Edukia ez dago euskaraz
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión de 3 de marzo de 2022, acordó hacer público el acuerdo adoptado por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en sesión de fecha 15 de febrero de 2022, por el que se aprueba la modificación de las normas de reparto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del referido Tribunal, del siguiente tenor:
«La Norma Primera de las actuales normas de reparto queda redactada del siguiente modo:
El conocimiento de los recursos competencia de esta Sala se distribuye entre las tres Secciones que la integran de la siguiente manera:
Sección Primera: Corresponde a esta Sección el conocimiento de los recursos contra cualquier actividad administrativa impugnable en las siguientes materias, incluido régimen disciplinario y sancionador:
1. Personal, salvo el correspondiente a la Administración Educativa.
2. Contratos Administrativos.
3. Responsabilidad patrimonial, excepto que corresponda a alguna de las otras Secciones.
4. Los procedimientos de Derechos Fundamentales, Cuestiones de ilegalidad, recursos de apelación y de queja sobre estas materias.
Asimismo, corresponde a esta Sección el conocimiento de los recursos contra cualquier actividad administrativa impugnable que provenga de la Administración Autonómica –incluidos Organismos y Entidades adscritas o dependientes de ella– no atribuidos por razón de la materia a otra Sección.
Del mismo modo, con carácter residual, corresponderá a esta Sección los recursos que no se atribuyan expresamente a las otras dos Secciones.
Sección Segunda: Corresponde a esta Sección el conocimiento de los recursos en las siguientes materias:
1. Sancionador.
2. Administración laboral (Liquidaciones, sanciones y expedientes de regulación de empleo) y Seguridad Social.
3. Expropiación Forzosa.
4. Urbanismo, Ordenación del territorio, actividades clasificadas y todo tipo de Autorizaciones medio ambientales.
5. Tributos Autonómicos, propios y cedidos.
6. Acción administrativa en materia de Fomento (Subvenciones y Ayudas Públicas).
7. Responsabilidad patrimonial que se derive de actos cuyo conocimiento por razón de la materia este atribuido a esta sección.
8. Los Procedimientos de Derechos Fundamentales, Cuestiones de Ilegalidad y recursos de apelación y de queja sobre estas materias.
Asimismo, corresponde a esta Sección el conocimiento de los recursos contra cualquier actividad administrativa impugnable que provenga de la Administración Estatal –incluidos Organismos y Entidades adscritas o dependientes de ella– no atribuidas por razón de la materia a otra Sección.
Sección Tercera: Corresponde a esta Sección el conocimiento de los recursos contra cualquier actividad administrativa impugnable en las siguientes materias, incluido régimen disciplinario y sancionador:
1. Administración Educativa (personal y otros de educación).
2. Tributos Estatales y Locales.
3. Responsabilidad patrimonial que se derive de actos cuyo conocimiento por razón de la materia este atribuido a esta sección.
4. Los Procedimientos de Derechos Fundamentales, Cuestiones de Ilegalidad y recursos de apelación y de queja sobre estas materias.
Asimismo, corresponde a esta Sección el conocimiento de los recursos contra cualquier actividad administrativa impugnable que provenga de la Administración Local –incluidos Organismos y Entidades adscritas o dependientes de ella– no atribuidas por razón de la materia a otra Sección.
La materia de extranjería será compartida por las Secciones 1.ª y 2.ª correspondiendo a la Sección 2.ª los recursos en materia de extranjería referidos a extranjeros comunitarios. El resto de los recursos en esta materia serán repartidos de manera sucesiva entre las secciones 1.ª y 2.ª».
Madrid, 3 de marzo de 2022.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.
Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia
Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril