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Documento BOE-A-2022-24475

Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por acceso libre, como personal laboral fijo en los grupos profesionales 1G, 2G, 3G, 4G, M3, M1 y E2 en el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y sus organismos autónomos, sujeto al IV Convenio único para el personal laboral de la Administración General del Estado.

Publicado en:
«BOE» núm. 314, de 31 de diciembre de 2022, páginas 193713 a 193727 (15 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-A-2022-24475

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General del Estado correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración General del Estado, esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 28 del IV Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso, por acceso libre, como personal laboral fijo de la Administración General del Estado en los grupos profesionales 1G, 2G, 3G, 4G, M3, M1 y E2 en el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y sus organismos autónomos.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la Igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, y se regirá por las siguientes:

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 La presente Resolución y los actos que se deriven de ella se publicarán, al menos, en la página web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, www.mitma.es y en el punto de acceso general www.administracion.gob.es.

1.2 Se convoca proceso selectivo para cubrir las plazas que se indican a continuación, por el sistema general de acceso libre en el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y sus organismos autónomos.

Grupo profesional Especialidad Número de plazas
1G 1G - INGENIERÍA. 1
2G 2G - INGENIERÍA TÉCNICA. 2
2G 2G - ADMINISTRACIÓN. 1
3G 3G - ADMINISTRACIÓN. 4
4G 4G - ADMINISTRACIÓN. 1
4G 4G - ARCHIVOS, BIBLIOTECAS Y MUSEOS. 1
M3 M3 - QUÍMICA. 1
M1 M1 - CONTROL DE PROYECTOS Y DE CONSTRUCCIÓN Y CONSERVACIÓN DE CARRETERAS (CPCC). 1
E2 E2 - CONDUCCIÓN DE VEHÍCULOS DE TRANSPORTE POR CARRETERA. 1
TOTAL. 13

1.3 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso, con las valoraciones y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

1.4 Las plazas convocadas se desglosan, según la distribución contenida en el anexo II, quedando identificadas por el número de relación (grupo profesional) y por el número de orden (especialidad) con el que figuran en dicho anexo.

1.5 El aspirante deberá optar exclusivamente por una relación de plazas del anexo II, que hará constar en la casilla 27, apartado A, de su solicitud. Y dentro de ésta sólo podrá optar por un número de orden, que consignará en el apartado B del recuadro 27 de su solicitud.

1.6 Según se establece en el artículo 5 del Real Decreto 408/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para la estabilización de empleo temporal en la Administración General del Estado correspondiente a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, los procesos selectivos deberán finalizar antes del 31 de diciembre de 2024.

1.7 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán contratados con carácter fijo, hasta como máximo el número de plazas convocadas por cada número de orden.

1.8 Será de aplicación lo dispuesto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, que regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad (BOE del 17).

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad:

a) Tener la nacionalidad española

b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.

c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

e) Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren con residencia legal en España.

2.1.2 Edad: Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

2.1.3 Titulación: Estar en posesión, o en condiciones de obtener a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, del título que se indica en el anexo II.

Para las plazas de los Grupos Profesionales G1, G2 y M3, los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Para las plazas de los Grupos Profesionales G3, G4, M1 y E2, los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

2.1.4 Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado, ni pertenecer como personal laboral fijo al mismo grupo profesional y área funcional a cuyas pruebas selectivas se presenta.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

2.1.6 Además, para cada número de orden se deberá estar en posesión, en su caso, de los requisitos específicos que figuran en la columna «Formación Específica» del anexo II.

2.1.7 Se estará a lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.

3. Solicitudes

3.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse en el modelo oficial de solicitud 790, al que se accederá, con carácter general, a través de la página web administracion.gob.es o de los registros electrónicos para la tramitación de las inscripciones de los candidatos en los procesos selectivos.

3.2 Las solicitudes se presentarán por vía electrónica, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para las solicitudes que se cursen desde el extranjero.

La presentación de la solicitud se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario como requisito previo para la inscripción el poseer un certificado digital válido de persona física, de los incluidos en la «Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación» (TSL) establecidos en España, (más información en http://firmaelectronica.gob.es y en http://www.dnielectronico.es).

La presentación por esta vía permitirá:

– La inscripción en línea del modelo oficial.

– Anexar documentos a la solicitud.

– El pago electrónico de las tasas.

– El registro electrónico de la solicitud.

3.3 El ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips) en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia del correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.

3.4 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirá al Sr. Subsecretario de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

3.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

3.6 Estarán exentos de aportar documentación acreditativa de la nacionalidad los incluidos en el apartado a) de la base 2.1.1, así como los extranjeros residentes en España incluidos en el apartado b), siempre que autoricen en su solicitud la comprobación de los datos de identificación personal en el Sistema de Verificación de Datos de Identidad. El resto de los candidatos deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.

3.7 Los aspirantes con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad.

3.8 Los errores de hecho, materiales o aritméticos que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la autoridad convocante dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

4.3 No procederá la devolución de los derechos de participación en el proceso en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III a esta convocatoria.

5.2 La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

5.3 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones vigentes.

5.4 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la Ley 40/2015 citada en la base anterior.

5.5 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

5.6 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estimen pertinentes.

5.7 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Paseo de la Castellana, 67, 28071-Madrid, teléfonos 915975175, 915977188 y 915977151, dirección de correo electrónico area-selección@fomento.es.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 Los aspirantes deberán adjuntar junto con su solicitud la documentación acreditativa de los méritos que deseen que se les valore en la fase de concurso. Todo ello atendiendo a los méritos que podrán ser alegados y que se recogen en el anexo I.

6.2 El Tribunal publicará, en los medios citados en la base 1.1, la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los méritos y la puntuación total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.

6.3 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizadas la fase de concurso, el Presidente del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación de aspirantes que hayan obtenido, al menos, la calificación mínima exigida para superar el proceso selectivo por orden de puntuación por cada número de orden del anexo II.

7.2 Dicha relación se publicará en los medios citados en la base 1.1, disponiendo los primeros aspirantes de dicha relación, hasta como máximo el número de plazas convocadas por cada número de orden del anexo II, de un plazo de veinte días hábiles para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.

7.3 No se podrán formalizar mayor número de contratos que el de puestos de trabajo convocados en cada número de orden.

7.4 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará en cada número de orden, según la petición de destino de acuerdo con la puntuación total obtenida.

7.5 La adjudicación de los puestos de trabajo tendrá en cuenta lo previsto en el artículo 9 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, que regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, (BOE del 17).

7.6 El personal de nuevo ingreso tendrá que superar un período de prueba de tres meses para las plazas de los grupos profesionales G1, G2 y M3, y de un mes para las demás plazas, de acuerdo con el artículo 32 del IV Convenio Único para el Personal Laboral de la Administración General del Estado. Durante este, la unidad de personal correspondiente evaluará el correcto desempeño del puesto de trabajo. Quedan exentos del período de prueba los trabajadores que hayan ya desempeñado las mismas funciones con anterioridad, bajo cualquier modalidad de contratación, dentro del ámbito de aplicación del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado.

7.7 En el caso de que alguno de los candidatos no presente la documentación correspondiente en el plazo establecido, no cumpla los requisitos exigidos, renuncie, o la certificación emitida por la unidad de personal respecto al correcto desempeño del puesto de trabajo durante el periodo de prueba sea desfavorable, el puesto se adjudicará al siguiente candidato de la relación a la que se refiere la base 7.1 que no hubiese obtenido plaza y según el número de orden obtenido.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad convocante en el plazo de un mes desde su publicación, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses desde su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10.1.i y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso–administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 29 de diciembre de 2022.–El Subsecretario de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Jesús Manuel Gómez García

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo consistirá en un concurso.

Fase de concurso

Para todos los grupos en esta fase se valorará, hasta un máximo de 100 puntos, los siguientes méritos, que habrán de poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

1. Méritos profesionales: La puntuación máxima será de 60 puntos.

Se valorará la experiencia profesional adquirida durante los diez últimos años a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria en puestos de trabajo en la misma clasificación profesional a la que se pretende acceder o en funciones equivalentes a las de la categoría profesional objeto de la convocatoria, en otros ámbitos, incluidas las Administraciones Públicas de los Estados miembros de la Unión Europea, así como en la Administración Pública de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se define en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

a. Servicios efectivos prestados en el ámbito del III y IV Convenio Único con la categoría por la que ha optado: 0,50 puntos por mes completo de servicios a jornada completa.

b. Servicios efectivos prestados en otros ámbitos, incluidas las Administraciones Públicas de los Estados miembros de la Unión Europea, así como en la Administración Pública de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores: 0,25 puntos por mes completo de servicios a jornada completa.

(Los servicios efectivos prestados en jornadas inferiores a la completa se valorarán proporcionalmente).

Forma de acreditación:

Certificado de Servicios Prestados emitido por la unidad de personal correspondiente según modelo que figura como anexo V de la convocatoria.

La documentación indicada anteriormente podrá ser original o copia auténtica.

2. Méritos académicos: La puntuación máxima será de 40 puntos.

Grupos profesionales M3, M2, 1G y 2G.

Se valorarán:

a. Posesión de titulación académica distinta de la aportada como requisito de acceso, de igual o superior nivel y perteneciente a la misma rama de conocimiento.

– Máster: 10 puntos por cada máster.

– Grado: 5 puntos por cada grado.

Puntuación máxima: 15 puntos.

b. Por haber realizado o impartido, en los 10 años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria, cursos de formación y perfeccionamiento directamente relacionados con las tareas y funciones propias del puesto de trabajo por el que se opta.

Puntuación máxima: 35 puntos.

La valoración de los cursos a los que se hace referencia en el apartado b) anterior se realizará según el siguiente desglose:

– Cursos recibidos: 0,1 puntos por hora.

– Cursos impartidos: 0,2 puntos por hora.

– Cursos recibidos en los que no figure el número de horas: 0,05 puntos por el curso completo.

– Cursos impartidos en los que no figure el número de horas: 0,4 puntos por el curso completo.

Cuando la acreditación de los cursos o diplomas figuren en créditos, se realizará la equivalencia de un crédito igual a 10 horas.

No se valorarán los cursos de formación de duración inferior a 15 horas, en el caso de haber sido recibidos, y de dos horas en los supuestos de impartición. Se valorará una sola vez la recepción o impartición de un curso sobre la misma materia.

Para su valoración deberán haber sido impartidos por o para la Administración o centros legalmente autorizados y reconocidos.

Forma de acreditación: Para la valoración de los méritos académicos será necesario aportar copia auténtica de los diplomas o certificados acreditativos de los cursos realizados o impartidos.

Grupos profesionales M1, E2, 3G y 4G.

Se valorarán:

a. Posesión de titulación académica distinta de la aportada como requisito de acceso, de igual o superior nivel y perteneciente a la misma rama de conocimiento.

– Grado: 10 puntos.

– Titulación de formación profesional distinta a la exigida y perteneciente a la misma familia profesional de nivel superior o igual a la exigida: 5 puntos por cada titulación de nivel superior y 3 puntos por cada titulación de nivel igual a la exigida.

Puntuación máxima: 15 puntos

b. Por haber realizado o impartido, en los 10 años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria, cursos de formación y perfeccionamiento directamente relacionados con las tareas y funciones propias del puesto de trabajo por el que se opta.

Puntuación máxima: 35 puntos.

La valoración de los cursos a los que se hace referencia en el apartado b) anterior se realizará según el siguiente desglose:

– Cursos recibidos: 0,1 puntos por hora.

– Cursos impartidos: 0,2 puntos por hora.

– Cursos recibidos en los que no figure el número de horas: 0,05 puntos por el curso completo.

– Cursos impartidos en los que no figure el número de horas: 0,4 puntos por el curso completo.

Cuando la acreditación de los cursos o diplomas figuren en créditos, se realizará la equivalencia de un crédito igual a 10 horas.

No se valorarán los cursos de formación de duración inferior a 15 horas, en el caso de haber sido recibidos, y de dos horas en los supuestos de impartición. Se valorará una sola vez la recepción o impartición de un curso sobre la misma materia.

Para su valoración deberán haber sido impartidos por o para la Administración o centros legalmente autorizados y reconocidos.

Forma de acreditación: Para la valoración de los méritos académicos será necesario aportar copia auténtica de los diplomas o certificados acreditativos de los cursos realizados o impartidos.

La calificación final de proceso vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. Mayor número de días de desempeño de servicios en la misma clasificación profesional objeto de convocatoria.

2. Mayor número de días de desempeño de servicios en el ámbito de la Administración General del Estado.

3. Mayor puntuación en méritos profesionales.

4. Mayor puntuación en méritos académicos.

5. Orden alfabético de los apellidos y nombre, teniendo en cuenta la letra resultante del sorteo realizado en la Secretaría de Estado de Función Pública, relativa al orden de actuación de los aspirantes en las pruebas selectivas (artículo 17 del Real Decreto 364/1995) y que estuviera vigente en la fecha de publicación de la convocatoria del proceso selectivo. Se seguirán las reglas del Registro Central de Personal de la Administración General del Estado sobre la forma de inscripción de los nombres y los apellidos.

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de la fase que hubieran quedado aplazada, no pudiendo demorarse ésta de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de la misma tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Se adoptarán las medidas necesarias para salvaguardar la identidad de los aspirantes cuando resulte de aplicación en virtud de la normativa en la materia, siempre que se haya solicitado y acreditado por el interesado la concurrencia de las circunstancias previstas en las normas de aplicación.

ANEXO II
Relación de plazas convocadas

Número de relación 1: Grupo profesional 1G-Ingeniería

N.º de orden (especialidad) Plazas convocadas Titulación requerida
1 1 Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos o equivalente.

Número de relación 2: Grupo profesional 2G-Ingeniería Técnica

N.º de orden (especialidad) Plazas convocadas Titulación requerida
1 1 Ingeniero Técnico en Topografía o equivalente.
2 1 Ingeniero Técnico en Obras Públicas o equivalente.

Número de relación 3: Grupo profesional 2G-Administración

N.º de orden (especialidad) Plazas convocadas Titulación requerida
1 1 Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalentes.

Número de relación 4: Grupo profesional 3G-Administración

N.º de orden (especialidad) Plazas convocadas Titulación requerida
1 4 Bachillerato, Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional de Técnico Superior o Técnico Especialista o equivalente.

Número de relación 5: Grupo profesional 4G-Administración

N.º de orden (especialidad) Plazas convocadas Titulación requerida
1 1 Graduado en Educación Secundaria, Educación General Básica o Formación Profesional de Técnico o Técnico Auxiliar o equivalente.

Número de relación 6: Grupo profesional 4G- Archivos, Bibliotecas y Museos

N.º de orden (especialidad) Plazas convocadas Titulación requerida
1 1 Graduado en Educación Secundaria, Educación General Básica o Formación Profesional de Técnico o Técnico Auxiliar o equivalente.

Número de relación 7: Grupo profesional M3-Química

N.º de orden (especialidad) Plazas convocadas Titulación requerida
1 1 Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalentes en Química.

Número de relación 8: Grupo profesional M1 - Control de Proyectos y de Construcción y Conservación de Carreteras (CPCC)

N.º de orden (especialidad) Plazas convocadas Titulación requerida
1 1 Bachiller o equivalente + adquisición de la correspondiente especialidad contemplada en el anexo IV del III Convenio colectivo único para el personal laboral de la Administración General del Estado relativo a «Conservación y Explotación de carreteras» o Técnico Superior en Organización y Control de Obras de Construcción o Técnico Superior en Proyectos de Obra Civil o equivalente.

Número de relación 9: Grupo profesional E2 - Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera

N.º de orden (especialidad) Plazas convocadas Titulación requerida
1 1

Graduado en Educación Secundaria, Educación General Básica o Formación Profesional de Técnico o Técnico Auxiliar o equivalente.

Permiso de Conducir B.

ANEXO III
Tribunal calificador

La composición del tribunal calificador del presente proceso selectivo será hecho público con las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro Centro Gestor: Se consignará «Subsecretaría de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana».

En el recuadro 15, «Cuerpo, Escala, Grupo Profesional o Categoría», se consignará el grupo profesional de la plaza a la que se opta.

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará «L».

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la reseña por la que se anuncia la convocatoria.

En el recuadro 21, «Discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación que se posea y que habilite para presentarse a las pruebas.

En el recuadro 27, apartado A se consignará el número de relación del anexo II por la que opta el aspirante. En el apartado B se consignará el número de orden de la relación del anexo II por la que opta el aspirante. No pudiendo optar el aspirante nada más que por un número de relación y dentro de ésta tan solo por un número de orden.

El importe de la tasa por derechos de examen serán las que se consignan en el cuadro adjunto en el que indica su importe según la categoría de las plazas convocadas y la reducción del 50% para las familias numerosas de categoría general:

Grupo Profesional General Reducción 50%
M3 o 1G 31,10 15,55
M2 o 2G 23,33 11,67
M1 o 3G 15,57 7,79
E2 o 4G 11,66 5,83

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a. Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y con el consentimiento explícito del solicitante, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

b. Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La condición de demandante de empleo deberá verificarse, en todo caso y con el consentimiento del solicitante, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

En caso de no dar el consentimiento, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la última declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Ambos documentos deberán acompañar a la solicitud.

c. Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de protección de la Familia Numerosa. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y con el consentimiento explícito del solicitante, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

d. Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos, de acuerdo con la disposición final quinta de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio que añade una nueva letra al apartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso, la presentación y pago de la tasa de los derechos de examen supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

Las solicitudes se dirigirán al Subsecretario de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

ANEXO V
Certificado de méritos

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ANEXO VI
Descripción de las plazas convocadas

Grupo profesional: 1G-Ingeniería

N.º de orden (especialidad) Centro directivo/organismo autónomo Identificación del puesto Provincia de destino Localidad de destino Complementos horarios Jornada
1 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS. 4897113 A CORUÑA. A CORUÑA.   COMPLETA.

Grupo profesional: 2G- Ingeniería Técnica

N.º de orden (especialidad) Centro directivo/organismo autónomo Identificación del puesto Provincia de destino Localidad de destino Complementos horarios Jornada
1 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS. 5323654 CÁCERES. CÁCERES.   COMPLETA.
1 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS. 5454131 LUGO. LUGO.   COMPLETA.

Grupo profesional: 2G- Administración

N.º de orden (especialidad) Centro directivo/organismo autónomo Identificación del puesto Provincia de destino Localidad de destino Complementos horarios Jornada
1 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS. 4897115 MADRID. MADRID.   COMPLETA.

Grupo profesional: 3G- Administración

N.º de orden (especialidad) Centro directivo/organismo autónomo Identificación del puesto Provincia de destino Localidad de destino Complementos horarios Jornada
1 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS. 5286242 BARCELONA BARCELONA.   COMPLETA.
1 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS. 5286243 BARCELONA BARCELONA.   COMPLETA.
1 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS. 4899256 CÁCERES CÁCERES.   COMPLETA.
1 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS. 5286241 BARCELONA BARCELONA.   COMPLETA.

Grupo profesional: 4G- Administración

N.º de orden (especialidad) Centro directivo/organismo autónomo Identificación del puesto Provincia de destino Localidad de destino Complementos horarios Jornada
1 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS. 4899642 CÁCERES. CÁCERES.   COMPLETA.

Grupo profesional: 4G- Archivos, Bibliotecas y Museos

N.º de orden (especialidad) Centro directivo/organismo autónomo Identificación del puesto Provincia de destino Localidad de destino Complementos horarios Jornada
1 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS. 4899647 BADAJOZ. BADAJOZ.   COMPLETA.

Grupo profesional: M3-Química

N.º de orden (especialidad) Centro directivo/organismo autónomo Identificación del puesto Provincia de destino Localidad de destino Complementos horarios Jornada
1

CENTRO DE ESTUDIOS Y EXPERIMENTACION DE OBRAS PÚBLICAS (CEDEX).

CENTRO DE ESTUDIOS DE PUERTOS Y COSTAS.

5322452 MADRID. MADRID.   COMPLETA.

Grupo profesional M1: Control de Proyectos y de Construcción y Conservación de Carreteras (CPCC)

N.º de orden (especialidad) Centro directivo/organismo autónomo Identificación del puesto Provincia de destino Localidad de destino Complementos horarios Jornada
1 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS. 5454130 LUGO. LUGO.   COMPLETA.

Grupo profesional E2: Conducción de Vehículos de Transporte por Carretera

N.º de orden (especialidad) Centro directivo/organismo autónomo Identificación del puesto Provincia de destino Localidad de destino Complementos horarios Jornada
1 DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS. 5352368 LEÓN. LEÓN.   COMPLETA.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 29/12/2022
  • Fecha de publicación: 31/12/2022
  • Convocatoria. 13 plazas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE APRUEBA:
    • la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, por Resolución de 7 de diciembre de 2023 (Ref. BOE-A-2023-25553).
    • la relación provisional de personas admitidas y excluidas, se designa el Tribunal calificador, y se corrigen errores, por Resolución de 17 de abril de 2023 (Ref. BOE-A-2023-9786).

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