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Documento BOE-A-2022-18545

Resolución de 4 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque fotovoltaico La Dehesilla de 100 MWp, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Córdoba y Montemayor (Córdoba)".

Publicado en:
«BOE» núm. 271, de 11 de noviembre de 2022, páginas 154427 a 154439 (13 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2022-18545

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 5 de agosto de 2021, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Parque fotovoltaico ''La Dehesilla'' de 100 MWp, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Córdoba y Montemayor (Córdoba)», remitida por la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, como órgano sustantivo, y promovida por EDP Renovables España, SLU.

Alcance de la evaluación

La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por el promotor para el proyecto y se pronuncia sobre los impactos asociados al mismo analizados por el promotor, así como los efectos sobre los factores ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto, incluyendo el proceso de participación pública y consultas.

Esta evaluación no incluye aspectos de seguridad de las instalaciones y dispositivos eléctricos, de seguridad y salud en el trabajo u otros, que poseen normativa reguladora e instrumentos específicos y están fuera del alcance de la evaluación ambiental.

1. Descripción y localización del proyecto

El proyecto engloba dos instalaciones principales: la planta solar fotovoltaica (PSFV) «La Dehesilla» y la línea subterránea de evacuación a 30 kV. Durante el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, el promotor ha introducido modificaciones en el diseño del proyecto que quedaría de la siguiente manera, según la adenda al estudio de impacto ambiental (EsIA) de 21 de febrero de 2022:

– Reducción en la superficie ocupada por la planta fotovoltaica, pasando de 376,1 ha iniciales a 201,18 ha.

– Se modifica la potencia instalada de la PSF, inicialmente 99,92 MWp, (192.154 módulos de 520 Wp cada uno) ahora con una potencia en paneles de 100,02 MWp (163.968 módulos de 610 Wp cada módulo). Los módulos estarán dispuestos sobre una estructura fija 2V28 (instalación de 2 módulos en vertical y 28 módulos en horizontal por estructura).

– Aumento del número de cerramientos perimetrales que componen la planta, con el objetivo de dejar fuera de vallado la zona catalogada como dormideros de milano real y los arroyos próximos a la implantación. Se ha mantenido una distancia mínima de 5 metros a vallado desde el margen de dominio público hidráulico de los arroyos. Con la nueva distribución, la implantación está compuesta por once cerramientos perimetrales de longitud final 21.220 metros, frente a los seis cerramientos iniciales de 22.241 metros.

– Reducción de la longitud de las zanjas para las líneas de media tensión de evacuación, siendo de 25.219 m (frente a los 28.046 m del proyecto inicial), mientras que la longitud de los viales internos también disminuye y pasa a ser de 5.546 m (en el proyecto inicial era de 8.044 m).

La evacuación de la energía desde la PSFV hasta la nueva subestación eléctrica SET Cabra Promotores 400 kV (Infraestructura compartida con otro proyecto, no evaluada en éste), se realizará mediante un circuito en media tensión a 30 kV de 6.205 m de longitud que discurrirá subterráneo por los límites parcelarios existentes.

Son objeto del presente proyecto los siguientes elementos correspondientes a la planta fotovoltaica «La Dehesilla»:

– Infraestructura Fotovoltaica:

• Módulos fotovoltaicos.

• Estructuras fotovoltaicas.

– Obra Civil:

• Vial de acceso.

• Viales interiores.

• Soporte estructuras.

• Cimentación de las estructuras.

• Zanjas para líneas eléctricas, red de tierras y comunicaciones.

– Infraestructura Eléctrica:

• Power Conversion Station (PCS).

• Inversores Multistring.

• Líneas eléctricas subterráneas de 30 kV.

• Líneas eléctricas de evacuación a Subestación Cabra Promotores.

• Cableado de corriente continua.

• Cableado de corriente alterna.

• Red de comunicaciones.

• Red de tierra.

• Instalaciones de acceso y seguridad.

La energía producida por la PSFV será evacuada desde la mencionada SET Cabra Promotores 400 kV mediante línea aérea de alta tensión de 24,223 km hasta la nueva Subestación Seccionadora Nudo Cabra 400 kV que se conectará a la Subestación eléctrica Cabra 400 kV, propiedad de REE por medio de una línea aérea de alta tensión de 1,126 Km. Las infraestructuras de evacuación anteriormente mencionadas no forman parte del alcance de la presente resolución.

La obra civil del proyecto contempla labores de desbroce y preparación del terreno, viales, movimiento de tierras, canalizaciones eléctricas, drenaje perimetral, etc. También, se contempla el desmantelamiento del proyecto al final de su vida útil, que se estima en 35 años.

Las actuaciones de la planta fotovoltaica «La Dehesilla», se ubican en los términos municipales de Córdoba y Montemayor, en la parte central de la provincia de Córdoba, Comunidad Autónoma de Andalucía.

El proyecto se localiza en la cuenca del Río Guadajoz, y se podrán ver afectados varios arroyos por cruzamientos con la canalización de media tensión y/o con un camino interno de la planta: Arroyo de Ventogil, Arroyo Carrilejo, Arroyo de la Huertezuela, Arroyo de la Peña, Arroyo de la Dehesilla, el Arroyo de la Gitana, Arroyo de las Huertas Nuevas, Arroyo del Tinte y algún arroyo innominado.

Las actuaciones proyectadas no afectan a ningún Espacio Natural Protegido y se encuentran fuera de Red Natura 2000. Tampoco, se prevé que la implantación de la planta fotovoltaica y la línea de evacuación subterránea afecten directamente a Hábitats de Interés Comunitario (HIC). El HIC predominante en el entorno es el 92D0_0, Adelfares y tarajales (Nerio-Tamaricetea), principalmente asociados a cursos fluviales.

En cuanto al Plan Director para la Mejora de la Conectividad Ecológica en Andalucía, la zona de implantación del proyecto se encuentra en Área Piloto AP-01 Campiñas de Córdoba, subzona: Campiñas Cerealistas y Herbáceos en regadío.

2. Tramitación del procedimiento

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, el órgano sustantivo somete a información pública el proyecto y el estudio de impacto ambiental, mediante anuncio en el «Boletín Oficial del Estado», n.º 35, de 10 de febrero de 2021, en el «Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba», n.º 34, de 19 de febrero de 2021 y en el portal web de la Delegación del Gobierno en Andalucía.

Asimismo, de acuerdo con el artículo 37 de la citada Ley, con fecha 3 de febrero de 2021, el órgano sustantivo consulta a Administraciones públicas afectadas y a personas interesadas, como recoge el anexo I de la presente resolución.

El 5 de agosto de 2021, tiene entrada en esta Dirección General, el expediente para el inicio del trámite de evaluación de impacto ambiental ordinaria. En el análisis formal del expediente, se constata la ausencia de varios informes de organismos preceptivos, según lo establecido en el artículo 37.2 de la Ley de evaluación ambiental. Por consiguiente, se requiere al órgano sustantivo la subsanación de dicho trámite con fecha 20 de octubre de 2021, documentación que es subsanada y se recibe el 10 de diciembre de 2021 y el 17 de enero de 2022.

El 21 de febrero de 2022, tiene entrada documentación del promotor, EDP Renovables España, SLU, modificando el proyecto, tras haber recibido informes preceptivos desfavorables.

En virtud del artículo 40.5 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, este órgano ambiental requiere al órgano sustantivo, el 22 de marzo de 2022, una nueva consulta a la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Junta de Andalucía, respecto a la información adicional remitida por el promotor.

Con fechas 27 de mayo de 2022, 14 de julio de 2022 y 6 de septiembre de 2022, la Dirección General de Política Energética y Minas traslada a este órgano ambiental, informes de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos, del Servicio de Espacios Naturales Protegidos de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible de Córdoba y de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Junta de Andalucía, adjuntando los informes tanto del Servicio de Gestión del Medio Natural como del Departamento de Geodiversidad y Biodiversidad del Servicio de Gestión del Medio Natural, ambos pertenecientes a la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible de Córdoba, respectivamente.

Las aportaciones más relevantes de los informes recibidos que han servido para motivar la declaración de impacto ambiental se integran en el apartado «3» de la resolución.

Con fecha 7 de octubre de 2022, se recibe en este órgano ambiental respuesta del promotor al último informe de Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía.

3. Análisis técnico del expediente

A continuación, se exponen los impactos significativos y los aspectos más relevantes puestos de manifiesto durante la tramitación de la evaluación ambiental del proyecto que fundamentan y motivan la presente Resolución.

a) Análisis de alternativas.

El EsIA, además de la alternativa cero o de no realización del proyecto, contempla tres alternativas para la ubicación de la planta solar fotovoltaica:

– Alternativa 1 «PSFV en los parajes de La Dehesilla y Los Álamos».

– Alternativa 2 «PSFV en el Paraje Cerros de la Silla del Caballo».

– Alternativa 3 «PSFV en el Paraje Los Cuartos».

El promotor selecciona la alternativa 1, al considerarla como la alternativa que menor afección ambiental presenta, fundamentalmente porque el impacto sobre flora, fauna y espacios protegidos lo considera leve, así como por ser la alternativa de menor complejidad técnica y más viable económicamente. Asimismo, se ha diseñado respetando los caminos existentes, sin necesidad de construcción de nuevos viales de acceso.

En este sentido, el Servicio de Gestión del Medio Natural de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible de Córdoba de la Junta de Andalucía, atendiendo al informe de su Departamento de Geodiversidad y Biodiversidad, pone de manifiesto que la alternativa 3 es la ubicación que menos impacto ambiental supondría, puesto que no afecta a los dormideros de milanos reales (Milvus milvus) y es la opción más alejada de zonas con hábitats propicios para el alzacola rojizo (Erythropygia galactotes).

A este respecto, el promotor alega que la alternativa 3 de la planta solar no es idónea debido a que su instalación afectaría indirectamente a la Zona de Especial Conservación (ZEC) «Tramo Inferior Río Guadajoz». Asimismo, el impacto paisajístico sería mayor, llegando a ser visible desde el núcleo urbano de Santa Cruz, y además la distancia a la subestación sería de más de 10 Km y, por ende, la línea de evacuación conllevaría plantear alternativas aéreas con un mayor impacto ambiental, especialmente sobre el milano real.

El promotor, una vez seleccionada la ubicación de la planta solar, plantea, además de la alternativa cero o de no actuación, tres alternativas de la línea eléctrica subterránea de evacuación. Selecciona la alternativa 1 porque es la única que no afecta indirectamente a la Red Natura 2000, adecuando su trazado a caminos y carreteras existentes a fin de minimizar las posibles afecciones tanto a cultivos herbáceos como a la vegetación existente.

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La modificación del proyecto se ha realizado cumpliendo los siguientes aspectos, según indica el promotor:

– Respeto del Dominio Público Hidráulico (DPH) y sus zonas de servidumbre, zonas inundables y zonas de flujo preferente.

– No ocupación de las zonas de dormideros de milano real, de acuerdo con el Informe Técnico del Departamento de Geodiversidad y Biodiversidad del Servicio de Gestión del Medio Natural de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible de Córdoba de la Junta de Andalucía, de 24 de agosto de 2021.

El promotor, en su nueva documentación de 7 de octubre 2022, en respuesta a los últimos informes de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible de Córdoba de la Junta de Andalucía, se compromete a modificar por segunda vez el proyecto para disminuir la superficie. Así, propone utilizar otro tipo de seguidores solares y reducir el «pitch» o distancia entre estructuras, para poder optimizar el terreno lo máximo posible. Todo ello con el objetivo de dejar el máximo espacio libre en las zonas dormidero de milano real y para no interceptar ninguna de ellas.

b) Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

El EsIA describe los efectos potenciales sobre los factores del medio suelo, aire, agua, vegetación, fauna, paisaje, población, economía y empleo, servicios e infraestructuras y patrimonio cultural. El tratamiento sobre el factor fauna, se recoge de forma específica en la presente resolución.

b.1 Fauna.

Proyecto inicial

La avifauna es el factor más relevante que se verá afectado por el proyecto. El EsIA contiene un estudio de avifauna, que abarca un ciclo anual completo, de noviembre de 2019 a noviembre de 2020. El promotor indica que los trabajos de campo comenzaron en el mes de septiembre de 2020 y que el resto de los datos se han complementado con los proporcionados por otro promotor desde los meses de noviembre de 2019 a septiembre de 2020.

En el entorno del proyecto, según lo indicado en el EsIA, se encuentran los siguientes espacios de interés para la fauna:

– Plan de Recuperación y Conservación de Aves Necrófagas: El proyecto presenta coincidencia territorial con el ámbito de aplicación del Plan, concretamente de seguimiento del milano real (Milvus milvus), especie que aparece catalogada como en peligro de extinción tanto en el Catálogo de Especies Amenazadas de Andalucía como en el Catálogo Español de Especies Amenazadas. En el estudio de avifauna, se identifican y georreferencian dos puntos que utilizan los milanos como dormidero habitual cada invierno en las inmediaciones de la planta. Según indica el promotor, con el diseño de la parcela sur se ha evitado uno de dichos puntos. También, añade que no se han registrado milanos reales desde el inicio de los trabajos de campo. A partir de los datos obtenidos de otro promotor, tampoco se han detectado individuos de esta especie en las cercanías de la zona sur de la implantación que, por otra parte, es la más cercana al dormidero.

– IBAs: El proyecto no presenta coincidencia territorial con ningún Área de Importancia para las Aves, si bien las IBAs 232 «Campiña Alta de Córdoba» y 454 «Campiñas de Santaella-Écija» se localizan en un radio de 2 Km y 11,5 Km respectivamente sobre la poligonal de la planta. Destaca la presencia de sisón común (Tetrax tetrax), cernícalo primilla (Falco naumanni) o avutardas (Otis tarda) entre otras.

Se indican a continuación las principales especies de fauna amenazada presentes en la zona de proyecto, así como un análisis de las repercusiones de las actuaciones sobre las mismas, basado en el EsIA y los informes recibidos en la fase de información pública y consulta a las administraciones afectadas.

De acuerdo con el estudio de avifauna, se han contabilizado 1.290 aves de 41 especies distintas. Las especies más abundantes han sido el gorrión común (Passer domesticus), el jilguero europeo (Carduelis carduelis) y la cogujada común (Galerida cristata).

Respecto a las rapaces y aves esteparias, el emplazamiento de la PSFV se localiza en un contexto comarcal amplio de cierta significación para la avifauna esteparia, predominio de cultivos herbáceos en secano y leñosos en secano (olivar y viñedo), pero sin coincidir con las áreas de mayor importancia para las especies sensibles de su entorno.

La rapaz más abundante es el cernícalo vulgar (Falco tinnunculus), seguida del elanio común (Elanus caeruleus), ambas especies frecuentes en los hábitats de cultivos, donde predomina la presencia de presas, principalmente micromamíferos, pequeños reptiles e invertebrados; sin embargo, no han sido detectadas áreas de nidificación de estas especies en los ámbitos de implantación de la planta.

Respecto a las especies amenazadas, en el estudio de avifauna se indica que el aguilucho cenizo (Circus pygargus), especie que aparece listado como vulnerable a la extinción tanto en el Catálogo de Especies Amenazadas de Andalucía como en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, ha sido localizado una vez en el ámbito de estudio, si bien se indica que en los periodos migratorios será frecuente su tránsito, llegando a utilizar el área como zona de paso, bien para descanso o alimentación. En las mismas condiciones de conservación, se encuentra el sisón común (Tetrax tetrax), cuya presencia se ha constatado a una distancia de 3,7 Km al este de la PSFV.

En el caso del alzacola rojizo (Cercotrichias galactotes), especie listada como vulnerable a la extinción tanto en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas como en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, el estudio de avifauna concluye que dicha especie está presente en los viñedos cercanos a la zona sur de la PSFV, sin embargo, no se considera que se produzca impacto sobre dicha especie al no encontrarse viñedos dentro de la poligonal de la planta.

El EsIA identifica impactos generados durante la fase de construcción, destacando el aumento de tránsito de vehículos debido a las obras, por lo que se puede prever un impacto directo sobre ejemplares, sus madrigueras, nidos y lugares de cría o reposo. En cuanto al efecto directo sobre las aves, concluye que, al no tener constancia de la reproducción ni presencia de especies amenazadas o de interés en el emplazamiento de la planta, el impacto potencial sobre efectos directos, molestias y perturbaciones se considera como moderado.

Asimismo, el EsIA considera el impacto derivado de la destrucción y fragmentación del hábitat como moderado y concluye que, si bien la ocupación del emplazamiento supone una afección directa al hábitat de alimentación de las especies que lo frecuentan, la disponibilidad de hábitat de similar o mayor calidad para estas especies es muy amplia en el entorno del proyecto, no repercutiendo dicho impacto sobre la capacidad de adaptación a las nuevas condiciones generadas tras la construcción de la PSFV sobre las especies amenazadas.

El promotor propone una serie de medidas correctoras de carácter general relativas a las molestias sobre las especies en las proximidades de las obras: control de circulación en los aledaños de la instalación; control de la avifauna presente en el entorno de la planta solar para detectar cambios en su etología; estudio específico de afecciones.

Las medidas específicas descritas por el promotor en el EsIA son las siguientes: instalación de cajas nido y posaderos de rapaces; colocación de refugios de reptiles y pequeños mamíferos; incorporación de pasos de fauna de 20x30 cm cada 50 metros en el vallado; cada zona de vallado contará con accesos para permitir la entrada de personas y vehículos desde el exterior por los viales de acceso; se llevará a cabo una señalización del vallado perimetral para evitar colisiones y se minimizará la iluminación artificial para evitar la afección a la fauna nocturna.

También, se desarrolla un Programa de Vigilancia Ambiental, en especial en lo referente a las aves y los quirópteros.

La documentación con entrada de 10 de diciembre de 2021 incorporaba varios informes de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía. El Servicio de Gestión del Medio Natural (incluido el Departamento de Geodiversidad y Biodiversidad), de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Córdoba de la Junta de Andalucía informa negativamente sobre la instalación de esta planta solar puesto que resulta incompatible con la conservación de la biodiversidad de la zona por la afección negativa a especies catalogadas como amenazadas, directa (milano real) e indirecta (alzacola rojizo), así como a otras muchas especies protegidas.

Estos organismos indican que los tres enclaves-dormidero del milano real (Milvus milvus) descritos en el EsIA, (entorno cortijo de Los Álamos, La Dehesilla y Mingohijo) constituyen una única unidad correspondiente a los milanos que invernan en la parte del sur de Córdoba, con independencia de que un año se ocupe tan sólo uno o varios de ellos, o incluso dentro del mismo año puedan compartirse. Este uso por parte del milano real ha sido comprobado en los trabajos de seguimiento que realiza el personal del Plan de Recuperación y Conservación, observando cómo los dormideros han cambiado de un año a otro entre los tres descritos, siendo el más reciente el de los Álamos, donde en el invierno del 2020-2021 se han concentrado entre 200 y 300 individuos en los meses de diciembre y enero. Por ello considera que se produce una afección directa por solapamiento de dormideros y plantas solares, tanto en la zona de Los Álamos como en La Dehesilla.

Respecto al alzacola rojizo (Erythropygia galactotes), estos organismos concluyen que los proyectos de PSFV localizados en el entorno del municipio de Montemayor, afectan al núcleo poblacional de alzacola de la provincia de Córdoba, puesto que una de las amenazas reconocidas para la especie es la fragmentación, pérdida de hábitats y proliferación de infraestructuras de origen antrópico. Aunque no se ha detectado presencia reproductora de la especie en las zonas que serían ocupadas por las plantas solares proyectadas, podría haber afección a la especie por la construcción de la línea eléctrica subterránea de evacuación incluida en este proyecto. A tenor de los resultados del European Breeding Bird Atlas 2, esta zona de campiña cordobesa (Córdoba-Fernán Núñez-Montemayor-Espejo-Montilla-Aguilar de la Frontera) podría constituir el principal núcleo de alzacola en la Península Ibérica y de Europa.

Asimismo, considera que otras especies especialmente afectadas debido a la transformación del medio que supone la implantación de la PSFV, serán las aves esteparias, como el cernícalo primilla (Falco naumanni), la carraca europea (Coracias garrulus), el alcaraván común (Burhinus oedicnemus), la calandria común (Melanocorypha calandra), la cogujada común (Galerida cristata) y la terrera común (Calandrella brachydactyla), por la simple razón de que el cultivo de cereal (su hábitat característico) va a disminuir considerablemente su superficie.

Proyecto modificado

Ante estas conclusiones desfavorables y con objeto de evitar y respetar los tres enclaves de dormideros de milano real (Milvus milvus) existentes en la zona, el promotor presenta en este órgano ambiental, con fecha de entrada de 21 febrero de 2022, una modificación de la implantación de la planta solar fotovoltaica, reduciendo la superficie original.

Por otro lado, a fin de reforzar los datos obtenidos en el primer estudio de avifauna, el promotor realiza un estudio específico de dormideros de milano real (Milvus milvus) en el entorno de la PSFV por un periodo de 6 meses, desde octubre de 2021 hasta marzo de 2022 (estudio que tiene entrada en este órgano ambiental el 10 de mayo de 2022).

Como se ha indicado, en la zona de estudio existe un área dormidero que se reparte en los tres enclaves distintos, que constituyen una única unidad.

El promotor considera que, con la modificación de la Planta Solar Fotovoltaica, el dormidero Cuarto Álamo, donde se han registrado más ejemplares de milano real, se encontraría fuera de la PSFV «La Dehesilla», a unas distancias de 0,20 km desde la zona 1 de la PSFV «La Dehesilla», y a 0,17 km desde las zonas 4 y 5 de dicha planta.

En el dormidero La Dehesilla, se registraron menos individuos que en Cuarto Álamo, y en el de Mingohijo no se habrían registrado ejemplares desde el inicio de los trabajos de campo. Esto podría deberse, según el promotor, a que la especie está teniendo un desplazamiento hacia el norte de la zona de estudio, a una zona a la que se llama Cortijo Miranda, debido a las molestias ocasionadas por las labores agrícolas y de movimiento de maquinaria o por la alta presencia de cuervos en la zona más cercana a la PSFV «La Dehesilla».

El promotor concluye que, tras la modificación del proyecto inicial, el impacto de la planta fotovoltaica sobre el milano real no es significativo, ya que respeta los dormideros existentes, no tiene afección sobre su territorio como cazadero, pues se alimentan fundamentalmente de los vertederos existentes, y además la planta solar no supondrá un impacto negativo adicional de riesgo de electrocución debido a que todas las líneas eléctricas serán subterráneas.

El promotor, también, argumenta que la planta fotovoltaica no tendrá afección sobre las áreas de reproducción de esta especie, ya que los individuos de milano real que llegan a las provincias andaluzas son ejemplares que llegan del Norte de Europa a pasar el invierno, y que luego retornan a sus lugares de origen para su reproducción. Esta especie nidifica en Andalucía solo en el Espacio Natural de Doñana (25 parejas) y probablemente en el Parque Natural Sierra de Aracena y Picos de Aroche (identificadas 3 parejas de nidificación probable), según la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, Junta de Andalucía 2020).

En cuanto al alzacola rojizo (Erythropygia galactotes), durante los censos de ciclo anual completo, se detectaron 9 individuos en la zona de estudio y durante el periodo de nidificación, en la zona suroeste de la planta, rica en olivar y viñedos. La observación más cercana fue a una distancia de 350 metros desde la zona sur de la planta, la más lejana, a una distancia de 2,54 km. El promotor concluye que, si bien la instalación de la planta provocará una transformación de la zona, lo hará sobre cultivos herbáceos de secano y no sobre los principales hábitats de la especie como son los viñedos y olivares tradicionales.

La nueva documentación presentada incluye una serie de medidas compensatorias destinadas a la conservación del milano real, entre las que destacan la restauración de 4.000 m lineales de arroyos colindantes a la zona del arroyo de Ventogil y del dormidero de La Dehesilla; plan de seguimiento de los dormideros de milano real y otras medidas para favorecer la conservación de la mencionada especie. Entre las medidas compensatorias destinadas a la conservación del alzacola rojizo, destaca la creación de 17 manchas arbustivas, con una ocupación aproximada de 1 ha. Por último, respecto a las medidas compensatorias destinadas a la conservación de aves esteparias, se llevará a cabo una compensación del hábitat estepario de 145 ha. Otras medidas propuestas destinadas al fomento de la biodiversidad son: instalación de bebederos; refugios para micromamíferos y reptiles; refugios para pequeños mamíferos; construcción de cajas nido y oteaderos; refugios para insectos e instalación de pantallas vegetales.

El 6 de septiembre de 2022, se recibe informe de la Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Cambio Climático de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía, adjuntando informes de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible de Córdoba. El Servicio de Protección Ambiental y el de Gestión de Medio Natural (incluyendo el Departamento de Geodiversidad y Biodiversidad), una vez consideradas las modificaciones propuestas por el promotor y las medidas correctoras y compensatorias añadidas, mantiene su criterio e informa que el proyecto sigue siendo incompatible con la conservación de la biodiversidad de la zona por la afección negativa a especies catalogadas como amenazadas, así como a otras muchas especies protegidas.

El informe de septiembre de 2022, junto a los datos que constan en el Departamento de Geodiversidad y Biodiversidad de la Delegación Territorial de Córdoba de la Junta de Andalucía, los recabados por la visita técnica a la zona de actuación y los adquiridos tras nuevas consultas al personal de seguimiento del Plan de Recuperación y Conservación de las Aves Necrófagas, confirman estas conclusiones:

Milano real (Milvus milvus). Este Plan identifica dormideros invernales en el área de estudio. Según la biología de esta especie, de un año para otro la ubicación exacta de los dormideros cambia (en las campiñas cordobesas suelen ser los eucaliptos), pero dentro de una superficie que satisfaga sus necesidades.

Los tres enclaves-dormidero constituyen una única unidad correspondiente a los milanos que invernan en esta parte del sur de Córdoba, con independencia de que un año se ocupe tan solo uno o varios de ellos, o incluso dentro del mismo año puedan compartirse.

Este uso del territorio por parte del milano real ha sido comprobado en los trabajos de seguimiento que realiza el personal del Plan de Recuperación y Conservación, observando cómo los dormideros han cambiado de un año a otro entre los tres existentes. Por tanto, la no ocupación temporal no puede interpretarse como un abandono de la zona como área dormidero, por lo que conservar estos lugares de invernada se considera esencial ya que forman parte de las dinámicas naturales de esta especie catalogada «en peligro de extinción», ante la escasez de sustratos arbóreos en zonas de campiña.

El informe recibido concluye que, a pesar de que la superficie del proyecto modificado se ha reducido considerablemente respecto al proyecto anterior, sigue existiendo solapamiento y afección directa con los dormideros de Cuarto Álamo y de La Dehesilla, e indirecta por rodear dichos dormideros; pudiendo ocasionar el proyecto de planta fotovoltaica el abandono permanente de esta área dormidero.

Además, el informe de la Junta de Andalucía concluye que estas zonas de la campiña cordobesa, entre las que se encuentra la futura implantación del proyecto, podrían ser prioritarias para la conservación de esta especie catalogada «en peligro de extinción». Según estudios de marcajes con GPS, se confirma que algunos ejemplares reproductores en la península son migradores. Estudios realizados con radiomarcaje y publicados en la Monografía n.º 8 del Programa Migra sobre Migración y Ecología Espacial de la Población Española de Milano real, ponen de manifiesto que los milanos reales peninsulares tienen una elevada plasticidad en los comportamientos migratorios. Es decir, que la población reproductora adopta un abanico amplio de estrategias tras la reproducción (se cuenta con ejemplares reproductores sedentarios, reproductores sedentarios con movimientos posreproductivos, reproductores que migran dentro de la Península Ibérica e invernantes procedentes de Centroeuropa). La protección de estas zonas de asentamiento temporal podría reducir la mortalidad durante los desplazamientos dispersivos posreproductivos y garantizar la reproducción de las hembras en el siguiente año. De este modo, si se respetasen estas zonas quedarían aseguradas no solo las zonas de reproducción, sino también los asentamientos temporales y las rutas hacia ellos.

Alzacola rojizo (Erythropygia galactotes). Tras revisar el proyecto modificado, el informe de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía reitera la argumentación de su primer informe, y es que este proyecto de planta fotovoltaica podría afectar al núcleo poblacional de alzacola de la provincia de Córdoba, que se considera como uno de los puntos clave para la conservación de esta ave en Andalucía, estimándose que podría contar con cerca del 30 % de la especie en la Comunidad Autónoma. En este caso se convierte en un punto fundamental de las escasas metapoblaciones del territorio nacional, donde la presencia más estable se localiza en Andalucía y Extremadura. Aunque no se ha detectado presencia reproductora de la especie en las zonas que serían ocupadas por las plantas solares proyectadas, podría haber afección por la construcción de la línea eléctrica subterránea de evacuación incluida en este proyecto.

c) Valoración del órgano ambiental.

El informe preceptivo de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Junta de Andalucía, traslada los informes de los Servicios y Departamentos de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible en Córdoba, organismos competentes en la conservación de la biodiversidad que concluyen de modo taxativo en sentido desfavorable a la ejecución del proyecto. Dichos informes destacan que han propuesto otra localización, refiriéndose a la alternativa 3 (no elegida), en zonas con mayor capacidad de acogida y esta localización alternativa no ha sido aceptada por el promotor.

En relación con la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, procede destacar el artículo 57.1, según el cual «La inclusión en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial de una especie, subespecie o población conlleva las siguientes prohibiciones genéricas: (…) b) Tratándose de animales, incluidas sus larvas, crías, o huevos, la de cualquier actuación hecha con el propósito de darles muerte, capturarlos, perseguirlos o molestarlos, así como la destrucción o deterioro de sus nidos, vivares y lugares de reproducción, invernada o reposo». En el apartado b.1. de valoración del impacto del proyecto sobre la fauna se indican las especies más relevantes de la zona incluidas en el LESRPE, entre las que se encuentran el milano real y el alzacola rojizo.

Del análisis derivado de la documentación presentada en el EsIA, y de lo informado por los órganos con competencia en la gestión y protección del medio ambiente, ecosistemas y biodiversidad en la región, se consideran subestimados los impactos sobre la fauna. Estos organismos de la Junta de Andalucía valoran especialmente la presencia en la zona de un núcleo de población de alzacola rojizo cuya supervivencia consideran que se podría ver amenazada por la planta solar fotovoltaica y su línea eléctrica subterránea de evacuación.

El censo nacional de alzacola rojizo, realizado por SEO/BirdLife en 2020, muestra una reducción de la población para el conjunto de España del 94,8 %. Estos resultados, según este organismo, implican que el Alzacola cumple criterios de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) como para estar catalogado «En Peligro», y en el Catálogo Español de Especies Amenazadas para la categoría de «En peligro de Extinción».

Sobre el milano real, se considera que el proyecto podría afectar de forma indirecta al Área dormidero, que supone una zona minoritaria en la campiña cordobesa. Estas áreas temporales podrían ser prioritarias para la conservación de la especie, ya que podrían reducir la mortalidad durante los desplazamientos dispersivos posreproductivos y garantizar la reproducción de las hembras en el siguiente año. Si se evitara la afección de este Área dormidero, quedarían asegurados los asentamientos temporales y las rutas hacia sus lugares de reproducción.

Tras el análisis de la documentación aportada en octubre de 2022, este órgano ambiental considera que no quedan desvirtuados los argumentos del último informe de septiembre de 2022 de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía, ya que a pesar de la reducción de superficie de la planta solar fotovoltaica, ésta seguirá localizándose en uno de los puntos clave para la conservación del alzacola rojizo, e, igualmente, existirá afección indirecta con los dormideros Los Álamos y la Dehesilla, por rodear la planta a dichos dormideros.

Por tanto, teniendo en cuenta el estado de protección de estas especies, y los argumentos manifestados por el órgano competente en su gestión, este órgano ambiental considera apropiada la aplicación del artículo 2 de la Ley 21/2013, donde se indica que los procedimientos de evaluación ambiental se sujetarán al principio de precaución y acción cautelar.

Fundamentos de Derecho

El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el apartado j del grupo 3 del anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1 c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental (EsIA), el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas.

En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental desfavorable al proyecto «Parque fotovoltaico ''La Dehesilla'' de 100 MWp, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Córdoba y Montemayor (Córdoba)», concluyendo que dicho proyecto previsiblemente causará impactos adversos significativos sobre el medio ambiente, sin que las medidas de prevención, corrección y compensación previstas por el promotor constituyan una garantía suficiente para la adecuada protección del medio ambiente.

Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de autorización del proyecto.

De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.

Madrid, 4 de noviembre de 2022.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

ANEXO I
Consultas a las administraciones públicas afectadas e interesados, y contestaciones
Consultados* Contestación
Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
Dirección General de Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria. Ministerio de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana. Sí 1
Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático. Consejería Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. Junta de Andalucía. Sí 2 - 3
Dirección General de Planificación y Recursos Hídricos. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. Junta de Andalucía.
Dirección General de Emergencias y Protección Civil. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. Junta de Andalucía.
Dirección General de la Energía. Consejería Hacienda y Financiación Europea. Junta de Andalucía. Junta de Andalucía. No
Secretaría General de Industria y Minas. Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades. Junta de Andalucía.
Dirección General de Infraestructuras. Consejería Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. Junta de Andalucía. Sí 4
Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Consejería Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. Junta de Andalucía.
Dirección General Patrimonio Histórico y Documental. Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico. Junta de Andalucía.
Dirección de Planificación y Proyectos de ADIF.
Dirección de Planificación y Proyectos de ADIF (Alta Velocidad).
Diputación Provincial de Córdoba. No
Ayuntamiento de Córdoba. No
Ayuntamiento de Montemayor. No
Enagas Transporte, SAU.
Endesa Distribución Eléctrica, SA.
Red Eléctrica de España (REE).

* La denominación actual de los consultados puede no ser la misma a la que se presenta en la tabla.

1 Remite la respuesta de la Subdirección General de Planificación Ferroviaria. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

2 Remite informe extemporáneo tras requerimiento de subsanación con fecha de 19 de octubre de 2021.

3 Remite las respuestas de la Dirección General de Medio Natural, Biodiversidad y Espacios Protegidos (Servicio de Coordinación y Gestión RENPA) y de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible de Córdoba.

4 Remite la respuesta del Servicio de Carreteras de la Delegación Territorial en Córdoba.

Adicionalmente, se han recibido 2 alegaciones de particulares.

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