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Documento BOE-A-2022-9166

Ley Foral 13/2022, de 12 de mayo, de concesión de un crédito extraordinario, por un importe total de 4.761.112 euros, para la financiación de las necesidades de varios departamentos del Gobierno de Navarra y de los municipios y concejos de la Comunidad Foral de Navarra afectados por las consecuencias económicas de la guerra en Ucrania.

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 4 de junio de 2022, páginas 76555 a 76575 (21 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Comunidad Foral de Navarra
Referencia:
BOE-A-2022-9166
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-nc/lf/2022/05/12/13

TEXTO ORIGINAL

LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de concesión de un crédito extraordinario, por un importe total de 4.761.112 euros, para la financiación de las necesidades de varios departamentos del Gobierno de Navarra y de los municipios y concejos de la Comunidad Foral de Navarra afectados por las consecuencias económicas de la guerra en Ucrania.

PREÁMBULO

Los Departamentos de Cohesión Territorial; Ordenación del Territorio, Vivienda, Paisaje y Proyectos Estratégicos; Desarrollo Rural y Medio Ambiente y Políticas Migratorias y Justicia remiten informes acerca de la necesidad de atender varios gastos en 2022 para los que no existe partida presupuestaria adecuada.

La Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, dispone en su artículo 48 párrafo primero que, cuando haya de realizarse con cargo al Presupuesto vigente algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente y no exista el crédito, el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, remitirá al Parlamento de Navarra un proyecto de ley foral de concesión de un crédito extraordinario. En su párrafo segundo dispone que el crédito extraordinario podrá financiarse con otros créditos disponibles de cualquier programa de gasto, incluso provenientes de créditos específicamente aprobados por el Parlamento como consecuencia de enmiendas o de disposiciones de esta ley foral.

Asimismo, es preciso establecer también medidas específicas de apoyo a las entidades locales de Navarra, que se han visto especialmente afectadas por la crisis derivada de la subida de los precios de los suministros energéticos, fundamentalmente gas y luz.

El coste energético es uno de sus principales motivos de gasto, en torno al 13,5% de los gastos en bienes corrientes y servicios, aproximándose, según el Informe del Sector Público Local de 2019, a los 32 millones de euros.

Los municipios y concejos, en el desarrollo de las competencias que vienen desarrollando, son grandes consumidores de energía eléctrica y combustibles fósiles que destinan al funcionamiento de las instalaciones municipales educativas, deportivas, culturales y de tercera edad, principalmente, así como al alumbrado público y al resto de edificios públicos.

Por ello, mediante la presente Ley Foral se crea un Fondo extraordinario de transferencias corrientes por importe de 4.200.000 euros, de carácter incondicionado y no finalista, del que serán beneficiarios todos los municipios y concejos de Navarra, con el fin de mitigar el impacto que la guerra de Ucrania ha ocasionado en los presupuestos locales.

Se trata de una aportación extraordinaria al Fondo de Participación de las entidades locales en los tributos de Navarra, amparada en el apartado 10 del artículo 123 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, que expresamente prevé que la participación en los tributos de Navarra regulada en dicho precepto se entiende sin perjuicio de otras aportaciones que pudieran realizarse al Fondo o de la financiación adicional que las entidades locales de Navarra pudieran percibir de la Administración de la Comunidad Foral o de otras administraciones públicas.

Esta aportación adicional al Fondo, según lo que establece el propio artículo 123, no computa para el cálculo de los incrementos de las cuantías del Fondo de Transferencias Corrientes y del Fondo de Transferencias de Capital de los ejercicios sucesivos, reguladas respectivamente en los apartados 3 y 5 del citado precepto.

Artículo 1. Concesión de crédito extraordinario.

Se concede un crédito extraordinario, por importe total de 561.112 euros en el presupuesto para 2022, para la financiación de las necesidades de varios Departamentos del Gobierno de Navarra.

Este crédito se aplicará a las siguientes partidas presupuestarias:

Partida presupuestaria Importe
330000 33100 7609 921127 Convenio Concejo Villanueva de Arce para rehabilitación Casa Concejo. 80.000,00
210001 21300 7609 261673 Travesía de Lekunberri. 80.000,00
210001 21300 7609 261674 Camino escolar Ayuntamiento de Roncal. 25.000,00
210001 21300 7609 261675 Convenio con el Ayuntamiento de Castejón para el asfaltado de calles. 35.112,00
210001 21300 7609 261676 Obras en el Camino Gamioko Borda (Ziga) en el término municipal de Baztan. 24.000,00
210001 21300 7609 261677 Asfaltado de calles de Zozaia en el término municipal de Baztan. 20.000,00
210001 21300 7609 261678 Transferencia Ayto. Estella: Redacción del proyecto de la pasarela Chantona. 20.000,00
210001 21100 4609 922102 Convenio Ayuntamiento de Sangüesa financiación gastos reclamación judicial inmatriculación (Iglesia). 25.000,00
710006 71500 7819 414403 Transferencia Comunidad de Regantes Arga-Aragón de Peralta: Reconstrucción del río Caracol. 130.000,00
720003 72200 4819 413103 Convenio Asociación Ekoalde. Estructuración sector productivo ecológico para ampliar abastecim. a restaurac. colectiva. 110.000,00
080001 08200 4819 232207 Convenio con la Asociación FESTA-Los de Bronce. 12.000,00
 Totales. 561.112,00
Artículo 2. Financiación del crédito extraordinario.

La financiación de este crédito extraordinario y por el citado importe de 561.112 euros se realizará con cargo al crédito disponible en las siguientes partidas:

Partida presupuestaria Importe
210001 21300 7609 261672 (E) Transferencia Ayto. de Arce: rehabilitación casa concejo en Villanueva de Arce. 20.000,00
330000 33100 7609 921113 Proyectos Desarrollo Territorial Sostenible en Itoiz. Convenio con los Aytos. de Lónguida, Arce, Aoiz y Oroz Betelu. 60.000,00
220002 22100 6010 453206 Red local. 105.000,00
220002 22200 7609 261600 Convenio con el Ayuntamiento de Castejón para el asfaltado de calles. 35.112,00
220002 22200 7609 261602 Obras en el Camino Gamioko Borda (Ziga) en el término municipal de Baztan. 24.000,00
220002 22200 7609 261603 Asfaltado de calles de Zozaia en el término municipal de Baztan. 20.000,00
220001 22300 7609 453200 Transferencia Ayto. Estella: Redacción del proyecto de la pasarela Chantona. 20.000,00
F20000 F2100 4609 111200 (E) Convenio Ayuntamiento Sangüesa reclamaciones inmatriculación. 25.000,00
710006 71500 7609 414403 (E) Transferencia Ayto. Peralta: Reconstrucción del río Caracol. 130.000,00
710000 71200 4819 412100 (E) Convenio Asoc.Ekoalde. Estructuración sector productivo ecoló.para ampliar abast. a restauración colectiva. 110.000,00
080001 08200 4819 232206 (E) Convenio con la SDR del Bronce. 12.000,00
 Totales. 561.112,00
Artículo 3. Creación de un Fondo extraordinario de transferencias corrientes de 4.200.000 euros para paliar las consecuencias económicas de la guerra en Ucrania en las entidades locales de Navarra.

1. Se crea un Fondo extraordinario de transferencias corrientes para paliar las consecuencias económicas de la guerra en Ucrania en las entidades locales de Navarra en el ejercicio 2022, por importe de 4.200.000 euros.

2. Se concede un crédito extraordinario por importe de 4.200.000 euros, en el presupuesto de 2022 para la dotación del citado Fondo, que se aplicará a la partida presupuestaria 211001-21200-4600-942109 denominada «Fondo extraordinario impacto guerra Ucrania presupuestos locales»

3. La financiación de este crédito extraordinario y por el citado importe de 4.200.000 euros se realizará con cargo a la partida presupuestaria 113002-12100-8700-000003 «Remanente de tesorería afecto al Fondo de Participación de las Haciendas Locales».

4. El citado Fondo extraordinario, de carácter incondicionado y no finalista, tendrá la naturaleza de aportación al Fondo de Participación de las entidades locales en los tributos de Navarra, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123.10 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.

5. Este Fondo extraordinario se distribuirá entre municipios y concejos en proporción a sus cifras oficiales de población a la fecha de la entrada en vigor de la presente ley foral, en atención a los siguientes criterios:

a. En primer lugar, se realizará el reparto entre los concejos, conforme a los siguientes tramos indicados en la Tabla I:

Tabla I

Tramo de población del Concejo

Cuantía

Euros

Hasta 99. 2.730
Entre 100 y 249. 4.290
Entre 250 y 499. 5.850
Entre 500 y 999. 7.410
Igual o más de 1.000. 9.750

b. Una vez realizado el reparto entre los concejos a que se refiere el apartado anterior, la cuantía restante se repartirá entre los municipios de manera proporcional a su población, garantizándose en todo caso los siguientes importes mínimos establecidos en la Tabla II.

Tabla II

Tramo de población del Municipio

Cuantía Municipio simple

Euros

Cuantía Municipio compuesto

Euros

Hasta 99. 3.900 2.340
Entre 100 y 499. 6.630 5.070
Entre 500 y 999. 8.580 6.240
Entre 1.000 y 1.999. 12.480 9.360
Entre 2.000 y 2.999. 14.820 10.920
Entre 3.000 y 4.999. 18.720 14.040
Entre 5.000 y 9.999. 23.400 17.160
Entre 10.000 y 29.999. 35.100 28.860
Entre 30.000 y 199.999. 66.300
Igual o más de 200.000. 202.800

c. Los importes necesarios para garantizar a los municipios el pago de los importes mínimos establecidos en la Tabla II se detraerán proporcionalmente de las asignaciones de los municipios que obtuvieran inicialmente cuantías superiores a dichos mínimos.

6. Mediante Resolución de la Dirección General de Administración Local y Despoblación se procederá al abono de las cuantías a percibir por cada municipio y concejo beneficiario, según la relación del anexo de la presente Ley Foral, resultante de la aplicación de lo dispuesto en los apartados anteriores.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente ley foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra».

Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S.M. el Rey, esta ley foral, ordeno su inmediata publicación en el Boletín Oficial de Navarra y su remisión al Boletín Oficial del Estado y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.

Pamplona, 12 de mayo de 2022.–La Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra, María Chivite Navascués.

(Publicada en el «Boletín Oficial de Navarra» 103, de 26 de mayo de 2022)

ANEXO
Tipo entidad Entidad local Aportación
Municipio simple. Pamplona / Iruña. 309.537
Municipio simple. Tudela. 82.868
Municipio compuesto. Valle de Egüés / Eguesibar. 39.469
Municipio simple. Barañáin / Barañain. 44.034
Municipio simple. Burlada / Burlata. 43.953
Municipio simple. Zizur Mayor / Zizur Nagusia. 41.131
Municipio simple. Estella-Lizarra. 40.328
Municipio compuesto. Aranguren. 33.338
Municipio simple. Ansoáin / Antsoain. 38.345
Municipio simple. Berriozar. 38.340
Municipio simple. Tafalla. 38.252
Municipio simple. Villava / Atarrabia. 37.970
Municipio compuesto. Noáin (Valle de Elorz) / Noain (Elortzibar). 20.685
Municipio simple. Corella. 26.228
Municipio simple. Cintruénigo. 26.123
Municipio simple. Baztan. 26.005
Municipio compuesto. Berrioplano / Berriobeiti. 20.132
Municipio simple. Altsasu / Alsasua. 25.742
Municipio simple. Huarte / Uharte. 25.645
Municipio simple. San Adrián. 25.074
Municipio simple. Peralta / Azkoien. 24.822
Municipio compuesto. Sangüesa / Zangoza. 15.699
Municipio simple. Lodosa. 19.902
Municipio simple. Viana. 19.588
Municipio simple. Castejón. 19.567
Municipio simple. Orkoien. 19.476
Municipio simple. Murchante. 19.460
Municipio simple. Beriáin. 19.458
Municipio simple. Olite / Erriberri. 19.375
Municipio simple. Cascante. 19.352
Municipio compuesto. Cizur. 15.087
Municipio simple. Azagra. 19.239
Municipio simple. Bera. 19.225
Municipio simple. Ribaforada. 19.200
Municipio simple. Mendavia. 19.067
Municipio simple. Milagro. 19.045
Municipio simple. Cortes. 18.854
Municipio simple. Leitza. 18.758
Municipio simple. Puente La Reina / Gares. 15.185
Municipio simple. Villafranca. 15.177
Municipio simple. Marcilla. 15.152
Municipio simple. Aoiz / Agoitz. 15.105
Municipio compuesto. Esteribar. 11.587
Municipio simple. Caparroso. 15.100
Municipio simple. Andosilla. 15.081
Municipio simple. Lesaka. 15.076
Municipio simple. Fustiñana. 14.917
Municipio compuesto. Etxarri Aranatz. 11.400
Municipio compuesto. Carcastillo. 11.398
Municipio simple. Ablitas. 14.911
Municipio simple. Funes. 14.895
Municipio simple. Valtierra. 14.885
Municipio simple. Ayegui / Aiegi. 14.880
Municipio simple. Falces. 14.820
Municipio simple. Arguedas. 14.820
Municipio simple. Irurtzun. 14.820
Municipio compuesto. Galar. 11.266
Municipio simple. Buñuel. 14.820
Municipio simple. Larraga. 14.820
Municipio simple. Fitero. 14.820
Municipio simple. Cadreita. 14.820
Municipio compuesto. Cendea de Olza / Oltza Zendea. 9.606
Municipio simple. Doneztebe / Santesteban. 12.480
Municipio compuesto. Ezcabarte. 9.569
Municipio simple. Lerín. 12.480
Municipio simple. Artajona. 12.480
Municipio compuesto. Ultzama. 9.481
Municipio simple. Lekunberri. 12.480
Municipio compuesto. Valle de Yerri / Deierri. 9.415
Municipio simple. Olazti / Olazagutía. 12.480
Municipio simple. Cabanillas. 12.480
Municipio compuesto. Iza / Itza. 9.360
Municipio simple. Lumbier. 12.480
Municipio simple. Sartaguda. 12.480
Municipio simple. Lakuntza. 12.480
Municipio simple. Villatuerta. 12.480
Municipio simple. Sesma. 12.480
Municipio simple. Los Arcos. 12.480
Municipio simple. Cárcar. 12.480
Municipio simple. Arbizu. 12.480
Municipio simple. Mendigorria. 12.480
Municipio simple. Monteagudo. 12.480
Municipio simple. Arróniz. 12.480
Municipio simple. Fontellas. 8.580
Municipio compuesto. Arakil. 6.240
Municipio simple. Cáseda. 8.580
Municipio simple. Oteiza. 8.580
Municipio simple. Obanos. 8.580
Municipio simple. Allo. 8.580
Municipio compuesto. Larraun. 6.240
Municipio compuesto. Allín / Allin. 6.240
Municipio simple. Santacara. 8.580
Municipio simple. Miranda de Arga. 8.580
Municipio compuesto. Basaburua. 6.240
Municipio simple. Etxalar. 8.580
Municipio compuesto. Erro. 6.240
Municipio simple. Aibar / Oibar. 8.580
Municipio simple. Uharte Arakil. 8.580
Municipio simple. Mélida. 8.580
Municipio compuesto. Améscoa Baja. 6.240
Municipio simple. Goizueta. 8.580
Municipio simple. Berbinzana. 8.580
Municipio simple. Sunbilla. 8.580
Municipio compuesto. Murillo El Cuende. 6.240
Municipio simple. Murillo El Fruto. 8.580
Municipio simple. Urdiain. 8.580
Municipio compuesto. Tiebas-Muruarte de Reta. 6.240
Municipio simple. Etxauri. 8.580
Municipio simple. Añorbe. 8.580
Municipio simple. Barásoain. 8.580
Municipio simple. Arantza. 8.580
Municipio compuesto. Bertizarana. 6.240
Municipio simple. Dicastillo. 8.580
Municipio simple. Igantzi. 8.580
Municipio compuesto. Juslapeña. 6.240
Municipio simple. Abárzuza / Abartzuza. 8.580
Municipio simple. Pitillas. 8.580
Municipio compuesto. Araitz. 6.240
Municipio simple. Ituren. 8.580
Municipio simple. Garínoain. 8.580
Municipio simple. Ochagavía / Otsagabia. 6.630
Municipio compuesto. Anue. 5.070
Municipio simple. Cirauqui / Zirauki. 6.630
Municipio simple. Monreal / Elo. 6.630
Municipio simple. Donamaria. 6.630
Municipio compuesto. Guesálaz / Gesalatz. 5.070
Municipio compuesto. Imotz. 5.070
Municipio simple. Iturmendi. 6.630
Municipio simple. Mañeru. 6.630
Municipio compuesto. Valle de Ollo / Ollaran. 5.070
Municipio simple. Isaba / Izaba. 6.630
Municipio simple. Urroz-Villa. 6.630
Municipio simple. San Martín de Unx. 6.630
Municipio compuesto. Oláibar. 5.070
Municipio simple. Betelu. 6.630
Municipio compuesto. Ergoiena. 5.070
Municipio compuesto. Odieta. 5.070
Municipio simple. Murieta. 6.630
Municipio simple. Bakaiku. 6.630
Municipio simple. Ziordia. 6.630
Municipio simple. Urdazubi / Urdax. 6.630
Municipio simple. Aberin. 6.630
Municipio simple. Pueyo / Puiu. 6.630
Municipio compuesto. Ancín / Antzin. 5.070
Municipio simple. Luzaide / Valcarlos. 6.630
Municipio compuesto. Igúzquiza. 5.070
Municipio simple. Liédena. 6.630
Municipio simple. Lizoain-Arriasgoiti / Lizoainibar-Arriasgoiti. 6.630
Municipio simple. Ezcároz / Ezkaroze. 6.630
Municipio compuesto. Urraúl Bajo. 5.070
Municipio simple. Zubieta. 6.630
Municipio compuesto. Zabalza / Zabaltza. 5.070
Municipio simple. Beire. 6.630
Municipio compuesto. Mendaza. 5.070
Municipio simple. Enériz / Eneritz. 6.630
Municipio compuesto. Metauten. 5.070
Municipio simple. Yesa. 6.630
Municipio compuesto. Lónguida / Longida. 5.070
Municipio simple. Eulate. 6.630
Municipio simple. Areso. 6.630
Municipio compuesto. Ibargoiti. 5.070
Municipio simple. Bargota. 6.630
Municipio simple. Muruzábal. 6.630
Municipio compuesto. Arce / Artzi. 5.070
Municipio simple. Lezaun. 6.630
Municipio simple. Barillas. 6.630
Municipio simple. Auritz / Burguete. 6.630
Municipio compuesto. Biurrun-Olcoz. 5.070
Municipio compuesto. Unciti. 5.070
Municipio compuesto. Leoz / Leotz. 5.070
Municipio compuesto. Atetz / Atez. 5.070
Municipio simple. Elgorriaga. 6.630
Municipio simple. Beintza-Labaien. 6.630
Municipio simple. Zugarramurdi. 6.630
Municipio compuesto. Olóriz / Oloritz. 5.070
Municipio simple. Roncal / Erronkari. 6.630
Municipio simple. Burgui / Burgi. 6.630
Municipio simple. Orbaizeta. 6.630
Municipio simple. Garralda. 6.630
Municipio compuesto. Romanzado. 5.070
Municipio simple. Úcar. 6.630
Municipio simple. Jaurrieta. 6.630
Municipio simple. Urroz. 6.630
Municipio simple. Lazagurría. 6.630
Municipio simple. Ujué / Uxue. 6.630
Municipio compuesto. Izagaondoa. 5.070
Municipio simple. Uterga. 6.630
Municipio simple. Irañeta. 6.630
Municipio simple. Adiós. 6.630
Municipio compuesto. Goñi. 5.070
Municipio simple. Bidaurreta. 6.630
Municipio simple. Arellano. 6.630
Municipio simple. Ciriza / Ziritza. 6.630
Municipio compuesto. Lana. 5.070
Municipio simple. Unzué / Untzue. 6.630
Municipio simple. Aras. 6.630
Municipio simple. Lantz. 6.630
Municipio simple. Uztárroz / Uztarroze. 6.630
Municipio simple. Eratsun. 6.630
Municipio compuesto. Urraúl Alto. 5.070
Municipio simple. Oroz-Betelu / Orotz-Betelu. 6.630
Municipio simple. Garde. 6.630
Municipio simple. Ezkurra. 6.630
Municipio simple. Sada. 6.630
Municipio simple. Tulebras. 6.630
Municipio simple. Luquin. 6.630
Municipio simple. Oiz. 6.630
Municipio simple. Abaurregaina / Abaurrea Alta. 6.630
Municipio compuesto. Lapoblación. 5.070
Municipio simple. Javier. 6.630
Municipio compuesto. Navascués / Nabaskoze. 5.070
Municipio simple. Legarda. 6.630
Municipio simple. Torres Del Río. 6.630
Municipio simple. Artazu. 6.630
Municipio simple. Belascoáin. 6.630
Municipio simple. Villamayor de Monjardín. 6.630
Municipio simple. Morentin. 6.630
Municipio simple. Arano. 6.630
Municipio simple. Saldias. 6.630
Municipio simple. Legaria. 6.630
Municipio simple. Salinas de Oro / Jaitz. 6.630
Municipio simple. Eslava. 6.630
Municipio simple. Espronceda. 6.630
Municipio simple. Gallipienzo / Galipentzu. 6.630
Municipio simple. Hiriberri / Villanueva de Aezkoa. 6.630
Municipio simple. Arruazu. 6.630
Municipio simple. Larraona. 3.900
Municipio simple. Sansol. 3.900
Municipio compuesto. Gallués / Galoze. 2.340
Municipio simple. Garaioa. 3.900
Municipio compuesto. Torralba del Río. 2.340
Municipio simple. Urzainqui / Urzainki. 3.900
Municipio simple. Orísoain. 3.900
Municipio simple. Cabredo. 3.900
Municipio simple. Mues. 3.900
Municipio simple. Abáigar. 3.900
Municipio simple. Vidángoz / Bidankoze. 3.900
Municipio compuesto. Guirguillano. 2.340
Municipio simple. Echarri / Etxarri. 3.900
Municipio simple. Zúñiga. 3.900
Municipio simple. Esparza de Salazar / Espartza Zaraitzu. 3.900
Municipio simple. Oco. 3.900
Municipio simple. Desojo. 3.900
Municipio simple. Aguilar de Codés. 3.900
Municipio simple. Aranarache / Aranaratxe. 3.900
Municipio simple. Etayo. 3.900
Municipio compuesto. Sarriés / Sartze. 2.340
Municipio simple. Genevilla. 3.900
Municipio simple. Mirafuentes. 3.900
Municipio simple. El Busto. 3.900
Municipio simple. Marañón. 3.900
Municipio simple. Olejua. 3.900
Municipio simple. Sorlada. 3.900
Municipio simple. Aria. 3.900
Municipio simple. Oronz / Orontze. 3.900
Municipio simple. Barbarin. 3.900
Municipio simple. Armañanzas. 3.900
Municipio simple. Tirapu. 3.900
Municipio simple. Lerga. 3.900
Municipio compuesto. Ezprogui. 2.340
Municipio simple. Piedramillera. 3.900
Municipio simple. Izalzu / Itzaltzu. 3.900
Municipio simple. Nazar. 3.900
Municipio compuesto. Güesa / Gorza. 2.340
Municipio simple. Aribe. 3.900
Municipio simple. Leache / Leatxe. 3.900
Municipio simple. Orbara. 3.900
Municipio simple. Petilla de Aragón. 3.900
Municipio simple. Abaurrepea / Abaurrea Baja. 3.900
Municipio simple. Azuelo. 3.900
Municipio simple. Orreaga / Roncesvalles. 3.900
Municipio simple. Castillonuevo. 3.900
Concejo. Igal / Igari. 2.730
Concejo. Saldise. 2.730
Concejo. Otiñano. 2.730
Concejo. Guenduláin / Gendulain. 2.730
Concejo. Leazkue. 2.730
Concejo. Albiasu. 2.730
Concejo. Echagüe. 2.730
Concejo. Elcarte. 2.730
Concejo. Urdánoz. 2.730
Concejo. Abínzano. 2.730
Concejo. Zarrantz. 2.730
Concejo. Madotz. 2.730
Concejo. Rípodas. 2.730
Concejo. Saragüeta / Saragueta. 2.730
Concejo. Iciz / Izize. 2.730
Concejo. Latasa. 2.730
Concejo. Zabalceta. 2.730
Concejo. Ayechu. 2.730
Concejo. Mendilibarri. 2.730
Concejo. Urritzola. 2.730
Concejo. Úriz / Uritz. 2.730
Concejo. Elía. 2.730
Concejo. Esténoz. 2.730
Concejo. Azparren. 2.730
Concejo. Narcué. 2.730
Concejo. Ongoz. 2.730
Concejo. Ziganda / Ciganda. 2.730
Concejo. Aintzioa. 2.730
Concejo. Iragi. 2.730
Concejo. Aguinaga de Iza. 2.730
Concejo. Aspurz. 2.730
Concejo. San Vicente. 2.730
Concejo. Azpa. 2.730
Concejo. Güesa / Gorza. 2.730
Concejo. Izurzu. 2.730
Concejo. Lerate. 2.730
Concejo. Ulibarri. 2.730
Concejo. Ollogoyen. 2.730
Concejo. Olaz-Subiza. 2.730
Concejo. Aizpún. 2.730
Concejo. Muniáin de Guesálaz. 2.730
Concejo. Ustés. 2.730
Concejo. Guerendiáin. 2.730
Concejo. Amillano. 2.730
Concejo. Guembe. 2.730
Concejo. Osinaga. 2.730
Concejo. Leoz. 2.730
Concejo. Imirizaldu. 2.730
Concejo. Cemboráin. 2.730
Concejo. Villanueva de Arce / Hiriberri-Artzibar. 2.730
Concejo. Beratsain / Berasáin. 2.730
Concejo. Garciriáin. 2.730
Concejo. Sarriés / Sartze. 2.730
Concejo. Viloria. 2.730
Concejo. Olleta. 2.730
Concejo. Gollano. 2.730
Concejo. Goñi. 2.730
Concejo. Garísoain. 2.730
Concejo. Urritza. 2.730
Concejo. Egozkue. 2.730
Concejo. Etulain. 2.730
Concejo. Iribas. 2.730
Concejo. Murillo de Lónguida / Murelu-Longida. 2.730
Concejo. Arrieta. 2.730
Concejo. Uscarrés / Uskartze. 2.730
Concejo. Labeaga. 2.730
Concejo. Beorburu. 2.730
Concejo. Artajo / Artaxo. 2.730
Concejo. Gorrontz-Olano. 2.730
Concejo. Lizarragabengoa. 2.730
Concejo. Antxoritz. 2.730
Concejo. Sarasibar. 2.730
Concejo. Echarren de Guirguillano. 2.730
Concejo. Navaz. 2.730
Concejo. Unzu. 2.730
Concejo. Villaveta / Billabeta. 2.730
Concejo. Anotz. 2.730
Concejo. Ibilcieta / Ibiltzieta. 2.730
Concejo. Murillo de Yerri / Murelu Deierri. 2.730
Concejo. Irurre. 2.730
Concejo. Guirguillano. 2.730
Concejo. Atondo. 2.730
Concejo. Larráyoz. 2.730
Concejo. Astitz. 2.730
Concejo. Guelbenzu / Gelbentzu. 2.730
Concejo. Grocin / Gorozin. 2.730
Concejo. Ballariain. 2.730
Concejo. Eritzegoiti / Erice. 2.730
Concejo. Esnotz. 2.730
Concejo. Azanza. 2.730
Concejo. Muez. 2.730
Concejo. Lete. 2.730
Concejo. Lapoblación. 2.730
Concejo. Arteaga. 2.730
Concejo. Artázcoz. 2.730
Concejo. Alzórriz. 2.730
Concejo. Urbiola. 2.730
Concejo. Goldaratz. 2.730
Concejo. Áriz. 2.730
Concejo. Ardanaz de Izagaondoa. 2.730
Concejo. Galbarra. 2.730
Concejo. Traibuenas. 2.730
Concejo. Muneta. 2.730
Concejo. Ecala. 2.730
Concejo. Alli. 2.730
Concejo. Olaiz. 2.730
Concejo. Rocaforte. 2.730
Concejo. Irurozqui. 2.730
Concejo. Ugar. 2.730
Concejo. Zabaldika. 2.730
Concejo. Ayesa. 2.730
Concejo. Ubago. 2.730
Concejo. Arizaleta / Aritzaleta. 2.730
Concejo. Ekai. 2.730
Concejo. Lacabe / Lakabe. 2.730
Concejo. Nagore. 2.730
Concejo. Vidaurre. 2.730
Concejo. Eraso. 2.730
Concejo. Osácar. 2.730
Concejo. Anocíbar / Anotzibar. 2.730
Concejo. Zolina. 2.730
Concejo. Ihaben. 2.730
Concejo. Inbuluzketa. 2.730
Concejo. Muskitz. 2.730
Concejo. Zia. 2.730
Concejo. Artaiz. 2.730
Concejo. Zuhatzu. 2.730
Concejo. Sagaseta. 2.730
Concejo. Murillo el Cuende. 2.730
Concejo. Izal / Itzalle. 2.730
Concejo. Metauten. 2.730
Concejo. Senosiain. 2.730
Concejo. Etsain. 2.730
Concejo. Jauntsarats. 2.730
Concejo. Olcoz. 2.730
Concejo. Domeño. 2.730
Concejo. Orondritz. 2.730
Concejo. Ázqueta. 2.730
Concejo. Asarta. 2.730
Concejo. Arboniés. 2.730
Concejo. Arguiñano. 2.730
Concejo. Marcaláin. 2.730
Concejo. Aos. 2.730
Concejo. Ripa / Erripa. 2.730
Concejo. Solchaga. 2.730
Concejo. Aritzu. 2.730
Concejo. Itsaso. 2.730
Concejo. Zabalegui. 2.730
Concejo. Erice. 2.730
Concejo. Gascue / Gaskue. 2.730
Concejo. Suarbe. 2.730
Concejo. Izco. 2.730
Concejo. Uztegi. 2.730
Concejo. Aroztegi / Aróstegui. 2.730
Concejo. Arrarats. 2.730
Concejo. Oieregi. 2.730
Concejo. Zilbeti. 2.730
Concejo. Orrio. 2.730
Concejo. Sarasate. 2.730
Concejo. Ollobarren. 2.730
Concejo. Iltzarbe. 2.730
Concejo. Gaintza. 2.730
Concejo. Eusa. 2.730
Concejo. Idocin. 2.730
Concejo. Iracheta. 2.730
Concejo. Satrustegi. 2.730
Concejo. Gulina. 2.730
Concejo. Nuin. 2.730
Concejo. Zenotz. 2.730
Concejo. Ilarregi. 2.730
Concejo. Larraya. 2.730
Concejo. Gastiáin. 2.730
Concejo. Eulz. 2.730
Concejo. Beuntza / Beunza. 2.730
Concejo. Cildoz / Zildotz. 2.730
Concejo. Izu. 2.730
Concejo. Ollo. 2.730
Concejo. Bigüézal. 2.730
Concejo. Oderitz. 2.730
Concejo. Tabar. 2.730
Concejo. Iruñela. 2.730
Concejo. Ibiricu de Yerri / Ibiriku Deierri. 2.730
Concejo. Galdeano. 2.730
Concejo. Azpirotz-Lezaeta. 2.730
Concejo. Errazkin. 2.730
Concejo. Mendívil. 2.730
Concejo. Ibiricu. 2.730
Concejo. Munárriz. 2.730
Concejo. Osacáin. 2.730
Concejo. Oteiza. 2.730
Concejo. Lintzoain. 2.730
Concejo. Aldaba. 2.730
Concejo. Ganuza. 2.730
Concejo. Etxeberri. 2.730
Concejo. San Martín de Améscoa. 2.730
Concejo. Mugiro. 2.730
Concejo. Olóriz. 2.730
Concejo. Loza / Lotza. 2.730
Concejo. Intza. 2.730
Concejo. Ciáurriz / Ziaurritz. 2.730
Concejo. Eltso. 2.730
Concejo. Zabalza. 2.730
Concejo. Etxarri. 2.730
Concejo. Olza. 2.730
Concejo. Echávarri. 2.730
Concejo. Urritzola-Galain. 2.730
Concejo. Ochovi. 2.730
Concejo. Lácar / Lakar. 2.730
Concejo. Aramendía. 2.730
Concejo. Arlegui. 2.730
Concejo. Oskotz. 2.730
Concejo. Murugarren. 2.730
Concejo. Saigots. 2.730
Concejo. Unciti. 2.730
Concejo. Villanueva de Yerri / Hiriberri Deierri. 2.730
Concejo. Muru-Astráin. 2.730
Concejo. Errotz. 2.730
Concejo. Larunbe. 2.730
Concejo. Ekai de Lónguida / Ekai-Longida. 2.730
Concejo. Makirriain. 2.730
Concejo. Zábal / Zabal. 2.730
Concejo. Ultzurrun. 2.730
Concejo. Arruitz. 2.730
Concejo. Zufía. 2.730
Concejo. Egiarreta. 2.730
Concejo. Udabe-Beramendi. 2.730
Concejo. Mezkiritz. 2.730
Concejo. Navascués. 2.730
Concejo. Azcona / Aizkoa. 2.730
Concejo. Izcue. 2.730
Concejo. Larragueta. 2.730
Concejo. Burutain. 2.730
Concejo. Orokieta-Erbiti. 2.730
Concejo. Baraibar. 2.730
Concejo. Igoa. 2.730
Concejo. Gorriti. 2.730
Concejo. Gartzaron. 2.730
Concejo. Iturgoyen. 2.730
Concejo. Lizasoáin. 2.730
Concejo. Arizala / Aritzala. 2.730
Concejo. Aranguren. 2.730
Concejo. Ardanaz de Egüés. 2.730
Concejo. Unanu. 2.730
Concejo. Mendaza. 2.730
Concejo. Arraiza. 2.730
Concejo. Gerendiain. 2.730
Concejo. Arandigoyen / Arandigoien. 2.730
Concejo. Eraul. 2.730
Concejo. Latasa. 2.730
Concejo. Meano. 2.730
Concejo. Azkarate. 2.730
Concejo. Bizkarreta-Gerendiain. 2.730
Concejo. Ostiz / Ostitz. 2.730
Concejo. Baríndano. 2.730
Concejo. Urdaitz / Urdániz. 4.290
Concejo. Zurucuáin / Zurukuain. 4.290
Concejo. Oricáin. 4.290
Concejo. Ollacarizqueta. 4.290
Concejo. Zubielqui. 4.290
Concejo. Etxaleku. 4.290
Concejo. Alloz / Allotz. 4.290
Concejo. Dorrao / Torrano. 4.290
Concejo. Uitzi. 4.290
Concejo. Aldatz. 4.290
Concejo. Beasoain-Egillor. 4.290
Concejo. Artavia. 4.290
Concejo. Hiriberri Arakil. 4.290
Concejo. Riezu / Errezu. 4.290
Concejo. Larraintzar. 4.290
Concejo. Baquedano. 4.290
Concejo. Sarasa. 4.290
Concejo. Endériz. 4.290
Concejo. Acedo. 4.290
Concejo. Gazólaz. 4.290
Concejo. Olave / Olabe. 4.290
Concejo. Gabarderal. 4.290
Concejo. Lorca / Lorka. 4.290
Concejo. Ihabar. 4.290
Concejo. Artaza. 4.290
Concejo. Erro. 4.290
Concejo. Eltzaburu. 4.290
Concejo. Iza. 4.290
Concejo. Galar. 4.290
Concejo. Salinas de Ibargoiti / Getze Ibargoiti. 4.290
Concejo. Beruete. 4.290
Concejo. Lizaso. 4.290
Concejo. Artieda. 4.290
Concejo. Labiano. 4.290
Concejo. Ubani. 4.290
Concejo. Larrión. 4.290
Concejo. Etxarren. 4.290
Concejo. Asiáin. 4.290
Concejo. Larrasoaña. 4.290
Concejo. Lizarraga. 4.290
Concejo. Auza. 4.290
Concejo. Izurdiaga. 4.290
Concejo. Azoz / Azotz. 4.290
Concejo. Zariquiegui. 4.290
Concejo. Biurrun. 4.290
Concejo. Arbeiza. 4.290
Concejo. Subiza. 4.290
Concejo. Alkotz. 4.290
Concejo. Sorauren. 4.290
Concejo. Bearin. 4.290
Concejo. Añézcar. 4.290
Concejo. Igúzquiza. 4.290
Concejo. Elcano. 4.290
Concejo. Muruarte de Reta. 4.290
Concejo. Arraitz-Orkin. 4.290
Concejo. Ibero. 4.290
Concejo. Zudaire. 4.290
Concejo. Aurizberri / Espinal. 4.290
Concejo. Olague. 4.290
Concejo. Undiano / Undio. 4.290
Concejo. Arribe-Atallu. 5.850
Concejo. Figarol. 5.850
Concejo. Alzuza. 5.850
Concejo. Legasa. 5.850
Concejo. Iraizotz. 5.850
Concejo. Salinas de Pamplona. 5.850
Concejo. Torres. 5.850
Concejo. Narbarte. 5.850
Concejo. Elorz / Elortz. 5.850
Concejo. Ancín. 5.850
Concejo. Badostáin. 5.850
Concejo. Esquíroz. 5.850
Concejo. Astráin. 5.850
Concejo. Tajonar / Taxoare. 5.850
Concejo. Eugi. 5.850
Concejo. Esparza. 5.850
Concejo. Arazuri. 5.850
Concejo. Paternáin. 5.850
Concejo. Imárcoain. 5.850
Concejo. Egüés. 5.850
Concejo. Tiebas. 5.850
Concejo. Zubiri. 5.850
Concejo. Aizoáin / Aitzoain. 5.850
Concejo. Rada. 7.410
Concejo. Berrioplano / Berriobeiti. 7.410
Concejo. Olaz. 7.410
Concejo. Ororbia. 7.410
Concejo. Cordovilla. 7.410
Concejo. Berriosuso / Berriogoiti. 9.750
Concejo. Arre. 9.750
Concejo. Cizur Menor. 9.750
Concejo. Artica / Artika. 9.750
 Total.   4.200.000

ANÁLISIS

  • Rango: Ley Foral
  • Fecha de disposición: 12/05/2022
  • Fecha de publicación: 04/06/2022
  • Fecha de entrada en vigor: 27/05/2022
  • Publicada en el BON núm. 103, de 26 de mayo de 2022.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Administración Local
  • Créditos Extraordinarios y Suplementarios
  • Municipios
  • Navarra

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