Siendo firme en vía administrativa la sanción impuesta a Abengoa, SA, por la comisión de una infracción muy grave del artículo 282.2, en relación con el artículo 118, ambos de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 313 quater del texto refundido citado, la sanción impuesta mediante Resolución del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores de fecha 21 de diciembre de 2021 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente Acuerdo:
– Imponer a Abengoa, SA, por la comisión de una infracción muy grave del artículo 282.2, en relación con el artículo 118, ambos de la Ley del Mercado de Valores, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por la no remisión a la CNMV y difusión pública, en plazo, del Informe financiero anual individual y consolidado de 2019, una multa por importe de cien mil euros (100.000 €).
La resolución que impone la sanción antes citada es firme en vía administrativa, siendo susceptible de revisión jurisdiccional por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Madrid, 14 de diciembre de 2022.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Rodrigo Buenaventura Canino.
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