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Documento BOE-A-2022-4522

Decreto de 1 de julio de 2021, de la Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado Autonómico de la especialidad de Siniestralidad Laboral, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, a don Juan Tejada Chacón.

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 22 de marzo de 2022, páginas 37078 a 37079 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2022-4522

TEXTO ORIGINAL

Primero.

La Instrucción de la Fiscalía General del Estado 5/2008, de 18 de diciembre, sobre adaptación del sistema de nombramiento y estatus de los delegados de las secciones especializadas de las fiscalías, determina la posibilidad de proponer al Fiscal General del Estado el nombramiento de fiscales delegados para las comunidades autónomas pluriprovinciales en materias actualmente sometidas al principio de especialización, con funciones de coordinación y relación entre los fiscales especialistas de la Comunidad y de enlace con el Fiscal de Sala Coordinador. El sistema de nombramiento siguiendo el esquema previsto para los delegados provinciales será a propuesta del Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de entre los delegados provinciales de la especialidad en el territorio.

La Instrucción 1/2015, de 13 de julio, sobre algunas cuestiones en relación con las funciones de los fiscales de Sala coordinadores y fiscales de Sala delegados, se remite al sistema de nombramiento descrito en la Instrucción 5/2008, como vía para integrar a las fiscalías de las comunidades autónomas pluriprovinciales en la estructura funcional especializada del Ministerio Fiscal pudiendo promover los fiscales de Sala coordinadores el mecanismo de designación, recayendo la propuesta concreta en los fiscales superiores.

Segundo.

Con fecha de 10 de junio de 2021, el Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de Extremadura ha propuesto la designación del Ilmo. Sr. don Juan Tejada Chacón, Fiscal destinado en la Fiscalía Provincial de Badajoz y Delegado Provincial de la especialidad, por reunir las condiciones necesarias para su desempeño y ante los específicos méritos profesionales que concurren en él, no existiendo ningún otro candidato.

Tercero.

Evacuado el trámite de audiencia, el Fiscal de Sala Coordinador de Siniestralidad Laboral, en escrito de fecha de 11 de junio de 2021, tras constatar la corrección del procedimiento seguido en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, manifestó su conformidad con la designación efectuada. El Consejo Fiscal tampoco ha manifestado objeción alguna a la propuesta (artículo 3.4 Real Decreto 437/1983).

En consecuencia, vista la propuesta efectuada por el Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de Extremadura, oído el Consejo Fiscal, de conformidad con lo previsto en las Instrucciones 5/2008 y 1/2015 de la Fiscalía General del Estado, haciendo propios los argumentos que sirven de fundamento a la propuesta de su designación, acuerdo:

Nombrar Fiscal Delegado Autonómico de la especialidad de Siniestralidad Laboral, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, al Ilmo. Sr. don Juan Tejada Chacón.

Notifíquese este Decreto al Fiscal de Sala Coordinador de Siniestralidad Laboral, al Fiscal Superior de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que lo pondrá en conocimiento del fiscal designado, de todos los fiscales jefes provinciales de la Comunidad de Extremadura y de los fiscales delegados de la especialidad.

Recursos. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (C/Fortuny, n.º 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.m) y 14.1 regla 1.ª de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.

Cumpliméntese lo acordado en sus estrictos términos.

Madrid, 1 de julio de 2021.–La Fiscal General del Estado, Dolores Delgado García.

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