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Documento BOE-A-2022-17322

Decreto de 5 de octubre de 2022, del Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegada de Menores en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia a doña Celia Susana Aldaz Gallego.

Publicado en:
«BOE» núm. 255, de 24 de octubre de 2022, páginas 144870 a 144871 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2022-17322

TEXTO ORIGINAL

El 28 de septiembre de 2022, el Fiscal de Sala de la Unidad Especializada de Menores de la Fiscalía General del Estado remitió a la Inspección Fiscal escrito del Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el que propone el nombramiento de la Fiscal doña Celia Susana Aldaz Gallego, como Delegada de la especialidad en la citada Fiscalía.

Hechos

Primero.

Con motivo de la renuncia del anterior Fiscal Delegado quedó vacante la delegación de menores de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Para cubrirla, el Fiscal Superior comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado debería formular la correspondiente solicitud, siendo la única peticionaria doña Celia Susana Aldaz Gallego.

Segundo.

El Fiscal de Sala de la Unidad Especializada de Menores de la Fiscalía General del Estado no formuló objeción alguna a su designación. Se ha oído al Consejo Fiscal al respecto.

Fundamentos de Derecho

Primero.

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los Fiscales de las Fiscalías serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo. Igualmente exige que, para la cobertura de estos cargos y con carácter previo, se realice una convocatoria entre los Fiscales de la plantilla, así como que a la propuesta se acompañe relación de todos los Fiscales que lo hayan solicitado con aportación de los méritos alegados (artículo 36.4). Esto último no es aplicable al presente caso, al haber sido doña Celia Susana Aldaz Gallego la única candidata.

Segundo.

El artículo 62.2 del Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Ministerio Fiscal, establece:

Los Fiscales delegados especialistas, tanto autonómicos como provinciales, serán nombrados y, en su caso, relevados, mediante Decreto dictado por la persona titular de la Fiscalía General del Estado, a propuesta del Fiscal Jefe respectivo y previo informe del Fiscal de Sala Especialista o Delegado.

El Fiscal Jefe convocará la plaza de delegado especialista entre los fiscales de la plantilla. Para su cobertura se atenderá preferentemente, dentro de los méritos alegados, el haber recibido formación específica en la materia propia de la especialidad y tener experiencia práctica. En el caso de los Fiscales Delegados Especialistas autonómicos, la plaza se convocará entre los Delegados Especialistas provinciales de la comunidad autónoma.

La propuesta de nombramiento del Fiscal Jefe habrá de ser motivada y deberá ir acompañada de la relación de todos los fiscales que hayan solicitado el puesto con aportación de los méritos alegados. Una vez recibida por la Inspección Fiscal, dará traslado al respectivo Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes, resolviendo seguidamente la persona titular de la Fiscalía General del Estado, previa audiencia del Consejo Fiscal.

Tercero.

Se han cumplido, por tanto, todos los trámites establecidos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta del Fiscal Superior de la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia está suficientemente motivada y avala la idoneidad de la candidata.

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal y haciendo propia la fundamentación de la propuesta, se acuerda:

Nombrar a doña Celia Susana Aldaz Gallego, Fiscal Delegada de Menores en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Publíquese el presente decreto en el «Boletín Oficial del Estado».

Contra el presente decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (calle Fortuny, 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 12.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma ley.

Cumpliméntese lo acordado en sus estrictos términos.

Madrid, 5 de octubre de 2022.–El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz.

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