Está Vd. en

Documento BOE-A-2022-21476

Resolución de 13 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Derechos, Entidades Jurídicas y Mediación, del Departamento de Justicia, Derechos y Memoria, por la que se resuelve el concurso para la provisión de Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles n.º 314, convocado por la Resolución JUS/3622/2022, de 16 de noviembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 19 de diciembre de 2022, páginas 175230 a 175230 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2022-21476

TEXTO ORIGINAL

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en el concurso para la provisión de registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles vacantes convocado por la Resolución JUS/3622/2022, de 16 de noviembre (DOGC núm. 8798, de 22 de noviembre de 2022), y de conformidad con lo que disponen el artículo 284 del texto refundido de la Ley hipotecaria, y el artículo 496 y siguientes del Reglamento hipotecario;

En cumplimiento de las funciones atribuidas a la Dirección General de Derecho, Entidades Jurídicas y Mediación del Departamento de Justicia mediante el Decreto 47/2022, de 15 de marzo (DOGC núm. 8628, de 17 de marzo de 2022), resuelvo:

La provisión de los registros de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles vacantes en el territorio de Cataluña que se detallan a continuación:

Nombre: Aurora del Monte Arrieta.

Registro de Barcelona núm. 3.

Resultas: Registro Mercantil y de Bienes Muebles de Navarra I.

Nombre: María Cinta Tallada López.

Registro de Barcelona núm. 17.

Resultas: Rubí núm. 1.

Nombre: Jesús Sanz Fernández.

Registro de Lleida núm. 3 de Mollerussa.

Resultas: Tolosa núm. 1.

Nombre: Antonio José Muñoz Navarro.

Registro de Montcada i Reixac.

Resultas: Sabadell núm. 3.

Información sobre los recursos a interponer.

Contra este acto, que no agota la vía administrativa, la persona o las personas interesadas pueden interponer un recurso de alzada ante el secretario general de Justicia, Derechos y Memoria, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, o cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus intereses.

El recurso de alzada podrá entenderse desestimado si transcurridos tres meses desde su interposición no se ha notificado su resolución. Solo en este caso, las personas interesadas podrán interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

Barcelona, 13 de diciembre de 2022.–La Directora general de Derecho, Entidades Jurídicas y Mediación, Immaculada Barral Viñals.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 13/12/2022
  • Fecha de publicación: 19/12/2022
  • Resolución.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid