Está Vd. en

Documento BOE-A-2022-21111

Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Universidad de León, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral de las categorías de Técnico Especialista y de Oficial de Servicios e Información.

Publicado en:
«BOE» núm. 298, de 13 de diciembre de 2022, páginas 170800 a 170827 (28 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2022-21111

TEXTO ORIGINAL

Mediante acuerdos del Consejo de Gobierno de esta universidad, de fechas 26 de octubre de 2021 y 29 de abril de 2022, han sido aprobadas la Oferta de Empleo Público de estabilización de empleo y la Oferta Adicional de estabilización de Empleo Público respectivamente, correspondientes a diversas plazas vacantes en la plantilla de personal de administración y servicios.

La publicación de dichas Ofertas de Empleo Público se realiza en el «Boletín Oficial de Castilla y León» el 17 de diciembre de 2021 (Resolución de 10 de diciembre del Rectorado de la Universidad de León), publicando la adaptación de dicha Oferta de Empleo Público a la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, el 31 de mayo de 2022 (Resolución de 30 de mayo de 2022) y el 27 de mayo de 2022 (Resolución de 19 de mayo de 2022 del Rectorado de la Universidad de León).

Por ello, de conformidad con lo establecido en la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en uso de las atribuciones que tiene conferidas por el Estatuto de la Universidad de León, de lo dispuesto en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre –en adelante TREBEP–, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.1 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, este Rectorado, a propuesta de la Gerencia y previa negociación con el Comité de empresa, ha resuelto publicar la convocatoria correspondiente a plazas incluidas en procesos de estabilización, teniendo en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres.

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 2.2, párrafo segundo, de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, se procede a ofertar en esta convocatoria, 4 plazas incluidas en los procesos de estabilización y que tal y como establece el artículo 2.1 de la citada ley, que han de convocarse mediante el sistema selectivo de Concurso-oposición, dotadas presupuestariamente y que se hayan vacantes en la plantilla de esta universidad.

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo a fin de cubrir, mediante concurso-oposición libre, 4 plazas para la estabilización de empleo temporal dotadas presupuestariamente, de acuerdo con la distribución siguiente:

Área Categoría y especialidad Grupo Número de plazas
Conserjería, vigilancia y recepción. Oficial. IVA 1
Informática y Telecomunicaciones. Técnico Especialista. SIC. III 1
Laboratorios. Técnico Especialista. Animalario, Clínica Veterinaria y Afines. III 1
Laboratorios. Técnico Especialista. Agraria. III 1

1.2 La realización del proceso selectivo se ajustará, en lo que resulte aplicable, a lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León; en el Estatuto de esta universidad (aprobado por Acuerdo 243/2003, de 23 de octubre, de la Junta de Castilla y León); en el II Convenio Colectivo del Personal Laboral de Administración y Servicios de las Universidades Públicas de Castilla y León; en el Decreto 67/1999, de 15 de abril por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal y de provisión de puestos de trabajo de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León; y en lo dispuesto en las presentes bases. Igualmente, y con carácter supletorio, resultará de aplicación el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

1.3 Las categorías de las plazas convocadas se encuentran encuadradas según figuran en el anexo I del actual convenio colectivo.

1.4 Las retribuciones y demás derechos de contenido económico se ajustarán a lo que determina el citado convenio colectivo y, en lo que resulte aplicable, los Estatutos de la Universidad de León y demás normas de carácter general en materia de retribuciones de personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas.

Quienes obtengan los puestos de trabajo correspondientes a las plazas convocadas, deberán cumplir las obligaciones inherentes al puesto de trabajo al que han accedido, con especial referencia al régimen de jornada y horario. La jornada y horario de trabajo serán los fijados con carácter general por la Universidad de León, con sujeción a lo establecido en el convenio colectivo y en la relación de puestos de trabajo.

1.5 El desempeño de los puestos correspondientes a las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, en materia de incompatibilidades.

1.6 El proceso de selección constará de las siguientes fases: fase de oposición y fase de concurso.

1.6.1 Fase de oposición. Los Ejercicios que componen la fase de oposición son los regulados en el anexo III de esta convocatoria.

El Programa que ha de regir en los ejercicios de la fase de oposición es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.6.2 Fase de Concurso. La Fase de Concurso se realizará una vez concluida la fase de oposición, y solo participarán en ella los aspirantes que hayan superado la Fase de Oposición.

En ella se valorarán los méritos indicados en el anexo IV, referidos al último día del plazo de presentación de solicitudes.

La documentación correspondiente a los méritos a valorar será presentada una vez publicadas las listas de aprobados del segundo ejercicio, en el plazo y forma que determine el Tribunal.

La valoración de los méritos se hará pública en la página web oficial de la universidad, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los apartados generales, fijando un plazo para presentación de posibles reclamaciones sobre las valoraciones efectuadas.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Requisitos generales. 

Para ser admitidos a este concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Nacionalidad: Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

También podrán participar el cónyuge y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y sean menores de veintiún años o mayores de edad que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.

Cuando se trate de aspirantes que participen por su condición de cónyuges, deberán presentar declaración jurada de no hallarse separados de derecho de su respectivo cónyuge.

b) Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y no padecer enfermedad ni defecto físico que impida el ejercicio de éstas. Quienes tengan la condición de personas con discapacidad reconocida por el órgano competente, deberán acreditar la compatibilidad de sus limitaciones en la actividad con las funciones de las plazas a las que aspiran.

c) Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

d) Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

e) Titulación:

– Para la plaza de Oficial, grupo IVA, estar en posesión del título de Técnico, Graduado en Educación Secundaria u oficialmente equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

– Para las plazas de Técnico Especialista, grupo III, estar en posesión del título de Bachiller, Técnico Superior u oficialmente equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.

Serán consideradas titulaciones específicas y parcialmente específicas las contempladas en el anexo VII.

2.2 Requisitos específicos.

Para la participación en el proceso selectivo de la plaza de Técnico Especialista. Animalario, Clínica Veterinaria y Afines, se requerirá:

– Estar en posesión del requisito de formación complementaria en animales de experimentación conforme al Real Decreto 53/2013, de 1 de febrero, en los siguientes términos:

● Conforme a su artículo 15.2 del citado Real Decreto, se requiere disponer de la capacitación para las funciones previstas en su letra a), con regulación desarrollada en la Orden ECC/566/2015, de 20 de marzo»

● Alternativamente, conforme al régimen transitorio de dicho real decreto (disposición transitoria cuarta) y la Orden ECC/566/2015, del 20 de marzo (disposición transitoria primera), será suficiente con disponer del reconocimiento u homologación de las categorías profesionales A y B, establecidas en el Real Decreto 1201/2005, de 10 de octubre.

Todos los requisitos exigidos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la finalización del proceso selectivo.

3. Solicitudes y plazo de presentación

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de instancia que se adjunta como anexo I.

3.2 La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de León o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

3.3 A la instancia se acompañará necesariamente:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

b) Justificante de haber abonado los derechos de examen.

c) Acreditación de la titulación exigida.

d) Anexo IV, debidamente cumplimentado y documentación acreditativa de los méritos alegados.

e) Copia de la documentación que acredite el requisito específico, recogido en el apartado 2.2 para la participación en el proceso selectivo de la plaza de Técnico Especialista. Animalario, Clínica Veterinaria y Afines.

3.4 Derechos de examen y exenciones.

Los derechos de examen serán de 26 euros para las plazas de Técnico Especialista, grupo III y de 22 euros para la plaza de Oficial, grupo IVA.

El importe se ingresará en la cuenta de «Cuenta restringida de recaudación de ingresos de la Universidad de León» número ES89 2103 4200 37 0032001355.

En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica o en su defecto sello y fecha en el espacio destinado a estos efectos. En el supuesto de que se haya hecho el ingreso mediante transferencia deberá adjuntarse a la solicitud el resguardo de aquella.

En ningún caso la presentación y pago de los derechos de examen en la entidad bancaria, supondrá sustitución del trámite de presentación de la solicitud, en tiempo y forma, según lo dispuesto en la base 3.2.

Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por ciento estarán exentos de dicho pago, debiendo acompañar a la solicitud certificación acreditativa de tal condición, expedida por los órganos competentes en materia de servicios sociales.

b) Asimismo, estarán exentos del pago de esta tasa los aspirantes que sean miembros de familias numerosas que tengan reconocida tal condición, de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas: Exención del 100% a los miembros de las familias numerosas clasificadas en la categoría especial y una bonificación del 50 % para los de categoría general. Deberán adjuntar acreditación de la condición de familia numerosa.

c) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria de estas pruebas selectivas siempre que no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, que no se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, y que carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional. Deberán adjuntar certificación acreditativa de que cumplen estas condiciones, es decir:

1. «Períodos de inscripción e Informe negativo de rechazos», expedido por el servicio de empleo correspondiente de cada comunidad autónoma.

2. Certificado expedido por el SEPE en el que conste si percibe o no subsidio, así como la cantidad o Certificado expedido por la Agencia Tributaria relativo a rentas/rendimientos imputables por el IRPF.

d) Los aspirantes que sean víctimas de actos de terrorismo en los términos establecidos en el artículo 2 de la Ley 4/2017, de 26 de septiembre, de Reconocimiento y Atención a las Víctimas del Terrorismo de Castilla y León, estarán exentos de pago. La condición de víctima de terrorismo deberá acreditarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la citada ley.

e) Los aspirantes que sean víctimas de violencia de género de acuerdo con lo establecido en el artículo 1 de la Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la violencia de género de Castilla y León, estarán exentos de pago. La condición de víctima de violencia de género se acreditará de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la citada ley.

3.5 Los aspirantes con minusvalías que deseen participar en el concurso-oposición deberán indicar, inexcusablemente, en la casilla dispuesta para ello las posibles adaptaciones de tiempo y medios que requieran para la realización de los ejercicios de la fase de oposición.

3.6 Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.2. para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

4. Admisión de candidatos

4.1 Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la universidad dictará resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo. En esta Resolución figurarán los aspirantes excluidos (apellidos, nombre y DNI o número de identificación del documento equivalente) con indicación expresa de la causa de exclusión. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, de posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos sino, además, que sus nombres figuran correctamente en la relación de admitidos.

La resolución se publicará en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y a través de la página web oficial de la universidad, conforme se indica en la base 10.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de la resolución en el «Boletín Oficial de Castilla y León», para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión de las listas. Quienes dentro de ese plazo no subsanen la exclusión, ni aleguen la omisión, justificando su derecho a ser declarados admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

4.3 En la resolución que eleve a definitivas las listas de admitidos y excluidos figurarán la fecha y el lugar de celebración del primer ejercicio. Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa y contra ella podrán los aspirantes definitivamente excluidos interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el «Boletín Oficial de Castilla y León». Potestativamente, podrán interponer recurso de reposición ante el Rectorado de la universidad, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución. En esta resolución se publicará, asimismo, la fecha, lugar y hora de comienzo de los ejercicios.

4.4 Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la realización de las pruebas selectivas; único supuesto en el que procede la devolución.

5. Tribunal calificador

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura en el anexo VI. El Secretario/a actuará con voz y sin voto.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad de León, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El Presidente/a solicitará de los miembros del Tribunal, en la sesión de constitución, declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en este apartado.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base.

5.3 Con anterioridad al inicio de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente/a, se constituirá el Tribunal con la asistencia del Presidente/a y del Secretario/a o, en su caso, de quienes les sustituyan y de la mitad, al menos, de sus miembros. En esta sesión, los miembros del Tribunal deberán suscribir declaración de no hallarse incursos en causas de abstención.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le corresponda en orden al correcto desarrollo de dichas pruebas selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes y, en todo caso, la del Secretario/a y Presidente/a (titulares o suplentes).

5.6 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

5.7 El Rector, a propuesta del presidente del Tribunal, podrá designar, en su caso, asesores especialistas. Dichos asesores se limitarán a informar respecto de las pruebas y méritos relativos a su especialidad.

El Tribunal podrá contar en la confección de las pruebas con la colaboración de empresas especializadas y asesores o técnicos cualificados tanto internos como externos, cuando las circunstancias así lo aconsejen.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas, en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con minusvalías que así lo soliciten en la forma prevista en la base 3.4, las adaptaciones posibles en tiempo y medios que sean consideradas necesarias. A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral o Sanitaria.

Si en cualquier momento del presente proceso de provisión, en el Tribunal se suscitaran dudas respecto de la capacidad de un aspirante con minusvalía para el desempeño de las actividades atribuidas a cada grupo, categoría y especialidad de las plazas a las que opte, este órgano selectivo podrá recabar el correspondiente dictamen de los órganos competentes del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente. En este supuesto, hasta tanto no se emita el dictamen, el aspirante podrá participar condicionalmente en el proceso selectivo, quedando en suspenso la resolución definitiva sobre la admisión o exclusión del proceso, hasta la recepción del dictamen.

5.9 El Presidente/a del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos o realizados ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Universidad de León, Rectorado, avenida de la Facultad, número 25, teléfono 987 29 16 67.

El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con las pruebas selectivas.

5.11 Los Tribunales que actúen en estas pruebas selectivas tendrán la categoría que proceda, en los términos previstos en la normativa aplicable en materia sobre indemnizaciones por razón de servicio.

5.12 En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de las plazas convocadas. Cualquier propuesta final de aprobados que contravenga lo establecido en este punto será nula de pleno derecho.

No obstante, lo anterior, siempre que el Tribunal haya propuesto igual número de aspirantes que el de plazas convocadas y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, el Rector Magnífico podrá requerir al Tribunal la relación complementaria de los aspirantes aprobados que sigan a los propuestos, para su nombramiento, cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:

a) Que se registre la renuncia en el plazo de formalización del contrato o tenga lugar el fallecimiento de alguno de los aspirantes que han superado el proceso selectivo antes de su nombramiento.

b) Que algún aspirante que ha superado el proceso selectivo no presente la documentación exigida o del examen de ésta se deduzca que carece de los requisitos establecidos en la convocatoria.

5.13 Contra los acuerdos y actos de trámite del Tribunal, si estos últimos deciden directa o indirectamente el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos, podrán interponer los interesados recurso de alzada ante el Rector de la Universidad de León.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primer aspirante cuyo apellido comience por la letra «R» de conformidad con lo establecido en Orden PRE/51/2022, de 24 de enero, por la se hace público el resultado del sorteo para determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos (BOCyL de 2 de febrero de 2022).

6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación del anuncio de celebración del segundo ejercicio se efectuará por el Tribunal en la web oficial de la universidad (https://www.unileon.es/actualidad/convocatorias), así como en la sede señalada en la base 5.10, y por cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para el inicio de este.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de León, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

6.6 El procedimiento selectivo deberá resolverse en el plazo máximo de ocho meses, contados desde la publicación de la resolución que eleve a definitivas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que caiga resolución expresa.

7. Lista de aprobados y bolsa de trabajo

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará públicas en la web de la universidad las relaciones de aspirantes aprobados por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su Documento Nacional de Identidad o número de identificación del documento equivalente, una vez sumadas las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y de concurso.

En todo caso, el Tribunal calificador garantizará la cobertura de la totalidad de las plazas convocadas (siempre y cuando los aspirantes superen las fases de concurso y de oposición).

El número de aspirantes que superen el proceso selectivo no podrá ser superior al de plazas convocadas recogidas en el apartado 1.1, siendo de aplicación lo previsto en la base 5.12.

El Presidente/a del Tribunal enviará copia certificada de las listas de aprobados al Rector de la Universidad de León, especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.

7.2 La Bolsa de trabajo resultante se regirá por lo dispuesto en el Acuerdo de 4 de febrero de 2022 sobre contratación laboral temporal, o norma que legalmente lo sustituya (https://www.unileon.es/files/2022-02/acuerdo-gerencia-comite-empresa-contratacion-laboral-temporal-2022.pdf).

La bolsa que se genere como resultado de este proceso selectivo surtirá efectos desde la formalización del contrato del trabajador que haya superado el mismo, dejando sin efectos las existentes con anterioridad de estas categorías y especialidades, en su caso.

8. Presentación de documentos y nombramiento

8.1 En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas de aprobados en el lugar o lugares de examen, los opositores aprobados deberán presentar, en el Servicio de Recursos Humanos de la Universidad de León, todos los documentos originales que acrediten los requisitos exigidos en la base 2, y específicamente los siguientes documentos:

a) Fotocopia del DNI y original, para su comprobación.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas mediante sentencia judicial firme.

c) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas que le imposibiliten para el ejercicio de las funciones de la plaza. Este certificado habrá de ser expedido por el facultativo de medicina general del INSALUD que corresponda al interesado. En caso de que no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad Social, será expedido por los Servicios Provinciales del Ministerio de Sanidad y Consumo u organismos correspondientes de las comunidades autónomas.

d) Original y fotocopia para compulsa del título académico exigido en la convocatoria.

e) Original y fotocopia para la compulsa de la documentación acreditativa de los requisitos específicos exigidos.

f) Quienes hayan hecho valer su condición de personas con minusvalía deberán presentar certificación de los órganos competentes en la que se acredite tal condición. Igualmente deberán presentar certificado de los citados órganos o de la Administración Sanitaria, acreditativa de la compatibilidad de la minusvalía con el desempeño de tareas y funciones correspondientes.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionario o personal laboral fijo de Administraciones Públicas estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieran para acreditar tal condición.

8.3 Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de esta se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en las bases 2.1 y 2.2, no podrán ser contratados, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4 Por la autoridad convocante, y vista la propuesta del Tribunal calificador, se dictará resolución, en virtud de la cual se hará público el listado de aspirantes que hayan obtenido plaza, por orden de puntuación. Esta resolución será objeto de su publicación en el BOCyL.

El órgano competente procederá a la formalización del contrato, momento hasta el cual el aspirante no se incorporará al trabajo ni tendrá derecho a percepción económica alguna.

9. Periodo de prueba

Tras la incorporación, el trabajador, iniciará un periodo de prueba de dos meses para plazas de Técnico Especialista, grupo III, y de un mes para la plaza de Oficial, grupo IV-A, en los términos previstos en el artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores y artículo 17 del convenio colectivo.

Transcurrido el período de prueba, si ha sido superado satisfactoriamente, el contrato producirá plenos efectos, computándose el tiempo de los servicios prestados en la antigüedad del trabajador en la empresa.

10. Publicidad en la web

Tanto la presente convocatoria y sus anexos, como las distintas resoluciones de ejecución de ésta, se publicarán en la página web oficial de la Universidad de León: https://www.unileon.es/actualidad/convocatorias.

11. Norma final

11.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en este concurso-oposición, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de los recursos pertinentes.

El Tribunal está facultado para resolver las dudas que se presenten, y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas en todo lo no previsto en las bases, así como para su interpretación.

11.2 La convocatoria y sus bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecidos en Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

León, 30 de noviembre de 2022.–El Rector, Juan Francisco García Marín.

ANEXO I
Solicitud de admisión a pruebas selectivas de personal en la Universidad de León

Imagen: /datos/imagenes/disp/2022/298/21111_12510028_1.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/2022/298/21111_12510028_2.png

ANEXO II
Programas

Plaza de Técnico Especialista, grupo III, área Laboratorios, especialidad Agraria

Bloque general

Tema 1. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres: título preliminar, título I, título II, título IV y título V.

Tema 2. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: derecho de acceso a la información pública.

Tema 3. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: principios de protección de datos y derechos de las personas.

Tema 4. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: Derechos y obligaciones.

Tema 5. Estatuto de la Universidad de León: Estructura de la universidad. Órganos de la universidad. La comunidad universitaria.

Tema 6. II Convenio Colectivo del Personal Laboral de Administración y Servicios de las Universidades Públicas de Castilla y León.

Bloque específico

Tema 7. Obtención, recogida, manipulación y clasificación simple de muestras y material de origen animal. Preparación, almacenaje y conservación en laboratorio. Análisis físicos, químicos, biológicos y microbiológicos de las muestras. Seminogramas. Preparación y realización de ensayos geotécnicos en el laboratorio: Ensayos de corte en sus distintos tipos, y determinación del índice de CBR, límite plástico, límite de retracción, límite líquido y humedad del suelo.

Tema 8. Reconocimiento y manejo de aparatos de medida, control, maniobra, protección y su instalación en laboratorio.

Tema 9. Preparación del equipamiento y materiales utilizados en los procedimientos con animales.

Tema 10. Determinación de características físicas, químicas, microbiológicas y biológicas de sustratos y muestras de origen animal.

Tema 11. Conservación en medio líquido: preparación de disoluciones simples de alcohol, formol. Criopreservación.

Tema 12. Reconocimiento y diferenciación de microscopios y lupas binoculares. Muestras para la observación con microscopio: Preparaciones microscópicas, portaobjetos y cubreobjetos. Muestras para la observación con lupa binocular: Muestras de órganos animales y cultivos celulares.

Tema 13. Montaje en seco de insectos: Alfileres entomológicos, extendedores de alas, etiquetas. Cuidados para la conservación de colecciones entomológicas: pastillas antipolillas, cápsulas de Sauvignet, esencia de mirbana.

Tema 14. Microscopía óptica: Fundamentos básicos. Mantenimiento de lupas y microscopios.

Tema 15. Fundamentos de funcionamiento y mantenimiento de equipamiento común de laboratorio: centrífugas, agitadores, estufas, autoclaves, pHmetros, conductivímetros, termodesinfectadoras, rotavapores, destiladores.

Tema 16. Calibración y ajuste de balanzas y granatarios. Calibración de material de laboratorio: pHmetros, micropipetas y dispensadores. Material volumétrico de uso general en el laboratorio.

Tema 17. Instalaciones de frío en el laboratorio: cámaras frigoríficas y congeladores. Depuración del agua: tipos de aguas, aparatos de destilación y equipos de producción de agua.

Tema 18. Nociones de química elemental: pesos atómicos y moleculares. Productos químicos: nomenclatura, formulación, clasificación, identificación, manipulación, almacenamiento e incompatibilidades químicas.

Tema 19. Disoluciones. Tipos de disoluciones. Preparación. Formas de expresar la concentración. Cálculo de molaridad, normalidad, tanto por ciento etc. Preparación de diluciones para la realización de análisis. Soluciones tampón.

Tema 20. Procesos básicos en un laboratorio analítico: secado de muestras, liofilización, tamizado, molienda, digestión ácida, calcinación por mufla, procesos de extracción, destilación, evaporación, concentración, filtración, centrifugación y decantación. Desintegración y homogeneización celular.

Tema 21. Técnicas básicas de Biología Molecular: Extracción de DNA. Separación de DNA. Amplificación de DNA mediante PCR. Digestión enzimática de DNA. Extracción y separación de proteínas.

Tema 22. Cromatografía: Fundamentos científicos, Tipos de cromatografía y equipos instrumentales. Aplicaciones.

Tema 23. Espectrofotometría: Fundamentos científicos. Ley de Lamber-Beer. Absorción y emisión de luz. Equipos Instrumentales. Aplicaciones.

Tema 24. Electroforesis: Fundamentos científicos. Tipos de electroforesis y equipos instrumentales. Aplicaciones. Preparación de geles de acrilamida y agarosa.

Tema 25. Preparación y esterilización de medios de cultivo células y microorganismos. Liofilización y mantenimiento de colecciones microbianas.

Tema 26. Normas de buenas prácticas de trabajo en el laboratorio. Equipos de protección personal y colectiva: normas de utilización. Dispositivos de seguridad en el laboratorio. Sustancias peligrosas de uso común. Pictogramas e indicaciones de peligro. Sistemas de prevención de accidentes. Primeros auxilios. Procedimientos a seguir en caso de accidente o contaminación con sustancias químicas o biológicas.

Tema 27. Técnicas y procedimientos de limpieza, desinfección y esterilización del material de laboratorio y del material quirúrgico y endoscópico. Productos y equipos utilizados en la limpieza, desinfección y esterilización. Empaquetado y almacenamiento del material estéril.

Tema 28. Gestión de residuos en el laboratorio.

Plaza de Técnico Especialista, grupo III, área Laboratorios, especialidad Animalario, Clínica Veterinaria y Afines

Bloque general

Tema 1. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres: Título preliminar, título I, título II, título IV y título V.

Tema 2. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: derecho de acceso a la información pública.

Tema 3. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: principios de protección de datos y derechos de las personas.

Tema 4. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: Derechos y obligaciones.

Tema 5. Estatuto de la Universidad de León: Estructura de la universidad. Órganos de la universidad. La comunidad universitaria.

Tema 6. II Convenio Colectivo del Personal Laboral de Administración y Servicios de las Universidades Públicas de Castilla y León.

Bloque específico

Tema 7. Técnicas de contención y derribo de grandes animales.

Tema 8. Conocimiento y manejo de equipamiento, y material utilizado en instalaciones de alojamiento de animales.

Tema 9. Limpieza, higiene y mantenimiento de instalaciones y alojamientos de los animales domésticos.

Tema 10. Conocimientos básicos del cuidado y alimentación de los animales domésticos.

Tema 11. Nociones básicas de los cuidados especiales de los animales enfermos.

Tema 12. Normas básicas de seguridad en el trabajo en instalaciones de alojamiento de animales domésticos.

Tema 13. Equipamiento básico del animalario. Transporte y recepción de los animales del animalario. Marcaje e identificación. Nutrición.

Tema 14. Conocimiento básico del manejo, cuidado y alimentación de los animales de experimentación.

Tema 15. Limpieza, higiene y mantenimiento de instalaciones y alojamientos de los animales de experimentación.

Tema 16. Normas básicas de seguridad en el trabajo en instalaciones de alojamiento de animales de experimentación.

Tema 17. Normas básicas de ética y bienestar animal.

Tema 18. Equipamiento e instrumental para la realización de la necropsia en animales en condiciones adecuadas de seguridad e higiene.

Tema 19. Normas de entrada y salida de personal y animales en la sala de necropsias. Material y equipamiento de la sala de necropsias de animales.

Tema 20. Eliminación de cadáveres y residuos biológicos y de subproductos animales no destinados al consumo humano.

Tema 21. Métodos de conservación de muestras para estudios histopatológicos, parasitológicos, microbiológicos y toxicológicos.

Tema 22. Limpieza y desinfección en la sala de necropsias.

Tema 23. Métodos de eutanasia en las diferentes especies animales domésticas y de experimentación.

Tema 24. Normas de bioseguridad en la sala de necropsias veterinaria.

Plaza de Técnico Especialista, grupo III, área Informática y Telecomunicaciones

Bloque general

Tema 1. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres: Título preliminar, título I, título II, título IV y título V.

Tema 2. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: Derecho de acceso a la información pública.

Tema 3. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: principios de protección de datos y derechos de las personas.

Tema 4. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: Derechos y obligaciones.

Tema 5. Estatuto de la Universidad de León: Estructura de la universidad. Órganos de la universidad. La comunidad universitaria.

Tema 6. II Convenio Colectivo del Personal Laboral de Administración y Servicios de las Universidades Públicas de Castilla y León.

Bloque específico

Tema 7. La protección de datos de carácter personal. Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de los derechos digitales, y Normativa de desarrollo. El Reglamento General Europeo de Protección de Datos. Regulación de ficheros y tratamientos de datos en la Administración de la Comunidad de Castilla y León. La Agencia de Protección de datos: competencias y funciones.

Tema 8. Esquema Nacional de Seguridad. Disposiciones generales y principios básicos. Amenazas y vulnerabilidades. Seguridad en el puesto del usuario. Copias de seguridad de la información. Gestión de soportes.

Tema 9. Instrumentos para el acceso electrónico a las administraciones públicas: sedes electrónicas, canales y puntos de acceso, identificación y autenticación. Certificados digitales y firma electrónica. Métodos de firma electrónica. Plataforma @FIRMA Y Cl@ve.

Tema 10. Ordenadores personales. Instalación y configuración de componentes hardware. Controladores de dispositivos. Buses y elementos de interconexión. Tipos y características.

Tema 11. Periféricos: conectividad y administración. Periféricos de entrada, salida, almacenamiento y comunicación. Buses y sus tipos e interfaces. USB. Firewire, SCSI, Bluetooth. Interfaces gráficas clásicas y de alta definición.

Tema 12. Sistemas Operativos de escritorio (Windows, macOS, Linux). Conceptos y funciones principales. Administración de Usuarios, Recursos y Permisos. Administración de Procesos y Servicios. Configuración de dispositivos y conectividad. Instalación de aplicaciones. Actualización, mantenimiento y reparación del sistema operativo. Sistemas operativos para dispositivos móviles.

Tema 13. Herramientas y paquetes ofimáticos. Microsoft Office 2019, Microsoft Office 365, Google Workspace.

Tema 14.. Fundamentos de sistemas operativos. Tipos de sistemas operativos, procesos, jerarquía de memoria, entrada/salida, sistemas de archivos, llamadas al sistema, aspectos prácticos de linux y windows.

Tema 15. Sistemas operativos de usuario Microsoft Windows (8 y posteriores). Características técnicas y funcionalidades. Servicios y recursos. Instalación, administración, mantenimiento y recuperación. Gestión del software base e instalación y desinstalación de productos.

Tema 16. El sistema operativo UNIX, LINUX. Características técnicas y funcionalidades. Servicios, operaciones y comandos básicos. Supervisión de logs y mensajes de consola.

Tema 17. Fundamentos de administración de sistemas de gestión de bases de datos. Tipos, arquitectura y componentes de los SGBD. SGBD orientados a objetos.

Tema 18. Gestión de las copias de seguridad en entornos de bases de datos. Copias de seguridad lógicas, export, import. Copias de seguridad físicas fuera de línea, archivos de datos, archivos de control, archivos Redo Logs. Copias de seguridad en línea, modo archivelog. Utilidad RMAN.

Tema 19. Modelo relacional de bases de datos. Reglas de Codd, estructura del modelo relacional. Restricciones del modelo relacional, reglas de integridad. Normalización de esquemas relacionales. Formas Normales.

Tema 20. Servidores de aplicaciones. Modelo de aplicación Java, Contenedores Java. Empaquetado y despliegue de aplicaciones Java. Soporte a servicios web. Tomcat, Oracle weblogic Server, Oracle Application Server.

Tema 21. Lenguajes de consulta de bases de datos. SQL, PL/SQL, etc.

Tema 22. Lenguajes de marca o etiquetas. Características y funcionalidades: HTML, SGML, XML y sus derivaciones. Lenguajes de script. Tecnologías de programación en web.

Tema 23. Lenguaje de programación Natural. Entornos de desarrollo Natural y NaturalOne.

Tema 24. Gestión, administración y tunning de bases de datos Adabas. Auditoría y seguridad de Adabas.

Tema 25. Software de desarrollo EntireX. Integración con Adabas & Natural. Desarrollo de servicios web. Componentes y administración. EntireX Broker y webMethods.

Tema 26. Redes LAN, MAN y WAN. Tipología. Métodos de acceso y protocolos. Medios de transmisión y equipos de interconexión. Cableado estructurado. Administración de redes locales y equipamiento. Seguridad: cortafuegos, protocolos seguros redes privadas virtuales.

Tema 27. Sistemas de movilidad y redes inalámbricas. Tecnologías, componentes y securización de dispositivos.

Plaza de Oficial de Servicios e Información, grupo IVA, área Conserjería, Vigilancia y Recepción.

Bloque general

Tema 1. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres: Título preliminar, título I, título II, título IV y título V.

Tema 2. Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: Derecho de acceso a la información pública.

Tema 3. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: principios de protección de datos y derechos de las personas.

Tema 4. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales: Derechos y obligaciones.

Tema 5. Estatuto de la Universidad de León: Estructura de la universidad. Órganos de la universidad. La comunidad universitaria.

Tema 6. II Convenio Colectivo del Personal Laboral de Administración y Servicios de las Universidades Públicas de Castilla y León.

Bloque específico

Tema 7. Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorso lumbares, para los trabajadores.

Tema 8. Prevención de incendios. Normas de actuación en caso de incendio y evacuación. Medios de protección contra incendios. Plan de autoprotección. Tipos de fuegos: clases. Medios de detección, alarma y extinción.

Tema 9. La atención al público. La información presencial, telefónica y escrita. El lenguaje administrativo. Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero, por el que se regulan los servicios de información administración y atención al ciudadano.

Tema 10. Los documentos en la Administración: Archivo, reparto y distribución. Correspondencia. El servicio postal: clases de productos postales, características. Categoría y modalidades de la correspondencia postal. Sistemas de franqueo. Envíos.

Tema 11. Conocimientos básicos de informática (internet, correo electrónico… a nivel de usuario).

Tema 12. Trabajos auxiliares de oficina: fotocopiado, escaneado, encuadernación, destrucción de documentos, etiquetado. Nociones sobre máquinas reproductoras: multicopistas, fotocopiadoras, encuadernadoras y análogas. Problemas más usuales.

Tema 13. Medios audiovisuales y sistemas de audio: instalación, componentes y conexiones.

Tema 14. Ubicación de centros, servicios y dependencias de la Universidad de León.

Tema 15. Apoyo a actividades de reunión y de comunicación: preparación de espacios (aulas, salas y otras dependencias), de mobiliario y de medios materiales.

Tema 16. Conocimiento, puesta en marcha y atención de la climatización de los edificios, en función de los niveles de automatización.

Tema 17. Cuidados y mantenimiento básicos de las plantas ornamentales de las zonas interiores de las instalaciones: riego y limpieza.

ANEXO III
Concurso-oposición. Valoraciones, pruebas y calificaciones

El proceso selectivo constará de una fase de oposición, que representará el 60 % de la puntuación total del proceso y de una fase de concurso, que representará el 40 % de la puntuación total del proceso.

En ambos casos, únicamente se sumarán a aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición

I. Fase de oposición. Ejercicios y calificaciones

La fase de oposición constará de dos ejercicios, ambos obligatorios y eliminatorios, siendo su puntuación total la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios, por los aspirantes que los superen.

1.1 Primer ejercicio

El primer ejercicio versará sobre el contenido de los programas que figuran en el anexo II de esta convocatoria. Corresponde al Tribunal determinar sus características, el tiempo para su realización y los criterios de corrección, así como la fijación del número de puntos mínimo para superar este ejercicio.

Se formularán preguntas de tipo test, que tendrán cuatro respuestas alternativas, siendo correcta sólo una de ellas. Las respuestas erróneas penalizarán a razón de 0,333, restado del total de respuestas correctas.

El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de 70 minutos para plazas de grupo III y de 60 minutos para plazas de grupo IVA.

Este primer ejercicio será calificado de cero a 30 puntos, y tiene carácter eliminatorio.

1.2 Segundo ejercicio

Consistirá en la realización de pruebas prácticas, relacionados con las funciones de la plaza y el contenido del Programa que figura en el anexo II.

La duración máxima de este ejercicio será de noventa minutos para plazas de grupo III y de sesenta minutos para plazas de grupo IVA.

Será calificado de cero a 30 puntos y tiene carácter eliminatorio.

Corresponde al Tribunal Calificador la determinación y/o variación de su contenido, tiempo máximo para su realización, criterios de corrección, así como la fijación del número de puntos mínimos, para superar este ejercicio. Para ello se tendrá en cuenta la dificultad del ejercicio propuesto, la capacidad para aplicar los conocimientos a las cuestiones teóricas o situaciones prácticas que se planteen y el grado de conocimiento alcanzado con referencia al nivel necesariamente exigible para el acceso al grupo de referencia.

II. Fase de concurso

La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio, representará el 40 % de la puntuación del proceso selectivo y los puntos obtenidos en ella no podrán aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

La fase de concurso se realizará una vez concluida la fase de oposición, y solo participarán en ella los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

Se valorarán los méritos indicados en el anexo IV, referidos al último día del plazo de presentación de solicitudes.

La documentación correspondiente a los méritos a valorar será presentada una vez publicadas las listas de aprobados del segundo ejercicio, en el plazo y forma que determine el Tribunal.

El Servicio de Recursos Humanos, en su caso, expedirá las certificaciones de aquellos méritos a valorar en la fase de concurso que consten en los expedientes personales. Los méritos que no consten en el expediente han de ser alegados y acreditados documentalmente por los interesados en el plazo que determine el Tribunal.

III. Calificación final de las pruebas

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición, por los aspirantes que hayan superado los dos ejercicios de dicha fase, y de concurso.

En caso de empate, el orden de preferencia se establecerá atendiendo a la mayor calificación obtenida en la fase de oposición y, de persistir, a la mayor obtenida en el segundo ejercicio de esta.

ANEXO IV
Relación de méritos alegados para valoración en proceso selectivo de estabilización

Imagen: /datos/imagenes/disp/2022/298/21111_12510028_3.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/2022/298/21111_12510028_4.png

Imagen: /datos/imagenes/disp/2022/298/21111_12510028_5.png

ANEXO V
Baremo

La disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, prevé que las Administraciones Públicas convoquen, con carácter excepcional, conforme a lo previsto en el artículo 61.6 y 7 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos establecidos en el artículo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.

Adicionalmente, los procesos de estabilización contenidos en la disposición adicional sexta incluirán en sus convocatorias las plazas vacantes de naturaleza estructural ocupadas de forma temporal por personal con una relación, de esta naturaleza, anterior a 1 de enero de 2016.

Para la cobertura de las plazas que vayan a regirse por lo establecido en esta norma, se propone el siguiente baremo de méritos:

– La puntuación máxima del concurso será de 100 puntos, distribuida de la siguiente manera:

● Antigüedad y Experiencia: 60 puntos.

● Formación: 40 puntos.

– Para la valoración de los méritos alegados, el Tribunal tomará para su cómputo como fecha límite, la de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

– Las valoraciones se redondearán a 3 decimales.

1. Antigüedad y experiencia. Puntuación máxima 90 puntos.

a) Se valorará la antigüedad en cualquier puesto de trabajo de la Universidad de León.

b) Se valorará la experiencia por el desempeño de puestos de trabajo directamente relacionados con la plaza convocada, o con el área y especialidad a la que pertenezca, y en la misma categoría de la plaza, teniendo en cuenta que:

– La valoración de la antigüedad y experiencia será por días acreditados.

– Las jornadas superiores a tiempo completo computarán como jornadas a tiempo completo.

– Las jornadas inferiores a tiempo completo, computarán de manera proporcional al porcentaje de éstas.

Se aplicará la tabla de valoraciones siguiente teniendo en cuenta que la antigüedad y la experiencia son dos conceptos diferentes y compatibles entre sí:

Antigüedad (en cualquier categoría de la ULE) y experiencia específica (en la misma categoría, área y especialidad) Máximo 90
1. Antigüedad en cualquier puesto de la RPT de la ULE. 0,0015 puntos/día.
2. Experiencia específica en la ULE (puestos de RPT). 0,018 puntos/día.
3. Experiencia específica en otras administraciones públicas o derivada de contratos descritos en los artículo 4.2 y 4.3 del II Convenio PAS laboral Univ. Castilla y León. En este último caso, si la experiencia es en la plaza que se convoca, se valorará como experiencia específica en la ULE (puestos de RPT), según el apartado 2 de esta tabla. 0,0045 puntos/día.
4. Otra experiencia especifica acreditada con informe de vida laboral. 0,0015 puntos/día.

– Se aplicará la siguiente Tabla de Supuestos y coeficientes:

Supuesto Coeficiente
Experiencia a tiempo parcial(*) (en la misma categoría y especialidad). Proporcional
Experiencia en distinta categoría y misma especialidad: un nivel inferior o superior. 0.5
Experiencia en distinta categoría y misma especialidad: dos niveles inferiores o superiores. 0.3

(*) Esta reducción no será de aplicación a las reducciones de jornada derivadas de la aplicación del Artículos 48 y 49 del EBEP y 37.6 del Estatuto de los Trabajadores

– Se sumarán las puntuaciones obtenidas en todos los apartados aplicables, tanto de antigüedad como experiencia.

2. Formación. Puntuación máxima 10 puntos.

2.1 Titulación Oficial Específica: máxima de 2,5 puntos.

2.2 Formación específica: máxima de 7,5 puntos.

2.1 Titulación Oficial Específica: máximo 2,5 puntos.

– No se valorará la titulación que da acceso a la categoría de la plaza convocada.

– Si se presentaran varios títulos, solo será valorado el de mayor grado.

La posesión de títulos académicos oficiales correspondientes a estudios directamente relacionados con las funciones de la plaza convocada será valorada con un máximo de 10 puntos de la siguiente manera:

a) Dos niveles superiores o más: 2,5 puntos.

b) Un nivel superior con 2 puntos.

c) Mismo nivel 1,25 puntos.

Tres años concluidos de una licenciatura o ingeniería superior se equiparán a una diplomatura. En todo caso, la convocatoria deberá especificar las titulaciones que serán consideras específicas.

A las titulaciones parcialmente específicas se les aplicará un coeficiente reductor de 0,5, previa especificación de dichas titulaciones en la convocatoria correspondiente.

2.2 Formación específica: máximo 7,5 puntos.

Los cursos de formación y perfeccionamiento directamente relacionados con las funciones de la plaza a que se opta, se valorarán por cada hora lectiva con certificado de aprovechamiento a 0,025 puntos y 0,0125 puntos con certificado de asistencia si es formación de los últimos veinte años.

Si es formación de más de veinte años, se aplicará un coeficiente reductor de 0.5 sobre la puntuación anteriormente señalada.

Serán valorados los cursos que cumplan con alguno de los siguientes requisitos:

– Haber sido organizados y/o impartidos por cualquier universidad pública o una Administración Pública o una Organización Sindical o promotores de Formación continua, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo o los Planes para la Formación Continua del Personal de las Administraciones Públicas orientadas al desempeño de funciones en el cuerpo o escala o en la categoría profesional a la que se desea acceder.

– Que, habiendo sido organizados y/o impartidos por una entidad diferente a las enumeradas en el párrafo anterior, sean homologados por la Universidad de León.

– Cuando proceda, las asignaturas específicas superadas de titulaciones, cuyo contenido esté relacionado con la plaza convocada y no hayan sido valoradas en el apartado 2.1, será valoradas a razón de cinco horas/crédito tanto en titulaciones oficiales pre-Bolonia como titulaciones oficiales post-Bolonia.

Anexo sobre la justificación de valoración de antigüedad y experiencia

– Puestos de trabajo desempeñados en la Universidad de León, si figuran como empleados públicos en un expediente administrativo de la Universidad de León no deberán acreditarlo documentalmente.

– Puestos de trabajo desempeñados en alguna de las universidades del convenio o en otras administraciones públicas se acreditará mediante certificación del Servicio de Personal de la administración correspondiente, en el que se acreditarán los extremos referentes a fecha de inicio y fin de cada uno de los contratos, así como las categorías profesionales desempeñadas.

– Puestos desempeñados en organismos o entidades privadas por cuenta ajena, o para aquellos otros puestos desempeñados por cuenta propia, se justificará del siguiente modo:

● Si los puestos han sido desarrollados por cuenta ajena, se aportará copia del/los contrato/s de trabajo en los que se refleje lo declarado, así como informe de la vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social en el que se acrediten los periodos de cotización y el grupo de cotización.

● Si los puestos han sido desarrollados por cuenta propia, se acreditará mediante informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social en el que se acrediten los períodos de inclusión en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y copia del Impuesto de Actividades Económicas correspondiente. En caso de exención del citado impuesto, se aportará una certificación de la Tesorería de la Seguridad social que certifique los epígrafes donde ha estado dado de alta.

ANEXO VI
Tribunales

Plaza de Técnico Especialista, grupo III, área Laboratorios, Especialidad Agraria

Tribunal titular

Presidente/a: don/doña Araceli Cano San Segundo.

Vocal: don/doña Gracia Merino Peláez.

Vocal: don/doña Felipe Martínez Pastor.

Vocal: don/doña Victoriana del Canto Mata.

Vocal: don/doña Miguel Javier Quiroga Martínez.

Secretario/a: don/doña M.ª Luisa Álvarez Andrés.

Tribunal suplente

Presidente/a: don/doña Juan Luis Hernansanz Rubio.

Vocal: don/doña Ana Carvajal Urueña.

Vocal: don/doña Margarita Marqués Martínez.

Vocal: don/doña Elena Rodríguez Marroyo.

Vocal: don/doña Juan Antonio Aller Lozano.

Secretario/a: don/doña Carmen González Cubero.

Plaza de Técnico Especialista, grupo III, área Laboratorios, Especialidad Animalario, Clínica Veterinaria y Afines

Tribunal titular

Presidente/a: don/doña Araceli Cano San Segundo.

Vocal: don/doña M.ª Teresa Carbajo Rueda.

Vocal: don/doña Miguel Fernández Fernández.

Vocal: don/doña Leticia González Arias.

Vocal: don/doña José Carlos Cosgaya Hijosa.

Secretario/a: don/doña David Ortega Díez.

Tribunal suplente

Presidente/a: don/doña Juan Luis Hernansanz Rubio.

Vocal: don/doña Valentín Pérez Pérez.

Vocal: don/doña José Gabriel Fernández Álvarez.

Vocal: don/doña Luzdivina Vila Fidalgo.

Vocal: don/doña Nieves Feliz Truchero.

Secretario/a: don/doña M.ª Rosario Martínez Martínez.

Plaza de Técnico Especialista, grupo III, área Informática y Telecomunicaciones

Tribunal titular

Presidente/a: don/doña Araceli Cano San Segundo.

Vocal: don/doña Ramón Ángel Fernández Díez.

Vocal: don/doña José Manuel Alija Pérez.

Vocal: don/doña Álvaro Quiterio del Río González.

Vocal: don/doña José Óscar González Cubillas.

Secretario/a: don/doña Carmen González Cubero.

Tribunal suplente

Presidente/a: don/doña Juan Luis Hernansanz Rubio.

Vocal: don/doña Hilde Pérez García.

Vocal: don/doña Iván Ubero Martínez.

Vocal: don/doña José Carlos Cosgaya Hijosa.

Vocal: don/doña Fernando Franco Villadangos.

Secretario/a: don/doña M.ª Luisa Álvarez Andrés.

Plaza de Oficial de Servicios e Información, grupo IVA, área Conserjería, Vigilancia y Recepción

Tribunal titular

Presidente/a: don/doña Araceli Cano San Segundo.

Vocal: don/doña María Ángeles García Díez.

Vocal: don/doña Francisco Roberto Guzmán Martínez.

Vocal: don/doña Miguel Ángel García Martínez.

Vocal: don/doña Elena García García.

Secretario/a: don/doña David Ortega Díez.

Tribunal suplente

Presidente/a: don/doña Juan Luis Hernansanz Rubio.

Vocal: don/doña Alfonso Frontaura Galán.

Vocal: don/doña M.ª José Díez Suárez.

Vocal: don/doña José Carlos Cosgaya Hijosa.

Vocal: don/doña José Carlos Martín Soriano.

Secretario/a: don/doña M.ª Rosario Martínez Martínez.

ANEXO VII
Titulaciones específicas y parcialmente específicas

Área: Laboratorios. Especialidad: Agraria

FP Grado básico.

– Agrojardinería y composiciones florales (*).

– Aprovechamientos forestales.

– Actividades agropecuarias.

FP Grado medio.

– Aprovechamiento y Conservación del Medio Natural.

– Jardinería y Floristería (*).

– Producción Agroecológica.

– Producción Agropecuaria (*).

– Técnico en Operaciones de Laboratorio.

FP Grado Superior.

– Ganadería y Asistencia en Sanidad Animal (*).

– Gestión Forestal y del Medio Natural.

– Paisajismo y Medio Rural (*).

– Laboratorio Clínico y Biomédico (*).

– Laboratorio de Análisis y Control de Calidad (*).

Titulación Superior Universitaria.

– Grado en Ingeniería Agraria.

– Grado en Ingeniería Forestal y del Medio Natural.

– Grado en Química.

– Grado en Ciencias Ambientales. (*)

– Grado en Hortofruticultura y Jardinería. (*)

– Grado en Biología.

– Grado en Biotecnología.

– Grado en Biología Sanitaria.

– Grado en Biología Ambiental.

– Grado en Biomedicina.

– Grado en Microbiología.

– Grado en Veterinaria.

– Grado en Medicina.

– Grado en Farmacia.

– Grado en Ciencias Experimentales (*).

Máster. – Máster Universitario en Ingeniería Agronómica.

(*) Parcialmente específicas (en el caso del Área de Informática y Telecomunicaciones, se aceptarán como parcialmente específicas las titulaciones de grado vinculadas exclusivamente a la Informática o las Telecomunicaciones).

Área: Laboratorios. Especialidad: Animalario, Clínica Veterinaria y Afines

FP Grado básico – Actividades agropecuarias (*).
FP Grado medio

– Producción Agropecuaria (*).

– Técnico en Operaciones de Laboratorio.

FP Grado Superior

– Ganadería y Asistencia en Sanidad Animal.

– Laboratorio Clínico y Biomédico.

– Laboratorio de Análisis y Control de Calidad (*).

Titulación Superior Universitaria

– Grado en Biología.

– Grado en Biotecnología.

– Grado en Biología Sanitaria.

– Grado en Biomedicina.

– Grado en Biomedicina Básica y Experimental.

– Grado en Biomedicina y Terapias Avanzadas.

– Grado en Ciencias Biomédicas.

– Grado en Microbiología (*).

– Grado en Veterinaria.

– Grado en Medicina (*).

– Grado en Biología Ambiental (*).

– Grado en Ingeniería biomédica (*).

– Grado en Ciencias Experimentales (*).

Máster

– Máster Universitario en Biotecnología.

– Máster Universitario en Investigación en Veterinaria y Ciencia y Tecnología de los Alimentos.

(*) Parcialmente específicas (en el caso del Área de Informática y Telecomunicaciones, se aceptarán como parcialmente específicas las titulaciones de grado vinculadas exclusivamente a la Informática o las Telecomunicaciones).

Área: Informática y Telecomunicaciones

FP Grado medio. – Sistemas Microinformáticos y redes.
FP Grado Superior.

– Administración de Sistemas Informáticos en Red.

– Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma.

– Desarrollo de Aplicaciones Web.

Titulación Oficial Superior Universitaria.

– Grado en Ingeniería Informática.

– Grado en Ingeniería de Telecomunicaciones.

– Grado en Inteligencia Artificial (*).

– Grado en Técnicas de Interacción Digital y Computación.

– Grado en Tecnologías y Servicios de Telecomunicaciones.

– Grado en Ingeniería de Tecnologías y Servicios de Telecomunicaciones.

– Titulaciones que capaciten para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico en Informática (Resolución de 8 de junio de 2009, de la Secretaría General de Universidades, BOE núm. 187, de 4 de agosto de 2009).

– Titulaciones que habiliten para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico en telecomunicaciones (Orden CIN/355/2009).

 

– Máster Universitario en Ingeniería Informática.

– Máster en Telecomunicaciones.

(*) Parcialmente específicas (en el caso del Área de Informática y Telecomunicaciones, se aceptarán como parcialmente específicas las titulaciones de grado vinculadas exclusivamente a la Informática o las Telecomunicaciones).

Serán aceptadas todas las titulaciones oficiales de enseñanza superior universitaria y no universitaria cuya denominación sea similar, o tenga el mismo significado, que las referidas en el cuadro anterior.

Serán aceptadas todas las titulaciones previas al EEES equivalentes a las titulaciones referidas en el cuadro anterior.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 30/11/2022
  • Fecha de publicación: 13/12/2022
  • Convocatoria. Turno libre estabilización de empleo temporal 4 plazas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 16 de diciembre de 2022 (Ref. BOE-A-2022-22417).

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid