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Documento BOE-A-2022-2129

Resolución de 3 de febrero de 2022, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se amplía y corrigen errores en la de 21 de diciembre de 2021, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 10 de febrero de 2022, páginas 17565 a 17567 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2022-2129

TEXTO ORIGINAL

Advertida la necesidad de ampliar la Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de 21 de diciembre de 2021, por la que se convoca concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional para el año 2021 (BOE núm. 310, de 27 de diciembre de 2021), para incluir nuevos puestos, ante las peticiones efectuadas por las entidades locales.

Asimismo, advertidos errores en el texto de la referida Resolución, respecto a la inclusión y exclusión de determinados puestos en la misma, así como en el texto de la convocatoria.

En uso de las atribuciones conferidas por el Real Decreto 682/2021, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales,

Esta Dirección General ha resuelto ampliar y corregir la convocatoria del concurso unitario de provisión de puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional correspondiente al año 2021, con sujeción a las siguientes:

Primero.

Se incorporan al concurso unitario los puestos que se relacionan a continuación, por las siguientes causas:

A) Por haber solicitado las entidades locales su inclusión:

– L’Alcora (Castelló/Castellón). Vicesecretaría de clase segunda.

B) Por encontrarse vacante a 10 de febrero de 2020 y no haberse convocado por la Corporación en el concurso ordinario del año en curso:

– L’Alcudia (Illes Balears/Islas Baleares). Tesorería, categoría de primera.

– Agrupación Secretarial de Tercera Alfès (Lleida/Lérida). Secretaría de clase 3.ª

– Albanchez de Mágina (Jaén). Secretaría de clase 3.ª

– Térmens (Lleida). Secretaría de clase 3.ª

– Turcia (León). Secretaría de clase 3.ª

– Santa Pola (Alacant/Alicante). Vicesecretaría, clase 2.ª

Segundo.

Se excluyen del concurso los puestos que se relacionan a continuación, por las causas que asimismo se indican:

A) Por encontrarse suprimidos, eximidos o afectados por procedimiento de amortización, agrupación de Secretaría y desagrupación de Secretaría:

– Pág. 163458. Cañada de Calatrava (Ayuntamiento) Ciudad Real. Secretaría de clase 3.ª

– Pág. 163457. Azuqueca de Henares (Ayuntamiento). Guadalajara. Oficial mayor, clase 2.ª

– Pág. 163480. Benicarló (Ayuntamiento). Castelló/Castellón. Viceintervención, clase 2.ª

– Pág. 163481. Altea (Ayuntamiento). Alacant/Alicante. Vicesecretaría, clase 3.ª

– Pág. 163420. Málaga (Ayuntamiento). Málaga. Adjunto a Intervención, clase 1.ª

B) Por no encontrarse vacantes con anterioridad a 10 de febrero de 2021 y no haber solicitado las corporaciones locales su inclusión voluntaria en el concurso o por estar ocupados con carácter definitivo a fecha de convocatoria del concurso unitario:

– Pág. 163460. Albacete (Ayuntamiento) Albacete. Secretario General del Pleno, clase 1.ª

– Pág. 163453. León (Diputación Provincial) León. Vicesecretaría, clase 1.ª

– Pág. 163453. León (Diputación Provincial) León. Vicetesorería.

– Pág. 163491. Becerril de la Sierra (Ayuntamiento) Madrid. Vicesecretaría-Intervención, clase 3.ª

– Pág. 163491. Colmenar del Arroyo (Ayuntamiento) Madrid. Vicesecretaría-Intervención, clase 3.ª

– Pág. 163428. Fuengirola (Ayuntamiento). Málaga. Viceintervención, clase 2.ª

– Pág. 163421. Rincón de la Victoria (Ayuntamiento). Málaga. Intervención de clase 1.ª

– Pág. 163424 Chiclana de la Frontera (Ayuntamiento). Cádiz. Secretaría de clase 1.ª

– Pág. 163435 Carreño (Ayuntamiento). Asturias. Tesorería

– Pág. 163478. Pedreguer (Ayuntamiento) Alacant/Alicante. Secretaría de clase 3.ª

C) Por modificaciones en la clasificación o sistema de provisión del puesto:

Pág. 163489. Alcalá de Henares (Ayuntamiento). Madrid. Secretaria de clase 1.ª

Pág. 163457. Cuenca (Diputación Provincial) Cuenca. Oficial mayor, clase 1.ª.

Pág. 163487. Betanzos (Ayuntamiento). Coruña (A). Tesorería.

Pág. 163428. Puebla de Cazalla (La) (Ayuntamiento). Sevilla. Tesorería.

Tercero.

Se efectúan las siguientes modificaciones en el texto de la resolución:

– Pág. 163394, en relación con la valoración de la permanencia en el puesto de trabajo en Administraciones Públicas andaluzas como mérito de determinación autonómica, donde dice: «Por ocho años completos o más de permanencia ininterrumpida: 1,01 puntos», debe decir: «Por ocho años completos o más de permanencia ininterrumpida: 0,94 puntos».

– Pág. 163459, Guadalajara (Agrupación de Secretaría) Toba (La) debe incluirse en la página 163455 por tratarse de un puesto de Agrupación de Secretaría de clase 3.ª

– En la página 163480 donde dice: «Provincia: València/Valencia; Entidad: (Ayuntamiento) Algemesí» debe decir «Provincia: València/Valencia; Entidad: (Ayuntamiento) Algemesí; Requisito de Lengua: Superior o Equivalente».

– En la página 163493, donde dice «Director/a Oficina Asistencia Municipios. La Rioja (Comunidad Autónoma Uniprovincial). Logroño» debe decir «Director/a Oficina Asistencia Municipios -clase 3.ª, La Rioja (Comunidad Autónoma Uniprovincial). Logroño».

– En la página 163420, en las dos ocasiones donde dice «Adjunto Segundo al Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local. Córdoba (Ayuntamiento). Córdoba» debe decir «Adjunto/a Segundo/a al Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, clase 2.ª».

– En la página 163420, donde dice «Adjunto/a del Secretario General del Pleno. Córdoba (Ayuntamiento). Córdoba» debe decir «Adjunto/a Secretaría General de Pleno, clase 2.ª Córdoba (Ayuntamiento). Córdoba».

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante esta Dirección General, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en los artículos 10.1 i) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Madrid, 3 de febrero de 2022.–La Directora General de la Función Pública, María Isabel Borrel Roncalés.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 03/02/2022
  • Fecha de publicación: 10/02/2022
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 13 de febrero de 2022 (Ref. BOE-A-2022-2351).
Referencias anteriores

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