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Documento BOE-A-2022-6749

Resolución de 19 de abril de 2022, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica la Adenda al Convenio con la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, para la organización del ciclo "Andalucía Flamenca", en la temporada 2021-2022.

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 26 de abril de 2022, páginas 56993 a 56994 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2022-6749

TEXTO ORIGINAL

El Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales han suscrito, con fecha 18 de abril de 2022, una adenda al convenio para la organización conjunta del ciclo «Andalucía Flamenca», en el marco de la programación del CNDM, en su temporada 2021-2022, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrita en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 19 de abril de 2022.–El Director General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, Joan Francesc Marco Conchillo.

ANEXO
Adenda al convenio suscrito entre el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música y la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales para la organización conjunta del ciclo «Andalucía Flamenca», en el marco de la programación del CNDM, en su temporada 2021-2022

En Madrid, 18 de abril de 2022.

De una parte, don Joan Francesc Marco Conchillo, Director General del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, en nombre y representación del citado organismo, con sede en la Plaza del Rey, n.º 1 (28004) de Madrid, y NIF Q2818024H, en virtud del nombramiento realizado por Real Decreto 229/2022, de 29 de marzo, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Real Decreto 2491/1996, de 5 de diciembre (BOE núm. 306, de 20 de diciembre).

De otra, doña Almudena Bocanegra Jiménez, en calidad de Gerente de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, con CIF Q-9155027-G y domicilio en Sevilla (CP 41092), Edificio Estadio Olímpico, Puerta M, Isla de la Cartuja, s/n en virtud del poder de representación de esta entidad comprendido en el Decreto 316/2019, y en el Acta de la sesión ordinaria n.º 4 del Consejo Rector de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales de 7 de diciembre de 2012 (punto séptimo del orden del día) cuyas fotocopias acompañan a la presente adenda.

Ambas partes se reconocen competencia y capacidad respectivamente para formalizar la presente adenda al convenio.

EXPONEN

I. Que el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música (en adelante, INAEM) y la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales (en adelante la Agencia Andaluza de II. CC.) firmaron el 27 de septiembre de 2021 un convenio para la organización conjunta de una serie de conciertos en el marco del ciclo «Andalucía Flamenca», de la temporada 2021-2022.

II. Que se ha producido un error material en la redacción del convenio, y que ambas partes están interesadas en subsanarlo.

III. Que el citado convenio contempla en su cláusula octava la posibilidad de modificación de sus términos, lo que requerirá el acuerdo unánime de las partes mediante la suscripción de la correspondiente adenda.

IV. Que mediante la presente adenda al convenio ambas partes, acuerdan:

CLÁUSULAS

Primera. Modificación de la cláusula tercera del convenio.

Las partes acuerdan que, con el fin de subsanar el error material, el apartado segundo de la cláusula tercera quede redactado del siguiente modo:

«Tercera. Obligaciones y compromisos económicos asumidos por las partes.

(…)

2. La Agencia Andaluza de II. CC. se compromete a:

– Contratar y abonar el caché más IVA de la artista Argentina, cantaora; por la cantidad de ocho mil quinientos euros (8.500,00 €), 21 % IVA incluido.

– Contratar y abonar el caché más IVA de los artistas María Mezcle, cantaora y Sandra Carrasco, cantaora; por la cantidad de seis mil euros (6.000,00 €), 21 % IVA incluido.

– Contratar y abonar el caché más IVA del artista Manuel Lombo, cantaor; por la cantidad de siete mil quinientos euros (7.500,00 €), 21 % IVA incluido.

La estimación económica de la participación de la Agencia Andaluza de II. CC. se cuantifica en un máximo de veintidós mil euros (22.000,00 €), IVA incluido, con cargo a la aplicación presupuestaria 1851010000/G/45E/22718/00/01, del ejercicio 2021.

Los compromisos de financiación obligan a cada parte a asumir los gastos derivados de su propia actividad, hasta el límite máximo de gasto que en esta cláusula se establece.»

Segunda. Eficacia y validez de la presente Adenda al Convenio de 27 de septiembre de 2021.

Conforme a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la adenda al convenio resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y será publicada en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad, firman la presente adenda al convenio.–En representación del INAEM, el Director General, Joan Francesc Marco Conchillo.–En representación de la Agencia Andaluza de II. CC., la Gerente, Almudena Bocanegra Jiménez

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