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Documento BOE-A-2022-1682

Resolución de 9 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación María del Carmen Cabello Peralta.

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 2 de febrero de 2022, páginas 14678 a 14679 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2022-1682

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación María del Carmen Cabello Peralta Resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Sergio Cabello Herreros, según consta en la escritura otorgada ante el Notario de Toledo don Fidel Sánchez Lozano el 8 de noviembre de 2018 con el número 3.418 de protocolo y escritura de subsanación, rectificación y complemento otorgada ante el Notario de Toledo don Fidel Sánchez Lozano el 28 de enero de 2021 con el número 203 de protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Sierra de los Yébenes, n.º 3, 45122 Argés (Toledo) y su ámbito de actuación se extiende principalmente a todo el territorio nacional.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: treinta mil euros (30.000 euros). La dotación es dineraria en cuanto la cantidad total y ha sido desembolsada en su totalidad, según consta en dos certificaciones bancarias.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

La fundación persigue los siguientes fines:

Cubrir necesidades sociales de las personas de la tercera edad y personas con capacidades diferentes.

Mejorar la calidad de vida de las personas de la tercera edad y personas con capacidades diferentes.

Atender a las personas de la tercera edad y personas con capacidades diferentes.

Mejorar el bienestar social de las personas de la tercera edad y personas con capacidades diferentes.

Fomentar hábitos saludables y favorecer la integración y participación de las personas de la tercera edad y personas con capacidades diferentes.

Quinto. Patronato.

Don Sergio Cabello Herreros, doña María Teresa Garrido Cano y doña Clementa Peralta Manzano.

Cargos:

Presidente: Don Sergio Cabello Herreros.

Secretaria: Doña María Teresa Garrido Cano.

Vocal: Doña Clementa Peralta Manzano.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 21 de febrero de 2021.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación María del Carmen Cabello Peralta su Patronato y cargos dentro del mismo.

Madrid, 9 de diciembre de 2021.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, Sofía Puente Santiago.

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