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Documento BOE-A-2022-16011

Resolución de 22 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta Fotovoltaica de Hibridación Escepar de 36 MWp y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Villalba del Rey y Tinajas (Cuenca)".

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 1 de octubre de 2022, páginas 135031 a 135049 (19 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-A-2022-16011

TEXTO ORIGINAL

Antecedentes de hecho

Con fecha 27 de diciembre de 2021, tiene entrada en esta Dirección General, solicitud de inicio de procedimiento de evaluación de impacto ambiental del proyecto «Planta Fotovoltaica de Hibridación Escepar de 36 MWp, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Villalba del Rey y Tinajas, en la provincia de Cuenca», remitida por Parque Eólico Escepar, SA, como promotor y respecto de la que la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ostenta la condición de órgano sustantivo.

Alcance de la evaluación

La presente evaluación ambiental se realiza sobre la documentación presentada por el promotor para el proyecto y se pronuncia sobre los impactos asociados al mismo analizados por el promotor, así como los efectos sobre los factores ambientales derivados de la vulnerabilidad del proyecto. Se incluye asimismo en la evaluación el proceso de participación pública y consultas.

Esta evaluación no incluye aspectos de seguridad de las instalaciones y dispositivos eléctricos, de carreteras, de gestión del riesgo de inundaciones, planeamiento urbanístico, de seguridad y salud en el trabajo u otros, que disponen de normativa reguladora e instrumentos específicos y quedan fuera del alcance de la evaluación ambiental.

1. Descripción y localización del proyecto

El proyecto se sitúa en los parajes de La Pichirraca, El Pozo Primero, Silancón, Hoya de los Lazos y Laguna Grande, dentro de los términos municipales de Tinajas y de Villalba del Rey, en la comarca de La Alcarria, al noroeste de la provincia de Cuenca.

El emplazamiento de la instalación solar fotovoltaica proyectada se encuentra en una pequeña elevación de terreno llano, próxima a los pies de las estribaciones de la cara meridional de la Serranía de Cuenca, donde el relieve se torna más suave con apenas algunos barrancos y cerros de escasa altura, formados por la acción erosiva de los arroyos que transcurren por la zona y que vierten sus aguas al río Guadamejud, que a su vez las vierte en el embalse de Buendía.

El paisaje está formado por un mosaico agrícola compuesto por cultivos anuales de cereal, girasol y leguminosas, así como cultivos leñosos, principalmente olivo, frutos de cáscara y viñedo, que se intercalan con manchas de encinar, pinar o monte mediterráneo de porte bajo.

La actividad proyectada consiste en la instalación de una planta solar fotovoltaica en hibridación con el parque eólico existente «Escepar» 36 MW (18 aerogeneradores). La planta fotovoltaica evacuará energía siempre que el parque eólico no se encuentre a plena potencia.

La instalación fotovoltaica completa se prevé que esté formada por 66.640 módulos fotovoltaicos bifaciales de células de silicio monocristalino, de media célula, con una potencia unitaria máxima de 540 Wp. Cada inversor de 1.525 kW estará configurado por strings en paralelo de 28 módulos cada serie, existiendo en la planta 5 bloques de potencia de 4 inversores, y 1 bloque de potencia con 2 inversores.

La superficie total vallada de la planta fotovoltaica será de 65,97 ha (10 recintos), con una ocupación neta permanente durante la vida útil del proyecto de 42,45 ha. El acceso se realizará por la CM-2017.

La planta se conecta en 30 kV al transformador existente en la subestación «El Llano» mediante una línea de evacuación soterrada de 1.128,65 m que discurre siempre en paralelo a caminos existentes. En esta subestación evacuará además el existente parque eólico Peralejo 26 MW (13 aerogeneradores G90-2 MW), el existente parque eólico Escepar 36 MW (18 aerogeneradores G90-2MW) y la planta de hibridación Peralejo 26 MWp (objeto de otro proyecto). Desde la subestación «El Llano» se utiliza la línea de evacuación existente de 220 kV hasta la subestación «Bolarque», propiedad de REE.

Para poder llevar a cabo dicha conexión, y la de la planta de hibridación Peralejo, con la subestación «El Llano» se requiere una ampliación de esta subestación para actualizar sus infraestructuras existentes.

El proyecto también incluye la rehabilitación de viales de acceso (1,78 km) y la creación de viales internos (425 m de 4 m de ancho y 3.725 m de 2,5 m de ancho), con sus correspondientes sistemas de drenaje, y un vallado cinegético de 2 m de altura con una longitud total aproximada de 11.458,3 m, que cumplirá con las prescripciones del informe de la Dirección General de Economía Circular de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (en adelante, DGEC).

El estudio de impacto ambiental contempla la fase de desmantelamiento, si bien será necesario desarrollarla en detalle al final del periodo de vida de la planta junto con su proyecto correspondiente.

2. Tramitación del procedimiento

Conforme a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se publica en el «Boletín Oficial del Estado» de 30 de julio de 2021; en el «Boletín Oficial de la Provincia de Cuenca» de 19 de julio de 2021; y en los tablones de edictos de los ayuntamientos afectados «Anuncio de la Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Cuenca, por el que se somete al trámite de información pública el Estudio de Impacto Ambiental, la solicitud de autorización administrativa previa, la solicitud de autorización administrativa de construcción y la solicitud de Declaración de Utilidad Pública del proyecto de la «Planta fotovoltaica de hibridación Escepar de 36 MWp y su infraestructura de evacuación», en los términos municipales de Villalba del Rey y Tinajas (Cuenca)».

Simultáneamente se consultó a las administraciones públicas afectadas y personas interesadas, quedando recogida en el anexo I, la relación de entidades consultadas, las contestaciones emitidas y las alegaciones recibidas en el período de información pública.

Con fecha 27 de diciembre de 2021, se recibe el expediente en esta Dirección General, incluyendo el proyecto técnico, el estudio de impacto ambiental EsIA, las consultas y el resultado de dichas consultas y de la información pública realizada.

Revisada la documentación, se constata que en el expediente no se aportan todos los informes preceptivos según el apartado 37.2 de la Ley de evaluación ambiental, lo que motiva el requerimiento realizado el 19 de enero de 2022, al órgano sustantivo, para que recabe dichos informes a los organismos competentes. El 4 de mayo de 2022 se reciben del órgano sustantivo, dichos informes preceptivos.

El 9 de mayo de 2022, se requiere al promotor información técnica adicional relativa a diversos aspectos del estudio de impacto ambiental, que es aportada el 27 de julio de 2022.

3. Análisis técnico del expediente

A. Análisis de alternativas.

El EsIA contempla, junto a la alternativa 0, dos alternativas de localización de la planta fotovoltaica y su correspondiente línea de evacuación.

Alternativa 1: Ocupa una superficie aproximada de 72 ha. La línea de evacuación hasta la Subestación «El Llano», ya existente, de 2.056,32 m discurre soterrada en paralelo a caminos ya existentes.

Alternativa 2: Ocupa una superficie aproximada de 68 ha. La línea de evacuación hasta la Subestación «El Llano», ya existente, de 1.128,65 m discurre soterrada en paralelo a caminos ya existentes.

El EsIA selecciona la Alternativa 2 fundamentalmente porque ocupa unas 4 ha menos, la línea de evacuación tiene 927,67 m menos y evita, en gran medida, la afección de pies de encina.

El informe de la DGEC no considera adecuado el estudio de alternativas realizado al ser las dos alternativas propuestas prácticamente idénticas. Recomienda estudiar alternativas en las que la planta se concentre lo más próximo posible al borde meridional de la muela de Tinajas, donde se ubica el parque eólico con el que hibrida, así como la subestación «El Llano». También considera que se debería tener en cuenta las afecciones a elementos geomorfológicos de protección especial y reubicar el recinto situado más al este (n.º 10), en zonas más al oeste, más próximas al parque eólico con el que hibrida.

A la vista de lo anterior el promotor realiza un nuevo estudio de alternativas, considerando la elegida en el EsIA y una nueva alternativa situada al suroeste de la anterior. Como consecuencia de dicho análisis, el promotor sigue considerando como más adecuada la alternativa seleccionada en el EsIA.

B. Tratamiento de los principales impactos del proyecto.

A la vista del estudio de impacto ambiental, de las contestaciones a las consultas recibidas y de la documentación adicional remitida por el promotor, se resumen a continuación los principales impactos y su tratamiento.

El estudio contempla los impactos asociados a las fases de construcción, explotación y desmantelamiento. Los impactos de la fase de desmantelamiento son del mismo tipo que durante la fase de construcción. Con la diferencia de que tras esta fase se incluyen labores de restitución de terrenos y accesos y la recuperación de usos tradicionales del suelo, que generarían fundamentalmente impactos positivos.

B.1 Suelo, subsuelo y geomorfología.

Durante la fase de construcción, las principales afecciones sobre la geomorfología se podrán producir como consecuencia de los movimientos de tierra, sin que se prevea una importante modificación de la morfología de la zona ni el aumento de los procesos erosivos, ya que la mayoría de las actuaciones previstas se localizan sobre un terreno relativamente llano.

Para minimizar los movimientos de tierra, el promotor ha elegido diseños que se adaptan más fácilmente al terreno (seguidores de tipología bifila 1V, que se caracterizan por tener menor longitud, 60 m frente a 90 m, y aproximadamente un 30 % de los postes tienen longitudes extra de hasta 500 mm) y, mediante un software específico, ha realizado una topografía de detalle.

El promotor ha estimado que, para la ejecución de la planta solar, será necesaria la regularización puntual del terreno en la implantación de las estaciones de potencia, viales, zanjas y algunas zonas del campo solar para la correcta colocación de los seguidores en condiciones técnicas y de seguridad adecuadas, resultando un total aproximado de 23.761 m3 de excavación, 21.985 m3 de terraplén y 4.998 m3 de subbase.

Complementariamente, para evitar el transporte de los materiales necesarios desde cantera existente, el promotor propone aportarlo a partir de una excavación adicional en un área de 1,79 ha.

No obstante, según consta en el condicionado de la presente resolución, se excluirán de la planta aquellas zonas en las que para poder instalar los paneles sea necesario realizar movimientos de tierra, únicamente se permitirá una regularización del terreno en el sentido del básico tapado o rellenado de huecos o alisado de pequeños baches y montículos, el mínimo para la realización del trabajo de montaje.

De acuerdo al estudio geotécnico el 72,59 % de las hincas de la estructura seguidora, se hincarán directamente en el terreno, sin necesidad de excavaciones previas, en el 18,15 % se ejecutará predrilling, donde el terreno es más duro y el hincado directo ofrece un rechazo importante y para el 9,26 % restante, en el recinto más situado al este, se ejecutarán micropilotes de hormigón para fijar las hincas al suelo.

Las principales afecciones sobre la edafología se producirán, en la fase de construcción, por el trasiego de maquinaria y la compactación de los terrenos debido a la ocupación temporal para las zonas auxiliares previstas y por el riesgo potencial de contaminación por vertidos accidentales de aceites y combustibles. En la fase de explotación, el principal impacto se debe a la ocupación permanente del suelo.

Las principales medidas de protección de la edafología y geomorfología son: delimitación de las zonas ocupadas por el proyecto mediante jalonamiento, utilización preferente de la red de caminos existente, se habilitará y delimitará un área de trabajo en la que se llevarán a cabo las labores de mantenimiento de la maquinaria, gestión de residuos, gestión de la tierra vegetal y restauración de los terrenos afectados por las obras.

De acuerdo con el informe de la DGEC, el recinto más oriental de la planta (n.º 10) podría afectar a una «uvala», formación considerada elemento geomorfológico de protección especial en Castilla-La Mancha así como a su vez a algún pequeño humedal estacional que se genere en esa zona, lo que supondría un impacto relevante a tener en cuenta ya que dicha formación se encuentra recogida como elemento geomorfológico y hábitat de protección especial en el anejo 1d de la Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza. El informe de la DGEC considera que se debería modificar la ubicación del recinto más oriental (n.º 10), concentrando así la planta lo más próxima posible al parque eólico existente con el que hibrida y a la subestación en que evacúa. Este aspecto ha sido señalado expresamente al promotor en el requerimiento de información adicional realizado en mayo de 2022 y en la respuesta dada por el promotor en julio de 2022 plantea una nueva alternativa completa más hacia el oeste y la descarta porque sigue considerando mejor la del EsIA, en ningún momento plantea modificar solo el recinto más oriental (n.º 10).

B.2 Hidrología.

En el ámbito en el que se establece el proyecto, no existen cursos de agua definidos. El cauce definido más próximo es el arroyo de la Fuente de la Sierra situado al noreste del emplazamiento, a una distancia aproximada de 1,7 km.

Por otra parte, el recinto de la planta situado más al este (n.º 10), se ubica sobre una «uvala» por lo que, como indica el promotor, existe un posible riesgo de inundación en esta zona.

Durante la fase de construcción, la contaminación de las aguas y la alteración de los cauces fluviales parece improbable ya que las obras no afectarán a ningún cauce. Durante la fase de funcionamiento, las labores de restauración disminuirán la erosión de suelo por escorrentía superficial y arrastre de materiales, reduciendo a su vez el aporte de sólidos a los cauces del entorno del emplazamiento de la planta fotovoltaica.

Durante la fase de explotación, la principal afección sobre la hidrología será el consumo de agua durante las tareas de lavado de los paneles, que el promotor estima en 2 m3 de agua tratada/MWp cada tres años.

Como medidas de protección de la hidrología, el proyecto contempla, además de las ya descritas para evitar la contaminación de suelos, evitar el acopio de materiales en las zonas próximas a las vaguadas y que la limpieza de las cubas de hormigón se realice siempre sobre recipientes estancos.

La Confederación Hidrográfica del Tajo, en su informe de 22 de julio de 2021, propone el cumplimiento de una serie de condicionantes generales de protección del estado natural de los cauces y sus márgenes y del dominio público hidráulico (DPH), los cuales se recogen en el condicionado de la presente resolución.

B.3 Atmósfera, cambio climático.

Durante la fase de construcción, se puede producir un incremento temporal de polvo en el aire y de las emisiones de contaminantes y sonoras, provocado en su mayor parte, por el movimiento de tierras y de la propia maquinaria e hincado de los postes.

Durante la fase de explotación, se puede producir un incremento de los niveles sonoros como consecuencia del funcionamiento durante el día, de los inversores y transformadores de la planta solar y de la subestación.

Las afecciones no se consideran significativas ya que en el entorno de 1 km alrededor de la planta no existen edificaciones destinadas al uso residencial u otros usos sensibles, las únicas edificaciones en este ámbito son la propia Subestación «El Llano» y dos chozos o antiguas construcciones derruidas sin uso, pertenecientes al patrimonio cultural de la zona, y el núcleo poblacional más cercano es Villalba del Rey, a aproximadamente 2,5 km de distancia.

El promotor propone medidas como el riego de caminos y zonas de obras; el transporte cubierto de los materiales; la limitación de la velocidad de los vehículos; la utilización de silenciadores y amortiguadores; y la correcta puesta a punto, mantenimiento y utilización de la maquinaria, de tal forma que cumpla la normativa vigente referente a emisiones atmosféricas de gases y ruido.

Respecto a la posible contaminación lumínica, en la documentación presentada por el promotor se manifiesta expresamente que no se contempla la instalación de sistemas de iluminación de la planta solar.

Durante la fase de explotación, la energía generada en la instalación proyectada genera un impacto muy positivo sobre la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. Según los datos estimados sobre el recurso solar, en el periodo de treinta años se espera generar aproximadamente 1.930.834 MW, lo que equivaldría a evitar unas 842.229,8 toneladas de CO2 si la electricidad se produjera con combustibles fósiles.

B.4 Flora, vegetación y hábitats de interés comunitario (HIC).

La zona de estudio está compuesta fundamentalmente por zonas agrícolas, con presencia de pies dispersos de especies leñosas (encinas y matorral asociado) que forman paisajes adehesados.

Las afecciones en la fase de construcción vendrán motivadas por la eliminación y degradación de la cubierta vegetal debido fundamentalmente al montaje de las estructuras donde se colocarán los módulos, a las zanjas y a los accesos y viales.

De acuerdo con la información facilitada por el promotor, la ejecución el proyecto supondrá la eliminación de 8 pies de encina (Quercus ilex) de pequeño y mediano tamaño y aproximadamente 0,21 ha de pastizales subnitrófilos. Se han mantenido las grandes masas arbóreas y los individuos aislados de gran porte, así como toda aquella vegetación natural que permitía la flexibilidad del diseño de las instalaciones.

En relación a los HIC, aunque existe superposición de la planta con teselas de la cartografía del MITECO, concretamente una parte de la zona norte de la implantación con el HIC 1520* «Vegetación gipsícola ibérica» y el HIC 9340 «Bosques de Quercus ilex y Quercus rotundifolia», tras los trabajos de campo realizados durante la redacción del EsIA se ha comprobado que realmente estas zonas están ocupadas por cultivos de cereal. Los pies aislados de encina y los rodales conformados por encina y coscoja, pueden considerarse como parte relicta del HIC 9340 «Bosques de Quercus ilex o de Quercus rotundifolia» que, en épocas anteriores, ocupaba una mayor superficie y que ha sido modificado por la actividad agrícola. Por tanto, no se esperan afecciones sobre los HIC por parte de ninguna actuación del proyecto, salvo lo comentado en relación con los pies de encina dispersos.

El EsIA ha identificado las especies de flora protegida que potencialmente podrían encontrarse en el entorno del proyecto: Acer monspessulanum, Cladium mariscus, Lonicera splendida, Platanthera algeriensis y Pyrus bourgaeana. Fruto de la prospección botánica, sobre las superficies a ocupar tanto por las plataformas como por la línea de evacuación, el promotor constata que no existe presencia de especies protegidas en estas zonas.

Para la protección de la vegetación y los HIC durante la fase de construcción, el promotor contempla, entre otras medidas: eliminación de la vegetación estrictamente necesaria, control de la maquinaria dentro de las zonas señalizadas, prospección botánica previa verificando que no existe ninguna especie catalogada, balizamiento de pies dispersos de encina, medidas de prevención de incendios forestales, establecimiento de un plan de control de especies invasoras, restauración ambiental de los terrenos afectados y apantallamiento vegetal de las instalaciones (franja de 5 m de anchura con especies autóctonas al tresbolillo en tres líneas paralelas).

Durante la fase de explotación, en el caso de llevar a cabo control de la vegetación entre las estructuras de soporte de los módulos fotovoltaicos, se realizará mediante el empleo de medios mecánicos o ganado, con posibilidad de pastoreo rotacional, restringiendo el uso de herbicidas. En las zonas libres de estructuras de soporte de los módulos fotovoltaicos, y con sustrato de yeso o margas yesíferas, se tratará de recuperar las comunidades vegetales gipsófilas, no realizando ningún tipo de intervención y control de la vegetación, con el fin de permitir su colonización natural por parte de las especies típicas de dicho hábitat protegido, y la realización de siembras, siempre que se observe que la recuperación natural es deficiente.

B.5 Fauna y biodiversidad.

Durante la construcción, se puede producir afección a la fauna como consecuencia de la destrucción, fragmentación y alteración de hábitats por la ocupación de suelo. Asimismo, también se puede producir la potencial destrucción de nidos y madrigueras, atropellos, desplazamientos y modificaciones de las pautas de comportamiento como consecuencia de los ruidos, mayor presencia humana, movimiento de maquinaria y otras molestias de las obras.

Durante la fase de explotación, los principales impactos considerados son la pérdida de hábitat de las especies presentes por ocupación de la planta y el efecto barrera ocasionado por presencia de la planta y el vallado perimetral.

El emplazamiento de la instalación solar fotovoltaica no se localiza próximo a ningún área catalogada con alguna figura de protección respecto a las especies de águila perdicera (Aquila fasciata), águila imperial ibérica (Aquila adalberti), buitre negro (Aegipyus monachus), cigüeña negra (Ciconia nigra) y Lince ibérico (Lynx pardinus). La figura de protección más cercana a la instalación se encuentra a 14 km al oeste y se trata del área crítica del águila perdicera.

El EsIA incluye un «Estudio de avifauna y muestreo de mamíferos terrestres», realizado de manera conjunta para los proyectos de las plantas fotovoltaicas de Peralejo y Escepar. El objetivo es conocer el estado actual de las poblaciones que hacen uso de estos terrenos con el fin de analizar el impacto que se ocasionará sobre sus comunidades como consecuencia del desarrollo de este proyecto y a su vez proponer medidas encaminadas a minimizar o eliminar este impacto.

Para llevar a cabo este estudio se han realizado trabajos de campo quincenales, de junio de 2020 a mayo de 2021, mediante itinerarios (7 recorriendo 46,1 km), estaciones de muestreo (8) y estaciones de escucha para censos nocturnos (5), para el caso de la avifauna, y, para el caso de los mamíferos, mediante itinerarios de muestreo (3 recorriendo 9,43 km).

En el inventario de especies potenciales de avifauna, se han determinado un total de 197 especies de las cuales hay un total de 55 especies objetivo. Durante los trabajos de campo, se ha obtenido una riqueza total de 61 especies para un total de 5.254 avistamientos que hacen uso del área de estudio en el emplazamiento y entorno de la instalación solar fotovoltaica y su evacuación, para los muestreos realizados mediante itinerarios y también estaciones fijas.

El Índice kilométrico de abundancia (IKA) para este ciclo anual ha sido de 6,61 individuos/km y el índice de diversidad calculado (Índice de Shannon-Weaver), corresponde a un valor de H' = 2,78.

El jilguero (Carduelis carduelis) fue la especie más abundante, junto con otras aves asociadas a medios agrarios como las cogujadas. Pinzones, trigueros y estorninos también están presentes en gran medida. Para este grupo de pequeñas aves, y también para las columbiformes y córvidos, la presencia de la instalación se estima poco significativa, en cuanto a un impacto real se refiere. Son especies que tienen un amplio rango de adaptación a las construcciones y presencia humanas y, además, su pequeño tamaño y sus necesidades de hábitat no están reñidas con la presencia de una planta fotovoltaica, que no va a suponer un riesgo para la mortalidad de ejemplares ni una ocupación excluyente del suelo.

En relación a las aves esteparias, las más afectadas por la ocupación y destrucción de su hábitat, no se espera que sufran impactos importantes, debido a que no parecen encontrar en la zona un área propicia para su alimentación y reproducción, teniendo en cuenta las observaciones hechas durante el ciclo anual, solo se ha detectado un individuo de avutarda común (Otis tarda) en vuelo, y durante el seguimiento de los parques eólicos Peralejo y Escepar no se ha detectado su presencia de esta especie. No obstante, sí se considera una zona con cierto potencial para albergar especies esteparias, dada su extensión de campos de cultivo, con alternancia de barbechos.

En lo que respecta al grupo de las aves rapaces, no se ha detectado una gran cantidad de individuos de las diferentes especies potenciales, siendo el cernícalo vulgar (Falco tinnunculus) la más abundante. En cuanto a rapaces de gran porte como pueden ser el águila real (Aquila chrysaetos), águila perdicera (Aquila fasciata), águila imperial ibérica (Aquila adalberti), buitre negro (Aegypius monachus) y buitre leonado (Gyps fulvus), tan solo la primera y la última han hecho acto de presencia en el período anual de estudio, eso sí, de forma muy puntual, contando con dos avistamientos en el caso de la primera y dos avistamientos con uno y ocho individuos para el segundo. También se han identificado en puntuales ocasiones otras especies ligadas a medios forestales como el esmerejón (Falco columbarius) y gavilán (Accipiter nissus).

En relación al uso que realizan estas especies para la zona de estudio, no se han identificado importantes flujos o zonas de paso habituales de estas especies. La zona sí puede ser utilizada como campeo de algunas especies de rapaces, no identificándose dormideros, comederos o zonas especialmente sensibles que puedan coincidir con la zona de estudio seleccionada.

De las especies inventariadas durante el trabajo de campo, y según el Catálogo de especies amenazadas de Castilla-La Mancha, encontramos un total de 35 especies catalogadas dentro de la categoría «De Interés especial», seis como «Vulnerable» y ninguna «En peligro de extinción».

Por otra parte, señalar que en el inventario de especies potenciales de mesocarnívoros, se han determinado un total de ocho especies, de las cuales cinco están catalogadas como «De Interés Especial» y únicamente una de ellas como «Vulnerable», la nutria.

De las ocho especies potenciales únicamente se ha podido confirmar la presencia de tres de ellas en la zona de estudio, el jabalí, el corzo y el zorro, mediante indicios de presencia como hozaduras y huellas.

Por último, y en relación a la conectividad ecológica del territorio, la instalación solar fotovoltaica no afecta a ninguno de los corredores prioritarios designados en el territorio nacional para especies de mamíferos forestales, encontrándose sobre terrenos de cultivo de secano que presentan mayor resistencia al movimiento de estas especies que los hábitats forestales.

El promotor en el EsIA ha incluido una serie de medidas preventivas, correctoras y compensatorias para la fauna y, además, en la documentación adicional de julio de 2022, ha asumido expresamente las propuestas en el informe de la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (en adelante DGMNyB):

– Antes del inicio de las obras se realizará muestreo de campo exhaustivo de la planta y su área de influencia, así como en las masas forestales circundantes o de ribera, con el fin de detectar la posible presencia de aves nidificando y establecer las medidas preventivas necesarias debiendo presentarse resultados al Servicio Provincial de Cuenca de la DGMNyB.

– Se realizará una temporalización de los trabajos adecuada al ciclo biológico de avifauna de interés presente en el espacio, de forma que se aminoren o eviten los impactos negativos.

– Se desarrollarán medidas para evitar el atrapamiento de fauna en el interior de zanjas, tales como la instalación de rampas de escape en su interior, cubrir las zanjas abiertas al finalizar cada jornada e inspeccionarlas al comienzo de la jornada para comprobar la posible presencia de animales atrapados.

– Se mantendrán los majanos existentes o se planteará su reubicación a zonas de las poligonales libres de módulos solares.

– El vallado perimetral se deberá realizar de manera que no suponga un riesgo para la conservación y circulación de la fauna silvestre ni degrade el paisaje, por lo que reunirán las características indicadas en el informe de la DGMNyB.

– Restricción en la utilización de herbicidas, plaguicidas, insecticidas, rodenticidas y otros productos químicos que por sus características provoquen perturbaciones en los sistemas vitales de la fauna silvestre.

– Se procurará retrasar el control de la vegetación herbácea durante la fase de explotación hasta el 1 de junio de cada año, con el fin de favorecer a la fauna entomológica, en especial a la abeja europea (Apis melífera).

– Las siguientes medidas compensatorias se realizaran de acuerdo con lo detallado en el informe de la DGMNyB y serán acordadas y aprobadas por el Servicio Provincial de Cuenca antes de su ejecución:

• Corrección de dos apoyos peligrosos en líneas eléctricas del entorno de la planta por cada 1.000 m de longitud lineal de vallado perimetral y/o el equivalente en importe en balizamiento de líneas eléctricas. Para ello, se recomienda aplicar las medidas de protección de la avifauna frente a colisiones y electrocuciones establecidas en la legislación vigente.

• Implementación de medidas agroambientales para la compatibilización de cultivos herbáceos de secano con la conservación de aves esteparias, en una superficie similar a la ocupación de la planta.

B.6 Espacios naturales protegidos, Red Natura 2000.

Ni la planta fotovoltaica ni la línea eléctrica de evacuación se ubican sobre espacios protegidos. El más próximo es la Zona de Especial Conservación ZEC «Estepas yesosas de La Alcarria» y se encuentra a más de 5 km al sur de la planta.

El emplazamiento del proyecto no se localiza dentro de ningún Monte de Utilidad Pública, no obstante, colinda con el CU-165 «Robledal o Tallar».

B.7 Paisaje.

El principal impacto durante la fase de construcción se produce debido a la presencia de maquinaria de obra, los movimientos de tierra y la construcción de las infraestructuras previstas. Durante la fase de explotación, la presencia de las instalaciones implicará una pérdida de la calidad visual del entorno, debido a que supondrán la aparición de elementos discordantes con el paisaje rural donde se localiza el proyecto.

El paisaje del entorno en el que se desarrolla el proyecto está formado por un mosaico agrícola compuesto fundamentalmente por cultivos anuales de cereal, girasol y leguminosas, en menor medida cultivos leñosos, principalmente olivo, frutos de cáscara y viñedo, que se intercalan con manchas de encinar, pinar o monte mediterráneo de porte bajo.

Las localidades más próximas al emplazamiento son Tinajas y Villalba del Rey, a aproximadamente 3,7 y 2,5 km respectivamente, distancias suficientes para que el impacto visual desde estos municipios no sea muy elevado. Además, la principal red viaria es la CM-2017 que discurre a más de 2 km, por lo que a efectos de impacto paisajístico del proyecto supone un bajo número de potenciales observadores.

Para minimizar la afección paisajística, el promotor contempla la restauración de los terrenos afectados por las obras y la instalación de una pantalla vegetal lineal siguiendo el cerramiento perimetral de la planta utilizando especies autóctonas.

B.8 Población, salud humana.

Durante la fase de construcción se pueden producir molestias a la población por el incremento de los niveles de ruido, emisiones de gases y partículas y disminución de la permeabilidad territorial durante las obras, que el promotor considera poco significativas dadas las distancias a núcleos urbanos y edificaciones sensibles dispersas. Por el mismo motivo, la población no sufrirá exposición a campos magnéticos. Por otro lado, tanto en fase de construcción como de explotación, el EsIA prevé un impacto positivo en la economía de la comarca por demanda de mano de obra, servicios y suministros.

La Delegación Provincial de Sanidad de Cuenca, una vez revisado el proyecto y estudio de impacto ambiental, emite informe favorable.

B.9 Bienes materiales, patrimonio cultural y vías pecuarias.

La Delegación Provincial de Cuenca de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en su informe de junio de 2021, informa favorablemente el proyecto de acuerdo a la prospección intensiva realizada por el promotor, condicionado a una serie de medidas que se detallan en el condicionado de la presente resolución.

De acuerdo con la información facilitada por el promotor, las instalaciones proyectadas no afectarán directamente a vías pecuarias, siendo la más cercana la «Cañada Real de Molina de Aragón», a unos 5,41 km de distancia en dirección oeste al emplazamiento.

B.10 Impactos sinérgicos y acumulativos.

El EsIA incluye en el anexo IV un «Estudio de sinergias» que ha considerado todos los proyectos eólicos y fotovoltaicos cercanos (existentes y proyectados), líneas eléctricas y otras infraestructuras, en un entorno de 10 km alrededor de la planta fotovoltaica.

Proyecto Potencia (MW) Estado Distancia a la Planta Hibridación Escepar (m)
PF Bolarque I. 40 En tramitación. 2.407
PE El Escepar I. 36 En explotación. 2.328
PE El Peralejo I. 26 En explotación. Colindante
PF Hibridación Peralejo. 26 En tramitación. Colindante
SET El Llano. En explotación. 507
LAT El Llano-Bolarque de 220 kV. En explotación. 453
LE Villalba del Rey-Olmeda de la Cuesta. En explotación. 1.740
LE Gascueña-Priego. En explotación. 8.230

En dicho estudio se concluye que, de todos los impactos que potencialmente pueden ocasionar efectos acumulativos o sinérgicos, se produce un 38,48% de impactos sinérgicos negativos, un 30,76 % de sinergia positiva y 30,76 % impactos que no generarán sinergias. Del 38,48 % de los impactos sinérgicos negativos, un 20 % se califican como moderados, fundamentalmente sobre la fauna (perdida y alteración del hábitat y efecto barrera) y la vegetación, mientras que el 80 % de los impactos se califican como compatibles.

C. Análisis de los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del proyecto:

El EsIA incluye un análisis de la vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o catástrofes. Se ha llevado a cabo la cuantificación de los riesgos mediante el producto de la estimación de su probabilidad y de su severidad y se detallan una serie de medidas preventivas de carácter general: cumplimiento de la normativa, alejamiento de las instalaciones de la planta a más de 200 m del eje central de los principales cursos de agua, plan de autoprotección de incendios, utilización de pararrayos, adecuado mantenimiento de la maquinaria, etc.

Catástrofes naturales
Tipo Probabilidad (1-4) Severidad (1-4) Riesgo
Vientos huracanados. 2: Baja. 2: Baja. Muy bajo.
Inundaciones. 2: Baja. 1: Muy baja. Muy bajo.
Caída de rayos. Alta. 3: Media. Medio.
Riesgos geológicos. 1: Muy baja. 1: Muy baja. Muy bajo.
Accidentes graves
Tipo Probabilidad (1-4) Severidad (1-4) Riesgo
Vertidos. 1: Muy baja. 1: Muy baja. Muy bajo.
Emisiones-escapes. 1: Muy baja. 1: Muy baja. Muy bajo.
Incendios. Baja. 4: Alta. Bajo.
Fallo eléctrico. Media. 3: Media. Medio.

El informe del Servicio de Protección Ciudadana de la Delegación Provincial de Hacienda y Administraciones Públicas de Cuenca indica que los terrenos donde se ubica la planta fotovoltaica no están clasificados como zona de alto riesgo de incendio y no se califican como «Monte», según la definición del artículo 3 de la Ley 3/2008, de 12 de junio, de Montes y Gestión Forestal Sostenible de Castilla-La Mancha. En cualquier caso, se estará a lo dispuesto en la Orden de 26 de septiembre de 2012, de la Consejería de Agricultura, por la que se modifica la Orden de 16 de mayo de 2006 de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se regulan las campañas de prevención de incendios forestales, así como las resoluciones que emita la Dirección General de Política Forestal y Espacios Naturales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sobre la prohibición temporal de quema de restos vegetales en el medio natural y trabajos con riesgo de incendios en las superficie forestales.

En todo caso, al igual que los aspectos técnicos y el diseño del proyecto, la vulnerabilidad del proyecto (en base al análisis realizado por el promotor) es un factor más a considerar en la decisión de autorización del proyecto por parte del órgano sustantivo. Respecto a la vulnerabilidad del proyecto frente accidentes graves y/o catástrofes naturales la presente propuesta recoge, resume y traslada los pronunciamientos de las autoridades competentes en la materia y las cuestiones suscitadas en el procedimiento de participación pública para su valoración por el órgano sustantivo, como órgano competente en esta materia, previo a la autorización del proyecto.

D. Programa de vigilancia ambiental.

El EsIA contiene un programa de vigilancia ambiental (PVA) cuyo objetivo consiste en el seguimiento y control de los impactos previstos, garantizar el cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, así como identificar impactos ambientales no previstos y la adopción de medidas adicionales para la protección ambiental. En cada una de las fases de dicho programa, se realizará un seguimiento de la eficacia de las medidas adoptadas y sus criterios de aplicación, emitiendo los correspondientes informes de vigilancia. Los principales aspectos considerados en el PVA del EsIA son los siguientes:

Fase de replanteo: se controlará que el emplazamiento final de todas las infraestructuras proyectadas y del resto de estructuras asociadas sea dentro del área autorizada administrativamente, comprobación en el replanteo que no se afecta a ningún elemento que no haya sido identificado en el inventario ambiental, se solicitarán las correspondientes autorizaciones o permisos necesarios, etc.

Fase de construcción y desmantelamiento: seguimiento de las emisiones de polvo y ruido, seguimiento de afecciones al suelo y el sistema hidrológico, control de residuos y gestión de inertes, seguimiento de las afecciones a flora y vegetación, seguimiento de las afecciones a fauna, integración paisajística y restauración ambiental y morfológica, seguimiento arqueológico

Fase de explotación: seguimiento de las actuaciones contempladas en el programa de restauración ambiental, seguimiento de las afecciones a la fauna y seguimiento del correcto funcionamiento de la red de drenaje.

Fundamentos de Derecho

El proyecto objeto de la presente resolución se encuentra comprendido en el apartado 7.1.d) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación de impacto ambiental, en virtud de lo cual resulta preceptivo su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental y la formulación de declaración de impacto ambiental, con carácter previo a su autorización administrativa, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 y siguientes de la citada norma.

Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos de competencia estatal, de acuerdo con el artículo 7.1.c) del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

La presente declaración analiza los principales elementos considerados en la evaluación practicada: el documento técnico del proyecto, el estudio de impacto ambiental (EsIA), el resultado de la información pública y de las consultas efectuadas, así como la documentación complementaria aportada por el promotor.

En consecuencia, esta Dirección General, a la vista de la propuesta de la Subdirección General de Evaluación Ambiental, formula declaración de impacto ambiental a la realización del proyecto «Planta Fotovoltaica de Hibridación Escepar de 36 MWp, y su infraestructura de evacuación, en los términos municipales de Villalba del Rey y Tinajas, en la provincia de Cuenca», en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación ambiental practicada y se exponen a continuación, en las que se debe desarrollar el proyecto para la adecuada protección del medio ambiente y los recursos naturales, lo cual no exime al promotor de la obligación de obtener todas las autorizaciones ambientales o sectoriales que resulten legalmente exigibles.

Atendiendo a los antecedentes y fundamentos de Derecho expuestos, se resuelven las condiciones al proyecto y medidas preventivas, correctoras y compensatorias de los efectos adversos sobre el medio ambiente, que se establecen en los siguientes términos:

Condiciones al proyecto

i) Condiciones generales.

1. El promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias contempladas en el EsIA y las aceptadas tras la información pública, o contenidas en la información complementaria, en tanto no contradigan lo establecido en la presente resolución.

2. Antes de comenzar los trabajos, se establecerá contacto con el coordinador de los Agentes Medioambientales de la zona, a efectos de asesoramiento para una correcta realización de los mismos. La conclusión de los trabajos se comunicará igualmente al Agente Medioambiental de la zona, con el fin comprobar que los trabajos se han realizado conforme a las condiciones técnicas establecidas.

3. Con carácter general, el promotor habrá de respetar las buenas prácticas ambientales para la realización del proyecto, pudiendo servir de orientación los «Manuales de Buenas Prácticas Ambientales en las Familias Profesionales», que se encuentran publicados en la página web de este Ministerio, para cada una de las actuaciones previstas.

4. Los residuos generados, tanto en fase de obras como de explotación, serán gestionados según las disposiciones establecidas en la normativa vigente. La gestión de los residuos se irá realizando según se vayan generando, minimizando de esta forma su acumulación en las instalaciones.

5. Con anterioridad a la finalización de la vida útil o del plazo autorizado para la explotación del proyecto, el promotor presentará al órgano sustantivo un proyecto de desmantelamiento de la totalidad de sus componentes, incluyendo la gestión de los residuos generados y los trabajos para la completa restitución geomorfológica y edáfica, posibilitando el restablecimiento del paisaje y uso original de todos los terrenos afectados por el proyecto.

ii) Condiciones relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias para los impactos más significativos.

A continuación, se indican aquellas medidas del EsIA que deben ser modificadas y aquellas medidas adicionales establecidas en las alegaciones e informes recibidos en el procedimiento y en las respuestas del promotor que se consideran necesarias para garantizar la protección del medio ambiente; así como las que se desprenden del análisis técnico realizado por el órgano ambiental.

1. Geomorfología, suelo y geodiversidad

1. La instalación de los paneles se adaptará a la orografía permitiéndose únicamente una regularización del terreno en el sentido del básico tapado o rellenado de huecos o alisado de pequeños baches y montículos, el mínimo para la realización del trabajo de montaje. Se excluirán aquellas zonas en las que para poder instalar los paneles sea necesario realizar movimientos de tierras.

2. Las estructuras de soporte de los módulos fotovoltaicos irán hincadas al terreno, sin utilizar hormigón u otros materiales análogos. En todo momento se evitará la realización de voladuras. La altura de colocación de los módulos solares debe adaptarse a la morfología del terreno y permitir el manejo de la vegetación con el ganado.

3. No se retirará la tierra vegetal ni se harán compactaciones salvo en las soleras de los centros de transformación, zanjas para el cableado, viales y zonas de instalaciones auxiliares de obra. La tierra vegetal obtenida se utilizará en labores de restauración de zonas alteradas y, si fuera necesario, se realizarán aportes de tierra vegetal extra en áreas con riesgo de erosión.

4. Los materiales externos necesarios para la obra civil (arena, hormigón, grava, zahorra, etc.) procederán de empresas y canteras legalizadas existentes en el entorno de la actuación. En caso de existir excedentes, estos se gestionarán conforme a la Orden APM/1007/2017, de 10 de octubre, sobre normas generales de valorización de materiales naturales excavados para su utilización en operaciones de relleno y obras distintas a aquéllas en las que se generaron.

5. El tránsito de vehículos y maquinaria estará restringido a las zonas de ocupación y alteración del suelo (viales existentes y previstos), evitando especialmente las vaguadas y las charcas. El trazado de los viales debe ser balizado (mediante malla de obra o similar) a fin de limitar la salida de vehículos.

6. Se establecerán áreas específicas, debidamente impermeabilizadas y acondicionadas para las actividades que puedan causar más riesgo de vertidos de residuos líquidos peligrosos, como puede ser el cambio de aceite de la maquinaria o vehículos empleados. En caso de derrame accidental de aceites, lubricantes o hidrocarburos, se actuará inmediatamente delimitando la zona de suelo afectada, construyendo una barrera de contención para evitar la dispersión del vertido y retirando las tierras contaminadas para su tratamiento como residuo peligroso. Los suelos afectados por cualquier tipo de incidente serán objeto de restauración.

7. Se dispondrán depósitos bajo los transformadores, con capacidad para retener la totalidad del aceite dieléctrico contenido en cada transformador, más un porcentaje de seguridad de acuerdo a normativa vigente, en caso de rotura o fuga.

8. Se excluirá de la planta fotovoltaica el recinto situado más al este (n.º 10), evitando de este modo la afección a la «uvala», los posibles riesgos de inundación y la necesidad, en esta zona, de ejecución de micropilotes de hormigón para fijar los paneles al suelo. Tras excluir este recinto de 11,68 ha, la superficie total de la planta fotovoltaica pasa a ser de 54,29 ha.

2. Hidrología

1. Todas las actuaciones que se realicen en zona de dominio público hidráulico (DPH) o zona de policía de cualquier cauce público, así como el posible vertido de aguas residuales y captaciones de aguas públicas, deberán contar con la preceptiva autorización de la Confederación Hidrográfica del Tajo. En ningún caso se autorizarán dentro del DPH la construcción, montaje o ubicación de instalaciones destinadas a albergar personas, aunque sea con carácter provisional o temporal y se respetarán las servidumbres de 5 m de anchura de los cauces públicos. Todo ello de acuerdo con la normativa vigente en la materia.

2. La limpieza y mantenimiento de las placas solares, así como de otros elementos de las instalaciones, se realizará con agua, sin productos químicos peligrosos para el medio ambiente.

3. Se prohíbe en toda la superficie ocupada por el proyecto el empleo de fertilizantes, fitosanitarios y herbicidas.

3. Aire, factores climáticos y cambio climático

1. Se asegurará la minimización de emisiones de polvo y gases contaminantes en fase de obra mediante el cumplimiento de las medidas establecidas en los manuales de buenas prácticas relativos a construcción, edificación y transporte (cubrición de los camiones de transporte, riego de superficies, zonas de lavado de ruedas, selección adecuada de la ubicación para las zonas de acopio, revegetación temprana, cumplimiento de condiciones técnicas de los vehículos y maquinaria pesada, etc.).

4. Flora, vegetación, y Hábitats de Interés Comunitario (HIC)

1. Antes del inicio de las obras, se realizará una prospección del terreno con objeto de identificar la presencia de especies de flora amenazada y/o vegetación de interés y, en caso de detectarse, se comunicará al Agente Medioambiental y se informará al órgano ambiental de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para que establezca las medidas de protección adecuadas, incluida en su caso, la translocación de los ejemplares.

2. Se respetarán los pies aislados y rodales de encinas existentes en el interior de la planta, tal y como se define en el EsIA, manteniendo una distancia de seguridad de entre 7 y 10 m desde proyección de copas a los paneles, tal y como prescribe el informe de la DGMNyB. Los 8 pies de encina, de pequeño y mediano tamaño, que el promotor propone eliminar, se trasplantarán, preferentemente a zonas dentro de la planta libres de paneles o en su entorno inmediato.

3. Se elaborará y desarrollará un Protocolo de erradicación y control de flora alóctona invasora que integre actuaciones específicas y que incluya el seguimiento de las zonas afectadas temporalmente por las obras.

4. El proyecto de construcción incluirá un «Plan de Restauración Vegetal e Integración Paisajística», a escala y detalle apropiados, que comprenderá todas las actuaciones de restauración, compensación y apantallamiento integradas por el promotor en el proyecto, incluidas las indicadas en esta resolución, concretando y cuantificando las superficies de trabajo, métodos de preparación del suelo, especies vegetales a utilizar, métodos de siembra o plantación y resto de prescripciones técnicas, así como el presupuesto y cronograma de todas las actuaciones, que deberá ser remitido al órgano ambiental de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para su validación. Deberá asegurarse la viabilidad y supervivencia de todas las plantaciones, incluidas las del apantallamiento vegetal, durante toda la vida útil de la instalación, contemplando la reposición de marras y riegos de mantenimiento si fuera preciso.

5. El control de la vegetación natural en el interior de la planta fotovoltaica durante la fase de explotación se realizará mediante desbroce (no decapado, laboreo o subsolado) o, preferentemente, con ganado. La carga ganadera máxima y la limitación espacial y temporal del pastoreo se fijarán anualmente de acuerdo con el régimen anual de precipitaciones. Se prohíbe la utilización de herbicidas y pesticidas para el control de la vegetación natural de la planta. En todo caso, solo se deberá eliminar la vegetación donde sea necesario y en las épocas en las que no interfiera con la reproducción y nidificación de la fauna, siempre en coordinación con el órgano ambiental de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

5. Fauna

1. Previo al inicio de los trabajos se establecerá un calendario de obras, en el que se definirán las limitaciones temporales y espaciales en función de la presencia de especies protegidas, el cual podrá ser objeto de modificación por parte del órgano ambiental de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. En cualquier caso, se evitarán los desbroces, movimientos de tierras y actividades más ruidosas en el periodo de cría de la fauna.

2. Se realizará una prospección de la zona de obras por personal técnico especializado, de manera previa a la ejecución de las obras, con el fin de determinar la existencia de animales, nidos o madrigueras. En caso de localizar animales, nidos o camadas de especies protegidas se avisará al Agente Medioambiental de la zona o al órgano ambiental competente de la Junta, que darán las indicaciones oportunas.

3. Durante toda la fase de obras, se establecerá un mecanismo de rescate para la correcta gestión de todos aquellos ejemplares de fauna que pudieran verse afectados por los trabajos. Los ejemplares rescatados serán entregados al Centro de Recuperación de Fauna Silvestre o al Agente Medioambiental de la zona.

4. No se realizarán trabajos nocturnos y en caso de que fuera necesario, deberá solicitarse autorización expresa al órgano ambiental autonómico. En cualquier caso, estarán limitados a zonas muy concretas y siempre que no impliquen afección a especies protegidas.

5. Se desarrollarán medidas para evitar que la fauna quede atrapada en el interior de zanjas, tales como la instalación de rampas de escape, cubrir las zanjas abiertas al finalizar cada jornada e inspeccionarlas al comienzo de la jornada para comprobar la posible presencia de animales.

6. El vallado perimetral cumplirá el Decreto 242/2004, de 27 de febrero de 2004, por el que se aprueba el Reglamento de Suelo Rústico, y reunirá las características detalladas en el informe de la DGMNyB.

7. Se instalará un mínimo de una caja nido cada 10 ha de planta fotovoltaica. Las especies objetivo, ubicación y número final deberá ser consensuado con el órgano ambiental de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

8. Se implementarán medidas agroambientales para la compatibilización de cultivos herbáceos de secano con la conservación de aves esteparias, durante toda la vida útil de la planta, en una superficie similar a la ocupada. Estas medidas se realizarán de acuerdo con lo detallado en el informe de la DGMNyB, serán acordadas y aprobadas por el Servicio Provincial de Cuenca, antes de su ejecución, y se irán adaptando en función de los resultados obtenidos en el seguimiento ambiental.

9. Se corregirán 2 apoyos peligrosos en líneas eléctricas del entorno de la planta por cada 1.000 m de longitud lineal de vallado perimetral y/o el equivalente en importe en balizamiento de líneas eléctricas. Para ello, se recomienda aplicar las medidas de protección de la avifauna cara a colisiones y electrocuciones establecidas en la legislación vigente. Estas medidas se realizarán de acuerdo con lo detallado en el informe de la DGMNyB y serán acordadas y aprobadas por el Servicio Provincial de Cuenca, antes de su ejecución.

6. Paisaje

1. Los módulos fotovoltaicos incluirán un acabado con un tratamiento químico antirreflectante, que minimice o evite el reflejo de la luz.

2. Inmediatamente tras finalizar la fase de explotación del proyecto se desmantelará la totalidad de las instalaciones, gestionando cada residuo de acuerdo con la normativa aplicable, y se realizará una completa restauración geomorfológica y edáfica, de manera que pueda recuperarse el uso original del terreno.

7. Patrimonio cultural y vías pecuarias

1. La Delegación Provincial de Cuenca de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Castilla-La Mancha en su informe de junio de 2021, informa favorablemente el proyecto de acuerdo a la prospección intensiva realizada por el promotor, condicionado a las siguientes medidas:

– Control y seguimiento arqueológico de carácter extensivo de los movimientos de terreno generados por la construcción de la instalación solar fotovoltaica y línea de evacuación.

– En relación con el nuevo yacimiento arqueológico identificado y denominado «Casa del Monte II», se deberá realizar un control y seguimiento arqueológico de carácter intensivo de los movimientos de terreno en el sector afectado por la construcción de la planta fotovoltaica.

– Se deberá realizar la adecuada inclusión en el Inventario de Patrimonio Cultural de Castilla La Mancha de los nuevos elementos patrimoniales documentados en la prospección, aportando a este órgano la correspondiente ficha normalizada y su documentación gráfica y planimétrica en formato digital y papel. En relación con el yacimiento «Casa del Monte II» se unificarán las evidencias de localizaciones con industria lítica próximas para determinar la extensión real de este nuevo yacimiento arqueológico

– En el caso de que se reubiquen las instalaciones a otras parcelas, deberá realizarse una prospección arqueológica intensiva.

– Cualquier modificación y/o ampliación de la infraestructura informada deberá contar con el visado y la autorización de la Delegación Provincial de Cuenca.

iii) Condiciones al Programa de vigilancia ambiental.

En virtud del análisis técnico realizado, el programa de vigilancia previsto en el EsIA debe completarse con los aspectos adicionales que se incorporan mediante esta resolución.

El objetivo del citado plan en sus distintas fases es garantizar el cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas, correctoras y compensatorias descritas, a través de un seguimiento de la eficacia de dichas medidas y sus criterios de aplicación, que se reflejará en los correspondientes informes de vigilancia.

1. Se realizará el seguimiento y documentación de la prospección de fauna y flora previas a la ejecución de las obras.

2. Se realizará el seguimiento de la dinámica de las poblaciones de avifauna (presencia, abundancia y evolución) durante toda la vida útil del proyecto y cubriendo el ciclo anual completo de las principales especies presentes, tanto de la superficie ocupada por la planta como de su entorno más inmediato (3 km alrededor de las infraestructuras proyectadas). El seguimiento de las aves que ocupan la planta, especialmente como área de campeo o reproducción, permitirá analizar tanto la afección de los diferentes regímenes de tratamiento de la vegetación o pastoreo, como su influencia en la biodiversidad de la zona. La frecuencia de visitas para el seguimiento dependerá de la época del año, pero al menos se realizará una visita quincenal durante los 5 primeros años de explotación en las épocas de reproducción e invernada. A partir del sexto año este seguimiento se hará con la periodicidad que determine el órgano ambiental de la Junta de Castilla-La Mancha en función de los resultados obtenidos.

3. Seguimiento anual de las poblaciones de invertebrados, anfibios, reptiles y mamíferos para conocer su evolución en relación con la situación actual en el entorno inmediato de la planta.

4. Seguimiento anual del tránsito de aves y mamíferos en zona de actuación y su área de influencia. Uso de corredores faunísticos habilitados.

5. Se realizará un seguimiento de las condiciones físico-químicas y microbiológicas del suelo y de la evolución de la vegetación natural como consecuencia de la implantación de la planta, el cual será anual durante los primeros diez años de vida útil del proyecto, y cada cinco años a partir del décimo año.

6. Seguimiento mensual de mortalidad de aves en el interior del recinto de la planta solar, que se lleve a cabo mediante transectos para la búsqueda de cadáveres y revisiones periódicas del vallado perimetral donde se compruebe si hay presencia de individuos muertos o atrapados, que deberá ser subsanado de forma inmediata. Los resultados de dicho seguimiento se remitirán a la Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico además de al órgano competente de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

La autorización del proyecto incluirá el programa de seguimiento y vigilancia ambiental completado con las prescripciones anteriores.

Cada una de las medidas establecidas en el EsIA, en la documentación adicional y en este apartado, deberán estar definidas y presupuestadas por el promotor en el proyecto y en una adenda al mismo de integración ambiental. La adenda de integración ambiental se presentará para su aprobación al órgano ambiental de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha con anterioridad a la realización de los trabajos.

Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de autorización del proyecto.

De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se autoriza el proyecto.

Madrid, 22 de septiembre de 2022.–La Directora General de Calidad y Evaluación Ambiental, Marta Gómez Palenque.

ANEXO I
Tabla 1. Consultas a las administraciones públicas afectadas e interesados, y contestaciones
Consultados* Contestaciones
Ayuntamiento de Tinajas. NO
Ayuntamiento de Villalba del Rey. NO
Confederación Hidrográfica del Tajo. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Dirección General de Biodiversidad, Bosques y Desertificación. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. NO
Oficina Española de Cambio Climático. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Dirección General de Economía Circular. Consejería de Desarrollo Sostenible. Junta de Castilla-La Mancha.
Dirección General de Transición Energética. Consejería de Desarrollo Sostenible. Junta de Castilla-La Mancha. NO
Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad. Consejería de Desarrollo Sostenible. Junta de Castilla-La Mancha.
Dirección General de Protección Ciudadana. Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas. Junta de Castilla-La Mancha.
Dirección General de Salud Pública. Consejería de Sanidad. Junta de Castilla-La Mancha.
Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo. Consejería de Fomento. Junta de Castilla-La Mancha. NO
Dirección General de Desarrollo Rural. Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural. Junta de Castilla-La Mancha.
Dirección General de Carreteras. Consejería de Fomento. Junta de Castilla-La Mancha.
Consejería de Educación, Cultura y Deporte. Patrimonio Cultural. Junta de Castilla-La Mancha.
Agencia del Agua de Castilla-La Mancha. Junta de Castilla-La Mancha.
WWF/ADENA. NO
SEO/BIRDLIFE. NO
Ecologistas en Acción-CODA (Confederación Nacional). NO
Ecologistas en Acción-ACMADEN (Asociación Castellano-Manchega de Defensa de Patrimonio Natural). NO
Ecologistas en Acción-CUENCA. NO

* La denominación actual de los consultados puede no ser la misma a la que se presenta en la tabla.

Tabla 2. Alegaciones recibidas en la información pública

Dos particulares.

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