Está Vd. en

Documento BOE-A-2022-9419

Orden TMA/514/2022, de 3 de junio, por la que se convoca la segunda edición de los Premios Matilde Ucelay del Grupo MITMA.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 8 de junio de 2022, páginas 78670 a 78674 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2022-9419

TEXTO ORIGINAL

Mediante Orden TMA/209/2021, de 4 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 8 de marzo de 2021), se establecieron las bases reguladoras de los premios Matilde Ucelay del Grupo MITMA (Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana) para reconocer públicamente aquellas actividades que, en el ámbito de la perspectiva de género, se desarrollen en el sector de los transportes, las infraestructuras, la movilidad o la agenda urbana.

Conforme al artículo 15 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, uno de los principios generales de las políticas públicas de igualdad es la transversalidad, de manera que todos los poderes públicos deben incorporar, de forma activa, la perspectiva de género en sus actuaciones y, en este marco, también el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana incorpora la perspectiva de género y la promoción efectiva de la igualdad al ejercicio de las competencias que le corresponden de conformidad con el Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Con la convocatoria de la segunda edición de estos premios se pretende continuar el trabajo de reconocimiento a la labor de aquellas personas, entidades o proyectos que contribuyen con sus actividades a la introducción de la perspectiva de género en los ámbitos de las infraestructuras, los transportes, la movilidad, la vivienda y el urbanismo, con el objeto de resaltar aquellas acciones que, atendiendo a las demandas y necesidades específicas de las mujeres, permitan avanzar hacia una sociedad más justa e igualitaria.

Asimismo, y de acuerdo con la Resolución del Subsecretario de Transportes, Movilidad y Agenda urbana por la que se aprueba la delegación de competencia para la gestión de la segunda edición de los premios Matilde Ucelay del Grupo MITMA, publicada en el BOE con fecha de 1 de junio de 2022, la competencia para la instrucción y gestión de estos premios corresponderá a la persona titular de la Dirección General de Organización e Inspección del Ministerio.

Por ello, de conformidad con la Orden TMA/209/2021, de 4 de marzo, por la que se establecieron las bases de los premios Matilde Ucelay del Grupo MITMA y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas se anuncia, mediante la presente orden, la convocatoria de la segunda edición de los premios Matilde Ucelay del grupo MITMA

Apartado 1. Convocatoria.

Se convoca la segunda edición de los premios Matilde Ucelay del Grupo MITMA en las siguientes categorías: «trayectoria personal», «proyecto» y «entidad», que se regirán por lo establecido en la presente orden así como en las bases reguladoras del premio recogidas en la Orden TMA/209/2021, de 4 de marzo.

Apartado 2. Dotación de los premios.

1. Los premios recogidos en esta orden no tendrán carácter económico.

2. Para cada categoría convocada el premio consistirá en un diploma. Asimismo se dará difusión tanto a la concesión del premio como a los méritos y logros de las personas galardonadas.

3. El premio podrá ser declarado desierto, en todas o algunas de sus categorías, en caso de que ninguna de las candidaturas reuniera los méritos suficientes para ser galardonada con el mismo.

Apartado 3. Personas galardonadas.

Para cada categoría podrán ser propuestas las siguientes personas:

– Categoría «trayectoria personal»: personas físicas que hayan desarrollado actividades o proyectos relacionados con la perspectiva de género en el ámbito de los transportes, la movilidad o la agenda urbana, tanto en el ámbito nacional como internacional.

– Categoría «proyecto»: personas físicas y jurídicas, entidades y organismos públicos o privados, organizaciones, fundaciones o asociaciones que hayan desarrollado actuaciones o proyectos relacionados con la perspectiva de género en el ámbito de los transportes, la movilidad o la agenda urbana tanto en el ámbito nacional como internacional.

– Categoría «entidad»: personas jurídicas, entidades y organismos públicos o privados, organizaciones, fundaciones o asociaciones que hayan desarrollado actuaciones o proyectos relacionados con la perspectiva de género en el ámbito de los transportes, la movilidad o la agenda urbana tanto en el ámbito nacional como internacional.

Apartado 4. Presentación de candidaturas.

Podrán presentar candidaturas las personas que forman parte del Jurado así como entidades, organizaciones, instituciones, asociaciones o colectivos.

Las personas miembros del Jurado no podrán presentarse a sí mismas como candidatas. Tampoco podrán presentar la candidatura de la entidad que representan como miembros del Jurado ni de proyectos realizados por dicha entidad.

Apartado 5. Solicitudes y documentación.

1. Las solicitudes de presentación de candidaturas irán dirigidas a la Dirección General de Organización e Inspección del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda urbana.

2. Las personas jurídicas presentarán las solicitudes por vía electrónica, a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes, movilidad y Agenda Urbana, https://sede.mitma.gob.es/sede_electronica/lang_castellano/

En el caso de personas físicas podrán presentar también las solicitudes a través de la sede electrónica del Ministerio o, alternativamente, en los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

La solicitud deberá acompañarse de los siguientes documentos:

Solicitud de presentación de candidaturas (conforme al anexo I de esta orden).

Propuesta de candidatura en la que, mediante una memoria justificativa, razonada y argumentada, se haga constar los méritos y circunstancias especiales que concurran en las personas, entidades o proyectos candidatos, y la vinculación de las mismas con el sector de los transportes, la movilidad o la agenda urbana. Dicha memoria no tendrá una extensión superior a 10 páginas.

Asimismo, y de forma opcional, se podrá presentar documentación complementaria que muestre los méritos y circunstancias especiales de las personas, entidades o proyectos candidatos y su vinculación con el sector de los transportes, la movilidad o la agenda urbana. Dicha documentación podrá presentarse en los siguientes formatos: txt, pdf, doc, docx, xls, xlsx, zip.

En caso de las personas físicas que presenten la documentación en papel, la documentación complementaria del párrafo anterior, en los formatos indicados, deberá adjuntarse en una memoria usb.

Toda la documentación (solicitud, propuesta de candidatura y documentación complementaria) deberá presentarse obligatoriamente en español.

El tamaño máximo de la suma de documentos aportados en la solicitud, o en la subsanación, debe ser menor o igual a 10 MB.

3. No se podrá presentar más de una candidatura por categoría. En caso de que se presenten candidaturas a varias categorías distintas, será necesario remitir una memoria específica, así como documentación complementaria en su caso, por cada una de las candidaturas propuestas.

4. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la presente convocatoria, el órgano instructor requerirá a la persona que presenta la candidatura para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles, indicándole que si no lo hiciere se le tendrá por desistido de su solicitud.

Apartado 6. Plazo de presentación.

El plazo de presentación de candidaturas será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Apartado 7. Instrucción del procedimiento de concesión y órganos competentes para la instrucción.

1. El órgano de instrucción será la Dirección General de Organización e Inspección del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

2. El Jurado estará compuesto por:

a) Persona que ostenta la Presidencia: Doña Belén Villar Sánchez, Directora General de Organización e Inspección del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

b) Vocales: De acuerdo con la designación realizada con fecha de 4 de mayo de 2022 por la persona que ostenta la Presidencia del Jurado, serán vocales:

1.º Por parte del Gabinete de la Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana: Doña Sara Soto Velasco. Vocal asesor del Gabinete.

2.º Por parte de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana:

Doña Lucía Carmona Buendía. Vocal asesora del Gabinete de la Secretaría de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Don Antonio Muruais Rodriguez. Vocal asesor del Gabinete de la Secretaría General de Infraestructuras.

Doña María Isabel Badía Gamarra. Jefe del Gabinete Técnico de la Secretaría General de Agenda Urbana y Vivienda.

3.º Por parte de ADIF: Don Martin Navarro i Vicent. Director de Recursos Humanos.

4.º Por parte de RENFE-Operadora: Doña Gema Ordúñez del Pino. Jefa de Diversidad.

5.º Por parte de Puertos del Estado: Doña Aránzazu de Miguel Peña. Jefa de Área de contratación y gerencia de riesgos.

6.º Por parte de AENA S.M.E. SA: Don David Vázquez Castillo. Técnico de Recursos Humanos.

7.º Por parte de ENAIRE E.P.E.: Doña María López Fernández Pacheco. Jefe de responsabilidad social empresarial.

8.º INECO S.M.E. M.P. SA: Doña Marisa de Castro López. Gerente de Formación, Gestión del Conocimiento y Responsable de Igualdad.

9.º SEPES E.P.E.: Don Iván Fernández Prada. Jefe de la División de asesoría jurídica y contratación.

La secretaría será desempeñada por doña Sara de la Torre Quintana, funcionaria de la Dirección General de Organización e Inspección, que actuará con voz pero sin voto.

3. Las candidaturas presentadas serán sometidas a la consideración del Jurado que emitirá un informe motivado de acuerdo con las propuestas y las memorias presentadas, así como la documentación complementaria en su caso, concretando el resultado de la valoración efectuada y proponiendo a las personas galardonadas en las diferentes categorías.

En el caso de candidaturas presentadas por las personas que forman parte del Jurado, dichas personas se abstendrán de participar en las deliberaciones que afecten a esa candidatura.

Asimismo, en el caso de que la candidatura presentada se refiera a la entidad que representa una persona que forma parte del Jurado, o a personas o proyectos de dicha entidad, dicha persona se abstendrá de participar en las deliberaciones que afecten a esa candidatura.

4. El órgano instructor, a la vista del informe del Jurado, formulará la propuesta de resolución, que habrá de ser motivada, y la elevará con su informe a la persona titular del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, que resolverá.

El premio podrá ser declarado desierto, en todas o algunas de sus categorías, en caso de que ninguna de las candidaturas reúna los méritos suficientes para ser galardonada con el mismo.

5. Las consultas sobre la convocatoria podrán dirigirse a la dirección de correo electrónico: dg.org.inspeccion@mitma.es.

Apartado 8. Criterios de concesión.

Los criterios de concesión son los recogidos en el artículo 4 de las bases reguladoras de los Premios, que tendrán en cuenta los aspectos que se enumeran a continuación para cada una de las categorías:

a) En la categoría «trayectoria personal», se valorará las actuaciones y trayectoria de la persona candidata en la consecución de la igualdad entre hombres y mujeres así como el impacto de la labor realizada en la visibilización de los problemas asociados a la desigualdad de la mujer.

b) En la categoría «proyecto» se valorará la repercusión del proyecto, práctica, programa o iniciativa en el avance hacia una sociedad más equitativa así como su posible escalabilidad a otros ámbitos.

c) En la categoría «entidad» se valorará las actuaciones y trayectoria de la entidad en favor de la igualdad entre hombres y mujeres, así como la efectividad y el alcance de los trabajos realizados en favor de la misma.

Apartado 9. Resolución del procedimiento.

1. El plazo máximo para la resolución y notificación del procedimiento será de dos meses contados a partir de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

La Resolución será motivada de conformidad con lo establecido en el artículo 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. Contra la resolución que se dicte, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses, conforme a la Ley 29/2998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Apartado 10. Notificación y publicidad.

1. La orden ministerial por la que se concedan los premios será publicada en el «Boletín Oficial del Estado» y en la página web del Ministerio de Transportes, movilidad y agenda urbana. https:// www.mitma.gob.es.

2. Dicha orden será notificada a las personas galardonadas dentro de los diez días hábiles siguientes a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Apartado 11. Difusión y entrega del premio.

1. Los premios serán entregados a las personas galardonadas por la persona titular del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en un acto público, con la solemnidad y difusión adecuadas, que se anunciará con la debida antelación.

2. El MITMA promoverá la realización de exposiciones y actividades de difusión en las instalaciones del Ministerio y de las entidades del grupo MITMA, en las que se pongan de manifiesto los trabajos y los logros realizados por las personas galardonadas.

Apartado 12. Normativa aplicable.

La presente convocatoria se regirá con carácter general por lo dispuesto en la Orden TMA/209/2021, de 4 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Matilde Ucelay del Grupo MITMA y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y cualquier otra disposición que por su naturaleza pudiera resultar de aplicación.

Apartado 13. Eficacia.

La presente orden producirá efectos el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso- administrativo en el plazo de dos meses, conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 3 de junio de 2022.–La Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez Jiménez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid