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Documento BOE-A-2022-23023

Orden APA/1297/2022, de 16 de diciembre, por la que se modifica el reconocimiento de la Organización Interprofesional Pesquera Interfish-España como organización interprofesional pesquera.

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 28 de diciembre de 2022, páginas 188104 a 188104 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2022-23023

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con la propuesta elevada por la Secretaría General de Agricultura y Alimentación relativa a la solicitud de modificación del reconocimiento de la Organización Interprofesional Pesquera Interfish-España (INTERFISH) como organización interprofesional pesquera, considerando lo establecido en el Reglamento (UE) n.º 1379/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de diciembre de 2013, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, se modifican los Reglamentos (CE) n.º 1184/2006 y (CE) n.º 1224/2009 del Consejo y se deroga el Reglamento (CE) n.º 104/2000 del Consejo y considerando lo dispuesto en la Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias, reuniendo todos los requisitos establecidos en la vigente normativa y habiéndose informado favorablemente por el Consejo General de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias en su reunión del día 24 de noviembre de 2022, acuerda:

Revocar el reconocimiento como organización interprofesional pesquera en el ámbito de productos pesqueros congelados y otras presentaciones con mayor o menor grado de preparación, excluidas las conservas, e inscribir la revocación en el Registro de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, a la Organización Interprofesional Pesquera Interfish-España, por carecer de representatividad para las siguientes especies: brótola (Salilota australis), calamar (Loligo gahi), fletán negro (Reinhardtius hippoglossoides), gallineta (Sebastes mentella) y (Sebastes spp), granaderos (Macrourus spp), marrajo (Isurus oxyrinchus), marujito o nototenia coluda (Patagonotothen ramsayi), mendo (Glyptocephalus cynoglossus), merluza (Merluccius hubbsi), merluza austral (Merluccius australis), merluza de cola (Macruronus novaezelandiae), pez espada (Xiphias gladius), platija americana (Hippoglossoides platessoides), pota (Illex argentinus), rayas raja nep (Raja spp) y rosada (Genypterus blacodes).

Mantener el reconocimiento a la Organización Interprofesional Pesquera Interfish-España como organización interprofesional pesquera, en el ámbito de productos pesqueros congelados y otras presentaciones con mayor o menor grado de preparación, excluidas las conservas, por seguir ostentando la representatividad en ambas ramas profesionales de, al menos, el 51 por 100, para la especie tintorera (Prionace glauca).

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con el artículo 114.2.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo máximo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, o alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo máximo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo los artículos 11.1.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin que puedan simultanearse ambas vías de impugnación.

Madrid, 16 de diciembre de 2022.–El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas Puchades.

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