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Documento BOE-A-2022-8934

Resolución de 27 de mayo de 2022, de la Presidencia de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI, por la que se declara inhábil el mes de agosto a efectos del cómputo de plazos en el proceso selectivo para cubrir plaza de personal laboral fijo, fuera de convenio, con la categoría de Titulado Superior, convocado por Resolución de 8 de abril de 2022.

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 1 de junio de 2022, páginas 74922 a 74922 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2022-8934

TEXTO ORIGINAL

El desarrollo del proceso selectivo convocado por esta Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2020, exige el cumplimiento de determinados plazos en concordancia con lo establecido en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

A la vista de las dificultades que entraña el cumplimiento de los referidos plazos durante el mes de agosto,

Esta Presidencia resuelve declarar inhábil dicho mes a efectos del cómputo de plazos en el proceso selectivo, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2020, para la cobertura de una plaza de personal laboral fijo, fuera de convenio, con la categoría de Titulado Superior, convocado por Resolución de 8 de abril de 2022 («Boletín Oficial del Estado» de 18 de abril).

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad que la dictó en el plazo de un mes desde su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Madrid, 27 de mayo de 2022.–La Presidenta de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, AAI, Cristina Herrero Sánchez.

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