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Documento BOE-A-2022-8721

Resolución de 23 de mayo de 2022, del Museo Nacional del Prado, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la Fundación Tatiana Pérez de Guzmán el Bueno, para el apoyo a tres proyectos expositivos.

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 28 de mayo de 2022, páginas 73330 a 73331 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2022-8721

TEXTO ORIGINAL

El Museo Nacional del Prado y la Fundación Tatiana Pérez de Guzmán el Bueno han suscrito una Adenda de modificación y prórroga al convenio para el apoyo a tres proyectos expositivos, firmado el 15 de julio de 2021, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 186, de 5 de agosto de 2021, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda al convenio inicial, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 23 de mayo de 2022.–El Director del Museo Nacional del Prado, Miguel Falomir Faus.

ANEXO
Adenda de prórroga y modificación al Convenio entre el Museo Nacional del Prado y la Fundación Tatiana Pérez de Guzmán el Bueno para el apoyo de la fundación a tres proyectos expositivos firmado el 15 de julio de 2021

En Madrid, a 17 de mayo de 2022.

REUNIDOS

De una parte, el Museo Nacional del Prado, en adelante MNP, representado por don Miguel Falomir Faus, Director del Organismo Público Museo Nacional del Prado, en virtud de su nombramiento mediante Real Decreto 278/2017, de 17 de marzo, y domicilio en Madrid, paseo del Prado, s/n, y CIF Q-2828018-H. Actúa en nombre y representación del Museo Nacional del Prado, en virtud de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 433/2004, de 12 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Museo Nacional del Prado, en su artículo 7.2, letra l).

Y, de otra, la Fundación Tatiana Pérez de Guzmán el Bueno, fundación patrimonial sin ánimo de lucro constituida por Tatiana Pérez de Guzmán el Bueno y Seebacher, como fundadora y primera presidenta el 9 de abril de 2012 e inscrita en el Registro General de Fundaciones del Ministerio de Cultura y Deporte (Orden ECD 1123/2021, de 30 de abril), con el n.º 1465, con domicilio en el paseo del General Martínez Campos, 25, 28010 Madrid, y NIF G-86444346, representada por don Teodoro Sánchez-Ávila, en calidad de presidente, y cuya representación ostenta en virtud del Poder Notarial otorgado ante el Notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Manuel Gerardo Tarrío Berjano, de fecha 8 de junio de 2012, con el número 1.535 de su protocolo.

Los comparecientes declaran contar con la capacidad legal suficiente para el otorgamiento de la presente adenda, así como que sus poderes no han sido revocados, modificados ni suspendidos y en su virtud,

EXPONEN

I. Que el 15 de julio de 2021 (BOE núm. 186 de 5 de agosto), el MNP y la Fundación Tatiana Pérez de Guzmán el Bueno, formalizaron un convenio para el apoyo de la fundación a tres proyectos expositivos.

II. Que en las cláusulas de dicho Convenio se preveyó la celebración de una exposición del conjunto de los dibujos de Emilio Sánchez Perrier donados por la Fundación al MNP en determinadas fechas y sedes, de acuerdo con el calendario pactado por las partes y quedando establecida la vigencia del Convenio hasta el 31 de diciembre de 2023.

III. Que las Partes han acordado inaugurar la exposición en el Museo del Prado en la primavera de 2023, y en el Palacio de los Golfines en otoño de 2023, por ajustarse mejor este nuevo calendario a los intereses estratégicos de ambas partes.

IV. Que como consecuencia del nuevo calendario, la exposición finalizará en fecha posterior a la vigencia inicial del Convenio, lo que hace necesario modificar su redacción y prorrogar su vigencia de acuerdo con las siguientes;

CLÁUSULAS

Primera.

Prorrogar el Convenio de 15 de julio de 2021.

Mediante el presente acuerdo, y al amparo de lo establecido en la letra h) punto 2.º del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y cláusula décima del convenio, el plazo de vigencia del convenio entre el Museo Nacional del Prado y la Fundación extenderá su vigencia hasta el 30 de enero de 2024.

Segunda.

Modificar el calendario previsto en las Cláusulas Primera y Segunda del Convenio, que será el siguiente:

– Exposición en el Museo del Prado: Desde finales de abril de 2023 hasta el 30 de julio de 2023.

– Exposición en el Palacio de los Golfines de Cáceres: Desde finales de septiembre de 2023 hasta el 7 de enero de 2024.

Tercera. Mantenimiento del resto del clausulado del convenio 15 de julio de 2021.

En todo lo no previsto ni expresamente modificado en la presente adenda, será de aplicación el convenio suscrito por las partes con fecha 15 de julio de 2021.

Cuarta. Eficacia y validez de la presente adenda al convenio.

De acuerdo con el art. 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la presente adenda se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes mediante su firma y su vigencia comenzará el día en que sea inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere la disposición adicional séptima de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad las partes firman la presente adenda por duplicado ejemplar, uno para cada parte, en la ciudad y fecha indicadas en el encabezamiento.–Por el Museo Nacional del Prado, el Director, Miguel Falomir Faus.–Por la Fundación Tatiana Pérez de Guzmán el Bueno, el Director, Teodoro Sánchez-Ávila.

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