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Documento BOE-A-2022-5724

Orden PRE/38/2022, de 1 de abril, por la que se publica la relación de plazas correspondientes al ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que se ofrecen a los/las aspirantes aprobados/as en el proceso selectivo para ingreso, en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, turno libre, convocadas por Orden JUS/60/2020, de 15 de enero.

Publicado en:
«BOE» núm. 84, de 8 de abril de 2022, páginas 47448 a 47455 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cantabria
Referencia:
BOE-A-2022-5724

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la Base Decimoséptima de la Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 15 de marzo) por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o acceso a los Cuerpos de funcionarios/as al servicio de la Administración de Justicia y en la base 8.1.a) de la Orden JUS/60/2020, de 15 de enero («Boletín Oficial del Estado» de 27 de enero), por la que se convoca proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, se resuelve:

Primero.

Hacer pública la relación de plazas desiertas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria (anexo I), que se ofrecen a los/las aspirantes que han superado el proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre en el Cuerpo de Auxilio Judicial convocado por Orden JUS/60/2020, de 15 de enero.

Segundo.

Las solicitudes de destino de los/las aspirantes de este ámbito se presentarán en el Registro de la Dirección General de Justicia, calle Castilla, n.º 1, entresuelo, 39002 Santander (Cantabria) o por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas («Boletín Oficial del Estado» del día 2 de octubre), en el plazo de veinte días hábiles a contar desde la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercero.

Las solicitudes se formalizarán según modelo que aparece como anexo II de esta Orden de acuerdo con las siguientes instrucciones:

En el modelo de instancia podrán relacionarse hasta el máximo de las plazas ofertadas, indicando el órgano, la localidad, la provincia y la función.

En caso de no corresponderle ninguno de los destinos especificados de esta forma, por no solicitar un número suficiente de plazas, se seguirá el orden de preferencia por provincias que los/las interesados/as indiquen en el modelo de solicitud.

Dentro de cada provincia, los destinos serán adjudicados por el siguiente orden:

1. Tribunal Supremo y Órganos Centrales.

2. Tribunales Superiores de Justicia.

3. Audiencias Provinciales.

4. Fiscalías.

5. Relaciones de Puestos de Trabajo de la Oficina Judicial en la capital de provincia donde esté implantada.

6. Institutos de Medicina Legal.

7. Decanatos y servicios comunes.

8. Juzgados de Instrucción.

9. Juzgados de lo Penal.

10. Juzgados de Vigilancia Penitenciaria.

11. Juzgados de Violencia sobre la Mujer.

12. Juzgados de Primera Instancia.

13. Juzgados de lo Mercantil.

14. Juzgados de lo Contencioso-Administrativo.

15. Juzgados de lo Social.

16. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción.

17. Juzgados de Menores.

18. Juzgados de Paz.

19. Relaciones de Puestos de Trabajo de la Oficina Judicial en la localidad donde esté implantada.

Cuarto.

Se procederá a la adjudicación de destinos según el orden obtenido en todo el proceso selectivo.

Quinto.

Ningún/a aspirante podrá anular ni modificar su solicitud una vez terminado el plazo de presentación de las mismas.

Sexto.

De no formular solicitud de plazas o no corresponderle ninguna de las solicitadas, se procederá a destinarle, con carácter forzoso, a cualquiera de las plazas no adjudicadas.

Séptimo.

La adjudicación de los destinos se hará con carácter forzoso, de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en las pruebas selectivas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Octavo.

Los destinos adjudicados tendrán carácter definitivo equivalente a todos los efectos a los obtenidos por concurso, sin que puedan participar en éste hasta tanto no hayan transcurrido dos años desde la fecha de la resolución en la que se les adjudique destino definitivo. Para el cómputo de los dos años se estará a lo establecido en el párrafo segundo del artículo 529.3 de la Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial.

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Santander, dentro del plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación y, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la Orden, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación, en cuyo caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 149 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Santander, 1 de abril de 2022.–La Consejera de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior, Paula Fernández Viaña.

ANEXO I
Auxilio Judicial, turno libre
Descripción unidad Función Localidad Provincia Comunidad autónoma N.º de plazas
JUZGADO DE LO MERCANTIL N.º 1. AUXILIO JUDICIAL. SANTANDER. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 1. AUXILIO JUDICIAL. SANTANDER. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 2. AUXILIO JUDICIAL. SANTANDER. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 3. AUXILIO JUDICIAL. SANTANDER. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 6. AUXILIO JUDICIAL. SANTANDER. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 7. AUXILIO JUDICIAL. SANTANDER. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 8. AUXILIO JUDICIAL. SANTANDER. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 9. AUXILIO JUDICIAL. SANTANDER. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 11. AUXILIO JUDICIAL. SANTANDER. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 12. AUXILIO JUDICIAL. SANTANDER. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
JUZGADO DE LO PENAL N.º 1. AUXILIO JUDICIAL. SANTANDER. CANTABRIA. CANTABRIA. 2
JUZGADO DE LO PENAL N.º 2. AUXILIO JUDICIAL. SANTANDER. CANTABRIA. CANTABRIA. 2
JUZGADO DE LO PENAL N.º 3. AUXILIO JUDICIAL. SANTANDER. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
JUZGADO DE LO PENAL N.º 4. AUXILIO JUDICIAL. SANTANDER. CANTABRIA. CANTABRIA. 2
JUZGADO DE LO PENAL N.º 5. AUXILIO JUDICIAL. SANTANDER. CANTABRIA. CANTABRIA. 2
JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 1. AUXILIO JUDICIAL. SANTANDER. CANTABRIA. CANTABRIA. 2
JUZGADO DE LO SOCIAL N.º 6. AUXILIO JUDICIAL. SANTANDER. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO N.º 2. AUXILIO JUDICIAL. SANTANDER. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1. AUXILIO JUDICIAL. CASTRO URDIALES. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3. AUXILIO JUDICIAL. CASTRO URDIALES. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2. AUXILIO JUDICIAL. LAREDO. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1. AUXILIO JUDICIAL. SANTOÑA. CANTABRIA. CANTABRIA. 2
JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2. AUXILIO JUDICIAL. SANTOÑA. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1. AUXILIO JUDICIAL. TORRELAVEGA. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 2. AUXILIO JUDICIAL. TORRELAVEGA. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 3. AUXILIO JUDICIAL. TORRELAVEGA. CANTABRIA. CANTABRIA. 2
JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 4. AUXILIO JUDICIAL. TORRELAVEGA. CANTABRIA. CANTABRIA. 2
JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 5. AUXILIO JUDICIAL. TORRELAVEGA. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 6. AUXILIO JUDICIAL. TORRELAVEGA. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 7. AUXILIO JUDICIAL. TORRELAVEGA. CANTABRIA. CANTABRIA. 2
JUZGADO DE 1.ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N.º 1. AUXILIO JUDICIAL. REINOSA. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
AGRUPACIÓN DE SECRETARÍAS DE JUZGADOS DE PAZ. AUXILIO JUDICIAL. SANTILLANA DEL MAR. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
AGRUPACIÓN DE SECRETARÍAS DE JUZGADOS DE PAZ. AUXILIO JUDICIAL. COLINDRES. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
AGRUPACIÓN DE SECRETARÍAS DE JUZGADOS DE PAZ. AUXILIO JUDICIAL. RIONANSA. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
AGRUPACIÓN DE SECRETARÍAS DE JUZGADOS DE PAZ. AUXILIO JUDICIAL. VILLACARRIEDO. CANTABRIA. CANTABRIA. 1
 ANEXO II
Solicitud de destino para los aspirantes aprobados en las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/60/2020, de 15 de enero (BOE de 27 de enero de 2020), turno libre, para ingreso en el Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia

Auxilio Judicial. Turno libre

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ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 01/04/2022
  • Fecha de publicación: 08/04/2022
Referencias anteriores
  • PUBLICA la relación de plazas correspondientes al ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, que se ofrecen a los/las aspirantes aprobados/as en el proceso selectivo convocado por Orden JUS/60/2020, de 15 de enero (Ref. BOE-A-2020-1168).

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