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Documento BOE-A-2022-4346

Resolución de 9 de marzo de 2022, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio con la Universidad Complutense de Madrid, para la realización de prácticas académicas externas así como para la realización del trabajo fin de grado/máster.

Publicado en:
«BOE» núm. 66, de 18 de marzo de 2022, páginas 35579 a 35580 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2022-4346

TEXTO ORIGINAL

El Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales y la Universidad Complutense de Madrid han suscrito, con fecha 8 de marzo de 2022, una Adenda por la que se prorroga el Convenio suscrito el 23 de abril de 2018 por el Instituto de la Cinematografía y las Artes Audiovisuales y la Universidad Complutense de Madrid para la realización de prácticas académicas externas así como para la realización del trabajo fin de grado/máster, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 9 de marzo de 2022.–La Directora General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, Beatriz Navas Valdés.

ANEXO
Adenda por la que se prorroga el convenio suscrito el 23 de abril de 2018 por el Instituto de la Cinematografía y las Artes Audiovisuales y la Universidad Complutense de Madrid para la realización de prácticas académicas externas así como para la realización del trabajo fin de grado/máster

Madrid, 8 de marzo de 2022.

REUNIDAS

De una parte, doña Beatriz Navas Valdés, Directora General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (en adelante ICAA), organismo autónomo del Ministerio de Cultura y Deporte, con NIF Q2828017J y domicilio a efectos de la presente adenda en la Plaza del Rey 1, 28004 Madrid. Nombrada por Real Decreto 891/2018, de 13 de julio. Actúa en nombre y representación del citado organismo en virtud de las facultades que le confiere el Real Decreto 7/1997, de 10 de enero, de estructura orgánica y funciones del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales y resto de las disposiciones vigentes.

De otra, doña María Concepción García Gómez, Vicerrectora de Empleabilidad y Emprendimiento, en representación de la Universidad Complutense de Madrid (en lo sucesivo UCM), con NIF Q2818014I y domicilio a efectos de esta adenda en Avenida de Séneca 2, 28040 Madrid. De acuerdo con su nombramiento, publicado en el BOUC de 14 de junio de 2019, actúa en representación de la citada Universidad por delegación de Rector según Decreto Rectoral 1/2021, de 11 de enero, de establecimiento de los Vicerrectorados de la UCM, de delegación de competencias y de diversas cuestiones de índole organizativa, publicado en el BOCM de 14 de enero de 2021.

Las partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir la presente adenda y a tal efecto,

EXPONEN

I. Que con fecha 23 de abril de 2018 ambas partes suscribieron un convenio cuyo objeto es regular las condiciones en que estudiantes de la UCM realizarán un programa de prácticas externas o la realización del Trabajo de Fin de Grado/Máster de cualquier enseñanza impartida por la UCM, tanto oficiales como propias, según las condiciones particulares de cada modalidad establecidas en el correspondiente programa formativo.

II. Que, antes de la finalización del plazo previsto de duración del mencionado convenio, cuya vigencia expira el 7 de mayo de 2022, y haciendo uso de lo establecido en su cláusula decimotercera, ambas partes han decidido la prórroga del mismo, teniendo en cuenta los buenos resultados obtenidos en la colaboración realizada.

Por todo cuanto antecede, y en su virtud, las partes intervinientes acuerdan suscribir la presente adenda, que se regirá de conformidad con las siguientes,

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El objeto de esta adenda es establecer una prórroga en la vigencia del convenio suscrito el 23 de abril de 2018 por ambas instituciones para la realización de prácticas académicas externas así como para la realización del Trabajo de Fin de Grado/Máster.

La prórroga se establece por un periodo de cuatro años a contar desde el 7 de mayo de 2022, manteniéndose el resto del clausulado en idénticos términos.

Segunda. Eficacia, vigencia y publicidad.

1. La adenda, que se perfecciona por su firma, producirá efectos a partir de su inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, que se efectuará en el plazo de 5 días hábiles desde su formalización.

2. Tendrá una vigencia máxima de 4 años.

3. Se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» en el plazo de diez días hábiles desde su formalización, y se hará pública, asimismo, a través del Portal de la Transparencia, en aplicación de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman electrónicamente, en Madrid, el presente convenio en todas sus hojas en la fecha que se indica.–Por el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, la Directora General, Beatriz Navas Valdés.–Por la Universidad Complutense de Madrid, el Rector, por delegación de competencias (Decreto Rectoral 1/2021, de 11 de enero), la Vicerrectora de Empleabilidad y Emprendimiento, María Concepción García Gómez.

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