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Documento BOE-A-2022-20821

Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Publicado en:
«BOE» núm. 295, de 9 de diciembre de 2022, páginas 169177 a 169199 (23 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2022-20821

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 636/2021, de 27 de julio (BOE de 28 de julio), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2021 y en el Real Decreto, 407/2022, de 24 de mayo (BOE del 25), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 apartado m) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de diciembre de 2020, por el que se aprueba el III Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado y en los Organismos Públicos vinculados o dependientes de ella, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE del 22).

Bases específicas

La presente convocatoria, se publicará, entre otras, en las páginas web www.mapa.gob.es y www.administracion.gob.es y en el Portal Funciona.

1. Descripción de las plazas

Se convoca proceso selectivo para cubrir 10 plazas de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, código 5014, por promoción interna, 5 corresponden al Real Decreto 636/2021, de 27 de julio (BOE de 28 de julio), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2021 y las otras 5 al Real Decreto, 407/2022, de 24 de mayo (BOE del 25), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022.

La distribución de las plazas convocadas por programas específicos es la siguiente:

– Cuatro Agroalimentario y Pesquero.

– Tres Laboratorios Agroalimentarios.

– Tres Laboratorios de Sanidad y Genética Animal.

Las personas interesadas solo podrán participar por uno de los programas específicos previstos en esta base. Si en alguno de los programas específicos no se cubriera el número total de plazas convocadas, podrán acumularse en alguno de los otros programas específicos convocados, según determine este Ministerio de acuerdo con sus necesidades y a propuesta del Tribunal.

2. Proceso selectivo

El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

La fase de oposición tendrá una duración máxima de 9 meses y el primer ejercicio se celebrará en un plazo máximo de 3 meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente, el plazo máximo a transcurrir será de cuarenta y cinco días naturales, conforme al artículo 16.j) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.

El tribunal calificador publicará un cronograma orientativo con las fechas previstas para la realización de los ejercicios del proceso selectivo.

Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, quienes hayan superado las fases de oposición y concurso, serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

3. Programa

El temario que ha de regir el proceso selectivo, para cada programa específico, es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

4. Titulación

Se requerirá estar en posesión del título universitario de Grado o los actualmente vigentes de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico, o en condiciones de obtenerlo antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a quienes hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

5. Requisitos específicos para participar por promoción interna

Las personas aspirantes deberán cumplir además los siguientes requisitos:

a) Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo C1, salvo que se encuentren en servicio activo en otra Administración pública por haber obtenido puesto en la misma por procedimientos de provisión previstos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C1, o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 del citado Real Decreto Legislativo 5/2015, con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.

b) Antigüedad: haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en el Cuerpo o Escala de la Administración General del Estado del Subgrupo C1, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C1 o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

6. Solicitudes

6.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial de admisión 790, al que se accederá con carácter general, a través del Punto de Acceso General en la siguiente URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips.

La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», exclusivamente a través de medios electrónicos, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo (BOE de 31 de marzo), por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, y en la Orden APA/76/2020, de 20 de enero (BOE de 30 de enero), por la que se establece la obligatoriedad de la inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso a los cuerpos y escalas de personal funcionario y puestos de personal laboral fijo cuya selección corresponde al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

No obstante lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre y en la Orden APA/76/2020, en caso de incidencia técnica que imposibilite la presentación de la solicitud por medios telemáticos, y hasta que se solucione la incidencia, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos y publicará en la sede electrónica del órgano convocante, tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido.

Podrá acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria en papel cuando una incidencia técnica debidamente acreditada haya imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.

a) La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.

La presentación por esta vía permitirá:

– La cumplimentación e inscripción en línea del modelo 790.

– Anexar documentos a la solicitud.

– El pago electrónico de las tasas.

– El registro electrónico de la solicitud.

– La modificación o subsanación de los datos de la inscripción realizada durante el plazo de referido.

– La subsanación, en su caso, de la solicitud durante el plazo de subsanación

En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de inscripción deberán dirigirse al teléfono 060, o enviar un correo a la dirección: cau@060.correo.gob.es

b) El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. La constancia de correcto pago de las tasas estará avalado por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.

En el caso de exención del pago de la tasa o de reducción de esta, deberá adjuntarse escaneada la documentación justificativa relacionada en el anexo IV de esta convocatoria, si no se da la conformidad al órgano gestor para la verificación de datos en la plataforma de intermediación.

Cumplimentados todos los datos solicitados, pulsará el botón de «Firma y enviar inscripción». El proceso de inscripción finalizará correctamente si se muestran el justificante de registro de la inscripción y, en su caso, del pago en la pestaña «Mis inscripciones».

En el caso de que no sea posible realizar la inscripción electrónica por las personas aspirantes que la cursen en el extranjero, estos podrán presentarla en las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen. El ingreso de estas solicitudes podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta bancaria abierta en una entidad extranjera, a la cuenta corriente código IBAN ES06-0182-2370-4902-0020-3962 (código BIC BBVAESMM) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Política Territorial y Función Pública. Derechos de examen». Este sistema de pago sólo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el extranjero.

El tratamiento de la información por medios telemáticos tendrá en cuenta lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril.

6.2 La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

6.3 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

6.4 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

7. Tribunal

7.1 El tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III de esta convocatoria.

7.2 El tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

Corresponderá al tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estimen pertinentes.

7.3 Las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

7.4 De acuerdo con el artículo 3.14 del Real Decreto 407/2022, de 24 de mayo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2022, se publicará en la página web del Departamento un breve currículo profesional de las personas que forman parte del tribunal calificador de este proceso selectivo.

7.5 Se habilita al tribunal calificador para que adopte las medidas, instrucciones o resoluciones necesarias para descentralizar al máximo posible la realización de las pruebas selectivas y la lectura de los ejercicios.

7.6 Una vez iniciado el proceso selectivo, las comunicaciones e incidencias relacionadas con el mismo se deberán dirigir al tribunal, que tendrán su sede en Paseo Infanta Isabel, 1, 28014 Madrid, y en el correo electrónico: bzn-selec.gradomedio@mapa.es

8. Desarrollo del proceso selectivo

8.1 El orden de actuación se iniciará alfabéticamente por el primer apellido de la letra U, según lo establecido en la Resolución de 9 de mayo de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública («Boletín Oficial del Estado» del 13).

8.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación: https://www.mapa.gob.es/es/ministerio/servicios/empleo-publico/default.aspx, así como en la página web www.administracion.gob.es y en el Portal Funciona.

8.3 Toda la información del proceso selectivo se realizará en formatos adecuados siguiendo los principios de accesibilidad universal y diseño para todas las personas, definidos en el artículo 2 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.

8.4 Cualquier consulta en relación con las bases de esta convocatoria se deberá dirigir a la dirección de correo electrónico oposiciones@mapa.es

9. Destinos

Con el fin de canalizar los principios contenidos el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en las convocatorias de procesos selectivos derivadas de la Oferta de Empleo Público, se podrá establecer la obligatoriedad de que quienes superen dichas pruebas soliciten destino utilizando exclusivamente medios electrónicos.

El nombramiento como funcionarios y funcionarias de carrera de quienes superen este proceso selectivo tendrá lugar en puestos de trabajo adscritos a Centros Directivos y Organismos Autónomos de este Departamento.

10. Embarazo de riesgo o parto

Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de las personas que han superado el proceso selectivo

11. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, se podrá interponer, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición ante el Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes desde su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, 29 de noviembre de 2022.–El Subsecretario de Agricultura, Pesca y Alimentación, Ernesto Abati García-Manso.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

1. Fase de oposición

La fase de oposición estará formada por un ejercicio de carácter obligatorio y eliminatorio y un ejercicio voluntario y no eliminatorio del idioma inglés.

Primer ejercicio: Este ejercicio constará de dos partes que se celebrarán en una única sesión.

A) La primera parte consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas, que mida el grado de comprensión de la persona aspirante, en relación con el temario que corresponda, tanto del programa específico concreto elegido por la misma, como del grupo de temas generales, que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.

El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 60 preguntas. Las preguntas tendrán cuatro posibles respuestas, siendo solo una de ellas la correcta.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de 90 minutos y no podrá utilizarse ningún tipo de material adicional.

En el plazo máximo de tres días, a contar desde la finalización de la prueba, se hará pública la plantilla de soluciones correctas utilizada por el tribunal.

La calificación máxima de este ejercicio será de 30 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 15 puntos. Todas las preguntas tendrán el mismo valor, las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor de una respuesta acertada, y las preguntas que se dejen sin responder no puntuarán y no tendrán ninguna penalización.

B) La segunda parte consistirá en resolver por escrito, en un tiempo máximo de 2 horas, un supuesto práctico, de entre dos propuestos por el tribunal para cada programa específico.

Se otorgará una calificación máxima de 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para superar el ejercicio.

El Tribunal valorará, junto al rigor analítico, y la claridad expositiva, los conocimientos generales y específicos pertinentemente incorporados al análisis o informe, y la capacidad de relacionar los mismos.

Esta segunda parte se corregirá únicamente a los aspirantes que superen la primera parte.

Segundo ejercicio: prueba voluntaria y no eliminatoria en el idioma inglés.

Destinado a acreditar el conocimiento escrito y oral del idioma inglés de los opositores.

Se establecen dos modalidades excluyentes de evaluación: una presencial y, otra, sustitutiva de la anterior, mediante la cual se podrá acreditar el conocimiento de inglés presentando alguno de los títulos recogidos en el anexo IV y siguiendo el procedimiento establecido.

Las personas aspirantes deberán indicar en la casilla «27 A» del modelo 790 la opción de evaluación del conocimiento de idioma a la que se acogen, escribiendo «PRESENCIAL», si se va a realizar la prueba escrita y la oral o, escribiendo «TÍTULO ACREDITATIVO», si se va a presentar alguno de los títulos recogidos en el anexo IV que acredite el nivel de idioma.

Independientemente de la modalidad a la que se acojan, la calificación máxima de este ejercicio será de 10 puntos. Será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superar este ejercicio. Esta calificación vendrá determinada por la capacidad de la persona aspirante para entender el idioma inglés y para expresarse en él con suficiente fluidez, ya sea demostrada mediante la realización de las correspondientes pruebas o acreditada mediante alguno de los títulos recogidos en el anexo IV.

Modalidad presencial: La prueba constará de dos partes que se realizarán en la misma sesión.

A) Una traducción directa, por escrito, de un documento redactado en inglés, sin diccionario. Para su realización se dispondrá de un tiempo máximo de 30 minutos.

B) Un resumen en inglés de un texto que les será leído a los opositores u opositoras en inglés. Para su realización se dispondrá de un tiempo máximo de 30 minutos.

Estos ejercicios deberán ser leídos en sesión pública ante el Tribunal, previa convocatoria. El Tribunal dispondrá de un tiempo máximo de 10 minutos para dialogar con la persona aspirante en inglés.

Se valorará el nivel de conocimiento del idioma inglés, la capacidad de compresión y síntesis, así como el nivel de conversación.

La calificación de este ejercicio, coincidiendo con las calificaciones de la modalidad de acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación y conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, se establecerá siguiendo el siguiente baremo:

Una puntuación de 5 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se corresponda con un B1.

Una puntuación de 6,5 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se corresponda con un B2.

Una puntuación de 8 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se corresponda con un C1.

Una puntuación de 10 puntos cuando el nivel demostrado en las pruebas se corresponda con un C2.

Cuando el nivel demostrado en las pruebas sea inferior a B1 el ejercicio no se calificará.

Alternativamente a la modalidad anterior, las personas aspirantes que así lo deseen podrán acreditar su conocimiento de inglés presentando alguno de los títulos que se incluyen en el anexo IV, siempre y cuando se haya obtenido en los cinco años anteriores al plazo de finalización de presentación de instancias, salvo que el plazo de vigencia del título presentado sea inferior, en cuyo caso se estará a lo dispuesto por las normas que rijan el título en cuestión.

Quienes se acojan a esta modalidad, además de indicarlo en el modelo 790 deberán adjuntar a su solicitud la titulación que acredita el conocimiento de inglés.

La calificación, coincidiendo con las calificaciones de la modalidad presencial, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas y de acuerdo con el anexo IV, se establecerá siguiendo el siguiente baremo:

Una puntuación de 5 puntos cuando el nivel acreditado con el título presentado se corresponda con un B1.

Una puntuación de 6,5 puntos cuando el nivel acreditado con el título presentado se corresponda con un B2.

Una puntuación de 8 puntos cuando el nivel acreditado con el título presentado se corresponda con un C1.

Una puntuación de 10 puntos cuando el nivel acreditado con el título presentado se corresponda con un C2.

Cuando el nivel acreditado sea inferior a nivel B1 no se otorgará puntuación.

El tribunal, por la relevancia del documento y ante la existencia de dudas derivadas de la calidad de la copia, podrá requerir la documentación original acreditativa de la titulación en cualquier momento del proceso selectivo. La persona aspirante deberá presentar dicha documentación en el momento indicado. A tal efecto, preferiblemente, se aprovechará para este requerimiento la convocatoria de ejercicios de la fase de oposición. Si no se presentara dicha documentación o de la documentación presentada se dedujera que no se está en posesión de una titulación acreditativa del nivel requerido no se valorará este ejercicio.

Quienes superen el primer ejercicio, habrán superado la fase de oposición y su calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

El desarrollo del proceso selectivo podrá ser coincidente con cualquier otro proceso selectivo, en las fechas de celebración de cualquiera de sus fases, incluida la realización o lectura de ejercicios, desarrollo de cursos selectivos, períodos de prácticas o cualquier otra fase previa al nombramiento como funcionario de carrera.

Todos los ejercicios de la fase de oposición se realizarán en la provincia de Madrid.

Las calificaciones de los distintos ejercicios se publicarán una vez haya actuado el último opositor u opositora en cada uno de los ejercicios.

2. Fase de concurso

Finalizada la fase de oposición, quienes la hubieran superado, dispondrán de un plazo de 20 días hábiles, a contar desde la publicación del listado de personas aspirantes que han superado la fase de oposición, para presentar el certificado de requisitos y méritos (Anexo VI) debidamente expedido por los servicios de personal del Ministerio u Organismo donde presten o hayan prestado sus servicios, de conformidad con lo previsto en la base decimoctava de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE del 22).

Si quienes tengan la condición de funcionarios o funcionarias de carrera, en servicio activo en la Administración del Estado, en el Cuerpo o Escala desde el que participa por promoción interna, únicamente van a solicitar la valoración de los méritos que figuren inscritos en el Registro Centro de Personal, podrán autorizar a la Administración la consulta de los datos obrantes en el mismo. En tal caso, y dentro del plazo establecido para presentar la documentación, la persona aspirante deberá dar su conformidad cumplimentando y presentando el modelo que figura como Anexo VII de esta Resolución.

Esta fase no tiene carácter eliminatorio.

Las valoraciones de esta fase estarán referidas a la fecha de publicación de la convocatoria.

Se valorarán como méritos los siguientes conceptos:

a) Servicios prestados como personal funcionario de carrera en cuerpos o escalas del subgrupo C1: se valorará teniendo en cuenta los servicios efectivos prestados y reconocidos, al servicio de las Administraciones Públicas incluidas en el ámbito del artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Se valorará a razón de 0,5 puntos por cada año completo de servicios, hasta un máximo de 12 puntos.

b) Grado personal consolidado y formalizado: Se valorará el grado personal que se tenga consolidado el día de la publicación de esta convocatoria y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente en el Cuerpo o Escala desde el que se participa en estas pruebas.

Se otorgará la siguiente puntuación, hasta un máximo de 4 puntos:

Grado personal igual o superior al 22: 4 puntos.

Grado personal igual al 21: 3,5 puntos.

Grado personal igual al 20: 3 puntos.

Grado personal igual al 19: 2,5 puntos.

Grado personal igual al 18: 2 puntos.

Grado personal igual al 17: 1,5 puntos.

Grado personal igual al 16: 1,25 puntos.

Grado personal igual al 15: 1 punto.

Grado personal igual o inferior al 14: 0,75 puntos.

c) Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorarán los cursos anotados en el Registro Central de Personal o sistema análogo, acreditados por el funcionario y recibidos en los últimos 5 años, tanto en centros oficiales de formación y perfeccionamiento, como en cualquier otro organismo o entidad público o privado, cuya duración sea igual o superior a 15 horas lectivas, y siempre que se refieran, a juicio del Tribunal, a materias relacionadas con las funciones propias de la Escala objeto de esta convocatoria.

Se otorgará por cada curso 0,5 puntos, hasta un máximo de 4 puntos.

La calificación final del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.

3. Curso selectivo

Consistirá en un periodo de formación, de carácter teórico y práctico, organizado por la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y cuya duración máxima será de 3 meses.

Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro desempeño profesional, e incluirá un módulo en materia de igualdad entre hombres y mujeres, y otro en materia de violencia de género.

La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los participantes dependerán directamente de la Subsecretaría del Departamento.

El personal funcionario de carrera y laboral fijo que hubiera superado estas pruebas selectivas será autorizado para asistir al curso selectivo por la Subsecretaría del Departamento en el que presten sus servicios.

La calificación máxima del curso selectivo será de 20 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este curso será de 10 puntos.

Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida. A estos efectos, no se considerará causa de fuerza mayor, la coincidencia en el tiempo del desarrollo de cursos selectivos o períodos de prácticas correspondientes a diferentes convocatorias.

Una vez superado el curso selectivo, las personas aspirantes continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de posesión en su primer destino como funcionario de carrera de la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, debiendo reincorporarse a su primitivo puesto de trabajo a partir del día siguiente a aquel en que finalice la realización de las prácticas reales, con independencia del momento en que se publique la calificación del curso selectivo.

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones de las fases de oposición, concurso y curso selectivo.

En caso de empate, en la calificación final del proceso selectivo, el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios, por este orden:

1. Antigüedad global: servicios prestados y reconocidos al servicio de las Administraciones Públicas incluidas en el ámbito del artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

2. Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.

3. Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

4. Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.

5. Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.

El personal funcionario español de Organismos Internacionales podrá acceder al empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen los correspondientes procesos selectivos.

La exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen deberá solicitarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el Cuerpo o Escala y acompañará acreditación de las convocatorias, programas y pruebas superadas, así como certificación expedida por el Organismo internacional correspondiente de haber superado aquéllas. A estos efectos se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero.

ANEXO II
Programa

Grupo de temas generales

1. Políticas de igualdad de género: la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Medidas de igualdad en el ámbito competencial del Departamento. Políticas contra la violencia de género: la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Políticas de dependencia: la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

2. El Gobierno abierto. Especial referencia a la transparencia y el acceso a la información pública, a la rendición de cuentas y al buen gobierno. Datos abiertos y reutilización. Acceso electrónico de los ciudadanos a las Administraciones Públicas. La Administración electrónica.

Grupo de temas específicos

Programa específico laboratorios agroalimentarios

1. La Norma UNE-EN ISO/IEC 17025. Principios fundamentales. Requisitos relativos a la estructura. Requisitos del proceso. Requisitos del sistema de gestión.

2. Sistemas de gestión medioambiental. Norma UNE-EN ISO 14001. Principios aplicables en el laboratorio.

3. Auditorías: concepto y tipos. Desviaciones y trabajos no conformes. Acciones correctivas, reparadoras y de contención.

4. Validación de ensayos. Criterios de validación y etapas. Estimación de la incertidumbre.

5. Ensayos de intercomparación: concepto y tipos. Evaluación estadística.

6. Estadística. Parámetros estadísticos aplicados al análisis químico. Medidas de tendencia central y dispersión. Veracidad y precisión. Tipos de error. Regresión lineal y correlación. Intervalos de confianza.

7. Aseguramiento de la calidad de los ensayos. Controles de calidad internos y externos. Gráficos de control: tipos y aplicaciones. Evaluación de tendencias.

8. Métodos de análisis. Tipos. Organizaciones implicadas en la Normalización. Trasposición a la legislación comunitaria y nacional.

9. Normativa de Seguridad e Higiene en el trabajo aplicada a los laboratorios agroalimentarios. Fichas de seguridad de productos químicos. Gestión de los residuos generados en el laboratorio.

10. Materiales de referencia. Tipos de material de control. Usos en laboratorios de análisis.

11. Gravimetría y volumetría. Tipos. Expresión de resultados. Aplicaciones.

12. Potenciometría. Fundamento. Electrodos. Otros métodos electroquímicos. Aplicaciones.

13. Espectrofotometría de absorción atómica. ICP. Tipos. Aplicaciones.

14. Espectrofotometría de ultravioleta/visible. Fluorescencia. Fundamentos teóricos. Aplicaciones.

15. Electroforesis. Fundamento. Tipos. Equipos. Aplicaciones en laboratorios agroalimentarios.

16. Técnicas microscópicas. Fundamento. Tipos. Aplicaciones.

17. Reacción en cadena de la polimerasa (PCR): concepto y tipos. Aplicaciones en el campo agroalimentario.

18. Cromatografía de gases. Fundamento teórico. Instrumentación. Acoplamientos. Aplicaciones.

19. Cromatografía de líquidos. Fundamento teórico. Instrumentación. Acoplamientos. Aplicaciones.

20. Espectrometría de masas y Resonancia Magnética Nuclear. Instrumentación. Aplicaciones.

21. Técnicas inmunoenzimáticas. Fundamentos. Tipos. Aplicaciones.

22. Composición de los alimentos. Sustancias nitrogenadas. Propiedades generales. Aspectos estructurales. Métodos de análisis.

23. Composición de los alimentos. Sustancias lipídicas. Propiedades generales. Métodos de análisis.

24. Composición de los alimentos. Carbohidratos. Micronutrientes. Propiedades generales. Métodos de análisis.

25. Vitaminas. Clasificación. Función. Métodos de análisis aplicados a su determinación.

26. Aditivos alimentarios. Definición. Clasificación. Listas positivas. Criterios de pureza. Normativa aplicable. Métodos de análisis.

27. Microbiología aplicada al análisis de productos agroalimentarios. Métodos de análisis. Criterios microbiológicos.

28. Organismos modificados genéticamente (OMG). Marco legal. Técnicas analíticas para su detección y cuantificación.

29. Carne y productos cárnicos. Composición. Normas de calidad. Determinaciones analíticas. Detección de adulteraciones.

30. Leche y productos lácteos. Composición. Normas de calidad. Determinaciones analíticas. Detección de adulteraciones.

31. Vinos. Composición. Clasificación. Determinaciones analíticas. Detección de adulteraciones.

32. Otras bebidas alcohólicas. Composición. Clasificación. Determinaciones analíticas. Detección de adulteraciones.

33. Aceites. Clasificación. Composición. Criterios de calidad. Criterios de pureza. Adulteraciones en aceite de oliva.

34. Zumos de frutas. Composición. Criterios de calidad. Otras bebidas analcohólicas. Determinaciones analíticas. Detección de adulteraciones.

35. Conservas vegetales y de pescado. Normas técnicas generales. Normas específicas. Determinaciones analíticas.

36. Alimentos estimulantes: café, té, cacao. Composición. Normas de calidad. Determinaciones analíticas. Detección de adulteraciones.

37. Edulcorantes naturales: miel. Criterios de calidad. Clasificación. Determinaciones analíticas. Detección de adulteraciones. Azúcares: tipos. Determinaciones analíticas.

38. Cereales y harinas. Composición. Determinaciones analíticas.

39. Piensos y sus materias primas. Composición. Determinaciones analíticas.

40. Productos fertilizantes. Composición. Clasificación. Determinaciones analíticas.

41. Productos fitosanitarios. Clasificación. Mecanismo de acción. Determinaciones analíticas.

42. Residuos de plaguicidas. Límite máximo de residuos. Seguimiento y control. Métodos aplicados para su determinación.

43. Contaminantes agrícolas e industriales. Clasificación. Marco legal. Métodos aplicados a su determinación.

44. Identificación de especies animales en productos agroalimentarios. Identificación de especies vegetales en productos agroalimentarios. Métodos analíticos.

45. Alérgenos. Legislación. Métodos aplicados a su determinación en alimentos.

Programa específico laboratorios de sanidad y genética animal

1. Política de calidad en los laboratorios de control. Sistemas de gestión de la calidad. Requisitos generales relativos a la competencia de los laboratorios de ensayo. La Norma UNE-EN ISO/IEC 17025.

2. Sistemas de gestión ambiental. Requisitos aplicables en el laboratorio. Norma UNE-EN ISO 14001.

3. Auditorías: concepto y tipos. Actuación frente a desviaciones. Norma ISO de referencia.

4. Validación de ensayos. Criterios de validación y etapas.

5. Ensayos de intercomparación: concepto y tipos. Tratamiento estadístico de los resultados.

6. Estadística. Parámetros estadísticos aplicados al análisis biológico. Medidas de tendencia central y dispersión. Análisis, aceptación y rechazo de resultados. Pruebas de significación para comparación de medias y varianzas. Análisis de tendencias.

7. Productos químicos utilizados en los laboratorios: clasificación por su riesgo, manipulación y almacenamiento. Fichas de seguridad. Actuaciones en incidentes/accidentes por productos químicos.

8. Residuos generados en los laboratorios: clasificación y gestión. Legislación aplicable. Impacto medioambiental.

9. Normativa de Seguridad e Higiene en el trabajo aplicable en los laboratorios de control de la sanidad y genética animal. Gestión en prevención de riesgos laborales. ISO 45001.

10. Transporte de material biológico: condiciones y legislación aplicable.

11. Biocontención, bioseguridad y bioprotección en un laboratorio de control de enfermedades infecciosas. Gestión del riesgo biológico. Requisitos para el trabajo con agentes biológicos de acuerdo a su clasificación por «grupo de riesgo».

12. Sistemas de esterilización de material de laboratorio. Descontaminación de salas.

13. Muestreo. Técnicas de muestreo. Remisión de muestras al laboratorio. Manipulación de muestras.

14. Aminoácidos y proteínas. Concepto y tipos. Métodos de aislamiento, cuantificación y aplicaciones en laboratorios.

15. Ácidos nucleicos. Concepto y tipos. Métodos de aislamiento, cuantificación y aplicaciones en laboratorios.

16. Espectrofotometría ultravioleta/visible y Fluorescencia: Conceptos y aplicaciones en laboratorios.

17. Cromatografía. Concepto, tipos y aplicaciones en laboratorios.

18. Electroforesis. Fundamento. Tipos. Aplicaciones en laboratorios.

19. Técnicas microscópicas. Fundamento y tipos. Aplicaciones en laboratorios de sanidad y genética animal.

20. Reacción en Cadena de la Polimerasa (PCR): concepto y tipos. Aplicaciones en laboratorios de sanidad y genética animal.

21. Secuenciación de ácidos nucleicos: concepto, tipos y aplicaciones en laboratorios de sanidad y genética animal. Métodos moleculares para el análisis de genomas.

22. Anticuerpos policlonales y monoclonales: concepto, tipos y aplicaciones en laboratorios de sanidad y genética animal.

23. Técnicas inmunoenzimáticas: concepto, tipos y aplicaciones en laboratorios de sanidad y genética animal.

24. Otras técnicas inmunológicas: concepto, tipos y aplicaciones en laboratorios de sanidad y genética animal.

25. Técnicas histológicas: concepto, tipos y aplicaciones en laboratorios de sanidad y genética animal.

26. Cultivos celulares: concepto, tipos y aplicaciones en laboratorios de sanidad.

27. Bacteriología: métodos de siembra, incubación, tinción y pruebas de identificación.

28. Organismos modificados genéticamente (OMG): concepto y legislación.

29. Organismos modificados genéticamente (OMG): técnicas analíticas para su detección y cuantificación.

30. Laboratorios Nacionales de Referencia y Laboratorios de Referencia de la Unión Europea. Designación, Requisitos y Funciones.

31. Leyes de Sanidad Animal de la Unión Europea y española. Programas sanitarios. Organización y autoridades competentes en la sanidad animal en España.

32. Control de reactivos y kits de diagnóstico en sanidad animal. Registro de kits. Marco legal.

33. Vacunas de uso veterinario. Tipos. Marco legal.

34. Plan Nacional de Investigación de Residuos. Marco Legal. Técnicas de laboratorio para la investigación de residuos en animales vivos y sus productos. Métodos analíticos.

35. Conservación de recursos zoogenéticos. Programas de mejora de genética animal. Marco legal.

36. Marcadores genéticos moleculares: microsatélites y polimorfismos de único nucleótido (SNPs). Concepto, análisis (determinación) y aplicaciones en sanidad y genética animal.

37. Animales de experimentación y legislación aplicable. Proyectos y procedimientos. Tipos de animales, instalaciones y aplicaciones en sanidad y genética animal.

38. Zoonosis parasitarias objeto de control en la Unión Europea. Marco legal. Diagnóstico de laboratorio.

39. Zoonosis bacterianas objeto de control en la Unión Europea. Marco legal. Diagnóstico de laboratorio.

40. Resistencias antimicrobianas. Marco legal. Programa de vigilancia de resistencias a los antibióticos de bacterias zoonóticas y comensales. Técnicas de laboratorio.

41. Zoonosis víricas objeto de control en la Unión Europea. Marco legal. Diagnóstico de laboratorio.

42. Principales enfermedades animales no zoonóticas objeto de control en la Unión Europea. Marco legal. Diagnóstico de laboratorio.

43. Enfermedades de los peces. Marco legal. Sistema nacional de vigilancia. Diagnóstico de laboratorio.

44. Enfermedades de las abejas. Marco legal. Sistema de vigilancia. Diagnóstico de laboratorio.

45. Encefalopatías espongiformes transmisibles. Marco legal. Programas nacionales de control y erradicación. Diagnóstico de laboratorio.

Programa específico agroalimentario y pesquero

1. La población agraria y pesquera española: características, composición y distribución territorial. Actitudes en relación con los factores de modernización, diversificación e innovación. Su evolución durante las últimas décadas.

2. La comercialización agroalimentaria en España. Comercialización en origen y en destino. Plataformas de distribución, comercio electrónico, canales cortos de comercialización. La transparencia de los mercados. Las cadenas de valor de los productos alimentarios: concepto, formación de precios.

3. La comercialización pesquera. Los mercados en origen. Las lonjas. Principales aspectos que condicionan la comercialización de productos de la pesca. Las lonjas. Principales aspectos que condicionan la comercialización de productos de la pesca. Canales alternativos. Tipificación y normalización. La comercialización en destino.

4. La distribución comercial: funciones y servicios de la distribución comercial. La distribución mayorista de productos alimentarios. Importancia y características. Referencia a la Ley 15/2010, de 5 de julio. La distribución minorista. Las formas tradicionales y las actuales. La marca del fabricante y la marca del distribuidor. La problemática derivada. El papel de MERCASA y de la red de MERCAS en la distribución comercial.

5. Asociacionismo en el sector agrario. Fórmulas asociativas. Cooperativas. Sociedades agrarias de transformación. Otras figuras asociativas. La ley de fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario.

6. Asociacionismo pesquero. Fórmulas asociativas. Cofradías de pescadores y sus Federaciones. Otras figuras asociativas. Las Organizaciones de productores y Asociaciones de Organizaciones de productores pesqueros.

7. Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias. Definición, constitución y finalidades. Extensión de la norma. Ley 38/1994, de 30 de diciembre, reguladora de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias. Las interprofesionales en la OCMU.

8. La cadena alimentaria. Definición. Principales operadores y relaciones entre ellos. Cadena tradicional y cadena moderna. La Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas de mejora de la cadena alimentaria. El Código de Buenas Prácticas Mercantiles en la Contratación Alimentaria. El Observatorio de la Cadena Alimentaria. La Agencia de Información y Control Alimentarios.

9. Configuración de la Política Agraria Común (PAC). Principios y objetivos. Evolución. Reformas. Situación actual. Perspectivas de futuro.

10. La política de precios y mercados. Antecedentes: las Organizaciones Comunes de Mercado (OCM). Régimen de precios, de ayudas y de intervención. La reforma de la PAC de 1992 y las medidas de acompañamiento. La reforma de la PAC en la Agenda 2000. Las medidas de carácter horizontal. La orientación del desarrollo rural. La PAC ante la gran ampliación de la UE.

11. El primer pilar de la PAC. Las reformas de la PAC de 2003 y 2013. El FEAGA. El marco financiero plurianual 2021-2027. Los pagos directos. La Organización Común de los Mercados de los Productos Agrarios (OCMA). La reforma de la PAC «post 2020»: prioridades. El Plan Estratégico de la PAC.

12. El segundo pilar de la PAC: Desarrollo Rural. Antecedentes. Novedades, objetivos y características. El FEADER como fondo agrario y fondo EIE. La programación del desarrollo rural en España en el periodo 2021-2027: acuerdo de asociación, marco nacional y programas autonómicos de desarrollo rural. El Programa nacional de Desarrollo Rural. Perspectivas de futuro.

13. La Política Exterior Agraria y Pesquera de la Unión Europea. Los acuerdos con los países ACP y la Convención de Lôme. El Sistema de Preferencias Generalizadas. Los Acuerdos Euro-Mediterráneos. Acuerdos con Turquía. Otros acuerdos. La Zona de Libre Cambio. El comercio pesquero internacional. Política comercial pesquera.

14. El GATT y la OMC. El origen del GATT y la esencia de los Acuerdos. Aspectos agrarios de las Rondas GATT anteriores a la de Uruguay. La Ronda Uruguay del GATT. Principales acuerdos agrarios. La OMC y los mecanismos de solución de diferencias. La OMC y los tratados SPS y TBT. La conferencia Ministerial de Doha. La conferencia Ministerial de Nairobi.

15. La seguridad alimentaria en la Unión Europea. La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria. Funciones. La Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición. Funciones. El principio de precaución y su aplicación.

16. El Codex AlimentariusMundi: origen, funciones, aspectos contemplados. Procedimientos de adopción de normas y alcance de las mismas, principales aspectos contemplados. Alcance de las normas adoptadas por el Codex.

17. La legislación alimentaria en España: el Código Alimentario español. Concepto y estructura. Las reglamentaciones técnico-sanitarias y las normas de calidad en la actualidad. Procedimiento de adopción de las normas de calidad. La Ley para la Defensa de Calidad Alimentaria.

18. El consumo de productos alimentarios en España. La demanda alimentaria: estructura y características. Los hábitos de consumo: cambios en los últimos años y tendencias. El desperdicio alimentario. La estrategia española «más alimento, menos desperdicio».

19. Calidad en los alimentos: definición y principios. El control de calidad en los alimentos. El control oficial. El control voluntario: organismos de certificación. El autocontrol y la trazabilidad. Legislación de la Unión Europea y perspectivas de futuro.

20. La Producción Ecológica. Desarrollo y Evolución de la producción ecológica en España. Normativa y perspectivas de futuro. La producción integrada. Características, normativa y evolución.

21. Los nuevos alimentos. Concepto. Tipos. Requisitos y procedimientos de autorización. Disposiciones en la materia.

22. El sistema comunitario de defensa de la calidad. Figuras de calidad diferenciada: las denominaciones de origen protegidas, las indicaciones geográficas protegidas y las especialidades tradicionales garantizadas. Legislación vigente. Concepto, características, y requisitos.

23. Política de información alimentaria al consumidor. Disposiciones de la Unión Europea y perspectivas de futuro. Política de promoción alimentaria. Ecoetiquetado.

24. Organismos modificados genéticamente (OMG): utilización confinada y liberación intencional al medio ambiente y comercialización de OMGs. Requisitos de etiquetado. Disposiciones en la materia.

25. Política de industrias agroalimentarias. Caracterización de las industrias agroalimentarias en España. Marco estratégico de la industria. Comercio exterior. Principales instrumentos públicos de fomento, ordenación y mejora de la industria agroalimentaria española.

26. Política de estructuras agrarias. Antecedentes. Objetivos, instrumentos y alcance de la política de estructuras. Desarrollo rural integrado. Nueva política de estructuras. Modernización de explotaciones, relevo generacional en la empresa agraria, agricultura en zonas rurales con limitaciones naturales. Futuro del desarrollo rural.

27. La política de regadíos. Antecedentes históricos y evolución. El Plan Hidrológico Nacional y el Plan Nacional de Regadíos. La función del regadío en la producción y la productividad agrarias. La función del regadío en la ordenación del territorio y la política agroambiental.

28. Retos del desarrollo rural en España y sus principales actores. El despoblamiento del medio rural. El papel de los jóvenes y las mujeres. La innovación y la digitalización del medio rural. El emprendimiento. Herramientas de la política de desarrollo rural para hacerles frente. El trabajo en red, la Red Rural Nacional. Perspectivas de futuro.

29. La política de cohesión y los fondos estructurales. Antecedentes y evolución. La política estructural y de cohesión en los distintos períodos de programación. Características del período 2014-2020. Perspectivas para el Marco Financiero Plurianual (MFP) 2021-2027. Especial referencia a la aplicación en España.

30. La política medioambiental de la Unión Europea. Antecedentes y evolución. Instrumento financiero LIFE. Integración de las consideraciones medioambientales en las políticas de la Unión Europea, con especial referencia a la PAC. Agricultura sostenible. Los programas agroambientales.

31. La pesca en el mundo. Evolución histórica. La pesca en la Unión Europea. Perspectiva histórica, situación actual y posibilidades de desarrollo de futuro. La pesca en España: Principales producciones y caracterización económica de estas.

32. Las Organizaciones regionales de gestión de pesquerías (ORP) y demás organizaciones internacionales y multilaterales en materia de pesca. Acuerdos bilaterales de la UE con terceros países en materia de pesca.

33. La pesca en el Tratado de Adhesión de España a la CEE. Consecuencias para España. Antecedentes, evolución y situación actual.

34. La Ley de Pesca Marítima del Estado. Objetivo, estructura y fines.

35. Política de recursos pesqueros de la Unión Europea. Principales reglamentos. Perspectivas de futuro. Los sistemas de gestión pesquera: TACs y cuotas. Gestión del esfuerzo pesquero. Vedas. Otros sistemas de gestión. Política de obligación de desembarques. Rendimiento máximo sostenible.

36. La pesca con artes de arrastre. La pesca con artes de cerco. Características. Modalidades. Especies objetivo. Normativa.

37. La pesca con palangre y otras artes de anzuelo. La pesca con artes fijas y artes menores Características. Modalidades. Especies objetivo. Normativa.

38. Flota de fresco española que faena en el Caladero nacional y en aguas de la Unión Europea. Artes. Actividad, caladeros, especies capturadas. Obligaciones derivadas de la normativa comunitaria y nacional.

39. Flota española de altura y gran altura dedicada a especies demersales. Atlántico y Antártico. Descripción de caladeros y pesquerías. Principales ORP.

40. La acuicultura marina y continental en el mundo, con especial referencia a la Unión Europea. Sistemas de cultivo. Principales especies. La acuicultura marina y continental en España. Sistemas de cultivo. Principales especies. La Ley de Cultivos Marinos. La Junta Nacional Asesora de Cultivos Marinos (JACUMAR) y la Junta Nacional Asesora de Cultivos Continentales (JACUCON).

41. El Fondo Europeo Marítimo y de Pesca. Principales prioridades. La gestión del FEMP: Autoridad de Gestión, Autoridad de Certificación, Autoridad de Auditoría. Los Organismos Intermedios de Gestión.

42. La Organización Común de Mercados del sector de los productos de la pesca y de la acuicultura. Ayudas a las organizaciones profesionales del sector pesquero en el marco de la OCM y el FEMP.

43. La pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (pesca INDNR) Definición e impacto. Normativa básica en España y en la Unión Europea para combatir la pesca INDNR. Otras herramientas e iniciativas internacionales para combatir la pesca INDNR: el Acuerdo Rector de Puerto de FAO, Organizaciones Regionales de Pesca.

44. La investigación de los recursos pesqueros. Estudio del medio marino, campañas de investigación. La protección del medio marino. La contaminación marina. Convenios Internacionales. La política Marítima Integrada.

45. Medidas de protección y regeneración de los recursos pesqueros. Las reservas marinas en España. Los arrecifes artificiales en el mundo y en España. Concepto de arrecife de protección y de protección/concentración. LICs, ZEC y Áreas Marinas Protegidas Repoblación marina. La pesca marítima de recreo.

ANEXO III
Tribunal calificador

Tribunal titular

Presidenta: Concepción López Maroto, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA.

Secretaria: María Rosa Pérez Moreno, Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado.

Vocales:

Juan Francisco Aúz Fernández-Villa, Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales.

Belén Martínez Martínez, Cuerpo de Ingenieros Agrónomos del Estado.

Isabel Gonzalo Pascual, Escala de Técnicos Superiores de Organismos Públicos de Investigación.

Tribunal suplente

Presidente: Javier García-Hierro Navas, Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de OO.AA. del MAPA.

Secretario: Javier García de la Galana Sánchez Camacho, Escala Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de OO.AA. del MAPA.

Vocales:

Aníbal Jiménez Sánchez, Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Especialidades Agrícolas.

Joaquín Vidal Fernández Fernández, Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de OO.AA. del MAPA.

Begoña Muñiz Alcaraz, Escala de Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA.

El Tribunal podrá disponer de la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

ANEXO IV

Para la modalidad acreditación de conocimiento de inglés mediante titulación se tendrán en cuenta exclusivamente las titulaciones que se listan a continuación, con las puntuaciones correspondientes, conforme al baremo establecido en las bases y siguiendo el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas:

– Escuela Oficial de Idiomas:

• Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B1: B1.

• Certificación de superación de prueba Nivel Intermedio B2: B2.

• Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C1: C1.

• Certificación de superación de prueba Nivel Avanzado C2: C2.

– Certificados de Cambridge University:

• Preliminary: B1.

• First Certificate of English: B2.

• Advanced: C1.

• Proficiency: C2.

• Linguaskill B1: B1.

• Linguaskill B2: B2.

• Linguaskill C1: C1.

• IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 4-5: B1.

• IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 5,5-6,5: B2.

• IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 7-8: C1.

• IELTS (International English Language Testing System). Calificación total 8,5-9: C2.

– Education Testing Service (ETS):

• TOEFL Ibt (siempre y cuando se respete el plazo de vigencia del título). Calificación total 42-71: B1.

• TOEFL Ibt (siempre y cuando se respete el plazo de vigencia del título). Calificación total 72-94: B2.

• TOEFL Ibt (siempre y cuando se respete el plazo de vigencia del título). Calificación total 95-120: C1.

• TOEIC (Test of English for International Communication). Calificación total en «listening and reading» y «speaking and writing» entre 790 y 1094: B1.

• TOEIC (Test of English for International Communication). Calificación total en «listening and reading» y «speaking and writing» entre 1095 y 1344: B2.

• TOEIC (Test of English for International Communication). Calificación total en «listening and reading» y «speaking and writing» más o igual de 1345: C1.

– APTIS (four skills), certificación del British Council:

• Overall CEFR Grade B1, B1.

• Overall CEFR Grade B2, B2.

• Overall CEFR Grade C, C1

• Aptis advanced: overall CEFR B2, B2

• Aptis advanced: overall CEFR C1, C1.

– Capman Testing Solutions 360 LPT (Language Proficiency Test) Four Skills:

• Certificado C1, C1.

• Certificado B2, B2.

• Certificado B1, B1.

– Oxford Test of English B:

• Certificado B2, B2.

• Certificado B1, B1.

– Certificat de Compétences en Langues de l’Enseignement Superieur (CLES), Inglés:

• CLES 1, B1.

• CLES 2, B2.

• CLES 3, C1.

– The European Language Certificates (TELC):

• TELC B1, B1.

• TELC B2, B2.

• TELC C1, C1.

– University of Michigan (Cambridge Michigan Language Assessments):

• Certificate of Competency in English (ECCE), B2.

• Certificate of Proficiency in English (ECPE), C2.

– Trinity College de Londres:

• Integrated Skills in English I, B1.

• Integrated Skills in English II, B2.

• Integrated Skills in English III, C1.

• Integrated Skills in English IV, C2.

– London Test of English (LTE):

• Nivel 2, B1.

• Nivel 3, B2.

• Nivel 4, C1.

• Nivel 5, C2.

– Pearson Test of English:

• General, Level 2, B1.

• General, Level 3, B2.

• General, Level 4, C1.

• General, Level 5, C2.

• Edexcel certificate in ESOL International, Entry 3, B1.

• Edexcel certificate in ESOL International, Level 1, B2.

• Edexcel certificate in ESOL International, Level 2, C1.

• Edexcel certificate in ESOL International, Level 3, C2.

– Learning Resource Network:

• Certificate in ESOL International Four skills, LRN Entry Level (Entry 3), B1.

• Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 1, B2.

• Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 2, C1.

• Certificate in ESOL International Four skills, LRN Level 3, C2.

• IELCA General CEF B1, B1.

• IELCA General CEF B2, B2.

• IELCA General CEF C1, C1.

• IELCA General CEF C2, C2.

– Anglia ESOL Examinations General:

• Intermediate, B1.

• Advanced, B2.

• AcCEPT/Proficiency, C1.

• Masters, C2.

– LanguageCert International ESOL:

• Achiever B1, B1.

• Communicator B2, B2.

• Expert C1, C1.

• Mastery C2, C2.

ANEXO V
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro «Centro Gestor», se consignará «Subsecretaría de Agricultura, Pesca, y Alimentación».

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación», Código 5014.

En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará «Laboratorios Agroalimentarios» o «Laboratorios de Sanidad y Genética Animal» o «Laboratorios de Sanidad e Higiene Vegetal» o «Agroalimentaria y Pesquera», según su correspondiente sistema de acceso.

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «P», promoción interna.

En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación».

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».

En el recuadro 21, «Grado de Discapacidad», las personas aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. Para ello deberán adjuntar el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.

En el recuadro 24, En caso de familia numerosa o discapacidad deberá indicar la Comunidad Autónoma en la que se reconoce esta condición.

En el recuadro 25, En caso de familia numerosa deberá indicar el número del título.

En el recuadro 26, «Títulos académicos oficiales», se consignará el título exacto que se posee en virtud de lo señalado en la base 4.

En el recuadro 27, apartado A, si el aspirante va a realizar la prueba voluntaria de idioma consignará «PRESENCIAL», si va a realizar la prueba escrita y oral de idioma, o, consignará «TÍTULO ACREDITATIVO», si va a presentar alguno de los títulos recogidos en el anexo IV que acredite el nivel de idioma.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 11,67 euros. El importe reducido para familias numerosas será de 5,85 euros.

Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las comunidades autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.

b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención:

1. Que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional.

Estos extremos se verificarán, salvo que conste la oposición expresa del interesado manifestada en la solicitud, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos. En el caso de no constar el consentimiento para el acceso, la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se deberá solicitar por el interesado en la oficina de los servicios públicos de empleo. En ella constará que se cumple con los requisitos señalados y deberá ser presentada por el interesado junto con el resto de la documentación.

2. Que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional, en el último año fiscal cerrado.

En cuanto a la acreditación de las rentas, salvo que conste la oposición expresa del interesado manifestada en la solicitud, se verificará por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos. En caso de no constar el consentimiento para el acceso, se realizará mediante un certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al año 2018 y, en su caso, del certificado del nivel de renta del mismo ejercicio, que deberá aportar el interesado y que podrá solicitar a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria en el enlace:

Certificados tributarios. Expedición de certificados tributarios. IRPF-Sede Electrónica-Agencia Tributaria.

c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.

La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.

La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación, Subdirección General de Recursos Humanos, P.º de la infanta Isabel, 1, 28071 Madrid.

ANEXO VI

Imagen: /datos/imagenes/disp/2022/295/20821_12498826_1.png

ANEXO VII

Don/Doña………………………………………………………………………………………. con domicilio en ……...…………………....………………...…………………………………… N.R.P. ……………………………………………………………

Solicito que, en la fase de concurso de las pruebas de acceso, por promoción interna, a la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, el órgano convocante consulte los datos que figuran en mi expediente del Registro Central de Personal y doy mi conformidad para que éstos sean los que se valoren como méritos en dicha fase de concurso.

En ………………………, a ………….. de ………… de 20….

(FIRMA)

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 29/11/2022
  • Fecha de publicación: 09/12/2022
  • Convocatoria. Promoción interna: Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio 10 plazas.
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE PUBLICA:
    • nombramientos, por Resolución de 14 de marzo de 2024 (Ref. BOE-A-2024-5621).
    • la relación de aprobados, por Resolución de 1 de agosto de 2023 (Ref. BOE-A-2023-18029).
  • SE MODIFICA el número de plazas, por Resolución de 20 de abril de 2023 (Ref. BOE-A-2023-9974).
  • SE PUBLICA la relación de aspirantes admitidos y excluidos, y se anuncia fecha, hora y lugar de celebración del ejercicio, por Resolución de 19 de enero de 2023 (Ref. BOE-A-2023-2268).

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