Está Vd. en

Documento BOE-A-2022-4683

Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Grupo Fissa.

Publicado en:
«BOE» núm. 71, de 24 de marzo de 2022, páginas 38089 a 38090 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2022-4683

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Grupo Fissa.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por la entidad Fissa Finalidad SociaL, SL según resulta de la escritura otorgada ante el notario de Arroyo de la Luz, don Andrés María Sánchez Galainena, el 22 de enero de 2021 con el número 106 de protocolo, subsanada por diligencia de testimonio otorgado ante el mismo notario el 12 de julio de 2021.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la plaza de Albatros, s/n 10001 de Cáceres y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido totalmente desembolsada según se acredita con la certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

La atención y asistencia social a personas de la tercera edad, niños y jóvenes, enfermos, discapacitados y en general, a los colectivos en situación de exclusión social, desfavorecidos o desprotegidos por cualquier causa.

El apoyo, atención y formación de trabajadores y desempleados, así como de aquellos trabajadores sin la cualificación profesional necesaria.

Realización de actuaciones relativas a la protección de la salud.

Conservación y rehabilitación del patrimonio.

Defensa del medio ambiente y fomento de la economía.

Promoción de actividades culturales, cívicas, científicas, artísticas, benéficas, formativas y deportivas.

Quinto. Patronato.

La entidad Fissa Finalidad Social, SL, representada por don Pedro Luis Reguero Becerra, la entidad Promoción y Construcción de Residenciales Edifissa, SLU, representada por don Gonzalo Mateos García y la entidad Gestión de Empresas de Limpieza Facamar, SL, representada por don Miguel Ruiz Herrera.

Cargos:

Presidente: Fissa Finalidad Social, SL, representada por don Pedro Luis Reguero Becerra.

Vicepresidente: Promoción y Construcción de Residenciales Edifissa, SLU, representada por don Gonzalo Mateos García.

Secretario: Gestión de Empresas de Limpieza Facamar, SL, representada por don Miguel Ruiz Herrera.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de Fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de Competencia Estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 26 de junio de 2021

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Grupo Fissa patronato y cargos dentro del mismo.

Madrid, 23 de diciembre de 2021.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid