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Documento BOE-A-2022-3309

Orden INT/139/2022, de 11 de febrero, por la que se aprueba la relación escalafonal del Cuerpo Nacional de Policía cerrada a 31 de enero de 2022.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 2 de marzo de 2022, páginas 24517 a 24518 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2022-3309

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21, de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, y siguiendo los criterios que sobre escalafonamiento se establecen en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad,

Este Ministerio, ha dispuesto:

Primero.

Aprobar la relación escalafonal de los funcionarios de la Policía Nacional cerrada a 31 de enero de 2022.

Dicha relación consta de dos Anexos. El Anexo I que incluye a todos los funcionarios de la Policía Nacional cualesquiera que sea su situación administrativa, a excepción de los que se encuentran en segunda actividad, los cuales van incluidos en el Anexo II.

Segundo.

El orden escalafonal se establece por escalas y categorías, y dentro de cada una de estas por antigüedad, entendiendo como antigüedad el tiempo de servicio efectivo prestado en la categoría actual y respetando, en su caso, el orden de promoción obtenido en los correspondientes procesos selectivos de nuevo ingreso o de ascenso.

Los funcionarios en situación de excedencia, que figuran por categorías y por orden alfabético al final del Anexo I, en el supuesto de que se incorporen al servicio activo, serán escalafonados en el lugar que les corresponda, de acuerdo con el tiempo de servicio efectivo prestado en la categoría que ostenten.

Tercero.

A los Anexos de referencia, se les dará publicidad según lo dispuesto en la disposición adicional séptima, de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales (LOPFGDD), mediante la publicación en la Webpol de la Policía Nacional, apartado Gestión (Sigespol-Portal de la Policía) siendo publicada la resolución en la Orden General de la Dirección General de la Policía, concediéndoles carácter oficial por la presente orden, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

Cuarto.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer potestativamente el recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el órgano autor de esta resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien ser impugnado directamente ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 25, 26, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 11 de febrero de 2022.–El Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska Gómez.

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