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Documento BOE-A-2022-8202

Resolución de 16 de febrero de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Budista El Jardín de la Compasión-Yamtse Drophen Ling.

Publicado en:
«BOE» núm. 119, de 19 de mayo de 2022, páginas 69288 a 69289 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2022-8202

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Budista El Jardín de la Compasión-Yamtse Drophen Ling resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación citada fue constituida por don Jampa Thirnly Kunkhap, don Jampa Chojor Chimu y don José Bermúdez Marcos según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Madrid don Rafael González Gozalo el 25 de junio de 2021 con el número 1489 de protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Alejandrina Morán, número 23, local 28047 de Madrid, y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Trescientos ochenta y ocho mil setecientos cincuenta euros con ochenta y ocho céntimos de euro (388.750,88 €). La dotación es dineraria en cuanto un importe de 1000 euros que ha sido desembolsado según certificación bancaria y la cantidad restante mediante aportación de un inmueble situado en Madrid en la calle Alejandrina Moran, número 23 primera planta, finca registral 56.541 inscrita en el Registro de la Propiedad número 52 de Madrid, libre de cargas y valorado en 387.750, 88 euros por la sociedad Técnicos en Tasación, SA con fecha 19 de mayo de 2021.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

La ayuda a las personas y seres en general a la liberación del sufrimiento con la filosofía Budista mahayana.

Promoción de armonía, tolerancia y paz entre creencias.

Ayuda social y rural efectiva de carácter local allí donde opera.

Apoyo y ayuda internacional a poblaciones desfavorecidas y especialmente a las del área del Himalaya.

Quinto. Patronato.

Don Jampa Thirnly Kunkhap, don Jampa Chojor Chimu, don Lobsang Tendar, don Jiame Dondup y don José Bermúdez Marcos.

Cargos:

Presidente: Don Jampa Chojor Chimu.

Secretario: Don Jampa Thirnly Kunkhap.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de Fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de competencia estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de Fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 15 de octubre de 2021.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de competencia estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Budista El Jardín de la Compasión-Yamtse Drophen Ling Patronato y cargos dentro del mismo.

Madrid, 16 de febrero de 2022.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago.

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