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Documento BOE-A-2022-21286

Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Universidad de Sevilla, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Publicado en:
«BOE» núm. 300, de 15 de diciembre de 2022, páginas 173950 a 173964 (15 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2022-21286

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con las Ofertas de Empleo Público del Personal de Administración y Servicios para el año 2019 (BOJA número 230 de 28 de noviembre de 2019) y año 2022 (BOJA número 101 de 30 de mayo de 2022), tras la preceptiva aprobación de la Consejería de Universidad, Investigación e Innovación de la Junta de Andalucía mediante las ordenes de fecha 17 de octubre de 2021 y 5 de octubre de 2022.

El Rector, de conformidad en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20.1 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades («Boletín Oficial del Estado» de 24 de diciembre), en relación con el artículo 2.2.e), el artículo 75 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades y el artículo 114 y siguientes del Estatuto de la Universidad de Sevilla, aprobado por Decreto 324/2003 de la Junta de Andalucía de 25 de noviembre, modificado por Decreto 348/2004, de 25 de mayo, para adaptarlo a la Ley 15/2003, Decreto 16/2008, de 29 de enero, y Decreto 55/2017, de 11 de abril, así como lo establecido en el artículo 55 y siguientes del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con el fin de atender las necesidades de personal de administración y servicios, y previa negociación con los representantes de los funcionarios, acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, con sujeción a las siguientes Bases de la Convocatoria.

Por razones de economía procesal y racionalidad se unifican en un solo llamamiento los procesos de acceso a todas las plazas que, aun teniendo su origen en distintas ofertas de empleo, gozan todas ellas de idéntica naturaleza.

Bases de la convocatoria

1. Normas Generales

1.1 Número de plazas convocadas. Se convocan pruebas selectivas para cubrir doce plazas en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Sevilla, Grupo A, Subgrupo A2, por el sistema de concurso-oposición libre.

1.2 Disposiciones aplicables. La presente convocatoria se regirá por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y su normativa de desarrollo, la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades, el Estatuto de la Universidad de Sevilla, el Reglamento General de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla y por las Bases que establece la presente convocatoria.

1.3 Sistemas de selección. El sistema selectivo será de concurso-oposición, el cual se llevará a efecto en las condiciones que se determinan en la base 7 de esta convocatoria.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo I de esta convocatoria, aprobado por Resolución de 13 de junio de 2022, de la Universidad de Sevilla (BOJA número 120 de 24 de junio de 2022).

1.5 Desarrollo de las pruebas. El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará con posterioridad al 15 de marzo de 2023. La fecha, hora y lugar del mismo se fijará en la Resolución del Rector en que se aprueben las listas de personas admitidas y excluidas.

1.6 Nombramientos. Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado, y acrediten reunir los requisitos exigidos en esta convocatoria, serán nombrados/as funcionarios/as de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Sevilla.

1.7 De conformidad con lo establecido en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, toda la información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas participantes e interesadas se publicará en la siguiente dirección de la página web de la Universidad de Sevilla: https://recursoshumanos.us.es

1.8 Publicación convocatoria. Se remitirá el texto completo para su publicación al «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y al «Boletín Oficial del Estado».

1.9 Computo de plazos. Con objeto de facilitar su cumplimiento, el mes de agosto no computará a los efectos de los plazos previstos en las bases de la presente convocatoria.

2. Requisitos de Participación

2.1 Conforme al Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, para la admisión en esta convocatoria será necesario reunir los requisitos siguientes:

a) Tener nacionalidad española, ser nacional de los estados miembros de la Unión Europea o estar incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión del título de Grado, Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, o titulación equivalente reconocida por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, o en condiciones de obtenerlo antes del fin del plazo de presentación de solicitudes.

Asimismo, a estos efectos, se considerará equivalente al título de Diplomado Universitario el haber superado tres primeros cursos completos de los estudios conducentes a la obtención de cualquier título oficial de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, o el primer ciclo correspondiente a dichos estudios, siempre que este primer ciclo contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre, por el que se regulan las equivalencias de títulos españoles de enseñanza superior universitaria o no universitaria a los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional («Boletín Oficial del Estado» de 24 de Octubre).

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación en España o, en su caso, el correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no se aplicará a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Sevilla.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas.

En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

Asimismo, las personas aspirantes deberán poseer un conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones. Dicho conocimiento podrá ser objeto de constatación en cualquier momento del procedimiento y por cualquier medio admisible en derecho.

Todos los requisitos enumerados en los apartados anteriores deberán poseerse al día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos hasta la toma de posesión como funcionarios/as de carrera.

2.2 Para ser admitido/a y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, bastará con que las personas participantes manifiesten expresamente en su solicitud que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes, y no habrán de presentar otra documentación que la que sea exigida expresamente en las bases de esta convocatoria.

Cada una de las personas aspirantes es personalmente responsable de la veracidad de la información o documentación aportada y estará obligada a presentar la documentación original en cualquier momento a requerimiento de la Administración. El falseamiento de la documentación aportada justificativa de los requisitos alegados implicará la exclusión de la persona concursante de la lista, reservándose la Universidad de Sevilla el ejercicio de las acciones legales a que haya lugar en derecho.

Los requisitos exigidos en las bases de esta convocatoria deberán, no obstante, ser acreditados fehacientemente en el plazo de aportación de documentos previo a la formalización del nombramiento como funcionario de carrera, siendo excluidas en caso contrario de la relación definitiva de personas aprobadas.

3. Solicitud: Modelo 760. Plazo. Abono de los derechos de participación en el proceso selectivo. Lugar de presentación de la solicitud

3.1 Solicitud (modelo 760). De conformidad con el artículo 66.5 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deben necesariamente inscribirse y cumplimentar el formulario disponible en la página web de Recursos Humanos (que generará la solicitud – Modelo 760), en la siguiente URL: https://recursoshumanos.us.es/index.php?page=solicitudes.

En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberán dirigirse al correo: seleccionpasfuncionario@us.es.

Una vez cumplimentados en la citada página web los datos solicitados, deberán pulsar en la parte inferior del formulario sobre la opción «Generar solicitud».

La inscripción telemática por sí sola no da acceso al proceso selectivo. Para una correcta tramitación será imprescindible completar el proceso presentando la solicitud generada y firmada (modelo 760) a través de Registro tal como se detalla en los apartados siguientes:

3.2 Plazo de presentación de la solicitud. Una vez realizados los anteriores trámites, las personas interesadas en participar en el proceso selectivo dispondrán de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de su publicación en aquel Boletín Oficial, ya sea «Boletín Oficial del Estado» (BOE) o «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» (BOJA) que publique en último lugar la convocatoria de la misma, para presentar la solicitud junto con la documentación siguiente:

a) Justificante de haber abonado los derechos de participación al proceso selectivo o transferencia bancaria de haber realizado dicho abono, en el que deberá constar, necesariamente, nombre y apellidos de la persona solicitante. Si el abono se hubiera realizado mediante transferencia bancaria por vía telemática, se deberá adjuntar una reproducción del documento (fotocopia o fotografía) en lugar del justificante original emitido por la entidad.

b) Fotocopia del título académico oficial exigido para el acceso a esta Escala, o justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonando los correspondientes derechos para su obtención exigida para participar en las pruebas selectivas, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá presentar también la credencial que acredite su homologación o reconocimiento, en un único documento.

c) En el caso de estar exento del pago de los derechos de examen, justificante acreditativo de la correspondiente condición a que da derecho, de acuerdo con lo establecido en la base 3.3.

d) Las personas aspirantes con discapacidad podrán pedir en el modelo oficial de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempo y medios de las pruebas del proceso selectivo, a fin de asegurar su participación en condiciones de igualdad. De solicitar dicha adaptación, deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada, contando para ello con el asesoramiento del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Universidad de Sevilla.

Asimismo, las personas aspirantes deberán hacer constar, en el apartado correspondiente de la solicitud, el idioma elegido para realizar el ejercicio referido en la base 7.2.2.

3.3 Derechos de participación en el proceso selectivo. La persona interesada deberá justificar el abono de 24 euros correspondiente a los derechos de participación, en la cuenta restringida de recaudación número ES77-0049-2588-71-2114241655 –Código SWIFT (BIC) BSCHESMM– del banco Santander, mediante una de las siguientes formas de pago:

a) Sellado por la Entidad Bancaria de la parte inferior de la solicitud destinada a tal efecto, directamente en las oficinas de la citada Entidad.

b) Resguardo original de ingreso en cajero automático del banco Santander, con las indicaciones en el campo «concepto» de: nombre y apellidos del participante, número de DNI, NIE o pasaporte.

c) Resguardo acreditativo de transferencia bancaria, en la que deberá hacer constar obligatoriamente, en el campo observaciones, nombre y apellidos del participante, número del DNI, NIE o pasaporte.

Estarán, no obstante, exentos del abono de las tasas de derechos de participación, haciéndolo constar en el impreso de la solicitud, los siguientes colectivos:

a) Las personas desempleadas que figuren en los servicios públicos de empleo como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de esta convocatoria.

Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubiesen rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual al salario mínimo interprofesional.

b) Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento.

c) Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.

d) Las familias numerosas, en los siguientes términos:

– 100 por 100 de exención a los miembros de familias de categoría especial.

– 50 por 100 de exención a los miembros de familias de categoría general.

A efectos de acreditar la exención total o, en su caso, parcial del pago de la tasa, las personas aspirantes habrán de presentar, junto a la solicitud de participación, copia de la siguiente documentación, según corresponda en cada caso:

– La certificación relativa a la condición de demandante de empleo se solicitará en la Oficina de Empleo que corresponda, debiendo figurar en ella todos y cada uno de los requisitos señalados en el párrafo anterior. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado del nivel de renta que podrá solicitar a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria en el enlace: https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/Inicio/Procedimientos_y_Servicios/Certificaciones/Declaraciones_Tributarias/Declaraciones_Tributarias.shtml.

– Las personas con discapacidad: certificado, en vigor, acreditativo de tal condición y del grado de discapacidad que tengan reconocido, expedido por el órgano competente.

– Las personas víctimas del terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos: resolución administrativa o judicial firme del reconocimiento de tal condición.

– Los miembros de familias numerosas de categoría especial o general: título vigente acreditativo de tal condición, expedido por la Comunidad Autónoma correspondiente.

En ningún caso se dará carácter de solicitud al simple abono de dichos derechos en la Entidad Bancaria correspondiente. La no presentación de solicitud, aun justificándose el abono de dichos derechos, dará lugar a la exclusión definitiva de la persona solicitante.

El abono de la tasa por derechos de examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá a la exclusión del aspirante.

De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de tasas y precios públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo, debiendo el interesado solicitar la devolución de las cantidades ingresadas aportando los datos necesarios para la transferencia bancaria correspondiente. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.

3.4 Lugar de presentación de la solicitud. Una vez realizados los anteriores trámites, las personas interesadas en participar en este proceso selectivo deberán presentar su petición mediante alguno de estos medios:

3.4.1 Preferentemente de forma telemática: (requiere certificado digital de la FNMT), a través del procedimiento «Presentación de instancias y solicitudes. Modelo genérico» disponible en la Sede Electrónica de la Universidad de Sevilla https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do a la que se adjuntará a la solicitud generada la documentación correspondiente en formato PDF, indicando como destino en la solicitud «Universidad de Sevilla».

Se deberá considerar válidamente enviada de forma telemática la solicitud si al final del proceso de envío de la instancia genérica, una vez pulsado el botón de «Firmar y presentar», el sistema genera un recibo acreditativo de la presentación de la solicitud en el Registro de la Universidad de Sevilla.

3.4.2 De forma presencial: en el Registro General de la Universidad de Sevilla, a través de las Oficinas de Asistencia en materia de Registros sitas en C/ San Fernando, 4 (Rectorado) o en Paseo de las Delicias, s/n (Pabellón de Brasil), para lo cual se deberá solicitar cita previa siguiendo la información que figura en el siguiente enlace: https://institucional.us.es/cprevias/index.php

3.4.3 Presentación en cualquiera de las formas presenciales establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se ha de tener en cuenta que las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto para ser selladas y fechadas antes de su envío certificado.

Las solicitudes y cualquier escrito de reclamación que presenten las personas aspirantes en otro registro diferente al general de la Universidad de Sevilla, al amparo del artículo antes referido (16.4 de la Ley 39/2015) deberán ser comunicadas en el mismo día de presentación a la dirección de correo electrónico seleccionpasfuncionario@us.es indicando fecha y lugar de presentación, facilitándose un teléfono de contacto.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de las personas participantes.

No se admitirá documentación una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

4. Admisión de Aspirantes

4.1 Relación provisional de personas admitidas y excluidas. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Sevilla dictará Resolución en la que se declarará aprobada la lista de personas admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, en su caso. Esta lista será publicada en la siguiente dirección de la página web de la Universidad de Sevilla: https://recursoshumanos.us.es.

La inclusión de los/las aspirantes en la lista de admitidos no presupone, en ningún caso, el reconocimiento por parte de esta Universidad de que éstos reúnan los requisitos, enumerados en la base segunda de la convocatoria, para la obtención de las plazas convocadas.

4.2 Plazo de subsanación. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en la página web de la Universidad de Sevilla, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión, en su caso.

Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas.

En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar, bajo su exclusiva responsabilidad, no sólo que no figuran incluidos en la relación de excluidos, sino, además, que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos.

4.3 Relación definitiva de personas admitidas y excluidas. Una vez resueltas las reclamaciones presentadas, se procederá a la publicación del listado definitivo de personas admitidas y excluidas en la siguiente dirección de la página web de la Universidad de Sevilla: https://recursoshumanos.us.es.

Frente a la Resolución que eleve a definitivas las listas de personas admitidas y excluidas, podrán las personas interesadas interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el señor Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en la página web de la Universidad, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente, o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

5. Tribunal de Valoración

5.1 Composición. El Tribunal de Valoración, que reunirá los requisitos que establece el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, será presidido por el Rector o persona en quién delegue, y estará constituido, además, por cuatro vocales miembros de la Universidad de Sevilla, o de otras universidades andaluzas, nombrados por el Rector. Asimismo, para cada miembro titular se nombrará un suplente. Actuará como secretario/a con voz, pero sin voto, un miembro del Área de Recursos Humanos nombrado por el Rector. En la composición del Tribunal de Valoración se recogerá el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres.

La composición de las personas integrantes del Tribunal de Valoración se hará pública mediante Resolución Rectoral, la cual podrá se anterior o coincidente con la resolución de personas admitidas y excluidas a que se refiere en la base 4.

5.2 Abstención y recusación. Las personas integrantes del Tribunal de Valoración deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de Sevilla, cuando concurran en ellas circunstancias de las previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

El/la Presidente/a deberá solicitar de las personas integrantes del Tribunal de Valoración declaración expresa de no hallarse incursa en las circunstancias previstas en dichos artículos, habiendo de constar por escrito la inexistencia de dicha circunstancia.

Asimismo, los/as aspirantes podrán recusar a las personas integrantes del Tribunal de Valoración cuando concurran algunas de dichas circunstancias.

5.3 Cambio en la composición. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal de Valoración que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Constitución. Previa convocatoria del/la Presidente/a, se constituirá el Tribunal de Valoración con asistencia obligada de Presidente/a y Secretario/a y de la mitad al menos de sus miembros.

En la sesión de constitución, el Tribunal de Valoración acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones, para actuar válidamente, requerirá la misma mayoría de sus miembros, titulares o suplentes, indicada anteriormente.

Su actuación se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la normativa procedimental y actuará de acuerdo con el principio de transparencia.

En las actas de sus reuniones y de los ejercicios celebrados deberá dejar constancia de todo acuerdo que afecte a la determinación de las calificaciones otorgadas a cada ejercicio, así como cualquier decisión que afecte al procedimiento.

El Tribunal de Valoración podrá disponer de la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

5.5 Actuación del Tribunal durante el proceso. El Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de las bases, acordando las medidas necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria. El Tribunal actuará de acuerdo con el principio de transparencia. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.6 Garantía de corrección de ejercicios. El/la Presidente/a del Tribunal de Valoración adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el mismo, sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas candidatas.

5.7 Información a las personas participantes. A efecto de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal de Valoración tendrá su sede en la Universidad de Sevilla, calle San Fernando, número 4, teléfonos 95 455.10.70 o 95 455.69.20. También se podrá solicitar información a través de correo electrónico a la siguiente dirección: seleccionpasfuncionario@us.es.

El Tribunal de Valoración dispondrá en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal de Valoración, para atender cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.8 Categoría. El Tribunal de Valoración tendrá la categoría que le corresponda dentro de las recogidas en el anexo V del Decreto 54/1989, de 21 de marzo («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 21 de abril).

5.9 Exclusión de participantes: En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal de Valoración tuviese conocimiento de que alguna de las personas candidatas no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia de la/las persona/s interesada/s, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Sevilla, con declaración de las inexactitudes o falsedades detectadas en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

5.10 Adaptaciones para personas con discapacidad. El Tribunal de valoración adoptará las medidas oportunas que permitan a las personas con discapacidad, que así lo hubieran indicado en la solicitud, poder participar en las pruebas del proceso selectivo en igualdad de condiciones que el resto de los participantes.

6. Desarrollo del ejercicio

6.1 Orden de actuación. El orden de actuación de las personas opositoras se iniciará, en su caso, según el establecido en la relación de admitidos.

6.2 Llamamiento único. Las personas aspirantes serán convocadas para la realización del ejercicio en único llamamiento, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.3 Acreditación de la identidad. En cualquier momento las personas aspirantes podrán ser requeridas por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

6.4 Publicación de la fecha del ejercicio. La fecha y lugar de realización del primer ejercicio se realizará en el lugar, fecha y hora que se establezca en la Resolución por la que se publica la relación de personas admitidas y excluidas.

7. Sistema Calificador

7.1 Sistema de selección. El sistema de selección será el de concurso-oposición. Se valorará hasta un total de 100 puntos, de los cuales 30 corresponden a la fase de concurso y 70 a la fase de oposición, consistiendo el concurso en la valoración de los méritos según el baremo que más adelante se reproduce, y la oposición, en la superación de las pruebas que se especifican y relacionadas con el programa de materias recogidas en el anexo I que acompaña a la presente Resolución. Los puntos obtenidos en la fase de concurso únicamente se sumarán a la puntuación de los aspirantes que superen la fase de oposición.

7.2 Fase de oposición. El máximo de puntos a otorgar en la fase de oposición será de 70 puntos.

La fase de oposición consistirá en la realización de dos ejercicios, cada uno de carácter obligatorio y eliminatorio, sobre el programa que se indica en el anexo I.

7.2.1 Primer ejercicio: (0 a 30 puntos).

Consistirá en un cuestionario de 80 preguntas con 4 respuestas alternativas, siendo sólo una correcta. Todas las preguntas tendrán el mismo valor. Para considerarlo superado se exigirá tener correctas como mínimo el 50 % del número total de preguntas que integran el cuestionario, una vez aplicada la penalización por respuestas incorrectas que descontará el valor de una respuesta válida por cada cuatro erróneas o la parte proporcional que corresponda.

En el cuestionario se incluirán 5 preguntas adicionales de reserva para sustituir a aquellas que puedan ser objeto de anulación y según el orden en el que se presenten en el cuestionario. Las preguntas de reservas únicamente serán corregidas si se produce alguna anulación del resto de preguntas, en caso contrario no serán objeto de corrección o valoración por el Tribunal de Valoración.

La duración de este ejercicio será de 120 minutos.

7.2.2 El segundo ejercicio: (0 a 40 puntos), constará de dos partes.

Primera parte: se calificará de 0 a 20 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 3,3 puntos en cada asiento para superarlo.

Consistirá en la redacción por escrito de los asientos bibliográficos de dos impresos modernos, a elegir de entre tres propuestos por el tribunal, pudiendo estar algunos de ellos en inglés o francés. El asiento bibliográfico constará de:

a) Catalogación de acuerdo con las vigentes Reglas de Catalogación Españolas.

b) Encabezamientos de materia que se redactarán libremente o ajustándose a alguna de las Listas de encabezamientos vigente.

c) Clasificación Decimal Universal, a partir de la edición del año 2000.

d) Consignación de todo lo anterior en formato MARC 21 (se facilitará una plantilla base del formato).

Los opositores podrán utilizar las vigentes Reglas de Catalogación Españolas, las ISBD, las tablas de la Clasificación Decimal Universal, las listas de encabezamientos de materia existentes y el formato MARC 21, así como diccionarios en lengua inglesa y francesa.

Los opositores trabajarán sobre fotocopias, pudiendo consultar los originales en la mesa del Tribunal.

El tiempo máximo para esta primera parte será de 120 minutos.

Segunda parte: se calificará de 0 a 20 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 5 puntos por supuesto para superarlo. Consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos, basados en el contenido del programa, a elegir de entre tres propuestos por el tribunal.

El tiempo máximo para esta segunda parte será de 120 minutos.

La calificación resultante de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de puntuaciones obtenidas en cada uno de los dos ejercicios, obligatorios y eliminatorios de aquellos aspirantes que hayan superado los mismos.

7.2.3 Calificaciones provisionales: Publicadas las calificaciones provisionales de cada ejercicio se abrirá un plazo de cinco días hábiles para las posibles impugnaciones. Las personas opositoras que no hayan alcanzado la puntuación mínima para superar el ejercicio correspondiente tendrán la consideración de no aptas a todos los efectos, quedando eliminadas del proceso selectivo.

7.3 Fase de concurso. El máximo de puntos a otorgar en la fase de concurso será de 30 puntos.

La valoración de la fase de concurso sólo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición.

Publicadas las calificaciones definitivas de la fase de oposición, las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición y consten en la relación definitiva, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación, para presentar la documentación que acredite los méritos que quieran hacer valer en la fase de concurso mediante un formulario de autobaremo.

Los méritos a valorar por el Tribunal de Valoración, a efectos de determinar la puntuación en la fase de concurso, serán los que se hayan alegado, autobaremados y acreditados documentalmente por las personas aspirantes durante el plazo de presentación de la fase de concurso, y que serán revisados por el Tribunal a los efectos de determinar la puntuación correcta que corresponda.

Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes.

No se valorarán aquellos méritos que no se encuentren suficientemente acreditados, no admitiéndose la documentación fuera del plazo de los diez días hábiles establecidos para su presentación.

En esta fase se valorarán los siguientes méritos:

7.3.1 Experiencia profesional: (28 puntos).

1. Los servicios prestados en la Universidad de Sevilla en puestos iguales a los que son objeto de esta convocatoria, como personal funcionario interino de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Sevilla: a razón de 0,60 puntos por mes completo de servicio y, en caso de fracción, 0,60/30 puntos por día trabajado.

La experiencia a que se hace referencia en este apartado deberá acreditarse mediante certificación, que será expedida y adjuntada de oficio a la solicitud de participación por el Servicio de Gestión del Personal de Administración y Servicios Funcionario de la Universidad de Sevilla.

2. Los servicios prestados en otras Universidades Públicas Andaluzas como funcionario de Cuerpos o Escalas de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos o equivalentes: a razón de 0,30 puntos por mes completo de servicio y, en caso de fracción, 0,30/30 puntos por día trabajado.

3. Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas como funcionario de Cuerpos o Escalas de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos o equivalentes: a razón de 0,20 puntos por mes completo de servicio y, en caso de fracción, 0,20/30 puntos por día trabajado.

Los servicios prestados fuera de la Universidad de Sevilla se acreditarán por la Administración Pública competente mediante documentación justificativa de la prestación de los servicios, con expresión de las funciones concretas que se han desarrollado. Dicho puesto se habrá desempeñado en virtud de la superación previa de un proceso selectivo oficial publicado en un Boletín Oficial.

7.3.2 Titulación académica oficial directamente relacionada con la titulación de Información y Documentación (0,5 puntos). Se valorará sólo la titulación de nivel superior que posea el/la aspirante.

Únicamente se valorarán las titulaciones reconocidas por el Ministerio competente en la materia, como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, debiendo citarse en el caso de equivalencia de titulación la disposición en la que se establece la misma y, en su caso, el «Boletín Oficial del Estado» en que se publica.

7.3.3 Por la superación de ejercicios para el acceso a la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de universidades públicas, a razón de 1.5 puntos por ejercicio superado. Puntuación máxima. 1,5 puntos.

7.4 Calificación provisional fase de concurso. El resultado provisional de la fase de concurso se publicará en la página web de Recursos Humanos, otorgándose un plazo de reclamaciones de cinco días hábiles transcurrido el cual se publicará el resultado definitivo de la fase de concurso.

8. Relación de personas que han superado el proceso selectivo

8.1 Acuerdo provisional de personas que han superado el proceso selectivo. El Tribunal de Valoración publicará el Acuerdo provisional de aspirantes que han superado el proceso selectivo, con indicación de la puntuación obtenida tanto en la fase de oposición como en la de concurso, desglosada esta última conforme a los apartados del baremo de méritos. Ésta deberá estar ordenada por orden alfabético. Junto a las mismas se publicará relación provisional de aspirantes que han superado el proceso selectivo, ordenada por orden de puntuación alcanzada de mayor a menor. Dicho Acuerdo será publicado en la siguiente dirección de la página web de la Universidad de Sevilla: https://recursoshumanos.us.es abriéndose un plazo de reclamaciones de cinco días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación.

8.2 Acuerdo definitivo de personas que han superado el proceso selectivo. Finalizado el plazo anterior, y resueltas las reclamaciones que puedan presentarse, el Tribunal de Valoración elevará a definitiva la relación de personas aprobadas.

En ningún caso el Tribunal de Valoración podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo anterior será nula de pleno derecho.

En el supuesto de que el número de aspirantes aprobados fuera inferior al de plazas convocadas, las sobrantes se declararán desiertas.

8.3 Publicación de la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo. Dicha relación se remitirá al Rector, el cual, previa declaración de conformidad ordenará su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

En caso de empate en las puntuaciones de las personas aspirantes, el orden de la relación de aprobados se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. Si continuase el empate, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en la fase de concurso. De subsistir el empate, éste se resolverá acudiendo sucesivamente a la puntuación obtenida en los distintos méritos valorados, según el orden establecido en las presentes bases. Si persistiera el empate, este se resolverá en favor de la persona que acredite mayor tiempo de servicios prestados en la base 7.3.1 y por el orden que esta establece. Como último criterio se procederá al sorteo de las dos primeras letras del apellido en orden ascendente por el que se determinará dicho desempate.

9. Presentación de Documentos y nombramiento de Funcionarios/as de carrera

9.1 Documentación a presentar. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquél en que se hagan públicas las listas de aspirantes que han superado el proceso selectivo en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», deberán aportar la siguiente documentación:

a) Original del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad Extranjero, en vigor a la fecha de presentación de la documentación requerida.

b) Original del título académico oficial exigido para el acceso a esta Escala, o justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonando los correspondientes derechos para su obtención.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse original de la documentación que acredite su homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia.

c) Declaración bajo juramento o promesa de no haber sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de las correspondientes funciones de la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Sevilla.

d) Certificado de aptitud de desempeño de la plaza: se deberá presentar certificado médico oficial que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Escala expedido por el facultativo del Sistema Nacional de Salud que corresponda a la persona interesada o por cualquier otro facultativo colegiado.

9.2 Exención de justificación. Quienes tuvieran la condición de personal funcionario interino o personal contratado en esta Universidad estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos exigidos para su nombramiento, debiendo presentar únicamente la documentación que no se encuentre debidamente acreditada en su expediente.

9.3 Anulación de actuaciones. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación requerida o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2 de esta convocatoria, no podrán ser nombrados/as funcionarios/as de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9.4 Elección de destinos. La elección de las plazas se realizará por las personas que han superado el proceso selectivo según el orden de puntuación obtenida. El mecanismo de elección y adjudicación de destinos será acordado y resuelto por Resolución de la Dirección de Recursos Humanos.

9.5 Nombramientos. La autoridad convocante, a propuesta del Tribunal de Valoración, dictará Resolución por la que se nombren funcionarios/as de carrera a las personas candidatas que hayan superado el proceso selectivo, la cual se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

En el supuesto de que existiera personal funcionario interino ocupando dichas plazas, será revocado su nombramiento.

9.6 Con la finalidad de asegurar la cobertura de las plazas convocadas, cuando se produzcan renuncias, falta de acreditación de los requisitos exigidos en la convocatoria para ser nombrado/a funcionario/a de carrera, o concurra alguna de las causas de pérdida de la condición de funcionario en las personas propuestas antes de su nombramiento o toma de posesión, el Rector requerirá del Tribunal de Valoración la relación complementaria de personas aspirantes aprobadas, según el turno en donde se produzca la falta de cobertura, para su posible nombramiento como funcionario/a de carrera.

10. Bolsa de trabajo

En cumplimiento del artículo 26 del Reglamento General de Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Sevilla, una vez finalizado el proceso selectivo se elaborará una bolsa de trabajo que se ajustará en su composición, orden de prelación y funcionamiento a lo que establezca la normativa propia que resulte de aplicación.

11. Protección de datos

En aplicación del principio de transparencia y lealtad regulado en el Reglamento General de Protección de datos RGPD UE 2016/679 se le informa que la Universidad de Sevilla es responsable del presente tratamiento, «Oposiciones y Concursos PAS» que tiene como finalidad la «Gestión de convocatorias para la selección, provisión de puestos de trabajo y promoción de la carrera profesional de Personal de Administración y Servicios (PAS) funcionario y laboral de la Universidad de Sevilla».

El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal, el cumplimiento de una misión de interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a la Universidad de Sevilla.

De acuerdo con las citadas normas, tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir sus datos personales, así como a otros derechos que puede consultar, junto a una información adicional más detallada, en el enlace: https://sic.us.es/sites/default/files/pd/cioposiciones_y_concursos_pas.pdf.

12. Eliminación de archivos

Se informa a las personas participantes en esta convocatoria que la documentación presentada, junto con su solicitud de participación, permanecerá en los archivos del Servicio de Selección del Personal de Administración y Servicios el tiempo que marque la normativa de aplicación.

13. Género gramatical

Algunas de las referencias a personas y colectivos en estas bases figuran en género masculino como género gramatical no marcado. Cuando proceda, será válida la cita de los preceptos correspondientes en género femenino.

14. Norma final

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma, y cuantos actos administrativos se deriven de ella, puede interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente, o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Sevilla, 28 de noviembre de 2022.–El Rector, Miguel Ángel Castro Arroyo.

ANEXO I
Programa de materias

1. Biblioteconomía y Documentación

1.1 Bibliotecas universitarias y su contribución al aprendizaje, la investigación e innovación en la Institución.

1.2 La Biblioteca de la Universidad de Sevilla (BUS).

1.3 Fondo Antiguo y colecciones especiales. Formación, conservación y difusión en la BUS. Archivo Histórico de la Universidad de Sevilla.

1.4 Planificación estratégica y dirección por objetivos en las bibliotecas universitarias. Mecanismos de seguimiento y evaluación. Plan Director de la Biblioteca de la Universidad de Sevilla.

1.5 La gestión por procesos y el cuadro de mando. Aplicación en bibliotecas universitarias.

1.6 La gestión de la calidad. Modelo EFQM y estándar ISO de calidad. La gestión de la calidad en la BUS. Cartas de Servicios.

1.7 La Experiencia de Usuario (UX) en el proceso de gestión y diseño de la biblioteca universitaria.

1.8 El nuevo rol del bibliotecario, habilidades, perfiles y competencias como gestor de la información y documentación.

1.9 Planificación, organización espacial y equipamiento de bibliotecas universitarias: nuevos espacios para nuevos servicios.

1.10 Gestión y desarrollo de las colecciones. Criterios, fuentes y métodos para su formación, mantenimiento y evaluación.

1.11 Preservación, conservación y restauración del fondo documental. Políticas de preservación en un entorno digital y electrónico. La digitalización de documentos: técnicas, procedimientos y stándares. Principales directrices a nivel nacional e internacional.

1.12 La biblioteca digital, impacto y transformaciones en los servicios bibliotecarios. Administración y gestión de los recursos electrónicos: selección, contratación, modelos de comercialización, licencias de uso, evaluación. Estado actual del mercado.

1.13 La catalogación. Normativas descriptivas: ISBD, Reglas de catalogación. FRBR y RDA. Gestión de autoridades: FRAD y FRSAD, VIAF y SKOS. Formato MARC para datos bibliográficos y colecciones.

1.14 Análisis documental. Proceso y tipología. Lenguajes documentales: encabezamientos de materia y thesaurus. Sistema de clasificación bibliográfica.

1.15 Metadatos. Modelo RDF. Principales modelos de metadatos: Dublin Core, METS, PREMIS. Los lenguajes de marcado.

1.16 La web semántica. Las Ontologías. Datos enlazados. Minería de datos.

1.17 Los catálogos: OPAC y Plataformas de descubrimiento. Los catálogos colectivos. Técnicas de evaluación.

1.18 Automatización de las actividades y de los servicios bibliotecarios. Sistemas de gestión integrada y plataformas de servicios bibliotecarios.

1.19 Los servicios a usuarios en las bibliotecas universitarias y su organización en los entornos presenciales y virtuales.

1.20 De la Alfabetización Informacional a la Competencia Digital, DIGCOMP: conceptos, aplicación y evaluación.

1.21 Nuevas metodologías docentes y e-learning aplicadas en Bibliotecas. Los Recursos Educativos en Abierto: creación, uso y aspectos legales.

1.22 Servicios de apoyo a investigadores y a la gestión de la investigación.

1.23 El ciclo de los datos científicos. Gestión de datos de investigación. Repositorios de datos de investigación.

1.24 Sistemas de Gestión de Contenidos. Portales web, intranets. Accesibilidad, usabilidad y estándares.

1.25 Marketing en bibliotecas universitarias. Herramientas de gestión y canales de comunicación. Redes sociales.

1.26 Cooperación bibliotecaria en el ámbito universitario. Tendencias actuales. Situación en España y Andalucía.

1.27 Impacto y valor social de las bibliotecas universitarias.

2. Recursos de Información y Nuevas Tecnologías

2.1 La comunicación científica, evolución, tendencias y situación actual. Principales tipos de publicaciones científicas. Las bibliotecas universitarias como servicios de apoyo a la publicación científica.

2.2 El movimiento de acceso abierto: situación actual y perspectivas de futuro. Repositorios Institucionales. IdUS: Depósito de Investigación de la Universidad de Sevilla.

2.3 La producción científica de las universidades. Indicadores bibliométricos y almétricas. Criterios para la evaluación de la carrera científica de los investigadores.

2.4 Recursos de información para la acreditación y evaluación científica. Agencias de calidad e índice de citas.

2.5 Definición y objetivos de la bibliografía. Clases de bibliografías. Los gestores de referencias bibliográficas. Mendeley, RefWorks, EndNote, Zotero.

2.6 Recursos de información de carácter general.

2.7 Recursos de información en Ciencias Sociales y Humanidades.

2.8 Recursos de información en Ciencia y Tecnología.

2.9 Recursos de información en Biomedicina.

3. Legislación

3.1 El régimen jurídico de las universidades. Legislación nacional y autonómica.

3.2 La Universidad de Sevilla. Sus Estatutos y Plan Estratégico.

3.3 Legislación en materia de propiedad intelectual y sus implicaciones en la gestión de bibliotecas. Los derechos de autor. Las licencias Creative Commons.

3.4 Ley de Protección de Datos personales y su implicación en las bibliotecas.

3.5 Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. El sistema español de I+D.

3.6 El funcionario público: Concepto y clases. Situaciones, deberes y derechos.

3.7 Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: Título Preliminar: Objeto. Título I. Capítulo I: Ámbito subjetivo de aplicación. Capítulo II: Publicidad activa. Capítulo III: Derecho de acceso a la información pública. Título III: El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

3.8 Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía: Objeto, ámbito de aplicación, definiciones y principios generales (artículos 1, 2, 3 y 4); integración de la perspectiva de género en las políticas públicas (Título I Capítulo I); igualdad en la educación (enseñanza universitaria) (Título II, Capítulo I, Sección 2.ª). Protocolo para la Prevención, Evaluación e Intervención ante el acoso en la Universidad de Sevilla (Acuerdo 9.1/CG 19-06-18): 2. Definiciones, objeto y ámbito de aplicación; 4. procedimiento de actuación: 4.1. inicio del procedimiento; anexo I. El Comité Técnico para la Prevención, Evaluación e Intervención en situaciones de Acoso (CPEIA).

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 28/11/2022
  • Fecha de publicación: 15/12/2022
  • Convocatoria. Turno libre. Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de Sevilla 12 plazas.

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