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Documento BOE-A-2022-3845

Acuerdo de 3 de marzo de 2022, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se adscribe, con carácter exclusivo, en virtud de lo previsto en el artículo 80.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, a la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón de la Plana, al orden jurisdiccional penal, y a la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Castellón de la Plana, al orden jurisdiccional civil.

Publicado en:
«BOE» núm. 60, de 11 de marzo de 2022, páginas 28915 a 28915 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2022-3845
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/a/2022/03/03/(1)

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder General, en su reunión del día 3 de marzo de 2022, adoptó el siguiente acuerdo:

Primero.

Adscribir, con carácter exclusivo, en virtud de lo previsto en el artículo 80.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, a la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón de la Plana, al orden jurisdiccional penal. La distribución de los asuntos penales con la Sección Primera se realizará con arreglo a las normas de reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

Segundo.

Adscribir, con carácter exclusivo, en virtud de lo previsto en el artículo 80.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, a la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Castellón de la Plana, al orden jurisdiccional civil. La distribución de los asuntos civiles con la Sección Tercera se realizará conforme a los siguientes criterios:

– La Sección Tercera seguirá conociendo, con carácter exclusivo, los asuntos de naturaleza mercantil que tiene asignados por acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 21 de julio de 2004, así como de los asuntos de acciones individuales relativas a condiciones generales de la contratación.

– La Sección Cuarta conocerá, con carácter exclusivo, los asuntos en materia de derecho de familia, infancia, apoyo a personas con discapacidad, así como recursos en materia civil frente a resoluciones dictadas en esta materia por juzgados de violencia sobre la mujer.

– Los restantes asuntos de naturaleza civil se distribuirán entre ambas secciones con arreglo a las normas de reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

Tercero.

Este acuerdo de especialización no afectará a los asuntos que estuvieran ya repartidos a cada sección, que permanecerán sometidos a su conocimiento hasta su conclusión por resolución definitiva.

Cuarto.

Publíquese este acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado», y sus efectos se desplegarán desde el día siguiente al de su publicación.

Madrid, 3 de marzo de 2022.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Carlos Lesmes Serrano.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 03/03/2022
  • Fecha de publicación: 11/03/2022
  • Fecha de entrada en vigor: 12/03/2022
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 80.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio (Ref. BOE-A-1985-12666).
Materias
  • Administración de Justicia
  • Audiencias Provinciales
  • Castellón
  • Jurisdicción Civil
  • Jurisdicción Criminal
  • Reparto de asuntos

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