De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio suscrito, con fecha 22 de noviembre de 2022, entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y de la Organización Interprofesional Agroalimentaria del Ovino y Caprino de Carne (INTEROVIC), la Asociación Interprofesional Agroalimentaria del Porcino de Capa Blanca (INTERPORC) y la Organización Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno (PROVACUNO) para la promoción de los productos cárnicos españoles en los mercados internacionales, a través de la asistencia y desarrollo de actuaciones de promoción en ferias en los años 2022 y 2023, que figura como anexo a esta resolución.
Madrid, 24 de noviembre de 2022.–El Director General de la Industria Alimentaria, José Miguel Herrero Velasco.
En Madrid, a 22 de noviembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, don Fernando Miranda Sotillos, Secretario General de Agricultura y Alimentación, en virtud del Real Decreto 542/2018, de 18 de junio, por el que se dispone su nombramiento (BOE de 19 de junio de 2018), actuando en nombre y representación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), conforme a las atribuciones que le confiere el apartado segundo punto 1 del capítulo II de la Orden APA/21/2019, de 10 de enero, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (BOE de 18 de enero de 2019).
De otra parte, don Raúl Muñiz Cimas, Presidente de la Organización Interprofesional Agroalimentaria del Ovino y Caprino de Carne (INTEROVIC), con NIF G-83076810 y domicilio en la Calle Agustín de Bethancourt, n.º 17, 4.ª planta, 28003 Madrid, en el ejercicio de las competencias que le atribuyen los Estatutos de la Organización Interprofesional y la Escritura de elevación a público de acuerdos sociales de 30 de mayo de 2019.
De otra parte, don Juan Alberto Herranz Herranz, Coordinador, y don Daniel de Miguel de Santos, Director adjunto de la Asociación Interprofesional Agroalimentaria del Porcino de Capa Blanca (INTERPORC), con NIF G-85661577 y domicilio en C/ Marqués de Urquijo, n.º 10, 2.º Izquierda, 28008 Madrid, en el ejercicio de las competencias que le atribuyen los Estatutos de la Organización Interprofesional de porcino de capa blanca y las escrituras de elevación a público de acuerdos de fecha de 19 de abril de 2016 y 14 de enero de 2020.
Y de otra parte, don. Francisco Javier López López, Director de la Organización Interprofesional Agroalimentaria de la Carne de Vacuno (PROVACUNO), con NIF G-87305009 y domicilio en Avda/ Pio XII n.º 6, 3.º planta, 28016 Madrid, en el ejercicio de las competencias que le atribuyen los Estatutos y la Escritura de elevación a público de acuerdos de 11 de marzo de 2020.
Sendas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal efecto
EXPONEN
1. El Real Decreto 430/2020, de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y por el que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, establece en el artículo 6.1.j) que entre las funciones de la Dirección General de la Industria Alimentaria estará la de proponer y desarrollar instrumentos encaminados a promocionar y orientar el consumo de productos agroalimentarios y pesqueros, y la asistencia y colaboración con empresas y entidades asociativas de los sectores agroalimentario y pesquero para facilitar su participación en ferias y exposiciones nacionales e internacionales, competencias que serán ejercidas por la Subdirección General de Promoción de los Alimentos de España, según se dispone en el apartado 2.c) del mismo artículo.
2. La presencia promocional del MAPA en ferias internacionales agroalimentarias se realiza desde el año 2003, teniendo una experiencia, conocimientos técnicos y situación de mercado, que confirman la conveniencia de seguir desarrollando el trabajo iniciado con la participación en certámenes internacionales en los años 2022 y 2023.
3. INTEROVIC, reconocida por el MAPA el 26 de julio de 2001, tiene como objetivo y fines, entre otros:
– Realizar campañas para difundir y promocionar las producciones alimentarias, así como llevar a cabo actuaciones para facilitar una información adecuada a los consumidores sobre las mismas.
– Promoción del consumo de productos en el mercado interior y en los mercados exteriores y suministro de información al respecto.
INTERPORC, reconocida por el MAPA el 1 de agosto de 2008, tiene como objetivo y fines, entre otros:
– Promocionar, valorar y difundir el conocimiento del sector porcino de capa blanca en orden a impulsar un consumo adecuado.
– Promover actuaciones que faciliten una información adecuada a los intereses de los consumidores, creando una imagen pública de esta Interprofesional y de los productos que defiende, a través de acuerdos, convenios y campañas que expliquen, de forma eficaz, el beneficio que aporta al conjunto de la sociedad y, especialmente, al consumidor. Se considera idónea la constitución de comisiones de enlace con la distribución y asociaciones de consumidores, para poder llegar a un mejor conocimiento de la problemática de toda la cadena agroalimentaria.
PROVACUNO, reconocida por el MAPA el 23 de diciembre de 2014, tiene como objetivos y fines, entre otros:
– Realizar campañas para difundir y promocionar las producciones alimentarias, así como llevar a cabo actuaciones para facilitar una información adecuada a los consumidores sobre las mismas.
– Exploración de posibles mercados de exportación.
– Promoción del consumo de productos en el mercado interior y en los mercados exteriores y suministro de información al respecto.
4. Estas tres organizaciones interprofesionales tienen interés en la participación conjunta con el MAPA en diversas ferias y actuaciones promocionales complementarias a las mismas.
5. Tanto el MAPA como las organizaciones tienen entre sus funciones y finalidades la de promoción del sector cárnico, mediante la participación conjunta en ferias internacionales, con el fin de sumar conocimientos técnicos y experiencia.
6. El presente convenio tiene naturaleza administrativa, recogida en el artículo 47.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, siéndole de aplicación el capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Por todo ello, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
El objeto de este convenio es la colaboración en la promoción de productos cárnicos españoles en los mercados internacionales, mediante la participación conjunta en determinadas ferias internacionales en los años 2022 y 2023.
La participación en las acciones seleccionadas se dará a conocer y estará abierta a todas las empresas del sector. Las actuaciones realizadas por las organizaciones firmantes, en las distintas ferias y certámenes internacionales contenidos en la cláusula segunda y en los anexos, serán genéricas, no discriminatorias y beneficiosas para todo el sector en su conjunto.
Las actuaciones programadas para el cumplimiento del objeto del presente convenio, son las siguientes:
– FOOD&HOTEL VIETNAM (2022). Por las fechas de su celebración el pago se realizará en 2023.
– EXPO CARNES Y LÁCTEOS MEXICO (2023).
– SIAL CANADA, incluido eventos con importadores (2023).
– WOFEX FILIPINAS (2023).
Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, el MAPA se compromete a realizar las siguientes actuaciones, conforme al presupuesto desglosado en el anexo I:
1. Aportar la cantidad máxima de doscientos noventa y siete mil setecientos sesenta euros (297.760,00 euros, en la totalidad del periodo de actuaciones del presente convenio, una vez ejecutadas y justificadas las acciones programadas. El total del presupuesto se aportará en el ejercicio económico 2023.
A estos efectos, el MAPA, con su aportación al presente convenio, abonará los gastos que se originen por la realización de las ferias, excluyendo los gastos derivados de atenciones protocolarias, viajes, dietas, alojamiento, gastos corrientes, salarios del personal propio y compra de productos.
El importe del IVA correspondiente a los gastos realizados por las organizaciones interprofesionales en el cumplimiento de las actuaciones previstas en el presente convenio sólo será considerado gasto financiable por el MAPA cuando dicho importe no sea susceptible de recuperación o compensación por las interprofesionales.
2. Revisar previamente a la ejecución de las ferias, la propuesta de la empresa seleccionada por las organizaciones interprofesionales participantes en cada feria, para la construcción del stand en las ferias de este convenio según el anexo I.
3. Participar en la preparación de las actuaciones con sus unidades técnicas y de promoción.
4. Facilitar las relaciones institucionales precisas para el desarrollo y aplicación del presente convenio.
5. Participar en la difusión y conocimiento de las actuaciones que se acuerden dentro del presente convenio.
Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, las organizaciones interprofesionales se comprometen a realizar las siguientes actuaciones:
1. Coordinar la participación de las diferentes organizaciones interprofesionales en las ferias seleccionadas, con un stand único o con stands contiguos con una estética e imagen común.
2. Coordinar la participación de las empresas del sector en cada acto promocional. A estos efectos el número mínimo de empresas exigido para participar en una feria a través del presente convenio será de cuatro.
3. Convocar a empresas especializadas, al menos a tres, para que presenten ofertas para la ejecución de las ferias, cumpliéndose los principios básicos, de transparencia, no discriminación e igualdad de trato. Las empresas deberán presentar la documentación necesaria que garantice su capacidad técnica y legal para la realización del trabajo.
4. Remitir al MAPA el anexo II y el proyecto de la empresa seleccionada, con una antelación de, al menos, diez días hábiles antes del inicio de las actividades.
El proyecto incluirá el desarrollo de las especificaciones técnicas proporcionadas por el MAPA, de acuerdo a la normativa en vigor y a las especificaciones de los diferentes recintos feriales. En concreto deberá tener, entre otras, las siguientes características:
– En el perímetro exterior se instalarán rótulos con los logotipos del Gobierno de España, Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, según la normativa de la imagen institucional de la Administración General del Estado, así como el de «#alimentosdespaña».
– Se contará con un espacio o despacho dentro del estand para su utilización por el MAPA, en aquellas ferias en las que así lo decida el Departamento.
5. Realizar los servicios necesarios para la instalación y mantenimiento de los pabellones feriales, así como su gestión, durante los días en que se desarrollen las ferias.
6. Facilitar, en tiempo y forma, al MAPA la información sobre las actuaciones protocolarias para su participación, así como de los programas técnicos y generales de las ferias. Se facilitarán, sin coste, a los representantes del MAPA acreditaciones y pases para cada feria.
7. Aportar el material de exposición y decoración.
8. Remitir al MAPA, a la Subdirección General de Promoción de los Alimentos de España, el primer día de la feria, material fotográfico compuesto por, al menos, 5 fotografías de alta calidad del stand.
9. Remitir al MAPA, a la Subdirección General de Promoción de los Alimentos de España, una vez finalizada cada feria, una memoria final descriptiva y económica de las actividades realizadas, así como sus correspondientes facturas justificativas y certificados bancarios de pago, en un plazo no superior a un mes desde la finalización de cada feria, de acuerdo con los anexos III y IV.
10. INTEROVIC aportará la cantidad de cincuenta y seis mil doscientos cincuenta euros (56.250,00 euros) para la financiación, conforme al presupuesto desglosado en el anexo I.
11. INTERPORC aportará la cantidad de ciento dos mil setecientos sesenta euros (102.760,00 euros) para la financiación, conforme al presupuesto desglosado en el anexo I.
12. PROVACUNO aportará la cantidad de ciento treinta y ocho mil setecientos cincuenta euros (138.750,00 euros) para la financiación, conforme al presupuesto desglosado en el anexo I.
13. Asegurar que en ninguna de las actuaciones realizadas conjuntamente se produzca doble financiación.
14. Asumir cualquier aumento de gasto que se pudiera generar. Será asumido por la organización interprofesional que incurra en dicho aumento.
El presupuesto total que conlleva la organización y celebración de las actuaciones programadas objeto del convenio asciende a quinientos noventa y cinco mil quinientos veinte euros (595.520,00 euros) de acuerdo con el presupuesto que se adjunta como anexo I.
El MAPA participará en las acciones objeto de este convenio con un presupuesto máximo de doscientos noventa y siete mil setecientos sesenta euros (297.760,00 euros), para la totalidad del convenio, en 2023, con cargo a la aplicación presupuestaria 21.07.413A.640.08 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2023 o la que pueda sustituirla en dicho ejercicio económico.
El MAPA participará en la financiación referida, de acuerdo con lo previsto en la cláusula tercera y anexo I. Para ello, una vez concluida la presencia en la feria o certamen y previo al pago, cada organización interprofesional deberá justificar la ejecución de la actividad, aportando una memoria final descriptiva y económica de las actividades realizadas, así como sus correspondientes facturas justificativas y certificado bancario de pago, de acuerdo con los anexos III y IV.
Posteriormente, verificada la documentación aportada, se abonará la cantidad citada mediante transferencia a las cuentas:
– INTEROVIC: ES38 3080 0065 1923 9670 5721, abierta en Caja Rural de Teruel, S.C.C., con domicilio en la calle Paseo de Pamplona, 4-6 de Zaragoza.
– INTERPORC: ES3700610196080121690117, abierta en la Banca March con domicilio en la C/ Núñez de Balboa 70, Madrid.
– PROVACUNO: ES31 2100 5731 7202 0022 2133, Caixa Bank, Paseo de la Castellana 51, 28046, Madrid.
La financiación restante, por un importe de doscientos noventa y siete mil setecientos sesenta euros (297.760,00 euros), será asumida por las organizaciones interprofesionales, de acuerdo con lo previsto en la cláusula cuarta y en el anexo I del presente convenio.
– INTEROVIC aportará la cantidad de cincuenta y seis mil doscientos cincuenta euros (56.250,00 euros).
– INTERPORC aportará la cantidad de ciento dos mil setecientos sesenta euros (102.760,00 euros).
– PROVACUNO aportará la cantidad de ciento treinta y ocho mil setecientos cincuenta euros (138.750,00 euros).
A los efectos de garantizar el cumplimiento del presente convenio, se crea una comisión para un mejor desarrollo de las actuaciones a realizar, con la siguiente composición:
Por parte del MAPA:
– Dos representantes de la Subdirección General de Promoción de los Alimentos de España. De entre estos representantes, el funcionario/a de mayor rango presidirá la Comisión.
– Un representante de la Subdirección General de Competitividad de la Cadena Alimentaria.
Por parte de las interprofesionales:
– Un representante de INTEROVIC.
– Un representante de INTERPORC.
– Un representante de PROVACUNO.
Tendrá encomendadas las siguientes actuaciones:
– Impulsar y desarrollar el presente convenio.
– El seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes.
– La resolución de problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantarse respecto a la ejecución del convenio.
El presidente de la Comisión de seguimiento será el responsable de emitir el certificado exigido en el apartado Segundo 4.2.3.a) de la Resolución de 16 de junio de 2021 de la Intervención General de la Administración del Estado.
En toda publicidad que se haga de las acciones objeto de este convenio en cualquier medio de difusión deberá de constar de modo expreso, visible y fácilmente legible la actuación conjunta MAPA-organizaciones profesionales y que dichas actividades cuentan con la financiación del MAPA.
El presente convenio surtirá efectos desde su inscripción en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) del sector público estatal y será publicado en el «Boletín Oficial del Estado».
Su duración se extiende hasta el 30 de septiembre de 2023. En cualquier momento antes de la finalización de este plazo, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga mediante por un periodo de hasta cuatro años adicionales mediante la correspondiente adenda.
Cualquiera de las partes podrá proponer la modificación de este convenio, en cualquier momento, antes de su finalización. La modificación del convenio requerirá del acuerdo unánime de los firmantes y habrán de incorporarse al mismo mediante la correspondiente adenda.
Según lo establecido en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, el presente convenio quedará extinguido ante el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en alguna de las causas de resolución previstas en el precepto mencionado.
El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes dará lugar a la resolución del convenio en los términos previstos en el citado artículo.
El incumplimiento parcial de las obligaciones y compromisos de cualquiera de las Partes, será valorado de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente, siendo el importe a abonar el proporcional al importe de las acciones realizadas.
Todas las Partes se reservan el ejercicio de las acciones legales que procedan, en orden a la resolución de este convenio, así como para la reclamación de los daños y perjuicios derivados del incumplimiento de las obligaciones contraídas en el mismo.
Sin perjuicio de las líneas de actuación en materia de difusión de la información, y de la publicidad que las partes den a este convenio o a las actuaciones derivadas del mismo, las partes velarán por la debida confidencialidad de la información que se genere entre ambas.
Si de las actuaciones realizadas al amparo del presente convenio se derivaran derechos de propiedad industrial, intelectual u otros de análoga naturaleza, serán propiedad en partes iguales del MAPA y de las organizaciones interprofesionales firmantes, sin que ninguna de las partes cotitulares pueda ejercer su derecho de explotación de manera independiente, sin el consentimiento expreso y por escrito del resto de cotitulares.
Asimismo, las partes en el ejercicio de las funciones previstas en el presente convenio, adecuarán sus actuaciones a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Los conflictos a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o resolución del presente convenio, que no hayan sido resueltos por la Comisión de seguimiento prevista en la cláusula sexta, quedarán sometidos al conocimiento y resolución de la jurisdicción contencioso-administrativa, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción.
En prueba de conformidad, y para la debida constancia de cuanto queda convenido, las partes firman electrónicamente el presente convenio, en el lugar al principio indicados, tomándose como fecha de formalización la de la fecha del último firmante El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, P.D. (Orden APA/21/2019, de 10 de enero), el Secretario General de Agricultura y Alimentación, Fernando Miranda Sotillos.–El Presidente de INTEROVIC, Raúl Muñiz Cimas.–El Director de PROVACUNO, Francisco Javier López López.–El Coordinador de INTERPORC, Alberto Herranz Herranz.–El Director Adjunto de INTERPORC, Daniel de Miguel de Santos.
I.1 Presupuesto total
La valoración económica de las acciones promocionales tiene un coste máximo de quinientos noventa y cinco mil quinientos veinte euros (595.520,00 euros), que se desglosan de la siguiente manera:
Ferias |
MAPA – Euros |
INTERPORC – Euros |
PROVACUNO – Euros |
INTEROVIC – Euros |
Total – Euros |
|
---|---|---|---|---|---|---|
FOOD&HOTEL VIETNAM (2022). | Todos los gastos excepto los especificados en la cláusula quinta*. | 46.800,00 | 46.800,00 | 93.600,00 | ||
EXPO CARNES Y LÁCTEOS MEXICO (2023). | Todos los gastos excepto los especificados en la cláusula quinta*. | 55.960,00 | 55.960,00 | 111.920,00 | ||
SIAL CANADA (2023). | Todos los gastos excepto los especificados en la cláusula quinta*. | 112.500,00 | 56.250,00 | 56.250,00 | 225.000,00 | |
WOFEX -FILIPINAS (2023). | Todos los gastos excepto los especificados en la cláusula quinta*. | 82.500,00 | 82.500,00 | 165.000,00 | ||
Total pago año 2023. | 297.760,00 | 102.760,00 | 138.750,00 | 56.250,00 | 595.520,00 | |
* Gastos excluidos: atenciones protocolarias, viajes, dietas, alojamiento gastos corrientes, salarios del personal propio y compra de productos cárnicos. |
Euros | ||
---|---|---|
FOOD&HOTEL VIETNAM (2022). | INTERPORC. | 46.800,00 |
EXPO CARNES Y LÁCTEOS MEXICO (2023). | INTERPORC. | 55.960,00 |
SIAL CANADA (2023). | PROVACUNO. | 56.250,00 |
INTEROVIC. | 56.250,00 | |
WOFEX–FILIPINAS (2023). | PROVACUNO. | 82.500,00 |
Total 2023. | 297.760,00 |
– Empresa especializada contratada.
– Diseño del proyecto aplicado.
– Cronograma inicial de la actividad.
– Empresas participantes.
En este informe se incluirá la valoración final de las actividades realizadas, indicando el grado de consecución de los objetivos iniciales y grado de satisfacción.
Deberá contener el siguiente índice:
– Feria programada. Descripción y datos de participación. Cronograma final.
– Nombre de las empresas del sector participantes y su valoración económico-empresarial de su asistencia a la feria.
– Conclusiones.
La información contenida en el informe económico a presentar estará soportada por las correspondientes relaciones de gastos justificados de cada una de las actuaciones promocionales ejecutadas.
Feria | MAPA | Interprofesional |
Total ejecutado |
||||
---|---|---|---|---|---|---|---|
Concepto del gasto | Importe según convenio | Importe ejecutado | Concepto del gasto | Importe según convenio | Importe ejecutado | ||
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid