodiversidad. Por otro lado, señala que dentro del ámbito de estudio se presentan, principalmente, dos tipos de hábitats generados como transformación del hábitat original, y que el uso actual de este territorio no resulta ser el más apropiado para la preservación de las especies que en este ámbito habitan. En consecuencia, no prevé que la ejecución del proyecto produzca una pérdida neta de biodiversidad, sino al contrario, muy probablemente se verá favorecida. Finalmente concluye que la actuación podría llevarse a cabo, siempre y cuando se desarrolle un adecuado plan de vigilancia ambiental y la aplicación del plan de medidas preventivas, correctoras y compensatorias planteado por el promotor y las propuestas por dicho organismo, las cuales se recogen en el condicionado de la presente resolución.

3.2.6 Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000.

Las infraestructuras proyectadas no se ubican sobre espacios incluidos en la Red Natura 2000 o en la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía (RENPA), si bien, se sitúan a una distancia de 110 m (PSF) y 1,18 km (línea eléctrica) de la Zona Especial de Conservación (ZEC) ES6150021 «Corredor Ecológico del Río Tinto», cuya prioridad de conservación es la conectividad ecológica entre el ámbito de Doñana y las sierras del Andévalo y Sierra Morena.

La Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Junta de Andalucía, en su informe de 10 de noviembre de 2021, señala que las actuaciones proyectadas colindan con la citada ZEC, por lo que el EsIA debe incluir un apartado específico para la evaluación de las repercusiones del proyecto sobre la Red Natura 2000 teniendo en cuenta los objetivos y la prioridad de conservación. Asimismo, solicita incluir la descripción y análisis de los posibles efectos sinérgicos del proyecto sobre los espacios naturales protegidos, considerando otras actuaciones proyectadas e infraestructuras existentes en el entorno. Por último, propone una serie de medidas generales de protección ambiental, las cuales se recogen en el condicionado de la presente resolución.

De acuerdo al anexo de «Evaluación de las repercusiones del proyecto sobre espacios de la Red Natura 2000» (en adelante, estudio Red Natura), de diciembre de 2021, la ZEC «Corredor Ecológico del Río Tinto» destaca como elemento conector entre varios espacios de la Red Natura 2000, y es utilizado por especies amenazadas como el lince ibérico. En este sentido, dicho estudio señala que la PSF se localiza en una zona elevada del terreno, existiendo un considerable desnivel entre la PSF y la ZEC, por lo que no prevé afecciones sobre los movimientos de las especies que, como el lince, utilizan los cauces para sus desplazamientos.

El citado estudio Red Natura concluye que la actuación prevista no incidirá físicamente en la mencionada ZEC, evitando alterar los HIC y especies florísticas incluidas dentro de la misma ni afectará a muestras de hábitats y biotopos. Asimismo, señala que el proyecto no generará nuevas barreras en el territorio, al no ocupar los límites de la ZEC, márgenes y lechos de los espacios fluviales ni alterar las cubiertas vegetales de sus laderas y llanuras de inundación, ocupando zonas ya alteradas por las actividades humanas.

Por otro lado, el anexo de «Afección a la Red Natura 2000 del EsIA», de febrero de 2021, señala que la línea eléctrica no afecta directamente a la Red Natura 2000, si bien puede existir un impacto indirecto moderado por el riesgo de colisión y electrocución de las especies de avifauna más sensibles, el cual se reducirá con las medidas anticolisión y antielectrocucción previstas. Según dicho estudio, dada sus características, la línea eléctrica no supone una fragmentación de los hábitats presentes, y la presencia de la misma puede suponer un impacto paisajístico indirecto compatible en el entorno de la ZEC. El promotor concluye que la línea eléctrica no supone impactos significativos sobre los espacios de la Red Natura próximos a su emplazamiento.

En relación a la Red Natura, el promotor propone una serie de medidas de protección de los HIC, vegetación y fauna, recogidas en los apartados correspondientes, así como el replanteo preoperacional de las zonas y franjas de obra en las inmediaciones de la ZEC, en el que se procederá al respeto estricto de los límites de la actuación.

La Dirección General de Espacios Naturales Protegidos de la Junta de Andalucía, en su informe de 17 de marzo de 2023, concluye que las actuaciones proyectadas no interceptan ningún área perteneciente a la Red Natura 2000 ni espacio protegido, no siendo previsible que el proyecto pueda suponer una afección significativa a los objetivos de conservación de los espacios protegidos próximos al ámbito de estudio, como es la ZEC «Corredor Ecológico del Río Tinto», siempre que se lleven a cabo las medidas mitigadoras propuestas promotor, así como las consideraciones de buenas prácticas emitidas por dicho órgano ambiental autonómico, las cuales se recogen en el condicionado de la presente resolución.

3.2.7 Paisaje.

El principal impacto durante la fase de construcción se produce debido a la presencia de maquinaria de obra, movimientos de tierra y construcción de las infraestructuras previstas, el cual tendrá un carácter temporal. Durante la fase de explotación, la presencia de las instalaciones implicará una pérdida de la calidad visual del entorno, debido a que supondrán la aparición de elementos discordantes con el paisaje rural donde se localiza el proyecto.

De acuerdo con el EsIA, el ámbito de influencia paisajística de la PSF presenta una buena calidad visual, con una fragilidad paisajística elevada y una capacidad de acogida media-baja, si bien, la presencia de zonas adehesadas con arbolado natural y plantaciones leñosas, la orografía del terreno y la ausencia de infraestructuras de transporte y núcleos de población próximos hacen que la cuenca de observación del proyecto quede bastante acotada y restringida a las zonas más inmediatas, destacando el posible impacto visual de la PSF desde el mirador del Dolmen del Labradillo. El estudio de paisaje, de diciembre de 2021, concluye que la PSF supone un impacto paisajístico compatible.

En relación a la línea de evacuación, el EsIA señala que el ámbito de actuación presenta una calidad paisajística media-baja, una fragilidad paisajística baja y una capacidad de acogida media, con un relieve accidentado y baja presencia de núcleos urbanos y viviendas cercanas lo que reduce la incidencia visual. El promotor señala que la línea proyectada presenta una incidencia visual media, salvo en aquellos puntos de observación más próximos a la misma (Fuente de Méndez, Fuente de Fátima y Casas de Peñote) donde será alta. El promotor concluye que la línea eléctrica supone un impacto paisajístico moderado.

Para minimizar la afección paisajística, el promotor contempla, entre otras, la retirada de todas las instalaciones auxiliares, residuos, etc.; la restauración y revegetación de los terrenos afectados por las obras con especies autóctonas; la implantación de apantallamientos vegetales asociados al perímetro de la PSF, y la aplicación de coloraciones, tonos y brillos en elementos del proyecto acordes con las características intrínsecas del territorio. Asimismo, en las superficies de olivar intensivo afectadas, el promotor plantea la posibilidad de preservar las dos primeras alineaciones en paralelo con el cerramiento para su integración paisajística.

La Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Huelva, en su informe de 30 de julio de 2021, solicita que en el estudio de paisaje e integración paisajística se analicen las sinergias derivadas de la presencia del resto de PSF cercanas y de sus infraestructuras de evacuación, para lograr así una buena integración paisajista y ambiental. El promotor responde que las citadas observaciones serán estudiadas y consideradas dentro del proyecto de ejecución.

3.2.8 Población y salud humana.

Durante la fase de construcción, se pueden producir molestias a la población por el incremento de los niveles de ruido, emisiones de gases y partículas y disminución de la permeabilidad territorial durante las obras. El EsIA contempla la reposición de todos los bienes y servicios afectados por las obras y el mantenimiento de la permeabilidad territorial. Asimismo, el promotor prevé un impacto positivo en la economía local de la zona.

La Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva, en su informe de 12 de noviembre de 2021, señala que no se prevé afectar de forma directa e indirecta a la población, dada la distancia del proyecto respecto a la vivienda más cercana.

La Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica de la Junta de Andalucía, en su informe de 29 de marzo de 2022, señala que los efectos asociados a la exposición de campos electromagnéticos y los efectos en salud no están desarrollados en el proyecto, por lo que sería deseable que se expusieran de manera específica.

En respuesta, el promotor aporta una adenda, de abril de 2022, que concluye que el impacto por campos electromagnéticos que genera el proyecto en la salud humana es irrelevante y compatible, puesto que no repercute a las zonas residenciales más próximas, debido a que se mantienen las distancias mínimas de seguridad, situándose la vivienda más próxima a 210 m de la línea eléctrica, y no se superan los valores de referencia establecidos en la Recomendación 1999/519/CE del Consejo, de 12 de julio de 1999 relativa a la exposición del público en general a campos electromagnéticos (0 Hz a 300 GHz) y de la Comisión Internacional sobre Protección Frente a Radiaciones No Ionizantes (ICNIRP).

La Delegación Territorial en Huelva de la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía, en su informe de 26 de abril de 2022, señala que la contestación del promotor da respuesta a la cuestión planteada y expresa la conformidad con la autorización de la instalación.

La Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Huelva, en su informe de 30 de julio de 2021, señala que las infraestructuras proyectadas no presentan una incidencia territorial negativa y, con carácter general y exclusivamente desde el punto de vista de la ordenación del territorio, el proyecto coincide con los objetivos del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA). También indica que el ámbito de actuación del proyecto no afecta a ninguna zona protegida por el Plan Especial de Protección del Medio Físico y Catálogo de la Provincia de Huelva (PEPMFPH), siendo de aplicación sus normas generales. Por otro lado, la Dirección General de Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, en su informe de 4 de marzo de 2022, reitera íntegramente el contenido del citado informe de la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Huelva de 30 de julio de 2021. El promotor responde que las citadas consideraciones sectoriales serán estudiadas y consideradas dentro del proyecto de ejecución.

El ayuntamiento de Beas considera que la actividad proyectada es compatible con la normativa urbanística municipal, condicionada al cumplimiento de una serie de determinaciones, las cuales se recogen en el condicionado de la presente resolución.

3.2.9 Bienes materiales, patrimonio cultural y vías pecuarias.

Los posibles impactos sobre el patrimonio cultural se producirían, principalmente en la fase de construcción, debido a los movimientos de tierras, dado que en el ámbito de actuación existen varios elementos pertenecientes al patrimonio cultural.

La Delegación Territorial de Cultura y Patrimonio Histórico en Huelva, en su informe de 28 de junio de 2021, señala que, dada la proximidad del proyecto al Conjunto Dolménico del Labradillo, catalogado como Bien de Interés Cultural (BIC) con la tipología de Zona Arqueológica, considera necesario el cambio de ubicación de la PSF ya que el proyecto causaría la degradación de los valores del BIC en lo relativo a la contaminación visual y perceptiva, debido a que los módulos fotovoltaicos supondrían una interferencia que distorsionaría su contemplación y la comprensión de sus relaciones directas con el paisaje circundante, aspecto de especial protección en un elemento patrimonial como son los dólmenes o estructuras megalíticas. Asimismo, su ubicación podría afectar a estructuras y restos arqueológicos vinculados con el dolmen por lo que, en cualquier caso, considera necesaria la realización de una Actividad Arqueológica Preventiva de Prospección Arqueológica, según la normativa vigente, la cual puede incluir: excavación arqueológica extensiva, sondeo arqueológico y control arqueológico de los movimientos de tierra.

Según la Memoria Preliminar y Final relativa a la Actividad Arqueológica Preventiva Prospección Arqueológica superficial realizada, de diciembre de 2021:

– El Conjunto Dolménico del Labradillo no se verá afectado por las infraestructuras proyectadas, proponiéndose la plantación de una barrera vegetal en la loma del mismo, formada por pies de encinas de gran porte, con objeto de evitar las afecciones visuales que el proyecto pudiera tener en el conjunto arqueológico.

– Se excluirá del proyecto el yacimiento inédito El Castaño y su área de protección de 30 m, evitando cualquier excavación y la implantación de seguidores y paneles en el área definida, la cual será vallada. En el caso de que no fuera posible, por motivos técnicos, evitar la implantación de paneles en la citada zona delimitada, se propone la ejecución de sondeos arqueológicos para valorar el yacimiento.

– Se procederá tanto al balizamiento de los elementos etnográficos Pozo Casa Matallana y Plataforma de carga de ganado Casas del Labradillo como al seguimiento arqueológico intensivo y, sólo en el caso de que fuera necesario su desmontaje, se realizaría una fase de documentación fotogramétrica y planimétrica completa.

– La línea eléctrica discurre próxima a las ruinas del elemento etnográfico Molino de la Pasada, sin que esté prevista su afección, no obstante, se llevará a cabo un seguimiento arqueológico intensivo de la excavación de dichos apoyos.

– Además, se contemplan como medidas de prevención y protección del patrimonio cultural el seguimiento y vigilancia de los movimientos de tierra por parte de un arqueólogo expresamente autorizado por la administración competente; la realización de sondeos arqueológicos de comprobación, cuyo objetivo fundamental es la caracterización y valoración del espacio afectado; y la señalización temporal de los recursos culturales y la exclusión de cualquier movimiento de obra dentro del perímetro señalado.

De acuerdo con la Resolución de la Delegación Territorial de Cultura y Patrimonio Histórico en Huelva sobre la Memoria Preliminar y Final relativa a la Actividad Arqueológica Preventiva Prospección Arqueológica superficial, de 3 de mayo de 2022, la documentación aportada cumple con los requisitos formales y metodológicos requeridos en la normativa patrimonial vigente, informa del proyecto en sentido favorable desde el punto de vista técnico, y considera necesario adoptar una serie de medidas cautelares de cara a la adecuada protección y conservación del patrimonio cultural, las cuales se recogen en el condicionado de la presente resolución. El promotor responde que dichas medidas cautelares serán incluidas y estudiadas dentro del proyecto.

La Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva informa que la línea eléctrica afecta a las vías pecuarias Cordel de Portugal y Colada del Camino Real. No obstante, emite informe favorable y señala que, en cuanto a las ocupaciones derivadas por el cruzamiento de la línea eléctrica, se requerirá la preceptiva autorización de dicha administración. El promotor contempla solicitar la autorización de ocupación temporal de vías pecuarias según la legislación vigente, así como la restauración a su estado inicial una vez finalizada la fase de construcción.

3.2.10 Sinergias.

De acuerdo al apartado de sinergias del EsIA y al «Estudio de sinergias conjunto para el proyecto con conexión a la red PSFV Campos del Condado IV, de 51 MW, y su infraestructura de evacuación», de diciembre de 2022 (en adelante, se refieren ambos como estudio de sinergias), en la envolvente de 10 km alrededor de las infraestructuras proyectadas se localizan 18 PSF existentes y proyectadas, líneas eléctricas, carreteras, actividades mineras, etc. El estudio de sinergias se centra en los impactos sinérgicos y acumulativos más relevantes sobre la vegetación, HIC, fauna, paisaje y Red Natura 2000.

Según el estudio de sinergias, las implantaciones fotovoltaicas, de elevada ocupación espacial, pueden implicar connotaciones negativas sobre la fauna, tanto directamente en su construcción, debido a su eliminación, en algunos casos, o su alejamiento temporal o permanente de la zona, en otros, como indirectamente, alterando el hábitat faunístico en el que habitan. Por otro lado, la explotación de proyectos de elevada extensión en superficie puede suponer un factor limitante para la fauna de mayor sensibilidad, tanto por la ocupación en sí como por la permanencia en el tiempo de las infraestructuras creadas.

El estudio de sinergias señala que la avifauna es el grupo que pudiera verse más afectado por el desarrollo de infraestructuras en la zona, sobre todo teniendo en cuenta la previsión de las nuevas ocupaciones y la pérdida conjunta de hábitat que ello conlleva. En este sentido, el promotor señala que el conjunto de proyectos afecta principalmente a espacios abiertos, campiñas, pastizales y olivares del territorio, y que en el entorno de los proyectos previstos existen manifestaciones de los hábitats afectados por los mismos, los cuales no se encuentran en un estado de conservación cercano al óptimo, por lo que la afección no se considera especialmente significativa. El efecto barrera sinérgico se considera moderado ya que los principales movimientos de la fauna terrestre se realiza a través del eje fluvial principal y, en mucha menor medida, por los regueros y subsidiarios menores en la zona.

El estudio de sinergias concluye que, si bien puede existir un efecto sinérgico negativo sobre la fauna, por el incremento de las afecciones directas, molestias, efecto barrera, la alteración y pérdida de hábitat faunísticos, etc., el conjunto de infraestructuras es compatible con el mantenimiento del amplio espectro de taxones detectado durante los trabajos de campo, y que el citado impacto sinérgico es asumible, dada la elevada compatibilidad detectada entre la biodiversidad faunística local y el grado de antropización que experimenta el espacio desde hace décadas.

En relación al paisaje, y a raíz de la fragilidad visual media/elevada de la zona de estudio, la incidencia visual de los nuevos proyectos en un mismo entorno, sobre todo en lo referido a amplias ocupaciones superficiales, es alta. Asimismo, la capacidad de acogida de actuaciones, en conjunto con otros proyectos similares en la zona, es media. De acuerdo con el estudio de sinergias, el conjunto de proyectos supondrá un impacto paisajístico moderado durante las fases de construcción y de explotación, ya que, de acuerdo con el promotor no se prevé un aumento significativo de los efectos acumulativos negativos visuales con respecto al tratamiento individualizado del proyecto.

Respecto a la vegetación, la mayoría de las infraestructuras proyectadas ocupan zonas agrícolas, así como áreas de herbazales y de bosques muy concretas y reducidas. Por lo tanto, al tratarse de terrenos antropizados y degradados con anterioridad al ser utilizados de forma intensiva, el promotor señala que la afección es reducida, por lo que considera que el efecto sinérgico del total de las instalaciones proyectadas será moderado.

El promotor considera que apenas se producirán escasas afecciones directas sobre los HIC (5330, 6220* y 6420) por los desarrollos fotovoltaicos en el territorio, las cuales serán corregidas y compensadas mediante la aplicación de los adecuados esfuerzos de restauración ambiental e integración paisajística. Por otro lado, el estudio de sinergias indica que la afección sobre el HIC 6310, el cual es atravesado por la línea eléctrica de evacuación conjunta, es muy reducida y, por lo tanto, el efecto sinérgico del total de las instalaciones proyectadas y existentes sobre dicho HIC será moderado. En este sentido, el promotor señala que la tendencia sería a la recuperación de superficies forestales y de matorral, allá donde se produjera el abandono de los usos agropecuarios.

El estudio de sinergias señala que ninguna de las infraestructuras afecta a la Red Natura 2000, concretamente a la ZEC «Corredor Ecológico del Río Tinto», ni a la red de espacios protegidos del territorio, por lo que el efecto sinérgico tiene un carácter moderado.

3.3 Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto.

El EsIA incluye un apartado que analiza los efectos derivados de la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o de catástrofes, tales como inundaciones, seísmos, fenómenos meteorológicos adversos, hundimiento del terreno, desprendimientos y deslizamientos, incendios, emisiones atmosféricas, riesgo radiológico, y accidentes por riesgos químicos y/o tecnológicos y del transporte de mercancías peligrosas y transporte civil, entre otros, concluyendo que la probabilidad de ocurrencia de los citados riesgos es media/baja, salvo el riesgo de vertidos accidentales de productos químicos (aceite, grasas, etc.) cuya probabilidad es medio-alta. Debido a la existencia de riesgos con probabilidad de ocurrencia alta, el promotor establecerá un plan de seguridad y prevención frente a los accidentes generados de mayor incidencia, con objeto de reducir hasta un nivel bajo de riesgo el desarrollo del proyecto en sus distintas fases.

La Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Junta de Andalucía, en su informe de 1 de febrero de 2022, informa que, en materia de protección civil, en el EsIA se han tenido en cuenta los efectos derivados de la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes o de catástrofes naturales, resultando los documentos coherentes con los aspectos relacionados con las actuaciones y competencias de dicha Dirección General, no formulando aportaciones ni objeciones al mismo.

En todo caso y al igual que los aspectos técnicos del proyecto, como el propio diseño del mismo, la vulnerabilidad del proyecto según el análisis realizado por el promotor es un factor más a considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del órgano sustantivo.

3.4 Programa de vigilancia ambiental.

El programa de vigilancia y seguimiento ambiental (PVA) tiene como objetivo el seguimiento y control de los impactos previstos, garantizar el cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, así como identificar impactos ambientales no previstos y la adopción de medidas complementarias adicionales para la protección ambiental. En cada una de las fases de dicho programa, se realizará un seguimiento de la eficacia de las medidas adoptadas y sus criterios de aplicación, emitiendo los correspondientes informes de vigilancia. Los principales aspectos considerados en el PVA son los siguientes:

– Fase de obras: control de la ocupación y señalización de la zona de actuación y accesos; de la calidad atmosférica y acústica; de los movimientos de tierras, de la alteración y contaminación del suelo, de los procesos erosivos y de la recuperación de la geomorfología; de la calidad de las aguas y del mantenimiento del drenaje natural, de los residuos y vertidos; de la protección de la vegetación y la fauna; de la revegetación natural, recuperación ambiental e integración paisajística; de la protección del patrimonio cultural, etc.

– Fase de explotación: seguimiento de la contaminación del suelo; de la red de drenaje; del ruido; de la gestión de residuos; de la vegetación y de la fauna; de las revegetaciones y de la integración paisajística; etc.

Fundamentos de Derecho

El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el apartado j) del grupo 3 del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de impacto ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el EsIA, el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como la documentación complementaria aportada por el promotor y las consultas adicionales realizadas.

En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental a la realización del proyecto Parque solar fotovoltaico «Campos del Condado IV» de 57,798 MWp/51 MWn, y su infraestructura de evacuación, en los TT. MM. de Beas y Trigueros (Huelva) en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada y se exponen a continuación, en las que se debe desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales, lo cual no exime al promotor de la obligación de obtener todas las autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles.

Atendiendo a los antecedentes y fundamentos de derecho expuestos se resuelven las condiciones al proyecto y medidas preventivas, correctoras y compensatorias de los efectos adversos sobre el medio ambiente, que se establecen en los siguientes términos:

4. Condiciones al proyecto

4.1 Condiciones generales.

1. El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias contempladas en el EsIA y las aceptadas tras la información pública, o contenidas en la información complementaria, en tanto no contradigan lo establecido en la presente resolución. Asimismo, las infraestructuras proyectadas deberán ser modificadas de acuerdo al condicionado de la presente resolución.

Por otro lado, se cumplirán todas las condiciones propuestas por la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva (actual Delegación de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul), algunas de las cuales se concretan en los siguientes apartados. En este sentido, se elaborará un único documento técnico que incluya tanto el Plan de medidas protectoras, correctoras y compensatorias previstas por el promotor, como las propuestas por la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva y las recogidas en la presente resolución, el cual deberá entregarse a dicha Administración para su aprobación como máximo en un plazo de 30 días antes de la fecha prevista para el inicio de los trabajos relacionados con la actuación proyectada. El citado documento incorporará el PVA. Todas las medidas previstas deberán estar detalladas y presupuestadas.

2. Con carácter general, el promotor habrá de respetar las buenas prácticas ambientales para la realización del proyecto, pudiendo servir de orientación los «Manuales de Buenas Prácticas Ambientales en las Familias Profesionales», que se encuentran publicados en la página web de este Ministerio, para cada una de las actuaciones previstas.

4.2 Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias para los impactos más significativos.

A continuación, se indican aquellas medidas del EsIA que deben ser modificadas teniendo en cuenta las medidas adicionales establecidas en los informes recibidos en el procedimiento y que se consideran necesarias para garantizar la protección del medio ambiente, así como las que se desprenden del análisis técnico realizado por el órgano ambiental.

4.2.1 Suelo, subsuelo, geodiversidad.

1. Siempre que sea posible, se minimizará la alteración del suelo, utilizando sistemas de anclaje de las placas al terreno que requiera el mínimo uso posible de hormigonado (sistemas de perfiles metálicos hincados). De igual manera, se disminuirá al mínimo posible el uso de hormigonado en la instalación del cableado interior de las PSF (zanjas para soterramiento). En todo momento se evitará la realización de voladuras.

2. Se cumplirán todas las medidas requeridas por la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva relativas al decapado del suelo y movimientos de tierras, entre las que destacan:

– Se evitarán los decapados extensivos y masivos del suelo, limitándose a aquellos casos en los que sean estrictamente necesarios y justificados (apertura de zanjas, cimentaciones, nivelaciones en pequeñas superficies, etc.). La tierra vegetal que sea necesaria retirar se conservará de forma correcta para su posterior uso en las labores de restauración.

– Los trabajos de desbroce, retirada del suelo y circulación de la maquinaria se limitarán a la zona de actuación, con el objeto de evitar en lo posible la alteración o eliminación de vegetación natural circundante.

– Se minimizarán los movimientos de tierras que puedan suponer variación del perfil natural del terreno y puedan producir una alteración de la red de drenaje natural, evitando actuar en zonas cuya pendiente sea superior al 15 %. Los movimientos de tierras necesarios deberán respetar la red de drenaje natural de los terrenos, y se adaptarán a los rodales forestales y pies arbóreos dispersos a conservar como a los espacios forestales circundantes, de modo que no se formen taludes respecto de los mismos, salvo en casos muy puntuales y debidamente justificados.

– Todos los taludes generados serán inferiores a 1,5 m de altura con un perfil de pendiente inferior a 1V:3H y serán revegetados con especies autóctonas de fácil enraizamiento que aseguren mejor la estabilidad del terreno, evitándose el empleo de especies exóticas invasoras.

– Se deberá garantizar la ausencia de afecciones ambientales al resto de los predios colindantes, cuidando especialmente que la actividad no induzca la aparición de fenómenos erosivos ni procesos de deposición de materiales erosionados en las fincas del entorno, adoptándose cuantas medidas resulten necesarias.

3. Se utilizarán los caminos y accesos que existen en la actualidad evitando, siempre que sea posible, la apertura de otros nuevos. En caso de ejecución de nuevos caminos y/o accesos, se realizarán con la mínima anchura posible, procurando respetar la vegetación autóctona, y en coordinación con el órgano ambiental de la Junta de Andalucía.

4.2.2 Hidrología.

1. Las infraestructuras finalmente contempladas en el proyecto deberán cumplir lo dispuesto en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico y disponer de las correspondientes autorizaciones preceptivas de la Dirección General de Recursos Hídricos de la Junta de Andalucía. En su caso, el promotor presentará ante el organismo de cuenca la documentación preceptiva del diseño final del proyecto, conforme a lo dispuesto en la normativa reguladora en materia de aguas, previamente a la autorización del proyecto.

2. Se cumplirán todas las medidas de protección de la hidrología de la Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos, en sus informes de 30 de junio de 2021 y 3 de febrero de 2022, y de la Dirección General de Recursos Hídricos de la Junta de Andalucía, en su informe de 15 de marzo de 2023, y del Servicio de Gestión de Dominio Público Hidráulico y Calidad de las Aguas de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca en Huelva, en su informe de 27 de julio de 2021, entre las que destacan:

– Se respetarán las escorrentías naturales, el relieve natural del terreno y los cauces naturales en toda su extensión, y se conservará la vegetación de ribera existente.

– El proyecto constructivo incluirá un Plan de protección del paisaje fluvial con el fin de la recuperación de las funciones ecológicas, hidrológicas y paisajísticas, el cual deberá ser previamente aprobado por la administración hidráulica de la Junta de Andalucía. El citado Plan incluirá medidas de consolidación del terreno en las riberas y en las márgenes, que impidan la erosión de las mismas y el aporte de materiales al DPH, siendo recomendable la revegetación de las riberas con especies autóctonas adecuadas.

– En la medida de lo posible, las nuevas edificaciones y usos asociados se realizarán fuera de las zonas inundables.En aquellos casos en los que no sea posible, las placas solares quedarán por encima de la cota de inundación para el periodo de retorno de 500 años.

– Los apoyos de la línea eléctrica se situarán fuera del DPH y de la zona de servidumbre, y los cruces aéreos de la misma sobre los cauces afectados deberán realizarse atendiendo a la legislación vigente.

– Los cruces subterráneos de la línea eléctrica bajo el DPH se realizarán en perpendicular al cauce, quedando prohibido que la traza de la conducción discurra a lo largo del lecho del cauce. La profundidad entre la generatriz superior del tubo de mayor cota y el lecho del cauce será, como mínimo de 1,50 m. Las operaciones de cruce se realizarán bajo la supervisión del personal adscrito al Organismo de cuenca.

4.2.3 Flora y vegetación y hábitats de interés comunitario.

1. Antes del inicio de las obras, se realizará una prospección del terreno, en la época adecuada y por un técnico especializado en botánica, con objeto de identificar la posible presencia de especies de flora amenazada y/o vegetación de interés evitando su afección directa o indirecta. En caso de detectarse flora amenazada, se interrumpirán los trabajos en el área afectada y se informará a la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva de forma que se establezcan las medidas de protección adecuadas.

2. Durante la fase de construcción se minimizará en lo posible la destrucción y/o degradación de la vegetación natural del terreno, debiendo preservarse toda la vegetación natural existente en aquellas zonas que no estén directamente afectadas por la construcción de las instalaciones. Asimismo, se respetarán todos los pies de matorral y de arbolado existentes en el interior de las mismas que no sean incompatibles con el desarrollo del proyecto. En caso de ser necesario el desbroce de la vegetación, consistirá en una corta a baja altura de la vegetación existente, sin realizar el decapado del suelo. En este sentido, este órgano ambiental, dado que la presencia de vegetación arbórea y arbustiva natural es limitada en el área de actuación y puede presentar una función ecológica destacada para la fauna, considera que la eliminación y/o poda de cualquier pie arbóreo o arbustivo deberá contar con la autorización previa del órgano competente de la Junta de Andalucía de acuerdo a la legislación forestal de Andalucía, evitando, salvo excepciones debidamente justificadas, eliminar los pies arbóreos y/o arbustivos de mayor porte e interés o aquellos que alberguen nidos de especies amenazadas, manteniendo una distancia de seguridad de con los distintos elementos de las infraestructuras proyectadas.

3. Se cumplirán todas las medidas propuestas por la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva en materia forestal y de protección de la vegetación, ampliadas por este órgano ambiental, entre las que destacan:

– Se excluirán de las actuaciones, una franja de entre 5 y 20 m en cada margen de los arroyos que atraviesan la PSF, en función de su importancia, con objeto de mantener una banda de vegetación natural que contribuya a la protección y estabilización de los cauces, así como a la conexión entre las poblaciones de las especies de flora y fauna silvestres.

– Con carácter general, en caso de eliminación de especies forestales, el análisis ambiental valorará su interés conforme a los principios y determinaciones contenidas en la normativa de aplicación y, singularmente, en el Plan Forestal de Andalucía, justificando la conveniencia de su eliminación.

En cualquier caso, se evitará el aislamiento de cualquier masa forestal de relevancia. Respecto de los ejemplares dispersos o pequeños rodales de especies forestales arbóreas de interés a conservar, se tomarán las medidas necesarias para no comprometer su persistencia a largo de la vida útil del proyecto. Por ello, se establecerá entorno a ellas un perímetro de 4 m, medidos desde el borde exterior de la proyección de su copa sobre el suelo. En dicha zona, el terreno natural deberá quedar inalterado y libre de cualquier infraestructura, tanto fija como temporal, asociada a la actividad.

Se redefinirán los límites de la PSF en su extremo norte para no favorecer la fragmentación de las formaciones arbóreas existentes. Asimismo, se reajustará la distribución final de los seguidores solares entre las zonas arboladas a respetar.

Si finalmente fuese necesaria la retirada de algún ejemplar de estas especies forestales, se establecerán las oportunas medidas compensatorias, como la reforestación/densificación con especies autóctonas forestales en zonas no ocupadas por la PSF, con una densidad mínima de 10 pies por cada ejemplar retirado.

– Se procurará que la línea eléctrica de evacuación se ubique fuera de los terrenos forestales arbolados, salvo que no existan alternativas, técnica ni ambientalmente, viables.

– Se evitará la corta del arbolado situado bajo el tendido eléctrico siempre que sea técnicamente posible, de tal manera que las distancias de seguridad entre conductores y vegetación se alcancen elevando la cota de los cables o podando las ramas críticas, excepto cuando el estrato arbóreo esté constituido por especies de crecimiento rápido o de desarrollo elevado.

– Se diseñará y plantará una pantalla vegetal, seto perimetral o bosquetes, en función de la orografía del terreno, junto al vallado previsto, empleando especies autóctonas arbóreas y arbustivas, tales como mirto, lentisco, romero, coscoja, alcornoque, algarrobo, etc. Se justificarán las especies elegidas, la densidad, marco y distribución de plantación, así como la ubicación, aportando un plano de detalle en el que se observe suficientemente el resultado de esta medida. Se garantizará su éxito y mantenimiento durante toda la vida útil del proyecto, efectuando las reposiciones de marras que fuesen necesarias. Estas formaciones serán mantenidas tras el desmantelamiento de la instalación en calidad de refugio para la fauna y diversificación del hábitat.

La pantalla vegetal o plantación de setos o rodales en el perímetro de la zona de actuación, junto al vallado, deberá contemplarse como primera actuación de manera que pueda ir desarrollándose y cumplir su objetivo de la manera más eficaz.

– Con objeto de evitar dejar el suelo desnudo, a lo largo de toda la vida útil del proyecto, en el interior de la PSF se procederá a la implantación y mantenimiento de praderas de herbáceas anuales y de cultivos tradicionales de herbáceas destinados a la alimentación de la fauna. Se procederá a la «siembra directa» con especies autóctonas, para evitar la remoción del terreno, entre las calles de colocación de los paneles fotovoltaicos de manera alterna, esto es, calles de siembra y calles inalteradas que permitan el desarrollo de la vegetación espontánea, tratando aproximadamente el 25 % de la superficie ocupada por la PSF. En el programa de actuación se tendrán en cuenta las recomendaciones establecidas en el Manual de Buenas Prácticas Agrícolas para la conservación de las Aves Esteparias en Andalucía, el Informe Regional de reproducción 2020 para el aguilucho cenizo y las directrices de los Planes de recuperación y conservación de aves esteparias.

– El control de la vegetación herbácea durante toda la fase de explotación de la PSF se realizará, preferentemente, mediante ganadería ovina extensiva local, siempre que sea posible, evitando así la compactación y/o el ruido que produciría la maquinaria, debiendo justificarse la carga ganadería soportable, la cual no se recomienda superior a 0,2 UGM/ha. En el pastoreo con ganado ovino se evitará la ayuda de perros durante los meses de marzo, abril y mayo. En el caso necesario de realizar control mecánico de la vegetación, se deberá evitar en los periodos críticos de reproducción de la mayoría de las especies (marzo, abril y mayo), en particular de aquellas que anidan en el suelo, como es el caso del aguilucho cenizo. En cualquier caso, para el control de la vegetación se prohíbe el uso de herbicidas y/o fitosanitarios.

– Se procederá a la reforestación y/o densificación con especies potenciales en una superficie de 30 ha en la zona sureste prevista en el EsIA, ocupada actualmente por matorral con pies arbóreos/arbustivos diseminados, de tal modo que compense la pérdida del hábitat forestal. Se utilizarán especies como la encina, alcornoque, acebuche y pino piñonero, con una densidad de al menos 250 pies/ha. Se garantizará su persistencia y adecuada conservación, con los tratamientos culturales que sean precisos, a lo largo de la vida útil del proyecto.

– Se procederá a la mejora de riberas de los cursos de agua y entorno de pantanos y charcas presentes en el interior o colindantes con la PSF, mediante la implantación de vegetación arbórea y arbustiva ripícola autóctona, en una franja de anchura suficiente para favorecer la formación y/o estabilización de un bosque de ribera. Igualmente se garantizará su éxito y mantenimiento durante toda la vida útil del proyecto.

– Se incluirá un plan de actuación y conservación en las superficies que se consideren, que abarque toda la vida útil del proyecto (hasta su desmantelamiento incluido) con objeto de crear un hábitat adecuado, mejorando el territorio al crear un mosaico de vegetación adaptada al lugar con el propósito de restaurar estos terrenos a su estado óptimo.

– La instalación proyectada deberá contar con un Plan de Autoprotección de incendios forestales, de acuerdo con la normativa sectorial vigente.

4. Se tendrán en cuenta las siguientes consideraciones de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Junta de Andalucía, ampliadas por este órgano ambiental:

– De acuerdo a lo establecido en el artículo 46.3 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, y con el fin de evitar el deterioro, la contaminación y la fragmentación de los HIC fuera de la Red Natura 2000, se definirán medidas de protección y, en su caso, de recuperación y mantenimiento de la cubierta vegetal, en particular si se trata de HIC, durante la vida útil de la PSF.

En la medida de lo posible, se evitará cualquier ocupación de zonas húmedas correspondientes a las teselas del HIC 6420, situadas al oeste de la PSF y asociadas a la presencia de juncales, favoreciendo su naturalización junto con otras especies riparias (tarays, palmitos, etc.).

Los HIC alterados por la ocupación temporal y/o permanente de las infraestructuras proyectadas, como puede ser el caso de los hábitats 5330, 6220*, 6310 y 6420, deberán ser restaurados o recuperados, en las mismas superficies en las que se produjo la degradación, mediante la preparación o acondicionamiento del suelo (descompactación, extendido de la tierra vegetal y restitución morfológica del terreno) e implantación de vegetación con la misma composición específica, proporción de especies, densidad, etc., que permita la progresión hacia la comunidad vegetal/hábitat preexistente, todo ello en coordinación con el órgano competente de la Junta de Andalucía. La restauración de la cobertura edáfica y la vegetación se realizarán tan pronto como sea posible para cada superficie, y se realizará de manera progresiva con el objeto de poder integrarla paisajísticamente.

– Para mejorar la calidad ecológica del suelo en el interior de la PSF, siempre que sea técnicamente viable, se recomienda respetar la formación natural de la capa vegetal preexistente.

– Siempre que sea técnicamente viable se conservarán los ejemplares arbóreos de mayor porte que se encuentren dentro de la instalación. Con respecto a la traslocación de los pies arbolados como consecuencia de la disposición de las placas fotovoltaicas, se recomienda su trasplante a zonas próximas, en coordinación con el órgano autonómico competente.

– Se procederá a aumentar los elementos que diversifican el paisaje agrario, mediante la conservación y recuperación de setos, linderos, ribazos, sotos y la vegetación de los márgenes de los caminos.

4.2.4 Fauna.

Se cumplirán todas las medidas de protección de la fauna solicitadas por la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva y por la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Junta de Andalucía, ampliadas por este órgano ambiental, entre las que destacan:

1. Previo al inicio de las obras, se realizará una prospección del terreno por un técnico especializado en fauna, con objeto de identificar la presencia de las especies de fauna amenazada, así como nidos y/o refugios, evitando su afección directa o indirecta.

Dicho muestreo de campo exhaustivo previo a las obras de construcción abarcará las instalaciones proyectadas y su área de influencia (en torno a 1 km), así como en las masas forestales circundantes o de ribera, con el fin de detectar posible presencia de aves nidificando en la zona y en sus inmediaciones por si hay que establecer medidas preventivas adicionales, debiendo comunicarse al órgano ambiental autonómico competente.

2. Previo al inicio de los trabajos, se establecerá un cronograma para la fase de construcción, con el fin evitar molestias a las especies de fauna con presencia constatada según el estudio previo del territorio, y se limitarán los trabajos en las épocas de reproducción y crianza de las mismas, evitándose los desbroces entre el 1 de marzo y el 15 de julio. Dicho cronograma de obras, en el que se definirán las limitaciones temporales y espaciales en función de la presencia de especies amenazadas, podrá ser objeto de modificación por parte de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva.

Siempre que sea posible, se evitarán los trabajos nocturnos, y la ejecución de las actividades de movimiento de tierras, desbroce y despeje se realizarán de forma progresiva, con objeto de evitar que se afecte simultáneamente a la totalidad de territorio ocupado por el proyecto.

3. Si durante la fase de construcción se detectara presencia de fauna amenazada, nidos o refugios, se paralizarán las obras en la zona, reduciendo las molestias (en un radio mínimo de 300 m en el caso de aves amenazadas), y se dará aviso a la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva, con objeto de establecer las medidas de protección necesarias.

4. En cuanto al establecimiento de medidas para evitar la colisión y electrocución de avifauna se atenderá a lo establecido en la normativa sectorial vigente incluido el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, y normativa regional de desarrollo, y se cumplirán todas las medidas propuestas por la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva al respecto. En caso de discrepancia entre las medidas anticolisión de las citadas normativas, se adoptarán las que implique una mayor protección para el medio ambiente. La línea eléctrica contará, al menos, con los siguientes dispositivos señalizadores salvapájaros y medidas de protección:

– La señalización del cable de tierra, en todo el trazado, se realizará con balizas de neopreno en aspa de 5 × 35 cm, unidas al cable correspondiente mediante grapa o dispositivo fijo, y colocadas con una separación máxima de 5 m entre sus extremos.

– Se procederá al aislamiento de todos los puentes de unión entre los elementos en tensión mediante dispositivos de probada eficacia.

– Se colocarán pletinas verticales de chapa galvanizada y forma triangular sobre los puentes de las crucetas de todos los postes, de tal manera que se impida el posado de las aves. Si se utilizara otra medida de similar eficacia probada, deberá comunicarse previamente a la citada Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva.

No podrán realizarse trabajos de mantenimiento en las instalaciones eléctricas que afecten a apoyos que soporten nidos de especies incluidas en el CAEA durante la época de reproducción y crianza, excepto que concurra alguna de las circunstancias previstas en la legislación vigente y con la autorización correspondiente de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva. De igual forma, se podrá autorizar la retirada de los materiales utilizados para la construcción de nidos, cuando aún no haya comenzado la puesta o una vez finalizada la época de reproducción y crianza con la debida autorización de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva.

Se soterrará el tramo de la línea eléctrica que discurre por el entorno del arroyo de las Monjas, identificado por el promotor como zona sensible para la avifauna por la presencia de nidos de rapaces (águila calzada, ratonero común y águila culebrera) o por ser zona frecuentada en sus desplazamientos o para su alimentación por especies sensibles (cigüeña negra). Dicho soterramiento deberá coordinarse con la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva, quien podrá determinar, en caso que no detecte impactos significativos para la citada avifauna amenazada, sustituir el mismo por el incremento de medidas anticolisión y antielectrocución como la disposición de salvapájaros en los conductores, instalación de balizas luminosas, etc.

Todos los elementos anteriores serán repuestos cuando por su deterioro no cumplan con su función disuasoria. Se deberá garantizar la funcionalidad y eficacia a medio y largo plazo tanto de las medidas señaladas en el presente condicionado como las contempladas específicamente en el EsIA, informando de la eficacia o no de las mismas, pudiendo ser objeto de inspección por parte del órgano competente de la Junta de Andalucía. Si las medidas anteriores resultaran insuficientes, se establecerá cuantas medidas y procedimientos sean precisos para garantizar la ausencia de afección a las poblaciones de fauna y flora amenazada.

5. Se procederá a la compensación de la pérdida de hábitat estepario/semiestepario en la superficie de las parcelas catastrales afectadas no ocupada por la PSF (cuyo cálculo resulta del orden de 72,34 ha). Dicha superficie, actualmente destinada a cultivos de secano (hábitat estepario/semiestepario) será mejorada, a través de un Plan de actuaciones a lo largo de toda la vida útil del proyecto, atendiendo a las medidas previstas en el Plan de Recuperación y Conservación de Aves Esteparias (ZAPRAE), encaminadas a la mejora y conservación de dichos hábitats y especies.

Además de las medidas de mejora del hábitat estepario/semiestepario previstas por el promotor, se pueden aplicar, entre otras, el mantenimiento del barbecho en un mínimo del 25 % del terreno, la siembra de leguminosas de secano en un mínimo del 10 %, el mantenimiento del rastrojo hasta un mes antes del momento de la siembra siguiente, evitar en lo posible tratamientos o trabajos agrícolas durante los meses de marzo, abril y mayo, y la eliminación o reducción del uso de productos fitosanitarios.

Las parcelas y superficies de mejora del hábitat estepario/semiestepario, así como las medidas a llevar a cabo, podrán ser revisadas y modificadas, previo acuerdo con la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva, en función de los resultados observados y posibles experiencias o mejoras para las especies objeto de protección.

6. Para compensar el posible impacto sobre el aguilucho cenizo, se procederá al apoyo a la reproducción en el entorno próximo del proyecto mediante la colaboración con el Programa de Seguimiento y Protección del Aguilucho Cenizo en Andalucía en los términos que determinen las entidades responsables (censos, localización de nidos, retraso de cosecha hasta el 15 de julio, instalación de medidas anti depredación, jornadas informativas a agricultores, etc.).

7. En el resto de la superficie delimitada por las parcelas catastrales afectadas por el proyecto, no ocupada por la PSF ni objeto de las actuaciones de compensación por la pérdida de hábitat estepario/semiestepario, se procederá al establecimiento de un Plan de acción encaminado a la recuperación de las poblaciones de conejo silvestre, importante especie presa.

8. Para diversificar el hábitat del interior de las PSF y la capacidad de acogida de la fauna se llevarán a cabo las medidas contempladas por el promotor tales como la instalación de nidales, primillares, majanos, colmenares y refugios, restauración de espacios ambientales degradados, creación de charcas pecuarias, mejora del hábitat ripario, corrección de tramos peligrosos de tendidos eléctricos problemáticos existentes, etc. Dichas medidas, así como sus características y ubicación final se realizarán en coordinación con la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva, analizando las necesidades de las especies presentes.

Las cajas-nido y primillares a instalar deberán contar con sistemas de antidepredación, así como de un mantenimiento anual para garantizar su funcionalidad y será necesaria su reposición en caso de deterioro.

9. El cerramiento cinegético de la PSF cumplirá con lo dispuesto en la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la Flora y Fauna Silvestre, de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de tal modo que permita la libre circulación de fauna silvestre. Además, el vallado perimetral contará con placas anticolisión para las aves, preferentemente de 30 × 15 cm, de color blanco, separadas 2 m entre sí y distribuidas a diferentes alturas.

10. De acuerdo con la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Junta de Andalucía, se estudiará la posibilidad de establecer una/o varias zonas próximas al proyecto donde se mantenga la actividad agrícola de la zona, con el fin de que sirva de zona de campeo y alimentación para la fauna (zonas de reserva). Asimismo, si como resultado del seguimiento ambiental, se apreciara la alteración o modificación de los lugares de reposo y/o reproducción de la fauna terrestre, se crearán otras zonas alternativas, mediante revegetación y creación de rodales de la vegetación autóctona y potencial, en coordinación con la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva.

4.2.5 Paisaje.

1. Se procederá a la naturalización de todo el perímetro de la PSF, arroyos y masas de agua situadas en el interior de la misma y demás zonas sin aprovechamiento solar, mediante la restauración de las comunidades silvestres autóctonas características del entorno. Las especies vegetales utilizadas en las labores de revegetación serán autóctonas, certificadas y de procedencia local, evitándose, en cualquier caso, el empleo de especies exóticas invasoras.

El proyecto de construcción incluirá un Programa de Restauración Ambiental y Paisajística, a escala y detalle apropiados, que comprenderá todas las actuaciones de restauración, compensación y apantallamiento integradas por el promotor en el proyecto, incluidas las indicadas en la presente resolución, concretando y cuantificando las superficies de trabajo, métodos de preparación del suelo, especies vegetales a utilizar, métodos de siembra o plantación y resto de prescripciones técnicas, así como el presupuesto y cronograma de todas las actuaciones, que deberá ser remitido, con carácter previo al inicio de los trabajos, al órgano ambiental de la Junta de Andalucía para su validación. Deberá asegurarse la viabilidad y supervivencia de todas las plantaciones y restauraciones, así como del apantallamiento vegetal a realizar durante toda la vida útil de la instalación, contemplando la reposición de marras y riegos de mantenimiento si fuera preciso.

2. Las características estéticas de las nuevas construcciones serán similares a las de la arquitectura rural tradicional de la zona, empleando materiales y gamas cromáticas que permitan su integración en el entorno. Las construcciones auxiliares deberán integrase en el paisaje y ser amigables para la fauna. Se evitarán los destellos metálicos en la totalidad de las infraestructuras y construcciones asociadas y se emplearán luminarias de bajo impacto. Los postes del cerramiento perimetral estarán en consonancia con su integración con el entorno.

3. Los módulos fotovoltaicos incluirán un acabado con un tratamiento químico anti reflectante, que minimice o evite el reflejo de la luz, con el fin de evitar el efecto llamada sobre la avifauna y minimizar el impacto visual de la PSF.

4.2.6 Población y salud humana.

1. Se procederá al aislamiento acústico de las edificaciones que alberguen equipos y/o actividades, y los equipos que se ubiquen a la intemperie estarán provistos de los medios de insonorización necesarios, todo ello con objeto de garantizar el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica de aplicación en las áreas de influencia de la actividad proyectada, según la normativa vigente.

2. Se priorizará la ubicación de las instalaciones con efectos electromagnéticos (tendidos eléctricos de alta tensión, transformadores, centro de seccionamiento, etc.) a más de 200 m de núcleos habitados o a más de 100 m de viviendas aisladas u otras edificaciones de uso sensible, procediendo al alejamiento de aquellos elementos que generen niveles de campos eléctricos o magnéticos que puedan provocar riesgos para la salud en las viviendas y edificios de usos sensibles afectados hasta garantizar niveles de exposición seguros. Asimismo, se aplicarán otras medidas alternativas de efectividad probada para reducir la exposición hasta niveles seguros.

3. Desde el punto de vista del planeamiento territorial y urbanístico, se cumplirán las prescripciones establecidas en la legislación sectorial vigente, tal y como señalan la Delegación Territorial de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Huelva en Huelva y la Dirección General de Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, así como las establecidas por el ayuntamiento de Beas.

4. Se procederá al mantenimiento de las distancias de seguridad y las especificaciones establecidas con las infraestructuras existentes, y a la reposición de todos los bienes y servicios afectados por las obras. Asimismo, se asegurará el nivel actual de permeabilidad transversal y longitudinal de los terrenos afectados, teniendo en cuenta las necesidades de paso legalmente establecidas.

4.2.7 Bienes materiales, patrimonio cultural y vías pecuarias.

1. De acuerdo con la Delegación Territorial de Cultura y Patrimonio Histórico en Huelva se establecerán las siguientes medidas cautelares de protección del patrimonio cultural:

– Control arqueológico de movimientos de tierra en relación con la ejecución de las obras de las infraestructuras proyectadas.

– Se procederá a la exclusión y balizamiento del yacimiento inédito El Castaño (yacimiento y área de protección de 30 m), tal y como se recoge en la Memoria final de la dirección arqueológica. En su defecto, se deberá realizar Actividad Arqueológica Puntual de Sondeo Arqueológico en el citado yacimiento, de acuerdo a la normativa de aplicación, para la correcta documentación y protección del registro arqueológico existente.

– Se realizarán Análisis Arqueológicos de Estructuras Emergentes de los elementos etnográficos Pozo en el Cortijo de Matallana y Plataforma de carga de ganado en el Cortijo de El Labradillo para su documentación, en caso de que fuera necesario su desmontaje en la ejecución de la PSF.

– Si durante el transcurso de cualquier actividad relacionada con el proyecto de referencia se produjera un hallazgo arqueológico casual, será obligada la comunicación a la citada Delegación Territorial de Cultura y Patrimonio Histórico en Huelva, en el transcurso de 24 horas y en los términos establecidos en la normativa vigente, quien determinará las directrices a aplicar.

2. Se solicitará autorización a la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva para la ocupación temporal de las vías pecuarias, todo ello de acuerdo con la legislación vigente.

4.3 Condiciones al programa de vigilancia ambiental.

En virtud del análisis técnico realizado, el PVA previsto en el EsIA deberá completarse con los aspectos adicionales que se incorporan mediante esta resolución.

1. Durante la fase de funcionamiento, se realizarán mediciones reales tanto de los niveles de exposición a los campos eléctricos y magnéticos como de los niveles de ruido generados en las distintas infraestructuras proyectadas, con objeto de garantizar el cumplimiento de la legislación vigente. En caso de que se detecten niveles de inmisión acústica y/o de campos electromagnéticos que superen los valores admisibles según la normativa vigente, se establecerán las medidas complementarias para garantizar su cumplimiento.

2. Se realizará el seguimiento de la dinámica de las poblaciones de avifauna (presencia, abundancia y evolución) durante toda la vida útil del proyecto, centrado en las especies que utilizan tanto la superficie ocupada por la PSF como la línea eléctrica y su entorno más inmediato (1 km alrededor de las infraestructuras proyectadas), con objeto de conocer si las citadas poblaciones sufren alteraciones y poder adoptar medidas de conservación. La frecuencia de visitas para el seguimiento dependerá de la época del año, pero al menos se realizará una visita mensual.

Se determinarán parcelas testigo próximas a las infraestructuras proyectadas y de las mismas características respecto al uso del suelo actual a la de la zona de actuación, donde se efectuarán censos de fauna (avifauna y mamíferos), que permitan hacer un estudio comparativo para evaluar el grado de modificación del hábitat asociado a este tipo de instalaciones a lo largo de su vida útil y la evolución o los cambios en las comunidades faunísticas.

3. Se llevará a cabo el seguimiento de la mortalidad de la avifauna con la línea eléctrica y el vallado perimetral de la PSF durante toda la vida útil del proyecto. Este seguimiento será mensual durante los cinco primeros años y con la periodicidad que determine la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva en función de los resultados obtenidos a partir del sexto año. El seguimiento se realizará con perro especializado en la detección de cadáveres en una banda media de 50 m a cada lado de todo el trazado de la línea eléctrica y del vallado perimetral. De los resultados obtenidos podrán establecerse, en coordinación con el órgano competente de la Junta de Andalucía, medidas adicionales de señalización o cualquier otro tipo de medida que evite o minimice los posibles accidentes relacionados con las infraestructuras proyectadas, incluido el soterramiento de tramos de la línea de evacuación.

4. Durante la fase de explotación, se realizará un seguimiento del efecto barrera para el desplazamiento de la fauna, prestando especial atención al lince ibérico, en el que se estudiará la perturbación sobre la movilidad de las poblaciones que introduce el proyecto por interrupción física de corredores migratorios y de líneas o rutas de conexión habituales y zonas de paso frecuente entre zonas de alimentación, reproducción, campeo, etc.

Todos los seguimientos de fauna deberán ejecutarse por una empresa independiente de la responsable de la obra. El coste de los censos de fauna durante el PVA, no podrá imputarse a las medidas compensatorias.

5. El PVA incluirá todas las determinaciones de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva durante la vida útil del proyecto y hasta su desmantelamiento y clausura:

– Seguimiento y evolución de todas las especies de fauna, con especial atención a las catalogadas y presentes según el inventario ambiental. Se hará referencia expresa a las especies cinegéticas que quedarán vedadas durante la vida del proyecto y que a la vez que son especies «presa» (perdiz roja, codorniz, conejo y liebre). El seguimiento incluirá la ictiofauna de los pantanos y riberas limítrofes, así como anfibios y reptiles.

– Seguimiento del estado de conservación del suelo y de las especies de flora: comportamiento ante la transformación producida. Se aportarán indicadores de evolución de las plantaciones y siembras, así como de la vegetación espontánea, tanto en las zonas ocupadas por las placas solares como en el resto del ámbito de actuación de la PSF y, en su caso, de las zonas alteradas como consecuencia de la línea eléctrica proyectada. Se realizará un seguimiento de los fenómenos erosivos en el interior y proximidades de la PSF, que incluirá índices cuantitativos para comprobar la eficacia, en su caso, de medidas contra la erosión. Dichos informes de seguimiento del estado de conservación del suelo y del estado de las plantaciones efectuadas junto al cerramiento se presentarán de la siguiente forma: uno inicial en el año de puesta en marcha, periódicos cada 5 años, y uno último al final de la vida útil de la instalación tras efectuar el desmantelamiento y clausura.

– Estudio de polinizadores.

– Estudio del posible efecto de este tipo de instalaciones sobre el microclima del lugar y sus posibles repercusiones y, relacionado con ello, la generación de las denominadas «islas de calor». Evaluación del efecto de la vegetación implantada como mitigadora de dicho efecto.

– Seguimiento de la efectividad de las medidas compensatorias adoptadas, especialmente valorando la calidad del hábitat objeto de dichas medidas.

– Los informes de seguimiento de fauna, flora y estudio de polinizadores tendrán una periodicidad anual contada a partir de la fecha de puesta en marcha del proyecto.

– Todos los documentos indicados deberán estar suscritos por personas con capacidad y competencia para ello.

6. Mediante el envío de los correspondientes informes del PVA, el promotor acreditará ante el órgano ambiental competente de la Junta de Andalucía el cumplimiento de las medidas de compensación tanto para la fauna como para el resto de factores afectados (vegetación, paisaje, etc.). A raíz de los resultados obtenidos en el PVA, dicho órgano ambiental competente podrá exigir, con cargo al promotor, la adopción de medidas adicionales y/o complementarias de protección de la fauna, vegetación, etc.

7. Para la fase de desmantelamiento de la PSF y su infraestructura de evacuación se elaborará un programa específico de acuerdo con el procedimiento de evaluación ambiental que corresponda en su momento, todo ello, conforme a las autorizaciones que resulten pertinentes de los organismos competentes.

Cada una de las medidas establecidas en el EsIA y en esta declaración deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto o en una adenda al mismo, previamente a su aprobación.

Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de autorización del proyecto.

De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.

Madrid, 20 de abril de 2023.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

ANEXO I
Consultas a las administraciones públicas afectadas y personas interesadas, y contestaciones
Consultados* (Contestaciones a consultas del órgano sustantivo sobre el proyecto y el EsIA)
Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. MITECO. No
Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA). 1
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF). MITMA. 1
Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. Junta de Andalucía. 2
Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. Junta de Andalucía.
Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. Junta de Andalucía.
Dirección General de Infraestructuras. Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. Junta de Andalucía. No
Dirección General de Emergencias y Protección Civil. Consejería de Administración Pública e Interior. Junta de Andalucía.
Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica. Consejería de Salud y Familias. Junta de Andalucía.
Dirección General de Energía. Consejería de Hacienda y Financiación Europea. Junta de Andalucía. No
Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental. Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico. Junta de Andalucía. 3
Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades en Huelva. Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo. Junta de Andalucía. No
Diputación Provincial de Huelva. No
Ayuntamiento de Beas (Huelva).
Ayuntamiento de Trigueros (Huelva). No
SEO/Birdlife. No
Ecologistas en Acción. No
ENDESA Distribución Redes Digitales, SLU. No

* La denominación actual de los consultados puede no ser la misma a la inicial debido a cambios realizados en su estructura de Gobierno.

1. Informan sobre cuestiones sectoriales.

2. Remite informe de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Huelva y de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos de la Junta de Andalucía.

3. Responde la Delegación Territorial de Cultura y Patrimonio Histórico en Huelva.

Además, durante el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, se ha recibido una alegación de Iberdrola Renovables Andalucía, SAU.

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