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Documento BOE-A-2022-21657

Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 27 de diciembre de 2021, por la que se distribuye de manera provisional la cuota de España de besugo (Pagellus bogaraveo) SBR/678-, alfonsino (Beryx spp) ALF/3x14- y de manera definitiva la cuota de España de sable negro (Aphanopus carbo) BSF/8910-, entre las flotas del caladero nacional (zonas 8c y 9a) y las flotas que operan en aguas de la NEAFC, y se establecen medidas de ordenación de la pesquería.

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 20 de diciembre de 2022, páginas 178525 a 178526 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2022-21657

TEXTO ORIGINAL

La Resolución de 27 de diciembre de 2021 por la que se distribuye de manera provisional la cuota de España de besugo (Pagellus bogaraveo) SBR/678-, alfonsino (Beryx spp) ALF/3x14- y de manera definitiva la cuota de España de sable negro (Aphanopus carbo) BSF/8910-, entre las flotas del caladero nacional (zonas 8c y 9a) y las flotas que operan en aguas de la NEAFC, y se establecen medidas de ordenación de la pesquería, estableció topes de captura para garantizar una gestión sostenible y racional de las poblaciones enumeradas.

En la misma se indicaba que en función de los consumos que se fueran produciendo a lo largo del año, se podrían cambiar los topes de captura previstos en dicha resolución, tal y como se ha venido haciendo en años anteriores con el objetivo de conseguir que las cuotas lleguen hasta final de año. Así, se han publicado tres modificaciones de la Resolución de 27 de diciembre de 2021 mediante la Resolución de 15 de marzo de 2022, la Resolución de 5 de agosto de 2022 y la Resolución de 8 de noviembre de 2022, de la Secretaría General de Pesca.

En este momento del año, próxima ya la finalización de la campaña, se considera pertinente modificar a la baja el tope de captura establecido en la unidad de gestión 1 de alfonsino (ALF/3x14-) teniendo en cuenta la evolución del consumo. Este cambio de tope que se plantea se hace con el único objetivo de no cerrar la pesquería antes de final de año, lo que en algunos casos podría provocar un efecto de estrangulamiento.

En el caso de la unidad de gestión 2, el elevado consumo de alfonsino (ALF/3x14-) que se produjo durante los días en los que el borrador de esta resolución se encontraba en la fase de consultas al sector, ha hecho inevitable el cierre de la pesquería en esa unidad de gestión con efectos desde las 00:00 h del 13 de diciembre; provocando además una importante sobrepesca que inexorablemente repercutirá en la cuota adaptada de alfonsino (ALF/3x14-) para la campaña 2023.

Por todo ello, la Secretaría General de Pesca, oído el sector afectado, resuelve:

Primero.

Modificar el apartado tercero de la Resolución de 27 de diciembre de 2021 quedando como sigue:

«Se establecen los siguientes topes de captura diarios:

Besugo (SBR/678-):

Unidad gestión 1:

Palangre de fondo: 70 kg/buque/día.

Volanta, arrastre de fondo y artes menores: 50 kg/buque/día.

Unidad gestión 2: 20 kg/buque/día.

Alfonsino (ALF/3X14-):

Unidad gestión 1: 10 kg/buque/día.

Sable negro (BSF/8910-):

Unidad gestión 2: 50 kg/buque/día.

Estos topes podrán ser revisados a lo largo del año en función del consumo de cuota en cada una de las zonas mencionadas en el anexo I.»

Segundo.

La presente resolución surtirá efectos durante la campaña de pesca de 2022, desde el día siguiente de su firma hasta el 31 de diciembre.

Tercero.

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 19 de diciembre de 2022.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.

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