Está Vd. en

Documento BOE-A-2022-4582

Resolución de 3 de marzo de 2022, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se incoa procedimiento para la declaración del Santuario de la Virgen de la Cueva, en Hontangas (Burgos), como bien de interés cultural con la categoría de monumento.

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 22 de marzo de 2022, páginas 37417 a 37420 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Castilla y León
Referencia:
BOE-A-2022-4582

TEXTO ORIGINAL

La Ley 12/2002, de 11 de julio de Patrimonio Cultural de Castilla y León, en su artículo 8, señala: «los bienes muebles e inmuebles y actividades integrantes del Patrimonio Cultural de Castilla y León, que reúnan de forma singular y relevante las características del artículo 1.2 de esta Ley serán declarados Bienes de Interés Cultural.»

A tales efectos, y por lo que se refiere a los bienes inmuebles, establece que estos serán declarados de interés cultural atendiendo a las siguientes categorías: monumento, jardín histórico, conjunto histórico, sitio histórico, zona arqueológica, conjunto etnológico y vía histórica.

En dicho artículo, concretamente en el apartado 3.a, se dispone que tendrá la consideración de Monumento «La construcción u obra producto de actividad humana, de relevante interés histórico, arquitectónico, arqueológico, artístico, etnológico, científico o técnico, con inclusión de los muebles, instalaciones o accesorios que expresamente se señalen como parte integrante de él, y que por sí solos constituyan una unidad singular».

La importancia del Santuario de la Virgen de la Cueva viene determinada por los valores históricos y artísticos que en él concurren y por el valor social y de culto que representa. Se trata de una construcción rupestre asociada a una leyenda muy conocida en la comarca y transmitida de generación en generación, que relata la aparición de la Virgen y la construcción de la ermita donde se venera la pequeña talla románica de la Virgen de la Cueva de finales del siglo XII o principios del siglo XIII, patrona de Hontangas y de la Comunidad de Villa y Tierra de Haza, que recoge en una romería que se realiza cada cincuenta años una tradición que perdura a lo largo de los siglos. La cueva que ya era un lugar sagrado para las gentes prerromanas y romanas, ha mantenido su carácter sagrado como centro de culto y peregrinación hasta nuestros días.

En consecuencia, procede la declaración del Santuario de la Virgen de la Cueva como Bien de Interés Cultural en la categoría de Monumento, por resultar la categoría más adecuada para la protección de este bien.

El procedimiento de declaración de Bien de Interés Cultural se regula en el artículo 9 y siguientes de la mencionada Ley, desarrollándose en el título II, capítulo I del Decreto 37/2007, de 19 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León. De acuerdo con dichas normas, la declaración de Bien de Interés Cultural requiere la previa incoación y tramitación del expediente administrativo por la Consejería competente en materia de cultura.

La iniciación del procedimiento, según establece el artículo 10.3 de la Ley de Patrimonio Cultural de Castilla y León, determinará respecto al bien afectado, la aplicación inmediata y provisional del régimen de protección previsto en la citada ley para los bienes declarados de interés cultural. Asimismo, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 36 de dicha ley, todas las obras que hubiesen de realizarse en el bien y su entorno que se pretende declarar, no podrán llevarse a cabo sin la aprobación previa del proyecto correspondiente por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, o si es el caso, por esta Dirección General.

Por cuanto ha quedado expuesto, de acuerdo con las pautas de actuación establecidas, en el Plan PAHIS 2020, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por Acuerdo 22/2015, de 9 de abril, de la Junta de Castilla y León, y de conformidad con lo establecido en los artículos 39 y 40 del Reglamento para la Protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León, aprobado por el Decreto 37/2007, de 19 de abril, esta Dirección General de Patrimonio Cultural, resuelve:

Primero.

Incoar procedimiento de declaración del Santuario de la Virgen de la Cueva, en Hontangas (Burgos), como Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento, de acuerdo con la descripción y delimitación que consta en el anexo que acompaña a esta resolución y que figura en el plano obrante en el expediente.

Segundo.

Si durante la tramitación del procedimiento se demostrara que el bien no reúne de forma singular y relevante las características del artículo 1.2 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, pero mereciera una especial consideración por su notable valor cultural y, por tanto, susceptible de ser incluido en el Inventario de Bienes del Patrimonio Cultural de Castilla y León, se continuará el expediente siguiendo los trámites previstos para su inclusión en dicho Inventario, conservando los trámites realizados.

Valladolid, 3 de marzo de 2022.–El Director General de Patrimonio Cultural, Gumersindo Bueno Benito.

ANEXO
Santuario de la Virgen de la Cueva en Hontangas (Burgos)

El santuario de la Virgen de la Cueva se encuentra situada en la localidad de Hontangas (Burgos), sobre una pequeña plataforma estructural desde la que se controla la vega del rio. Se trata de una construcción rupestre que aprovecha gran parte de una amplia gruta caliza de cuyo interior brota el agua. La riqueza de agua y manantiales subterráneos de la zona queda patente en el propio nombre del municipio Hontangas, como una derivación de Fontangas.

La cueva, de una superficie aproximada de 200 metros cuadrados, queda dividida en dos recintos de distinto nivel y similares dimensiones, separados por una verja de hierro forjado sobre un basamento de mampostería. El suelo está cubierto con baldosa roja y losas de piedra. A ambos lados de la entrada, un banco corrido tallado en la roca y nueve gruesos pilares de piedra de estilo neoclásico sujetan el techo.

El origen del culto a la Virgen en la Cueva de Hontangas se asienta en una leyenda muy conocida en la comarca y transmitida de generación en generación, según la cual los señores de Haza –o, siguiendo otras versiones, sus soldados–, divisaron desde el castillo una luz que salía de una cueva y al acercarse se encontraron la talla de la Virgen. Con un carro de bueyes intentaron trasladar la Virgen a Haza, pero el carro no se movía, lo que entendieron como un deseo de la Virgen de quedarse en la cueva y construyeron allí mismo la ermita.

La Virgen de la Cueva es una talla románica de transición al gótico –finales del siglo XII o principios del siglo XIII–, de madera policromada de 83 centímetros de altura, sentada de modo frontal como trono del Salvador, portando una bola en su mano derecha como símbolo de su señorío en la tierra. El niño sentado en su rodilla izquierda levanta el brazo derecho en actitud de bendecir.

La talla que se sitúa en el centro de un retablo de estilo barroco; se encontraba tradicionalmente vestida con un manto, pero tras los trabajos de restauración que le han devuelto su policromía original solo lleva su manto cuando procesiona.

La pila de agua bendita es otro de los elementos destacados que conserva el santuario. Esta pila reutiliza parte de una columna tallada en piedra caliza, procedente del asentamiento romano localizado en el casco urbano, a la que se ha realizado un rebaje en su parte superior para contener el agua.

El interior de la ermita conserva una interesante colección de exvotos, en agradecimiento a la Virgen.

Al exterior, la fachada de piedra de estilo básicamente renacentista, con algunos remates barrocos posiblemente de finales del siglo XVI o principios del siglo XVII, presenta tres lienzos, el central dividido por frisos horizontales. En el primer cuerpo se encuentra la puerta de entrada, flanqueada por arco carpanel con la leyenda «Virgo, gloria tua partus» (Virgen, tu gloria es el parto). A los lados del arco se ven símbolos de los astros sol, luna, estrellas y encima de la clave un ángel. Dos pilares adosados a la pared sostienen un frontón triangular flanqueado por dos bolas de tipo herreriano y rematado por una cruz, dentro del cual se encuentra la imagen pétrea de la Virgen con el niño y sendos ángeles. El segundo cuerpo está adornado con cinco esculturas barrocas que parecen representar a personajes bíblicos importantes en la genealogía de Cristo.

La fachada remata en una espadaña de dos cuerpos, sobre las que se dispone un frontón partido al estilo barroco, rematado con cinco pináculos.

La importancia del Santuario de la Virgen de la Cueva viene dada no solo por los valores históricos o artísticos, sino especialmente por el valor social y de culto que representa.

La Virgen de la Cueva es la patrona de Hontangas y de la Comunidad de Villa y Tierra de Haza, compuesta por quince pueblos que unidos perpetúan cada cincuenta años una romería hasta la ermita, recogiendo una tradición que perdura a lo largo de los siglos.

Los datos arqueológicos documentados en el entorno de la cueva y en el casco urbano de Hontangas parecen sugerir el uso del espacio de la cueva como espacio sacralizado ya desde momentos prerromanos y, por tanto, la consideración de la gruta como lugar cultual podría remontarse a momentos anteriores a los de la cristianización, finales del siglo IV y fundamentalmente a partir de los siglos VI o VII.

La cueva ya era un lugar sagrado para las gentes prerromanas, como santuario del poblado vacceo existente en la Casa de los Moros de Adrada de Haza, pequeño castro integrado en la órbita territorial de Rauda (Roa), que era la gran urbe del momento en la Ribera.

Posteriormente fue romanizado, como lo atestiguan los numerosos restos aparecidos en el lugar, entre los que destacan dos aras votivas fechadas en el siglo II: una de ellas dedicada a Aeio Daicino, divinidad indígena conocida ya en otros puntos del área burgalesa, y otra a Hércules, en lo que podría ser la romanización de un dios indígena siguiendo procesos de sincretismo religioso bien conocidos.

La presencia de un importante enclave bajo imperial bajo el propio casco urbano de Hontangas sugeriría la posible continuidad de la cueva como lugar sagrado más allá de época altoimperial y el inicio de un proceso de cristianización del santuario.

Por otro lado, desde 1784 hay constancia documental de la existencia de la Comisaría de la Virgen, una institución formada por vecinos de Hontangas y de los pueblos integrantes de la Villa y Tierra de Haza, encargada de los rituales y rogativas vinculadas con el culto a la Virgen y del nombramiento de los diferentes cargos vinculados al mantenimiento del culto, como el ermitaño, dedicado al mantenimiento del alumbrado de las lámparas de aceite de la cueva o la camarera, dedicada a vestir la imagen en los momentos de mayor solemnidad.

A comienzos del siglo XX esta institución es sustituida por la Cofradía de la Virgen de Hontangas, con un carácter más local, que organiza procesiones vinculadas al fin de semana de la semana de resurrección y a la festividad mariana del 11 de septiembre, aunque también sigue encargándose de las peregrinaciones más solemnes que implican a toda la mancomunidad.

Delimitación del entorno de protección

El punto de inicio de la delimitación del entorno de protección se encuentra en el punto de encuentro de la calle La Cueva con el paseo que baja desde la travesía Cueva para seguir a continuación en el sentido de las agujas del reloj por los límites de las siguientes parcelas:

Parcelas 01 y 03 de la manzana catastral 38402.

Parcelas 01 y 08 de la manzana catastral 38406.

Parcelas 03 y 04 de la manzana catastral 38393.

Parcelas 01, 02, 03 y 04 de la manzana catastral 38391.

Parcelas 01 y 02 de la manzana catastral 38398.

Parcelas 01 y 02 de la manzana catastral 37393.

Y parcelas 08, 07, 06, 05 y 04 de la manzana catastral 37404, desde donde se une con el punto de inicio de esta delimitación.

Motivación: Atendiendo a la ubicación del Santuario, se delimita un entorno conformado por el conjunto de parcelas con frente al Santuario, en la plaza Mayor, ronda La Iglesia, y calle De la cueva, instrumento idóneo e preservación del valiosa relación existente entre el monumento y el medio físico en que se enclava.

El entorno de protección se justifica por constituir su entorno visual y ambiental inmediato en el que cualquier intervención que se realice pueda suponer una alteración de las condiciones de percepción del bien o del carácter del espacio urbano.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid